Señor editor: En el número 3 de 2017 de Salud Pública de México se presenta el trabajo titulado “Implementación de indicadores de calidad de la atención en hospitales públicos de tercer nivel en México”, en el cual los autores, en una breve introduc ción de tres párrafos sin mayores argumentos, apuntan que “el Sistema Nacional de Indicadores de Calidad en Salud (Indicas), obligatorio para las dependencias públicas, no resiste análisis de validez y confiabilidad”.1 El único sustento para esta afirmación es una publicación elaborada por los mismos autores, en la que se incluye un capítulo para analizar la versión anterior del Indicas,2 lo cual no se menciona en el manuscrito de referencia. Desde la Dirección General de Calidad y Educación en Salud (DGCES), área de la Secretaría de Salud responsable del Indicas, se han realizado mejoras sustanciales a dicho Sistema, y la versión actual, desarrollada para ser más robusta, se encuentra disponible desde el mes de enero de 2017 (esto es, antes del envío del manuscrito de referencia).
Como se señala en el sitio web, el cual se encuentra disponible,* el “Sistema Indicas genera información con periodicidad cuatrimestral de indicadores de calidad en salud, para la toma de decisiones y mejora de los servicios de salud dentro de cada unidad médica”. El Indicas incluye 32 indicadores para la medición de la calidad de la atención en los servicios de salud, agrupados en nueve índi ces: trato digno en consulta externa; trato digno en urgencias; organi zación de los servicios en consulta externa urbano; organización de los servicios en primer nivel rural; orga nización de los servicios de urgencias; atención médica efectiva consulta externa; atención médica efectiva en segundo nivel; atención de enfer mería hospitalización, e infecciones asociadas a la atención de la salud.
Contrario a lo que expresan los autores, la atribución para la conducción de la política nacional sobre calidad de la atención médica en México le corresponde a la DGCES, como lo indica el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. Este reglamento establece como atribución de la DGCES: “Desarrollar y aplicar modelos para el monitoreo y evaluación de la calidad de los servicios de atención médica que proporcionan los sectores público, social y privado, en términos de las disposiciones legales aplicables e identificar la opinión y percepción del usuario sobre estos servicios”,3 a lo que da respuesta el Sistema Indicas.
En este sentido, llama la atención que en el proceso de desarrollo de indicadores para el monitoreo de la calidad de atención en México no se hayan considerado como punto de partida los incluidos en el Indicas. Un principio importante para la selección de indicadores es justamente la pertinencia y relevancia de los mismos, en el contexto para el cual se desarrollan. Contar con indicadores para los cua les no existen fuentes de información parecería no ser de mayor utilidad para informar decisiones.
Finalmente, como señalan los autores en su conclusión: “Sin exploración previa de las fuentes de infor mación ni estudio piloto para asegurar la confiabilidad de la medición de los indicadores, la monitorización de la calidad carece del rigor necesario para ser útil y creíble”.1 Resulta lamentable entonces que, aun con el reconoci miento explícito de las limitaciones del estudio realizado, se señale sin matices que el sistema de información en salud en México es deficiente.