La filosofía se caracteriza en gran medida por la argumentación. Este libro ejemplifica muy bien esta postura. En él se plantean cuatro temas en los que se presentan argumentos a favor y en contra de los mismos. Dichos temas son: comer carne de los animales, la discriminación positiva, el derecho de portar armas de fuego y la pena de muerte.
La estructura de los debates consiste en la presentación de argumentos en contra del tema señalado; después siguen los argumentos a favor y la respuesta de cada autor a las observaciones de sus argumentos por la parte contraria. Cada debate cierra con una valoración de los argumentos presentados por parte de un autor diferente.
¿Es antiético comer carne animal? Ése es el primer debate que se plantea en el libro (pp. 11-45). Los argumentos en contra de la postura señalada se centran en tres áreas: los beneficios en la salud al comer carne, los efectos medioambientales (el impacto del consumo en el ecosistema) y el sufrimiento desproporcionado de los animales. Las cuestiones de salud, según Hernández Ortiz, no son concluyentes, ya que, según los datos empíricos de los que se dispone, la dieta que incluye carne es más saludable. En cuanto al aspecto ambiental, la clave del argumento es que, aunque sin duda hay un impacto en las emisiones de dióxido de carbono por el consumo de carne, esto también sucede con otros productos, como la siembra de arroz, por lo que lo consistente sería dejar de consumir ambos productos. Además, el principal problema se produce en los combustibles fósiles, que son los que generan el mayor impacto ambiental; por tanto, la actitud congruente es dejar de usar automóviles, por ejemplo, y no sólo dejar de comer carne. El tercer argumento tiene que ver con el sufrimiento de los animales. El argumento tradicional se apoya en la postura del filósofo Peter Singer, que señala que hay animales con las mismas capacidades humanas y deberían tener los mismos derechos que los seres humanos. El problema con esta postura es que puede llevar a conclusiones contraintuitivas, ya que un niño severamente discapacitado tendría menos derechos que un animal sano, lo que puede llevar a justificar el infanticidio. Ahora bien, como ninguno de los tres modos defiende la falta de ética en el consumo de carne, parece razonable que se consuma la misma.
Cantero Flores, cuando expone los argumentos a favor, defiende que «como consecuencia del estatus moral de los animales no humanos, no está justificado matarlos para usarlos como alimento» (p. 19). El autor defiende que los animales tienen valor intrínseco. Se discute si la presencia de racionalidad es un buen criterio para reconocer ese valor intrínseco. El autor cree que no es adecuada, ya que hay seres humanos que no la poseen y, sin embargo, los consideramos valiosos, como podrían ser los embriones humanos. El otro criterio mencionado para reconocer dignidad en los animales es la capacidad de ellos de valorar la propia vida o el tener interés en mantenerla. El autor reconoce de hecho que es problemática la idea de trasladar la noción de interés de los humanos a los animales. Una postura indicada también es la utilitarista: sopesar los beneficios y costos para el animal al ser utilizado como alimento.
En respuesta a las objeciones, Hernández Ortiz trata de mostrar las inconsistencias de la postura de Singer, además de señalar que incluso en el caso de que se aceptase que hay animales que sienten dolor y sufrimiento cercano a lo humano, en realidad serían mínimos. Se plantea la hipótesis de que, si se acepta que el matar a algún animal es el máximo mal que se le puede hacer, ¿por qué habría que limitarlo sólo a mamíferos y, por ejemplo, no incluir a los insectos, invertebrados y, en sentido estricto, también a los vegetales? En tal caso, lo más consistente sería minimizar el dolor de los animales en la crianza y en el proceso de matarlos.
En la evaluación de los argumentos presentados, Parra Dorantes apunta:
Al final, ambos autores parecen estar de acuerdo en que, bajo ciertas circunstancias, sería posible dar una justificación moral para una dieta que incluya al menos cierta cantidad de carne de animales. Estas circunstancias incluirían que, en la medida de lo posible, se reduzca el sufrimiento innecesario de los animales que se consumirán y se le proporcione una crianza adecuada y una muerte «digna» (p. 44).
El segundo tema del libro es la «discriminación positiva» (pp. 4782). En contra de la discriminación positiva (affirmative action), Peralta del Riego señala la dificultad que tiene la aplicación de ese concepto. Pero, ¿qué es discriminación positiva? Señala el autor: «La discriminación positiva es, así, toda acción encaminada a beneficiar a grupos sociales que acumulen vulnerabilidades históricas, típicamente institucionales y rastreables, de acuerdo con cierta teoría del daño y ciertos agravios» (p. 49). Así, por ejemplo, un grupo como los indígenas de cierta región, a los cuales se les han negado derechos, como podría ser el voto o el acceso a la salud, podrían ser receptores preferentes en el acceso a estos bienes por el hecho mismo de haber sido discriminados en el pasado. El autor menciona dos modelos de discriminación positiva y las críticas que han recibido. El primero es:
...entre dos contendientes a recibir un tipo de recurso, si dos sujetos, A y B, son iguales en los requisitos mínimos para recibir el beneficio, y son desiguales por motivo de alguna discriminación acumulada y, al menos, percibida como injusta, se le debe dar el recurso a aquel que pertenezca al grupo supuestamente lesionado (p. 52).
El segundo modelo consiste en que, en caso de que dos personas o grupos que pueden recibir el recurso estén más abajo del nivel mínimo requerido para recibir un beneficio, se debe preferir al que está todavía más abajo del criterio de selección. Por ejemplo, entre dos grupos o personas que tienen hambre, a la que más tenga es a la que debe dársele prioridad. El autor señala algunas dificultades de aplicación de estos modelos. ¿Cuál es la mayor debilidad en general de la discriminación positiva en opinión de Peralta del Riego? El principal problema es que debilita al conjunto social y, en el largo plazo, dificulta el «...mantenimiento de un nivel de vida bueno para la mayoría» (p. 54).
Por su parte, Parra Dorantes defiende la postura a favor. En ella insiste en que hay excepciones al considerar características de las personas, como la discriminación que hayan sufrido antes, para recibir así beneficios, incluso cuando se tengan los mismos méritos. Hay acciones que sirven para remediar injusticias, en donde se dan condiciones especiales que parecen justas. Así, una universidad puede hacer una campaña específica para promocionar el acceso a la universidad de grupos desfavorecidos o discriminados con anterioridad.
La discusión entre estos autores se centra en la tipificación real de los casos en donde realmente se da discriminación positiva y el nivel de responsabilidad de los agentes involucrados. En la sección de evaluación de argumentos de este tema, Cantero Flores señala: «Peralta del Riego la concibe [la discriminación positiva] completamente desconectada del mérito. En contraste, Parra Dorantes sí parece considerar que al menos algunos casos de discriminación positiva pueden estar justificados en términos de los méritos que tiene una persona» (p. 81).
El tercer tema del libro es el derecho a portar armas de fuego (pp. 83-117). En contra de portarlas, Cantero Flores plantea si la posesión de armas de fuego realmente es un medio útil y una vía adecuada para preservar el derecho a la legítima defensa. Básicamente se centra en las siguientes tesis:
a) La posesión de armas de fuego no deriva directamente de la legítima defensa.
b) La portación de armas en realidad es poco efectiva en la vidareal.
c) Hay razones psicológicas que debilitan el objetivo de la posesión de armas como podría ser, por ejemplo, el deseo de venganza.
En el debate a favor, Peralta del Riego parte de la idea de que usar la violencia máxima (como un arma de fuego) contra un agresor es un derecho que no se pierde nunca y, así, las armas de fuego son un medio que nulifica agresiones y preserva el derecho a la justicia.
Hernández Ortiz realiza posteriormente una evaluación de las fortalezas y debilidades de los argumentos presentados, con la que se cierra el capítulo.
El último tema es el de la pena de muerte (pp. 119-150). Entre los argumentos en contra (expuestos por Parra Dorantes) se menciona que la definición de «pena de muerte» es crucial para el análisis de los argumentos en torno a ella. Él propone la siguiente definición: «la pena de muerte es el castigo institucionalizado, contemplado por las leyes y adjudicado en un juicio por los jueces de un país, consistente en el acto de quitarle la vida a un ser humano como consecuencia de haber cometido una acción que constituye un delito según las leyes de ese país» (p. 122). El autor señala la importancia de no confundir la legitima defensa con las ejecuciones extrajudiciales. Se analiza si la pena de muerte puede justificarse desde alguna de las razones que pueden usarse para justificar un castigo: la rehabilitación, la disuasión, la retribución, la promoción y la incapacitación. El autor concluye que la pena de muerte no es superior a otras formas de castigo que resultan menos invasivas y más humanitarias.
Héctor Hernández Ortiz argumenta a favor de la pena de muerte sosteniendo que la principal razón para aplicarla es la protección de los inocentes, mientras que otros castigos le dan la oportunidad al delincuente de seguir haciendo daño. Además, la pena de muerte a veces se queda corta en relación con el daño producido a las víctimas, y con mayor razón resultarían injustas penas inferiores a ella. El autor señala: «Debemos recordar la naturaleza definitiva de la pena; es decir, el sufrimiento que aplica la pena busca ser equivalente a la gravedad de la acción criminal» (p. 131). El autor apunta dos argumentos a favor de la pena de muerte. El primero es que la pena capital es justificable para proteger a toda una comunidad de un asesino que es peligroso para los demás, siendo la forma más justa y eficiente de hacerlo. El segundo argumento sostiene que es la pena proporcionada para aquellos que toman una vida inocente.
Hernández Ortiz responde en las siguientes páginas a ciertas objeciones comunes, como son: que nadie tiene derecho a privar de la vida a un ser humano; que se puede aplicar por error a un inocente; que es cruel e inhumana; que no disuade; que atenta contra la dignidad humana y, por último, que la pena de muerte impide toda enmienda posible del condenado.
A continuación, Parra Dorantes responde a Hernández Ortiz señalando las debilidades de su argumentación, de la que puede mencionarse el problema de la proporcionalidad de la pena aplicada. Héctor Hernández responde a las objeciones a la pena de muerte con los siguientes argumentos:
Sobre los costos: no es una buena razón, pero si lo fuera, la pena de muerte en México sería mucho más barata que la cadena perpetua.
Sobre que no disuade: pero si fuera cierto, las otras penas disuadirían menos...
Sobre el error judicial: el hecho de que existan casos que dejan lugar a pequeñas dudas, no significa que no haya casos en los que no hay dudas de la culpabilidad del asesino (p. 145).
Peralta del Riego, por último, valora en las siguientes páginas los argumentos presentados por los autores, en donde apunta: «En un balance general, la estrategia de Parra Dorantes parecería ser la más económica, ya que el que afirma que cierta persona merece cierto castigo es el obligado a probar su dicho. Pero enfrenta una cantidad y calidad de objeciones difíciles de reconvenir» (pp. 149-150).
Recomiendo mucho la lectura de este libro. Me parece que representa lo mejor de la filosofía; es decir, una actividad que dilucida con argumentos y conceptos. Los temas están tratados con detalle en cuanto a su validez y solidez. Los argumentos son amplios y detallados. Aquí sólo se ha esbozado y dado una muestra de su riqueza.