SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.32 número63Francisco Valdés Ugalde, Ensayo para después del naufragio, México, Debate, 2023, 232 pp. índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Perfiles latinoamericanos

versión impresa ISSN 0188-7653

Perf. latinoam. vol.32 no.63 México ene./jun. 2024  Epub 29-Jul-2024

https://doi.org/10.18504/pl3263-010-2024 

Sección varia

Si las leyes no benefician a todas, no benefician a ninguna. Entrevista a Lucía Núñez Rebolledo

If laws don’t benefit all women, they don’t benefit no one. Interview to Lucía Núñez Rebolledo

*Doctora en Sociología por el Instituto de Altos Estudios de América Latina de la Universidad París 3-Sorbonne Nouvelle. Profesora investigadora de la FLACSO México chloe.constant@flacso.edu.mx


Lucía Núñez Rebolledo es investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios de Género de la Universidad Nacional Autónoma de México (CIEG-UNAM). Conversé con ella a raíz de la reciente publicación de un libro que coordinó, Feminismos, justicias y derechos frente al neoliberalismo. Aportes para la reflexión crítica (2023). Desde su trayectoria intelectual y activista, que se ha centrado en una lectura feminista del derecho, el análisis de la problemática de la violencia de género en el marco del neoliberalismo y el antipunitivismo, en 2018 Lucía Núñez reunió a un grupo de académicas feministas para integrar un seminario con el fin de reflexionar sobre viejas problemáticas que siguen vigentes, como las violencias, las justicias, los derechos y el Estado, y discutirlas a la luz del contexto actual. De ahí nace esta obra colectiva que ofrece una mirada feminista crítica sobre cómo los feminismos han influenciado al Estado para modificar el sistema de impartición de justicia y los derechos de las mujeres. Esta mirada crítica, tal como lo señalamos en la introducción del libro, radica en “animarnos a pensar que lo que fue una victoria en un contexto histórico específico hoy puede significar la reproducción de relaciones jerárquicas de género, clase, raza, etnia, sexualidad, etcétera” (Núñez Rebolledo, 2023, p. 26).

CC: En 2018 publicaste El género en la ley penal: crítica feminista de la ilusión punitiva, un libro en el que demuestras la raíz patriarcal del derecho y la desigualdad estructural sobre la que se basa el derecho penal, afectando a lxs sujetxs más marginadxs, y en específico a las mujeres cis, que serían víctimas y están necesitadas de la protección del Estado. Así llegas a abogar en contra de cierto feminismo de corte punitivista, sobre todo en casos de violencia en contra de las mujeres. ¿Cuál es la “ilusión” que alberga este feminismo y su pendiente jurídico?

LNR: Además de develar la raíz patriarcal del derecho en general, y del derecho penal en particular, que no es algo nuevo, yo retomo las aportaciones de varias feministas no latinoamericanas, porque el derecho es un producto del pensamiento liberal moderno propio del mundo occidental, la crítica emana de ese lugar.

Las feministas, sobre todo anglosajonas ―aunque no solamente― habían hecho una crítica muy potente al derecho penal. Por ejemplo, Catharine MacKinnon y muchas otras hablaron de cómo el derecho penal mira a las mujeres desde los ojos del hombre, entendido este como privilegiado, no como una unidad o una totalidad, sino la mirada del hombre privilegiado de clase media, blanco, heterosexual, cisgénero. Y podemos añadir todos los ejes de privilegio/subordinación que existen en la sociedad. Desde ahí se crea el derecho penal, desde el eje privilegiado. Y más que develar que es patriarcal, se trata de analizar desde nuestras latitudes cómo este derecho viene inspirado en los discursos occidentales u occidentalocéntricos, y reproduce la mirada de cómo debe ser un hombre y cómo debe ser una mujer. Así que más allá de decir que el derecho es patriarcal, androcéntrico, lo que me interesaba era decir cómo el discurso de la ley penal está vigente, y produce y reproduce sujetos discursivos, porque hay interpelaciones del deber ser y lo que no debe ser una mujer y un hombre entrañadas en ese discurso. Esas interpelaciones pueden materializarse en prácticas de sujetos de carne y hueso, sexuados. Eso era cómo se reproduce el género a través de las instituciones, y en este caso, desde el discurso del derecho penal.

Esto me lleva a tu pregunta, ¿cuál es la ilusión? Tenemos un derecho que está pensado desde la mirada androcéntrica y que todo el tiempo reproduce las dicotomías y los binarismos de género, y que no se queda solamente en el discurso de la ley porque el deber ser de este discurso tiene efectos en las materialidades, en las vidas concretas y cotidianas de las personas. Ese análisis es una parte posterior de mis análisis, pero, sin ser un lugar común, ya tenemos hipótesis, y hay estudios de otras autoras acerca de cómo se juzga bajo ciertos estereotipos, lo que es una muestra de que el discurso de la ley penal no se queda solo en un discurso, sino que a través de varias técnicas acaba dando resultados empíricos materiales en los cuerpos de mujeres y hombres.

La ilusión de un movimiento de mujeres mexicano, de un feminismo mexicano como movimiento político, es apostar a emprender reformas o insertar nuestros intereses o deseos en un discurso de esta naturaleza, ya habiéndose demostrado desde los setenta que no solo era patriarcal sino racista, clasista; más recientemente: cisheterosexista, heteronormado. La ilusión es que podríamos utilizarlo. Porque pareciera que no estábamos criticando cómo es esta estructura discursiva, sino cómo esta estructura discursiva de la ley penal no nos contempla.

La crítica no era tan radical como se pensaba; por eso para mí es una ilusión, porque pareciera que no pedimos la transformación, sino ser insertadas en un discurso que reproduce desigualdades de género, raza y clase. La ilusión consiste en decir es la justicia que te ofrezco y, frente a nuestras necesidades y nuestra actualidad de violencia y de violencia de género, los movimientos feministas tienen la ilusión de que este instrumento pueda eliminar la violencia contra las mujeres. Y justamente lo que planteo es que la ley penal y todo el dispositivo penal es una tecnología de género, entonces ¿cómo pedirle a este discurso que sea liberador? Ahí está el engaño, la trampa y la paradoja, porque nombrar desde el derecho ―aunque sea liberal y occidental― tiene un valor importante, porque la ley penal se configura como un instrumento de reconocimiento. La ley en general y la ley penal tienen una potencia pedagógica muy fuerte en el sentido de mandar mensajes, no que realmente cambien formas de ser, sino que lanzan mensajes morales de lo que está bien y lo que está mal. La ilusión está ahí, pensar que es un discurso ―que en sí mismo es producto del patriarcado y que produce y reproduce desigualdades sociales de manera interseccional― que pueda prometer eliminar la violencia y traer justicia. Hay una falta de problematización de cómo estamos entendiendo la justicia. Eso para mí es la ilusión.

Es una perversidad llevar los movimientos feministas actuales a creer en ilusiones o ficciones, que lo único que hacen es engancharnos para reproducir la desigualdad. Por eso le llamo ilusión. Es una realidad falsa, una puerta falsa en la que tocamos y creemos, pero resulta que no nos cumple.

CC: Desde la publicación de esta obra, en México fueron promulgadas varias leyes relacionadas con la violencia en contra de las mujeres, como la Ley Olimpia, la Ley Malena o Ley Ácida, y la Ley Monzón. Todas estas leyes son resultado de la lucha de mujeres sobrevivientes o víctimas de algún tipo de violencia de género, pero no todas apuntan hacia penas de cárcel. ¿Podemos distinguir distintos “tipos” de leyes vinculadas con la violencia en contra de las mujeres entre las más recientes?

LNR: Esta pregunta es muy importante porque como abogadas sabemos que el discurso jurídico no es uno; como discurso, el derecho produce distintas normas que pretenden regir las relaciones sociales a través de la legitimidad del poder, o que organizan el poder legítimo del Estado, pero cada rama del derecho tiene sus propias reglas. Se pierde esta perspectiva, sobre todo entre las personas que no se dedican a lo jurídico. No tienen por qué saberlo, pero piensan que el derecho es uno o que es lo mismo usar los derechos humanos que el derecho penal aunque son vetas distintas, con objetivos y reglas distintos. El derecho penal ha colonizado muchas otras ramas del derecho. Por ejemplo, el derecho administrativo ―que es sancionatorio― toma mucho del derecho penal. Las reglas de los derechos humanos son diferentes, para mí las más benéficas y las más reparativas, porque su objetivo es reparar, no sancionar.

Entonces, cuando somos feministas antipunitivas, hay varias vetas, hay quienes vienen de una veta muy anarquista, que no creen en ninguna rama del derecho pues es producto del Estado. Pero habemos feministas antipunitivas que no creemos en el derecho penal, aunque eso no quiere decir que no creamos que el derecho en general, como el discurso que organiza la sociedad, no nos pueda servir. Para mí el derecho es un discurso que intenta organizar a la sociedad con ciertos fines. Y la crítica desde el feminismo antipunitivo en el que yo milito, produzco y creo, intento que sea aterrizado en la realidad. ¿A qué me refiero? A que tenemos problemáticas en nuestro contexto, en nuestro país, aquí y ahora, que exigen de acciones. Y no por un horizonte de visibilidad, es decir, hacia donde queremos caminar como movimiento político, vamos a dejar de utilizar un discurso en un momento en el que estamos regidos por un Estado con ciertas normas. Para mí es importante usar esta estructura con la que no estoy de acuerdo, pero conocerla y usarla para generar medidas y acciones de resistencia. Por supuesto que el derecho penal no me parece un discurso que nos ayude a la resistencia, sino que produce, reproduce y mantiene las jerarquías y las desigualdades sociales en muchos ámbitos, pero eso no significa que otras ramas del derecho sean lo mismo.

Sí hago una distinción, y creo que es necesaria, porque si no, no podríamos hacer nada frente a las realidades que tenemos. Y tenemos que dar respuestas, hacer políticas públicas, aunque estemos en contra del Estado. Porque no estamos en un momento revolucionario en el que vamos a cambiar todo el statu quo en un mes o un año. Las revoluciones tardan. Entonces cuando dices tú que se han creado nuevas leyes que intentan proteger los derechos de las mujeres, en general son leyes de carácter penal, no son de otro tipo, de otras ramas del derecho. Y mi crítica se dirige mucho al uso del derecho penal. Aunque suelo ser crítica del derecho en general, no lo soy con todo, voy por partes. La propuesta es utilizar lo menos lesivo. Mi mirada antipunitiva se acerca y pasa por propuestas del derecho penal mínimo, aunque no me identifico del todo con el derecho penal mínimo por otras situaciones que han sido criticadas desde el feminismo. Mi postura se acerca a un tipo de abolicionismo que es moderado, no es radical… No me gusta hablarlo así porque pareciera que no me voy a la raíz del asunto, y sí me interesa llegar a la raíz, pero no es tan sencillo porque es una cuestión compleja, estructural, histórica. Es un abolicionismo que llamaría realista. Recuerdo que Raúl Zaffaroni habla de una postura agnóstica, no crédula, que te lleva al realismo; entonces si bien soy abolicionista, este abolicionismo es realista, agnóstico, donde no creo en el derecho penal, pero es lo que tenemos y a veces lo debemos usar. No estamos de acuerdo con él y nuestra apuesta para el futuro como movimiento político social es terminar con el sistema no solamente carcelario, yo creo que penal, pero sé muy bien que no se puede ejecutar de tajo, aquí y ahora; sino que tenemos que ir caminando hacia allá, como una utopía que se va construyendo. Pero no una utopía que llega de la nada y se puede realizar, porque hay materialidades concretas con las que hay que lidiar todo el tiempo en la realidad mexicana: crimen organizado, corrupción, desigualdad de género, sexismo. Entonces, por ahí no va.

Y claro, cuando decimos que hay muchas leyes que se han establecido en esta ilusión, yo no estoy en desacuerdo con que se generen leyes, pero una cosa son las leyes penales y otra son leyes en otro ámbito. Para mí un instrumento muy importante es aquel que pone como centro la desestructuración de la manera en cómo se organizan las instituciones o las estructuras estatales, pues son reflejo de las relaciones de poder en lo microsocial, es así que cuando estas se consolidan en relaciones macrosociales, estas estructuras producen de nuevo las relaciones desiguales microsociales, en un ir y venir, en una dialéctica. Los instrumentos jurídicos que apuntan a desestructurar y hacer la crítica de estos aparatos y estructuras consolidadas de organización social son los que más me interesan. Un ejemplo son las alertas de violencia de género por agravio comparado, no la alerta de violencia de género por violencia feminicida, que es una forma especial de la alerta. Lo que más llamó mi atención cuando se creó esta ley, que no es punitiva afortunadamente ―quiso serlo pero se peleó en el Congreso―, fue el objetivo del agravio comparado, que consistía en eliminar las normas que sometían y reproducían la idea de la mujer subordinada y la violencia contra las mujeres, pero no de un sujeto frente a otro, sino de cómo se nombra a las mujeres desde las instituciones y las leyes para eliminar los estereotipos sexistas. Eso se me hacía superinnovador.

Entonces tenemos que usar este agravio comparado. El caso paradigmático fue ¿cómo hacemos para descriminalizar, mediante la figura del agravio comparado, a las mujeres que deciden abortar? Porque el tipo penal de aborto nos criminaliza en virtud de que no cumplimos con el estereotipo de género. Por eso, desde mi perspectiva, no acepto como efectivas las medidas que buscan asignar responsabilidades a una sola persona, sino mirar las instituciones y cómo estas reproducen estas desigualdades. Aplicar el agravio comparado que mira no hacia abajo, a las microrrelaciones, sino hacia las relaciones macroestructurales me parecía superpotente. Lo más reciente es la Ley 3 de 3 que acaba de aprobarse en el Congreso… (que además no es una ley). Luego hablamos de la Ley Olimpia o la ley X. Pero no son leyes, son propuestas de reforma a un artículo de la ley penal, es importante aclararlo. La Ley 3 de 3 no apunta a encarcelar a una persona que cometió abuso sexual, sino evitar que estas personas ocupen puestos de poder y que se les sancione económicamente. Habilita una lista de deudores de pensión alimenticia prohibiéndoles realizar trámites burocráticos ciudadanos importantes, como obtener pasaporte, trámites notariales, etcétera. Me parece que este tipo de propuestas da más en el clavo que encarcelar a alguien, porque las violaciones sexuales, el abuso sexual en sus varias formas, tienen su raíz en el abuso de poder. No solo en términos sexuales, aunque en general así pasa cuando las víctimas son mujeres.

El problema tiene que ver con el poder, como decía Irma Saucedo,1 con cómo circula el poder, y cuando este circula en esas relaciones desiguales entre géneros, las mujeres somos las oprimidas y es frecuente que sea por medios sexuales. En esto voy de acuerdo con las feministas radicales, pero me desmarco de la radicalidad de las feministas de los setenta, porque considero que ellas terminaron por esencializar la opresión y las violencias. A tal esencialismo lo veo más como expresión de las relaciones de poder, no es natural ―permíteme este lenguaje― que los hombres tengan impulsos o deseos sexuales, sino que tiene que ver con el poder y el poder es una relación social en sociedades desiguales e injustas, donde hay cuerpos que importan y cuerpos que no. Con esa estratificación y jerarquía social múltiple es con lo que tenemos que acabar. Para mí, estas leyes que no son penales y que apuntan a desestructurar los procesos que permiten que cierto tipo de varones sigan teniendo el poder son las más importantes.

Sin embargo, habilitar este tipo de leyes es muy difícil porque estamos muy acostumbradas a usar el discurso liberal del derecho en el que la cárcel funciona como castigo y sanción. Pero es perverso, pues funciona porque el derecho se crea pensando que se transgrede el mandato del soberano y no desde el punto de vista de la víctima particular o colectiva. No se considera si se daña a una persona o una comunidad. Lo que se protege es el mandato del soberano que dicta las leyes; se protege así un statu quo. De ahí la perversidad, usamos un instrumento que no está viendo o no le interesa sancionar el dolor, el daño que se hace a las mujeres. Lo que protege este discurso son los intereses del Estado como el único que puede aplicar la violencia legítima. Por eso no interesa si hay una persona dañada o no, lo que se sanciona es la desobediencia al mandato del Estado.

Esto quiere decir que estamos dando vueltas en lo que llamo “círculos del género”, como cierra mi primer libro. Es decir, parece que damos vueltas sobre el mismo asunto. Las leyes que apuntan a estas desestructuraciones y a las relaciones de poder sexistas, racistas y clasistas son para mí las más importantes, pero, insisto, son las más difíciles, porque son procesos, no son políticamente redituables, y cruzan cuestiones económicas. Es más fácil proponer una ley que dicte “Metamos a la cárcel a Pepito que violó a Juanita”, aunque el problema estructural permanezca. Por eso hay un montón de personas precarizadas en la cárcel; se debe a que el aparato de justicia funciona con selectividad; esta es realmente la función del aparato de justicia penal: la selectividad social que va de la mano de las jerarquías sociales. Quienes están en la cárcel, el último eslabón del sistema penal, son las mismas personas que siempre han sido discriminadas y que ocupan el nivel más bajo de la escala social. Esta operatividad funciona para el mantenimiento de sociedades desiguales y en determinados sistemas económicos. En nuestro caso, lo que vale es la producción, quién tiene más, quién produce más, son los estatus social, económico y simbólico que están muy vinculados. Por eso creo que tenemos que pensar desde una mirada realista del abolicionismo y aceptar que en ocasiones hay que usar el derecho penal, pero que nuestra apuesta política como feministas es construir un camino para avanzar hacia algo que no sabemos qué es y que tampoco queremos saber qué es, porque también esta es una trampa del pensamiento liberal progresista que no nos ha funcionado.

Tenemos que ir construyendo y multiplicando las concepciones (de justicia) de acuerdo a los contextos y las complejidades. Esto pareciera muy posmoderno. Y entiendo que nos produzca miedo y angustia; la falta de certezas nos angustia, pero creo en la importancia de abrir vetas, de superar el miedo que producen las contingencias. Debemos explorar como feministas otras maneras de pensar y construir propuestas diversas a las que el pensamiento moderno liberal y androcéntrico nos ha acostumbrado. Porque las certezas y los binarismos no nos funcionan, generan exclusiones y lo estamos viendo.

CC: La perversidad sistémica que detallas, los problemas económicos, la individualización del delito y la selectividad penal, todas estas pautas nos permiten enmarcarnos en el neoliberalismo. ¿En qué medida podríamos decir que ciertas leyes penales y vinculadas a la atención a la violencia en contra de las mujeres les hace el juego a las políticas punitivistas neoliberales?

LNR: Gargarella nos hizo una crítica hace poco2 al señalar que el neoliberalismo aparece como un fantasma que recorre el libro, como diría Marx. Para Gargarella, el punitivismo no tiene que ver solo con el neoliberalismo. Ciertamente, las autoras y yo tenemos claro que el punitivismo y lo carcelario no se gesta solo en el neoliberalismo. Lo que sí propongo es que estos fenómenos se agudizan y toman otras formas con el neoliberalismo. Lo que intenta el libro Feminismos, justicias y derechos frente al neoliberalismo. Aportes para la reflexión crítica es explicar a partir de casos concretos de qué hablamos cuando hablamos de neoliberalismo penal.

Por supuesto, coincido en que no es un problema que sucede solo o que se arraiga en el neoliberalismo, pero con este se agudiza y toma otras formas, porque tiene que ver no solo con un sistema económico; esto tal vez no quedó tan claro. El neoliberalismo va más allá de un sistema económico que genera desigualdades. Nuestra crítica también tiene que ver con formas de subjetividad, de pensamiento y valores simbólicos muy vinculados con el individualismo, las dicotomías, la manera de mirar el mundo y vivir, el causalismo y no la complejidad de los problemas. El pensamiento neoliberal es este, el egoísmo, el individualismo, el causalismo, el victimismo como estrategia de cooptación del Estado, la privatización de los conflictos y de las cárceles, y de los medios de vigilancia y control poblacional, etcétera. Nos referimos a esto en el libro, lo cual también se relaciona con metalenguajes y metaideologías; eso es también un devenir del liberalismo y por eso el “neo”: tiene que ver con formas económicas que devienen en formas de subjetividad y de relaciones que no se agotan en el economicismo.

Desde la perspectiva planteada en el libro, el neoliberalismo penal ha agudizado los problemas, por lo menos en México, de los ochenta a los dos mil; hablando del gobierno de Salinas y el de Zedillo, de todos los programas en los que más fuerte se incorporaron las políticas neoliberales. Pero también como lo dijo Irma Saucedo,3 a nivel global, internacional. Y justo es cuando el feminismo institucional o el feminismo del gendermainstream tienen un fuerte impulso. Empezamos a crear convenciones, leyes, tomamos aparatos del Estado, la paridad y está muy bien, aunque ahora nos debemos preguntar por nuestro devenir histórico. ¿Por qué ahora tiene éxito el discurso de las mujeres en el Estado? Insisto, no para enjuiciar el movimiento del que soy parte, sino para entender nuestro devenir y establecer estrategias que vayan tal vez hacia otros lugares. Esto me parece sano y necesario, es una forma de crecimiento. En México y Latinoamérica, el neoliberalismo es un factor clave que no agota este fenómeno, pero que enmarca cambios en nuestro movimiento y en cómo abordamos los temas de justicia y derechos. Pero me preguntabas algo más concreto…

CC: ¿En qué medida ciertas leyes le hacen el juego al neoliberalismo?

LNR: Justamente las leyes penales le hacen el juego al neoliberalismo porque este es la expansión del pensamiento liberal, y el derecho es uno de sus productos; esta es nuestra historia, y tenemos que conocerla para conocer nuestro presente y pensar hacia dónde queremos ir. La ley penal y la ley en general que deviene del liberalismo, en un contexto neoliberal, potencian la idea de las responsabilidades individualizadas. La ley penal pretende responsabilizar de actos prohibidos no a comunidades sino a individuos y esto le hace el juego al neoliberalismo porque no permite mirar la complejidad de la violencia de género. Por eso se dice que el problema de la violencia de género lo tiene Pepito que violentó a Juanita, entonces lo vamos a meter a la cárcel cien años. Las leyes penales aportan mucho a esto: a invisibilizar ―y por eso es una ilusión la ley penal― los problemas estructurales que no solo son de género, sino que están cruzados por otras formas de desigualdad. Al final, esto reproduce la estratificación social, ¿y cómo lo hace? Pues manteniéndola y sosteniéndola. Todas las leyes penales que tienen sanción de cárcel y reproducen exclusiones, reproducen esta idea.

Por eso, las sanciones que no tienen que ver con lo penal, como las administrativas o las civiles, no quiero decir que no tengan sus críticas como producto del liberalismo, sino que se trata de algo menos lesivo. La ley penal juega con la libertad y la integridad física y psicológica, y a veces con la vida, son los valores más importantes de las personas. Además produce muchas formas de violencia para conseguir que una persona llegue a la cárcel. La cárcel, como bien lo sabemos, es el último eslabón del proceso penal o del dispositivo penal. Antes de esto hay torturas, discriminaciones, cadenas de violencia que al final llevan a la cárcel. Es el aparato perfecto para el capitalismo neoliberal, porque el capitalismo necesita de la estratificación social.

CC: Mencionabas el libro que acaba de publicarse y que coordinaste, Feminismos, justicias y derechos frente al neoliberalismo. Aportes para la reflexión crítica, ¿podrías compartirnos qué aportan las miradas feministas críticas que se conjugan en esta obra?

LNR: Este libro es producto de un feminismo crítico-ético. Es decir, no se trata nada más de criticar el exterior del patriarcado, las desigualdades, el clasismo y el sexismo, sino también de mirarnos como parte de esta estructura y este sistema. En coincidencia con la idea de decolonialidad, es apostar por una mirada y conciencia interna también críticas, como sujetas integrantes de un movimiento político social amplio que es el feminismo, donde la ética sea un eje indispensable para poder alcanzar una crítica productiva, transformadora.

De ahí que hablemos de un feminismo crítico-ético, lo hemos conversado Irma Saucedo, tú y yo. No sé si las demás estén de acuerdo, porque en este libro participan autoras como Jules Falquet y Aída Hernández que se autodenominan, respectivamente, feminista francófona materialista, y decolonial; pero todas las autoras hablan desde vetas críticas. Es decir, no hay un feminismo crítico sino feminismos críticos, y cada una tiene su forma de entender y su práctica-activista. Hay veces que coincidimos en lo político y nos juntamos, como en este libro. Tenemos críticas desde distintos puntos, pero coincidimos en lo político y en los grandes temas.

Entonces, ¿cómo aporta este libro? Aporta muchísimo porque hay pocos libros desde un feminismo que no niega el pasado, es decir, no negamos que el feminismo deviene de una historia, que el feminismo surge como movimiento ilustrado y moderno con las sufragistas y otras antes llamadas protofeministas, que no se nombraban feministas pero que ya tenían acciones de conciencia de la opresión. Eran una coyuntura, un tiempo y un momento distintos, y me parece que el análisis sería injusto si tratáramos de juzgarlas con las herramientas del presente. El nuestro es un feminismo que se reconoce en la historia del feminismo, que se desmarca de ella y la trasciende porque tenemos nuevas realidades. Tenemos que atender a las necesidades de ahora, porque las violencias también se van transformando. El libro aporta porque somos muy críticas de nuestro presente y hacia lo interno. Es algo que hace falta. De repente el feminismo critica hacia afuera, es como decir nosotras tenemos tal ley, una victoria y ya no deberíamos tener violencia, y hemos hecho tantos tipos penales y tantas políticas públicas, la transversalización del género… Pocas posturas hablan desde esta crítica interna y dicen sí. Pero ¿qué mujeres se han estado beneficiando con estas políticas públicas? ¿Qué es el Estado, qué es la justicia? No es nuevo. Esta crítica se venía haciendo desde MacKinnon, pero ¿quién ha hecho crítica al Estado desde el feminismo así, fuerte? Creo que nos falta todavía la crítica de nuestras relaciones con el Estado. El feminismo decolonial ha hecho una gran labor, el feminismo autónomo también, pero queda en un segundo plano. Por eso hablamos de las hegemónicas, y no porque no reconozcamos ―al menos yo como mujer mexicana y urbana― que no nos hemos beneficiado de estas leyes. Sí lo he hecho, pero si estas leyes no benefician a todas, no benefician a ninguna. Me beneficio, pero sé que en detrimento de muchas que no están en mi postura y que no pueden tener acceso a los derechos que yo como mujer urbana y universitaria sí. El frente no es uno, no es solamente el sexismo, es también el clasismo y el racismo, y por eso, desde este feminismo crítico-ético del libro, estos aportes, como el texto de Verónica Schild, que hace una crítica de la emancipación como una nueva forma de regulación moral, son muy importantes y novedosos.

Estamos en la época del empoderamiento, de la libertad, del capitalismo, del feminismo o del feminismo capitalista neoliberal, en el que las mujeres ahora son las empoderadas y las que logran ser libres, pero ¿cuántas otras no se quedan atrás, no pueden? Mi propio capítulo presenta un análisis teórico sobre la idea de la justicia desde los feminismos jurídicos, para poner sobre la mesa cómo la veta del derecho penal ha encapsulado la discusión, lo que nos ha importado mucho es la sanción. Frente al dolor, el cansancio, los daños, vemos al derecho penal como la única alternativa y no vemos otras ramas del derecho que tienen otros fines, no vemos tampoco que hay otras formas y que no tenemos que quedarnos en la justicia estatal penal, sino que tenemos que mirar otras formas de justicia para empezar a construirlas en colectivo.

El capítulo de Aída Hernández, justamente, problematiza la eficacia de los instrumentos internacionales de derechos de las mujeres para las mujeres indígenas, los efectos perversos que algunos de ellos tienen en estas poblaciones. El capítulo de Laura Saavedra ejemplifica cómo hay otras formas de entender el mundo, de mirar la justicia, de resolver los conflictos. El capítulo de Irma Saucedo que tiene que ver con una crítica al punitivismo en el contexto del #MeToo. El tuyo, Chloé, de análisis sobre cómo las mujeres trans* no son sujetas de derecho, de los derechos de las mujeres. La crítica es esta, cómo acaban viviendo una serie de violencias cruzada por mucho con la violencia de género y por qué la sola mirada de desigualdad de género no nos funciona por reducida, porque las problemáticas van más allá del género.

Por eso este feminismo crítico-ético del que hablo no solo es un feminismo interseccional, no solo es transfeminismo, sino que va más allá; atraviesa todos estos feminismos. Jules Falquet analiza las leyes que se crearon en el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, en el marco de los movimientos zapatistas. Son voces que hablan desde otras voces, de otras mujeres, de aquellas que no han tenido el privilegio de poder hacer leyes, sino que están al margen porque son feminismos y mujeres desposeídas; son las otras mujeres. Y las mujeres somos todas, las hegemónicas y las no hegemónicas, y la justicia debe ser para todas.

Y en ese sentido, el prólogo de Márgara Millán que abre el libro captó muy bien el significado de las reflexiones que lo integran, porque problematiza sobre una ley para todas, todos, todes. Abre recogiendo una idea de Angela Davis que utilizo en mi artículo, sobre qué es la justicia. Y una esperaría cierta idea cerrada de lo que es la justicia, y Angela Davis lo dice de una manera tan bonita y tan figurativa: la justicia es que todas las personas podamos florecer. Y esto es amplio, diverso, múltiple, no es sectarismo, se trata de liberarnos todas las personas.

Referencias

Núñez Rebolledo, L. (Coord.). (2023). Feminismos, justicias y derechos frente al neoliberalismo. Aportes para la reflexión crítica. México: CIEG-UNAM. [ Links ]

Núñez Rebolledo, L. (2018). El género en la ley penal: crítica feminista de la ilusión punitiva. México: CIEG-UNAM. [ Links ]

1Se refiere a la intervención de Irma Saucedo durante la presentación del libro Feminismos, justicias y derechos frente al neoliberalismo. Aportes para la reflexión crítica. Disponible en https://www.youtube.com/watch?v=FnAO3mYlm7A

2La crítica se refiere al libro mencionado en la nota 1. Gargarella la formuló durante una presentación disponible en https://www.youtube.com/watch?v=ZJHLcYKvJwg

3Cfr. nota 1.

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons