INTRODUCCIÓN
Desde el siglo XVI, en la Nueva España existió conciencia de una catástrofe demográfica, siendo Sahagún1 quien aborda el asunto con más claridad al hacer patente que hubo tres grandes crisis epidémicas: la viruela de 1520-1521 y los huey cocoliztli de 1544-1548 y 1576-1580. En tiempos de la Ilustración, Clavijero —quien atendió a indígenas afectados en la epidemia de viruela de 1761-1762— y Humboldt2 también se interesaron por las epidemias que afectaron, principalmente, a la población indígena. Sin embargo, fue en el siglo XX que la caída demográfica fue ampliamente debatida y que se hicieron estudios sobre su alcance, orígenes y consecuencias. En general, se ha dividido a los autores entre minimalistas y maximalistas, 3 aunque el predominio de unos u otros no ha sido lineal ni continuo. Desde una variedad de disciplinas, las estimaciones más tempranas de la década de 1920, como las de Sapper,4 Rivet5 y Spinden,6 entrarían en el grupo de los maximalistas, pues tendieron a considerar que el continente americano en general, y Mesoamérica en particular, estaban muy densamente poblados antes de los viajes colombinos. Sus procedimientos de estimación derivaban, respectivamente, del cálculo de la población que podía sostenerse con las técnicas agrícolas, de la variedad y características lingüísticas, así como de las excavaciones arqueológicas.
A estas primeras cifras siguieron una serie de correcciones que irían en la línea minimalista. La primera de ellas fue la de Willcox,7 quien rebajó grandemente las cifras de población americana en el siglo XVI, al compararla con otras regiones del mundo en su época y considerando la trayectoria posterior. El antropólogo norteamericano Kroeber,8 redujo aún más los estimados, al considerar que toda América no tenía ni nueve millones de habitantes en 1492. En esta línea destaca la obra del filólogo Rosenblat,9 quien si bien aumentó un tanto los estimados de Kroeber, mantuvo cifras de población bastante bajas. La línea común a los minimalistas de esta época es que atemperaban tanto el tamaño de la caída como el papel jugado por las epidemias en ella.
De esta época nos parece particularmente relevante el trabajo de George Kubler sobre la población novohispana. Kubler es el más importante historiador de la arquitectura del siglo XVI en Nueva España. Impactado por el tamaño de las construcciones religiosas del interior del país, trató de comprender cómo se levantaron esas moles, algunas de las cuales parecen estar hoy en medio de la nada. Su explicación para dichas construcciones es que fueron la obra de una numerosa población indígena, diezmada por "una mortalidad horrenda [que] marcó el primer siglo de la colonización española de México".10 Sin embargo,
[…] durante los desastrosos años del siglo XVI, nacía también un gran Estado colonial, cuyo centro espiritual y administrativo se estableció en México. Se fundaron gran cantidad de nuevos asentamientos urbanos y se afirmó una estable y productiva economía colonial; surgieron varias instituciones especializadas y las utilidades económicas alcanzaron su máximo hacia finales del siglo. En otras palabras, un mecanismo de civilización fue produciéndose lentamente en un pueblo que experimentaba una merma alarmante de su población como en pocas ocasiones ha ocurrido en la historia humana.11
A Kubler le interesaba entender los ritmos y causas de la caída demográfica, antes que fijar una cifra de población. Por ello, se dio a la tarea de hacer una revisión sistemática de fuentes, principalmente tributarias, con un ojo de demógrafo, cosa que no se había hecho hasta entonces. No obstante, Kubler advierte que su "método no es apropiado para determinar poblaciones totales, sea de parte o de todo México. Las fuentes disponibles solo pueden revelar los movimientos de población durante el siglo XVI".12 Entre las razones que señala para no calcular cifras totales de población a partir de las listas de tributarios, sobre todo para la primera mitad de dicho siglo, es la "fluidez e inestabilidad de la población tributaria" y su dispersión. La naciente economía mercantil no habría hecho sino aumentar esa movilidad, tanto por el deseo de escapar a la tributación como por la búsqueda de nuevas y rentables fuentes de subsistencia en minas, haciendas, ciudades, etc.13 Además, las fronteras de las jurisdicciones ni estaban claras ni el conocimiento del territorio era completo.
A pesar de estos problemas, el historiador se inclina por no descartar por completo la fiabilidad de las fuentes existentes, dado que hay otros informes del Quinientos, con distintos orígenes y fines, que coinciden en las cifras que reportan, como es el caso de la Geografía y descripción universal de las Indias (1571-1574) de López de Velasco y la Descripción del arzobispado de México (1571) de Bartolomé de Ledesma, cuyos números para las mismas localidades discrepan en promedio solo un 10 %.14 Bajo estos supuestos, Kubler estimó una caída de población en torno al 60 % entre 1520 y 1595, y no dudó además en responsabilizar a las epidemias por el grueso de esta catástrofe. Lo interesante de su curva es que es discontinua y muestra períodos de caída abrupta, coincidentes con las tres grandes epidemias referidas por Sahagún, seguidos por recuperaciones más o menos vigorosas en los dos primeros casos y por un estancamiento, en el mejor de los supuestos, para el tercero.
A la oleada minimalista siguió otra maximalista que cobró fuelle en la década de 1960, con trabajos como los de Dobyns15 o Clark.16 En este grupo destaca la obra conjunta del fisiólogo Sherburne F. Cook y del historiador Woodrow W. Borah, cuyas cifras de estimación para la población del ‘México central’ siguen siendo canónicas en la literatura.17
La tributación, y específicamente las tasaciones, han constituido la columna vertebral de la mayoría de las reconstrucciones de población en la Nueva España del Quinientos. El propósito de este trabajo es ponderar las fuentes que son base de las cifras, con miras a determinar en qué medida se le pueden dar realmente los alcances que le ha dado una parte importante de la historiografía que ha hecho uso de ellas.18 En segundo lugar, el trabajo se adentra en la evolución institucional de la tributación a fin de apreciar si las transformaciones que experimentó este gravamen estuvieron conectadas con el fenómeno demográfico o si responden a una dinámica diferente, más asociada a las necesidades financieras de la Monarquía católica.
La exposición del trabajo se articula en tres secciones y un apartado de conclusiones. En la primera, atendemos a la revisión de las fuentes y cifras que abordan la crisis demográfica del siglo XVI y su conexión con el fenómeno de la tributación; en la segunda se esboza una alternativa de cálculo; y en la tercera, se muestran las transformaciones experimentadas por la fiscalidad del tributo para determinar la lógica que dio origen a dichos cambios.
DE LAS CIFRAS Y SUS FUENTES: TRIBUTOS Y TASACIONES
Como se señaló, a pesar de las críticas recibidas, las cifras de Borah y Cook siguen siendo dadas por buenas en mucha de la literatura publicada en los últimos treinta años.19 Más allá de que consideramos que los diversos supuestos sobre los que se fundaron —como el acercar las cifras de población a los máximos de carrying capacity del territorio o la inexistencia de choques epidémicos en tiempos prehispánicos— hace ya tiempo que quedaron desfondados por la investigación arqueológica,20 histórica,21 demográfica22 y matemática,23 pretendemos volver sobre el camino de la construcción de sus cifras, haciendo una revisión de cómo se trataron las fuentes.
Cook y Borah han utilizado sobre todo fuentes tributarias, tales como la Suma de visitas de pueblos de la Nueva España, 1548-1550, al considerarlas más fiables que otras fuentes y procedimientos de cálculo abordados por el propio Cook —junto con Simpson— cuando trataron el tema por primera vez en 1948.24 Con respecto a dicha fuente, los norteamericanos mismos reconocen que "las investigaciones reportadas en la Suma muestran que las tasaciones tributarias para muchos pueblos a fines de la década de 1540 no guardaban […] relación razonable con la población",25 atribuyendo dicha disparidad a la caída de población derivada de la propia epidemia de cocolixtle, que ellos limitan a 1545-1547.
Estos autores de la denominada escuela de Berkeley han construido, a partir de la Suma de visitas, las tasaciones disponibles y ciertos datos de precios de los productos tributados —hallados en las propias tasaciones, en algunos documentos de almonedas y en diversos papeles de la Real Hacienda—, una estimación de la carga fiscal per cápita que arroja cálculos tan extremos —2.01 reales para Tula frente a 63.20 para Cuautepec, proporción de 31:1— que habríamos de cuestionar dos cosas:
Primero, hasta qué punto los precios obtenidos en un punto de Nueva España son extrapolables a otro. Antes de abordar esta cuestión, conviene abundar en por qué hablamos de precios. La temprana tributación de Nueva España siguió en mucho el modelo tributario que había establecido la Triple Alianza.26 Los mexicas y sus aliados rara vez sometían a control directo a las poblaciones conquistadas, manteniendo más bien a las autoridades locales, que quedaban obligadas a entregar con cierta periodicidad un tributo en trabajo y en especie. La cantidad de tributo asignado a las distintas provincias tributarias no dependía tanto de la población, como de "la resistencia mostrada en la guerra" de conquista y de "los recursos naturales del lugar conquistado",27 la facilidad que pudiera tener el transporte de los pagos en especie hacia las capitales imperiales, o incluso las posibilidades de intercambio de dicha zona con otras vecinas para obtener otros productos.28
Este casuismo en la tributación hizo que Cook y Borah necesitaran hacer una reconstrucción de precios en el siglo XVI29 para poder valorar en dinero —y hacer con ello comparables— las cifras de tributos. Hecho esto, y dado que hasta la década de 1560 en las tasaciones rara vez se refiere el número de tributarios,30 por no hablar de la población, Borah y Cook recurrieron a otras fuentes —tasaciones posteriores, conteos, relaciones, informes— para tratar de establecer la población posible de las localidades y considerar con ello los tributos por cabeza. Aplicados estos procedimientos, podían acercarse a la cifra de tributarios y, desde allí, hacer estimados de la población total que, al cabo, era el objetivo final de su labor.
El primer problema reside en que sus fuentes de precios son escasas, e incluso para el año y producto que más datos disponen, el maíz en 1569, hay grandes disparidades en las cantidades pagadas por fanega de dicho bien: desde un peso en Tacubaya o 6 reales 8 granos31 en Oaxtepec y 6 rs 7 gs en Toluca, hasta cifras tan bajas como 2 rs 3 gs en Tetiquipa, Olinalá y Papalutla, 2 rs en Tepalcatepec, Michoacán y Axochitlán, Puebla e incluso 1 rs 6 gs en Jalacingo, en la sierra de Puebla.32 Así las cosas, una variabilidad de 4:1 hace que las extrapolaciones para años en que únicamente cuentan con una o dos observaciones33 sean francamente arriesgadas, sobre todo para la primera mitad de la centuria, cuando los mercados estaban aún poco integrados, la red de caminos apenas en vías de construcción y la cabaña ganadera apta para el transporte era aún limitada en tamaño.34 Los datos referentes al precio de las mantas, un bien casi tan ampliamente tributado como el maíz, resultan incluso más inasibles para de ellos derivar poblaciones tributarias, debido a la diferencia en calidades, tamaños de los lienzos, teñido, etc. Para el caso de los textiles, en algunas ocasiones los investigadores californianos incluso aceptaban que su estimado de tamaño de las piezas es un ‘straight guess’.35
El segundo aspecto a cuestionar es, aun concediendo que los precios aplicados para las conversiones sean correctos, ¿realmente puede pensarse que la susodicha diferencia de 31:1 en la cantidad tributada haya tenido en algún momento previo al desajuste epidémico del primer cocolixtle, una relación más cercana y más acorde a la población? Más bien, y como han señalado diversos autores desde distintas trincheras, la relación entre población, tasación y tributo colectado, al menos hasta el último tercio del Quinientos, fue más bien débil.36
Además de estas dos observaciones, cabe hacer constar que Cook y Borah supusieron que la mayoría de los ajustes en las tasaciones respondían a una dinámica demográfica, sin considerar demasiado las transformaciones económicas y fiscales que reflejan los propios documentos. En cambio, nosotros suscribimos la posición de José Miranda, quien señalaba que "el tributo se relacionó estrechamente, 1) con las empresas de los encomenderos, 2) con la introducción de nuevas especies vegetales y animales, y 3) con el abastecimiento de encomenderos, ciudades, minas, etcétera".37 Si bien entre 1545 y 1552, tras el golpe del primer gran cocolixtle, fueron numerosos los pueblos en los cuales los indios solicitaron, la mayor de las veces a la Audiencia aunque a veces directamente a su encomendero, rebajas en sus tasaciones "por no poder cumplir" con el tributo anterior, ya desde antes de esta epidemia los pueblos venían pidiendo ajustes en los montos de las tasaciones y, sobre todo, en los modos de tributar. En este sentido, es frecuente hallar "conmutaciones" de los tributos en especie —muchas veces con enorme variedad de géneros— por pagos en moneda, un movimiento que suele suponerse más derivado de los intereses de la Corona, pero que también les convenía a los naturales en no pocos casos. Por ejemplo, el pueblo de Acatlán, en el obispado de Tlaxcala, que era tributario de la Corona, pedía en 1543 "que por razón de todo el tributo en que están tasados den cada cien días ciento cincuenta y seis pesos de tepuzque, y no otra cosa alguna".38
La búsqueda de la conmutación era especialmente insistente cuando los indios debían poner con regularidad en la residencia de su encomendero cierta cantidad de comestibles. En enero de 1544, los indios de Tepeaca, en la diócesis carolense, por entonces aún en encomienda privada, alegaron "que reciben mucho trabajo de traer y dar en esta ciudad la comida y servicio en que están tasados, y no la pueden cumplir y hacen muchas faltas, por lo cual quieren dar en dineros el valor que sea equivalente".39 Estas demandas pueden ser interpretadas de diversas maneras: si bien pueden ser sencillamente un mero ahorro en trabajo, también puede significar, y esto no dejaría de ser notable, que los naturales estaban adquiriendo conciencia del fenómeno inflacionista que se estaba verificando en Nueva España,40 y que terminaran por considerar más beneficioso fijar su tributo en dinero —devaluado por la subida de precios— antes que en especie, que cada vez valía más. Claro está que esta era una opción que no estaba abierta a todas las localidades, sobre todo aquellas que estuviesen más alejadas de los circuitos mercantiles. Algunas de estas pidieron en más de una ocasión —y consiguieron— volver a tributar en especie, como en el caso de Amula, en la provincia de Colima, que había sido tasada a pagar diez reales de plata y media fanega de maíz en 1566 y que a pedimento de los indios consiguió la conmutación de cinco reales por mantas de algodón —repartida una manta entre seis tributarios—.41 Asimismo, y como señala Cecilia Rabell, llama la atención que Borah y Cook no repararan en que "aquellos pueblos que veían disminuir mucho su población eran los que tenían mayores razones para pedir retasas con el fin de ver reducido el tributo".42
Por otra parte, las retasas al alza no fueron inexistentes,43 aunque sí infrecuentes. ¿A qué se pudo deber esto? La respuesta más obvia es que la población no se recuperaba. No obstante, la ausencia de choques epidémicos graves entre 1549 y 1575, el boom de construcciones religiosas registrado en esos mismos años o las propias apreciaciones vertidas en la Junta Magna de 1568, hablan en pro de una recuperación demográfica. De tal suerte, más que la inexistencia de crecimiento poblacional, consideramos que la escasez de retasaciones alcistas también debe verse como resultado de las resistencias presentadas por los pueblos y ciudades de indios al incremento de la presión fiscal. Por ejemplo, en el ya mencionado caso de Acatlán, tras una visita, se aumentó el tributo de 500 pesos que se pagaban en 1558, a 1 216 ps y 1r en 1564, más 511 fanegas y nueve almudes de maíz, lo que provocó que muchos indios se "ausentasen" y que el pueblo pidiera a la Audiencia en 1566 que le rebajaran dichos faltantes, quedando el tributo debido en 1 048 ps y 5rs al año y 428 fanegas de maíz.44 El próspero pueblo de Coixtlahuaca, en la Mixteca, fue retasado al alza en 1564 con respecto a la tasación de 1552, aumentando el tributo de unos 760 pesos al año, más diversos bienes, a 3 496 pesos de oro común y 1 748 fanegas de maíz, lo cual fue protestado y ajustado en 1565, 1567 y 1569, hasta dejar en 3 798 ps y 6rs pesos —pero ya sin maíz— la tasación.45 Estos son solo dos ejemplos de retasaciones a la baja que no se corresponden con pérdidas de población de carácter epidémico. Un caso más llamativo es el del valle de México. Allí, la retasación al alza dictada por el visitador Valderrama en 1564, llevó a una rebelión antifiscal que fue controlada, no sin por ello desembocar en la reducción de la tasación a partir del año de 1565.46
UN INTENTO POR SALIR DEL CALLEJÓN DE LAS CIFRAS
Señalado todo lo anterior, cabe entonces preguntarnos, ¿qué fiabilidad podemos dar a las cifras de población para la Nueva España del siglo XVI calculadas por Cook y Borah? Sus datos para los años de 1568, 1580 y 1595 tienen problemas, pero como se derivan primordialmente de tasaciones que contaban directa o indirectamente la población, aún tienen rangos de varianza que resultan tolerables.47 Sin embargo, por lo antes explicado, cuestionamos la cifra de 1548, e igual que hiciera Zambardino, rechazamos de lleno las cifras de 1532 y 1519, pues "no derivan de ningún conteo de población, sino de enunciaciones de los bienes y servicios señalados como tributo para pueblos"48 y de extrapolaciones hechas a partir de datos ya de por sí sujetos de grandes rangos de error.
Tal como hemos descrito, la falta de uniformidad tributaria —derivada en parte de la realidad impositiva prehispánica y de las primeras y acuciantes necesidades de los primeros pobladores europeos—, hace que "aplicar una única cuota a todos los pueblos en cuestión"49 pueda fácilmente conducir a errores significativos. Los estudios a ras de suelo, en general, confirman esta apreciación, por ejemplo, al analizar la población de Tecali, en Puebla, Mercedes Olivera duda de la posibilidad de comparar cifras de población con las de tributos y tributarios, pues no encuentra una relación clara entre una y otros.50 Es así como encontramos que las cifras de población de Cook y Borah para 1532, derivan de: a) las tasaciones consignadas básicamente en bienes y servicios para años cercanos a dicha fecha —en donde únicamente se pueden relacionar con cifras de población en tres localidades—;51b) los precios de muy pocos bienes;52c) la extrapolación de los datos de población calculados para 1548, los cuales, como vimos, tienen rangos de varianza en la tributación per cápita tan amplios (31:1) que resulta difícil sintetizarlos. Si se aplica un análisis matemático riguroso a los cálculos de Cook y Borah para la población de Nueva España central en 1532 que vaya incorporando los rangos de varianza de cada supuesto, como hizo Zambardino,53 resulta que el rango de varianza para la población es tan grande —entre 2.7 y 35 millones de almas— que es un sinsentido tomar siquiera la media o cualquier otro valor como punto de referencia. Para el dato de 1519, para el cual incluso hay menos fuentes de información, el rango es igualmente amplio y, por ende, igualmente inadmisible: entre 2.2 y 28 millones de habitantes para la Nueva España central.
¿Qué nos queda entonces? ¿Podemos saber qué población tenía Mesoamérica al momento del arribo de Cortés y sus huestes? Y si esto no nos resultara asequible, ¿al menos podemos suponer a grandes rasgos cuál fue la evolución de la población indígena novohispana en el Quinientos? Tenemos para ello que resolver dos temas: primero, entender el ritmo de cambio de la población indígena y, segundo, tratar de ofrecer estimados de agregados para el conjunto de la Nueva España central.
Creemos que para resolver el primer dilema el camino sugerido por Kubler, quien se inclinó por usar "reportes compilados en distintas épocas por los mismos intereses",54 es el más adecuado. El historiador del arte usó listas de 156 encomiendas de varias regiones de la Nueva España central (arzobispado de México, obispados de Puebla y Oaxaca, provincias de Pánuco, Colima y Nueva Galicia) que cuentan con datos para tres momentos: 1545-1547, 1569-1571 y 1595-1597. Kubler se limitó a revisar estas tasaciones de encomiendas porque lo que más le importaba no era determinar el total de la población, sino su ritmo de cambio, y para ello le resultaba más provechoso comparar entes similares.
Kubler tomó los datos para 1545-1547 de la Suma de visitas de pueblos, levantada en esos años por orden de Felipe II y ejecutada por medio del visitador real, Tello de Sandoval, y del virrey Antonio de Mendoza. El historiador dató dicho documento —que contiene información de más de 900 pueblos— con bastante precisión, recurriendo a las fechas de muerte y sucesión de diversos encomenderos.55 Los datos para 1569-1571 se extraen del reporte de encomiendas publicado en el siglo XIX por Luis García Pimentel; en los casos sin datos, recurrió al monumental trabajo del cosmógrafo real, López de Velasco. Kubler fechó el informe de la misma manera que en el caso anterior. La Información sobre el estado en que se encontraba la sucesión de las encomiendas de indios no tiene mayor problema para datarse, pues el documento mismo señala que se completó en abril de 1597.
A partir de estos datos, Kubler construyó una curva y, complementando con información proveniente de crónicas o de los propios reportes edilicios de conventos, supuso lo que habría ocurrido antes y después de 1545. Es enfático al señalar que una "población considerable al momento de la Conquista fue reducida para 1600 a una fracción de su tamaño previo", pero que dicha caída no fue continua, puesto que "las etapas intermedias no constituyen una disminución constante", 56 suponiendo por ello recuperaciones más o menos vigorosas de la población después de los distintos episodios epidémicos más graves. Para complementar y actualizar esta curva discontinua, por un lado hay que considerar la ampliación de la definición de población tributaria a partir de la década de 1560 y, por otra parte —y casi con mayor necesidad—, hay que revisar a fondo los datos reportados en la obra Desastres agrícolas en México, 57 que incluye un extenso catálogo de los episodios epidémicos a lo largo y ancho de Nueva España. A partir de una primera evaluación podemos constatar lo ya dicho por Sahagún, a saber, que únicamente hubo tres grandes choques de mortandad: la viruela de 1520-1521, el primer gran cocolixtle de 1544-1548 y el segundo huey cocolistli de 1576-1580.
A pesar de haber numerosos brotes locales de enfermedades, si solo hiciéramos una simple lista, sin localizar geográficamente el impacto de las mismas, tal como hizo Elsa Malvido,58 parecería que la Nueva España del Quinientos no conoció tregua epidémica, lo que autorizaría a pensar en la curva de caída continua planteada por Cook y Borah. No podemos olvidar que la aparición recurrente de brotes epidémicos más o menos aislados, era la norma en el mundo preindustrial en el conjunto de los continentes,59 por ende, es más que razonable suponer que hubo momentos de recuperación de la población indígena en la Nueva España en el siglo XVI.
En cuanto a ofrecer una estimación de los agregados, paradójicamente, no dejaríamos de depender en buena medida del dato de población de Borah y Cook que la cuasi unanimidad de los autores —incluso sus críticos como Zambardino— aceptan por su calidad: el de 1568, que es de una población en torno a los 2.65 millones. Mendizábal60 y Kubler61 suponen una población algo mayor para ese momento y también deberían ser considerados en el cálculo de estimaciones globales. No obstante, la descripción detallada del procedimiento, que implica la explicación minuciosa del choque atribuido a cada episodio epidémico mayor y menor, así como las posibilidades de recuperación de la población tras estos, rebasan el objeto de este trabajo y se abordarán en otro texto. Pese a esto, podemos afirmar sin ambages que hubo una catástrofe demográfica en el Quinientos novohispano, en la que las epidemias jugaron un papel medular.62 No obstante, su cuantificación amerita, como se dijo, cálculos más cuidadosos. En todo caso, debido a la enorme variabilidad de imposiciones y las escasísimas referencias a la población sobre las que gravaban, creemos que está demostrado que la elaboración de cifras a partir de las tasaciones previas a los ajustes dictados por la visita de Valderrama en la década de 1560, resultan prácticamente imposibles.
EL TRIBUTO REAL EN EL SIGLO XVI: RECAUDACIÓN Y CAMBIO INSTITUCIONAL
Si, como hemos visto, las tasaciones han constituido el núcleo fundamental para la reconstrucción del comportamiento demográfico de la población indígena en el siglo XVI, cabe preguntarse ahora sobre la evolución que experimentó el tributo real, parte medular de la capitación indígena, a fin de ponderar en qué medida su comportamiento fiscal fue meramente el resultado de demografía o, más bien, de la conjunción de una diversidad de factores que impiden una lectura unívoca del significado de la tributación.
A pesar del tiempo transcurrido, la obra de José Miranda continúa siendo un referente fundamental a la hora de estudiar el tributo de indios en Nueva España durante el Quinientos.63 Dicho gravamen formaba parte del conjunto de cargas que los indígenas debían aportar en trabajo y especie para diversos fines, mismas que evolucionaron a lo largo de la centuria, pudiéndose establecer tres momentos o etapas. La primera, que abarcó grosso modo desde la conquista hasta la década de 1550, se caracterizó por una gran diversidad de cargas ordinarias y extraordinarias dirigidas a mantener las prestaciones que otorgaba la población indígena al clero, caciques, gobernadores, alcaldes y oficiales indígenas, encomenderos, oficiales reales y al monarca, así como las que aportaban a sus propias cajas de comunidad. La segunda etapa cubrió las décadas de 1550-1570, en la cual se produjo un creciente control de la Corona sobre dichas prestaciones, con base en dos resoluciones: la declaración de que la obligación de mantener los gastos religiosos ("los necesario al culto divino y a los ministros") correspondían a los encomenderos y a los oficiales reales y la generalización de la tasación como principio regulador de las prestaciones. Esta tasación implicó que se determinara por parte del virrey y la Audiencia el monto y composición de dichas cargas,64 las cuales, progresivamente, tendieron a reducirse y unificarse (básicamente, a reales y/o maíz y/o mantas) desde mediados de la década de 1560, sin llegar a ser plenamente homogéneas.65 El ejemplo más claro del cambio acaecido queda de manifiesto en el Libro de las tasaciones de los pueblos de la Nueva España, 66 cuando observamos que en la fijación del monto tasado para las localidades se encuentra, junto a la cifra del tributo real, y de forma unificada, el que debían aportar para otros fines como la comunidad, los gastos de república y, en ocasiones, los destinados al culto y el clero. El resultado último sería la conformación de una "contribución única" en la que se integraban el conjunto de obligaciones previas.
Los pueblos de indios enfrentaban, merced a la tasación, la obligación de realizar el pago de un monto fijo en especie y moneda, en proporciones diversas, por un número de determinado de años (las cantidades, su composición y vigencia fueron muy variados según localidades y momentos), aunque sus destinatarios, como hemos afirmado, fueran diversos, caso del rey, la Iglesia, los encomenderos, las autoridades de las repúblicas o la propia comunidad, y sometidos a una gran variabilidad emanada de la casuística local. La tercera etapa abarcó desde finales de la década de 1570 hasta finales del siglo XVI, en la que se fijó el monto que tendrían que entregar los pueblos de indios para sus comunidades. Con ello cristalizó la participación de los diversos actores beneficiados del gravamen sobre la cuota más general, que no única,67 que se impuso en Nueva España a partir del último cuarto del siglo XVI: un peso y media fanega de maíz.68
La progresiva uniformidad del tributo implantada en los pueblos de indios hizo posible que se transitara de un gravamen que intentó ser el reflejo de las diversas condiciones demográficas y económicas de las comunidades indígenas, en el fondo una capitación graduada, a una indiferenciada, en la que los virreyes y la Audiencia de México privilegiaron la homogeneidad,69 en aras de lograr una simplificación y economía en el proceso de colecta,70 registro y transferencia del gravamen a los diversos beneficiarios del tributo.71 En este sentido, la fisonomía que adoptó el tributo de indios en Nueva España en el siglo XVI distó mucho de ser la mera traslación del tributo prehispánico si tomamos en cuenta la manera en que se estableció la forma de determinar la obligación fiscal, las cantidades que se deberían pagar, los procedimientos de colecta y, claro está, los destinatarios del gravamen.72
Para entender la evolución de la recaudación de la tributación hay que ubicarla en el marco del desarrollo del Erario regio de Nueva España durante el siglo XVI. En esta línea, hay que resaltar el hecho de que la Real Hacienda novohispana tuvo un repertorio muy limitado de ramos de ingresos entre las décadas de 1520 y 1560, básicamente los quintos y diezmos sobre la minería de metales preciosos, el derecho de señoreaje sobre la acuñación en la Casa de Moneda de México, la participación del fisco real en el diezmo diocesano (los dos novenos reales), el gravamen sobre las entradas y salidas por los puertos (básicamente, los almojarifazgos colectados en el puerto de Veracruz) y el tributo de indios. Sin embargo, de este conjunto de rentas, la capitación indígena, junto a la fiscalidad sobre la producción minera, eran los dos pilares del Erario regio de Nueva España, de ahí que el descenso de la población tributaria fuera un grave problema fiscal para la Corona.73
En términos contables, las tasaciones de los pueblos de indios conformaban el devengamiento impositivo, es decir, el "debido cobrar" que compelía a los oficiales reales (contadores, tesoreros, factores, veedores) y sus comisionados en materia de tributos. Así, el monto a pagar establecido en las tasaciones eran elcargo 74 por el que debían responder dichos oficiales cuando sus cuentas eran tomadas, glosadas y fenecidas, una actividad de control contable que en la época era ejercida por diversos actores, en especial, los oidores de la Audiencia de México y, tras su creación en 1548, los de Guadalajara.75
Bajo estos parámetros, los oficiales reales de la caja de México ejercieron una activa resistencia a asumir la responsabilidad ("a hacerse cargo") de los montos estipulados en las tasaciones de los pueblos de indios, pues ello implicaba que debían responder sobre las cantidades que no hubieran ingresado a las cajas reales por dicho concepto. Llegada la década de 1570 el problema era sumamente grave, como puso de manifiesto el factor de la caja de México, Martín de Irigoyen, según el cual los adeudos de los corregidores y pueblos de indios por concepto de tributos impagados superaban los 151 000 pesos.76
La acumulación de adeudos tenía su origen en diversas situaciones, como la diversidad de plazos otorgados para el cobro, el hecho de que los encargados de colectar los tributos en las localidades (gobernadores y principales) usaran en beneficio propio lo recaudado a los pueblos o, incluso, el que los propios oficiales reales dejaran de cobrarlos, alegando diversas circunstancias.77 En este contexto, las cifras de recaudación consignadas en los libros de cargo y data de los oficiales de las cajas reales apenas eran una aproximación a los montos estipulados en las tasaciones de los pueblos de indios.
Las crecientes penurias financieras de la Monarquía, envuelta como estaba la Corona en continuas guerras en los Países Bajos, Italia y contra diversas potencias como Inglaterra y Francia, llevaron a que Felipe II convocara una Junta Magna en 1568,78 a resultas de la cual se acometieron diversas reformas de entre las cuales destacamos aquí las referidas al tributo real en Nueva España.79
En primer lugar, y ante la caída patente de los montos registrados en las tasaciones,80 derivadas estas mayoritariamente hasta la década de 1570 de las visitas que realizaban los diversos comisionados encargados de esta tarea en los pueblos de indios, se fue imponiendo a partir de entonces la práctica de establecer la tasación con base no solo en la visita, sino también en la cuenta del número de tributarios. En este contexto, los recuentos de población con miras a determinar la tasación de los pueblos de indios se convirtieron en una práctica habitual,81 pero con ello cambió el alcance del significado de dichos actos y documentos. El objetivo último del cambio era lograr un registro fiscal que diese mayor certidumbre al pago del gravamen, dada la simplificación que implicaba el paso de una capitación graduada a una uniforme y para ello solo era necesario, como ya indicamos, el mero recuento de la población.
En segundo lugar, la corona amplió el universo poblacional sujeto al pago del tributo real. En 1579, el virrey Martin Enríquez previno a los corregidores y alcaldes mayores que "de todos los negros y mulatos libres que se avecindasen en sus pueblos cobrasen cada un año dos pesos siendo casados, y uno de cada viudo o soltero de ambos sexos".82 Con ello, el tributo transformó su naturaleza al convertirse en un gravamen que no solo pesó sobre la población indígena, sino también sobre la población denominada como "castas", limitando aquí el alcance del término a la población libre descendiente en diversos grados de los esclavos africanos.
En tercer lugar, se impuso un nuevo gravamen en 1591 denominado "servicio real" por el cual toda la población indígena, incluso los exceptuados hasta entonces del tributo, debía pagar cuatro reales al año.83 Aunque en términos jurídicos se trataba de un impuesto diferente al tributo real, de facto se convirtió en una mera elevación de la carga tributaria previa, apareciendo la recaudación en los mismos registros fiscales, en ocasiones claramente separados, pero en otros casos incorporando el servicio real en el tributo de indios.84
Finalmente, y en cuarto lugar, se produjo un cambio en los mecanismos de control sobre el tributo de indios y castas. En 1598, el virrey conde de Monterrey creó un nuevo oficio, el de "juez contador administrador" del tributo real, el nuevo servicio y el ramo de azogues.85 Con ello se pretendió dar respuesta a la resistencia que habían mostrado los oficiales reales de la caja de México a hacerse responsables del debido cobrar establecido en las tasaciones de los pueblos de indios. Con la reforma del conde de Monterrey se separaron dos esferas de actuación y, también, de responsabilidades: los oficiales reales se harían cargo únicamente de los montos ingresados y erogados en la tesorería, mientras que el contador de tributos y nuevo servicio se haría responsable, entre otros cometidos, de vigilar el cumplimiento de los montos totales contemplados en las tasaciones aprobadas para los pueblos en cada uno los momentos en que estas se actualizaran, responsabilidad que recaía mayoritariamente entonces en los alcaldes mayores y corregidores y en las autoridades de las repúblicas de indios.86
CONCLUSIONES
Las tasaciones de tributarios indígenas del siglo XVI en Nueva España no pueden ser entendidas como un mero resultado del cambio demográfico. Como dijimos, responden también a la dinámica económica y social que se fue desarrollando en el virreinato conforme se fueron desplegando nuevas actividades productivas y desarrollando noveles realidades sociales, con un creciente acento mercantil. Por ende, si bien son un punto de partida inexorable para cualquier estimación de la población, no se puede dejar de distinguir, como lo hicimos, entre las tasaciones que incluyen datos de población tributaria y aquellas que meramente enuncian un debido cobrar en cierto número de localidades. La herencia prehispánica —que señalaba una tributación condicionada por la política, la geografía y las limitaciones de transporte—, así como la necesidad de asistir a la temprana población europea, aún se hacían patente en las tasaciones de las décadas de 1530 a 1550 y, por ello, estamos impedidos de abordar estas fuentes en un sentido de cuantificación de la población —más aún si se pretende pasar de los casos particulares a las cifras generales—. Ante esto, consideramos que la labor de reconstrucción de los grandes agregados de población para el período que va entre la Conquista de Tenochtitlan y la visita de Valderrama, depende más de cálculos econométricos y demográficos, según los patrones de poblaciones de Antiguo Régimen, que de la aplicación de multiplicadores y supuestos sobre tributos en especie y precios, que en todo caso lo único que consiguen son estimados con rangos de error vastísimos.
De igual manera, la recaudación registrada en los libros contables de los oficiales de las cajas reales durante el siglo XVI no permite estimar, siquiera por aproximación, el comportamiento demográfico que está en la base del gravamen. Los montos consignados únicamente son el registro de los enteros realizados en las cajas reales y no el debido cobrar establecido en las tasaciones, toda vez que el control fiscal sobre estos cargos se derivó a partir de 1598 a una nueva oficina, la Contaduría General del Tributo, Nuevo Servicio y Azogues. Por otra parte, la presión fiscal creciente desplegada desde la década de 1560, mediante la ampliación de la población gravada (v.g. tributo de castas, eliminación de la exención tributaria en el nuevo servicio) altera el significado de los montos que aparecen bajo el rubro genérico de "tributo real". Únicamente desde un estudio detallado de los registros contables, será posible estimar el desglose de los diferentes rubros que acabaron subsumidos bajo tal categoría y, por tanto, tener alguna certidumbre sobre su significado no solo fiscal, sino también poblacional.