I. Introducción
Debido a las crisis política, económica y humanitaria que atraviesan algunos países, la movilidad humana se ha intensificado en la región en los últimos tres años, convirtiéndose en un severo desafío para la adecuada protección de los Derechos Humanos. Pues, implica un conjunto de nuevos problemas sociales, legales y culturales para las personas migrantes y los países receptores de estos.
Así pues las personas migrantes se encuentran en una situación crítica y de alta vulnerabilidad, sufren el aumento de los riesgos y la posibilidad de que sus derechos se vean dañados o su integridad afectada (Petit, 2003), los migrantes se desenvuelven en condiciones de exclusión y discriminación, ocasionando que por lo general se empleen en los sectores laborales más precarizados, en actividades de alto riesgo y con baja observancia de las medidas de seguridad, lo que los expone a una mayor tasa de accidentabilidad laboral. (Organización Internacional del Trabajo, 2021).
El Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas en el año (DAES) estimó que hay un promedio de 245 millones el número de personas migrantes internacionales alrededor del mundo en edad de trabajar, es decir de 15 años en delante, convirtiéndose en parte de la masa laboral del lugar donde reside. A la fecha, en nuestro país hay más de 1 millón de venezolanos, de los cuales el 56% son mujeres. En ese sentido, hablando de la masa laboral femenina, las mujeres migrantes enfrentan más obstáculos socioeconómicos y tienen mayores probabilidades de migrar como miembros de las familias acompañantes por razones distintas a la de encontrar empleo. En esta búsqueda de un futuro mejor, se experimenta discriminación de género social, económico y laboral, situación preexistente a su llegada, y por su situación de migrantes - sin contactos con personas afines o en situación informal- dificulta el equilibrio entre la vida profesional y personal y agrava las condiciones desfavorables en los ámbitos mencionados.
En el campo laboral, la violencia estructural contra la mujer tuvo una naturalización profunda permitiendo incluso que la misma reproduzca conductas machistas, como es el contratar a mujeres para puestos tradicionales de mujeres, provocando la ausencia de mujeres en cargos directivos y reservando estos para hombres. Para intentar superar estas diferencias estructurales y al amparo del principio de igualdad y proporcionalidad se pretende realizar acciones afirmativas y se implementan políticas de discriminación positiva. Dentro de las acciones afirmativas estipuladas se destaca la incorporación de las mujeres al sector público y privado, con la finalidad de buscar equilibrio en la representación de mujeres en cargos directivos.
En la actualidad la mujer además de seguir siendo la encargada del cuidado de la casa y de los hijos combina estas actividades con el trabajo. Sin embargo, históricamente se demuestra que la mujer ha sido víctima de la discriminación y exclusión dentro de una sociedad jerarquizada, y pese a los vertiginosos avances de los derechos tanto a nivel internacional y nacional orientados a romper la violencia estructural, está aún se encuentra arraigada en la sociedad. Dentro del campo laboral se percibe casos de acoso sexual, salarios o remuneraciones diferenciadas, conductas machistas y sexistas, hostilidad, lo que demuestra el mantenimiento de una estructura social que aún minimiza al género femenino.
Es conocido el afluente de demandas laborales dentro de la legislación peruana por vulneración a los derechos de los trabajadores, aunque respecto a la situación con personas migrantes es casi nulo, pues no hay un marco jurídico que brinde seguridad a las labores que ejercen, lo que ocasiona que sus derechos sigan siendo vulnerados. Si bien es cierto, el derecho por sí solo no es el único medio para garantizar la protección de los derechos laborales de las mujeres migrantes frente a las necesidades actuales, es indispensable que exista una respuesta jurídica adecuada que atienda a la situación de especial vulnerabilidad desde una perspectiva de discriminación múltiple y que pueda atender las verdaderas problemáticas que este grupo vulnerable sufre en la búsqueda de una mejor calidad de vida.
Es así que, analizando la realidad de la región La Libertad, hay más de 80 mil inmigrantes venezolanos y el 70 % no tienen un empleo formal (Andina, 2022), agregado a ello la falta de registros y la lentitud administrativa para tramitar la legalidad de miles de migrantes, los coloca en un foco laboral vulnerables, más aun si trabajan en actividades menos formales como trabajo doméstico, estéticas o actividades sexuales, donde el mayor porcentaje son trabajadoras mujeres.
También es importante señalar la evidente desigualdad y discriminación de género en función de los ingresos del mercado laboral, la brecha de ingresos por género mantiene un umbral de alrededor del 20% a favor de los hombres. Las discriminaciones se generan principalmente por la estabilidad laboral y el deterioro de condiciones laborales, esto conlleva al incumplimiento de los derechos de seguridad social, con la ejecución de contratos inestables, prolongación de jornadas desmedidas, ausencia de beneficios sociales, y bajas remuneraciones.
Es un reto para los gobiernos de los países, que recepcionan masas humanas en movilidad, la implementación y aplicación del marco legal existente y los acuerdos internacionales firmados, de forma que se garantice a las personas en movilidad humana el ejercicio de sus derechos humanos y -en el caso específico- el ejercicio adecuado de los derechos laborales de las mujeres migrantes. En las políticas públicas existen una omisión de las diferencias que conforman las realidades de cada persona, que puede involucrar otras dimensiones de sus identidades en este caso ser mujer y migrante.
El presente artículo de investigación aborda la problemática planteando el siguiente problema: “¿Como incide la discriminación múltiple en los derechos laborales de las mujeres venezolanas migrantes en a región La libertad en Perú en el año 2021?“. Para ello, se plantea como objetivo general el determinar si la discriminación múltiple incide en el ejercicio de los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas en la región La Libertad en el año 2021; y a su vez, el abordaje de cuatro objetivos específicos: 1) Determinar si la interseccionalidad de identidades múltiples influye en los derechos laborales de las mujeres migrantes frente a la discriminación múltiple en la región La Libertad 2021; 2) Analizar si la discriminación múltiple influye en la vulnerabilidad de los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas en la región la libertad 2021; 3) Determinar si existe una regulación de los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas en relación a la discriminación múltiple en la región la Libertad en el año 2021; 4) Identificar si existe las políticas migratorias sobre los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas regula su vulnerabilidad desde un enfoque de la discriminación múltiple en la región la Libertad en el año 2021.
Esto en base a investigaciones previas en material laboral y diversos artículos de investigación en torno a la problemática, se tiene que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), expone que el Perú es uno de los países que más denuncias posee por la violación de los derechos laborales, esta problemática de vulneración, se ve acrecentada en algunos sectores que se encuentran más expuesto a la informalidad, desigualad y discriminación, como es el caso de mujeres migrantes; Por ello es necesario que se estudie y aborde adecuadamente.
II. Metodología
El tipo de investigación utilizada en el presente artículo es de tipo no experimental y se hace uso de un diseño investigativo correlacional-causal. Esto debido a que se investigó como los derechos laborales de las mujeres migrantes están relacionados
- ya sea positiva o negativamente- con la discriminación múltiple. Asimismo, para saber cómo la discriminación múltiple incide en los derechos laborales de las mujeres migrantes, se emplearon las técnicas de entrevista, a su vez, para saber cómo el Estado ha intervenido o no respecto al problema se abordará documentos consistentes en los decretos, reglamentos y sentencias deberá considerarse la normativa nacional, a fin de conocer si estas contaron con las medidas necesarias por parte del estado para garantizar el ejercicio de los derechos laborales frente a la discriminación múltiple.
Para ello, teniendo en cuenta que la población total de migrantes venezolanos en la región la libertad es un promedio de 80 000, de los cuales el 49% corresponde al género femenino; para el desarrollo de la presente investigación se fijó una muestra de 100 mujeres venezolanas de la ciudad de Trujillo. Para el muestreo se aplicó el no probabilístico, haciendo uso de criterios de inclusión y exclusión que se basara en si cuentan o no con un trabajo formal. Se tomo como unidad de análisis a 50 mujeres venezolanas con trabajo formal y 50 mujeres venezolanas con trabajo informal, teniendo como escenario de estudio la zona comercial de la av. España de la ciudad de Trujillo.
El recojo de la información se realizó respetando la metodología científica, tanto las entrevistas realizadas como la observación en la zona comercial en la Av. España de la ciudad de Trujillo; así como también el recojo y análisis documental.
III. Incidencia de la discriminación múltiple en los derechos laborales de las mujeres migrantes
El presente artículo se realiza con el objetivo de determinar si la discriminación múltiple incide en el ejercicio de los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas en la región La Libertad en el año 2021, esto se basa en determinar si hay una correlación entre la discriminación múltiple y el ejercicio de los derechos laborales de las mujeres migrantes en la región La Libertad durante el 2021.
Es así que, en las entrevistas se plantearon un total de 10 preguntas, las cuales han sido contestadas por todas las entrevistadas y posteriormente analizadas. De las respuestas, se puede analizar que la mayoría de mujeres conoce el concepto de discriminación múltiple, y considera que afecta negativamente a los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas, pues todas las mujeres entrevistadas mencionaron que al no haber una correcta regulación en materia laboral, la discriminación múltiple pasa desapercibida y puede incidir negativamente en el ejercicio y efectivización de derechos de una persona. Asimismo, centrándonos en el tema de mujer y migrante, las entrevistadas reconocen la problemática invisibilizada de la intersección de estas dos identidades y que muchas veces -ya sea las identidades de manera intersectada o individual- es un factor que usan, los empleadores para aprovecharse y vulnerar sus derechos.
En esta línea de estudio, se tiene que Salas (2020) en su tesis sobre como factores discriminatorios que se aúnan al de ser mujer, concuerda que si afecta la discriminación múltiple en el mercado laboral, en este caso discriminación de género y xenofobia, pues estudios revelan que en la región de Latinoamérica, la situación laboral migrante evidencia mayor contratación de hombres migrantes que mujeres migrantes: “la inserción laboral de las mujeres migrantes en los países de acogida y cómo el género podría estar operando en este campo, señalan mercados laborales segmentados por género y una mayor selectividad de hombres migrantes con alta calificación sobre las mujeres en la misma condición”. Dejando en evidencia el impacto de genero para el mercado laboral.
Esto a su vez se relaciona con la teoría planteada en el informe de la OIT 2021 “Estimaciones mundiales de la OIT sobre los trabajadores y las trabajadoras migrantes - Resultados y metodología” donde analizando la situación actual, menciona que las mujeres migrantes se encuentran en una situación más vulnerables en calidad de trabajadoras migrantes no solo por ser migrantes, sino también por ser mujeres y que situaciones como la discriminación de género se suma a la xenofobia o trabas administrativas de formalidad, así pues dice: “las mujeres enfrentan más obstáculos socioeconómicos y tienen mayores probabilidades de migrar como miembros de la familia acompañantes por razones distintas a la de buscar trabajo. Ellas pueden experimentar discriminación de género en el empleo y es posible que no tengan contactos con personas afines, lo cual dificulta el equilibrio entre la vida profesional y familiar en un país extranjero.”
Internacionalmente, existe un marco jurídico sólido que respalda los derechos de las mujeres, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la no discriminación representa un derecho humano fundamental para los trabajadores, en el cual les permita tener un salario, para llevar una vida digna, en base a esto se promulgaron los Convenios 100 y 111 que fueron que determinaba obligación de contar con políticas que se oriente al fomento de la igualdad de oportunidades en materia de trabajo, empleo y ocupación, así como también establece que discriminación dentro del sector laboral es cualquier distinción o preferencia que se presente con la finalidad de anular o alterar la igualdad de oportunidades, por lo que es necesario el establecimiento de condiciones de contratación.
IV. Conclusiones
Se puede concluir que la discriminación múltiple si incide directamente en los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas, estos se ven directamente afectados por la discriminación múltiple. Pues, el factor de migrante y mujer crea una situación de vulnerabilidad aun mayor que solo por ser migrantes sumándose la discriminación de género dentro del mercado laboral. Así pues, los derechos laborales de las mujeres migrantes venezolanas se ven perjudicados por la discriminación múltiple a la que estas están expuestas.
Sobre la interseccionalidad de las identidades múltiples, si influye directamente en los derechos laborales de las mujeres migrantes, según la información recabada me permitió determinar que dentro de la población venezolana migrante, la inserción laboral diferencial entre hombres y mujeres venezolanos radicados en el país es bastante amplia. De por si existen más barreras laborales para un migrante, esto se acrecienta si es mujer, pues las venezolanas en comparación con los hombres con las mismas características, son estos últimos quienes ocupan puestos formales. Esto implica que al ser migrantes y mujeres - discriminación múltiple- hay mas barreras para garantizar derechos laborales.
Además, que la discriminación múltiple incide en la vulnerabilidad de los derechos laborales de las mujeres migrantes, algunas de las causas, motivo de nuestra investigación, que impiden la efectivización de los derechos laborales de mujeres migrantes venezolanas es su género y su condición de migrantes. Respecto al género, se debe a la inequidad y discriminación de género preexistente a los países de llegada, lo que ocasiona la exposición de estereotipos y prejuicios basados en el género. Respecto al segundo, es la situación de migrante y la dificultad para acceder a una documentación formal y la exposición a la xenofobia en los países receptores.
Por otro lado, analizando la normativa laboral nacional e internacional, se concluye que existe convenios internacionales hay un intento de regulación los derechos laborales de mujeres migrantes para mitigar la exposición de las misma a la discriminación múltiple. Respecto a la situación laboral, nuestra normativa menciona la igualdad de trato que debe haber entre un trabajador nacional y uno extranjero-migrante; sin embargo, desatiende la realidad y deja en un vacío legal la situación de mujeres migrantes que residen en el Perú que se encuentran expuestas a la discriminación múltiple en el mercado laboral.
Finalmente, se puede concluir que los gobiernos de turno han tratado de “fomentar” la formalización de residencia de migrantes en el país, pero al no haceros con enfoques correctos se convierten en contraproducentes; es así que, no hay una política especifica que busque fomentar la garantía de derechos laborales de mujeres migrantes.