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Papeles de población

versión On-line ISSN 2448-7147versión impresa ISSN 1405-7425

Pap. poblac vol.28 no.112 Toluca abr./jun. 2022  Epub 31-Mar-2023

https://doi.org/10.22185/24487147.2022.112.14 

Artículos

Autonomía de la Costa Caribe de Nicaragua y migración en perspectiva comparada

Autonomy of the Caribbean Coast of Nicaragua and migration in comparative perspective

Hloreley Osorio Mercado* 
http://orcid.org/0000-0001-7717-1068

*Instituto Interdisciplinario de Ciencias Sociales de la Universidad Centroamericana, Nicaragua


Resumen:

Desde un acercamiento histórico-estructural y del análisis del discurso, el artículo analiza las condiciones que han posibilitado distintos regímenes de Autonomía de la Costa Caribe de Nicaragua y diversos procesos de migración en el marco de los cambios territoriales, la trayectoria de la autoridad y de los derechos multiétnicos en la historia de la región. Ello muestra que la Costa Caribe de Nicaragua ha pasado por tres modelos distintos de regímenes de autonomía y de procesos de migración: el régimen de autonomía de la llamada Reserva Mosquitia y procesos de inmigración internacional (1860-1894); la abolición de dicho régimen y la prevalencia de inmigración interna (1894-1979) y el régimen de Autonomía Regional de la Costa Atlántica-Caribe con una inmigración interna intensiva (1990-2019). El análisis devela los mecanismos causales que explican la relación entre esos regímenes de autonomía y la migración: el despojo de la autoridad, el territorio y los derechos desde 1894 hasta hoy y las oportunidades laborales en el Caribe.

Palabras clave: Régimen de autonomía; migración; análisis histórico-estructural; análisis del discurso

Abstract:

From a historical-structural approach and discourse analysis, the article analyzes the conditions that have allowed different Autonomy regimes of the Caribbean Coast of Nicaragua and various migration processes within the framework of territorial changes, the trajectory of authority and multiethnic rights in the history of the region. This shows that the Caribbean Coast of Nicaragua has gone through three different models of autonomy regimes and migration processes: the autonomy regime of the so-called Mosquitia Reserve and international immigration processes (1860-1894); the abolition of said regime and the prevalence of internal immigration (1894-1979) and the Regional Autonomy regime of the Atlantic Coast-Caribbean with intensive internal immigration (1990-2019). The analysis reveals the causal mechanisms that explain the relationship between these Autonomy regimes and migration: the dispossession of territory, authority and rights from 1894 to today and job opportunities in the caribbean.

Keywords: Autonomy regime; migration; historic structural analysis; discourse analysis

Introducción

Nicaragua se divide geográficamente en tres grandes regiones: la región del Pacífico, la región del Centro-Norte (llamada región central) y la región de la Costa Caribe. La región Caribe, ha recibido históricamente distintos nombres: Costa de la Mosquitia (1633-1860), Reserva de la Mosquitia (1860-1894), Departamento de Zelaya (1894-1978), Costa Atlántica (1979-2013) y Costa Caribe desde el año 2014.

La Costa Caribe de Nicaragua se caracteriza por tres experiencias de autonomía y de migración que generan cambios en el tamaño de la población por grupos étnicos. La primera experiencia fue producto de la colonización británica en la entonces denominada Costa de la Mosquitia (1633-1860). Esta colonización cerró con el reconocimiento del Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia (1860-1894) hegemónicamente creole, durante la cual se mantuvo el peso poblacional de las etnias indígenas (miskitas, mayagnas y ramas) y afrodescendientes (creoles y garífunas), frente al peso de los inmigrantes internos (etnia mestiza) e internacionales. Hacia el final de la Reserva autónoma, la población ascendía a 15 mil habitantes, predominando los miskitos (33 por ciento) y los creoles (27 por ciento) en comparación con los mayagnas, ramas y garífunas (33 por ciento) y la porción de mestizos del Pacífico nicaragüense, europeos y estadounidenses (siete por ciento) (Rossbach y Wunderich, 1994).

La segunda experiencia alrededor del Régimen de Autonomía y la migración deriva de decisiones políticas de los gobiernos de Zelaya (1894-1909) y de Somoza (1936-1979). El gobierno de Zelaya anuló el Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia, creó el departamento de Zelaya y mandó primero a un sector de la élite política y económica de las regiones del Pacífico y Centro-Norte para que tomara en parte posesión de dicho departamento. El gobierno de Somoza, mantuvo la política anti-autonomía y promovió la migración interna de los campesinos mestizos de las regiones del Pacífico, Centro-Norte de Nicaragua hacia el departamento de Zelaya. Así, la población indígena y afrodescendiente del departamento de Zelaya pasó de representar 93 por ciento (27,900 habitantes) de la población total en 1894 (Rossbach and Wunderich, 1994) a constituir 35.45 por ciento (99,997 habitantes) del universo poblacional en 1982 (CIDCA, 1982).

La tercera experiencia sobre el Régimen de Autonomía y la migración surge a raíz de la Revolución Sandinista en la década de 1980, pero solo se desarrolla durante los gobiernos neoliberales (1990-2006) y el gobierno actual (2007-2019). La Revolución Sandinista cerró con el reconocimiento del Régimen de Autonomía Regional y Pluriétnico de la Costa Atlántica de Nicaragua (antes departamento de Zelaya) en 1987. Los gobiernos neoliberales (1990-2006) y el gobierno actual (2007-2019) han promovido un desarrollo precario del régimen de autonomía, mientras que permiten la migración interna de los mestizos del Pacífico, Centro-Norte en la denominada Costa Atlántica, ahora Costa Caribe. La población indígena y afrodescendiente que en 1987 representó 38 por ciento (112,600 habitantes) de la población de la Costa Atlántica según consta en el Estatuto de Autonomía (1987), se redujo a 22 por ciento (138,145 habitantes) de acuerdo al último censo de población y vivienda del Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos (INEC, 2005).

Dado que el Régimen de Autonomía es una condición necesaria para garantizar los derechos políticos, económicos y socioculturales de las etnias indígenas, afrodescendientes y de los mestizos, debemos preguntarnos por su vínculo con la migración. Al respecto, en Nicaragua y el resto de América Latina, no hay estudios empíricos que relacionen directamente los Regímenes de Autonomía y la migración, por lo tanto, es en gran medida un campo desconocido. La relación entre el Régimen de Autonomía y la migración ha sido explicada al menos, de dos maneras diferentes. Desde una perspectiva predominantemente estadocéntrica, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (2005) considera que en el centro de la vinculación entre el Régimen de Autonomía de la Costa Caribe de Nicaragua y la migración está el conflicto entre el Estado de Nicaragua, interesado en colonizar y asimilar a los indígenas y los afrodescendientes, mientras estas comunidades reclaman la autodeterminación. Y desde una perspectiva global, investigadores sobre las migraciones en contextos de los regímenes autonómicos territoriales de Nicaragua (Mendoza y Kuhnekath, 2005), Guatemala (Camus, 2010) y Colombia (Oslender, 2004), argumentan que en el centro está la controversia territorial: las élites nacionales y globales interesadas en las propiedades comunales promueven la incorporación del territorio en el mercado, provocando con ello cambios demográficos en los territorios para instaurar la visión de territorio como propiedad privada, garantizar la inversión extranjera y contar con mano de obra.

Sin embargo, estos investigadores no han preguntado por los mecanismos contingentes del poder, es decir, no han indagado los procesos que explican la relación entre el Régimen de Autonomía y la migración desde una perspectiva nacional-global. Así, el objetivo del artículo es analizar las condiciones de posibilidad del Régimen de Autonomía de la Costa Caribe y la migración en el marco de la lógica de organización del territorio, la autoridad y los derechos (TAD) en distintas configuraciones históricas a fin de encontrar los mecanismos contingentes que hacen posible su existencia.

Para la consecución de dicho objetivo, perfilamos un estudio de caso cualitativo tipo heurístico que nos permitió observar inductivamente los mecanismos causales, es decir, los procesos que aparecen cuando se relaciona el Régimen de Autonomía de la Costa Caribe con la migración. En ese sentido, combinamos la perspectiva histórica estructural con la perspectiva posestructural. La perspectiva histórica-estructural permitió analizar las condiciones que posibilitan o imposibilitan el Régimen de Autonomía y la migración en distintas etapas, además, hizo posible reconocer la trayectoria del Régimen de Autonomía (la lógica de organización del territorio, la autoridad y los derechos) y la trayectoria de la migración predominante en la Costa Caribe (como territorio de atracción o de expulsión). Estos hechos empíricos los comparamos con el discurso hegemónico gubernamental y con el discurso contra hegemónico de líderes indígenas alrededor de las identidades políticas del Régimen de Autonomía y la nación nicaragüense, en tanto que la experiencia de autonomía ocurre dentro de un Estado Nacional que a su vez está vinculado con otros Estados. Esta estrategia metodológica la aplicamos a la historia de la Costa Caribe desde la colonización británica hasta hoy. Los datos cualitativos procedieron de la evidencia documental y de entrevistas con líderes indígenas y afrodescendientes y defensores de los derechos humanos. Los datos cuantitativos relacionados con la migración derivaron de investigaciones de expertos, pero sobre todo de los censos de población y vivienda de Nicaragua de los años 1950, 1963, 1971, 1995 y 2005. Los datos fueron interpretados con el método de análisis de la teoría fundamentada de Glaser y Strauss (1967), que posibilitó recoger y analizar simultáneamente la información hasta que emergió la teoría contingente que revela los mecanismos contingentes del poder o los procesos que aparecen cuando se relaciona el Régimen de Autonomía y la migración.

Los resultados arrojan tres patrones o procesos histórico-estructurales. El primer patrón corresponde al Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia con predominio de inmigración internacional (1860-1894). Emergió con el inicio de la declinación de la colonización británica y el comienzo de la expansión norteamericana en Centroamérica y El Caribe que llevó momentáneamente a ambas potencias a una política de neutralidad con relación a ejercer el control sobre un posible canal interoceánico por Nicaragua. En ese contexto, Gran Bretaña solicitó a Nicaragua el reconocimiento del Régimen de Autonomía de la Reserva, institucionalizado en el Tratado de Managua (1860), (compilado en IPADE, 1995). Dicho Régimen se caracteriza por los siguientes elementos: está configurado en territorio creole con hegemonía creole, se da la coexistencia de la propiedad privada de los británicos y algunos creoles con la propiedad comunal de los indígenas, se produce la coexistencia del derecho británico con el derecho consuetudinario basado en las costumbres y tradiciones indígenas y el flujo migratorio dominante es la inmigración internacional laboral procedente de Jamaica y las Antillas en las empresas de enclaves estadunidenses.

El segundo patrón lo constituye la abolición del Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia mediante la incorporación militarizada de la Reserva al Estado de Nicaragua y la inmigración interna en el recién creado departamento de Zelaya (1894-1979). Las trabas a la autonomía y las posibilidades de la inmigración interna son varias: regímenes autoritarios -liberales de Zelaya y de Somoza interesados en el dominio territorial y en la asimilación de los indígenas y los afrodescendientes, la presión internacional de Estados Unidos para desarrollar el neocolonialismo estadunidense con su economía de enclave1 y luego la colonización interna del departamento de Zelaya producto del desarrollo del capitalismo agroexportador en el país, la hegemonía ideológica de la Iglesia Morava en la Costa Caribe y los conflictos interétnicos entre los miskitos y los creoles que les imposibilitó luchar por la autonomía. Este patrón se caracteriza por la imposición de autoridades mestizas del Pacífico que administran los intereses del gobierno central y de los capitalistas en la zona, por el inicio de la toma de posesión del territorio del departamento de Zelaya desde el Pacífico, Centro-Norte nicaragüense, primero a través de la inmigración de una parte de la élite política y de la élite económica y posteriormente por la inmigración de los campesinos mestizos de las regiones del Pacífico, Centro-Norte y por la relegación parcial del derecho consuetudinario frente al derecho oficial estatal.

El tercer patrón es el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe como política del Estado de Nicaragua y la inmigración interna intensiva y agresiva (1990-2019). El reconocimiento de este Régimen de Autonomía pluriétnico en 1987 deriva del interés de la Revolución Sandinista en desactivar el frente de guerra étnico-indígena que demandaba ser una nación indígena y desgastaba la Revolución, sumado a la experiencia previa de autonomía de la Reserva y al proceso de colonización interna que convirtió a los mestizos en mayoría. Pero la puesta en marcha precaria de este Régimen de Autonomía a partir de la década de 1990 ocurre bajo la introducción del mercado neoliberal y de la democracia electoral que derivó en un régimen autoritario electoral, porque como diría Schedler (2016), se celebran elecciones multipartidarias, pero se sabotean los principios democráticos de manera sistemática y profunda. Este patrón se caracteriza porque profundiza la línea estructural de la colonización política regional por parte del gobierno central, desconociendo la decisión política de los gobiernos regionales, prolonga la colonización interna como una forma de inmigración interna mestiza intensiva para apropiarse de más de la mitad de los territorios indígenas y afrodescendientes (y en menor medida para trabajar en los enclaves económicos) y profundiza la colonización parcial de los marcadores de las identidades étnicas, especialmente los referidos a la autodeterminación comunitaria y la administración de la justicia comunitaria.

Estos patrones develan los mecanismos causales que explican la relación entre el Régimen de Autonomía y la migración: el despojo del territorio, la autoridad y los derechos que inició desde 1894 con la anulación de la autonomía de la Reserva Mosquitia y se prolonga hasta el día de hoy. También está el mecanismo de la competencia por las oportunidades laborales entre los mestizos inmigrantes y los nativos de la Costa Caribe.

La estructura del artículo consta de cuatro partes. En la primera parte mostramos el marco de referencia del estudio relacionado con las condiciones de posibilidad del régimen de autonomía y la migración. En la segunda parte exponemos el método de la investigación que combina la perspectiva histórico-estructural y post-estructural con el método de análisis de la teoría fundamentada aplicados a seis épocas históricas que comprenden desde la colonización británica hasta la actualidad. En la tercera parte discutimos los resultados de los objetivos planteados, los cuales revelan los patrones histórico-estructurales que explican la relación entre autonomía y migración. En la cuarta parte presentamos las conclusiones.

Enfoques teóricos sobre las condiciones de posibilidad del régimen de autonomía y la migración

En este acápite definimos nuestros principales conceptos. Concebimos el Régimen de Autonomía como una construcción hegemónica (Laclau y Mouffe, 1987) rodeada por antagonismos alrededor del territorio, la autoridad y los derechos (TAD) en un marco donde lo nacional y lo global están imbricados (Sassen, 2010). Frente a la pretensión de la política de naturalizar y esencializar el significado de la autonomía negando su origen político (Critchley, 2008), argumentamos que el concepto del Régimen de Autonomía no es fijo, porque su significado depende de condiciones político-económicas y sociales en las que tienen lugar los conflictos en torno al territorio, la autoridad y los derechos, que hacen necesarias decisiones políticas. Ello nos permite revelar el carácter contingente, cambiante del Régimen de Autonomía.

Un Régimen de Autonomía territorial debe tener idealmente las siguientes características:

Un entramado normativo que establece el derecho de determinadas poblaciones asentadas en un territorio para ejercer la libre determinación dentro de los límites de un Estado, garantizando el rediseño de la organización política del Estado y una serie de derechos individuales y colectivos.

Un proceso de fortalecimiento de los derechos que permita a las poblaciones sujetos de autonomía, darse a sí misma la ley y decidir sobre su propio desarrollo económico, social y cultural (convenio 169 de la OIT, 1989). Ello implica, entre otras cosas, garantizar en la práctica el autogobierno territorial o el poder de decisión autónomo; los derechos seguros de propiedad, tanto individual como colectiva, así como el control de los recursos naturales; y la coexistencia del derecho consuetudinario basado en las costumbres y las tradiciones con el derecho oficial estatal, puesto que la autonomía no es absoluta, sino que se ejerce dentro de un Estado único.

Compromisos creíbles entre el gobierno central, las instituciones estatales, las élites económicas y las estructuras con poder autónomo para avanzar en la consolidación y el fortalecimiento del poder autónomo (Fruhling, González and Buvollen, 2007).

Laclau and Mouffe (1987: 162) explicitan que: “la autonomía es una forma de construcción hegemónica” porque la identidad de los sujetos o fuerzas sociales que se autonomizan, depende de ciertas condiciones sociales y políticas desde las cuales la autonomía puede ser defendida o expandida como lucha hegemónica. En esta línea, Díaz-Polanco y Sánchez (2002) perfilan que una de las condiciones que más posibilitan el Régimen de Autonomía es una sociedad política democrática en el entendido que la democracia hace posible la descentralización política y la creación de autogobiernos a distinta escala y la autonomía favorece una participación más activa y directa en la toma de decisiones de los distintos macro poderes y del poder local. Otra de las condiciones que hacen posible el Régimen de Autonomía es la prevalencia de la justicia social. En este sentido, Streeck (2016) plantea que la justicia social permite la participación de los ciudadanos con sus propias economías (economía de subsistencia, economía campesina), además de permitir que los ciudadanos participen en la economía de mercado. Ambas condiciones, posibilitan parcialmente el Régimen de Autonomía, puesto que este no puede ser logrado completamente. Además, en sociedades donde prevalece el autoritarismo y la hegemonía del mercado se logra menos autonomía.

Por otro lado, definimos la migración como el desplazamiento de individuos con traslado de residencia dentro de un país o entre países. La migración puede clasificarse de distintas maneras. Según la forma en que se capta, puede tratarse de la migración de toda la vida que ocurre cuando los migrantes están residiendo en un territorio distinto al de donde nacieron (en cuyo caso no hay un periodo de referencia) y la migración reciente que ocurre cuando los migrantes residen en un territorio distinto al que lo hacían cinco años anteriores al momento censal. Según la frontera que se cruza, existe la migración internacional que designa los cambios de residencia fuera del país de nacimiento y la migración interna que refiere a los cambios de residencia dentro del país de nacimiento (Welti, Herrera, Macías y Trigos, 1997)

Argumentamos que las condiciones de posibilidad de la migración no son monocausales, sino multicausales. Así, coincidiendo con Massey, Arango, Kouaouci, Pellegrino y Taylor (1993) criticamos las teorías de la Microeconomía Clásica y del Mercado Dual del Trabajo que explican las migraciones como el resultado monocausal de la estructura económica de los países implicados. Nos distanciamos de las teorías de la Microeconomía Clásica y de la Nueva Economía de las Migraciones Laborales que explican la migración en términos del capital social de las redes de migrantes o de las instituciones mercantilistas y humanistas que refuerzan las migraciones en los países centrales. Las excepciones a estos esencialismos son la Teoría del Sistema Mundial que explica las migraciones como el resultado de la alianza entre los regímenes políticos y el capital global que atraen y expulsan población en los países periféricos y centrales, y la Teoría de la Causación Acumulativa que explica la migración como una cuestión cultural y económica. Consecuentemente, concebimos las migraciones desde una perspectiva contingente y multicausal que toma en cuenta las estructuras políticas, económicas, socioculturales y ambientales.

Finalmente, observamos la Autonomía y la migración no desde la perspectiva del Nacionalismo Metodológico criticada por Beck (2004) que explica los problemas basándose en causas internas dentro de los Estados-nación, sino desde una perspectiva global porque como diría Sassen (2010), lo nacional y lo global están imbricados.

Método

Utilizamos una metodología de investigación cualitativa (que como veremos no excluye elementos cuantitativos) en un estudio de caso teóricamente orientado tipo heurístico. El estudio de caso cualitativo fue necesario porque en Nicaragua no hay estudios empíricos que relacionen directamente el Régimen de Autonomía de la Costa Caribe y la migración, por lo tanto, es en gran medida un campo desconocido. Alexander y Bennett (2005: 75) señalan que los estudios de casos heurísticos se caracterizan porque “identifican de manera inductiva nuevas variables, hipótesis, mecanismos causales y una cadena de causalidad”, que permiten hacer inferencias limitadas y contingentes, fundamentada en los datos. En nuestro caso, develamos los mecanismos contingentes del poder que hacen ver la relación en estudio. Rueschemeyer (2009: 21) define el mecanismo causal como “una condición, relación o proceso que da lugar a ciertos eventos y estados”. Por consiguiente, más que medir una mera correlación entre dos variables, el Régimen de Autonomía como causa y la migración como efecto o a la inversa, se investigaron los mecanismos contingentes del poder, es decir, los procesos que permitieron descifrar lo que ocurrió a través de la historia porque “las transformaciones …no son de naturaleza unívoca, sino multifacética” (Sassen, 2010: 27).

Para encontrar los mecanismos causales contingentes, nos enfocamos en un nivel histórico para entender el presente, no sólo alrededor de los hechos empíricos, ni de la estadística, sino del discurso público que hace posible observar lo que dicen los distintos actores sobre el Régimen de Autonomía, la migración y la nación. De ahí que vinculamos la perspectiva histórica-estructural de Sassen (2010) con el posestructuralismo-discursivo de Laclau and Mouffe (1987) que operan con la idea de que las estructuras societales son temporales y no pueden ser reducidas a un fundamento último como, por ejemplo, la historia, la geopolítica, los tipos de sistemas políticos, los tipos de capitalismos, los proyectos de nación, etc.

La perspectiva histórico-estructural permitió observar las condiciones de posibilidad y las trabas del Régimen de Autonomía y la migración, así como las trayectorias de la autonomía y la migración a partir de ciertas coyunturas empírico-históricas. Para analizar la trayectoria y las circunstancias de la autonomía, aplicamos creativamente la propuesta de Sassen (2010), que consiste en el análisis histórico por separado del territorio, la autoridad y los derechos (TAD) en distintas fases históricas desde una perspectiva global. Esta propuesta fue útil porque los tres conceptos (TAD) desarrollados por la autora constituyen contingentemente los pilares del Régimen de Autonomía de la Costa Caribe de Nicaragua y porque la perspectiva global permitió identificar en los conflictos alrededor del TAD, una perspectiva nacionalista y una perspectiva más globalizada donde aparecen los actores más poderosos del mundo interesados por Nicaragua y la Costa Caribe. Paralelo a la historia del cambio del Régimen de Autonomía, analizamos las condiciones y la trayectoria de la migración predominante en la Costa Caribe (como territorio de atracción o de expulsión).

Esta perspectiva histórica-estructural la combinamos con el enfoque postestructural-discursivo de Laclau and Mouffe (1987) porque permite analizar el cambio discursivo alrededor de la autonomía, la migración y la nación. Siguiendo la propuesta de estos autores, observamos los discursos hegemónicos y contra hegemónicos alrededor de dos identidades políticas: “el Régimen de Autonomía” y “la nación”, que suelen presentarse como identidades que garantizan la unidad imposible de lo social (Laclau and Mouffe, 1987), negando la contingencia, el conflicto, y la necesidad de tomar decisiones políticas sistemáticamente. También analizamos los pocos discursos que existen alrededor de la migración.

La estrategia metodológica histórico-estructural y posestructural fue aplicada durante seis etapas en las que ocurrieron profundos cambios estructurales alrededor de las condiciones y las dinámicas que experimentan el Régimen de Autonomía y la migración. Dichos periodos comprenden la colonización dual en Nicaragua: española en las regiones del Pacífico, Centro-Norte (1523- 1821) y británica en la Costa Caribe (1633-1860), el gobierno de Zelaya (1894- 1909), el gobierno de Somoza (1936-1979), la Revolución Sandinista (1979-1990), los gobiernos neoliberales (1990-2006) y el gobierno sandinista que se prolonga hasta hoy (2007-2019).

El análisis de la relación entre el Régimen de Autonomía y la migración está basado fundamentalmente en la evidencia documental y minoritariamente en entrevistas. Dependimos de la información de historiadores e investigadores, de documentos oficiales del Estado y de autoridades regionales o comunitarias y de los periódicos. Esta evidencia documental la completamos con nueve entrevistas para comprender la situación actual desde la perspectiva de expertos (tres), defensoras de derechos humanos (dos), autoridades regionales del pasado y del presente (dos) y autoridades comunitarias (dos).

El análisis cuantitativo de los datos migratorios durante los periodos de la colonización dual y del gobierno de Zelaya es imposible de detallar por la falta de datos estadísticos; sin embargo, es posible inferir esta migración a partir de los datos de poblamiento de grupos étnicos distintos a los autóctonos. La cuantificación de la migración desde el gobierno somocista hasta los gobiernos neoliberales está basada en los censos nacionales de población y vivienda (1950, 1963, 1971, 1995 y 2005). Incorporamos las estadísticas sobre la migración de la encuesta de medición del nivel de vida (EMNV) del año 2014 (aplicando el factor de expansión) para tener información sobre lo que acontece de manera reciente. Cabe destacar que dicha encuesta es la única que incorpora un módulo sobre migración. Las fuentes de datos migratorios, si bien carecen de la misma periodicidad y representatividad estadística e impiden desagregar la migración por grupo étnico (solo el censo 2005 preguntó por la auto identificación étnica), permiten el estudio comparativo de la migración de las etapas en cuestión. Cuantificamos la migración interregional (desplazamiento de la población de las regiones del Pacífico, Centro-Norte hacia la Costa Caribe y al revés) y la migración internacional (desde la Costa Caribe al extranjero y a la inversa) porque el objetivo es comparar el peso de la migración dual (desde y hacia la Costa Caribe) y porque todas las fuentes de información trabajan con la escala de medición regional y/o departamental. Calculamos los indicadores básicos de poblamiento: tamaño de población y crecimiento poblacional, así como los indicadores de la migración de toda la vida y la migración reciente referidos a la migración neta y porcentaje de migración neta, porcentaje de inmigración y de emigración.

Los datos cuantitativos y cualitativos fueron interpretados utilizando el método de análisis de la teoría fundamentada de Glaser y Strauss (1967). Se trata de un “método” para recabar, ordenar y analizar los datos empíricos que opera con una forma de ver al mundo, pero no es una teoría propiamente dicha. Aunque su marco de referencia es fenomenológico, parte de la premisa que los fenómenos sociales son históricos, complejos, contingentes y conflictivos y que, en consecuencia, el proceso de investigación cualitativa no es lineal, sino flexible, cíclica y reflexiva.

El resultado de poner en práctica el Método de la Teoría Fundamentada en el que la recogida y el análisis de los datos ocurrió simultáneamente fue la construcción de una teoría fundamentada en los datos que ofrece razones que no son últimas. Para elaborar la teoría fundada en datos empíricos iniciamos con el muestreo teórico que consistió en la selección contingente de seis etapas históricas que muestra la variabilidad de la autonomía y la migración: a) las épocas de la colonización dual y de la Revolución Sandinista que concluyeron con la decisión de regímenes de autonomía; las épocas de los gobiernos neoliberales y del gobierno actual que experimentaron la existencia legal del régimen de autonomía; los periodos de los gobiernos de Zelaya y de Somoza que decidieron abolir el régimen de autonomía; b) las épocas de la colonización dual y del gobierno de Zelaya donde predominó la inmigración internacional y los periodos que van desde la época de Somoza hasta el gobierno actual donde prevalece la inmigración interna en la Costa Caribe. Esta variabilidad de la relación bajo estudio conllevó a la saturación de los datos que se logró cuando estos comenzaron a ser repetitivos y consecuentemente, la explicación teórica emergió (Glaser y Strauss, 1967).

Para garantizar la saturación teórica, utilizamos el método comparativo constante de los datos. Con la comparación de los datos se produjeron los códigos sustantivos, los códigos conceptuales, los procesos sociales básicos y la categoría central. Los códigos sustantivos están relacionados con condiciones, dimensiones, discursos y efectos relacionados con el Régimen de Autonomía y la migración. Los códigos conceptuales refieren al patrón estructural central de cada época histórica (seis patrones históricos en total) que configuraba la relación bajo estudio, las cuales, posteriormente revelaron los tres procesos sociales básicos que marcan los cambios de la relación entre el Régimen de Autonomía y la migración: a) el Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia con hegemonía creole y la inmigración internacional (1860-1894), b) la abolición del Régimen de Autonomía de la Reserva y la inmigración interna (1894-1979) y c) el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe de carácter pluriétnico y la inmigración interna intensiva (1990-2019). A partir de los patrones, emergió la categoría central que revela los mecanismos contingentes del poder que explican el objeto de estudio: el proceso de despojo del territorio, la autoridad y los derechos.

Resultados y discusión

Patrón histórico estructural 1: Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia sin la participación del Estado de Nicaragua y la inmigración internacional (1860-1894)

En el siglo XVI, los conflictos geopolíticos entre España y Gran Bretaña por el dominio territorial y comercial para fortalecer sus Estados y economías nacionales (Sassen, 2010) tuvieron su expresión en distintas regiones de Nicaragua. España colonizó las regiones del Pacífico, Centro-Norte de Nicaragua, mientras que Gran Bretaña colonizó la Costa de la Mosquitia denominada actualmente Costa Caribe de Nicaragua. Estas potencias produjeron colonizaciones diferenciadas con tendencias profundas en términos de regímenes de autonomía y migración.

Colonización dual en Nicaragua

España conquistó militarmente las regiones del Pacífico, Centro-Norte de Nicaragua (1523- 1821). Dichas regiones se caracterizaban por una sociedad agraria-cacical densamente poblada por los pueblos mesoamericanos chorotegas, sutiabas y nicaraos de carácter sedentario (Kinloch, 2012). La población ascendía a 609,262 habitantes en vísperas de la invasión española (Newson, 1987).

La colonización española fue autoritaria-mercantil. La Provincia de Nicaragua, que era parte del Reino de Guatemala, funcionó con autoridades provinciales que respondieron al poder absoluto de la corona española y la autonomía municipal de los indígenas fue bloqueada por las autoridades provinciales o del Reino de Guatemala. La economía se sustentó en la expropiación mayoritaria de la propiedad comunal de la tierra indígena, la explotación laboral indígena y africana, la recaudación de tributos y un intercambio comercial precario. El derecho a la tierra transitó de una distribución desigual entre la propiedad privada de la tierra de los españoles y la propiedad comunal de los indígenas con garantías del poder real, a la inestabilidad de la propiedad comunal indígena porque estos fueron expulsados por el poder de compra de la élite terrateniente o la inmigración mestiza. Los derechos y las obligaciones dependieron de la procedencia étnica: los españoles y los criollos en la cima y los indígenas y los esclavos africanos en la base.

En las primeras tres décadas de dominación de España (1521-1550), la guerra entre aborígenes y españoles, la esclavitud indígena y las enfermedades provocó que la población indígena fuera diezmada 93 por ciento (Newson, 1987). En el siglo XVIII la población volvió a aumentar debido a la abolición de la esclavitud indígena desde 1750, la alta tasa de natalidad indígena, el movimiento migratorio de los indígenas nómadas de las montañas del este hacia el Pacífico, Centro-Norte y la incorporación de la mano de obra africana (Romero, 1992). De esta forma surgió el mestizaje entre los indígenas, los españoles y los africanos, aunque en el imaginario dominante la etnia mestiza refiere únicamente a la mezcla indo-hispano (Ramírez, 2007). Así, al final del periodo colonial, la población ascendía a 104,413 personas: 49 por ciento mestizos, 46 por ciento indígenas y cinco por ciento españoles (Newson, 1987).

Por otra parte, Gran Bretaña colonizó la Costa Caribe de Nicaragua que en ese momento era denominada Costa de la Mosquitia (1633-1860), una región de cazadores-recolectores escasamente poblada por las etnias mayagnas, ramas y bawihka de filiación cultural chibcha, semi-sedentarias, que carecían de una organización en forma de Estado. Sólo disponían de los líderes comunitarios como el Consejo de Ancianos con función normativa, el sukia o curandero y la autoridad del whita o juez comunitario (Kinloch, 2012). La población indígena de la Mosquitia se calcula en alrededor de cinco mil habitantes al momento de la llegada de los europeos (Romero, 1995).

La colonización británica fue relativamente contractual-liberal en la Costa de la Mosquitia, una región que tenía 60 mil km2 en el siglo XVII producto de la expansión territorial de los guerreros indígenas miskitos. Los miskitos resultaron del cruce entre los bawihka, los holandeses, franceses e ingleses llegados en el siglo XVII y los africanos (Romero, 1995). La alianza entre los británicos y los indígenas miskitos configuró un gobierno indirecto o monarquía miskita con experiencia parcial en la toma de decisiones y no trastocó la autonomía comunitaria. La economía se sustentó en la propiedad privada titulada de los británicos y la propiedad colectiva sin titular de los indígenas, la mano de obra esclava africana (liberada en 1841) y el libre comercio. Los africanos se mezclaron con europeos y amerindios y conformaron la etnia creole. Los derechos pasaron de basarse en relaciones personales a impersonales, de tal forma que los miskitos fueron desplazados por los creoles en la escala social. Así, al final de esta colonización vivían en la Mosquitia los indígenas miskitos, mayagnas y ramas y los afrodescendientes creoles.

En el siglo XVIII, la población de la Costa de la Mosquitia ascendía a 14,950 habitantes entre los que sobresalían los indígenas (67 por ciento) en comparación con los africanos, los creoles (30 por ciento) y los ingleses (tres por ciento) (Jenkins, 1986). El crecimiento de la población de la Costa de la Mosquitia se explica por la poligamia de los ingleses y de los indígenas nativos y por la inmigración forzada de indígenas de Honduras, Costa Rica, Belice y de la región Centro-Norte de Nicaragua capturados en expediciones bélicas por los miskitos para esclavizarlos o venderlos y la inmigración forzada de los esclavos africanos (Romero, 1995).

El dualismo colonial produjo dos patrones alrededor de la autonomía y la migración. La colonización española en las regiones del Pacífico, Centro Norte de Nicaragua bloqueó la autonomía municipal de los indígenas, lo que junto a otros factores provocó incipientemente la inmigración de los mestizos en las propiedades comunales indígenas. La colonización británica en la Costa de la Mosquitia de Nicaragua produjo el Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia y la inmigración extranjera.

De la colonización británica en la Costa de la Mosquitia al Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia y la inmigración internacional laboral

La colonización británica en la Costa de la Mosquitia finalizó hacia mediados del siglo XIX, en el marco de la incipiente expansión capitalista de Estados Unidos en Centroamérica y El Caribe que desafía la posición dominante de Gran Bretaña en el mundo, particularmente en esa misma zona. Ambas potencias rivalizan por la construcción de un posible canal interoceánico a través del Río San Juan de Nicaragua y sus beneficios comerciales. Esta fricción fue resuelta mediante el Convenio entre Estados Unidos y Gran Bretaña en el que establecen sus intenciones sobre el canal interoceánico por el río San Juan de Nicaragua (1850), compilado en IPADE (1995). En dicho convenio y a espaldas de Nicaragua, los imperios rivales renunciaron a la posibilidad de controlar un eventual canal a través de Nicaragua, así como a colonizar territorios de Centroamérica.

La supuesta neutralidad imperial de Gran Bretaña y Estados Unidos respecto a la posible construcción canalera se combinó con la política británica, predominantemente de dominio indirecto y la ausencia del poder de la recién independiente República de Nicaragua sobre la Costa de la Mosquitia (1821) para desembocar en la instalación del Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia y la inmigración internacional. Así, la estructura de la colonización inglesa está marcada en el Tratado de Managua entre Nicaragua y Gran Bretaña (1860), compilado en IPADE (1995) que responde al reconocimiento por parte de Gran Bretaña de la soberanía de Nicaragua sobre el territorio de la Mosquitia, a cambio del reconocimiento por parte de Nicaragua del derecho de autonomía de los aliados de los británicos, los indígenas de la Mosquitia.

El Tratado de Managua (1860) configuró la Reserva Mosquitia o Distrito de la Mosquitia para que los indios mosquitos gozarán del derecho a la autonomía bajo la soberanía de la República de Nicaragua. La Reserva Mosquitia no abarcó toda la Costa de la Mosquitia o Costa Caribe, sino una franja que se extendió a lo largo de la Costa Caribe entre las desembocaduras de los ríos Hueso y Rama. El Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia se define como una forma de autogobierno territorial miskito bajo la soberanía de Nicaragua, aunque la Reserva excluyó el hábitat tradicional de los miskitos. Con este Tratado, la Costa de la Mosquitia se desmembró y sujetó a distintas autoridades. En función de los intereses de Gran Bretaña en la “región donde habían concentrado sus actividades económicas” (Díaz-Polanco y Sánchez, 1991: 162) y en fortalecer su alianza con los creoles, orientan territorialmente la creación de la Reserva entre los ríos Hueso y Rama, hábitat tradicional de los creoles. En función de la neutralidad entre Gran Bretaña y Estados Unidos por la posible construcción canalera, el control del denominado San Juan del Norte (la entrada Caribe al canal interoceánico) y Cabo Gracias a Dios (principal asentamiento de los miskitos) fue puesto bajo la autoridad de un superintendente mestizo del Pacífico.

Este Régimen se caracterizó por un autogobierno municipal hegemónicamente creole que tomó las decisiones con autonomía del Estado de Nicaragua. El autogobierno municipal consistió en un Consejo General y un Consejo Ejecutivo predominantemente creole. Los criterios para elegir estas autoridades se basaron en los años de residencia o nacimiento en la Reserva, la edad, pero sobre todo la posesión de bienes económicos. El Consejo General estaba integrado por el jefe hereditario (antiguo rey miskito) y 41 personas electas que correspondió prácticamente a jefes creoles y unos cuantos dirigentes miskitos y ramas, además de europeos. Dicha instancia elaboró las disposiciones legales del gobierno y designó la mayoría de los funcionarios. El Consejo Ejecutivo estaba conformado por el jefe del Consejo General y 17 personas más electas por el Consejo General. Tuvo entre sus atribuciones la fijación de impuestos, la regulación de las tierras públicas (territorios que están fuera del ámbito comunal) y los recursos naturales dentro de los límites de la Reserva, etc. (Díaz- Polanco y Sánchez, 1991).

El autogobierno municipal controló las tierras de la Reserva. La propiedad privada de los colonos británicos y de algunos creoles fueron tituladas conforme al derecho británico; las tierras de subsistencia indígenas no fueron tituladas basándose en el derecho consuetudinario y las tierras públicas fueron arrendadas a los capitalistas estadunidenses, un arrendamiento del que usufructuaron las comunidades indígenas. Esta política de tierras posibilitó que, en 1880, el capital británico centrado en las plantaciones agrícolas, la explotación forestal y la actividad minera (PNUD, 2005) fuera desplazado por las empresas norteamericanas de producción de banano y de extracción maderera y minera, llegando a desarrollar “un enclave norteamericano, lo que no era lo mismo que una Reserva autónoma” (Fruhling, González y Buvollen, 2007: 24).

La economía de enclave incorporó la mano de obra indígena y creole. Además, produjo la inmigración internacional laboral. Predominó la inmigración de jamaiquinos y antillanos que engrosaron el tamaño poblacional de los creoles (Hooker, 2012) y de los garífunas hondureños y beliceños (Davidson, 1980) en comparación con la inmigración interna de los mestizos del Pacífico nicaragüense (Ayón, 1977). Con esta inmigración, la Reserva quedó conformada por los indígenas miskitos, mayagnas y ramas; los afrodescendientes creoles y garífunas y los mestizos. Hacia el final del Régimen de la Reserva, el tamaño poblacional de la misma ascendió a 15 mil habitantes, con un claro predominio de los miskitos y los creoles: 33 y 27 por ciento, respectivamente en comparación con los mayagnas, ramas y garífunas (33 por ciento) y la porción de mestizos del Pacífico nicaragüense, europeos y estadunidenses (siete por ciento) (Rossbach y Wunderich, 1994).

La Reserva operó con el derecho británico y el derecho consuetudinario. El derecho británico perfiló la organización jurídico-política de la Reserva, los derechos de propiedad privada y una parte de la administración de justicia. Delineó la Constitución Municipal que separó los poderes ejecutivos (Consejo Ejecutivo), legislativo (Consejo General) y judicial (Corte Suprema, Corte de Magistrados, Corte de Enjuiciamiento y Contraloría General) y promulgó el conjunto de leyes, ordenanzas y reglamentaciones, si bien en 1863 se estableció un código penal y un código civil propio. Reguló la propiedad privada, las tierras públicas y el usufructo de las comunidades indígenas por el arrendamiento de las tierras públicas. Reglamentó el comercio interior y exterior, el sistema monetario regional, restricciones de penetración de las fuerzas armadas nicaragüenses, etc. (González, 1997). El derecho consuetudinario preservó la autonomía de las comunidades indígenas (líderes y autoridad), la administración de la justicia comunitaria del whita, el derecho a las tierras de subsistencia y a mantener los idiomas autóctonos de los miskitos (lengua miskita), de los mayagnas (lenguas panamahka, twahka y ulwa) y de los creoles (inglés creole). La labor evangelizadora y educativa de la Iglesia Morava en los idiomas miskito e inglés creole preservó estas lenguas y produjo la extinción de las lenguas garífunas y ramas porque fueron asimiladas al inglés creole. Las lenguas indígenas de los mayagnas se preservaron gracias a que esta etnia es endogámica y prácticamente no asistió a la escuela (Jenkins, 1986).

Patrón histórico estructural 2: Abolición del Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia y la inmigración interna para la toma del poder político y una parte del poder económico y la toma de tierras

El gobierno de Zelaya eliminó el Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia en beneficio de la neocolonización estadunidense que atrajo el poder político y una parte del poder económico del Pacífico, Centro-Norte hacia el recién creado departamento de Zelaya. El gobierno de Somoza mantuvo anulada la Autonomía en favor de la colonización interna mestiza como una forma de migración interna para la toma de tierras. La anulación de la autonomía y la promoción de la migración interna están en la base del discurso de la Nicaragua mestiza que buscó asimilar a los indígenas y a los afrodescendientes a la etnia mestiza indohispana.

Incorporación de la Reserva Mosquitia al Estado de Nicaragua y eliminación del Régimen de Autonomía de la Reserva y la inmigración de la élite política del Pacífico

En 1894, el gobierno de Zelaya incorporó militarmente la Reserva Mosquitia al Estado de Nicaragua, creó el departamento de Zelaya y eliminó el Régimen de Autonomía. La incorporación se hizo sin el consentimiento de los indígenas, contradiciendo lo que disponía el Tratado de Managua (1860), aunque después buscó legitimarse con delegados indígenas que consensuaron nominalmente el Decreto de la Convención Mosquita (1895) y con el Tratado entre la Gran Bretaña y la República de Nicaragua, relacionado al Territorio Mosquito (conocido como Tratado Harrison - Altamirano, 1905, compilado en IPADE, 1995). La creación del departamento de Zelaya comprendió el territorio de la Reserva y la Comarca Cabo Gracias, es decir, la antigua Costa de la Mosquitia con la excepción del territorio cedido a Honduras en 1859. La extensión territorial era de 59,094 km2 (Ministerio de Economía, 1963). La incorporación de la Reserva Mosquitia al Estado de Nicaragua significa la eliminación del autogobierno municipal y la sujeción entera de la Reserva Mosquitia a las autoridades y las leyes de Nicaragua para formar parte de su organización política administrativa (Departamento de Gobernación, 1895).

El gobierno autoritario de Zelaya decidió eliminar la Autonomía de la Reserva para reforzar su centralismo político, dominar dicho territorio y asimilar a los indígenas y los afrodescendientes a la cultura mestiza indohispana. Esta decisión está entretejida con la presión estadounidense para anular la Autonomía de la Reserva con dos propósitos: finiquitar la rivalidad imperial canalera con Gran Bretaña en un territorio que según la consideración estadunidense, formaba parte de su “patio trasero” (Laird, 1972) y lograr obtener grandes concesiones de tierra para los capitalistas estadunidenses sin la presencia de las políticas fiscales del gobierno de la Reserva que eran evaluadas como un obstáculo sustancial para garantizar un mayor crecimiento económico (Boege y López y Rivas, 1984). Además, el conflicto entre los creoles y los miskitos por el poder político-económico, posibilitó deponer el autogobierno de la Reserva y legitimar con los miskitos la incorporación.

El autogobierno de la Reserva fue sustituido por estructuras políticas típicas de las regiones del Pacífico, Centro-Norte correspondientes a un gobernador intendente mestizo como autoridad departamental, y por autoridades municipales predominantemente mestizos (algunos residentes europeos ocuparon cargos municipales) originarios del Pacífico nicaragüense. Así, Zelaya mandó primero a la administración pública y a los funcionarios públicos de la región del Pacífico hacia el departamento de Zelaya. Cabe resaltar que, desde ese momento, la región del Pacífico presentaba mejores condiciones de vida en relación con el departamento de Zelaya. El Estado de Nicaragua concentraba la inversión pública en el Pacífico, mientras capturó las rentas en el departamento de Zelaya, sin que ello se tradujera en el gasto público en dicho lugar. Ello es visible en la falta de infraestructura terrestre y/o marítima que uniera ambos lados del territorio (Pacífico-departamento de Zelaya) puesto que la única que existía había sido construida por los enclaves estadunidenses para sus exportaciones; el prácticamente inexistente servicio estatal de salud y educación, en tanto que ambos sistemas fueron asumidos por la iglesia Morava bajo el auspicio de los enclaves norteamericanos. El servicio estatal de educación fue muy incipiente en este territorio.

A escala comunitaria, se preservaron los líderes tradicionales y la autoridad del whita, pero se creó la autoridad comunal típica del Pacífico denominada Síndico para administrar los recursos naturales.

Más tarde, la dictadura somocista (1936-1979) mantuvo anulado el Régimen de Autonomía en el departamento de Zelaya. Esto obedece a la sincronización de los intereses del gobierno somocista y de Estados Unidos de respaldo de regímenes autoritarios a cambio de permitir la economía de enclave estadunidense y, posteriormente, la ampliación del capitalismo agroexportador en todo el país. A esto se suma la hegemonía ideológica de la Iglesia Morava que, alineada a los intereses estadunidenses, fundamentó las condiciones políticas y económicas en el departamento de Zelaya (Jenkins, 1986; Vilas, 1990; González, 1997) y la prevalencia de los conflictos entre los creoles y los miskitos que, encontrándose con condiciones autoritarias persistentes, les imposibilitaron resolver parcialmente las tensiones y luchar por la Autonomía.

Bajo estas condiciones, toda autonomía política fue bloqueada. Se impusieron las estructuras del poder político de las regiones del Pacífico, Centro-Norte en el departamento de Zelaya: un Jefe Político Departamental mestizo y municipalidades dirigidas por mestizos con atribuciones administrativas y financieras. Dichas autoridades fueron nombradas por el régimen somocista con base al criterio de lealtad. Además, la autonomía comunitaria fue corporativizada, es decir, funcionalizada a los intereses de la dictadura. Según Vilas (1990), se reconoció legalmente la autoridad del jefe comunitario, designándolo como juez y síndico, asumiendo el rol de intermediario entre las comunidades y el Estado con el efecto de afianzar la presencia del gobierno somocista. Así, los jefes comunitarios garantizaban el orden político dictatorial y la administración de justicia con base al derecho oficial estatal, defendían parcialmente las tierras comunales y realizaban funciones estatales para el control poblacional y el cobro de impuestos.

Del neocolonialismo estadunidense que atrajo la inmigración de una parte de la élite económica del Pacífico nicaragüense y la inmigración internacional laboral a la colonización interna, como una forma de migración interna en el departamento de Zelaya

El gobierno de Zelaya favoreció el neocolonialismo estadounidense en el departamento de Zelaya, el cual tomó la forma de una economía de enclave de plantación de banano y explotación forestal y minera. Para ello decidió una “reforma agraria radical” (Mahoney, 2002). Las tierras públicas y la mayoría de las tierras de subsistencia del departamento fueron convertidas en tierras nacionales, y transferidas en gran escala a grandes compañías norteamericanas y a unos pocos empresarios mestizos del Pacífico nicaragüense (PNUD, 2005). Frente a esta política agraria radical, el Tratado Harrison-Altamirano (1905, compilado en IPADE, 1995) defendió parcialmente los derechos territoriales de los indígenas y los afrodescendientes dentro de la antigua Reserva Mosquitia. Estipuló la legalización de todos los derechos de propiedad comunal y privada obtenidos antes de 1894 en la Reserva y cuando no existieran tales títulos, otorgó el derecho de ocho manzanas de tierra para cada familia dentro de la comunidad, mientras que el resto se convertían en tierras nacionales. Así, este Tratado produjo la titulación incipiente de las propiedades comunales durante los gobiernos conservadores: en 1920 se emitieron 30 títulos colectivos que equivalen a 70,448 hectáreas (Williamson, 1997).

El neocolonialismo atrajo la migración interna y extranjera. Algunos capitalistas de Granada y Managua, y pequeños y medianos agricultores procedentes del Pacífico, inmigraron en el departamento de Zelaya para participar en la expansión comercial del banano (Kinloch, 2012). Los jamaiquinos se incorporaron como fuerza laboral asalariada en las empresas norteamericanas. Por ende, gracias a la migración, pero sobre todo a la natalidad, la población del departamento de Zelaya se duplicó entre 1906-1950: pasó de 33,849 a 67,727 habitantes, si bien el peso poblacional del departamento respecto al total nacional se mantuvo durante el periodo en alrededor de siete por ciento (INEC, 2005).

Finalizada la neocolonización estadunidense en 1950 y en el marco de la expansión de la economía mundial, la dictadura somocista promovió la colonización interna para desarrollar progresivamente el capitalismo agroexportador en todo el país, produciendo algodón, caña de azúcar, ajonjolí, ganado, café, etc. y asimilar a los indígenas y los afrodescendientes a la etnia dominante mestiza. La colonización interna es una forma de migración interna “mediante la cual los campesinos conquistan y/o domestican tierras, siendo el Estado uno de sus promotores” (Rueda, 2014: 159). Con la colonización interna avanza la frontera agrícola entendida como un proceso que inicia con la expansión de la agricultura a costa del bosque, pero que luego se convierte en potrero por el desgaste de los suelos de vocación boscosa y la presión de la ganadería extensiva que estimula el constante movimiento de las familias pobres interesadas en la producción de granos básicos (Mendoza, 2004).

La primera oleada de colonización interna (1950-1963) fue “silenciosamente permitida” porque la Guardia Nacional de la dictadura somocista ejerció entre sus funciones el control de la inmigración. Dicha colonización tiene como origen el boom agroexportador en el Pacífico, Centro-Norte que expulsó a pequeños campesinos predominantemente de la región Central (departamentos de Boaco, Chontales, Matagalpa y Jinotega) hacia el departamento de Zelaya (municipios de Prinzapolka, la Cruz del Río Grande, El Rama y Bluefields). Fueron atraídos por la supuesta disponibilidad de tierras nacionales y en menor medida, por la demanda de fuerza de trabajo de compañías norteamericanas de madera, hule y minería. Como se muestra en la Tabla 1, el saldo positivo de la migración de toda la vida en 1950-1963 no tuvo cambios sustantivos en términos absolutos y relativos: pasó de 9,599 (13 por ciento) a 11,993 (13.5 por ciento) habitantes, respectivamente. El porcentaje de inmigrantes (predominantemente internos) respecto a la población total aumentó cinco puntos porcentuales durante el periodo (pasó de 15 a 20 por ciento), y el porcentaje de emigración del departamento respecto a la población nacida en el departamento, incrementó cuatro puntos porcentuales (pasó de tres a siete por ciento). Así, gracias a la migración interna, en parte, la población del departamento de Zelaya creció 1.42 por ciento al pasar de 73,820 a 88,963 habitantes durante 1950-1963.

Tabla 1: Población, migración de toda la vida e indicadores de migración en el departamento de Zelaya (1950, 1963 y 1971) 

Variables Censo 1950 Censo 1963 Censo 1971
Tamaño de población y crecimiento poblacional
Población total 73,820 88,963 145,508
% de población departamental respecto al total nacional 7.00% 6.00% 7.70%
Tasa de crecimiento poblacional departamental 1940-1950 = 2.39% 1950-1963 = 1.42% 1963-1971= 6.02%
Inmigración
Población residente en el momento del censo* 73,820 88,963 144,200
Nacidos y enumerados en el departamento 63,464 71,414 100,391
Total de inmigrantes 11,280 17,549 43,809
Inmigrantes procedentes del Pacífico, Centro-Norte 9,800 16,409 42,506
Inmigrantes procedentes del Pacífico 1,510 2,112 6,075
Inmigrantes procedentes del Centro-Norte 8,290 14,297 36,431
Inmigrantes procedentes del extranjero 1,480 1,140 1,303
Emigración
Total de emigrantes 1681 5,556 949
Emigrantes hacia el Pacífico, Centro-Norte 1681 5556 824
Emigrantes hacia el Pacífico 1,128 4,186 176
Emigrantes hacia el Centro-Norte 553 1,370 648
Emigrantes hacia el extranjero - - 125
Indicadores de Migración
Migración neta de toda la vida 9,599 11,993 42,860
% de Migración Neta de toda la vida 13.0% 13.50% 29.72%
% de Inmigración respecto a la población total 15.28% 19.70% 30.45%
% de Emigración del departamento respecto a la población nacida en el mismo departamento 2.65% 7.21% 0.94%

Nota: * Se excluye la categoría de respuesta “ignorado” en departamento o región de nacimiento.

Fuente: elaboración propia con base a datos del Ministerio de Economía (1950, 1963) y del Banco Central de Nicaragua y Ministerio de Economía (1971).

La segunda oleada de colonización interna (1963-1971) “decidida políticamente” por el Programa de la Alianza para el Progreso de Estados Unidos con el aval de la dictadura a través de la Ley de Reforma Agraria (1963), para la expansión agroexportadora en todo el país, expulsó campesinos del Pacífico, Centro-Norte hacia el departamento de Zelaya. Campesinos pobres agrícolas y ganaderos de la región del Pacífico (departamentos de León, Chinandega y Managua), y de la región Central (departamentos de Boaco, Chontales, Matagalpa y Jinotega) fueron ubicados en proyectos de colonización campesina para la producción ganadera, de granos básicos y hortalizas: Proyecto Siuna en el municipio de Prinzapolka y Proyecto Rigoberto Cabezas en el municipio de El Rama. Más de medio millón de manzanas de tierras de la frontera agrícola fueron tituladas a favor de los colonos mestizos en el departamento de Zelaya, mientras que solo se titularon 109,059.57 manzanas en concepto de propiedades colectivas indígenas (Vilas, 1990).

En la Tabla 1 aparece que la migración neta de toda la vida casi se triplicó entre 1963-1971: pasó de 11,993 a 42,860 habitantes. El porcentaje de inmigrantes (prácticamente internos y de la región Centro-Norte) respecto a la población total aumentó diez por ciento (pasó de 20 a 30 por ciento), mientras que el porcentaje de emigrantes respecto a la población nacida en el departamento se redujo en seis puntos porcentuales (pasó de siete a uno por ciento). De esta manera, la migración interna contribuyó parcialmente para que la población del departamento de Zelaya creciera seis por ciento al pasar de 88,963 a 145,508 habitantes durante 1963-1971. La Tabla 2, correspondiente a la migración reciente del periodo 1963-1971, muestra la intensidad de la migración neta positiva y la réplica de la dinámica migratoria interregional.

Tabla 2: Población, migración reciente e indicadores migratorios en el departamento de Zelaya (1963-1971) 

Variables Censo 1971
Población residente cinco años antes del censo (1963) 111,493
Población residente en el momento del censo* (1971) 112,608
Nacieron en el departamento 100,391
Inmigrantes
Total de inmigrantes 14,007
Inmigrantes procedentes del Pacífico, Centro-Norte 13,511
Inmigrantes procedentes del Pacífico 3,188
Inmigrantes procedentes del Centro-Norte 10,323
Inmigrantes procedentes del extranjero 496
Emigrantes
Total de emigrantes 819
Emigrantes hacia el Pacífico, Centro-Norte 710
Emigrantes hacia el Pacífico 152
Emigrantes hacia el Centro-Norte 558
Emigrantes hacia el extranjero 109
Indicadores de migración
Migración neta reciente 13,188
% de Migración neta reciente 11.71%
% de Inmigración respecto a la población total 12.43%
% de Emigración respecto a la población nacida en el departamento 0.72%

Nota: * Se excluye la categoría “ignorado” en residentes hace cinco años. Se excluye a los menores de cinco años

Fuente: elaboración propia con base a datos del Banco Central de Nicaragua y Ministerio de Economía (1971).

La migración interna, predominantemente de la región Centro-Norte hacia el entonces departamento de Zelaya, ocurre entre zonas geográficas donde las condiciones de vida son inferiores respecto al Pacífico. Especial interés tiene el departamento de Zelaya donde la dictadura somocista continúo, sin poner límites, al saqueo extranjero y mantuvo el control y la apropiación estatal y hasta personal de las rentas públicas generadas en dicha región. En esta línea, Jenkins (1986) afirma que la inversión pública fue prácticamente nula puesto que no hubo desarrollo de la infraestructura vial, y el servicio de educación y de salud pública tuvo menor cobertura y calidad en comparación con el de la iglesia Morava. La otra dimensión está encadenada con el hecho que los enclaves extranjeros no se vincularon con la economía local, es decir, no buscaron complementarse con actividades económicas locales tradicionales.

Por otro lado, la política agraria somocista pretendió transformar las comunidades indígenas de subsistencia en cooperativas de producción, de comercialización y consumo típicas de los colonos mestizos. La organización cooperativa predominó en los municipios de colonización interna “silenciosamente permitida”, pero aportó a la conciencia indígena sobre el problema de la propiedad comunal y la necesidad de conformar organizaciones étnicas en 1970, entre las que destaca la Alianza de Progreso para Miskitos y Sumus (ALPROMISU) (Vilas, 1990). En el resto de las comunidades indígenas prevaleció la economía de subsistencia.

El proyecto de la Nicaragua mestiza y el derecho oficial estatal

En un contexto político anti-autonomía y de inmigración interna progresiva hacia el departamento de Zelaya, combinado con un contexto internacional en el que las constituciones de los estados latinoamericanos tenían como contenido un proyecto étnico homogeneizador que negaba la existencia de las etnias indígenas (López y Rivas, 2005), el gobierno de Zelaya oficializó el proyecto de la Nicaragua mestiza indohispana, el cual reprodujo la dictadura somocista. Creado por la élite político-económica del Pacífico nicaragüense, el objetivo era transformar a los indígenas (y los afrodescendientes) en mestizos y convertirlos en verdaderos ciudadanos (Gould, 1997). Discursivamente, solo así se lograría la unidad nacional, la civilización y el progreso de la nación.

En esta línea, el orden jurídico constitucional del régimen de Zelaya y de Somoza (compilado en Esgueva, 2000) equiparó implícitamente el pueblo de Nicaragua con la etnia mestiza indohispana, negando la existencia de los indígenas y los afrodescendientes, pues fueron designados como subciudadanos.

Para convertirlos en ciudadanos dignos de ejercer el poder político y territorial, era necesario que se asimilaran a través de la lengua castellana y programas educativos oficiales diseñados desde el Pacífico, Centro-Norte que borraban las identidades indígenas y afrodescendientes. Esta política asimilacionista produjo la hegemonía del idioma español, pero no desaparecieron los idiomas autóctonos. El régimen de Zelaya clausuró las escuelas de la iglesia Morava que enseñaban en idioma miskito e inglés creole e implantó escuelas públicas en español con profesores mestizos, pero estas fueron escasas y tuvieron problemas de deserción (Rodríguez, 1998). Con la dictadura somocista coexistió la oferta educativa Morava y la oferta estatal escasa (Jenkins, 1986). La política pública educativa en idioma español, la administración estatal en lengua castellana y la colonización interna mestiza, produjo la primacía del español: en 1950, 44.6 por ciento de la población del departamento de Zelaya hablaba español, pero en 1963, lo hacía 77.46 por ciento (Ministerio de Economía, 1950, 1963). El predominio del idioma español implicó que los indígenas y los afrodescendientes se volvieron bilingües o trilingües. Por ejemplo, los indígenas miskitos hablaban español y miskito; los indígenas mayagnas hablaban español, cualquiera de sus lenguas inbdígenas (Panamahka Twahka y Ulwa) e inglés creole, mientras que los indígenas ramas hablaban español e inglés creole.

El proyecto del mestizaje implicó la subordinación del derecho consuetudinario al derecho oficial estatal. Las tierras de subsistencia indígenas que tradicionalmente no fueron tituladas, pasaron a ser propiedades comunales tituladas durante los gobiernos de Zelaya y Somoza dada la inmigración mestiza. La administración de la justicia comunitaria, basada en el derecho consuetudinario durante la administración de Zelaya, fue reemplazada por otra basada en el derecho positivo estatal durante el gobierno somocista.

El proyecto del mestizaje produjo la racialización de la Costa Caribe que quedó como el espacio de lo negro y en menor medida de lo indígena, pero no la asimiló a la etnia dominante debido a la resistencia étnica (Hooker, 2012), a la ausencia relativa del Estado de Nicaragua visible en la poca provisión de servicios sociales y a la dispersión geográfica.

Patrón histórico estructural 3: Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe como una política del Estado de Nicaragua y la inmigración interna

A finales de la década de los años 1980, la guerra interna en Nicaragua expulsó población indígena y mestiza de la Costa Atlántica (denominado antes departamento de Zelaya) hacia Honduras y Costa Rica para refugiarse o unirse a los frentes de guerra o relocalizó, forzada o voluntariamente, población costeña en el interior del país en el contexto del bloqueo político-económico de Estados Unidos. Estas condiciones presionaron para que la Revolución Sandinista reconociera el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica (denominada después Costa Caribe) que trajo aparejada la migración de retorno de los indígenas y de una parte de los mestizos que se habían desplazado al extranjero o al interior del país. Pese a ello, desde 1990 que se instaló el neoliberalismo hasta la fecha, asistimos en la práctica al desconocimiento de la política de la Autonomía y a la promoción de la migración interna de las regiones del Pacífico, Centro-Norte hacia la Costa Atlántica-Caribe.

La decisión política en la década de los ochenta del siglo XX: el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica, la migración de retorno y el bloqueo de la colonización interna

En el contexto de la guerra fría, en 1979, la Revolución Sandinista derrotó a la dictadura Somocista. Dicha Revolución se caracterizó por un régimen político corporativista autoritario que convirtió a la Alianza del Progreso para Miskitos y Sumus (ALPROMISU) en el grupo de interés Miskitos, Sumus y Ramas unidos con el Sandinismo (MUSURASATA) dominado por los miskitos para que representara las demandas indígenas al gobierno central e intentó instaurar en la Costa el modelo de organizaciones de masas imperante en el resto del país, transformando las organizaciones indígenas en Comités de Defensa Sandinista. La Revolución también se caracterizó por una economía mixta (público-privada) que desarrolló una política agraria concentradora de tierras en manos del Estado, y llegó a acaparar la mitad de las explotaciones agropecuarias equivalentes a 2.1 millones de manzanas de tierras (Baumeister y Fernández, 2005); intentó igualmente cooperativizar las propiedades comunales y frenó la colonización interna mestiza hacia la Costa Atlántica que favorece la propiedad individual. Además, el desconocimiento de la multietnicidad le conllevó en sus inicios a la reproducción tácita del mito de la Nicaragua mestiza y a subvalorar la demanda de autodeterminación de los indígenas del departamento de Zelaya.

Bajo estas circunstancias, la Revolución Sandinista, respaldada por la Unión Soviética y los países del Este europeo, se enfrentó a una contrarrevolución interna respaldada política y financieramente por Estados Unidos. En la contrarrevolución, MISURASATA y su núcleo disidente constituido por la organización Miskitos, Sumus y Ramas (MISURA), conformó el frente de guerra étnico que luchó porque se reconocieran las naciones indígenas como una forma de autodeterminación, mientras que, según Soto (2011), los campesinos mestizos de la frontera agrícola de la Costa Atlántica lucharon por la libertad de colonizar más tierra y acceder a créditos y servicios sin necesidad de cooperativizarse. La guerra y el bloqueo político-económico de Estados Unidos en la década de 1980 urgió al Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) a desactivar el frente de guerra étnico que desgastaba a la Revolución Sandinista. Así, mediante un proceso de diálogo con los alzados en armas y con las poblaciones del departamento de Zelaya a través de sus propias comisiones locales de autonomía, se reconoció el carácter multiétnico del pueblo de Nicaragua y el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica (Constitución Política de Nicaragua, 1987, compilada en Esgueva, 2000).

El Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica reconoce derechos colectivos e individuales para todas las etnias en dicho espacio: miskitos, mayagnas, ramas, creoles, garífunas y mestizos. Dicho Régimen se basó en los principios de la plurietnicidad de la nación nicaragüense, la unidad de la nación nicaragüense y la soberanía del Estado revolucionario, sobre todo el territorio nacional, la autonomía regional como instrumento político para fortalecer la unidad nacional, y defender la soberanía nacional y el principio que la autonomía depende de la Revolución Sandinista (Comisión Nacional de Autonomía de la Costa Atlántica, 1985).

El Régimen de Autonomía establece la elección democrática cada cuatro años de autogobiernos pluriétnicos en dos regiones: la Región Autónoma del Atlántico Norte y la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAN- RAAS). Estos gobiernos constan de un Consejo Regional como autoridad máxima de cada región autónoma, con funciones legislativas y gubernativas, y el Coordinador Regional con atribuciones ejecutivas. También reconoce derechos económicos, sociales, culturales y de identidad, sobresaliendo el reconocimiento de las propiedades comunales, el pluralismo jurídico, el multilingüismo y multiculturalismo.

La discusión y reconocimiento del Régimen de Autonomía y los procesos de pacificación produjeron el retorno de los indígenas a sus comunidades. Los indígenas regresaron a sus territorios porque les da identidad, les permite mantener su cultura y su economía de subsistencia. No les importó la precariedad socioeconómica en la que se encontraba el país y la región Atlántica en particular. Entre 1985-1988, los desplazados internos en el Atlántico Norte estimados en 64,296 habitantes, se redujeron en 33 por ciento. En 1988 se repatriaron de Honduras y Costa Rica 32,500 personas, la mayoría de las cuales eran indígenas (Barry y Serra, 1989), y para 1994, prácticamente todos los miskitos y mayagnas que permanecieron en el exterior durante la guerra habían vuelto (Buvollen y Buvollen, 1994).

La mayoría de los colonos campesinos del Atlántico Norte no pudieron regresar a las tierras colonizadas debido a decisiones del gobierno sandinista. La política de consolidación de los asentamientos campesinos solo permitió que regresaran a sus fincas colonizadas 15 mil campesinos desplazados internamente, de un total de 55,800, provocando el retroceso de la frontera agrícola. La política de repatriación voluntaria incentivó el regreso de 1,107 campesinos (siete por ciento de los refugiados) que se dirigieron mayoritariamente al Centro-Norte del país en lugar de la Costa Atlántica (Barry y Serra, 1989).

Neoliberalismo, autoritarismo y colonización política regional desde la década 1990

El periodo 1990-2006 comprende los gobiernos neoliberales de Violeta Chamorro, Arnoldo Alemán y Enrique Bolaños. Dichos gobiernos formulan un discurso en el que el Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica está subordinado a las decisiones del gobierno central en beneficio del mercado neoliberal y de la colonización interna. Así fue manifestado por el Secretario nacional del gobernante Partido Liberal Constitucionalista en tiempos del Presidente Arnoldo Alemán:

Las autoridades nacionales están por encima de las autoridades particulares…vimos todos los problemas, como empresas que llegan a querer trabajar, y son obstruidas constantemente, y se vienen a quejar a cada rato que cambiaron al síndico, de que cambiaron la directiva de los ancianos…por eso, … van las carreteras y va a ir masivamente la población del Pacífico (Confidencial, 2001: 13-14, entrevista con René Herrera).

El líder del partido indígena Yatama confirma que el Régimen de Autonomía es precario porque el Gobierno Central y los Coordinadores Regionales mestizos concentran el poder político y cercenan el poder de decisión de las comunidades indígenas sobre sus recursos, sus medios de vida, su cultura e identidad. Así fue textualizado:

La autonomía es un derecho inherente para los pueblos indígenas, que siempre hemos tenido autonomía. Son otros (Gobierno Central y Coordinadores Regionales mestizos) los que han venido a cercenar ese derecho, negar pues a las comunidades ese derecho de autogobierno que, en sí significa, derecho de gobernar su vida, sus recursos, sus medios, su cultura y el espacio para ejercitar todos esos derechos (Rizo & Fonseca, 2014: 56, entrevista a Brooklyn Rivera).

Las circunstancias que enmarcan estos discursos son: i) el mercado neoliberal limita la democracia y la Autonomía Regional, pero, además, la política de privatización, desregulación y liberalización, acelera la colonización interna mestiza; ii) la política no declarada de homogeneización cultural de esos gobiernos que los lleva a promover la colonización interna, la política de asimilación que atenta contra las identidades étnicas y el irrespeto a la propiedad comunal indígena; iii) el pacto político en el año 2000 entre el entonces presidente de Nicaragua y líder del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), Arnoldo Alemán y el líder del FSLN, Daniel Ortega, forzó el bipartidismo, aunque en términos étnicos el PLC opera más con el etnocentrismo mestizo y el FSLN con el pluralismo étnico, como señala González (2016); iv) el partido regional Yatama siempre ha pugnado por un hegemonismo miskito, lo que suele chocar con otras posiciones a lo interno y a lo externo con las otras etnias y sus organizaciones, impidiéndoles luchar con más fuerza por sus derechos políticos frente al dominio partidario nacional.

Bajo estas condiciones, el Régimen de Autonomía experimentó la colonización política visible en tres aspectos. a) El tránsito del pluralismo político de las primeras elecciones regionales (1990-1994) en las que Yatama ganó la mayoría en la RAAN y el partido nacional de la Unión Nacional Opositora (UNO) alcanzó la victoria en la RAAS, al bipartidismo del PLC-FSLN en los siguientes periodos eleccionarios b) la conformación de gobiernos regionales predominantemente bi-étnicos en el Atlántico Norte (mestizos y miskitos) y en el Atlántico Sur (mestizos y creoles), en lugar de gobiernos pluriétnicos c) el desconocimiento en la práctica del régimen autonómico, expresado en ejemplos como la centralización de la toma de decisiones en el gobierno central, en detrimento de la decisión política de los Consejos Regionales sobre asuntos claves como la política de desarrollo regional, las concesiones de los recursos naturales, etc. Para centralizar el poder político, el gobierno de Violeta Chamorro creó el Instituto Nicaragüense de Desarrollo (INDERA), una instancia paralela a los Consejos Regionales (Ortega, 1997), mientras que los gobiernos de Alemán y Bolaños negociaron directamente con el Coordinador regional (González, 2016).

La relación de los Consejos Regionales con los otros niveles de gobierno fue precaria. El vínculo con las municipalidades fue opacado porque el gobierno nacional mantuvo relaciones centralistas con los gobiernos locales (Ortega, 2005). El vínculo con las comunidades indígenas y afrodescendientes y sus autoridades comunitarias fue prácticamente nulo porque las decisiones relacionadas con la tierra, la administración de los recursos naturales y los proyectos extractivistas a gran escala fueron tomadas por el ejecutivo central y debatidas algunas veces en los órganos regionales sin considerar el nivel comunitario (González, 2016).

Posteriormente, el gobierno sandinista (2007-2019) autoproclama la “segunda fase” de la Revolución Sandinista “cristiana, socialista y solidaria”, aunque en realidad se le podría considerar más como un gobierno neoliberal centralista, autoritario, populista y corporativista que combina la retórica de la autonomía con la “revolución”. El discurso de la década de 1980 según el cual la Autonomía depende de la Revolución Sandinista para existir, se actualiza ahora con el discurso gubernamental “la Autonomía es la Revolución en la Costa Caribe” (Ortega, 2014), es decir, la Autonomía solo es posible dentro de la Revolución. Al respecto, el discurso contrahegemónico de un líder indígena es: “la autonomía no desempeña un papel real, solo sirve para anunciar la supuesta revolución” (M. Rivas, comunicación personal, 8 de marzo de 2018).

La colonización política del Régimen de Autonomía se profundizó. En efecto, el bipartidismo del pacto PLC-FSLN que se expresó en los Consejos Regionales durante los periodos 2006- 2010, 2010-2014, pronto tránsitó al monopartidismo del FSLN en el periodo 2014-2018. Durante los dos primeros periodos eleccionarios, el FSLN en alianza con Yatama tuvo la hegemonía en la Región Autónoma del Atlántico Norte, y el PLC junto con la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) controló la Región Autónoma del Atlántico Sur; después el control lo tuvo el FSLN. En términos étnicos, la hegemonía mestiza en los Consejos Regionales continuó: predominaron Consejos Regionales biétnicos en el Atlántico Norte (mestizos y miskitos) y mono étnico mestizos en el Atlántico Sur. Además, las tomas de decisiones en favor del neoliberalismo fueron centralizadas por el gobierno de Nicaragua a través de la figura intermedia del Consejo de Desarrollo de la Costa Caribe (CDCC). Esta entidad, conformada por los máximos representantes de los Consejos Regionales (coordinador y junta directiva), los diputados costeños y representantes del Consejo Ecuménico en la Costa, funciona como una instancia “consultiva” de la Secretaria de Asuntos de la Costa Caribe que en términos reales sirve para avalar las disposiciones que derivan del gobierno central. Un ejemplo emblemático fue que el Consejo de Desarrollo de la Costa Caribe (2012) definió la Estrategia de Desarrollo de la Costa Caribe que dimana del Plan de Desarrollo Humano del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional del año 2008.

Las relaciones de los Consejos Regionales con los otros niveles de gobierno fueron escasas porque compartieron el desconocimiento de la autonomía y la alineación a las disposiciones del gobierno central. La autonomía de los Consejos Regionales y Municipales fue cortada por la figura intermedia del Consejo de Desarrollo de la Costa Caribe y por el Consejo de Gobiernos Locales respectivamente, las cuales centralizaron y homogeneizaron decisiones de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo Humano de Nicaragua, obviando las necesidades particulares de la Costa Caribe y de los distintos municipios del país. La autonomía de las autoridades comunitarias y territoriales fue cortada mediante la imposición de autoridades paralelas elegidas entre los miembros de los Consejos de Liderazgo Sandinista, la estructura local del FSLN, los cuales avalaron las concesiones de exploración y explotación de recursos naturales, etc.

Esta colonización probablemente tenga un doble propósito: bloquear la emergencia de un poder regional autónomo tomando en cuenta el requerimiento neoliberal de un gobierno nacional autoritario que cree las condiciones para la libre inversión doméstica y extranjera, y bloquear la separación del Caribe con el Pacífico nicaragüense considerando la posibilidad de la migración para la toma de tierras por los colonos mestizos.

Neoliberalismo, colonización interna intensiva y migración interna laboral desde la década de 1990

Los gobiernos neoliberales (1990-2006), apoyados por Estados Unidos, favorecieron el desarrollo del mercado neoliberal. Los Programas de Ajustes Estructurales (ESAF), la contrarreforma agraria y la titulación tardía de la propiedad comunal aceleró la colonización interna y afectó la economía de subsistencia indígena. Además, la pobreza general y extrema de los hogares de la región Centro-Norte, le empujan a la región Atlántica donde los niveles de pobreza son parecidos, pero migran para ocupar propiedades comunales de los indígenas y los afrodescendientes.

Los Programas de Ajuste Estructural promovidos por el Fondo Monetario Internacional (FMI) durante el periodo de los gobiernos neoliberales, con el acuerdo del FSLN en ese momento en la oposición, privatizaron 351 empresas estatales que representaban 30 por ciento del producto interno bruto en Nicaragua y 28 por ciento del empleo estatal (Gobierno de Nicaragua, 2001). En las regiones del Pacífico, Centro-Norte se privatizaron empresas agrícolas estatales, lo que redujo el empleo asalariado agrícola y aceleró la colonización interna. En la Costa Atlántica se privatizaron empresas del sector maderero, minero y pesquero, negando a los Consejos Regionales la autonomía económica-financiera y privando a las regiones de tener una economía autosostenida con empleos de calidad (Fruhling, González y Buvollen, 2007).

La contrarreforma agraria privatizó la tierra estatal y cooperada que representaba poco más de un millón de manzanas (49 por ciento de las explotaciones agropecuarias) para redistribuirla entre los latifundistas somocistas, los desmovilizados de la Contra y del Ejército y del sector cooperativista (Núñez et al., 1998). La privatización de esta tierra se combinó con la desregulación financiera que negó el crédito a los pequeños y medianos productores, y la liberalización de la agricultura que benefició a las empresas agroexportadoras transnacionales. Esta política agraria preparó una parte de la tierra de los sectores excluidos para la mercantilización y consecuentemente, coadyuvó a acelerar la colonización interna, aunque el discurso gubernamental la enmascara con el concepto distribución espacial de la población, según consta en el documento de la Secretaría de Acción Social (1997).

La aprobación tardía de la Ley de Régimen de Propiedad Comunal 2003 que manda a demarcar, titular y sanear, (es decir, determinar los derechos de propiedad de los colonos mestizos en tierras comunales, llamados legalmente terceros), las propiedades colectivas indígenas-afrodescendientes, posibilitó la titulación de cinco territorios indígenas (587,629 hectáreas) de un total de 23 territorios (4,540,700 hectáreas) al final de los gobiernos neoliberales (Acosta, 2006). La postergada titulación permitió declaraciones inconsultas de áreas de reservas biológicas en territorios indígenas (reservas de Bosawás, Wawashang y Cerro Silva, etc.), concesiones centralizadas de explotación forestal, pesquera y minera en territorios indígenas, adquisiciones ilícitas de tierras por empresarios extranjeros, inclusive dentro de las áreas de reservas y colonizaciones internas aceleradas. Estos mecanismos empiezan a poner más en riesgo la economía de subsistencia indígena.

Los niveles de pobreza de los hogares desagregados por regiones geográficas indican que el movimiento de población ocurre entre regiones con datos de pobreza parecidos y que, por lo tanto, la posibilidad que tienen los habitantes de la región Centro-Norte de ocupar ilegalmente tierras que son propiedades comunales de los indígenas y los afrodescendientes de la Costa Atlántica (y ocupar puestos de trabajo en empresas de enclaves) es uno de los mayores atractivos. Durante los 16 años de los denominados gobiernos neoliberales, los hogares con pobreza general aumentaron levemente en la región Central: pasó de 62 por ciento en 1998 a 63 por ciento en el año 2005, lo mismo que en la Costa Caribe: pasaron de 62 por ciento en 1998 a 65 por ciento, respectivamente. La situación inversa ocurrió con los hogares con pobreza extrema: aumentaron en la región Central de 26 a 28 por ciento y descendieron en la Costa Atlántica de 29 a 27 por ciento (INEC, 1998, 2005). Aunque ambas regiones exhiben niveles de pobreza cercanos, en la Costa Atlántica están las propiedades comunales que son colonizadas por los mestizos que llegan predominantemente de la región Central.

Bajo estas condiciones, la Costa Atlántica continúo siendo un territorio de inmigración, sobre todo interna. El saldo de la migración neta de toda la vida ascendió a 56,321 habitantes (12.3 por ciento) en 1995 y 48,292 habitantes (7.8 por ciento) en 2005. El porcentaje de inmigrantes (mayoritariamente internos) respecto a la población total descendió ligeramente tres puntos porcentuales (pasó de 21 a 18 por ciento) y el porcentaje de emigrantes respecto a la población nacida en la Costa Atlántica aumentó de 11 a 12 por ciento. Persisten los inmigrantes de la región central (departamentos de Matagalpa, Boaco, Chontales y Jinotega) y en menor medida de la región Pacífico (departamentos de Managua y León), mientras que la emigración ocurre fundamentalmente hacia el Pacífico nicaragüense, como puede observarse en la Tabla 3. Además, la migración neta reciente correspondiente a 1990-1995 y 2000-2005 siempre fue positiva y ascendente, y mantiene los mismos patrones de inmigración y de emigración en la Costa Caribe como se observa en la Tabla 4. Consecuentemente, la migración interna, junto con la fecundidad, contribuyó a que la población costeña creciera de cuatro a siete por ciento al pasar de 464,968 a 620,640 habitantes durante 1995-2005 (INEC, 1995, 2005), de los cuales, más de 70 por ciento son mestizos.

Tabla 3: Población, migración de toda la vida e indicadores migratorios en la Costa Atlántica* (1995, 2005) 

Variables Censo 1995 Censo 2005
Tamaño de población y crecimiento poblacional
Población total 464,968 620,640
% de población regional respecto al total nacional 10.67% 12.06%
Tasa de crecimiento poblacional regional 1971-1995 = 4.34% 1995-2005 = 6.69%
Inmigración
Población residente en el momento del censo** 459,120 616,797
Nacidos y enumerados en la región 364,099 507,865
Total de Inmigrantes 95,021 108,932
Inmigrantes procedentes del Pacífico, Centro-Norte 91,989 105,294
Inmigrantes procedentes del Pacífico 10,897 11,030
Inmigrantes procedentes del Centro-Norte 81,092 94,264
Inmigrantes procedentes del extranjero 3,032 3,638
Emigración
Total de emigrantes 38,700 60,640
Emigrantes hacia el Pacífico, Centro-Norte 35,668 51,170
Emigrantes hacia el Pacífico 20,929 25,123
Emigrantes hacia el Centro-Norte 14,739 26,047
Emigrantes hacia el extranjero 3,032 9,470
Indicadores Migratorios
Migración neta de toda la vida 56,321 48,292
% de Migración Neta de toda la vida 12.3% 7.8%
% de Inmigración respecto a la población total 20.7% 17.7%
% de Emigración de la región respecto a la población nacida en la región de donde salieron los emigrantes 10.6% 11.9%

Nota: * Incluye Región Autónoma del Atlántico Norte y Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAN y RAAS).

** Se excluye la categoría de respuesta “ignorado” en departamento o región de nacimiento.

Fuente: elaboración propia con base a datos del Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos (1995, 2005).

Tabla 4 Población, migración reciente e indicadores migratorios en la Costa Atlántica* (1990-1995) y (2000-2005) 

Variables Censo 1995 Censo 2005
Población residente cinco años antes del censo 360,694 519,258
Población residente en el momento del censo** 362,534 524,832
Nacieron en la región 364,099 507,865
Inmigrantes
Total de Inmigrantes 16,071 34,949
Inmigrantes procedentes del Pacífico, Centro-Norte 15,329 16,885
Inmigrantes procedentes del Pacífico 2,400 2,543
Inmigrantes procedentes del Centro-Norte 12,929 14,342
Inmigrantes procedentes del extranjero 742 1,179
Emigrantes
Total de Emigrantes 11,897 29,466
Emigrantes hacia el Pacífico, Centro-Norte 11,165 12,490
Emigrantes hacia el Pacífico 2,400 4,873
Emigrantes hacia el Centro-Norte 8,765 7,617
Emigrantes hacia el extranjero 732 4,486
Indicadores de Migración
Migración neta reciente 4,174 5,483
% de Migración neta reciente 1.2% 1.0%
% de Inmigración respecto a la población total 4.4% 6.7%
% de Emigración respecto a la población nacida en el departamento 3.3% 5.8%

Nota: *Incluye Región Autónoma del Atlántico Norte y Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAN y RAAS).

** Se excluye la categoría “ignorado” en residentes hace cinco años. Se excluye a los menores de cinco años.

Fuente: elaboración propia con base a datos del Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos (1995, 2005).

Más tarde, el gobierno de Ortega (2007-2018) promueve discursivamente el socialismo, pero reproduce el neoliberalismo agroexportador en el Pacífico, Centro-Norte y la economía de enclave en la Costa Caribe. Ambas economías producen una colonización interna intensiva para la toma de tierras. Además, la economía de enclave atrae la inmigración laboral de los mestizos del Pacífico, Centro-Norte y de la mano de obra local. Cabe aclarar que dicha inmigración ocurre predominantemente entre la región Centro-Norte y la región Caribe, regiones cuyos hogares experimentaron el descenso de la pobreza general y de la pobreza extrema.

El capitalismo agroexportador y extractivista en las regiones del Pacífico, Centro-Norte que produce alimentos para el mercado interno e internacional, incipientemente le cede lugar a la producción de agrocombustibles (Baumeister, 2013). Ello obedece a que Nicaragua no realizó cambios sustantivos en la política agraria, pues de los pequeños y medianos productores que controlan 70 por ciento de las tierras en fincas, solo 14 por ciento accedió a crédito y la mayoría fueron excluidos de la transformación tecnológica (Vargas, 2014). Además, globalmente, creció la demanda de cultivos industriales y alimenticios junto con la demanda de tierras (Sassen, 2015).

Estos factores generan procesos de concentración de la tierra en manos de compañías o grandes terratenientes a costa de procesos de desconcentración de la tierra de los pequeños y medianos productores del Pacífico, Centro-Norte que han pasado a engrosar el sector de los minifundistas: las explotaciones agropecuarias menores de cinco manzanas que en 2001 representaban 27 por ciento del total, pasaron a representar 40 por ciento en el año 2010. El despojo parcial o total de las tierras de los campesinos los obliga a migrar temporalmente a las labores agrícolas a Costa Rica y El Salvador, migrar permanentemente hacia Estados Unidos y España o bien, desplazarse hacia la Costa Caribe (Baumeister, 2013).

Los desplazamientos hacia la Costa Caribe, predominantemente hacia el Caribe Norte, ocurren en la forma de colonización interna intensiva y agresiva en beneficio de la agricultura y la ganadería extensiva. Pero también en la forma de migración interna para emplearse en los enclaves de palma africana en Kukra- Hill, El Rama y Prinzapolka, en los enclaves de cacao, de la minería metálica a cielo abierto en Bonanza o de la explotación forestal en territorios que incluyen las reservas biológicas de Indio Maíz y Bosawás.

Así, la Costa Caribe persiste como territorio de inmigración proveniente fundamentalmente de la región Centro-Norte y minoritariamente del Pacífico nicaragüense. Si bien no hay datos censales actualizados, la última encuesta de medición del nivel de vida disponible públicamente, incorporó por primera vez el componente de migración (INIDE, 2014). Aplicando el factor de expansión a dicha encuesta, reveló que la migración neta de toda la vida en la Costa Caribe ascendió a 115,647 habitantes (10.94 por ciento). De manera concreta, la población que atrajo la Costa Caribe representó 17.63 por ciento de la población total. Los inmigrantes provienen fundamentalmente de la región Centro-Norte del país (departamentos de Matagalpa, Boaco, Chontales y Jinotega) y en menor medida del Pacífico nicaragüense (departamentos de Managua, León y Chinandega). De esta forma, el flujo migratorio predominante del Centro-Norte hacia la Costa Caribe ocurre entre zonas que, durante el gobierno sandinista, experimentaron la reducción en los niveles de pobreza. En términos porcentuales, la reducción de la pobreza general de los hogares fue menor en el Centro Norte (pasó de 53.6 por ciento en el año 2009 a 44.4 por ciento en 2014) en comparación con los hogares de la Costa Caribe (pasó de 58 por ciento en el año 2009 a 39 por ciento en 2014). La tendencia se repite en términos de la pobreza extrema: la reducción es menor en los hogares de la región Central (20.6 por ciento en el año 2009 y 13.9 por ciento en el año 2014) respecto a la Costa Caribe (23.4 por ciento en el año 2009 y 11.5 por ciento en el año 2014) (INIDE, 2009, 2014).

La economía de enclave también produce desplazamientos intrarregionales en la Costa Caribe: algunas transnacionales arriendan o compran las tierras de los mestizos costeños y los empuja a colonizar las tierras de las comunidades indígenas.

Otro enclave que de haberse materializado pudo haber generado migración en cascada fue la construcción del canal interoceánico en Nicaragua por la empresa china Hong Kong Nicaragua Canal Development Investment que obtuvo la concesión canalera por el gobierno de Nicaragua con el aval del Consejo Regional del Caribe Sur predominantemente sandinista. Legalmente (2013), el tiempo para la construcción se venció en el año 2018 según la ley de concesión canalera. La ruta canalera de 278 km de longitud, de los cuales, 52 por ciento estaría sobre el territorio Rama y Kriol de la Costa Caribe y que contó con el consentimiento contencioso del gobierno territorial correspondiente en concepto de arriendo perpetuo (APIAN, 2017), expulsaría de sus propiedades a las comunidades rama- kriol sin que exista un plan de reasentamiento. También atraería la migración laboral extranjera y nacional: según HKND (2014), la fase de la construcción del canal generaría 50 mil puestos de trabajo, de los cuales, 50 por ciento serían extranjeros (25 por ciento chinos y 25 por ciento de otros países) y el otro 50 por ciento serían nicaragüenses.

Cabe destacar que la colonización interna silenciosamente promovida, también ocurre para acumular capital político. Según Francis (comunicación personal, 8 de marzo de 2018), los dirigentes de los partidos políticos nacionales (FSLN-PLC) entregan tierras indígenas y afrodescendientes a colonos mestizos durante las campañas electorales a cambio de ganar votos, aunque contradictoriamente, en las mismas campañas electorales prometen a los comunitarios que desalojarán a los mestizos del lugar.

La colonización interna que empezó desde la década de 1950 y que se proyecta hasta la actualidad, implica que más de 50 por ciento de los 23 territorios indígenas y afrodescendientes titulados (el gobierno de Ortega título los 18 territorios que faltaban) han sido tomados por los colonos mestizos (Romero, 2015). Desde 2014 esta colonización interna se ha intensificado de forma armada en los territorios indígenas del Caribe Norte generando el desplazamiento indígena hacia otras comunidades, cabeceras municipales de la Costa Caribe o hacia la Mosquitia de Honduras para poder sobrevivir. El gobierno de Nicaragua apoya esta colonización conformando cooperativas de producción y proveyéndoles los servicios básicos en los asentamientos mestizos recién configurados, además de desatender las disposiciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que orienta proteger a comunidades indígenas del Caribe Norte y miembros del Centro por la Justicia y Derechos Humanos de la Costa Atlántica de Nicaragua. Así, las comunidades indígenas solicitan la intervención estatal y la intervención internacional de los organismos de derechos humanos para controlar la colonización (APIAN, 2017).

La permanencia de los colonos en los territorios indígenas y afrodescendientes obedece en parte a que la etapa de saneamiento se ha incumplido. La Ley 445: Ley de Régimen de Propiedad Comunal (2003) establece distintas formas de sanear, es decir, diferentes formas de determinar los derechos de propiedad de los colonos, llamados legalmente terceros. Así, los “terceros” tienen derecho de permanecer dentro de una propiedad comunal cuando tienen un título agrario anterior a 1987 y están en posesión efectiva de las tierras. Si reúnen solo una de esas dos condiciones (título agrario o posesión efectiva) pierden el derecho a la tierra sin ninguna compensación (en el caso excepcional de los que la ocupan, pueden utilizarla pagando un canon de arriendo a la comunidad). Los que disponen de título agrario con vicios legales de forma o de fondo serán indemnizados por el Estado de Nicaragua para que devuelvan las propiedades comunales. Pese a estas múltiples formas de saneamiento, el líder indígena Juan Carlos Ocampo (comunicación personal, 25 de enero de 2018) manifiesta que “el gobierno sandinista promueve únicamente el saneamiento por la vía de la convivencia pacífica forzada, es decir, el saneamiento vía arrendamiento de las tierras con el objetivo de crear el mercado de tierras y obtener votos”. Frente a ello, los indígenas y los afrodescendientes han optado por la convivencia pacífica voluntaria basada en su derecho consuetudinario para que los mestizos respeten las propiedades colectivas y no las colonicen (casos de comunidades de los territorios Awas Tingni, Wangki Twi- Tasba Raya, Tawira y Amasau), el auto saneamiento por expulsión de los colonos de forma unilateral (casos de las comunidades Layasiksa 2 y de Isnawás en Prinzapolka), la demanda judicial a los colonos y las propuestas de manuales de saneamiento, pero el Estado ignora la problemática.

La colonización interna pone en riesgo la vida, la supervivencia material y cultural de los comunitarios. En el periodo 2014-2018, el conflicto por las propiedades comunales provocó 34 indígenas asesinados incluyendo líderes, 44 lesionados, 25 secuestrados, cuatro desaparecidos y algunas mujeres violadas. También fueron asesinados ocho mestizos. La toma de los territorios ha destruido la economía de subsistencia de algunas comunidades indígenas por el saqueo de los recursos o la destrucción del hábitat: por ejemplo, las comunidades indígenas Francia Sirpi y Sukatpin y la comunidad Awas Tigni tienen 91 por ciento de su territorio invadido (Lottie Cunningham, comunicación personal, 16 de febrero de 2018).

El proyecto de la Nicaragua multiétnica y el pluralismo jurídico precario a partir de la década de 1990

La aprobación del Régimen de Autonomía pluriétnico de la Costa Atlántica en un contexto nacional donde predominaba la población mestiza frente a las etnias indígenas y afrodescendientes trajo aparejado, en el año 1987, el reconocimiento constitucional de que el pueblo de Nicaragua es multiétnico. Concretamente, en el caso de la Costa Atlántica reconoció la existencia de los pueblos indígenas miskitos, mayagnas y ramas que mantienen su continuidad histórica desde antes de la colonización británica, y la existencia de las comunidades étnicas creoles, garífunas y mestizas producto de mestizajes, de violencia y procesos migratorios forzados. Más tarde, la Constitución Política de Nicaragua (2014) reconoce explícitamente la existencia de los pueblos indígenas, pero también la existencia de los pueblos afrodescendientes. El reconocimiento de estos pueblos obedece al interés del gobierno sandinista de reconciliarse con las comunidades indígenas que lo enfrentaron en la década de 1980 y a la globalización de los derechos de los pueblos indígenas y tribales (negros) de la que Nicaragua participa: aprobó el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales de la OIT (2010) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007), la Declaración Americana sobre los derechos de los pueblos indígenas (2016).

El reconocimiento de la multietnicidad conllevó a que en la Costa Atlántica-Caribe coexistieran los Programas de Educación Bilingües Intercultural (PEBI) dirigidos a los miskitos (lenguas español-miskita), a los creoles, garífunas y ramas (lengua español-inglés creole) y a los mayagnas (lenguas Panamahka, Twahka y Ulwa) en los niveles de pre-escolar y primaria con los programas de educación monolingües en español dirigido a los mestizos en todos los niveles educativos, los cuales se venían desarrollando desde 1984. Esta oferta educativa refuerza la hegemonía del idioma español de los colonos mestizos y refuerza la extinción de los idiomas garífunas y ramas. Además, la cobertura escolar de los PEBI en las comunidades indígenas es escasa: para el año 2015, la cobertura de los PEBI en pre-escolar y primaria no superó 8 y 3.5 por ciento, respectivamente, en el Caribe Sur, mientras que alcanzó 54.7 y 24 por ciento respectivamente, en el Caribe Norte (Foro Educativo Eduquemos, 2015a, 2015b). En consecuencia, los miskitos y mayagnas han conservado su lengua y su cultura debido a la socialización familiar.

Paralelamente, desde la década de 1990 se crearon dos universidades regionales para que tuvieran autonomía educativa: Bluefields Indian and Caribbean University (BICU) y la Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense (URACCAN) a la que han accedido mayoritariamente los mestizos (60 por ciento) (Foro Educativo Nicaragüense Eduquemos, 2015a, 2015b). Dichas universidades han experimentado el secuestro de su autonomía por el centralismo de la educación superior de Nicaragua (1990-2006) y de manera reciente por el “control político del gobierno central en las dos universidades” (George, 2019: 21). Además, tienen un presupuesto limitado. Por ejemplo, en el periodo 2007-2017, de los 2,371,984,881 córdobas de seis por ciento constitucional universitario, solo 17 por ciento correspondió a estas universidades, las cuales, pese a que están insertas en un territorio que, según el último censo de población y vivienda, únicamente comprende 12 por ciento de la población nacional (INEC, 2005), registra niveles de pobreza general superior a la región del Pacífico: 39 y 18.5 por ciento, respectivamente (INIDE, 2014).

Por otra parte, el reconocimiento de la multietnicidad supone el pluralismo jurídico, es decir, la coexistencia del derecho consuetudinario indígena basado en las costumbres y las tradiciones con el derecho oficial estatal, pero en la práctica se profundizó la colonización del derecho consuetudinario. El derecho de propiedad comunal es inseguro porque los territorios indígenas-afrodescendientes han sido titulados, pero no saneados y los comunitarios raramente deciden sobre las concesiones de exploración y explotación de los recursos naturales dentro de sus territorios.

El derecho a la administración de la justicia consuetudinaria es contrarrestado por la hegemonía del derecho estatal. De forma constante, en lugar de la coordinación entre jueces estatales y comunitarios, las decisiones de los whita han sido deslegitimadas por los jueces estatales, y recientemente se ejecuta el Programa de Facilitadores Judiciales para la mediación y la prevención del delito que pretende asimilar a los whita. Además, el derecho positivo estatal suele divulgarse y administrarse en el idioma español y no en los idiomas autóctonos de los indígenas y los creoles (Acosta, 2018).

Conclusiones

La región Costa Caribe de Nicaragua, ha recibido históricamente distintos nombres: Costa de la Mosquitia (1633-1860), Reserva de la Mosquitia (1860-1894), Departamento de Zelaya (1894-1978), Costa Atlántica (1979-2013) y Costa Caribe desde el año 2014. Se observan tres patrones histórico-estructurales alrededor del Régimen de Autonomía de la Costa Caribe y la migración.

Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia sin la participación del Estado de Nicaragua y la inmigración internacional (1860-1894). Se caracteriza porque el poder de decisión territorial está en poder de la etnia afrodescendiente creole y por la inmigración internacional procedente de Jamaica, las Antillas y de los garífunas de Honduras y Belice para trabajar en los enclaves estadunidenses. También hubo una inmigración incipiente de los mestizos procedentes de la región del Pacífico nicaragüense con fines laborales. Estas migraciones contribuyeron siete por ciento para que al final del Régimen de la Reserva, el tamaño poblacional de la misma ascendiera a 15 mil habitantes (Rossbach y Wunderich, 1994).

Abolición violentísima del Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia y la inmigración interna en el recién creado departamento de Zelaya (1894-1978). Esta etapa se caracteriza porque el poder de decisión en el territorio está en manos del gobierno central de Nicaragua y por la promoción de la inmigración interna mestiza, primero de una parte de la élite política y económica de la región del Pacífico y, después, de los campesinos pobres de la región Centro-Norte del país hacia el entonces departamento de Zelaya, donde el Estado de Nicaragua está presente para la captura de rentas, pero no para mejorar las condiciones de vida precarias de la población. Gracias a la migración (y a la natalidad), la población del departamento de Zelaya se cuadruplicó entre 1906-1971: pasó de 33,849 a 145,508 habitantes, si bien el peso poblacional del departamento respecto al total nacional se mantuvo durante el periodo en alrededor de siete por ciento (INEC, 2005). En términos migratorios, la migración neta de toda la vida fue ascendente durante los censos de 1950, 1963 y 1971: 9,599, 11,993 y 42,860 habitantes, respectivamente.

Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe como política del Estado de Nicaragua y la inmigración interna intensiva y agresiva (1990- 2019). Se caracteriza porque la autonomía es un significante vacío, la decisión política la toma el ejecutivo nacional y predomina la inmigración interna mestiza de la región Centro-Norte para la toma de tierra y en menor medida, para laborar en las empresas de enclaves. Cabe resaltar que esta corriente migratoria: región Centro-Norte-Caribe, ocurre entre zonas geográficas con niveles de pobreza general y pobreza extrema parcialmente similares, en tanto que en la región del Pacífico es donde está, relativamente, la mayoría de la población no pobre del país. Gracias a la migración (y a la natalidad), la población de la Costa Atlántica-Caribe pasó de 464,968 habitantes en 1995 a 620,645 en el año 2005 (INEC, 1995, 2005). Según los últimos censos de población y vivienda de Nicaragua, la migración neta de toda la vida siempre fue positiva, aunque esta fue mayor en 1995 (56,321 habitantes) respecto al año 2005 (48,292 habitantes).

Estos patrones revelan inductivamente los mecanismos causales, es decir, los procesos que explican la relación entre el Régimen de Autonomía y la migración. Uno de estos mecanismos es el desconocimiento de las autoridades regionales autónomas. Desde la abolición de la Autonomía de la Reserva Mosquitia en 1894 por el gobierno de Zelaya hasta el final de la dictadura somocista en 1979 que mantuvo la política anti-autonomía. La estrategia de los regímenes autoritarios fue mandar primero a una parte de la élite política mestiza del Pacífico, Centro-Norte de Nicaragua para que tomara la administración del departamento de Zelaya, mientras retenían el poder de decisión política en el gobierno central. Esta estrategia cambió parcialmente a partir de la entrada en vigencia del Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe en 1990: los gobiernos centrales promueven la migración interna hacia las regiones autónomas para que continúen siendo la mayoría y mantienen la colonización política de los gobiernos regionales en manos de esas mayorías mestizas proclives al gobierno central con el fin de incidir en las decisiones regionales e impulsar los intereses políticos y económicos del centro en esas regiones.

Un segundo mecanismo es el despojo del territorio. Desde 1894 hasta antes de la dictadura somocista se promovió la migración interna de unos pocos capitalistas mestizos del Pacífico, Centro-Norte para tomar una parte de las tierras nacionales y de los territorios indígenas del departamento de Zelaya, mientras grandes cantidades de tierras fueron explotadas por las empresas de enclave estadunidenses de banano y de extracción forestal y minera. Desde la dictadura somocista (1950) existe un proceso continuo de colonización interna como una forma de migración interna que convierte a los mestizos en la mayoría poblacional de la Costa Caribe frente a la minoría indígena-afrodescendiente. Esta colonización interna, silenciosamente permitida o promovida por los gobiernos de Nicaragua, ocurrió por expulsiones sucesivas de los pequeños y medianos productores mestizos de sus tierras, ocupadas por grandes capitalistas con el boom del cultivo cafetalero y algodonero agroexportador en el Pacífico y Centro Norte, y desde el año 1990, por expulsiones de la economía neoliberal que continúa demandando crecientemente tierra para la expansión del capitalismo agroexportador y extractivo en los países del sur global. De esta manera, tanto los indígenas como los afrodescendientes y los mestizos inmigrantes en la Costa Caribe, son poblaciones excluidas por la acumulación del capital. Además, la migración revela en parte un cambio en la primacía poblacional por grupo étnico: antes de la colonización británica, 100 por ciento de la población era indígena, durante la colonización británica, 67 por ciento era indígena, pero desde la colonización o migración interna, más de 60 por ciento de la población es mestiza.

El tercer mecanismo es la menor vigencia del derecho consuetudinario. Desde 1894 hasta el día de hoy, los gobiernos de Nicaragua decidieron controlar parcial o totalmente las autoridades comunitarias para impedir la emergencia o revitalización del Régimen de Autonomía desde la base comunitaria y para facilitar el extractivismo de los recursos naturales y la colonización o inmigración interna en territorios indígenas-afrodescendientes. Concretamente, en el periodo 1894-1978, en el marco de la política anti-autonomía, pro-colonización interna y pro-mestizaje de la población indígena y afrodescendiente, los gobiernos de Nicaragua introdujeron el cargo del síndico y mantuvieron el cargo del whita, pero nombraron y corporativizaron dichas autoridades comunitarias para que fueran funcionales a las necesidades del gobierno central. A partir de 1990, en el contexto de la construcción precaria del Régimen de Autonomía de la Costa Atlántica-Caribe, la colonización interna intensiva y agresiva y el reconocimiento de la Nicaragua multiétnica, las autoridades comunitarias electas por las comunidades (1990-2006) y reemplazadas partidariamente por los gobiernos nacionales (2007-2019) fueron deslegitimadas y corporativizadas en favor de los intereses de la élite política y de la élite económica extranjera y nacional.

Algo parecido ocurre con los territorios indígenas y afrodescendientes, cuya titulación no ha impedido el extractivismo de los recursos naturales, ni la colonización interna. Así, durante 1894-1978, las tierras de subsistencia indígenas que tradicionalmente no habían sido tituladas fueron convertidas minoritariamente en propiedades comunales con títulos para los indígenas y, mayoritariamente, en propiedad privada o en tierras nacionales. Desde 1990, la titulación de los 23 territorios indígenas-afrodescendientes sin el saneamiento de los mismos (es decir, sin determinar los derechos de propiedad de los colonos mestizos en tierras comunales, llamados legalmente terceros), favorece a los colonos mestizos, las empresas transnacionales y los empresarios nacionales. Y en el campo lingüístico, progresivamente se logró la hegemonía del idioma español frente a los idiomas de los grupos indígenas y afrodescendientes: en el periodo 1894-1978 resultó infructuoso imponer el idioma único español en las escuelas para la asimilación cultural forzosa, por lo que, desde la década de 1980, se apuesta a programas educativos bilingües interculturales que obliga a las etnias miskitas, creoles y mayagnas a aprender el idioma español junto con sus lenguas maternas. Los garífunas y las ramas que experimentaron la extinción de sus idiomas y la asimilación al inglés creole debido a la labor evangelizadora de la Iglesia Morava desde tiempos de la colonización británica en inglés (y en miskito), también aprenden el idioma español en las escuelas bilingües interculturales.

Otro de los mecanismos que explican la relación entre el Régimen de Autonomía y la Migración son las oportunidades laborales por las que compiten, con el tiempo, los mestizos inmigrantes con los nativos de la Costa Caribe. Durante el Régimen de Autonomía de la Reserva Mosquitia en 1860 y con la abolición de dicho régimen durante el gobierno liberal de Zelaya, predominó la inmigración internacional con fines laborales en las empresas de enclave. Con el gobierno de Somoza que mantuvo abolido el Régimen de Autonomía tuvo primacía la inmigración interna para la toma de tierras y en menor medida, para trabajar en las compañías norteamericanas de madera, hule y minería. En el periodo de la Revolución Sandinista, la actividad económica en la Costa fue precaria por la guerra interna, de ahí que hubo expulsión de la población indígena hacia Honduras y Costa Rica. Posteriormente, con los gobiernos denominados neoliberales y el gobierno actual de corte neoliberal-populista, se ha reactivado la migración hacia la Costa Caribe para emplearse en los enclaves mineros, forestales y agrícolas, aunque este tipo de migración probablemente sea menor que la comparada con aquella cuyo propósito es el despojo de las propiedades comunales de los indígenas y los afrodescendientes.

Referencias bibliográficas

Acosta, M. L., 2006, “Awas Tingni vs. Nicaragua y el proceso de demarcación de tierras indígenas en la Costa Caribe nicaragüense”, en Wani, (46), 6-15. [ Links ]

Acosta, M. L., 2016, “El impacto de la Ley del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua sobre los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes de Nicaragua”, en Cuaderno Jurídico y Político, 1 (2), 21-30. [ Links ]

Acosta, M. L., 2018, La ruta de acceso a los derechos del pueblo afrodescendiente creole de Bluefields. Bluefields, Asociación Red de Mujeres Afro latinoamericana, Afro caribeña y de la Diáspora, Global Communities y USAID. [ Links ]

Alexander, G. y Bennett, A., 2005, Case Studies and Theory Development in the Social Sciences. Cambridge, Belfer Center for Science and International Affairs. [ Links ]

Alianza de pueblos indígenas y afrodescendientes de Nicaragua, 2017, Informe sobre la situación de los derechos territoriales de los pueblos indígenas y afrodescendientes de Nicaragua. Managua, APIAN. [ Links ]

Asamblea General de las Naciones Unidas, 2016, Declaración Americana sobre los derechos de los pueblos indígenas. Disponible en https://www.oas.org/es/sadye/documentos/res-2888-16-es.pdfLinks ]

Ayón, T., 1977, Historia de Nicaragua . Tomo III. Managua, Banco de América. [ Links ]

Banco Central de Nicaragua y Ministerio de Economía, Industria y Comercio, 1971, Censos Nacionales 1971. Managua. [ Links ]

Barry, D. y Serra, L., 1989, Diagnóstico nacional de Nicaragua sobre refugiados, repatriados y población desplazada. Cuadernos de Pensamiento Propio . Serie Documentos No. 5. Managua, CRIES [ Links ]

Baumeister, E., 2013, Concentración de tierras y seguridad alimentaria en Centroamérica. San José, International Land Coalition. [ Links ]

Baumeister, E., y Fernández, E., 2005, Análisis de la tenencia de la tierra en Nicaragua en Nicaragua. Managua, MAGFOR, INEC y FAO. [ Links ]

Beck, U., 2004, Poder y contrapoder en la era global: la nueva economía política mundial. Barcelona, Paidós Ibérica. [ Links ]

Boege E., y López y Rivas, G., 1984, “Los miskitos y la cuestión nacional en Nicaragua”, en Boletín de Antropología Americana, (9), 99-107. [ Links ]

Buvollen, H. P. y Buvollen, H. A., 1994, “Demografía de la RAAN” en Wani , (15), 5-19. [ Links ]

Camus, M, 2010, Las Comunidades Mayas ante el reto de la globalización. México D.F. [ Links ]

CIDCA, 1982, Demografía Costeña: Notas sobre la Historia Demográfica y Población Actual de los Grupos Étnicos de la Costa Atlántica Nicaragüense. Managua, Centro de Investigación y Desarrollo de la Costa Atlántica (CIDCA). [ Links ]

Comisión Nacional de Autonomía de la Costa Atlántica, 1985, Principios y políticas para el ejercicio de los derechos de autonomía de los pueblos indígenas y comunidades de la Costa Atlántica de Nicaragua. Managua, Departamento de Agitación y Propaganda del FSLN. [ Links ]

Confidencial, 2001, René Herrera, Secretario Nacional del PLC: redefinir la idea de autonomía. Confidencial. Año 6, No. 265. 3 al 10 de noviembre. Pp. 13-14. [ Links ]

Consejo de Desarrollo Costa Caribe, 2012, Estrategia de Desarrollo de la Costa Caribe y Alto Wangki Bocay: para el buen vivir y el bien común. Managua, Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional. [ Links ]

Critchley, S., 2008, “¿Hay un déficit normativo en la teoría de la hegemonía?”, en Critchley, S. & Marchart, O. (comp.) Laclau: aproximaciones críticas a su obra. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica. Pp. 145- 156 [ Links ]

Davidson, W., 1980, “The Garífuna of Pearl Lagoon: Ethnohistory of an Afro- American Enclave in Nicaragua”, en Ethnohistory, 27 (1), 31-47. [ Links ]

Departamento de Gobernación, 1895, “Decreto de la Convención Mosquita”, publicado en Diario de Nicaragua, Año 1, No. 107, del 08 de marzo de 1895. [ Links ]

Díaz Polanco, H. & Sánchez, C., 2002, México diverso: el debate por la autonomía. México DF: Siglo XXI editores. [ Links ]

Díaz- Polanco, H. y Sánchez, C. , 1991, “Cronología de los hechos históricos de la Costa Atlántica de Nicaragua (segunda parte)” en Boletín de Antropología Americana, (24), 151-178. [ Links ]

Esgueva Gómez, A., 2000, Las Constituciones Políticas y sus reformas en la historia de Nicaragua . Tomo I. Managua, IHNCA- UCA. [ Links ]

Foro Educativo Nicaragüense Eduquemos, 2015a, Educación intercultural bilingüe con calidad y equidad para la Autonomía: informe de progreso educativo de la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur de Nicaragua. Managua, IBIS- Dinamarca. [ Links ]

Foro Educativo Nicaragüense Eduquemos, 2015b, Educación intercultural bilingüe con calidad y equidad para la Autonomía: informe de progreso educativo. Región Autónoma de la Costa Caribe Norte de Nicaragua. Managua, IBIS - Dinamarca. [ Links ]

Fruhling, P., González, M. y Buvollen, H. P., 2007, Etnicidad y Nación. El Desarrollo de la Autonomía de la Costa Atlántica de Nicaragua (1987- 2007). Guatemala, F&G Editores. [ Links ]

George West, D., 2019, “Nicaragua: la voz de la Costa Caribe en la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia”, en Envío, (447), 16- 23. [ Links ]

Glaser, B. y Strauss, A., 1967, Discovery of grounded theory. Chicago, Aldine. [ Links ]

Gobierno de Nicaragua, 2001, Estrategia reforzada de crecimiento económico y reducción de pobreza. Managua. [ Links ]

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, 2008, Plan Nacional de Desarrollo Humano 2008- 2012. GRUN, Managua. [ Links ]

González Pérez, M., 1997, Gobiernos pluriétnicos: la constitución de regiones autónomas en Nicaragua: estudio sobre el Estado nacional y el proceso de autonomía regional en la Costa Atlántica- Caribe. México, D.F., Plaza y Valdés. [ Links ]

González Pérez, M., 2016, “El gigante que despierta: partidos y elecciones en la vida de los Consejos Regionales Autónomos”, en Gómez, J. P. y Antillón, C. (eds.), Antología del pensamiento crítico nicaragüense contemporáneo (pp. 441- 486). CLACSO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [ Links ]

Gould, J., 1997, El mito de la “Nicaragua mestiza” y la resistencia indígena, 1880- 1980. San José, Editorial de la Universidad de Costa Rica. [ Links ]

HKND Group, 2014, Nicaragua Canal Project Description. Disponible en http://hknd-group.com/upload/pdf/20150105/nicaragua_canal_project_Description_EN.PDFLinks ]

Hooker, J., 2012, “La raza y el espacio de la ciudadanía: la Costa de la Mosquitia y el lugar de lo negro y lo indígena en Nicaragua”, en Lowell, G. y Wolfe, J. (eds.), La negritud en Centroamérica. Entre raza y raíces (pp.325-366). San José, Universidad Estatal a Distancia. [ Links ]

INEC, 1995, Censos Nacionales 1995: VII Censo de Población y III de Vivienda, 1995. Managua, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). [ Links ]

INEC, 2005, Censos Nacionales 2005: VIII Censo de Población y IV de Vivienda, 2005. Managua, Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos (INEC). [ Links ]

INIDE y MINSA, 2009, Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud 2006/2007. Managua: Instituto Nacional de Información de Desarrollo (INIDE) y Ministerio de Salud (MINSA). [ Links ]

INIDE y MINSA, 2014, Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud 2011/2012. Managua: Instituto Nacional de Información de Desarrollo (INIDE) y Ministerio de Salud (MINSA). [ Links ]

Instituto Nacional de Información de Desarrollo, 2014, Encuesta de medición de nivel de vida: EMNV 2014. Managua, Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional . [ Links ]

IPADE, 1995, Compilación de documentos históricos sobre la Costa Atlántica. Managua, Instituto para el Desarrollo y la Democracia (IPADE). [ Links ]

Jenkins Molieri, J., 1986, El desafío indígena en Nicaragua: el caso de los miskitos. México, D.F., Katún. [ Links ]

Kinloch Tijerino, F., 2012, Historia de Nicaragua. Managua, IHNCA -UCA. [ Links ]

Laclau, E. y Mouffe, Ch., 1987, Hegemonía y estrategia socialista. Hacia una radicalización de la democracia. Madrid, Siglo veintiuno de España Editores. [ Links ]

Laird, L., 1972, “Orígenes de la reincorporación nicaragüense de la Costa Miskita”, en Conservadora del Pensamiento Centroamericano, 28 (140), 1-57. [ Links ]

López y Rivas, G., 2005, “Introducción. Algunos referentes teóricos”, en Gabriel, L. y López y Rivas, G. (coords.), Autonomías Indígenas en América Latina. Nuevas formas de convivencia política (pp. 29-46). México, D.F., Plaza y Valdés. [ Links ]

Mahoney, J., 2002, “Los patrones de dependencia en los cambios de régimen: América central en perspectiva comparada”, en Araucaria, 4 (7), 133-166. [ Links ]

Marchart, O., 2009, El Pensamiento Político Posfundacional. La Diferencia Política en Nancy, Lefort, Badiou y Laclau. Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica de Argentina. [ Links ]

Massey, D., Arango, J., Hugo Graeme, K. A., Pellegrino, A. Taylor, E., 1993, “Theories of International Migration: A Review and Appraisal”, in Population and Development, 19 (3), 431-466. [ Links ]

Mendoza R. y Kuhnekath, K., 2005, “Conflictos en la Costa: expresión de la transnacionalización de conflictos sociales en Centroamérica”, en Wani (41), 10-26. [ Links ]

Mendoza Vidaurre, R., 2004, “Un espejo engañoso: imágenes de la frontera agrícola”, en Envío (265), 12-19. [ Links ]

Ministerio de Economía, 1950, Censo general de población de la República de Nicaragua, 1950. Managua. [ Links ]

Ministerio de Economía, 1963, Censos Nacionales 1963. Managua. [ Links ]

Naciones Unidas, 2017, Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Disponible en https://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdfLinks ]

Newson, L., 1987, Indian Survival in Colonial Nicaragua. Norman, University of Oklahoma [ Links ]

Nicaragua, 1985, “Decreto, del 28 de febrero de 1985, de la Convención Mosquita”, en Diario de Nicaragua, núm. 107, 08 de marzo de 1985, pp.2-3. [ Links ]

Nicaragua, 1987, “Ley 28, del 02 de septiembre de 1987, Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua”, en La Gaceta Diario Oficial, núm. 238, 30 de octubre de 1987, pp. 2833- 2838. [ Links ]

Nicaragua, 2003, “Ley 445, del 13 de diciembre de 2002, Ley de Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua y de los Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz”, en La Gaceta Diario Oficial, núm. 16, 23 de enero de 2003, pp. 313- 322. [ Links ]

Nicaragua, 2010, “Decreto No. 5934. Decreto de aprobación del convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989”, en La Gaceta Diario Oficial, núm. 105, 04 de junio de 2010. Nicaragua. [ Links ]

Nicaragua, 2014, “Ley 854, del 29 de enero de 2014, Ley de reforma parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua”, en La Gaceta, núm.26, 10 de febrero de 2014, pp. 1034- 1046. [ Links ]

Nicaragua. Decreto 797, 06 de febrero de 1963, Ley de Reforma Agraria. La Gaceta, núm. 85, del 19 de abril de 1963, pp. 881-899. [ Links ]

Núñez O., Cardenal, G., Lorío, A., Agurto, S., Morales, J., Pasquier, J., Matus, J. y Pasos, R., 1998, La guerra y el campesinado en Nicaragua. Managua, CIPRES. [ Links ]

OIT, 1989, Convenio Núm. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Lima: OIT/Oficina Regional para América Latina y el Caribe. [ Links ]

Olivares, I., 2016, “La ‘alcancía’ de Albanisa”, en Confidencial. Disponible en https://confidencial.com.ni/la-alcancia-de-albanisa/Links ]

Ortega Hegg, M., 1997, “El Régimen de Autonomía en Nicaragua: contradicciones históricas y debates recientes”, en Alteridades, 7 (14), 99-105. [ Links ]

Ortega Hegg, M., 2005, “La autonomía regional en Nicaragua”, en Leo, G. y López y Rivas, G. (coords.) Autonomías Indígenas en América Latina. Nuevas formas de convivencia política (pp. 195- 261. México, D.F., Plaza y Valdés. [ Links ]

Ortega Ramírez, P., 2014, “La Autonomía es la Revolución en la Costa Caribe”, en El 19 Digital. Disponible en https://www.el19digital.com/articulos/ver/titulo:23577-la-autonomia-es-la-revolucion-en-la-costa-caribeLinks ]

Ortega Saavedra, Daniel, 1986, “Discurso del presidente de la república, comandante Daniel Ortega Saavedra, en la instauración de la Comisión de Autonomía para la Costa Atlántica”, en Díaz Polanco, H y López y Rivas, G. (comps.), Nicaragua: autonomía y revolución (pp. 19- 29). México D.F., Pablos Editor. [ Links ]

Oslender, U., 2004, “Perspectivas geográficas sobre el estudio del terror: el caso del desplazamiento forzado en Colombia”, en Seminario Internacional y Segunda Reunión Anual de los Equipos de Investigación del Proyecto Identidades y Movilidades: las sociedades regionales en los nuevos contextos políticos y migratorios. Una comparación entre Colombia y México. Celebrado el 8-11 noviembre 2004 en la Universidad Nacional de Colombia. Bogotá. [ Links ]

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo-Nicaragua, 2005, Informe de Desarrollo Humano 2005. Las Regiones Autónomas de la Costa Caribe ¿Nicaragua asume su diversidad? Managua, PNUD. [ Links ]

Ramírez, S., 2007, Tambor olvidado. San José, Aguilar. [ Links ]

Rizo & Fonseca, 2014, “Pensamiento indígena contemporáneo (entrevista a Brooklyn Rivera, líder de la organización indígena YATAMA)”, en Wanni, (37), 53- 60 [ Links ]

Rodríguez Rosales, I., 1998, “Educación asimiladora en el litoral Atlántico (1893-1909) Nicaragua”, en Vannini, M. y Kinloch, F. (eds.), Memoria: política, cultura y sociedad en Centroamérica Siglos XVIII- X (pp. 123- 134). Managua, IHNCA - UCA. [ Links ]

Romero Vargas, G., 1992, “Las poblaciones indígenas de Nicaragua: 1492-1821”, en Romero, G. (coord.), Persistencia indígena en Nicaragua (pp.9-30). Managua, CIDCA-UCA [ Links ]

Romero Vargas, G., 1995, Las sociedades del Atlántico de Nicaragua en los siglos XVII y XVIII. Managua, Fondo de Promoción Cultural - BANIC. [ Links ]

Romero, E., 2015, “Rivera: FSLN apoya a colonos”, en La Prensa, 13 de septiembre. Disponible en https://www.laprensa.com.ni/2015/09/23/nacionales/1906847-rivera-fsln-apoya-a-colonos-rivera-fsln-apoya-a-colonosLinks ]

Rossbach, L. y Wunderich, V., 1994, “Derechos indígenas y Estado nacional en Nicaragua: la Convención Mosquita de 1894”, en Talleres de Historia, (6), 92- 115. [ Links ]

Rueda Estrada, V., 2014, “El campesinado migrante. Políticas agrarias, colonizaciones internas y movimientos de frontera agrícola en Nicaragua, 1960- 2012”, en Estudios Históricos, (57), 155- 198. [ Links ]

Rueschemeyer, D., 2009, Usable theory: analytc tolos for social and political research. New Jersey, Princeton University Press. [ Links ]

Sassen, S., 2010, Territorio, Autoridad y Derechos. De los Ensamblajes Medievales a los Ensamblajes Globales. Buenos Aires, Katz Editores. [ Links ]

Sassen, S., 2015, Expulsiones. Brutalidad y complejidad en la economía global. Buenos Aires, Katz Editores . [ Links ]

Schedler, A., 2016, La política de la incertidumbre en los regímenes electorales autoritarios. México D.F., Fondo de Cultura Económica. [ Links ]

Secretaria de Acción Social, 1997, Política Nacional de Población y el Plan de Acción. Managua. [ Links ]

Soto Joya, F., 2011, Ventanas en la Memoria. Recuerdos de la Revolución en la Frontera Agrícola. Managua, UCA publicaciones. [ Links ]

Streeck, W., 2016, Comprando tiempo: la crisis pospuesta del capitalismo democrático. Madrid: Katz. [ Links ]

Vargas, O. R., 2014, Nicaragua cambia, Todo cambia. Managua, ASDI, HIVOS. [ Links ]

Vilas, C., 1990, Del colonialismo a la autonomía: modernización capitalista y revolución social en la Costa Atlántica. Managua, Nueva Nicaragua. [ Links ]

Welti, C., Herrera, A., Macías, H. y Trigos E. R., 1997, Demografía I. México, D.F., PROLAP- IISUNAM. [ Links ]

Williamson, D., 1997, Análisis económico de la inversión extranjera directa en la Costa Atlántica de Nicaragua 1969- 1978. Managua, CIDCA -UCA. [ Links ]

1 Según Vilas (1990), la economía de enclave se caracteriza por la conformación de zonas económicas en la Costa Caribe soportadas con capital extranjero (capital monopolista) para explotar los recursos naturales, la fuerza de trabajo y las finanzas locales y exportar toda la producción a los países metropolitanos.

Recibido: 31 de Enero de 2021; Aprobado: 10 de Noviembre de 2021

Hloreley Osorio Mercado Doctora en Ciencias Sociales por la Universidad de Granada (España). Profesora- Investigadora del Instituto Interdisciplinario de Ciencias Sociales de la Universidad Centroamericana, Nicaragua. Durante el período 2004-2017, fue docente-investigadora del Centro de Análisis Sociocultural (CASC) de la UCA. Investigadora de temas relacionados a regímenes políticos, cultura política, autonomía regional, participación ciudadana, migraciones, entre otros. Entre sus publicaciones más recientes en coautoría están: Nicaragua mestiza versus Nicaragua multiétnica: el caso de la Costa Caribe; Crítica y Crisis en Nicaragua: la tensión entre democracia y capitalismo; Estado, violencia y orden social en Centroamérica; abril 2018, Nicaragua: el desafío de la democracia frente al autoritarismo; Coyuntura Crítica en Nicaragua: orígenes estructurales y posibles giros de cambio. Dirección electrónica: hloreley.osorio@uca.edu.ni Registro ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7717-1068

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