Introducción
Resultados de investigaciones publicadas1, que examinan la situación del tabaquismo desde la perspectiva de los esfuerzos de los países para combatirlo en los últimos tiempos, resaltan que se pone de manifiesto la voluntad política de muchos gobiernos para reducir su consumo, particularmente en los países de ingresos bajos y medios; y el importante papel de la Organización Mundial de la Salud, (OMS), con la adopción en el año 2003 del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT)2, tratado internacional para reducir el consumo nocivo de tabaco y del que la mayoría de los países son firmantes.
El análisis de la reducción en consumo de los productos manufacturados del tabaco, la prevalencia e incidencia del tabaquismo, son los indicadores que permiten analizar los resultados que se alcanzan con las políticas y normativas de prevención y control3. Valorar cómo se comportan en el tiempo y relacionar esos cambios, permite conocer la efectividad de los mismos en los distintos contextos y puede servir como referente para aquellos países que quieran fortalecer sus acciones de prevención y control.
Uno de esos estudios, realizado por el profesor Steven J. Hoffman y sus colegas4, examina cómo los patrones en el consumo internacional de cigarrillos han cambiado desde 1970. Los datos de 71 países, que representan más del 95% del consumo mundial de cigarrillos y el 85% de la población mundial, muestran que el consumo de cigarrillos disminuyó en la mayoría de los países en las últimas tres décadas, pero las tendencias en el consumo específico de cada país fueron muy variables.
Utilizando estos datos, el segundo estudio5 realizado por el mismo equipo de investigación, no encontró ningún cambio significativo en la tasa a la que el consumo mundial de cigarrillos había estado disminuyendo, después de la adopción del CMCT de la OMS. Algunas cifras ofrecidas muestran que después de 2003, los países de altos ingresos y europeos mostraron una disminución en el consumo anual en más de 1,000 cigarrillos por adulto, mientras que los países de ingresos bajos y medio, así como los asiáticos, mostraron un aumento en el consumo anual de más de 500 cigarrillos por adulto.
Si bien los autores declaran que esas asociaciones causales no se pueden establecer con certeza, los diseños cuasi-experimentales utilizados en el estudio, proporcionan pruebas sólidas de los patrones cambiantes en el consumo global de cigarrillos, que los investigadores consideran deben propiciar una mayor implementación de políticas comprobadas de control del tabaco y estar más pendientes de contrarrestar las múltiples tácticas de la industria tabacalera a nivel mundial, pues el vapeo y el tabaquismo entre los adolescentes en Canadá6, Reino Unido7 y Estados Unidos8 ha ido en aumento, según los resultados de encuestas en línea a jóvenes de 16 a 19 años en 2017 y 2018. Esto no es más que el resultado de la introducción del cigarrillo electrónico, que ya se ha demostrado que no es inocuo, ni contribuye a dejar de fumar9, pero que ha podido transgredir las restricciones de venta y publicidad10 en casi todos los países.
Es conocido que los recursos de la industria tabacalera para mantener su mercado, supera con creces lo que dispone la salud pública para contrarrestarla y promover la salud, lo que hace pensar en la necesidad de actuar para lograr el control internacional del tabaco, particularmente en países de ingresos bajos y medios con capacidad limitada, donde además la atención a la enfermedad relacionada con dicha adicción, cada día se vuelve más costosa11.
Realizar este mismo análisis en Cuba, como país productor de tabaco, pero que a la vez es defensor de la salud de su población, con equidad del acceso a los servicios de la población, resulta muy interesante, sobre todo en un contexto donde es el estado el que aboga por ambos propósitos.
Como se ha visto a nivel internacional, la decisión entre el tabaco y la salud es muy compleja y en el caso de Cuba3es mucho más, pues si bien la producción tabacalera ha sido algo tradicional en el país, atendido de forma estatal y particular, tanto en la producción y comercialización, priorizar la salud no puede quedar reducida al acceso garantizado a la atención, sino que también ha de incluir la promulgación y estricto cumplimiento de políticas públicas al respecto12.
El objetivo de la presente investigación es describir el consumo de cigarrillos, precio y elasticidad de la demanda en Cuba; y su relación con las normativas legales dirigidas a la reducción del tabaquismo de 1980 al 2020.
Material y métodos
Estudio convencional, observacional descriptivo, transversal y tipo mixto, que se estructuró en dos etapas. La primera para identificar las normativas legales y la segunda para describir el consumo per cápita de cigarrillo, precio y elasticidad de la demanda.
En la primera etapa, para identificar las normativas legales13, se emplearon como métodos la revisión bibliográfica del tema y el análisis de contenido de toda la legislación vigente en Cuba hasta el primer trimestre del 2020. Como empíricos, la observación, el cuestionario, la entrevista y el criterio de expertos. La triangulación de los resultados obtenidos, permitió el análisis y discusión de los mismos, en un enfoque mixto. Fue construida y validada por expertos, la guía empleada para el análisis de los documentos legales vigentes. Para el análisis de contenido de las normativas jurídicas vigentes se emplearon las categorías de análisis siguientes:
Medidas legales: prohibición de fumar en lugares públicos, de venta a menores de edad, publicidad, promoción y patrocinio del tabaco; de regulación, el empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco.
Medidas económicas: dirigidas a reducir la asequibilidad a los productos del tabaco, con el aumento de precios
Para la descripción de la situación actual de Cuba, en relación al cumplimiento de las de reducción de la oferta y la demanda de tabaco refrendadas en el CMCT/OMS, se tomaron como indicadores las principales disposiciones relativas a la reducción de la demanda, figuradas en los artículos del 6 al 14 y de reducción de la oferta de los artículos 15 al 17 y la clasificación de las normativas legales vigentes en Cuba, clasificadas de acuerdo a la definición establecida en las categorías del análisis de contenido.
Con la información obtenida mediante análisis y síntesis, se procedió a la comparación con lo establecido en el CMCT/OMS2 y el plan de medidas MPOWER11. La información referida se presenta en tablas que permiten mostrar las similitudes y brechas, resultado de dicha comparación.
En la segunda etapa14, se realizó un estudio convencional, empleando la alternativa de fuente de datos agregados de series temporales. Este tipo de estudio que utiliza un modelo econométrico de series de tiempo con datos agregados de venta de cigarrillos y un precio promedio de venta, presenta las siguientes limitaciones: no es posible estimar la sensibilidad al precio por características individuales (edad, sexo, ingresos); utiliza dimensiones temporales pequeñas con tamaños de muestra reducida, lo cual afecta la eficiencia de las estimaciones; el número de variables de control utilizadas es muy reducido y la no estacionalidad de las series de tiempo puede llevar a regresiones espurias.
Se estudiaron las variables siguientes: consumo per cápita de cigarrillos, proporción de mercado, precio promedio, elasticidad de la demanda y acontecimientos económicos y sociales. Se emplearon como técnicas para la captura de datos, el análisis de información secundaria, entrevista individual a informantes clave, observación no participante y criterio de expertos.
Para obtener el consumo per cápita, se determinó la cantidad de cigarrillos vendidos a la población de 15 años y más, calculados a partir de las cifras de venta informadas, en pesos cubanos15 (CUP) y pesos cubanos convertibles16 (CUC), de las marcas nacionales que se ofertaron en la referida moneda, para la denominada “venta en fronteras” a partir del año 1992 en que comenzó esa forma de oferta. En CUP se ofertan las marcas en cigarrillos negros: Titanes, Populares y Criollos y en rubios la marca Aromas. En CUC, como cigarrillos negros, las marcas H. Upman, Popular Auténtico Cohíba y como cigarrillos rubios la marca Hollywood, esta última oferta entre otras variedades, los cigarrillos mentolados. La información de venta de los cigarrillos tiene como fecha de cierre el 31 de diciembre de cada año.
No se consideraron las marcas de cigarrillos de importación, ya que al consultar a vendedores de establecimientos que comercian en CUC, se corroboró, que las ventas no son significativas en ese mercado y, por lo tanto, se compensa el consumo con la población flotante de turistas y extranjeros residentes permanentes en el país, que no se incluye dentro de la cifra de población que ofrece la Oficina Nacional de Estadísticas e Información, ONEI, como entidad autorizada.
La información utilizada para las comparaciones, fue tomada de informes de investigaciones y estudios publicados por la autora. Todos son consignados en las referencias bibliográficas y citados como fuentes.
Se tomó la población residente en Cuba (población con residencia permanente que se informa) de 15 años y más, de cada uno de los años estudiados y emitida por la ONEI17. Se ha elegido esta población partiendo del supuesto siguiente: “el consumo de las edades inferiores es despreciable, como consecuencia de ello, si se dividiera por la población total, se estaría subestimando el consumo del consumidor representativo que se desea obtener”.
Para estimar el precio promedio de las cajetillas de cigarrillos, se consideró el valor total de las ventas de cajetillas de cigarrillos y los precios vigentes para las diferentes marcas de los que se ofertan en pesos cubanos CUP y el valor promedio de las marcas más vendidas en los que se ofertan en pesos cubanos convertibles CUC, desde el momento que comenzó a circular la referida moneda en 1992.
Para caracterizar la segmentación del mercado, se determinó la proporción de mercado de acuerdo a las diferentes formas de comercialización de cigarrillos: CUP y CUC.
Para establecer la elasticidad de la demanda, se empleó la forma de cálculo establecida que coloca en el numerador los cambios porcentuales en las ventas y en el denominador los cambios porcentuales en el precio estimado, ocurridos entre los años que se analizan.
Para describir los aspectos económicos y sociales asociados al consumo en cada período, se empleó la revisión documental, observación no participante y el criterio de expertos mediante el método Delphi y por consulta electrónica.
La información fue capturada, procesada y analizada en frecuencias y porcientos. La metodología empleada para la captura de datos, procesamiento y análisis de la información se
mantiene de igual forma, desde que se inició la realización de este tipo de estudio por los especialistas del Instituto Cubano de Investigaciones y Orientación de la Demanda Interna (ICIODI), por lo que existe coherencia en la construcción de la serie temporal que se presenta14.
El estudio tiene alcance nacional. La información que se ofrece cuenta con la confiabilidad de haberse realizado con todo rigor científico.
Resultados
Normativas legales dirigidas a la reducción del tabaquismo 1980/2020.
Una revisión de la situación existente al respecto, revela como momentos más importantes en los últimos 30 años, los siguientes:
En la segunda mitad de la década del 80 del pasado siglo, la elevada prevalencia y consumo per cápita anual de cigarrillos que ubicaba a Cuba en los primeros lugares a nivel regional y mundial, hacen que se inicien acciones nacionales con carácter sistemático y enfoque intersectorial. Anterior a esa fecha solo existían algunos mensajes como parte de campañas de comunicación social que hacían referencia a la reducción del sedentarismo, el tabaquismo y la obesidad, lideradas por el Ministerio de Salud Pública. Tomando como base esas cifras, entre los 78 países miembros de la OMS, Cuba ocupa el lugar 2818. Ni antes, ni en ese período, existían normativas legales específicas sobre el tabaquismo, solo aquellas relacionadas con la salud, como en la constitución vigente.
En 1987, con el inicio de la “Campaña para desestimular el hábito de fumar”, luego transformada en “Programa para la Prevención y Control del Tabaquismo”, comienzan a implementarse acciones encaminadas a propiciar la reducción del consumo. Para acompañar la comunicación social, se inician algunas de carácter legal y todas amparadas en la voluntad política de preservar la salud de la población.
En el año 1988, se comenzó un trabajo de magnitud que involucró a todos los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE), para valorar la legislación vigente con relación a las prohibiciones de fumar en lugares públicos, la venta de cigarrillos a menores y la advertencia en las cajetillas, así como proponer las modificaciones a lo ya existente, con el propósito de hacerlo coherente con los objetivos del Programa para la Prevención y Control del Tabaquismo. Estos argumentos permitieron fundamentar la primera propuesta que fue elevada a las instancias superiores del gobierno, pero que no logró su cometido. En el año 1994, Cuba se convierte en uno de los primeros países en que la aviación civil prohíbe fumar en los vuelos domésticos y se adhiere al reclamo de la Organización Internacional de la Aviación Civil (OACI), para la prohibición paulatina en los vuelos internacionales, primero los de menor duración y con posterioridad todos en el año 1996.
El Acuerdo No. 2841 del 28 de noviembre de 1994, tal y como quedó modificado por el Acuerdo No. 3529 de fecha 17 de agosto de 1999, ambos del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su apartado SEGUNDO, dispone que el Ministerio de Comercio Interior es el organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto al comercio interior mayorista y minorista de alimentos, otros bienes (cigarrillos y tabacos) y de los servicios de consumo personal y comercial, además de ser el rector para establecer y controlar la aplicación de las normas que regulen la protección al consumidor en los sectores estatal, cooperativo, privado y mixto que operan en moneda nacional y en moneda libremente convertible.
En el 2000, con el objetivo de reducir los índices de las principales enfermedades no transmisibles y otros daños que son la causa de invalidez y muertes, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en fecha 30 de Octubre del 2000, tomó el Acuerdo No. 3790, confiriéndole al Ministerio del Comercio Interior (MINCIN), facultades para regular lo relacionado con la prohibición de venta de cigarrillos y tabacos a menores de edad, evaluar con el resto de los organismos involucrados, la prohibición del expendio de cigarrillos al menudeo (sueltos) y mejorar mensajes de advertencia en paquetes de cigarrillos, tanto los que se comercializan en moneda nacional como convertible.
Importante fue la puesta en vigor del Acuerdo 5570 del 2005 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, un documento legal de mayor fuerza y alcance, que plantea la prohibición de la venta de cigarrillos y tabacos a menores de 18 años de edad; establece la prohibición de fumar en locales públicos cerrados que no tengan áreas creadas a tales efectos, así como en los medios masivos de transportación; establece también la prohibición de fumar en los centros e instituciones educacionales, de la salud e instalaciones deportivas, en los que, de considerarse por los organismos correspondientes, se habilitarán áreas específicas para fumar. En los demás centros e instalaciones pertenecientes a otros organismos o instituciones se crearán áreas para fumar. En cualquier caso, las áreas de fumadores y de no fumadores deberán estar, debidamente señalizadas.
Con impacto hacia lo interno del Sistema Nacional de Salud, fue la aprobación de la Resolución No.360 del Ministerio de Salud Pública en noviembre de 2005, mediante la cual se prohíbe fumar o mantener encendido cualquier derivado del tabaco en sus instituciones. Aclarando agravarse una vez que se fume durante consultas, reuniones, docentes y otras actividades referidas en la normativa.
El análisis de las normativas promulgadas y aún vigentes en el país, expresión de la política pública que favorece la salud de la población cubana y por tanto la prevención y control del tabaquismo del año 1980 al 2000, muestra que se han establecido 37 instrumentos jurídicos, de los cuales tres fueron aprobados por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP); cinco por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros (CECM) ya que tienen alcance nacional; 28 corresponden a Organismos de la Administración Central del Estado (OACE) y uno a un Grupo Empresarial, dado que su alcance se limita a ellos. El “Procedimiento para suprimir la venta de los cigarros de la canasta familiar normada y establecer la venta liberada” aunque su aplicación corresponde al Ministerio de Comercio Interior, fue derivado de un acuerdo del Consejo de Ministros dada la magnitud de la medida y su alcance. El instrumento jurídico de mayor rango lo constituye el Acuerdo No.5570/05 del CECM.
El tabaquismo se encuentra insertado en seis normativas referentes a la salud en general, mientras los 31 restantes si tienen especificidad en el tabaquismo.
Hasta el momento de realizado el estudio, no se ha confeccionado ni puesto en vigor, algún documento legal único que centre todo lo relacionado a regular el tabaquismo. Las normativas existentes se encuentran dispersas y en la mayoría de los casos no se observa la señalización y el control13. Se han realizado análisis y propuestas, las cuales nunca se han aprobado o implementado. Al respecto, resulta interesante que existen suficientes medidas de prohibición y de regulación establecidas, aunque no se han encontrado relacionados a la prohibición de la publicidad y patrocinio. Tampoco existe ningún documento que prohíba la venta de cigarrillos electrónicos, por lo que, en estos momentos, por observación, se ha podido constatar que en centros de gastronomía y recreación privados se están ofertando.
Cuba es firmante del CMCT / OMS desde el 29 de junio del año 2004 pero no lo ha ratificado18 . Un análisis de las medidas contempladas, permite mostrar que, aunque algunas son anteriores a la promulgación del CMCT, resulta factible realizar la agrupación de las mismas, tomando como referente las que se encuentran relacionadas con la reducción de la demanda tabla 1, así como con la reducción de la oferta tabla 2.
El análisis de las tablas 1 y 2 pone de manifiesto, que una gran parte de las medidas que promulga el CMCT de la OMS se encuentran insertadas en las normativas jurídicas vigentes. Sin embargo, referente a las medidas MPOWER19, consideradas como las de mayor impacto para la reducción del tabaquismo, Cuba cumple con las que precisamente no poseen un carácter legal y económico.
Consumo per cápita de cigarrillos Cuba 1980 -2019
En el año 1980, el consumo per cápita de cigarrillos en Cuba es 2237, siendo la cifra que da inicio a la construcción de la serie por el Instituto Cubano de Investigaciones y Orientación de la Demanda Interna, ICIODI14,20. Los datos anteriores a esta fecha que aparecen en publicaciones de la OMS/OPS, fueron estimados por el Dpto. de Agricultura de Estados Unidos, a partir de la producción de tabaco y la población cubana, sin considerar la cantidad de dicho producto que se destinaba a la producción de tabacos, puros y a la exportación.
Del año 1985 al año 1993 se presenta una tendencia decreciente. Sin embargo, en el año 1994 se produce un incremento, seguido de la disminución hasta los años 1998 y 1999 que vuelve a aumentar y luego a disminuir en el año 2001, en que se inicia de nuevo crecimiento hasta el 2004, con una discreta disminución en el año 2005 para luego incrementarse. En el 2008 se registró el consumo per cápita de cigarrillos más alto desde el 1992, con 1641 y el año 1997 el menor, con 1196. En el año 2009 comienza a decrecer de nuevo, siendo mucho mayor en el 2010 cuando el consumo per cápita fue de 1363 cigarrillos y un decrecimiento de 11.96 %, el mayor logrado de todos los datos disponibles, al ir acompañado de la suspensión de la oferta de cigarrillos a precios subsidiados como parte de la canasta familiar.
En el año 2011 en relación con el 2010, el consumo per cápita de cigarrillos mantiene el decrecimiento, pero solo en siete cigarrillos, lo que representa el 0.52%; en el 2012 este consumo descendió a 1340. Al comparar el año 2012 con el 2008, año considerado como muy alto y momento en que comienza de nuevo la tendencia decreciente, este descenso es de 18.35%.
En ese año, el consumo per cápita en la población cubana de 15 años, equivale a que cada cubano en esas edades fumó 3.67 cigarrillos diarios, mientras que en el año 1980 se fumaban 6.12; cifras que aún son elevadas y que aunque tomando un dato cuya fuente desconocemos y que es inferior al obtenido en nuestros estudios (1261), mantienen al país como el mayor consumidor de América Latina y entre los mayores del mundo, ocupando el lugar 38.21 .
CMCT | Normativas económicas | Normativas legales |
Artículo 6. Relacionadas con los precios e impuestos para reducir la demanda de tabaco. | Resolución No. 38 /2013 MFP Resolución No. 534/2015 MFP Resolución No. 126/2016 MFP Resolución No. 90/2017 MFP Resolución No. 461/2017 MFP Procedimiento para suprimir la venta de los cigarros de la canasta familiar normada y establecer la venta liberada CI 27/08/2010 | |
Artículo 7. No relacionadas con los precios e impuestos para reducir la demanda de tabaco. | Constitución de la República de Cuba Ley No. 62/1987 Res. 360/2005 MINSAP | |
Artículo 8. Protección contra la exposición al humo de tabaco. | Decreto 141/88 MININT Resolución DJ. 26/88 IACC Regulación Aeronáutica Cubana 6.121 IACC Res. 40/1991 MINCULT Circular 4/1999 MINED Acuerdo 3790/2002 CECM Res. 360/2005 MINSAP Indicación 29/2005 MITRANS Instrucción 2/2005 MINBAS Res. 302/2006 MINCEX Res. 1/2007 MINSAP Res. 135/2008 MINSAP Ley No. 109/2010 Código de Seguridad Vial Decreto Ley 287 Res. 506/2014 MINED Res. 357/ 2015 MINED Res. 584 MINSAP Indicación 143/16 MINEM Res. 38/2017 del INDER | |
Artículo 9. Reglamentación del contenido de los productos de tabaco. | Res. 275/2003 MINSAP. Capítulo II. De la evaluación sanitaria. | |
Artículo10. Reglamentación de la divulgación de información sobre los productos de tabaco. | Res. 275/2003 MINSAP. Capítulo III. Del envasado y etiquetado. | |
Artículo 11. Empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco. | Res. 275/2003 MINSAP. Capítulo III. Del envasado y etiquetado. | |
Artículo 12. Educación, comunicación, formación y concientización del público. | Res. 221/2016 MINSAP | |
Artículo 13. Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco. | ||
Artículo 14. Medidas de reducción de la demanda relativas a la dependencia y al abandono del tabaco. | Res. 221/2016 MINSAP |
Fuente: Elaboración propia
CMCT | Normativas económicas | Normativas legales |
Artículo 15. Comercio ilícito de productos de tabaco. | Res. 275/2003 MINSAP. Capítulo III. Del envasado y etiquetado. Sección Segunda, Del Envasado y Etiquetado de los Productos Distintos de los Cigarrillos. Ley No. 62/1987, Código Penal Vigente: En el Título VII Delitos contra la Fe Pública. | |
Artículo 16. Ventas a menores y por menores. | Acuerdo 5570/05 CECM | |
Artículo 17. Apoyo a actividades alternativas económicamente viables. | No hay establecidas |
Fuente: Elaboración propia
Pero en el 201320, comienza a cambiar la tendencia para mantener un aumento sostenido de 2013 al 2016, momento en que de nuevo se inicia el decrecimiento hasta 2019. El consumo per cápita de cigarrillos en el año 2017 decreció 2.01 %, 45 cigarrillos menos que en el año 2016. Esta modificación se produce luego de un incremento sostenido desde el año 2012, que en el 2016 resultó mucho menor en comparación con el 2015, cuando se fumaron 112 cigarrillos más que en el 2014. El año 2017 constituyó de nuevo el inicio de un cambio en la tendencia creciente.
En el año 2019 14, el consumo per cápita en la población cubana de 15 años y más, fue de 1,464 cigarrillos, que equivale a 73.2 cajetillas de 20 cigarrillos. Esta cifra corresponde a que cada cubano en esas edades fumó 4 cigarrillos diarios, cifra casi similar al año anterior, representando un decrecimiento de 1.55 %, 23 cigarrillos o 1.15 cajetillas menos que el 2018 y un consumo diario menor de 0.2 cigarrillos. Comparado con el año 2016, cuando se inicia el decrecimiento, se fuman 193 cigarrillos menos, lo que representa una reducción de 11.65 %.
Estimación del precio promedio de la cajetilla de cigarrillos 1980-2019
El mercado de cigarrillos y tabacos en Cuba ha tenido la característica de comercializarse en formas diferentes de distribución. Al iniciarse el racionamiento en el año 1962, se incorporaron los cigarrillos y tabacos a la denominada “libreta de control de ventas para productos alimenticios” para la población de 35 años y más en ese año, por lo que los menores de esa edad no se incorporaban a esa forma de distribución, disminuyendo de manera gradual la cantidad de cigarrillos que se expendían de tal forma, al causar baja las personas comprendidas en el grupo por fallecimiento o migración. Estos cigarrillos se ofertaron siempre en moneda nacional (pesos cubanos, actualmente denominados CUP), en la cantidad de dos cajetillas de cigarrillos rubios o suaves para las mujeres y cuatro cajetillas de cigarrillos fuertes y un tabaco para los hombres.
De forma paralela, se realizaba la distribución a organismos e instituciones del estado, denominada consumo social, que consiste en la entrega para distribución gratuita o a precios bajos entre sus trabajadores20.
Aunque la serie construida14, solo incluye los precios estimados desde 1980, cabe recordar que en la década del 60 del pasado siglo, el precio de la cajetilla de cigarrillos fue de 0.20 pesos y que a partir de ese momento presentó crecimiento en el precio promedio, determinado fundamentalmente por la proporción de venta de los cigarrillos normados a precios bajos, la introducción de la venta a precios altos de forma liberada en CUP en el año 1970 y posteriormente en el año 1992 se incorporó la venta liberada en pesos cubanos convertibles, CUC, en la red que comercializa en ese tipo de moneda, hasta la eliminación total de las ventas dentro de los productos normados de la canasta familiar en el año 2010.
El precio de la cajetilla de 20 cigarrillos en Cuba a partir de 1970 en el mercado era 7.00 CUP, para los cigarrillos negros (Titanes, Populares y Criollos) y 7.60 CUP para los rubios (Aromas). En los cigarrillos de producción nacional en pesos cubanos convertibles CUC, destinados a la venta en fronteras, a partir de 1992, los precios oscilaban entre 0.50 CUC y 0.80 CUC, los de mayor venta, a 1.30 CUC, 1.50 CUC y 2.00 CUC los de menor venta. Se ofertan otros cigarrillos de importación a precios más elevados, pero que, de acuerdo a la observación y entrevistas realizadas a los vendedores, por tener muy poca demanda, no han sido incluidos en el análisis.
El precio promedio de la cajetilla de cigarrillos ha presentado cambios notables, si se compara la década del 90 del pasado siglo con las cifras actuales. Estos cambios han estado determinados por las modificaciones en las formas de comercialización más que por el aumento de precio de las cajetillas. Al comparar los años 2011 y 2010, se presenta un incremento mayor del precio promedio de la cajetilla de 6.73 % debido a la suspensión de la distribución de cigarrillos mediante el consumo normado a precios bajos. En el año 2012, se produce el aumento de precio a algunas cajetillas de cigarrillos de 10 centavos (CUC) sobre su precio anterior.
En el 2017, el cigarrillo negro Popular Auténtico, 20 cigarrillos con filtro, en cajetilla blanda, que se vendía a 70 centavos de CUC, fue rebajado a 0.60 CUC, aproximadamente un 15 %. Esta marca, según criterio de los vendedores, es de las más vendidas, por lo que la rebaja en el precio favorece aún más la accesibilidad de los fumadores.
La Industria Tabacalera cubana ha estado pendiente del comportamiento del mercado y ha ido ajustando sus estrategias de marketing, tanto en precio y comercialización, como variedad de productos, cantidad y marcas, unido a la publicidad, para mantener el posicionamiento de su producto.
Elasticidad y relación precio / consumo per cápita de cigarrillo. Cuba. 1980 - 2019
De 1980 a 201914, el coeficiente de correlación entre el consumo estimado por las ventas y el precio de los cigarrillos, fue -0.505868, significativo contra la hipótesis nula de r = 0. Si se excluyen los dos primeros datos que corresponden a 1980 y 1985 y están desconectados del resto de la serie de datos anuales, r disminuye en valor absoluto, a -.0248755. En el año 2010 22, donde además de incrementarse el precio promedio en mayor cuantía, fue el momento de acomodar sus ingresos los fumadores a la nueva situación, mostró una fuerte relación entre las variables, con un coeficiente de correlación de -0,82549.
No obstante, la no estacionalidad de la serie de tiempo, puede llevar a la apariencia de una relación de causalidad entre estas variables cuando en realidad no existe (regresiones espurias), por lo que se procedió a la regresión lineal mostrada en la figura 1, que corrobora tal planteamiento.
Como puede observarse, la correlación entre las variables consumo y precio no debe ofrecer valores mayores ya que si bien se presenta en algunos periodos una tendencia decreciente, en otras oscila y en otras asciende al igual que el precio. Esta relación parece estar sustentada en situaciones económicas y sociales, que han estado asociadas con el precio relativo del cigarrillo.
La figura 1, muestra el comportamiento de las variables cigarrillos per cápita consumidos y precio promedio estimado. Se ha multiplicado por 500 el precio de la cajetilla, para poder mostrar ambas curvas en un mismo gráfico. Los números 1 y 2, corresponden a los años 1980 y 1985; del 3 al 32 de 1990 al 2019.
El análisis mediante el coeficiente de elasticidad, también comprobó que, en diferentes momentos, los cigarrillos en el mercado cubano no tenían elasticidad con relación a la demanda, ya que no siempre se manifestó la disminución de su consumo a medida que aumentaba su precio.
Coincidente con la correlación obtenida en el año 2010, el coeficiente de elasticidad mostró que la cantidad demandada de cigarrillos disminuía proporcionalmente más de lo que aumentaba el precio, esto es, se demostró en ese momento elasticidad de la demanda. Un aumento del 10% en el precio del cigarrillo se estimó que produciría en el año 2011 un decrecimiento del 7% en su consumo. Las cifras de decrecimiento alcanzadas en ese año estuvieron en correspondencia con el incremento del precio y corrobora el pronóstico realizado. Sin embargo, en los restante años se ha mostrado inelástica.
Para que se produzcan decrecimientos en el consumo de cigarrillos, se requieren incrementos superiores en el precio real o relativo de los mismos, más en dicho contexto, donde debido a las peculiaridades del mercado el cigarrillo generalmente, ha sido un producto carente de elasticidad, lo que obliga a realizar estudios más amplios relacionados con la situación social y económica.
Un estudio de la demanda cruzada, podrá ofrecer datos más certeros al considerar de manera integral la situación socio económico del país, así como otros aspectos de orden social relacionados con el tabaquismo en la población cubana. Los consumidores de cigarrillos se segmentan en dos grupos: los que adquieren el producto de mayor calidad y precio en el mercado en moneda convertible y los que lo adquieren en moneda nacional que constituyen el mayor grupo. La marca “Criollo”, de venta en moneda nacional, es líder por su precio y calidad.
Discusión
China, alto consumidor y productor de cigarrillos, consumió en 2013, más que Rusia, Estados Unidos, Indonesia, Japón y los siguientes 35 países con mayor consumo. Estados Unidos y Japón lograron reducciones respecto a la década anterior, mientras que el consumo ruso se estabilizó, y el chino e indonesio aumentó. Los autores apuntan, que los hallazgos subrayan la necesidad de procesos más robustos, idealmente integrados en instrumentos legales internacionales u otros de carácter local y obligatorios23.
Lo anterior se corresponde con los resultados obtenidos en Cuba, situación que amerita detenerse a analizar, pues si bien existe voluntad política y un conjunto de normativas que tributan a la preservación de la salud, de manera particular en el caso del tabaquismo, las medidas de orden económico relacionadas con el incremento de precios para reducir accesibilidad, han estado ausentes. Siempre ha prevalecido la contradicción de ser una sociedad que de forma paradójica enaltece la salud y la producción de tabaco como importante fuente de ingreso3.
Hasta la fecha, no se ha confeccionado ni puesto en vigor, algún documento legal único que centre todo lo relacionado a regular el tabaquismo. Las normativas existentes se encuentran dispersas y en la mayoría de los casos no se observa la señalización y el control. Posterior a 1988, se han realizado análisis y propuestas, las cuales nunca se han aprobado o implementado. Al respecto, resulta interesante que existen suficientes medidas de prohibición y de regulación establecidas, aunque no se han encontrado referentes a la prohibición de la publicidad y patrocinio, figura que no tuvo presencia durante las décadas de 1960 a 1980, pero que los cambios derivados de la actualización del modelo económico las han traído al escenario de forma más o menos explicitas, por lo que resulta también importante regular el control de cualquiera de ellas que pueda inducir al consumo de tabaco, tanto en los medios de comunicación como en cualquier otra esfera de la vida social3. La venta de cigarrillos electrónicos, al carecer de prohibición legal, es también un elemento de interés a valorar como ha sucedido en otros países10.
El cigarrillo, producto inelástico con relación al precio por su carácter adictivo, requiere de un análisis cuidadoso para que a través del mismo, poder favorecer la reducción de la demanda, pues aunque los resultados obtenidos en el estudio no permiten establecer una relación entre precio y consumo de forma exacta, ello se debe en primer lugar, basado en la experiencia internacional, a que los incrementos en los precios no han sido en la cuantía que se requieren25, sino que en la mayoría de los casos son imperceptibles y los cambios en la demanda se han debido a otras razones, de carácter social y económicas, que no han tenido ese propósito y tampoco han sido estudiadas.
En la mayoría de los países latinoamericanos, la elasticidad- precio para los cigarrillos probablemente sea inferior a -0.5 26. En Cuba se obtienen cifras similares o inferiores.
A la vez, las normativas existentes desde la sociedad pueden propiciar que se desestimule el consumo y la reducción de la aceptación social, por la trascendencia desde lo cultural en el contexto cubano. Aunque no ha sido ratificado el Convenio Marco para el Control del Tabaco, la presencia de un cuantioso número de disposiciones legales, si tuvieran un mayor grado de cumplimiento, por consiguiente, tendrían efectividad. Además de las medidas favorecedoras de forma directa en la reducción de la demanda y la oferta, no pueden desestimarse la necesidad de fortalecer todas aquellas que tributan a los artículos relacionados con la protección a la exposición al humo del tabaco y la educación2, que favorecen a los fumadores pasivos y la reducción del consumo de cigarrillos y prevalencia de fumadores.
Estudio realizado en los años 2007-200824, puso de manifiesto, que los insuficientes conocimientos sobre documentos legales, por los encargados de implementar las medidas económicas y legales vigentes para la prevención y control del tabaquismo en Cuba, no favorecen la implementación de las mismas. Además, la falta de exigencia, control y desinterés concedido por los directivos y funcionarios a las normativas jurídicas vigentes, tales como la no señalización y penalización del incumplimiento, se presentan como causa fundamental del rezago de las mismas con relación a la ejecución de las acciones educativas, de rehabilitación e investigación. Cabe señalar, que un estudio realizado en 19883, mostró que el 78 % de la población consideraba insuficientes las prohibiciones y regulaciones existentes en lugares públicos y el 76 % que no se cumplían las establecidas.
Lo anterior pone de manifiesto que, en un periodo de 30 años, no se ha avanzado lo suficiente en la implementación y control de medidas legislativas, en función de la prevención y control del tabaquismo, la reducción de la prevalencia de fumadores 27 y el consumo de cigarrillos12,24.
Entre los principales factores favorecedores para el alto índice de tabaquismo en la población cubana, en primer lugar, se encuentran los precios y formas de comercialización no favorecedora a la reducción del tabaquismo: bajo precio relativo, venta de cigarrillos al menudeo (sueltos) y accesibilidad, al estar siempre disponible en todos los lugares de comercialización.
En general, se observa falta de coherencia en el discurso oficial que no favorece la aplicación de las políticas públicas relacionadas con la prevención y control del tabaquismo.
Cuba no ha sido de los países más aventajados en la presencia de figuras legales que regulen y prohíban fumar en lugares públicos3. Estudio realizado por la OMS en el año 2006, de 82 países que reportaron, Cuba se ubicó entre los 24 con mayor nivel de exposición al Humo Ambiental de Tabaco (HAT)18. Aunque esta información data de más de una década, no se observan avances notables al respecto.
El tabaquismo, es uno de los principales problemas de la salud pública existente en la realidad del contexto cubano, que puede resumirse de la forma siguiente: insuficiente decrecimiento de la prevalencia de fumadores, elevada exposición al Humo Ambiental de Tabaco (HAT), incremento del consumo de cigarrillos, alta morbilidad y mortalidad relacionada con el tabaquismo, costos al sistema de salud por atención a enfermedades producidas por fumar, incremento de la producción de cigarrillos, acompañada de estrategia de publicidad para captar fumadores, promoción indirecta en los Medios de Comunicación Social asociada la importancia de la industria tabacalera para la economía, y la no ratificación del CMCT3.
Un análisis de la situación del consumo per cápita de cigarrillos en la población de 15 años y más, no permite establecer una reducción del mismo, con las medidas que son la expresión de la política pública para la prevención y control del tabaquismo en la población cubana.
Conclusiones
Las normativas legales para la prevención y control del tabaquismo se encuentran dispersas lo que no facilita su seguimiento y control.
El consumo de cigarrillos en el mercado cubano no disminuye con relación al precio, ya que los aumentos del mismo no se corresponden con los requeridos para lograrlo y es inelástico con relación a la demanda.
Las normativas legales dirigidas a la reducción del consumo de cigarrillos en Cuba resultan insuficientes, tanto en su contenido expreso, como en su cumplimiento para lograr tal propósito.