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Cuestiones constitucionales

versión impresa ISSN 1405-9193

Cuest. Const.  no.46 Ciudad de México ene./jun. 2022  Epub 01-Mar-2023

 

Editorial

Editorial


La publicación periódica Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, con base en la reunión de su Consejo Asesor del 9 de diciembre de 2020, decidió convocar a la comunidad científica a participar enviando trabajos académicos para la integración monotemática del número 46, correspondiente al primer semestre de 2022, sobre el tema "Derechos humanos y neurociencia en la era digital". Los trabajos presentados en este número son el resultado de esta convocatoria.

No cabe duda de que la neurociencia ha logrado avances sorprendentes. Esta disciplina científica estudia el comportamiento del cerebro y busca fundamentos biológicos a la conducta del ser humano. Ha dado grandes pasos en el mapeo del cerebro y en el análisis de su comportamiento. Ya se ha logrado, por ejemplo, la implantación de electrodos en el cerebro para obtener una "estimulación electrónica profunda", y así contrarrestar enfermedades como Alzheimer, Parkinson, epilepsia o esquizofrenia. Igualmente, se ha logrado transmitir la palabra "hola" directamente del cerebro de una persona a otra que está a 7,000 km de distancia, por medio de impulsos electrónicos y sin usar el teléfono celular. La Iniciativa BRAIN, entre otras tantas, lanzada por el gobierno de Estados Unidos en 2013, está dedicada a este esfuerzo de rastreo de la actividad de la mente para entenderla mejor, y también ha obtenido alentadores resultados.

A los anteriores avances hay que adicionarles los propios de la inteligencia artificial, en los que hemos visto progresos relevantes en la conexión cerebro-computadora, como la interfaz mediante la cual una persona con parálisis puede mover sus extremidades, o las diademas con las cuales se mide el estrés de las personas o se controlan mentalmente coches o drones.

Asimismo, hay que tomar en consideración el ambiente digital de nuestro actual entorno personal y social, en el que el uso de las tecnologías de la información y comunicación ha tomado un lugar ineludible, haciendo de lado, cada vez más, nuestra voluntad. Con la pandemia, hemos dado un salto de diez o más años en el aprendizaje de las nuevas tecnologías, sin importar la generación a la que se pertenece. Ahora se puede desayunar conversando por Internet, se puede comprar casi todo igualmente por Internet, se ha generalizado la impartición de clases y la aplicación de exámenes por este medio. Nuestra vida social parece estar toda en las redes sociales, y así esto sigue sin parar.

En resumen, la persona está cada vez más comprometida, pues la privacidad máxima de una persona es lo que piensa, pero ahora ya empieza a ser posible descifrarlo o manejarlo.

No podemos dejar de considerar que en este nuevo acercamiento a nuestro cerebro, mapeándolo o conectándolo a computadoras, existen "serios y graves riesgos" de manipulación, uso indebido o abusos. Los intereses comunes pueden trastocarse por intereses patrimoniales, comerciales o particulares. Por tanto, resulta indispensable introducir el elemento regulador no para frenar los avances de la ciencia, sino para encausarlos debidamente, señalando ámbitos de protección o límites, pero también aspectos relacionados con la bioética, donde se busque la reflexión crítica sobre los conflictos éticos provocados por este desarrollo de las ciencias.

No se oculta que el derecho no va a la par que la revolución neurobiológica ni la tecnológica, pero el derecho, en términos generales, tendrá que buscar su propio espacio en estas áreas. Lo que ahora es motivo de preocupación es el ámbito propio de la persona, su intimidad, su privacidad, su voluntad. Estos avances están tocando la esencia de la persona. Por ello, consideramos que es de especial relevancia avanzar en el estudio de los derechos humanos aplicados a estas cuestiones. Ya la Iniciativa BRAIN hizo referencia a los "neuroderechos"; sin embargo, podría ser una expresión que pudiera dejar fuera otras preocupaciones. Esto, ya de entrada, dio motivo suficiente para buscar que se escribiera algo al respecto.

Con independencia de la terminología, hay una posición que indica que ciertos derechos humanos -los tradicionales- deben adaptarse lo antes posible. Así, por ejemplo, si bien la privacidad de los datos personales es algo de gran actualidad y preocupación, debemos transitar a la privacidad mental, lo cual no se debe considerar como una noción que impida el acceso a la mente, sino más bien como algo que regule y proteja lo que se está alcanzando de la mente. El libre albedrío o autodeterminación de las personas también debe adaptarse, porque si es posible manejar la conducta de las personas, es muy probable que se pueda cambiar su voluntad. Lo mismo ocurre en cuanto a la identidad de las personas. Así como estos derechos, hay otros más que deben evolucionar ante lo que estamos viviendo y, sobre todo, lo que va a venir en un futuro no muy lejano.

No obstante, también puede darse otra posición de los derechos humanos, la que busca fortalecer a la persona misma frente a los sorprendentes cambios que ya estamos viviendo, caracterizándose como una nueva dimensión, de regreso a la voluntad, a la privacidad, al fuero interno de las personas, a lo que constituye su esencia. Si se puede saber lo que pensamos, si se puede modular nuestra voluntad, entonces, debemos regresar a la dimensión interior de la persona para proteger la base de donde partirá su proyección exterior. Lo trascendente es no perder de vista esta nueva dimensión de la persona; por ello, consideramos que este tema debe ser visto desde el punto de vista de los derechos humanos.

Como puede advertirse, el tema tiene una clara proyección interdisciplinaria. Es derecho, pero también neurociencia e igualmente desarrollo tecnológico. En consecuencia, buscamos contribuciones que provinieran de estas tres áreas del conocimiento, pero siempre vinculadas a aspectos de derechos humanos. De igual manera, se buscaron trabajos que analizaran la cuestión desde dos o más de estas áreas, incluso desde otra área que esté en estrecha relación con el contenido del tema expuesto, pero abordando la perspectiva de los derechos humanos.

En este número, el lector podrá observar una primera aproximación en torno a los temas que se convocaron. Encontrará reflexiones sobre los neuroderechos en el ámbito penal, la era digital, la justicia digital y los derechos humanos, los derechos humanos digitales, la vinculación entre inteligencia artificial y derechos humanos, así como la libertad de pensamiento en estos ámbitos y el rango constitucional de los neuroderechos. Se trata de unas primeras reflexiones que nos colocan en una mejor posición para acometer un proyecto de investigación con mayor profundidad en torno a la neurociencia y los derechos humanos.

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