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Historia mexicana

versión On-line ISSN 2448-6531versión impresa ISSN 0185-0172

Hist. mex. vol.65 no.1 Ciudad de México jul./sep. 2015

 

Reseñas

Carolina González Undurraga, Esclavos y esclavas demandando justicia. Chile, 1740-1823. Documentación judicial por carta de libertad y papel de venta

María Eugenia Albornoz Vásquez* 

* Revista Historia y Justicia. Correo electrónico: maujialbornoz@gmail.com.

González Undurraga, Carolina. Esclavos y esclavas demandando justicia. Chile, 1740-1823. Documentación judicial por carta de libertad y papel de venta. Santiago de Chile: Editorial Universitaria, 2014. Imagen de Chile, 293p. ISBN: 978-956-11-2448-6.


Palabras clave: González Undurranga; esclavitud; justicia; Chile; siglo XVIII; siglo XIX

Keywords: González Undurranda; slavery; justice; Chile; 18th Century; 19th Century

Esta anhelada publicación, que tras muchas peripecias por fin ve la luz en el medio editorial chileno, viene precedida por la adjudicación de dos concursos prestigiosos. Ambos opacan su involuntario retraso (sufrimos con la autora los obstáculos interpuestos en su camino) y contribuyen con su respaldo a dotarlo de un impulso pocas veces reunido en una obra de historia.

Por un lado, la innovadora propuesta de selección y transcripción de este conjunto de documentación judicial mereció la adjudicación del Fondo Nacional de Fomento del Libro en su versión 2006. Para entonces, recién comenzaban en Chile los estudios académicos sobre los afrodescendientes y sobre la esclavitud, y Carolina González Undurraga se perfilaba como la más brillante y audaz investigadora,1 en un campo que parecía innovador2 (aunque, como se sabe, no lo era en la historiografía hispano, luso y anglo americana). Por otro lado, el manuscrito fue valorado por el jurado del Fondo Juvenal Hernández de la Universidad de Chile en su versión 2014, quien, al adjudicarle su financiamiento, selló con la lectura de pares especialistas un trabajo que sin duda constituye un aporte fundador para profundizar la historia, no solo de la situación y devenir de la población esclava de origen africano, sino de la sociedad que habitó Chile en los siglos XVIII y XIX.

Es decir, hace 9 años que la autora, busca poner a disposición de la comunidad lectora una serie de expedientes judiciales en que los litigantes son esclavos y esclavas residentes en Chile. Se trata de un trabajo de larga data y de mucho esfuerzo, el cual no se reduce a la transcripción paciente y cuidada de las decenas de fojas recto y verso que constituyen estos casos judiciales, realizada acuciosamente por una historiadora fina y puntillosa. Aquí también ha habido una determinación férrea, capaz de resistir las mezquindades del exiguo mundo editorial dedicado a la disciplina de la historia en Chile. Como los esclavos y sus pequeños espacios de existencia, en tanto sujetos con derechos jurídicos en un orden jerárquico que los sitúa en el más bajo escalón (por ser criaturas menores y siempre en carencia y dependencia), la autora ha dado luchas obstinadas, convencida de la necesidad de concretar su proyecto. Enhorabuena y qué alegría esperanzadora, para investigadores y lectores, el que así haya sido.

El libro se estructura en cinco partes. Comienza con un estudio de 28 páginas, desarrollado por la autora, donde se contextualizan los expedientes y los registros judiciales en tanto construcciones sociales historizables, discutiéndose además las principales líneas de aproximación a este tipo de registros judiciales. Sigue la compilación de expedientes seleccionados y transcritos, esto es, más de 230 páginas de documentos inéditos. Luego se ofrecen cuatro índices onomásticos y alfabéticos, muy útiles para ubicar a los individuos que figuran en los expedientes (contamos 27 mujeres y 24 hombres querellantes; 14 amos y 37 amas que fueron demandados; 69 nombres de testigos, familiares y otros, un vasto conjunto denominado “varios”; y 138 nombres de individuos calificados por la autora como “agentes de Justicia y Gobierno”). Finalmente existe una bibliografía clasificada según el tipo de publicación y un breve apartado técnico que explica las decisiones metodológicas tomadas para concretar la transcripción.

Así, gracias al contenido, a su organización y diagramación, esta obra sigue la renovada y aplaudida (aunque todavía tenue) tendencia -inaugurada por dos recientes compilaciones de documentos chilenos, provenientes del periodo colonial3 o republicano-,4 de poner a disposición de los investigadores, y del público en general, transcripciones rigurosas de conjuntos de documentos, superando la mera divulgación de “rarezas” o “tesoros” albergados en nuestros archivos históricos.

Como el primero de los libros evocado (que reúne la transcripción filológica de testamentos confeccionados en el territorio chileno entre 1593 y 1697), carecemos aquí de un índice que detalle el contenido de cada apartado: no existe una lista inicial -tampoco final- que indique la titulación de las piezas, el año de inicio de cada proceso judicial o su localización en el fondo explorado. Esa opción es un misterio, y su consecuencia es que impide hallar con rapidez el documento buscado cuando utilizamos esta publicación como material de investigación o referencia. Pero, al mismo tiempo, dicha opción obliga, en la primera lectura, a recorrer todos y cada uno de los expedientes, de principio a fin, porque, al ser un conjunto ofrecido a ciegas, el lector se zambulle literalmente en ellos al modo de una navegación exploratoria y descubridora que va develando maravillas.

Por otra parte, al igual que el segundo libro citado como antecedente (que ofrece 25 expedientes por interdicción ocurridos en Santiago y Valparaíso entre 1857 y 1900, categorizados según personas implicadas por la demencia, esto es hombres, mujeres o jóvenes), la autora de la obra aquí reseñada clasifica los expedientes según las características de los esclavos demandantes. Así, agrupados cronológicamente y numerados, hallamos: un primer grupo con 17 casos de hombres esclavos que demandan justicia entre 1753 y 1816; un segundo conjunto con los procesos seguidos por 16 mujeres esclavas litigantes entre 1743 y 1820; un tercero con 12 casos en que aparecen familiares pidiendo justicia para algún pariente, ocurridos entre 1744 y 1817; y, finalmente, un cuarto grupo con 5 casos en que los litigantes se presentan ante el juez conjuntamente como matrimonio, desarrollados entre 1742 y 1781. Esa manera de ordenar el material, que es una elección metodológica editorial, predispone a pensar en los litigantes de un cierto modo; pero también impide una lectura analítica cronológica de la población esclava en su conjunto y de su actuar ante las justicias del Chile colonial. En cualquier caso, el material es tan amplio y abundante que, para cualquier estudio que se emprenda, el libro se convertirá pronto en un campo de signos, apuntes, flechas y marcas que vinculen expedientes de aquí y acullá, según los resortes propios de cada cual.

Estos 50 documentos, elegidos al azar según se nos dice, fueron extraídos de un conjunto mayor de 204 casos hallados en los fondos Real Audiencia y Capitanía General, y consultables en el Archivo Nacional Histórico de Chile. Cubriendo los últimos 63 años del periodo colonial, y centrados en torno a las figuras jurídicas de “carta de libertad” (documento que establece la libertad de un esclavo, nombrándolo así liberto) y “papel de venta” (documento confeccionado por el amo del esclavo, informando de su voluntad de venderlo, indicando su precio y las características y habilidades del mismo), los procesos judiciales, o sus fragmentos aquí ofrecidos, abordan situaciones experimentadas y narradas por esclavas y esclavos que se dirigieron a las autoridades judiciales del territorio para pedir, demandar y exigir que sus derechos y sus justicias, o las de sus seres queridos, fueran oídas y respetadas.

Los relatos son muy variados y la lectura de sus casi 300 páginas es asunto apasionante de inicio a fin. Son innumerables los temas que se desprenden a partir de cada caso reflejado en los expedientes transcritos (de desigual extensión) y también a partir de los vacíos y silencios que deja cada uno, en su intrigante incompletud o curiosa finitud (a ojos del lector de hoy). Numerosísimas partes de esta obra, en el transcurso de su lectura, recibieron anotaciones y comentarios en los márgenes, y la verdad es que toda ella inspira conversaciones sobre entradas interconectadas: historia social e historia cultural de las sociedades urbanas de la orbe hispanocatólica; historia de la justicia, historia de la cultura jurídica y de las prácticas judiciales en Chile; historia de los conflictos interpersonales en sus variadas maneras; historia de los sentimientos y sus riquísimas declinaciones; historia de las prácticas de escritura y también historia de las transacciones, registradas ante escribano o entre particulares; historia de la esclavitud, de la domesticidad, del trabajo, de las migraciones, de las redes sociales, económicas y culturales, e historia de la familia, son algunos de los ámbitos que podrían verse iluminados con esta compilación de expedientes y, en especial, con la riqueza de situaciones, lenguajes y momentos vitales que ofrece.

La lectura atenta de este seductor libro dispara inmediatas reflexiones sobre estas situaciones judiciales empujadas por esclavos, últimos súbditos del orden monárquico. Antes de continuar, aclaramos que la sintaxis y las divagaciones que siguen son de nuestra total responsabilidad: no deseamos contaminar con estas interpretaciones el riguroso trabajo de la autora.

Así, basándonos en estos 50 expedientes, nos atrevemos a afirmar que esos súbditos esclavos de la Monarquía hispano católica son poseedores, no obstante la precariedad social y política en la que se encuentran, de un estatus ambiguo que les permite existir en lo jurídico y en las justicias de distintas formas. Al mismo tiempo cosas y personas, las esclavas y los esclavos, son bienes que ven, oyen, se enfadan y hablan; son posesiones que piensan, discurren y deciden; son almas que pecan, que perdonan y que testan; son cuerpos que se enferman, que producen y que se reproducen; y son, simultáneamente, personas que no disponen, que no mandan y que no obligan. El amor de pareja, el afecto filial y la amistad les están permitidos y se les enseña que mediante ese amor católico así declinado, que debiera abundar por doquier, ellos serán liberados -de los males y de las tentaciones, y tal vez incluso de la esclavitud (un amo que los libera graciosamente en vida o mediante testamento; un familiar comprometido con el deber sagrado de procurar lo mejor para los suyos, y que logre comprar su libertad).

El mandato religioso de hacer llevadera y amable la vida del prójimo, en términos contractuales, puede extenderse hasta la anulación de los “odiosos” -es calificación registrada en los expedientes- vínculos de dependencia obligatoria, que rebajan la libertad de uno en función del aumento del poder de otro. Esta anulación, en términos morales y sociales, es premiada porque decidirla en conciencia implica una generosidad y bondad superiores. No obstante, la indoblegable voluntad de los amos y de las amas, muchas veces subrayada por ellos mismos en los juicios aquí reunidos, se opone legalmente a la eventual imposición judicial de ejercer esa capacidad de liberar a quien vive la esclavitud. No bastan las ganas de libertad de los esclavos, ni siquiera cuando ellos mismos disponen de un capital para pagar el precio con el que han sido tasados. El único caso en que un amo o ama se ve obligado u obligada, por la fuerza doble del derecho y de la costumbre, a vender a su esclavo o esclava (que no a libertarlos), ocurre cuando se verifica el exceso violento de los castigos crueles y desproporcionados que los primeros infligen a los segundos (actos calificados por la figura jurídica de “sevicia”).

Desde esa sevicia jurídica, causal legítima y reconocida en los tribunales del reino de Chile (e hispanoamericanos en general), los esclavos y las esclavas pueden intentar dar un giro a sus vidas, dirigiéndose hacia lugares y circunstancias mejores: porque la salida es la búsqueda de otro amo o ama (la sevicia no se remedia con la libertad de la víctima de violencia, sino que se evita su repetición con el cambio de propietario). El pacto ofrecido es brutal, porque en términos técnicos, la violencia sufrida, si se la sobrevive, abre las puertas para un destino distinto: es ella el primer movimiento hacia un cambio, es argumento legítimo en arenas judiciales porque vuelve a los esclavos violentados en personas de derecho en excepcional tránsito de urgencia de protección y acogida. Esas personas de derecho esclavas se vuelven ruidosas, en la emergencia y en las proporciones del ruido que esa sevicia hace en el orden católico, marcando un hiato allí donde, hasta entonces, esas mismas personas eran tratadas como bienes rentables, mudos y resignados: la sevicia judicializada es ventana hacia un mundo posiblemente mejor, aunque para llegar a él, la violencia deba ser diagnosticada, asumida y denunciada por los mismos esclavos ante la comunidad.

La conclusión es apabullante: el extremo del sufrimiento atraviesa la vida del último súbdito cosificado, porque la humillación del cuerpo violentado (hasta quedar marcado, ya que la marca vale como prueba) y la fortaleza de la voz humilde que pide amparo, juntas, deben encontrarse en el esclavo que es víctima de sevicia, para que solo así pueda solicitar cambio de amo mediante la adjudicación de un papel de venta. La escenificación escrita de un trance excesivo es requisito a exhibir para recibir permiso legítimo que facilite encontrar otro amo hacia el cual dirigirse -“mudar de amo” es la expresión que aparece en los manuscritos-. Es decir, se puede cambiar pero sin salir de la condición esclava, y allí la agencia es deber y responsabilidad de quien ha sido maltratado: el papel de venta se le entrega a él, o a ella, y es su tarea, personal y activa, el palabrear, convencer y llegar a acuerdo con un nuevo amo, quien, ante la vista del esclavo que se vende a sí mismo, y ante la vista del papel de venta que demuestra el acuerdo del propietario para esa venta, estaría dispuesto a comprarlo al propietario o propietaria que ha sido públicamente delatado y denunciado. El bien abusado que es el esclavo violentado deviene defensor de su integridad y de su vida, con el apoyo de las justicias, perfilando ahí un espacio distinto de los que se han dado a conocer acerca de la experiencia esclava en la historiografía de nuestro país. El esclavo violentado en exceso posee y ejerce entonces, porque se requiere su voz actuante en derecho, la responsabilidad de procurarse un amo nuevo. Cosa devenido persona gracias a la violencia intolerable,5 el esclavo violentado, con ese preciso paso, pone en entredicho la voluntad poseedora de un propietario que hasta entonces se beneficiaba sin límites de los frutos que le reportaba dicha posesión legal.

La realidad esclava es entonces ésa: hombres y mujeres que han sido considerados objetos de derecho porque fueron transados y vendidos, pueden sin embargo devenir sujetos litigantes y sujetos de derecho, sujetos agentes y activadores de la justicia, interviniendo porque ellos conocen su propio precio (solicitan incluso una tasación distinta a la que el amo impone) y llegan a disponer de su suerte, si es que saben cómo ofrecerse y venderse, literalmente.

Sometidos a dominio y expuestos tanto a crueles abusos como a exquisitas bondades, y tantas veces también a promesas incumplidas y diversos engaños, las esclavas y los esclavos corrieron suertes muy dispares y se presume que apenas una parte menor de ellos logró acercarse y habitar los espacios judiciales hispanoamericanos para decir sus vivencias y pedir que sus derechos fueran salvaguardados. Las 50 historias aquí recogidas ilustran esa variedad, y también cuestionan los alcances de un sistema abierto -con sus límites, por supuesto-, interrogando de paso el imperio de ciertos discursos que visibilizaron solo algunas de las muchas aristas del “pasado con esclavos de origen africano”, que durante casi 300 años tuvieron las tierras chilenas.

Entre otros, se dibujan las figuras de quienes los asistieron en sus actuares judiciales, aunque a veces fuera a regañadientes: los procuradores y los abogados de pobres, que asumen sus causas cuando se prueba la pobreza miserable del esclavo que pide justicia. También los escribanos que recogen sus relatos, y los alcaides y guardias de las cárceles donde son puestos a resguardo, precaución prevista por el derecho para evitar el odio y la venganza (palabras presentes en los discursos judiciales conservados en estos expedientes) de los amos denunciados. Y, en el trasfondo, se dibujan los amigos y conocidos que los aconsejaron y apoyaron en sus recorridos por los espacios judiciales solicitados, y que seguramente los orientaron en un sistema que demandaba paciencia a sus usuarios: se pide y ruega al presidente y gobernador de Chile, en Santiago, como representante del rey, pero éste deriva pronto estos casos al corregidor de la provincia o al alcalde ordinario de la ciudad correspondiente, quien oye a los litigantes y a sus testigos y luego dictamina una solución. Empero, con frecuencia ésta es apelada, por lo que conocen el caso los oidores de la Real Audiencia (aunque éstos también son requeridos en primera instancia cuando se logra demostrar que un caso particular merece el “caso de corte” y la urgencia que ello implica).

El peregrinar por oficinas de autoridades, contando las penurias y reivindicando derechos, requiere convicción y templanza en los querellantes, demandantes y litigantes. Extraordinariamente, también encubre astucia y malicia (las que, a pesar de su escasez, son acusadas reiteradamente, como estrategia discursiva inicial, por amos que no quieren explicarse ante el juez). Algunos maltratos diarios, junto al legítimo deseo de mutar la forma de la esclavitud -que no son siempre ansias de libertad, como queda claro aquí-, en tanto experiencias interpersonales e íntimas, llegaron a registro escrito y a escucha de jueces, trazando genealogías que se evocan para justificar la demanda entablada: se sabe de esclavos que en el pasado denunciaron, alegaron y tuvieron éxito en foros santiaguinos. Esa memoria esclava del dolor judicializado como motor de mejoría es lo que recupera y valora este indispensable libro de Carolina González Undurraga.

1Véanse los abundantes artículos sobre el tema publicados por la autora, citados en la bibliografía.

2Véase María Eugenia Albornoz Vásquez, “Presencia africana en Chile colonial”, en Cuadernos de Historia, 25, Santiago de Chile, Universidad de Chile (mar. 2006, puesto en línea el 13 de noviembre de 2006 en Nuevo Mundo Mundos Nuevos, consultado el 11 de febrero de 2015. URL: http://nuevomundo.revues.org/2991.

3Raissa Kordic Riquelme y Cedomil Goic (eds.), Testamentos coloniales chilenos, Madrid, Frankfurt, Universidad de Navarra, Iberoamericana, Vervuert, 2005.

4María José Correa Gómez, Historias de locura e incapacidad. Santiago y Valparaíso (1857-1900), Santiago de Chile, Acto Editores, 2013.

5Véase Didier Fassin y Patrice Bourdelais (dirs.), Les constructions de l’intolérable­. Études d’anthropologie et d’histoire sur les frontières de l’espace moral, París, La Découverte, 2005.

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