Introducción
Tras la conquista española comenzó la fase de colonización y explotación económica de los nuevos territorios, lo cual trajo consigo transformaciones en la propiedad de la tierra. En las provincias novohispanas las autoridades peninsulares sólo reconocieron tres tipos de tenencia: las tierras pertenecientes a la nobleza indígena, las de los pueblos de indios y las realengas.1 A partir de entonces, la corona dispuso de estas últimas, en particular repartiéndolas entre los colonos para obtener un doble beneficio: facilitar la instalación de los europeos y fomentar la explotación de las provincias para servir a sus intereses.
Así, desde las primeras décadas del siglo XVI las tierras empezaron a entregarse por medio de mercedes (donaciones reales) principalmente a los colonos españoles, pero también, aunque en menor medida, a los pueblos de indios y a la antigua nobleza indígena. Estas concesiones jugaron un papel fundamental en el proceso de colonización y dominación de los territorios y en el establecimiento y la consolidación de la economía novohispana. El contexto social, la caída demográfica de las poblaciones indígenas, el aumento del precio del maíz y la demanda creciente de insumos provenientes del campo, en particular en los centros mineros, favorecieron el desarrollo de las unidades agropecuarias de los españoles. A finales del siglo XVI, 70 años después de la llegada de los conquistadores, nacieron las haciendas y se convirtieron rápidamente en grandes latifundios.2
En términos generales, y sin tomar en cuenta las distinciones regionales y temporales, pero focalizándose en las “características primarias” de la hacienda, Nickel la define como una “institución social y económica cuya actividad productiva se desarrolla en el sector agrario”.3 Las haciendas han sido objeto de numerosas investigaciones. En las décadas de 1970 y 1980 varias investigaciones se enfocaron en el tema de la emergencia de la hacienda mexicana y del desarrollo de los grandes latifundios. Así, los estudios de Chevalier,4 Nickel,5 Wobeser,6 entre otros, pusieron de manifiesto las condiciones clave que permitieron la emergencia de las unidades productivas primitivas que fueron las caballerías de tierra y las estancias de ganado del siglo XVI y su transformación en grandes imperios económicos. En su extenso trabajo sobre las “haciendas mexicanas”, Nickel7 destacó cuatro características indispensables para llevar a cabo esta transformación: el dominio de los recursos (en particular de la tierra y del agua), el dominio de la fuerza de trabajo (recursos humanos), el dominio de los mercados (locales y regionales) y la exigencia de una utilización colonialista.
En el presente artículo analizaremos el proceso de conformación de la hacienda de San José Puruagua. A través de este caso de estudio nos enfocaremos en un aspecto específico: la acumulación de tierras en manos de un propietario, lo cual derivó en la consolidación del territorio de la hacienda.8 Lo anterior nos permitirá comprender la apropiación de los recursos y las relaciones que mantuvieron los dueños sucesivos de las tierras y de la hacienda con las poblaciones indígenas vecinas. El territorio es un elemento clave de esta institución, no debe entenderse como el contenedor de acciones sociopolíticas o económicas, ni mucho menos como un objeto pasivo;9 se trata de una entidad que modela y es susceptible de ser modelada por procesos continuos y transformaciones antrópicas que ocurren en ella, dependiendo de la manera en que se gestione. Así, en el territorio confluyen varias dimensiones importantes de la vida y del poder social, por ejemplo, “...elementos materiales como la tierra; elementos funcionales como el control del espacio y dimensiones simbólicas como la identidad”.10 Por lo tanto, los territorios son dinámicos en el espacio y el tiempo, tanto en las relaciones de poder que los producen, como en sus dimensiones y formas. Son el resultado de un proceso complejo, a la vez horizontal, producto de la coacción de distintos actores locales (pueblos de indios, estancieros y hacendados), y vertical, puesto que también quedan sujetos a ordenanzas territoriales desde las disposiciones de las cabeceras y jurisdicciones, hasta las de la corona.11 Como lo explica Llanos, en el territorio “se perciben materializadas todas las relaciones que establecen los hombres y mujeres en la formación de las sociedades, por el territorio se van a desplazar las acciones de tipo político, social, económico, o cultural, pero estas relaciones reproducen también una condición de apropiación, de dominio, de explotación”.12 Por lo tanto, en el territorio “las prácticas espaciales y temporales nunca son neutrales en las cuestiones sociales. Siempre expresan algún tipo de contenido de clase o social, y en la mayor parte de los casos constituyen el núcleo de intensas luchas sociales”.13 Así, se debe entender que
…el territorio es un espacio apropiado por los grupos sociales, para fijarse en él, asegurar su supervivencia, construir viviendas y rutas, explotar productos [y] delimitar dominios. También se producen procesos de expansión sobre territorios próximos o lejanos, para apropiarse de sus recursos, lo que puede generar diferentes conflictos.14
Por último, para dar cuenta de las dinámicas del territorio es importante recurrir a los conceptos de territorialización y desterritorialización. Por territorialización entendemos “la estrategia que se utiliza, y el efecto que causa el delimitar un territorio [...] [lo que] sugiere un control determinado por una persona, grupo social o étnico, por un Estado o bloque de Estados”.15 Finalmente, desterritorialización se define como “la pérdida de los linderos territoriales que se han creado a partir de códigos culturales históricamente localizados”.16
La hacienda de San José Puruagua estaba situada en el valle de Acambaro. De manera más específica se estableció en la orilla norte del río Lerma, en un sector considerado vacío de población en víspera de la conquista. Esta área fungía como zona tapón entre el territorio tarasco al sur del río Lerma, las poblaciones de cazadores recolectores chichimecas al norte y los mexicas al este. Esta situación prehispánica favoreció la distribución de tierras a los colonos europeos, ya que implicaba menos relaciones conflictivas con las poblaciones indígenas, aunque a la vez un mayor esfuerzo en cuanto a la implementación de acondicionamientos agropecuarios.17
Para llevar a cabo esta investigación se analizaron fuentes históricas procedentes de tres archivos principales: en primer lugar, se analizaron documentos escritos y cartográficos que nos brindaron información sobre donaciones de tierras y litigios territoriales. Estos registros se conservan en los ramos de Mercedes, Indios y Tierras y en la colección de Mapas Planos e Ilustraciones (MAPILU) del Archivo General de la Nación en la ciudad de México (en adelante AGN). En segundo lugar, la información obtenida del AGN pudo ser confirmada y complementada por la paleografía de documentos antiguos de la hacienda de Puruagua, los cuales proceden del Archivo Particular del Padre Efrén Cervantes (en adelante APPEC). El padre Efrén estuvo a cargo de la parroquia de San José Obrero en la localidad de Puruagua, Guanajuato, de 1982 a 1991. Durante su estadía en la localidad compiló varios documentos relacionados con el proceso de conformación de la hacienda. En tercer lugar, también se estudió un mapa de la hacienda de Puruagua fechado de 1868, resguardado en el Archivo Particular de la Hacienda de Puruagua (en adelante APHP). La documentación encontrada en los tres acervos se ha comparado meticulosamente para obtener un registro preciso y fiable. Con el fin de comprender mejor el proceso de territorialización, la información recolectada fue analizada y procesada a través de un sistema de información geográfica en su modalidad histórica (SIG-H).
La repartición de las mercedes
Para entender cómo se otorgaron las mercedes de tierra a los colonos españoles en Nueva España es necesario remitirse a los derechos que permitieron a la corona española hacerse del dominio sobre ellas. Según Solano,18 el rey adquirió esta soberanía a partir de las bulas pontificias concedidas por el papa Alejandro VI hacia 1493, a raíz de los descubrimientos geográficos que los españoles habían conseguido. Fue así como “el pontífice otorgaba a Castilla el dominio de las tierras descubiertas y por descubrir”.19 Desde luego, los territorios conquistados ultramar fueron considerados como un bien realengo; sin embargo, una excepción a esta regla era cuando se trataba de las tierras “que poseían y trabajaban los indígenas”,20 ya que, en teoría, estas propiedades se les reconocían tanto a la nobleza, como a los pueblos de indios. De esta manera se impuso una nueva configuración territorial desde la visión de la corona, lo cual se puede ver reflejado en la dotación de tierras y en la conformación de pueblos de indios.
Por medio de las mercedes se podían obtener sitios para ganado menor (ovicáprido) o mayor (bovino), potreros, caballerías o labores destinadas a la agricultura, concesiones de agua, pero también sitios para el establecimiento de ventas, ingenios, molinos, o para la explotación de salinas y de minas. La superficie de los terrenos estaba estandarizada en función de su uso. Así, una estancia para ganado mayor medía 5 000 varas por lado, es decir, 1 755 ha; una estancia para ganado menor tenía un tamaño de 333.3 varas por lado, equivalente a 780 ha; y, por último, las caballerías de tierra (de riego y de temporal) contaban con una superficie de 42 hectáreas aproximadamente.21
Cualquier persona podía solicitar una merced, siempre que no perjudicara a los propietarios vecinos, especialmente a los pueblos de indios, cuyas tierras estaban protegidas (en teoría). Las normas limitaron el número de concesiones por persona, de modo que un individuo podía recibir de uno a dos sitios para el ganado (menor o mayor) y de una a cuatro tierras para la agricultura. Pero esta limitación no siempre se respetó, de modo que se permitió la acumulación de tierras por parte de ciertos individuos ricos y poderosos. La merced favoreció principalmente a los españoles, quienes, según Wobeser22 representaban 81% de los beneficiarios, dejando sólo 19% a la población indiana (pueblos y nobles juntos). Lo anterior se puede ver como una materialización de las diferencias de clase de esas épocas, diferencias que jugaron un papel importante en la conformación de los territorios indígenas y españoles.
El caso de la hacienda de San José Puruagua
Para entender el origen de la hacienda de San José Puruagua y los procesos que llevaron a su conformación es necesario remontarse a las mercedes de tierra que se otorgaron en esta área desde la primera mitad del siglo XVI. A través de donaciones, compraventas y herencias, estas propiedades pasaron de mano en mano hasta la formación del gran latifundio en 1643. Se identificaron un total de 14 mercedes reales otorgadas entre 1540 y 1613. Para facilitar la presentación del cambio de dueño y su análisis agruparemos la información de estas mercedes según el propietario final antes de la conformación de la hacienda. De esta forma, se obtuvieron tres grupos. El primero se centra en las tierras adquiridas por Isabel Velásquez y Altamirano; el segundo expone las propiedades que logró concentrar Francisco Villadiego Zendejas; y, finalmente, el tercero corresponde a las tierras obtenidas por Juan Contreras (figura 1).
El primer grupo de mercedes
El primer grupo consta de dos mercedes, la primera con fecha de 154023 y la segunda de 1596. La donación de tierras en 1540 a Hernán Pérez de Bocanegra, segundo encomendero de Acámbaro (a partir de 1538), es emblemática, ya que otorgó la primera tierra de las que se tiene registro en la orilla norte del río Lerma.24 Estas tierras pasaron posteriormente a manos de Cristóbal de León, indio principal de Acámbaro, quien aparece como su dueño en 1590,25 pero no se sabe si las adquirió por intercambio o por compra.26 Esta propiedad pasó luego a manos de Diego Velásquez, quien la “adquirió de Cristóbal de León [por medio de] venta pública [con] escritura [del] 4 de noviembre de 1594”.27 Estas tierras y la mención de su nuevo propietario aparecen también en un documento del AGN fechado en 1596, como punto de referencia para la localización de otras tierras que Velázquez recibió en el área de Puruagua, esta vez a modo de merced. La donación real concedió a Diego Velázquez
... un sitio de estancia para ganado menor y dos ca[b]allerías de tierra en té[rmi]nos del p[uebl]o de Acá[mb]aro... [siendo la estancia de ganado menor] al pie de un cerro que en lengua tarasca llaman Cotziguato el [s]itio linde con la estancia de P[edr]o Márquez y las dos ca[b]allerías de tierra debajo de d[ic]ho [s]itio en tierras que tuvo y compró de don Cristóbal de León principal del d[ic]ho p[uebl]o de [Acámbaro]...28
Estas tierras duraron poco tiempo en manos de Diego Velázquez, puesto que en 1597 fueron vendidas a Hernando Altamirano Saavedra, quien también recibió una “donación de medio sitio de ganado mayor”.29 Posteriormente estas propiedades fueron heredadas a Isabel Velásquez y Altamirano,30 su hija, quien entonces tenía en su poder 1 741.5 ha correspondientes a medio sitio para ganado mayor, un sitio para ganado menor y dos caballerías de tierras.
El segundo grupo de mercedes
En este segundo grupo se encuentra una merced fechada el 12 de mayo de 1595, la cual fue otorgada a “Pedro González por el virrey Luis de Velasco [la cual le otorgaba] dos sitios de ganado mayor [al] margen izquierdo y derecho del río [Lerma]”.31 Esta donación también pudo localizarse en un mandamiento realizado previamente, que data de 1594,32 y en un acto de merced fechado de 1595.33 Una de las estancias fue otorgada en el sector de Puruagua, mientras la otra quedó fuera de las tierras que conformaron la hacienda. Posteriormente estos dos sitios de ganado pasaron a ser propiedad de “Francisco de Villadiego Zendejas [quien los] adquirió por declaración a su favor hecha por Pedro González en 14 de diciembre de 1610”.34 Hasta ese momento, Villadiego35 tenía en su posesión 1 755 ha de lo que posteriormente formaría parte de la hacienda de San José Puruagua.
El tercer grupo de mercedes
Este grupo contiene el mayor número de mercedes, las cuales fueron otorgadas entre 1540 y 1613. Para facilitar la demostración se decidió presentarlas en subgrupos según su sucesiva posesión, hasta que llegaron a manos de Juan Contreras ya entrado el siglo XVII.
El primer subgrupo incluye cuatro mercedes otorgadas entre 1562 y 1592. La primera concesión data de 1562,36 pero el registro no menciona al mercedado ni el tipo de tierras que se concedieron. La segunda merced se hizo a Pedro Valencia en 1590 y corresponde a una estancia de ganado mayor cerca de las tierras de Pedro Márquez y de Luis Cortés, a proximidad de Jerécuaro y de una fuente de agua.37 La tercera merced, fechada de 1591, le otorgó una estancia de ganado menor a Francisco Martín Alcaraz.38 Esta tierra estaba ubicada
… como cuatro leguas del d[ic]ho pueblo, como van de la estancia de Pedro Márquez al pueblo de Purua[gua] pasando un arroyo seco, donde el di[c]ho Pedro Márquez tiene dos caballerías de tierra en un cerrillo pelado que está a mano izquierda pasado el di[c]ho arroyo, donde está una fuentezuela de poco agua…39
Por último, la cuarta merced fue otorgada a Matías Contreras en 1592, dándole un sitio de ganado menor para puercos y dos caballerías de tierra.40 La estancia se encontraba
… como tres cuartos de legua del [pueblo] de Jerécuaro, junto a una fuentecilla de agua y unos cerros donde están unos encinales pequeños y unas quebradas secas que vienen de la estancia de Pedro Márquez, [y] las caballerías de tierra en unas lomas peladas donde está un mesquite copado, enfrente de la casa de la estancia del di[c]ho Pedro Márquez…41
Estas cuatro mercedes fueron adquiridas por Pedro Márquez, quien las tuvo en su posesión hasta el 6 de octubre de 1596,42 cuando “su viuda María Escobar vendió en escritura […] a Gaspar de Villadiego”.43 A principios del siglo XVII las tierras estaban a nombre de Jerónimo Zendejas (su hijo), quien vendió sus propiedades a Domingo de Uría.44 No se menciona la fecha de esta transacción, pero se sabe que Uría “vendió [sus tierras] a Contreras por escritura de 23 de septiembre de 1609”.45
El segundo subgrupo está conformado por cuatro mercedes otorgadas en 1540, 1565, 1609 y 1613. La primera concesión se otorgó al ya referido Hernán Pérez de Bocanegra en 1540 y lo dotó de una estancia para ganado mayor denominada la estancia de Puruagua.46 En 1580 la estancia estaba en posesión de sus hijos Luis Ponce de León, quien poseía un tercio de ésta, y Nuño de Chávez Pacheco de Bocanegra, quien tenía dos tercios de las tierras.47 La segunda, fechada de 1565, corresponde a una merced de un sitio de ganado menor que se otorgó a Francisco Pacheco, también hijo de Bocanegra.48 Por su parte, la tercera fue entregada a Alonso de Valencia en 1609.49 Posteriormente “Antonio Sánchez [las] adquirió de los anteriores y [las] transmitió a sus dos hijos […] Juan Sánchez y Catalina Santillán”.50 No se encontró información referente al modo de adquisición, sólo se sabe que este obtuvo la estancia de Puruagua en dos partes: una de Nuño de Chávez el 2 de agosto de 158951 y la otra de Isabel Luján a nombre de su esposo ya fallecido, Bernardo de Bocanegra, el 6 de noviembre de 1589.52 Una vez las tierras en posesión de Juan Sánchez, éste “vendió a Alonso García el 17 de julio de 1611 su parte como heredero de Antonio Sánchez”,53 mientras que “la hija de éste, Catalina Santillán casó con Alonso García transmitiéndose [todas las propiedades]”.54 Además de estas tierras, en 1613 García obtuvo dos estancias de ganado menor en merced.55 De esta manera este personaje logró acaparar las tierras antes mencionadas para posteriormente venderlas a Juan Contreras. Esta venta ocurrió entre 1613, fecha en la cual Alonso García recibió su merced, y 1615, cuando Contreras ya aparecía como dueño de estas tierras. Por medio de un documento del AGN se pudo corroborar que García vendió a Contreras un sitio de ganado mayor y cinco sitios para ganado menor.56
Finalmente, el último subgrupo corresponde a la concesión de “12 sitios de ganado menor y dos caballerías [de tierra]” otorgada en 1608 a Francisco G. de Negrete,57 y de dos mercedes a favor de F. Contreras para dos estancias de ganado mayor, una en 160958 y la otra en 1613.59 Estas tres mercedes fueron adquiridas por Contreras por medio de una compra de la cual se desconoce la fecha, pero se sabe que las tierras eran de su propiedad en 1618.60
Un recuento de estos tres subgrupos muestra que Contreras llegó a acaparar un total de 20 452 ha, las cuales comprendían cinco estancias de ganado mayor, 20 sitios de ganado menor y cuatro caballerías de tierra, según los documentos revisados.
De esta manera las 14 mercedes originalmente otorgadas a varios personajes más o menos poderosos entre mediados del siglo XVI y principios del XVII terminaron en manos de tres propietarios importantes después de casi un siglo. Durante este periodo las tierras que se repartieron en el área de Puruagua difirieron tanto en el uso que se les daba, como en su cantidad. Se concedieron seis y media estancias de ganado mayor, 20 estancias de ganado menor y seis caballerías de tierra (cuadro 1), además de tierras cuya naturaleza no pudimos identificar. Del total de tierras mencionadas anteriormente, Isabel Velásquez y Altamirano logró acaparar 1 741.5 ha; Francisco Villadiego Zendejas, 1 755 ha; y Juan Contreras, 20 452 ha. Ésta es una estimación de las propiedades que se dotaron entre 1540 y 1613 basada en los documentos del AGN y los del APPEC. No obstante, para algunas mercedes no fue posible encontrar el tipo de uso al que se destinaban, ni tampoco la cantidad de tierras o su ubicación. En otros casos se mencionan tierras, pero se desconoce el origen de la concesión.61
Fecha | Propietario | Tipo de tierra | Referencia |
1540 | Hernán Pérez de Bocanegra | No mencionado | APPEC, 1988, f. 3 |
1540 | Hernán Pérez de Bocanegra | Una estancia de ganado mayor | AGN, Tierras, 1579, v. 183, f. 389 |
1562 | No mencionado | No mencionado | APPEC, 1988, f. 2 |
1565 | Francisco Pacheco | Una estancia de ganado menor | APPEC, 1988, f. 2 |
1590 | Pedro Valencia | Una estancia de ganado mayor | AGN, Mercedes, 1590, v. 16, exp. 316, f. 87 v |
1591 | Francisco Martín Alcaraz | Una estancia de ganado menor | AGN, Mercedes, 1591, v. 18, exp. 97, ff. 32v-33v |
1592 | Matías Contreras | Una estancia de ganado menor y dos caballerías de tierra | AGN, Mercedes, 1592, v. 17, ff. 189v-190 |
1595 | Pedro González | Una estancia de ganado mayor | AGN, Mercedes, 1595, v. 20, ff. 71v-72 |
1596 | Diego Velázquez | Una estancia de ganado menor y dos caballerías de tierra | AGN, Mercedes, 1596, v. 22, ff. 48-50 |
1608 | Francisco G. Negrete | 12 estancias de ganado menor y dos caballerías de tierra | APPEC, 1988, f. 2 |
1609 | F. Contreras | Una estancia de ganado mayor | APPEC, 1988, f. 2 |
1609 | Alonso de Valencia | Se menciona que tiene una estancia al poniente de la de Alonso García. Se infiere que corresponde a una estancia de ganado mayor | AGN, Mercedes, 1613, v. 28, exp. 156, ff. 37v-39 |
1613 | F. Contreras | Una estancia de ganado mayor | APPEC, 1988, f. 2 |
1613 | Alonso García | Dos estancias de ganado menor | AGN, Mercedes, 1613, v. 28, exp. 156, ff. 37v-39 |
FUENTE: elaboración de Erik Núñez Castro a partir de datos del APPEC y de documentos de los ramos Mercedes y Tierras del AGN.
Las composiciones de tierras. Formación de una gran propiedad
Entrado el siglo XVII todas las tierras concedidas en merced entre 1540 y 1613 fueron acaparadas por tres personajes principales (Isabel Velásquez y Altamirano, Juan Contreras y Francisco Zendejas), quienes a su vez vendieron sus propiedades a García del Castillo Villaseñor62 entre 1618 y 1635. Estas numerosas tierras le sirvieron al nuevo dueño para formar el latifundio de la hacienda de San José Puruagua hacia 1643 e incluso para obtener más por medio de las composiciones de tierras.
El primero en vender sus propiedades a García del Castillo fue Juan Contreras, quien estaba en posesión de la mayor parte de las tierras que antecedieron a la hacienda de Puruagua. Contreras “vendió a don García del Castillo Villaseñor por escritura del 17 de julio de 1618”.63 Según el registro la transacción incluía cinco sitios de ganado mayor, 19 sitios de ganado menor y cuatro caballerías de tierra. El segundo en ceder sus propiedades fue Francisco Zendejas, el cual “vendió el 13 de febrero de 1626 a García del Castillo Villaseñor”.64 Estos terrenos correspondían a un sitio de ganado mayor. Por último, las tierras de Isabel Velásquez y Altamirano fueron vendidas “a Castillo Villaseñor por su apoderado M. Manrique por escrituras del 14 de septiembre de 1634 y 25 de febrero de 1635”.65 Estas tierras correspondían a medio sitio de ganado mayor, un sitio de ganado menor y dos caballerías de tierra.
La concentración de propiedades no se detuvo allí, ya que, por medio de una composición de tierras, García del Castillo inició el proceso de formación del gran latifundio de la hacienda de Puruagua. La composición de tierras era una figura jurídica en el derecho castellano destinada a normalizar las ocupaciones territoriales irregulares -acaparamiento indebido de tierras reales o las usurpaciones de las tierras de los pueblos indígenas o de los españoles- a través de un pago a la Real Hacienda.66 Se trataba entonces de un mecanismo de negociación entre el rey y sus súbditos que, en teoría, beneficiaba a ambas partes. Por un lado, “el vasallo corregía su condición irregular y obtenía certeza legal, mientras que la corona se favorecía de la contribución monetaria correspondiente”.67 Así, las composiciones de tierras tenían por objetivo regularizar la posesión de estancias de ganado mayor y menor, caballerías de tierra, pastos, abrevaderos, molinos, minas, jagueyes, ranchos, astilleros, huertas, jacales, solares, ingenios, etcétera.68 Además, permitían la venta de terrenos que aún fueran baldíos.
Esta figura jurídica fue posibilitada por medio de las reales cédulas de 1591 establecidas por Felipe II. Por este medio el rey anunció la creación de la Armada de Barlovento, la cual se encargaría de “proteger los navíos hispanos de los corsarios en su tránsito entre la península y las Indias”.69 De esta manera el cobro de las composiciones debía permitir solventar los gastos generados por la creación de dicha armada. Al poner en marcha el proceso de composición de tierras, el rey mandó “demarcar las tierras de los pueblos [de indios] congregados para poner en subasta pública los baldíos que quedaron desocupados y conminó a los colonos que ocupaban bienes realengos sin títulos a que regularizaran su situación mediante el pago de composiciones”.70 Aunque este procedimiento estuvo presente durante el resto de la época virreinal, fue en el periodo de 1635 a 1643 cuando se ejecutaron las composiciones en la mayoría de las jurisdicciones de la Nueva España.71
La unidad agropecuaria de Puruagua se benefició de distintas composiciones, la primera de ellas se llevó a cabo en 1643 y dio origen a la hacienda. Esta composición fue particular, ya que se realizó de manera colectiva. Dicho proceso fue llevado a cabo por el virrey conde de Salvatierra, quien “impulsó una nueva forma de regularizar las tierras a través de las llamadas composiciones colectivas”.72 Es preciso comentar que “una sola composición colectiva era suficiente para los colonos de toda un área administrativa”.73 Así, en esta composición no sólo entró la hacienda de Puruagua; otras propiedades como la hacienda de La Concepción74 y el puente de las ovejas75 también se conformaron en ese momento, las cuales estaban en la jurisdicción de Celaya.
Para hacer las composiciones, la ley establecía que se debía corroborar que los títulos de las tierras presentadas en composición correspondieran a las posesiones mencionadas; con ese fin se destinaban jueces de comisión para hacer las visitas. En esta composición “los colonos de las provincias de la Nueva España lograron pactar con las autoridades la suspensión de las visitas de los jueces de comisión a cambio de un pago colectivo a las arcas reales”.76 El virrey conde de Salvatierra aceptó las cantidades ofrecidas por los hacendados, a los cuales eximió del protocolo examinador y les entregó sus respectivos despachos de composición. Según Goyas,77 este proceso permitió al Estado obtener ingresos rápidamente, se ahorró los sueldos de funcionarios, jueces y agrimensores, y se evitó incomodar al propietario con revisiones detalladas de sus títulos.
Con respecto al caso particular de la hacienda Puruagua, se sabe que
… García del Castillo Villaseñor presentó a composición [de tierras] el 5 de noviembre de 1643, contiene la real 15 sitios de ganado menor, dos de mayor, que dice compró a Contreras, más cuatro que hubo de Zendejas, todos con caballerías … mediante 429 libras que le correspondió pagar, y [al] haber las diligencias pagado, quedó compuesto por el contenido de la hacienda…78
El registro de la hacienda de Puruagua indica que el proceso “entró en lo general que hizo Celaya, a cuya jurisdicción correspondía Puruagua, por 20 000 pesos”.79 Goyas80 menciona que los vecinos de la villa de Celaya fueron obligados a pagar los 20 000 pesos antes mencionados -entre todos los terratenientes de la jurisdicción- por concepto de estas composiciones colectivas de 1643. Estas últimas, a cargo de los virreyes, se vieron rodeadas de muchas irregularidades, derivadas de los acuerdos entre propietarios y autoridades para no revisar títulos de propiedad, y por lo tanto no satisficieron las perspectivas de la corona. Carrera81 atribuye gran parte de este fallo al desconocimiento que las autoridades novohispanas tenían de las cuestiones agrarias, sobre todo porque las composiciones se hicieron sin corroborar las posesiones ni amojonarlas. Esto condujo a una reforma de la institución a finales del mismo siglo (1692). La cobranza del rubro de composiciones dejó de estar en manos del virrey.82 En esta fecha, se creó la Superintendencia del Beneficio de Composiciones de Tierra, la cual dependía de la Cámara y Junta de Guerra de Indias. De esta manera se ejercía un control más directo desde España, aunque la verificación en las Indias era indispensable. A partir de entonces Bernardino de Valdés y Girón, quien estuvo a su cargo, “tuvo autoridad para nombrar ministros, jueces y subdelegados en cada audiencia en las indias, con el fin de que pudieran vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia agraria, en especial para el cobro de composiciones”.83 En este contexto se observa cómo la política agraria giró en torno a una realidad diferente a la de las primeras composiciones de tierra, ya que éstas fueron más minuciosas en el procedimiento para poder concretarlas. Solano84 menciona que a partir de entonces eran muy importantes el aprovechamiento óptimo del suelo, el reparto de tierras y la venta de baldíos, para lo cual se necesitaba un mayor y preciso conocimiento de la realidad rural y de las fincas. A partir de entonces, en teoría, se tuvo que verificar que las dimensiones de las propiedades correspondieran a los títulos presentados en composición. La administración de la Superintendencia de Beneficio de Composiciones de Tierra fue encomendada a Bernardino de Valdés y Girón hasta agosto de 1707, fecha en la que fue sustituido por el licenciado Luis Francisco Ramírez de Arellano.85 Éste último asignó al oidor Francisco Valenzuela Venegas como juez privativo de terrenos en la Nueva España, el cual “emitió un edicto el 6 de agosto de 1711, mediante el cual designó a jueces de comisión para que efectuaran las diligencias en cada una de las jurisdicciones de la Nueva España”.86 Dichos jueces debían examinar cada hacienda, rancho, bienes de comunidad y propiedades particulares de los indios. Además, debían
… elaborar los autos de las diligencias de forma individual, las solicitudes de los interesados, las declaraciones de los testigos, la vista de ojos, la tasación de los agrimensores, la evaluación de cuánta superficie estaba amparada por mercedes y títulos legítimos y cuánta era ocupada en demasías…87
Finalmente, se menciona que el juzgado privativo de tierras determinaba si se debía pagar composición o si se debía hacer algún donativo gracioso.
En 1715, estando el Juzgado Privativo de Tierras a cargo del oidor Félix Suárez de Figueroa, tuvo lugar la segunda composición de las tierras de la hacienda de Puruagua. No se tiene mucha información acerca de esta composición, por lo cual no se pueden discutir las dimensiones de la hacienda para este momento. Sólo se tiene registro de que
… Juan Bautista Echeverría88 presentó títulos y mercedes al juez de composición, y posteriormente a la revisión de éstos, examen por cédula de 26 de octubre de 1715 del terreno y medición pericial, se declaró el 15 de diciembre de 1716 que ningún exceso tenía y que graciosamente daba y se le admitían 25 pesos…89
A esta segunda composición de tierras le siguió una tercera, en 1754, que también influyó en la conformación de la hacienda de Puruagua. Los límites de la finca en su porción este, al linde con la hacienda de Tespustepec, eran imprecisos a mediados del siglo XVIII. Esto lo demuestra un conflicto territorial que tuvo lugar entre 1747 y 1751 que oponía a Fransisco de Ursúa, dueño de la hacienda de Puruagua, y a Alejo de Balbuena y Figueroa, dueño de la hacienda de Tepustepec.90 En el pleito se hace explícito que ambos propietarios y sus testigos diferían en la ubicación de los lindes de las propiedades, con lo cual intentaban obtener la mayor cantidad de tierras. La incertidumbre sobre los linderos y, por tanto, sobre el tamaño de la hacienda, llevó a la tercera composición de tierras, con la cual se regularizarían los límites disputados.
Ésta se llevó a cabo en la hacienda de Puruagua el 15 de octubre de 1754. Se registró que “Juan José Pérez Cano (entonces dueño de la hacienda de Puruagua) obtuvo igual declaración y de que no eran realengas las tierras que poseía, supuestas las mercedes y anteriores composiciones [y] se le indicó que diera y dio como gracia 25 pesos”.91 De esta manera la hacienda quedó compuesta en sus tierras (mapa 1).
FUENTE: elaboración de Erik Núñez Castro a partir de datos de documentos de los ramos Mercedes y Tierras del AGN. Además de los límites de la hacienda de Puruagua, también se muestran las estancias de ganado mayor y menor que se dotaron entre 1540 y 1613. Por último, en la cartografía también figuran los pueblos de indios que se fundaron en el área donde se estableció la hacienda.
Conflictos, despojo y reubicación. Las dinámicas territoriales entre españoles e indios, 1614-1685
Los procesos de territorialización de la hacienda no pueden disociarse de las relaciones que mantuvieron los colonos europeos con los pueblos de indios vecinos. En las inmediaciones de las estancias y caballerías otorgadas en el área de Puruagua se identificaron tres pueblos de indios nuevos, creados a raíz de la conquista en la antigua tierra de nadie: San Miguel Puruagua, San Pedro Tzangua y Santa Catalina.92 El establecimiento de estos asentamientos participó en la estrategia de conquista y colonización de los territorios septentrionales y estaba asociado a una importante política de reubicación de los grupos humanos ya sometidos y evangelizados. El origen geográfico de las poblaciones asentadas en la orilla norte del río Lerma no es seguro, pero podría ser otomí, lo que explicaría la existencia de micro topónimos otomíes en el sector de Puruagua.
La información sobre estos pueblos de indios es fragmentaria, sobre todo porque dos de ellos -San Miguel Puruagua y Santa Catalina- tuvieron una ocupación muy breve y desaparecieron durante el primer siglo de la colonización. El pueblo de Santa Catalina es mencionado en una merced fechada en 1595, la cual registró la donación de dos estancias de ganado mayor a Pedro González. El documento indica que una de estas tierras se encontraba “cerca del pueblo abandonado de Santa Catalina y de las tierras de Antón Sánchez y de Diego Vázquez”.93 El topónimo del asentamiento también aparece bajo una forma alterada en un plano de la hacienda fechado en 1868 en el que se localiza un potrero denominado Santa Catarina, lo que permitió ubicarlo en proximidad del río Lerma.94 El otro, San Miguel Puruagua, es más difícil de localizar, aunque se sabe que se encontraba a aproximadamente 2.5 km de San Pedro Tzangua.95 Como parte de un pleito que se registró entre 1614 y 1616, que describiremos a continuación, un testigo mencionó que un “pueblecillo de pocos indios llamado Puruagua el cual se acabó hace muchos años [y que] aquel se bajó así mismo a la población de San Pedro Tzangua”.96 El desplazamiento de los habitantes provocó la fusión de los topónimos, y desde entonces San Pedro Tzangua se convirtió en San Pedro Puruagua.97 La desaparición de ambos pueblos -Santa Catalina y San Miguel Puruagua- se debió a una importante caída demográfica, resultante posiblemente de las epidemias, aunque esto no puede confirmarse. El tercer pueblo, San Pedro Tzangua, establecido de manera más permanente, pronto se convirtió en un obstáculo para la conformación de la hacienda.
El pueblo de indios de San Pedro Tzangua contra el estanciero Juan Contreras, 1614-1616
Los conflictos entre los colonos y los pueblos indígenas de la zona comenzaron antes de que se estableciera la hacienda. En la segunda década del siglo XVII ocurrió un conflicto entre el pueblo de indios de San Pedro Tzangua y el dueño de la estancia de Puruagua, Juan Contreras. El 27 de junio de 1614, Diego López de Haro (en nombre de Contreras) mandó que las justicias de la jurisdicción de Acámbaro midieran el sitio de ganado mayor, debido a las inconformidades en cuanto a los límites territoriales con el pueblo de indios.98 Las acusaciones por parte del estanciero no desistieron, pues el 5 de noviembre de 1614 Juan Benítez Camacho, de nuevo a nombre de Contreras, envió una carta dirigida al virrey Diego Fernández de Córdova en la que mencionaba que
… el doctor Juan de Contreras me [h]a [h]echo relación que tiene entre otras estancias una que compró de Alonso García que es de ganado mayor en el valle de Puruagua en términos del pu[ebl]o de Acámbaro en la provincia de Michoacán en cuyas tierras y pertenencias se han entrado algunas personas quitando el pasto de sus ganados con las labores que [v]an fundando y para que no se le [h]aga agravio y cada uno goce de lo que tiene suyo me pidió mandase que la justicia del d[ic]ho pueblo lo mida y amojone…99
Ante estas acusaciones, el pueblo de San Pedro Tzangua tomó cartas en el asunto; el 17 de febrero de 1615 Jerónimo López, alcalde del pueblo, solicitó al teniente Cristóbal de Ribera que resolviera las irregularidades con la estancia de Juan Contreras.100 López mencionó que “Damián González mayordomo del do[c]tor Contreras [h]a comenzado a labrar y [h]acer unas casas dentro del mismo pueblo y tierras pertenencia sin título ni consentimiento nuestro”.101 Tras las denuncias presentadas por ambas partes, entre el 18 y el 27 de abril de 1615 Cristóbal de Ribera, teniente de la villa de Celaya, reunió a los testigos presentados por el pueblo de indios y por el estanciero para proceder al deslinde de las propiedades. Sin embargo, no pudo solventar el litigio, ya que, al realizar la medida de las propiedades, la estancia llegaba “a una esquina de las espaldas de la iglesia del d[ic]ho pu[ebl]o quedando incluidas las casas de los naturales del d[ic]ho pu[ebl]o dentro de la d[ic]ha medida de estancia ...”.102 Esta disputa muestra un vaivén jurídico entre Juan de Contreras y los habitantes del pueblo de San Pedro Tzangua. Ambas partes buscaban delimitar, proteger o ampliar un territorio, ya sea mediante la aplicación de la legislación, en el primer caso, o mediante formas pasivas de resistencia contra el despojo en el segundo. El sector en disputa correspondía a las tierras por razón de pueblo o tierras para vivir y sembrar, también llamado fundo legal a partir de finales del siglo XVIII. Éstas consistían en una extensión de terreno que pertenecía legalmente a un pueblo de indios y era destinada al asentamiento -casas, solares, edificios religiosos y públicos-, así como al cultivo y al pastoreo. En 1567 las ordenanzas del virrey don Gastón Peralta, marqués de Falces, las definen como un espacio de 500 varas a los cuatro vientos, tomadas desde la iglesia.103 A partir de 1550 a estas tierras para vivir y sembrar se añadió una distancia mínima de 1 000 varas entre los asentamientos indígenas y las unidades ganaderas españolas y 500 varas con las caballerías de tierra. Esta área, cuyo usufructo era para el pueblo de indios, correspondía al ejido, pero no se aplicó sistemáticamente.104 En el caso de San Pedro Tzangua, no sólo no se estableció esta área de separación o de protección (ejido), sino que tampoco las tierras por razón del pueblo fueron respetadas.
En consecuencia se envió un cuestionario a los testigos de ambas partes para determinar a favor de quién se resolvería el caso. Los testigos presentados por Contreras y por el pueblo de San Pedro Tzangua difirieron en número, edad, ocupación y conocimiento del litigio. Las variables antes mencionadas influyeron de manera significativa en la conclusión del conflicto; la fiabilidad de los testigos fue un factor determinante en su resolución. Por ejemplo, los siete testigos que presentó el pueblo de San Pedro tenían una edad entre 40 y 80 años,105 mientras que los declarantes de Juan Contreras fueron 10 y eran más jóvenes, entre los 24 y 68 años.106 Otro aspecto importante de los testigos fue el puesto que ocupaban. Entre los testigos del pueblo de indios se encontraron fray Pedro de Jerez y fray Juan de Sierra del convento de Acámbaro,107 además de algunos indios viejos oriundos de pueblos vecinos. Por otro lado, los testigos de Juan Contreras eran en su mayoría dueños de estancias de los alrededores y los trabajadores de éstas. Por último, los testigos del pueblo de indios respondieron a la totalidad las cinco preguntas que se les hicieron, lo que indicó el conocimiento del conflicto y de las partes. En cambio, de los 10 testigos presentados por Juan Contreras, sólo cuatro contestaron todas las preguntas,108 mientras que los seis restantes dejaron inconclusas las respuestas.109
Después de casi dos años de conflicto, el 17 de abril de 1616 se concluyó el litigio a favor de los indios de San Pedro Tzangua. El expediente conservado en el AGN indica que
… se amo[j]one y p[ar]a ello se dé el mandamiento q[ue] convenga, con q[ue] no se haga novedad ni se les quiten sus casas a los indios q[ue] al tiempo de la medida se hallaron poblados en el pueblo de San P[edr]o Tzangua y que la d[ich]a medida se entienda y amo[j]one en lo de más q[ue] fuera de las casas de los d[ich]os indios y de su iglesia quedándose ellos y el doctor Juan de Contreras como de antes estaban…110
Sin embargo, a pesar de la resolución en favor del pueblo de indios de San Pedro Tzangua, en el año de 1658 dicho asentamiento volvió a entrar en conflicto, pero esta vez contra la hacienda de San José Puruagua que se había conformado desde 1643. Esta segunda confrontación opuso a Bernardo de Villaseñor, segundo dueño de la hacienda de Puruagua, contra los naturales del pueblo, entonces llamado San Pedro Puruagua. Estos últimos solicitaron un amparo alegando que
… don Bernardo de Villaseñor dueño de la hacienda de labor y ganado mayor [de Puruagua], a título de decir ser suyas las tierras y aguas que poseen [los indios] se les había entrado en ellas quitándoles el beneficio de ellas [im]pidiéndoles el riego con el agua que tienen cercando el manantial de ella con q[ue] se habían mal molestado y en suma necesidad por no tener tierras en que sembrar y tener frutos para su sustento y pago de tributos por lo cual me pidió y suplicó que se les despachase para que amparase a sus partes en las d[ic]has sus tierras y aguas…111
Aunque no se conoce el desenlace de este conflicto por lo breve del documento, no cabe duda de que las disputas territoriales derivadas del control de recursos fueron constantes en torno a la conformación de la hacienda de Puruagua. A pesar de los intentos de Bernardo de Villaseñor por apropiarse del manantial con el que los indios de San Pedro Puruagua regaban sus tierras, no consiguió despojar al pueblo de sus posesiones, ya que este asentamiento se mantuvo en este lugar durante unas décadas más.
Fue hasta 1685 cuando este conflicto llegó a su fin. En ese año Francisco de Chavarría, dueño de la hacienda de Puruagua desde 1681,112 hizo un intercambio de tierras con los indios de San Pedro Puruagua,113 con el fin de que éstos se asentaran en tierras fuera de la hacienda. Por medio de una petición presentada por los indios de San Pedro Puruagua ante el virrey Tomás Antonio de la Cerda el 14 de octubre de 1685 se solicitó el permiso para intercambiar tierras con Francisco de Chavarría.114 En este documento los indios mencionaron que se encontraban “sumam[en]te oprimidos en d[ic]ho rancho sin tener tierras no sólo para pastar sus ganados y sembrar algunas semillas para su sustento sino también para fabricar sus casillas por el aum[en]to que tienen los naturales”.115 También mencionaron que previamente habían presentado sus razones ante la Real Audiencia, pero que no se les había atendido en su petición de obtener más tierras,116 sino que “por autos de visita y revista en contradictorio juicio se declaró tocarles a los naturales de d[ic]ho rancho cien varas en [c]uadro y no más”.117 Después de mostrar las condiciones de las tierras del pueblo de indios de Puruagua aludieron a la oferta de tierras hecha por Chavarría. Así, el documento indica
… que el cap[itá]n Francisco de Chavarría dueño de la hacienda de ganado m[ayo]r nombrada San José Puruagua les hace de darles tierras suficientísimas y muy poca distancia de d[ic]ho rancho en que podrán dilatar su pueblo por tener de distancia las que les da tres mil varas por largo y por la cantidad de mil trescientas cincuenta por [b]anda en q[ue] podrán sembrar y pastar sus ganados añadiéndoles las vertientes de las aguas de q[ue] se podrán valer para el riego de sus tierras en cambio y permuta de las d[ic]has 100 varas en cuadro que se les estén asignadas…118
Un punto clave para la ubicación de estas tierras es la mención del arroyo del Salitre y del río Grande (Lerma) como linderos correspondientes a la porción ancha de esta propiedad, ya que éstos sirvieron como límite natural para delimitar al pueblo de indios. Por otro lado, la porción larga de estas tierras fue delimitada por un arroyo que bajaba del cerro del Varal y que al conectar con el arroyo del Salitre y el río Lerma en el valle de Puruagua formaban una escuadra. A pesar de que el pueblo se ubicó con bastante precisión, no se pudieron llevar a cabo trabajos de campo en este sector para identificar vestigios arqueológicos del pueblo desplazado, puesto que las tierras se encuentran inundadas por la construcción de la presa Solís desde mediados del siglo XX. Sin embargo, esta zona coincide con la ubicación del pueblo de Puruagüita Viejo, desplazado en 1949 para conformar el asentamiento de Puruagüita Nuevo.
Las fuentes que describen los litigios durante la época virreinal nos permiten conocer cómo se expresaban las tensiones entre diferentes territorialidades, principalmente aquellas que se relacionaban con el establecimiento de linderos y el control de recursos. El desalojo del pueblo de indios de San Pedro Puruagua a finales del siglo XVII es de especial importancia. No se trataba sólo de enriquecer la hacienda con nuevas tierras, como en las etapas anteriores, sino de hacerse con un recurso escaso e imprescindible para sus actividades: la sal. Esta última era de primera importancia durante la época colonial, puesto que no sólo se utilizaba para la conservación de los alimentos, sino que también servía en la mineria de plata, la orfebreria, la curtiduria, la produccion de vidrio, la alfareria, el tinte de los textiles y la ganadería. Se estima que “un becerro consume unos 25 g de sal al día; un caballo, 50 g y una vaca, 90 g”.119 Si aplicamos esta proporción a todas las manadas de la hacienda, se entiende que el largo conflicto giro en torno a la presencia de este valioso recurso.120 Por último, es importante precisar que el pueblo de San Pedro Tzangua -después San Pedro Puruagua- también tenía un interés particular en los ojos de agua caliente, ya que a partir de ellos producían sal que vendían en los alrededores, principalmente al convento de Acámbaro y a los estancieros de las cercanías.121
Conclusión
La confrontación de los datos escritos y cartográficos y de la información recabada en los recorridos de campo, así como su espacialización por medio de un sistema de información geográfico-histórico permitió comprender el proceso de conformación de la hacienda de San José Puruagua. Se identificaron tres etapas en este proceso: primero, la acumulación de tierras por medio de mercedes -siglo XVI-principios del XVII-; segundo, el nacimiento de la hacienda y la consolidación de su territorio mediante las composiciones de tierras; y tercero, la intensificación de los conflictos y el desplazamiento del pueblo de indios de San Pedro.
El origen de la hacienda de Puruagua se inscribe en los procesos de acaparamiento de tierras que ocurrieron en Nueva España de manera general, y en el Bajío de forma particular, durante la segunda mitad del siglo XVI y el siglo XVII. Se identificaron similitudes con el estudio realizado por Hillerkuss122 respecto a las actividades económicas practicadas en el Bajío durante el siglo XVI, el papel de los encomenderos y sus familias en la conformación de estos territorios y los conflictos con los nacientes pueblos de indios.
La hacienda de San José Puruagua tuvo su origen en 14 mercedes reales dotadas entre 1540 y 1613 a 12 individuos diferentes. Entre los primeros propietarios de estas tierras destaca la presencia de algunos personajes poderosos de la época, en particular los conquistadores y sus familiares y los caciques indígenas. En específico el encomendero de Acámbaro, Hernán Pérez de Bocanegra, y sus hijos obtuvieron muchas de estas tierras para ganado y agricultura, las cuales posteriormente conformarían la hacienda de Puruagua durante el siglo XVII. Esto se debe a que dicha familia había diversificado su economía -como muchas otras familias de encomenderos- y ya no sólo vivía del tributo de la encomienda, sino que agregaron el comercio y las actividades agropecuarias a sus actividades económicas.123 De manera general los conquistadores y sus parientes aparecen como una clase especialmente favorecida de terratenientes. Así, la familia Villadiego Zendejas, integrada por Gaspar Villadiego (yerno del conquistador Pedro Moreno) y sus hijos, adquirió numerosas tierras en el área de Puruagua y Tarandacuao. Pero ellos no fueron los únicos que adquirieron estancias ganaderas y caballerías de tierra en la zona de estudio, ya que algunos individuos de clase más baja también recibieron propiedades, pero en menor cantidad.
Las tierras entregadas en merced pasaron por procesos particulares de compraventa y herencia hasta concentrarse en pocas manos. Entre 1618 y 1635 García del Castillo Villaseñor logró acaparar todas las estancias y caballerías que se otorgaron en merced entre 1540 y 1613; por medio de éstas y de las composiciones colectivas llevadas a cabo en 1643 consiguió conformar la hacienda de San José Puruagua. En oposición al patrón general establecido para la región de Acámbaro,124 donde se identificó la sustitución de los conquistadores y encomenderos por una nueva clase ascendente representada por los comerciantes, en el caso de la hacienda de Puruagua se mantuvieron las élites. Un siglo después de la conquista, a pesar de las políticas destinadas a limitar los poderes de los conquistadores y sus descendientes, algunos linajes mantuvieron sus privilegios en la región e incluso ampliaron su ámbito de actuación e influencia.
Durante el proceso de conformación de la hacienda surgieron varios conflictos que opusieron al pueblo de indios de San Pedro (Tzangua/Puruagua) contra estancieros y hacendados. Estas pugnas no sólo se dieron por el control del territorio, sino también por el dominio de recursos estratégicos para ambos grupos de actores. El litigio ocurrido entre 1614 y 1616 entre Juan Contreras y el pueblo de San Pedro Tzangua da cuenta de la tensión generada en torno al dominio de un ojo de agua caliente y del salitre. Sobre este cuerpo de agua giraban distintos intereses: por un lado, para el pueblo de indios significaba la implementación de una actividad económica en torno a la producción de sal y, por otro lado, el estanciero Contreras buscaba controlar el salitre y las aguas termales ricas en sal para el desarrollo de la ganadería. Aunque en este primer conflicto el pueblo de indios ganó el pleito y consiguió quedarse en el lugar que ocupaba en ese momento, las pugnas por el territorio se mantuvieron. En 1658 las presiones por despojar al pueblo de sus aguas seguían vivas, ya que los indios se ampararon ante el hacendado Bernardo de Villaseñor, quien les había cercado el manantial con el que se sustentaban. Esta disputa llegaría a su fin en el año de 1685 debido a un intercambio de tierras entre el dueño de la hacienda de Puruagua, Francisco de Chavarría, y los indios del pueblo de San Pedro Puruagua. De esta manera el asentamiento fue reubicado justo al margen de la hacienda de Puruagua, en su porción oeste, y esta última pudo hacerse de las tierras de los indios, y sobre todo del salitre y del ojo de agua caliente.
Los procesos observados en la conformación de la hacienda de Puruagua parecen representativos de las haciendas del Bajío. Las de Santa Lugarda, San José Uricuao y La Concepción, circunvecinas a la de Puruagua, así como las de San José de Duarte y San José de los Otates, en León, tuvieron un desarrollo similar al caso de Puruagua. Hay semejanza en cuanto a la acumulación de tierras, los procesos de composición125 y los conflictos que resultaron en el desplazamiento de pueblos de indios enteros. Sin embargo, no todas las haciendas alcanzaron el tamaño y la importancia económica de la de Puruagua, la cual se inscribe en un patrón de grandes haciendas del Bajío, junto a la de San Juan de Dios Tepustepec, San Lucas y Casa Blanca.
A lo largo del artículo se han destacado diversas expresiones de territorialización y desterritorialización. Las intervenciones de los diferentes actores, ya fueran terratenientes europeos o pueblos indios, siguieron caminos diferentes: intrusión, procesos legales o resistencia al despojo de sus territorios. En todos los casos, ya fuera en los conflictos entre la hacienda de Puruagua y el pueblo de indios de San Pedro durante el siglo XVII o en la disputa con la hacienda Tepustepec a mediados del siglo XVIII, se buscó delimitar los territorios y marcarlos de manera más precisa mediante el establecimiento de mojoneras. Estas últimas permitieron a los dueños de las tierras en cuestión tener un control más efectivo sobre su territorio. Sin embargo, a la par se observó la desaparición de algunos límites territoriales que se habían creado históricamente. Este fue el caso del pueblo de indios de Puruagua que poco a poco fue perdiendo sus tierras, hasta ser desplazado del sitio donde había estado asentado.