Introducción
En la Ciudad de México, según datos de la Encuesta Intercensal 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 88.1 por ciento de las viviendas entregan su basura a un camión o un carrito recolector, y 10.9 por ciento lo deja en un contenedor o depósito. No obstante, además de un posible sesgo de respuesta, estas cifras no capturan la complejidad y diversidad de las prácticas cotidianas que realiza la población al momento de deshacerse de su basura, ni los contextos en los que éstas se desenvuelven. Prácticas que pueden incluir entregar desechos al camión de la basura en esquinas, llegar a un acuerdo con el personal de la limpieza, o tirar o sacar1 la basura a la calle clandestinamente o a plena luz del día (Boltvinik Riesenfeld, 2018).
Un día, platicando con un colega sobre estas prácticas de desechar basura, éste comentó que en el edificio en el que vive no hay donde colocarla, por lo cual dejaba sus bolsas afuera de su edificio para que éstas fueran recogidas por el personal de limpieza de la ciudad. Él argumentaba que, además de resolver con ello la falta de espacios de acopio y servicio de recolección en su condominio, su basura siempre es eventualmente recogida por el servicio formal de limpieza o por alguno de los carritos de recolección informales que son comunes en la zona centro.2 De manera que, para él, su acción no era necesariamente problemática en sí misma, señalando que incluso es normalizada o tolerada por residentes y autoridades. No obstante, al mismo tiempo, realizaba dicha acción casi siempre por la noche, pues al final, la calle no es socialmente aceptada como el lugar de la basura. Así, en su recuento sobre cómo se deshace de su basura, terminó por expresar que: “ya me destapé como vecino culposo”.
Historias como éstas ejemplifican las prácticas cotidianas de los habitantes de la Ciudad de México al deshacerse de su basura, ante servicios de acopio y recolección que resultan insuficientes e ineficientes para cubrir las necesidades de una ciudad que genera cada día grandes volúmenes de residuos sólidos urbanos. Más aún, donde se ha transferido la responsabilidad del acopio y recolección de residuos a la administración de los condominios, los que representan un significativo porcentaje de la vivienda en la ciudad,3 sin tomar en cuenta si estos espacios tienen la capacidad de asumir dicha responsabilidad. En este escenario, se negocia y (re)significa el imperativo de responsabilizarse de poner la basura en su lugar4 que prescribe la relación contemporánea entre sujeto y basura, por lo que se desarrollan prácticas y representaciones del manejo de residuos particulares al tipo de espacio urbano.
La presente investigación trata esta cuestión desde el marco teórico propuesto por Duhau y Giglia (2008) con el objetivo de analizar el orden socioespacial del espacio condominal vinculado al régimen de propiedad en condominio. Con ello, se indaga cómo influye el espacio condominal y las reglas que caracterizan a dicho espacio en las prácticas de acopio y separación de residuos. El artículo está dividido en tres partes. En la primera, se presenta de forma breve el marco normativo de la Ciudad de México que regula la acción de desechar residuos urbanos generados en el ámbito domiciliario, el cual lleva a repensar el problema de la basura. Esta contextualización se considera fundamental, dado que estas regulaciones pueden influir en las prácticas y representaciones asociadas a la basura, pese a ello, éstas no son determinantes. Asimismo, se argumenta que el manejo de residuos de la ciudad ha recaído en la gestión vecinal de los condominios.
En segundo lugar, se describe a los condominios desde la perspectiva teórica de Duhau y Giglia (2008) como espacios donde coexisten la propiedad privada y la propiedad común, y que se distinguen por tensiones sociales subyacentes como consecuencia del uso de espacios y servicios comunes. En esta línea, se sustenta que la basura es un objeto de propiedad común y, como tal, sujeto a estas tensiones, por lo que se establecen reglas respecto a su acopio, las cuales en esencia aluden a separar y depositar la basura en su lugar.
En el tercer apartado se presenta de modo sucinto la aproximación metodológica de esta investigación y se exponen los resultados del análisis del condominio estudiado en cuanto al acopio de residuos en él. Aunque nuestro caso de estudio no enfrenta el problema de basura referido por lo general a la presencia de basura en áreas comunes o falta de contenedores, se describe la disrupción en la vida condominal que conlleva pensar en términos de separación de residuos.
La condominización del manejo de residuos en la Ciudad de México
De acuerdo con cifras del Inventario de Residuos Sólidos de 2019,5 en la Ciudad de México se generan cada día más de 13 000 toneladas de residuos sólidos. Siendo la domiciliaria la principal fuente generadora, al representar aproximadamente 48 por ciento del total de residuos de dicho año. En este escenario, las estrategias de la política de residuos de la ciudad se han enfocado en promover prácticas responsables en el ámbito domiciliario, en especial con la separación de residuos. Esto mediante el establecimiento de normas relacionadas con la implementación de sistemas de recolección diferenciada y selectiva de residuos.
En concreto, la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (LRSDF)6 dispone que todo generador de residuos sólidos debe separarlos, dentro de su domicilio, de manera diferenciada y selectiva, de acuerdo con la subclasificación de residuos que establece el reglamento (art. 33). Además, se especifica que los residuos deben depositarse en contenedores separados para su recolección por el servicio público de limpia, o bien, llevar aquellos residuos sólidos valorizables directamente a los establecimientos de reutilización y reciclaje. Esta separación era, en un inicio, primaria, es decir en orgánicos e inorgánicos, pero la Norma Ambiental NADF-024-AMBT7 -que entró en vigor en 2017- estableció una separación secundaria, otorgándole un carácter de obligatoriedad. No obstante, lo cierto es que persisten desafíos en la implementación efectiva de estas normas y la adopción generalizada de prácticas de separación de residuos en el ámbito domiciliario.
A pesar de sus limitaciones, estas disposiciones reflejan cambios significativos en la comprensión de la basura como problema público, al pasar de un enfoque inicial en la higiene y la salud pública hacia una perspectiva más amplia que considera los costos ambientales, la sostenibilidad y la responsabilidad compartida. Por ello, en palabras de Oldenziel y Weber, “si anteriormente se había discutido sobre los residuos en términos de litter y desafíos de higiene urbana, ahora se estaba replanteando en términos de su amenaza para el medio ambiente” (2013: 350). Estos cambios plantearon una distinción entre el concepto de basura y residuos, como lenguaje que contribuye a una nueva problematización.
Por un lado, el concepto de basura implica un desapego material al considerar que los desechos son algo inservible, sin utilidad y que debe ser eliminado (Bernache Pérez, 2006). Es decir, todo aquello que ha perdido su valor económico, simbólico o utilitario (Boltvinik Riesenfeld, 2018). Por otro lado, el concepto de residuos conlleva comprender que los artículos “pueden separarse, clasificarse y almacenarse de manera ordenada por tipos de material, para después reaprovecharlos e integrarlos de nuevo a los ciclos productivos de la misma sociedad” (Bernache Pérez, 2006: 24).
Por otra parte, aunque la atención del problema de basura requiere la colaboración y participación de múltiples actores, lo cierto es que el problema se ha enfocado en acciones individuales, al atribuirle la res ponsabilidad a las personas de dar un manejo adecuado al residuo. Esto se ha configurado desde una noción de ciudadanía, en particular, de una ciudadanía “verde” responsable, impulsada en la década de los setenta del siglo XX (Oldenziel y Weber, 2013).8 Bajo esta narrativa, el problema de la basura en la Ciudad de México se ha centrado en atender su acopio9 y almacenamiento adecuado, antes que concebirse como un problema causado por la generación excesiva de desechos que además ingresa a sistemas de recolección, tratamiento y disposición final deficientes o saturados.
Ahora, esta narrativa que responsabiliza al individuo ha llevado a replantear el problema de la basura como uno de escala local y localizado territorialmente (Provencio, 2019). Con dicha perspectiva, esta investigación argumenta que el gobierno de la Ciudad de México ha transferido a los condominios gran parte de la carga del manejo de residuos. Lo cual se ve reflejado en las disposiciones legales que atribuyen a la administración condominal la responsabilidad de gestionar el manejo de residuos del inmueble. Este tipo de transferencia se enmarca aquí como parte de un proceso de “condominización” (Coulomb, 1993: 15), entendido por Giglia (1996) como una forma de redefinir la relación de la ciudadanía y el gobierno local, a través de la transferencia a los condominios de las cargas de gestión y prestación de servicios, donde las administraciones deben resolver los problemas de manera autónoma.
Efectivamente, la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF) vigente10 señala que la Asamblea General del condominio tiene la función de “fomentar que exista el número suficiente de contenedores al interior del Condominio, procurando en la medida de lo posible la separación en rubros adicionales a orgánicos e inorgánicos” (LPCIDF, art. 82). Con ello, la administración de los condominios debe procurar, más no está obligada a, contar con contenedores suficientes, ubicados dentro del inmueble e idealmente señalizados para la separación de residuos. Asimismo, la ley condominal establece que la Procuraduría Social coadyuvará, con el administrador, en la creación de comités con el objeto de complementar las actividades de la administración en los espacios comunes. Entre ellos, un Comité de Medio Ambiente que debe encargarse de promover el reciclaje de los residuos sólidos.
No obstante, los alcances de la gestión condominal han sido más bien limitados en garantizar condiciones básicas para el acopio de la basura, como lo es contar con contenedores, pero en especial en promover la separación de residuos. En este sentido, en 2012, el entonces diputado local Carlos Morales mencionaba que “el problema fundamental para los condominios no es la basura que se genera, sino que no hay espacio dónde colocarla” (ALDF, 2012). Mientras que, en 2017, el diputado Víctor Romo denunció la inadecuada separación de los residuos en las unidades habitacionales de la ciudad.
En las comunicaciones de ambos diputados se observan cuestionamientos dirigidos a las características propias del condominio y de la vida condominal, que determinan los alcances de estos espacios en el manejo de residuos. En concreto se menciona que dejar la basura fuera del condominio es una manifestación de que los condóminos no se hacen responsables de su basura como un problema propio, o bien que lo dejan a la administración del condominio (ALDF, 2012). Y que la falta de participación y preocupación de los condóminos por el mantenimiento general de sus espacios comunes, no sólo lleva al deterioro y abandono general de los condominios, sino que ha impedido un adecuado manejo de residuos (ALDF, 2017).
En consecuencia, debe reconocerse que la vida en condominio implica ciertas condicionantes para la acción vecinal y ciudadana que deben ser aclaradas para distinguir las limitaciones y potencialidades que tie ne dicho espacio (Lindón, 2000), en este caso, para el manejo adecuado de los residuos sólidos urbanos. Por tanto, habría que partir por definir qué son los condominios, para así analizar el orden socioespacial de este espacio específico, y cómo éste condiciona las prácticas y representaciones asociadas al acopio de basura.
De los condominios y la basura como propiedad común
La figura de condominio establecida en la LPCIDF sentó las bases jurídicas de la noción del apartamento moderno (Pérez-Duarte, 2005). De acuerdo con las tipologías dispuestas en dicha ley, los condominios pueden ser verticales u horizontales; habitacionales, comerciales o de servicios, industriales o mixtos; condominios o conjunto condominal. De manera tal que pueden tomar diversas formas y modalidades. No obstante, en línea con la propuesta teórica de Du hau y Giglia (2008) que se retoma en la presente investigación, la principal característica de un espacio condominal es la coexistencia de dos tipos de propiedad: la propiedad privada y los derechos a una propiedad común.11
En efecto, la LPCIDF establece que el régimen de propiedad en condominio se basa en: 1) la propiedad individual con unidades de propiedad privativa como “el departamento, vivienda, local, áreas, naves y elementos anexos […] que no sean áreas y bienes de uso común sobre el cual el condominio tiene derecho de propiedad y de uso exclusivo, siempre que esté así es tablecido en la Escritura Constitutiva e Individual” (art. 2); y 2) en el derecho de copropiedad para el goce de áreas y bienes de uso común, como “aquellos que pertenecen en forma proindiviso a los condóminos y su uso estará regulado por esta Ley, su Reglamento, la Escritura Constitutiva y el Reglamento Interno” (art. 2).
Entonces, además de que cada propietario tiene derechos exclusivos sobre su unidad privada, los condóminos comparten la propiedad y responsabilidad de áreas, bienes y servicios comunes. Por consiguiente, es necesario establecer normas y acuerdos para su uso y gestión en beneficio de todos los copropietarios, que en lo formal se ven reflejados en el Reglamento Interno. Este último definido en la ley condominal como “instrumento que regula el uso de las áreas comunes y establece las bases de sana convivencia al interior del condominio” (art. 2).
Asimismo, los espacios y bienes de uso común son administrados mediante mecanismos de organización vecinal que se encargan de tomar decisiones sobre su gestión y mantenimiento. En esta línea, la LPCIDF establece la creación de una Asamblea General del condominio como órgano que constituye la máxima instancia en la toma de decisiones en asuntos de interés propio y común. No obstante, Duhau y Giglia (2008) señalan que la gestión vecinal del espacio condominal se torna difícil al no existir estructuras administra tivas claras, o por una gestión confusa ante una mezcla de diversos dispositivos. Por lo que los condóminos se ven “atrapados” en formas de autoadministración, comúnmente basadas en una administración no profesional y en un contexto de falta de claridad de su papel como autoridad administrativa (Duhau, Mogrovejo y Salazar, 1998).
De fondo, si bien los espacios comunes son de dominio colectivo, éstos poseen carácter privado, siendo copropiedad de los residentes del conjunto o edificio (Duhau, Mogrovejo y Salazar, 1998). En este contexto, hay una ambigüedad en la interpretación del estado jurídico de los espacios comunes, la cual conlleva tensiones sociales que pueden derivar en conflictos. Así, por ejemplo, Duhau y Giglia describen una lógica u orden predatorio privatizador en los espacios comunes donde se manifiesta “la apropiación de lo que a uno le toca del bien común” (2008: 325), en particular desde un derecho de precedencia de quien se adue ña primero. Este tipo de ambigüedad se da, además, en el marco de una ambivalencia de las relaciones vecinales. Duhau y Giglia describen esta situación del siguiente modo:
en este contexto de cohabitación forzosa y de uso compartido de servicios y espacios colectivos, las relaciones entre vecinos no pueden ser sino intrínsecamente ambivalentes: de familiaridad y ayuda mutua por un lado, pero por el otro fácilmente propensas a tornarse en conflictivas por diversas razones, en las que se mezclan los incidentes propios de la vida cotidiana con las dificultades específi cas de la autogestión de bienes y servicios cuyo estatuto es el de ser de uso común, no ser privados pero tampoco públicos [2008: 322].
En suma, el espacio condominal se distingue por tensiones subyacentes ante una percibida sociabilidad obligada, donde la copropiedad tiende a convertirse en objeto de disputas endémicas (Duhau y Giglia, 2008). En esta línea, habría que enfatizar que el uso, goce y disfrute de propiedad común no sólo comprende a los espacios físicos, sino que se refiere también a bienes y servicios. De esta manera, la ley condominal, en su capítulo de áreas y bienes de uso común, dispone que el acopio de la basura es objeto de propiedad común, es decir, un objeto que involucra la gestión vecinal.
Por otra parte, las tensiones de la gestión de lo común comprenden también lo relativo a la gestión de las expectativas de la vida condominal. Por ejemplo, el ruido en los condominios puede ser una fuente de conflicto entre los residentes (Domínguez Ruiz, 2019), sin que éste sea un espacio o servicio tangible. Esto en virtud de que la comodidad es un factor ponderado en la ley condominal como fundamental de la vida condominal, al establecer la prohibición a los habitantes de realizar acto alguno que afecte la tranquilidad de los demás. Una cuestión que puede vincularse a lo planteado por Domínguez Ruiz (2019) de una falsa idea de civilidad donde el buen vecino es aquel que no molesta.
Según Arredondo Galván (2002), la sana convivencia marca el estado esencial de esta modalidad de la propiedad condominal, la cual tiene por objeto lograr una convivencia ciudadana que permita el desarrollo integral de la persona. Sin embargo, en la Ciudad de México se reconocen las tensiones latentes dentro de la sociabilidad condominal, por lo que se ha buscado impulsar una cultura condominal para la promoción de una sana convivencia. En concreto, la LPCIDF define a la cultura condominal como:
todo aquello que contribuya a generar las acciones y actitudes que permitan, en sana convivencia, el cumplimiento del objetivo del régimen de propiedad en condominio. Entendiéndose como elementos necesarios: el respeto y la tolerancia; la responsabilidad y cumplimiento; la corresponsabilidad y participación; la solidaridad y la aceptación mutua [art. 79, reformado el 13 de enero de 2015].12
Esta definición de cultura condominal reduce la complejidad de los sistemas de creencias, valores, normas, símbolos, lenguajes asociados a la noción de cultura. Por tanto, aquí se argumenta que más que hablar de una cultura condominal tendría que hablarse de reglas del espacio condominal. Según Azuela (2009), las “reglas” de determinado espacio urbano no son en el sentido formal, sino en la utilización de conocimientos prácticos y reconocimiento de ciertas normas que indican cuáles son los comportamientos que en determinado contexto se esperan de nosotros, y que nosotros esperamos de los demás, en términos prácticos, morales o de estatus social.
La Procuraduría Social (Prosoc) de la Ciudad de México, instancia gubernamental conciliadora para la resolución de conflictos condominales y encargada de fomentar esta cultura condominal, promueve una campaña titulada 10 acciones para una sana convivencia,13 las cuales reflejan los puntos de tensión o conflicto en la cotidianidad de la vida condominal, y pueden entenderse como reglas que marcan las pautas de conducta socialmente aceptables del condómino en las dinámicas de socialización en el espacio condominal. Una de estas acciones -y que compete a la presente investigación- es la de separar y depositar los desechos en el lugar indicado, que permite ubicar al tema del manejo de la basura como parte de la sana convivencia.
Por ende, las normas sociales, como este conjunto de reglas y expectativas compartidas, promueven comportamientos tendientes a la separación de residuos debido a la presión o la aprobación sociales, ya que subconscientemente a los individuos les hará sentir que quienes los rodean esperan que reciclen (Clayton, 2018). Lo que podría relacionarse también con el rol de duty orientation de individuos que prefieren mantener una imagen de sí mismos como socialmente responsables (Czajkowski, Hanley y Nyborg, 2017).
No obstante, hay posturas como la de Viscusi, Huber y Bell (2011) que consideran que las normas sociales no tienen influencia en los comportamientos de reciclaje, al argumentar que un individuo puede reconocer el hecho de que no reciclar molesta a sus vecinos y aun así decide no hacerlo. Una decisión que el autor juzga particularmente razonable si es poco probable que se observe la transgresión de no separar residuos, lo cual lleva a reconocer que las normas son establecidas y transmitidas a través de la interacción, pero éstas se refuerzan mediante mecanismos de recompensa para quienes las siguen y consecuencias sociales negativas para quienes que no.
Ahora, si bien las acciones para una sana convivencia se presentan como reglas generales para la vida condominal, cada condominio tiene sus propias reglas formales (reflejadas en sus reglamentos internos), y reglas informales de convivencia que dan sentido a la vida comunitaria, además de tener sus propios mecanismos de gestión vecinal. De esta forma, las interacciones y relaciones vecinales en el condominio siguen una dimensión socioespacial específica y contextual de la vida comunitaria.
El Condominio Centro: resistencias a la separación de residuos en el espacio condominal
Al comentar la investigación de Duhau y Giglia, Azuela (2009) señala que los espacios urbanos son un universo complejo de prácticas y de representaciones que sólo puede hacerse visible con una aproximación socioantropológica como la que ofrecen los autores. La presente investigación se enmarca en un diseño cualitativo que sigue una aproximación metodológica similar, esto con el objetivo de comprender las prácticas y representaciones asociadas al manejo de residuos en el espacio condominal. Con ello, se retoman las palabras de Patrick O’Hare que dice: “Lejos de ser un montón de basura, la antropología de los desechos también trae perspectivas culturales a la conversación con cuestiones de poder, clase, religión, materialidad y economía que están en el corazón de la sociedad contemporánea” (2019: 2).
En particular, la metodología etnográfica resulta pertinente porque da elementos para discernir entre lo que la gente dice y lo que la gente hace (Harrison, 2020). Esto en un escenario donde las personas pueden tener un sesgo de respuesta, dar una respuesta condescendiente o socialmente deseable, en la medida en que el reciclaje se concibe como una norma social (Hergatt Huffman et al., 2014). Es decir, hay normas y roles en el manejo adecuado de residuos que llevan a las personas a expresar actitudes a favor de prácticas socialmente aceptadas -separar y poner la basura en su lugar-, aunque no por fuerza corresponda a sus comportamientos.
En este apartado se presenta información obtenida mediante técnicas de observación participante y entrevistas semiestructuradas -al identificar dos actores clave-. Esta investigación se realizó durante un periodo de cuatro meses en 2021, en un condominio habitacional ubicado en la zona centro de la Ciudad de México. A éste se le referirá como Condominio Centro, con mayúscula, para distinguirlo de la figura de condominio. Asimismo, se prefirió mantener el término condominio en el nombre por ser la forma en que sus propios habitantes personifican este espacio como una comunidad imaginada y no sólo como un inmueble.
El Condominio Centro tiene más de cincuenta departamentos distribuidos en un inmueble de cinco pisos. El edificio, por sus dimensiones, no tiene, en estricto sentido, espacios comunes más que un único pasillo interior o pasaje, aunque éste no ofrece objetos materiales para la sociabilidad, que otorguen al espacio un carácter más permanente al de ser sólo un lugar de tránsito. A la entrada del edificio, en el pizarrón de anuncios, sólo aparece una regla, el horario para realizar reparaciones, ya que las reglas de convivencia en este espacio condominal se hacen más bien presentes en su transgresión. Es decir, el incumplimiento de las reglas se da a conocer propiamente mediante las quejas de otros vecinos que indican al guardia que ha llegado el momento de anunciar las reglas del condominio. Por consiguiente, más allá de que el condominio tenga reglas formales, éstas siguen dependiendo de una administración que las promueva y vigile su cumplimiento.
El Condominio Centro tiene un estacionamiento subterráneo de dos niveles. En el primer nivel se encuentra el área designada para la basura. Esta área está indicada con claridad, pero no delimitada físicamente, por un letrero pintado de fondo amarillo y letras negras donde se lee, en mayúsculas, BASURA. Esta zona está relativamente limpia y no emana de ella un mal olor particular, ni se desbordan los desechos de seis tambos que logran contener la basura generada por los condóminos, en lo fundamental porque el servicio de recolección pasa todos los días.
En efecto, la administración paga 800 pesos mensuales al servicio de recolección para que éste recoja la basura de manera diaria. En su investigación, Boltvinik Riesenfeld (2018) retoma cómo este tipo de pago no es obligatorio ni es un pago oficial, por lo que sus entrevistados mostraron incomodidad con la pregunta sobre cuánto pagan por el servicio y prefirieron no contestar. Sin embargo, en el caso de nuestra investigación, la administradora María no titubeó en comentar esta información. Para ella, mencionarlo es parte de un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas en la gestión del Condominio, sobre todo en el tema de finanzas. Esto en un contexto en el que, como mencionó un residente respecto de administraciones previas, se les ha acusado siempre de robar dinero del fondo común.
María decidió ser administradora al valorar como “caos” la gestión del Condominio. Una cuestión que puede enmarcarse en lo señalado por Duhau y Giglia (2008) de que hay dos formas opuestas de evaluar una situación de tensiones en el condominio. Por un lado, de participar e involucrarse en la gestión colectiva; y, por otro, de retraerse al ámbito doméstico, es decir, a la vivienda. No obstante, ante un “ambiente de intrigas”, María dijo -entre risas- que ya se está arrepintiendo. Y así fue, pues dos meses después renunció como administradora, mencionando que “No aprecian mi trabajo. Entonces, no sé, ahí que se hagan bolas. Nomás les gusta hacer mitotes”.
Ahora bien, según el recuento de uno de los residentes del Condominio, el arreglo de la administración con el servicio de recolección evita el problema de basura en la vía pública que afecta a gran parte de la colonia donde se ubica el inmueble. Por tanto, una valoración compartida por algunos residentes es que el Condominio Centro no enfrenta un “problema de basura”. Aunque esto se refiere a un problema formulado en términos de que no existen contenedores suficientes dentro del inmueble o que la basura se encuentra es parcida en los espacios comunes. Empero, esta caracterización no necesariamente lograría aprehender la complejidad de la problemática. Una de las personas entrevistadas lo planteó en estas palabras:
Afortunadamente aquí en el edificio somos muy limpios, sí tenemos un servicio de limpieza todos los días, también se le paga a una persona para que haga limpieza en las áreas comunes de todo el edificio. Ponen la basura en su lugar. Pero sí tenemos un problema de basura por la falta de reciclaje, por la falta de separación.
De esta forma se reconoce un problema en términos de separación de residuos para facilitar procesos de revalorización de los materiales. Esto lo evidencia el concepto de residuos utilizado por la persona entrevistada, quien además subrayó que “los conceptos están muy mal manejados, todo es residuo. Y el residuo se recicla”. Lo cual haría eco a lo expresado por otro de los residentes cuando señalaba que: “No se ve que tiren basuras en las áreas comunes, pero, tenemos que hacer más. Yo espero de mi vecino que separe, que ponga el papel donde va el papel”. Esto sugiere que el buen vecino en un condominio es aquella persona que separa y deposita la basura en el lugar indicado.
No cabe duda de que, si bien el número de contenedores en el Condominio Centro es considerado suficiente para la cantidad de basura que se genera, los contenedores no presentan un color especial ni leyenda asociada a la separación. Ante esta situación, la entonces administradora propuso poner botes diferenciados por tipo de material. Aunque esta propuesta serviría para cumplir las disposiciones legales de separación de residuos, ésta se concebía ante todo como una forma de obtener ingresos adicionales por la venta de los residuos, y así contribuir al fondo común del mantenimiento del condominio. Esta gestión de compraventa era algo que la administradora estaba dispuesta hacer personalmente, en parte porque ya está familiarizada con este tipo de transacción, dado que separa sus residuos en su propia vivienda para después llevarlos a centros de acopio.
Esta propuesta de venta de los residuos recolectados para beneficio del fondo común del condominio puede entenderse desde dos perspectivas. Por un lado, como un incentivo económico a favor de comportamientos asociados al reciclaje, los cuales han mostrado efectos positivos para motivar a los individuos (Viscusi, Huber y Bell, 2011), aunque también tienen sus críticas.14 Por otro lado, como una propuesta similar a los sistemas de gestión de residuos que han mostrado ser benéficos para generar ingresos en las comunidades de bajos ingresos (UN-Habitat, 1989).
En línea con esto último, la propuesta podría contribuir a reducir las tensiones en torno a las finanzas del condominio. Los residentes del condominio se quejan del constante aumento de las cuotas de mantenimiento, y de la gestión del fondo común. Mientras que la lista de deudores y sus montos, colocada en la entrada a la vista de todos, sigue aumentando, lo que indica que no todos los condóminos dan su aportación. En consecuencia, los “cumplidores” deben contribuir más al fondo para compensar esta pérdida de ingresos, lo que lleva a lo que Duhau y Giglia (2008: 324) describen como una “sensación de una repartición no equitativa de las cargas que implica el compartir los mismos espacios y servicios comunes”.
La administradora presentó su propuesta al Comité de Vigilancia, órgano de vigilancia del desempeño del administrador y la ejecución de los acuerdos tomados por la Asamblea en torno a los asuntos comunes del condominio. Este órgano rechazó la propuesta de colocar contenedores para la separación de residuos, sin que se pueda constatar en documentos oficiales que dicha propuesta haya sido discutida en alguna reunión vecinal a fin de someterla a opinión de la comunidad general. En consecuencia, dijo la administradora, “La propuesta quedó como una bonita idea”.
Cabe señalar que la administradora no consideró impulsar su propuesta mediante la creación de un Comité de Medio Ambiente. Al preguntarle la razón de no explorar esa opción se mostró desconcertada, quizá por desconocer dicha posibilidad. En cualquier caso, señaló que un Comité de este tipo, hasta donde ella sabe, jamás ha existido en el Condominio. Agregando, entre risas y en un tono de resignación, que “aquí no hacen nada. Desafortunadamente no hay mucha voluntad. Y yo por eso ya me salgo de la administración, ahí que se hagan bolas ellos”.
Asimismo, el hecho de que no se haya retomado la propuesta en las reuniones vecinales limitó la posibilidad de la administradora de contar con “vecinos aliados” que compartieran su interés por incluir la separación en el acopio de la basura. Aunque la realidad es que estas reuniones suelen tener una asistencia más bien escasa, por lo que habría que cuestionar los alcances de esta búsqueda de alianzas. Sin embargo, sí se observaron en el Condominio algunos indicios que mostraban comportamientos individuales a favor de la separación. Por ejemplo, uno de los residentes estaba suscrito al servicio de recolección de residuos orgánicos “Hagamos Composta”, pues se observó cómo esperaba en la entrada del edificio al camión que recogería la característica cubeta del proyecto. Entonces, la falta de contenedores para la separación de residuos en el condominio implica esfuerzos adicionales para este tipo de residentes.
Las razones comunicadas de manera informal por parte del Comité de Vigilancia para rechazar la propuesta de contenedores se centran en que éstos complicarían el acopio de la basura, ya que podrían generar confusión entre los vecinos. Además, se argumentaba que los contenedores no necesariamente promoverían la separación de los residuos,15 y que de cualquier modo la separación no serviría si todo termina mezclado en los camiones del servicio de recolección de basura.16 No obstante que dieron estas razones para justificar el rechazo de la propuesta, tanto los residentes como algunos miembros del Comité de Vigilancia, comenzaron sus comunicaciones reconociendo la importancia de separar y reciclar, pero siempre sostenían que “el otro” no permite concretar su implementación.
De fondo, este tipo de razonamientos externados por el Comité de Vigilancia deben entenderse desde las tensiones subyacentes del espacio condominal, donde el acopio de la basura es un asunto que compete a la colectividad. En este marco, la “confusión” que refieren no iría en línea con que no exista el conocimiento sobre cómo separar, pues los contenedores diferenciados ofrecen de antemano un significado socialmente reconocible, que puede ser reforzado mediante señalizaciones, sino de un escenario en el que se pregunta qué sucede si unos cuantos residentes siguen las reglas de separación de residuos, mientras otros no. Es decir, la incorporación de contenedores para la separación puede ser un elemento disruptivo en la convivencia vecinal y una confrontación de actitudes ambientales individuales sobre cómo tirar la basura. De modo que, como señala Boltvinik Riesenfeld (2018), la presencia de los botes de basura es compleja y paradójica, ya que éstos pueden ser amados u odiados.
Aunque, en este escenario, María distingue entre las personas residentes que son dueñas y las que rentan. Según ella, los primeros “tienen esa actitud de ‘No me compliques’, ‘Yo no me meto en broncas’ y ‘Haz lo que tengas que hacer’, ‘A mí no me molestes’”. Mientras que la mayoría de las personas que rentan, dice, “están dispuestos a hacer cosas diferentes”. No obstante, habría que preguntarse si, más que hacer cosas diferentes, las personas que rentan buscan ubicarse en su espacio condominal, es decir, hacen un esfuerzo por identificar las reglas del espacio, sea para seguirlas o para negociarlas. Por ello, incluso aunque no fuera una regla explícita la separación de residuos, la presencia de unos contenedores de basura diferenciados por colores indicaría al habitante que en el condominio se debe separar.
La propuesta de botes de basura para la separación de residuos conlleva una materialidad que demanda prácticas sociales particulares que pueden comprometer el frágil equilibrio de la convivencia vecinal en el manejo de la basura. En especial si, como se mencionó, los residentes del Condominio Centro no necesariamente perciben una problemática en términos del acopio de basura, ya que la práctica de desechar para ellos se reduce a dejar su basura en los botes del edificio. En este sentido, la introducción de contenedores diferentes y las reglas de separación que ello supone puede significar la pérdida de la comodidad al tirar la basura en el condominio.
Sin duda, habría que dar cuenta de que la acción de sacar la basura es una acción que sigue sólo la regla de poner la basura en su lugar, a saber, en los contenedores. En esta acción, el residente no por fuerza tiene interacción directa con otras personas, ni con el servicio de recolección. Sin embargo, el aparente anonimato en esta acción de desechar la basura no es del todo cierto, ya que una de las cámaras de seguridad, monitoreada por el vigilante, apunta a la zona de acopio del primer nivel. Además, en el área hay un letrero señalando que se castigará a los residentes que desechen “objetos pesados” en los botes sin dejar una “propina” para el servicio de recolección, ya que sin esta propina el servicio no recibirá el objeto. Esto indica que se vigila este espacio respecto a algunas de las prácticas de desechar la basura.
No obstante, sería más difícil, más no imposible, garantizar que los condóminos cumplan con la separación de residuos sólo a partir de este sistema de vigilancia. La acción de desechar objetos “pesados” se puede reconocer muy fácil por sus dimensiones; aunque por lo general la basura cotidiana se coloca en bolsas que ocultan su contenido, y por ello resulta complicado controlar una correcta separación de residuos. En consecuencia, sin establecer estrategias de vigilancia, además de recompensas y castigos en relación con la separación de residuos, la implementación de contenedores diferenciados no se ve como una posibilidad en el Condominio Centro.
Reflexiones finales
El espacio condominal se caracteriza por tensiones subyacentes que se dan como consecuencia de las ne gociaciones cotidianas en el uso de espacios y bienes comunes, dentro de una percibida sociabilidad obligada. En este contexto, hay reglas formales e informales, así como mecanismos de gestión y administración, que dan orden a la vida comunitaria al establecer las expectativas de comportamiento de las personas que habitan en este espacio condominal. Como parte de la vida condominal, el acopio y separación de basura no puede escapar de ser un objeto de disputa en este sentido, y no sólo por la confrontación de actitudes individuales relacionadas con la separación, sino porque la vida condominal pondera “la comodidad” y el no importunar como eje de sus interacciones sociales.
Como se vio, la materialidad de los contenedores de basura bajo la norma de separación de residuos determina expectativas de comportamiento en los condominios. Por tal razón, en el caso del Condominio Centro, esta acción de separación de residuos se considera potencialmente disruptiva para la convivencia vecinal, en la medida en que representa una carga adicional para algunos residentes ante un “otro” que no sigue dicha norma social. Esto plantea un escenario de distribución inequitativa de las responsabilidades individuales en torno al acopio de basura, en cuanto objeto de propiedad común. Además, la separación se percibe como una inconveniencia adicional en un espacio donde la basura, aunque no se separa, sí se deposita “en su lugar”. Mientras que los residentes que separan sus residuos tienen que desarrollar estrategias adicionales al servicio de recolección condominal.
En suma, la presente investigación sólo busca ser una primera aproximación en el estudio del manejo de residuos en el espacio condominal al explorar cómo se desarrolla la práctica de separar y poner la basura “en su lugar”, considerando las tensiones subyacentes de la vida condominal. Este acercamiento a las dinámicas internas y reglas sociales que definen la vida colectiva permite comprender las potencialidades y limitaciones del espacio condominal para responder a la responsabilidad transferida a estos inmuebles y a sus habitantes en el manejo adecuado de los residuos de la ciudad. Así pues, debido a la gran cantidad de viviendas en la Ciudad de México que son condominios, se debe prestar más atención a estos espacios como claves para la separación y recolección de residuos y, con ello, la sustentabilidad de la ciudad.