SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.4 número12Violencia política de género en la prensa escrita en MéxicoIndependencia judicial: nombramiento de jueces constitucionales en México y Venezuela. Un estudio de derecho comparado. índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia

versión On-line ISSN 2448-5136versión impresa ISSN 2448-5128

Resumen

NARES HERNANDEZ, José Julio. Edad legal mínima para el consentimiento sexual: garantía del derecho humano de los niños a la salud sexual. Derecho glob. Estud. sobre derecho justicia [online]. 2019, vol.4, n.12, pp.113-142.  Epub 28-Ago-2020. ISSN 2448-5136.  https://doi.org/10.32870/dgedj.v0i12.214.

La legislación penal mexicana sanciona con el delito de violación equiparada a las personas adultas que tienen relaciones sexuales con menores de cierta edad, para proteger como bien jurídico su sano desarrollo psicosexual. 27% de los códigos penales de las entidades federativas establecen en 12 años la edad mínima para el consentimiento sexual. Se plantea que la edad de 12 años es muy baja para hacer legalmente responsables a los adolescentes del libre ejercicio de su sexualidad, debido a los graves efectos que acarrea en su dignidad y en su salud sexual. El objetivo de este artículo es realizar una interpretación garantista del derecho penal, para argumentar con base en el interés superior del menor, la obligación del Estado de legislar para establecer de manera homogénea en los códigos penales del país, en 15 años la edad mínima para el consentimiento sexual.

Palabras llave : Derechos humanos de los niños; salud sexual; violencia sexual; derecho penal; edad mínima para el consentimiento sexual.

        · resumen en Inglés     · texto en Español