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Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia

versión On-line ISSN 2448-5136versión impresa ISSN 2448-5128

Derecho glob. Estud. sobre derecho justicia vol.9 no.26 Guadalajar mar. 2024  Epub 17-Mayo-2024

 

Editorial

Entre la globalización y posmodernismo


Aquella frase proverbial de Cualquier tiempo pasado fue mejor no sólo evoca cierta nostalgia por tiempos anteriores sino también hace referencia a la percepción de un cambio de época, en nuestro caso podemos afirmar que se han dado cambios sociales, culturales y económicos desde la caída del muro de Berlín que nos muestran un cambio en el metarrelato.

El término postmodernidad fue acuñado Jean Fracois Lyotard en su obra La condición postmoderna (1979) en la que analiza la caída de lo universal y propone una política favorable a las minorías. Afirma que la acumulación de poder está en función directa de la acumulación de saber. Observamos un desplazamiento del derecho como fuente de organización social y política hacia los medios de comunicación, los cuales se convierten en los transmisores de cultura que controlan la conciencia colectiva conforme lo determinan los grupos de poder.

Quedó atrás el modernismo que nació como movimiento filosófico e histórico a finales del siglo XIX en Francia que incorporó: a) el profundo cambio en la situación económica y social, la aparición del capitalismo y la afirmación de la burguesía como clase progresiva y en ascenso; b) la aparición del Estado como mecanismo necesario para la unificación del poder frente al localismo feudal; c) el cambio de mentalidad impulsado por el humanismo y la reforma; d) la secularización, el naturalismo, el racionalismo y el individualismo, propiciados por la Ilustración; e) la consolidación de un nuevo espíritu científico favorecido por la ruptura de la unidad religiosa, y f) un nuevo derecho producto del poder político y de la búsqueda de un nuevo orden social y político que liberará a la humanidad de la ignorancia, la pobreza, la incultura y el despotismo del pasado feudal.1

Por su parte la globalización nos muestra un mundo hiper conectado, en donde la supremacía de los mercados causa un efecto directo en el ámbito local de los habitantes del planeta, así los fenómenos de permeabilidad de fronteras, apertura de economías nacionales y la fluida dinámica de comercio internacional son propios de la época en que vivimos, pero esa intercomunicación de todo tipo de mercancías y bienes que transforman el mundo real de millones de personas incluye también a la criminalidad organizada.

La criminalidad transnacional es considerada por la Organización de las Naciones Unidas como un peligro que afecta al orden democrático y a la seguridad internacional, así lo declara el tratado de Palermo. En definitiva estamos viviendo una época en donde se requiere ver más allá del ámbito local y escudriñar en el ámbito internacional para estar en posibilidad de diseñar políticas públicas que nos permitan reestablecer la legitimidad del Estado y robustecer el ius puniendi, única vía democrática para ejercer el control social formal en la necesaria busqueda, en todo caso, de la paz y libertad como presupuestos de la dignidad humana.

Un ejemplo del impacto mundial de la delincuencia organizada transnacional, lo observamos en el informe mundial sobre drogas 20232, a escala mundial más de 296 millones de personas consumieron drogas en el año 2021 lo que supone un aumento del 23% con relación a la década anterior, por su parte el número de personas que padecen trastornos por consumo de drogas se ha disparado hasta los 39.5 millones, lo que supone un aumento del 45% en 10 años.

Dicho informe destaca que las desigualdades sociales y económicas impulsan -y son impulsadas por: a) los desafíos que plantean las drogas; b) la devastación ambiental y c) los abusos contra los derechos humanos causados por las actividades económicas ilícitas relacionadas con las drogas; además del creciente predominio de las drogas sintéticas que tienen una producción barata, fácil y rápida pero con consecuencias catastróficas; asi tan solo en el año 2021 la mayor parte de aproximadamente 90,000 muertes por sobredosis relacionada con opioides en Norteamérica implicaron fentanilos fabricados ilegalmente.

Pero también podemos hablar de los negocios millonarios del crimen organizado con consecuencias sociales devastadoras como el tráfico de armas y material nuclear; el tráfico de inmigrantes ilegales; el tráfico de mujeres y niños; o el blanqueo de capitales.

Imposible pasar por alto las jugosas ganancias que produce la delincuencia organizada y su relación con el poder, lo cual forma un círculo vicioso de corrupción e impunidad dada la complicidad con las autoridades estatales, lo cual hace aún más complicado el proceso de control del delito y su prevención.

Para Luigi Farrajoli existe una crisis actual del Derecho penal producida por la globalización y consiste en el resquebrajamiento de sus dos funciones garantistas:

1. la prevención de los delitos y 2. la prevención de las penas arbitrarias, que se originan por una mutación provocada por la globalización en la fenomenología de los delitos y de las penas. Por un lado se da una mutación a la cuestión criminal, esto es a la naturaleza económica, social y política de la criminalidad y por otro lado, a la cuestión penal, es decir a las formas de la intervención punitiva y a las causas de impunidad.3

Siguiendo a Ferrajoli decimos que hoy estamos frente a una criminalidad del poder, ya no se trata de esa criminalidad de subsistencia que llevaban a cabo sujetos individuales generalmente marginados, por el contrario, hoy en día estamos frente a un fenómeno inserto en el funcionamiento normal de nuestras sociedades que amenaza gravemente los derechos, la democracia, la paz y el futuro mismo de nuestro planeta.

Distingue Ferrajoli tres formas de criminalidad del poder: 1. La de los poderes abiertamente criminales; 2. La de los crímenes de los grandes poderes económicos y 3. La de los crímenes de los poderes públicos. Por lo tanto cuando hablamos de delincuencia organizada, estamos hablando de poderes criminales y de crímenes de poder tanto económico como político. En estricto sentido no se trata de fenómenos criminales distintos sino de mundos entrelazados por las colusiones entre poderes criminales, poderes económicos y poderes institucionales, hechas de complicidades y de recíprocas instrumentalizaciones, concluye Ferrajoli.

El Estado se encuentra rebasado para impartir justicia penal, debido a los altos índices de delincuencia, corrupción e impunidad. vemos como la delincuencia organizada utiliza para llevar a cabo sus actos delictivos a los delincuentes comunes que viven en pobreza y marginación, los cuales encuentran en tal participación una salida rápida a sus condiciones de precariedad, aunque ello signifique la mayor parte de las veces perder su libertad, o lo que es peor, su vida.

La delincuencia organizada transnacional responde a una época determinada en donde se conjugan la globalización y el posmodernismo por lo que el caldo de cultivo esta dado para su amplia reproducción.

1 PECES-BARBA, G. (1995). Curso de derechos fundamentales. Madrid: Universidad Carlos III de Madrid Boletín oficial del Estado.

2 https://www.unodc.org/lpomex/es/noticias/junio-2023/el-informe-mundial-sobre-las-drogas-2023

3 Farrajoli, 2008, p. 18

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