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Estudios de historia novohispana

versión On-line ISSN 2448-6922versión impresa ISSN 0185-2523

Estud. hist. novohisp  no.54 Ciudad de México ene./jun. 2016

https://doi.org/10.1016/j.ehn.2016.01.004 

Documentaria

Solicitud del obispo Victoriano López Gonzalo para fundar un Hospicio en el Colegio de San Ildefonso de Puebla

Bishop Victoriano López Gonzalo's request for the establishment of a hospice at the Colegio de San Ildefonso in Puebla

María de Lourdes Herrera Feriaa 

a Facultad de Filosofía y Letras, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Puebla, México


RESUMEN

Este documento presenta la argumentación del obispo de Puebla, Don Victoriano López Gonzalo, a favor de aplicar el edificio del Colegio de San Ildefonso de Puebla, que había pertenecido a los extintos jesuitas, a la fundación de un hospicio con el propósito de educar y controlar a vagos y ociosos para redimirlos y convertirlos en individuos útiles.

Palabras clave  Victoriano López Gonzalo; Obispos de Puebla; Hospicio de Pobres de Puebla; Colegio de San Ildefonso de Puebla; Regalismo; Reformas borbónicas

ABSTRACT

This document presents the arguments of Bishop Victoriano López Gonzalo for the establishment at the former Jesuit college of San Ildefonso in the city of Puebla of a hospice for the education and the utilitarian inclusion in society of vagrant and idle individuals.

Keywords  Victoriano Lopez Gonzalo; Bishops of Puebla; Hospice in Puebla; Colegio de San Ildefonso in Puebla; Regalism; Bourbon reformations

Introducción

En el análisis de la vertiente humanista de la Ilustración, Todorov afirma que en el siglo XVIII, por primera vez en la historia, los seres humanos decidieron tomar las riendas de su destino y convertir el bienestar de la humanidad en objetivo último de sus actos; esta decisión trascendió a todos los ámbitos de la sociedad en el mundo occidental. Las ideas de autonomía, de la finalidad humana de la acción y de universalidad se expresaron fuera de los estrechos grupos de letrados, circularon y animaron las reformas que distinguen al espíritu de la ilustración (Todorov, 2014, pp. 7-10).

La impresión generalizada de que en España y en sus dominios americanos las ideas ilustradas eran poco menos que imposibles debido a la persistencia fanática de la ortodoxia católica empezó a cuestionarse desde los trabajos de Sarrailh (1956) (Escamilla González, 2010, p. 105; Covarrubias, 2005, p. 7). Actualmente esa impresión se ha modificado, la historiografía sobre el siglo XVIII novohispano, desde los años setenta del siglo anterior (Arcila Farías, 1974; Brading, 1975), se ha interesado vivamente por la ambiciosa serie de reformas que promovió la corona española; especial atención le merecen aquellas que tuvieron el propósito de controlar, conservar y aprovechar, al máximo, la rentabilidad económica de sus territorios y la actuación de quienes fueron encargados de llevar adelante el programa reformista imponiendo, sin vacilación, medidas administrativas y financieras que transformaron el virreinato, heredado de los Austrias, en una auténtica colonia. Su exploración apunta a señalar que la Nueva España y el Perú, considerados jurídicamente 'reinos' con igualdad de derechos como los de Castilla y Aragón, a partir de estas reformas se convirtieron en colonias, o sea, territorios sometidos a una explotación sistemática (Alberro, 2005, p. 237) y con ello, la monarquía española transformó, a su favor, la relación con sus posesiones de ultramar.

A pesar de los avances logrados, Covarrubias señala que poco se ha reflexionado sobre la vena utilitaria que animó esas transformaciones (Covarrubias, 2005, p. 8). Aunque la historiografía novohispana se ha ocupado de las empresas ilustradas que tuvieron el propósito de mejorar la salud pública, de fomentar la educación y de incrementar la productividad en el campo y la industria que fueron acometidas por los funcionarios públicos designados por la corona española, particularmente los intendentes, y los enviados a estas tierras para ejecutar las políticas del reformismo borbón, ha quedado pendiente el análisis y la reflexión sobre la actuación de individuos y grupos sensibles a las ideas ilustradas en las principales ciudades y capitales provinciales novohispanas que hicieron posible la realización de esas iniciativas y que, además, se ocuparon de divulgar los nuevos conocimientos y de ejecutar las acciones orientadas a procurar la felicidad y el bien común (Torales Pacheco, 2001, p. 309).

La constante exploración en fuentes documentales muestra, cada vez con mayor consistencia, que la materialización de esas ideas en iniciativas y obras públicas en tierras americanas no hubiera fructificado sin contar con grupos sensibles a esas ideas.

Estudios biográficos y bibliográficos ponen de manifiesto, desde la primera mitad del siglo XVIII, condiciones favorables para un cambio cultural, y para el surgimiento y desarrollo del pensamiento crítico que identificamos generalmente con la Ilustración (Escamilla González, 2010, p. 112). Sin embargo, más allá de las trayectorias individuales o de los textos que circularon en esos años, queda pendiente dilucidar los cambios de actitud que resultaron de la asimilación de las ideas ilustradas y que, posteriormente, orientaron la adopción de estrategias reformistas.

Con este propósito se propone el examen de la transcripción de la carta dirigida al Excelentísimo Señor Bailío Frey Don Antonio María Bucareli y Ursúa, virrey de la Nueva España, fechada en Puebla el 1.o de agosto de 1776, por el obispo de la diócesis, Don Victoriano López Gonzalo, para atender el problema de la ociosidad y la vagancia en la intendencia de Puebla conforme al ideal de procurar el bien común y la utilidad pública.

La lectura de su argumentación debe considerar tres cuestiones: primera, en esos años estaba en marcha el proceso de revisión de, prácticamente, todos los aspectos de la vida eclesiástica con el propósito de restaurar la soberanía monárquica que se había visto menguada en el siglo anterior (Alberro, 2005, p. 236). Se estaban tomando medidas para controlar la resistencia y rebeldía de las órdenes regulares y subordinarlas a la autoridad del clero secular y para definir el nuevo papel que estas debían asumir pues, a la luz de la nueva racionalidad, aparecían como arcaicas, innecesarias y problemáticas. La expulsión de los jesuitas en 1767, la reforma radical del modus vivendi en los conventos femeninos, la sustitución del clero regular por el clero secular en las parroquias y la supervisión de sus bienes y finanzas son elementos que ejemplifican el afán generalizado de control, así como la pretensión de instaurar la soberanía indiscutida de la autoridad real sobre el clero y la grey católica.

Segunda, la adopción del paradigma del bien común como criterio básico para modernizar las estructuras socioeconómicas y para orientar la marcha de los asuntos públicos (Covarrubias, 2005) alentó el acceso a la educación elemental y a los conocimientos denominados "útiles"; el control y la corrección de la población que carecía de conocimientos y habilidades para asegurar su supervivencia se configuraron como nuevas estrategias sociales que tenían como meta final la conversión de los habitantes del reino en ciudadanos útiles. Y, finalmente, el alarmante crecimiento de la población menesterosa en la capital provincial de la intendencia poblana.

El proyecto del obispo poblano, aplicar a la fundación de un Hospicio de Pobres uno de los cinco colegios que habían pertenecido a la extinta orden de los jesuitas, en Puebla, revela su adhesión a las ideas ilustradas para formular estrategias útiles al esplendor de las provincias de la Nueva España en el siglo XVIII.

Del autor

Don Victoriano López Gonzalo nació el 25 de marzo de 1735 en Tarzaga, diócesis de Sigüenza y provincia de Guadalajara1, ingresó al Colegio-Seminario de San Bartolomé, fundado por don Bartolomé Santos de Risoba, obispo que había sido de la diócesis seguntina entre los años 1650 y 1657, asistió a clases de Teología Escolástica en la universidad mientras que en el Seminario estudió Filosofía y Teología Moral. Aunque no logró el grado de licenciado o doctor, su formación humanística y teológica fue amplia y profunda, como se desprende de sus escritos.

El Excelentísimo Señor Don Fray Victoriano López Gonzalo estuvo al frente de la Diócesis de Tlaxcala-Puebla de los Ángeles2 del 13 de septiembre de 1773 a julio de 1786, sustituyó en esa dignidad a su paisano don Francisco Fabián y Fuero, quien dejó la diócesis cuando fue nombrado obispo de Valencia el 13 de septiembre de 1773. Propuesto por Carlos III, aceptado y confirmado por Roma permaneció en su encargo hasta julio de 1786 cuando, nuevamente Carlos III lo presentó para presidir la diócesis de Tortosa; quizá este nombramiento fue de puro trámite para quedar definitivamente vinculado a la diócesis de Cartagena. El Papa le absolvió de sus vínculos con la diócesis tortosina y, a petición de Carlos IV, se le nombró para la Diócesis Cartaginense el 14 de diciembre de 1789. Casi dos años quedó vacante la diócesis de Tlaxcala-Puebla de los Ángeles, ya que hasta el 10 de marzo de 1788 no sería nombrado para atenderla don Santiago de Echevarría y Elguezua, obispo de Santiago de Cuba.

Su desempeño en tierras murcianas y su pretendida filiación jansenista (Arnaldos Martínez, 1992, pp. 51-85; 1998, pp. 73-82) han sido exploradas a través del análisis de sus escritos. Arnaldos Martínez no encuentra en ellos ninguna manifestación que suponga un rechazo a la iglesia tradicional hispana sino, más bien, una total adhesión a la monarquía borbónica y la descalificación de los jansenistas por perturbar la paz de la iglesia (Arnaldos Martínez, 1998, pp. 75-77).

Aun cuando el análisis de sus escritos es pertinente para comprender el ideario y la postura con los que asumió su labor pastoral, aquí interesa resumir su actuación al frente de la diócesis de Tlaxcala-Puebla de los Ángeles, sobre la que poco se ha escrito, quizá por la complejidad del período en que estuvo al frente de la diócesis angelopolitana, cuando por disposición real se promovieron una serie de reformas ilustradas, entre las que destacó la inspección y reforma de las órdenes hospitalarias, la imposición de la vida en común a las órdenes femeninas y la aplicación de los bienes de los jesuitas expulsados de los territorios de la monarquía española.

Aunque la página oficial de la arquidiócesis de Puebla (véase Sitio oficial de la arquidiócesis de Puebla, 2015), al día de hoy, no ofrece referencias biográficas ni detalles sobre su tiempo, Salazar Andreu (2006, pp.185-241) nos brinda datos puntuales sobre su paso por la diócesis angelopolitana. Como digno sucesor del Ilmo. Francisco Fabián y Fuero, su paisano y protector, no se apartó de los cauces regalistas marcados por el conde de Aranda, Campomanes, Eleta y Gálvez. Llegó como presbítero a Puebla en 1765 para desempeñarse como secretario y hombre de confianza de Fabián y Fuero; en agosto de 1767 obtuvo una media ración en la catedral angelopolitana y poco tiempo después obtendría la ración completa. En los ocho años que asistió los quehaceres episcopales de Fabián y Fuero adquirió valiosa experiencia, siendo testigo presencial de la expulsión de los jesuitas y de la aplicación de las políticas regalistas de Carlos III.

Pocos meses después de que su protector fuera promovido al Arzobispado de Valencia, don Victoriano López Gonzalo fue designado como obispo de Puebla en agosto de 1773, cuando el enfrentamiento con las monjas calzadas vivía uno de sus momentos más álgidos. A pesar de los conflictos con las religiosas calzadas de Puebla, con los padres hipólitos, con el cabildo de la catedral y de sus diferencias con el arzobispo de México, monseñor Nuñez de Haro, su imagen se consolidó ante la corte de Carlos III; al igual que su predecesor, siempre justificó su actuación con el argumento de que se apegaba a las órdenes reales y a la fidelidad al rey.

Sin dilación, a solicitud de José de Gálvez a partir de marzo de 1777, acometió la tarea de levantar padrones exactos de los habitantes de la diócesis de Puebla con distinción de clases, estados, castas, sexos, sin excluir a menores de edad previa a la organización del territorio en intendencias, por esas mismas fechas se comprometió a recaudar las cantidades relativas a la bula de la Santa Cruzada.

Una referencia más detallada a la actuación de don Victoriano López Gonzalo la encontramos en el estudio de Alberro (2005, pp. 206-210) sobre las transformaciones experimentadas por la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios desde su arribo a México en 1604, especialmente en el apartado donde se ocupa de la visita-reforma de 1774-1779. En su respuesta al virrey Bucareli, fechada el 6 de noviembre de 1775, dedicó amplios comentarios al estado que guardaban los hospitales juaninos asentados en las poblaciones de su obispado -Puebla, Orizaba, Atlixco, Izúcar y Tehuacán- y, en base a informes por él recabados, declaró contundentemente su utilidad y necesaria existencia así como la urgencia de sustraerlos de la administración de los juaninos para ponerlos bajo el cuidado del clero secular dependiente de la mitra. Entre las razones que citó para llegar a esa determinación se contaron la negligencia y descuido en la atención de los enfermos, derroches, despilfarros y usos sacrílegos de los caudales hospitalarios, falta a las obligaciones religiosas más sagradas y desaliento de los bienhechores, quienes al tanto del 'uso depravado' de las limosnas habían dejado de proporcionar su auxilio y caridad a las instituciones. Por tanto, su conclusión fue fulminante: solo con sujetar a los juaninos al obispo de cuya autoridad suelen burlarse llanamente, se lograría poner en orden sus finanzas, sus comunidades y sus vidas (Alberro, 2005, p. 210).

Más recientemente, Carbajal López ha hecho referencia a sus afanes por reformar el funcionamiento de los hospitales (Carbajal López, 2008, p. 49) y regular la recolección de la limosna en la parroquia de San Miguel Orizaba, ubicada en el obispado de Puebla y en la provincia de Veracruz3.

Sus informes, representaciones y cartas pastorales exhiben su total sumisión y disposición a colaborar con los designios del rey. En su carta de despedida a sus muy amados fieles del obispado angelopolitano, empieza por apuntar que el rey, no bien informado de mi inutilidad, quiere que sirva en la antigua España la Santa Iglesia de Tortosa , y aunque no ha solicitado ni deseado su actual y futuro encargo, su voluntad ha estado y estará constante y gustosamente preparada a seguir las insinuaciones de un Monarca, que explicando pródigamente con mi pequeñez los excesos de su real generosidad [...] ha estrechado más y más los dulces vínculos de mi lealtad, sumisión y rendimiento a sus soberanas disposiciones 4.

Su adhesión a la renovación de la iglesia desde una perspectiva ilustrada, que alentó el declive del clero regular y la definitiva consolidación de la iglesia episcopal (Rubial García, 2013, p. 418), no lo apartó de repetidas visitas pastorales a los pueblos de su dilatada diócesis, de la responsabilidad real de edificar templos, dotarlos para que sus ministros pudieran sustentarse y gestionar todo lo relativo a la fundación de obispados, parroquias y demás instituciones eclesiásticas.

Según Arnaldos Martínez (1992, p. 53) su preocupación por los pobres fue una constante a lo largo de su vida y en el cumplimiento de su ministerio en la diócesis mexicana perdió la salud, que no logró recuperar en los últimos años de su vida en tierras murcianas.

Sobre el manuscrito

En la primera década del siglo XIX el problema de la vagancia y de la ociosidad perniciosa seguía creciendo en la ciudad de Puebla, a tal grado que, después de la independencia política de México, los encargados el gobierno civil poblano tuvieron que retomar el proyecto concebido por su antiguo obispo, don Victoriano López Gonzalo: establecer un Hospicio de Pobres para educar, corregir y controlar a vagos y ociosos.

A partir de 1825, en el seno del Congreso del Estado, se empezó a discutir la forma de buscar y obtener recursos para realizar esa fundación en el antiguo Colegio de San Ildefonso. Seis años después, en mayo de 1831, se autorizó al Gobierno para que abriera el Hospicio tan pronto como fuera posible, y del modo y con los departamentos que permitan las circunstancias, supliendo en caso necesario de los fondos públicos, en calidad de reintegro, los gastos precisos para la apertura y el establecimiento de los talleres 5.

El apremio del gobierno civil para resolver una cuestión de la que tradicionalmente se ocupaba el gobierno eclesiástico tuvo innumerables tropiezos. Al mediar el siglo, el gobernador provisional del Departamento de Puebla, Luis de la Rosa, acudió al obispo recién designado, don Pelagio Antonio de Labastida y Dávalos, para reiterarle lo mucho que deseaba arreglar definitivamente el asunto del Hospicio de Pobres de la ciudad, que se hallaba en el mayor desorden; afirmó que las providencias tomadas no habían surtido efecto y que para proceder a un arreglo radical le era indispensable tener a la vista copia exacta de la fundación y conocer por ella de una manera clara cuál era el carácter y objeto de ese establecimiento, para qué clase de pobres ha sido fundado; qué intervención debe tener en él la autoridad civil (...), qué legados o fondos han dejado a dicho Hospicio los señores obispos de esta diócesis y qué han determinado sobre la manera con que se deben invertir esos legados 6. Declaró que sobre estos puntos no había ningún antecedente en la Secretaría de Gobierno del Departamento de Puebla por lo que solicitó una copia a la letra de la fundación de ese benéfico establecimiento y todos los informes que el prelado considerara útiles para proceder a su inmediata y definitiva organización; la solicitud está fechada el 25 de agosto de 1855.

El obispo respondió el mismo día, indicio de que la cuestión ya había sido planteada y arreglada previamente. En su misiva informó que no ha logrado resultados en la recopilación de los antecedentes de la fundación del Hospicio de Pobres pero sí sobre la aplicación de capitales, que su secretario ya está resumiendo, sin dejar de examinar otros muchos legajos muy voluminosos. Concluyó su respuesta con el firme compromiso de remitir las noticias relativas a los puntos indicados7.

Como resultado de esta gestión, se compilaron siete tomos -actualmente encuadernados, restaurados y en buen estado de conservación-, con copias y traslados de los documentos sobre la aplicación de los bienes de la extinta orden de los jesuitas, especialmente los destinados al Colegio de San Ildefonso, del proyecto de fundación del Hospicio de Pobres y de la aplicación de los capitales que tenía asignados; cada tomo se integra con cuatrocientas fojas en promedio y forman parte del Fondo Hospicio de Pobres del Grupo Documental de la Beneficencia Pública del Estado de Puebla8 que resguarda el Archivo General del Estado de Puebla.

Para la transcripción del manuscrito se ha modernizado la ortografía original, se ha acentuado y actualizado la puntuación y la información adicional al documento se ha puesto entre corchetes.

Transcripción del manuscrito

Representación del Ilustrísimo Señor Obispo de Puebla de los Ángeles, don Victoriano López Gonzalo para la ejecución del destino para Hospicio que tiene votado la Real Junta Subalterna de Puebla en el Colegio de los [Extintos] Jesuitas, llamado allí de San Ildefonso al Excelentísimo Señor Bailío Frey Don Antonio María Bucareli y Ursúa, virrey de la Nueva España del 1.o de agosto de 17769.

Excelentísimo Señor.

Muy Señor mío: Desde que la Piedad del Rey por solo un efecto de su Real benignidad puso sobre mis débiles hombros el formidable peso de esta Mitra, he considerado continuamente, como una de las primeras y esenciales obligaciones de mi ministerio, el pronto y competente socorro y alivio de las necesidades espirituales y temporales del rebaño que se me ha encomendado y he tenido siempre presente la máxima fundamental de que un obispo debe ser una abundantísima fuente de dos diversas fecundidades que son la limosna espiritual y temporal; manantiales que, derivando, como derivan su origen del amor de Dios y del prójimo, no pueden dejar de extenderse, socorrer, y fertilizar los campos espirituales de su iglesia por la abundancia que reciben en su origen o principio; pero no he [f. 19v.] podido dejar de cargar al propio tiempo mis reflexiones sobre que la caridad debe ser bien ordenada; no solo en lo tocante a preferir las necesidades espirituales a las corporales, las extremas a las urgentes, estas a las comunes, y las de los pobres, que son templo de Dios, a las de los templos materiales; sino también en lo perteneciente a distribuir las limosnas con inteligencia, discreción y juicio, de modo que con ellas no se perjudique el Estado y se socorra lo temporal sin daño de lo espiritual, según aquella regla de San Agustín, que prescribe el alivio de las necesidades de los pobres de modo que no se fomenten en ellos la ociosidad y la pereza; en fin, es máxima tan cristiana, como asentada de que siempre se ha de poner un gran cuidado de que a la limosna acompañen la discreción y la prudencia.

El justo y fundado temor de que en gran parte se falte a este necesario y debido orden (en cuya observancia se interesa igualmente la Iglesia y el bien público) por el método con que es indispensable repartir sin discernimiento las limosnas a los mendigos, y por los innumerables, que con [f. 20] Capa de Pobres de Jesucristo las usurpan a los que legítimamente lo son, ha agitado sin interrupción mi espíritu; porque las Sagradas Letras aseguran las bendiciones del cielo, no a el que desahoga su amor, compasión y caridad en socorrer general e indistintamente a los pobres y necesitados, sino aquel que en ello ocupa su entendimiento o inteligencia de modo que es "bien (lo diré a Vuestra Excelencia con las palabras de Nuestro Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Don Juan de Palafox y Mendoza, que refiere entendía así Santo Tomás de Villanueba la Sentencia de David) es bienaventurado el que se pone a pensar cómo socorrer más útilmente a los pobres, porque darle el sustento al mendigo es poco, cuando con él se le puede dar ocupación y virtud y mejorarle el alma con el socorro del cuerpo; sustentar muchos sin enseñarlos, no satisface a la perfecta caridad; obrar un prelado lo que basta hasta su tiempo, no es mucho si puede prevenir lo venidero. No tiene términos la caridad perfecta de un prelado, que ama tiernamente [f. 20v] a sus ovejas, y así ni limitación de tiempo, ni de acciones, ni de lugares, ni de distancias, ni los objetos presentes le satisfacen; sino que sin desamparar a estos, busca también a los ausentes, y con la misma ansia previene socorro para lo futuro, como para lo que mira. Porque su amor todo lo tiene delante; previene lo venidero, repara lo pasado, ayuda con el ejemplo, con la limosna, con la voz, con la pluma, y el deseo de lo presente: ampara a los mendigos, sustenta los vergonzantes, dota las doncellas, consuela a las viudas, engrandece los templos, repara los hospitales; y así lo hacía San Juan siendo con un perpetuo movimiento de amor, y de caridad, el amparo y socorro de sus súbditos".

Esto, que practicaron San Juan el Limosnero, patriarca de Alejandría, Santo Tomás de Villanueva, San Carlos Borromeo y otros Santos Obispos, es el ejemplar que debemos imitar todos los prelados; y no es más que el perfecto cumplimiento de las obligaciones y cargas, con que de los Apóstoles heredamos el obispado[f. 21]. Toda la diócesis es acreedora a las rentas de su obispo, pero allí debe acudirse con el socorro donde más inste la necesidad, sin perder de vista el bien espiritual de los necesitados y discerniendo pobres de pobres: los verdaderamente necesitados de los vagos, tunantes, y ociosos; los inválidos e incapaces de trabajar de los robustos, que pueden ejecutarlo. Los primeros son el Rebaño de Jesucristo, que estima como hecho a su Divina Magnificencia cuanto se hace con ellos. Son los que aseguró que nunca nos faltarían, y a los que debe ministrárseles con el sustento corporal el pasto espiritual de sus almas en enseñanza, doctrina y costumbres cristianas; pero los segundos, en quienes es actualmente voluntaria y viciosa la pobreza, son unos miembros podridos de la República, que corrompen, inficionan, y canceran todo el cuerpo, y que deben de ser desterrados de ella, separados y descartados como intrusos en el beneficio de la caridad cristiana.

La íntima unión y enlace que tiene el espíritu de la Iglesia [f. 21v] y del Cristianismo con el bien público y común del Estado exige, que de tal modo se tempere, arregle y ordene el ejercicio de la caridad, que con sus oficios no se fomenten la ociosidad, ni los vicios; porque el que distribuye las limosnas sin inteligencia, discreción ni juicio, al propio tiempo que socorre muchos pobres, sustenta también muchos holgazanes, y aun los cría, porque donde así se reparten los socorros de la caridad, se entregan a la infelicidad de una vida larga, tunante y ociosa, dispensándose de la fatiga propia a cuenta de la profusión ajena, muchos, que si careciesen de este auxilio, se aplicarían necesariamente al trabajo para mantenerse. Los daños que de aquí resultan al Estado son gravísimos y harto notorios; de contado pierde muchos operarios y se le añaden otros tantos viciosos.

Contra estos han clamado siempre los sagrados Concilios, los Santos Padres y las Leyes de ambas Recopilaciones aunque la experiencia ha hecho ver que, sus justas providencias no han surtido todo su efecto, ni han sido bastantes para [f. 22] limpiar la república de semejantes vagos, ociosos y mendigos que pueden trabajar. Ni aun la piedad de la Iglesia abriga en su seno a estas gentes, capaces de cometer todo mal y perjudicialísimas a sí mismas, a la república y a la observancia de las Leyes Civiles y Eclesiásticas; antes se tiene por más útil y conveniente, según la expresión de San Agustín, quitarles el pan que darles con él la seguridad para que descansen sobre su ociosidad, seminario de todas las iniquidades, acomodándose a una vida delincuente con desprecio de lo justo: lo que expresó la Ley de Partida con las siguientes palabras: "Pero algunos hay, que por menester que han, o por su trabajo podrían ganar de que viviesen ellos e otros, y no lo hacen, antes quieren andar por casas ajenas, gobernándose. Y a estos tales por mayor daño tiene la Santa Iglesia [darles] el comer; pues que ellos dejan de lo ganar, pudiéndolo hacer y no quieren; es [f. 22v] merced de les tirar el comer por el engaño que hacen y la Ley 4, título 2.o., Partida 2, dice así: Por esto establecieron los sabios antiguos, que hicieron los dichos, que tales como estos, a los que en latín les dicen Mendicantes Validi, y en lenguaje castellano Baldíos, de que no [venga ninguno a esta tierra], que tan solamente fuesen echados de ella; más aún que si siendo sanos de sus miembros pidiesen por Dios, que no les diesen limosna, porque escarmentasen a hacer bien, viviendo de su trabajo."

Por eso Cristo Nuestro Señor quiso que las limosnas no se diesen a diestro y siniestro, ni con las dos manos, como se dice vulgarmente de los que reparten muchas limosnas sin discreción, y fue su voluntad que solo la derecha fuese la que distribuyese las limosnas, significando así que hay unas buenas y otras malas, reprobando estas y aprobando aquellas, y manifestando que en esta materia se debe proceder con discernimiento y elección a fin de no confundir, ni mezclar lo [f. 23] bueno con lo malo.

Estas justas consideraciones que han ocupado muchas veces mi atención me han persuadido a que, para evitar los insinuados daños, arreglar y ordenar la Caridad, no solo para lo presente, sino también para lo venidero a beneficio espiritual y temporal de los verdaderamente necesitados; limpiar esta numerosa ciudad de la ociosidad mendicante, que tan gravemente la perjudica en una y otra línea y asegurar el acierto para la efectiva conversión en su destino de las limosnas, cuya mayor parte veo con no poco dolor, no solo que se pierde, sino también que daña, me han persuadido digo a que es necesaria la erección de un Hospicio o Casa de Misericordia; arbitrio único, eficaz y útil para el efecto; como que es el preservativo universal contra la mendicidad viciosa, y si no él solo, el más proporcionado medio para desterrarla.

[f. 23v] Ya la Junta Subalterna de Aplicaciones establecida en esta Ciudad, con uniformidad de votos, consultó a esa Superior el 11 de junio de 1770 el destino del Colegio nombrado San Ildefonso, que poseyeron en esta Ciudad los extinguidos regulares, proponiendo su aplicación a Hospicio, en que se recogiesen los pobres mendigos, [desvalidos] y huérfanos de ambos sexos y de todas las edades. Destino en verdad muy conforme a la naturaleza de las Rentas con que fundó y dotó al expresado Colegio el Ilustrísimo Señor Don Alonso de la Mota y Escobar, Obispo que fue de esta Diócesis, a su mente y espíritu por haberle fundado y dotado en el sitio con los caudales con que antes había meditado establecer un Hospital, que no es ya necesario en esta Ciudad; a la particular exigencia de ella y a las santas y piadosas intenciones de Nuestro Soberano, manifestadas en la Colección General de Providencias tomadas a consecuencia del extrañamiento y ocupación de temporalidades de los mencionados Regulares; en haberse dado el mismo destino a algunas de las casas que poseían [f. 24] en la Antigua España, y por último en los artículos 39 y 40 de la Real Cédula de 14 de Agosto de 1768, y en la del 9 de Julio de 1769, dirigida especialmente para estos dominios.

La necesidad de que se ejecute sin mayor dilación este establecimiento es urgentísima por dos capítulos. El primero por lo mucho que de día en día se va deteriorando el edificio material de aquel Colegio pues, sobre ser antiquísima su fábrica, que cuenta mucho más de cien años, le causan notables detrimentos tanto la falta de habitación, de aseo y de cuidado, como las lluvias, que han perjudicado no poco sus techos y paredes, de modo que es de temer su total ruina si no se hace cuanto antes efectivo su destino y mientras más se dilate, se hará más costoso su [reedificación] con la fábrica de oficinas y demás piezas necesarias, que será preciso construir casi todas de nuevo; lo que parece indispensable evitar en cuanto sea posible con reflexión a los cortos fondos que hay para el establecimiento del Hospicio.

[f. 24v] El segundo capítulo que persuade la expresada necesidad es la innumerable multitud, que se experimenta en esta ciudad de gentes holgazanas de uno y otro sexo y de todas edades, calidades y castas, fuertes y robustas para el trabajo, que se han abandonado a una ociosidad delincuente y perjudicial a ellas mismas y al Estado, librando su manutención en las limosnas que juntan de puerta en puerta; las que usurpan a los verdaderamente pobres necesitados e impedidos de mantenerse con su trabajo, defraudando al propio tiempo al Estado de los servicios y del provecho que le produciría esta multitud de vasallos, si estuviesen justa y útilmente ocupados. No admite duda la excesiva abundancia que hay en esta Ciudad de estos pestilentes zánganos de la República, cuyo número, que se hace ya insufrible, se aumenta más y más cada día por la natural propensión de estas gentes a la flojedad y al ocio; por los socorros de los caritativos que, contra toda su intención y contra el buen orden de la caridad y de la policía cristiana, mantienen a estas polillas del Estado, que toman por oficio la [f. 25] mendicidad, simulando el respetable título de Pobres de Jesucristo; y, porque son muchísimos los que atraídos de estas ventajas, y deseosos de mantenerse en su nociva libertad y perjudicial ocio, se han venido a ésta de esa Ciudad, huyendo del Hospicio, que verdaderamente ha sido tan útil a México, como gravoso a Puebla, porque han cargado a ella los ociosos mendigos que se han escapado de esa Ciudad por no ser recogidos en su Hospicio.

Nuestro Augusto soberano por su Real Cédula expedida en el Pardo el 29 de febrero de 1770 calificó justamente la fundación de estos Hospicios como obra grande, piadosa y necesaria; pero en ninguna parte lo es tanto como en esta numerosísima Ciudad, que es la segunda del Reino. Causa horror ver en ella tanta multitud de gente ociosa, vagamunda y holgazana, que se mantiene con la limosna, sin embargo de las proporciones que tiene, para que cada uno se sujete a el trabajo, coma del sudor de su rostro y gane el sustento con sus manos. La desnudez de hombres y mujeres, [f. 25v] que a muy poca costa podrían vestirse, ofende la decencia y honestidad, destruye el pudor, el honor y el recato, provoca al desenfreno y es causa de innumerables pecados. Se hace necesario apartar la vista de los mendigos aun al mismo tiempo de darles limosnas; y así la que se les da para su sustento, como para que se vistan, y aún las mismas ropas con que podrían cubrirse las convierten en el fomento a sus vicios, de fumar, de embriagueces, de juegos, de torpezas y de otros excesos que ¡ojalá no fuesen tan ciertos, públicos y notorios!, y tienen por máxima el andar desnudos, fingirse cojos, ciegos y tullidos, dejarse crecer la barba con otros mil artificios de que se valen para excitar así, y conmover más la piedad y la misericordia.

La vida infeliz, abandonada y abatida que llevan estos miserables, expuestos a todas las inclemencias de los tiempos, sin abrigo, ni albergue, sin horas, método, ni orden en sus comidas, entregados a todo género de delitos, principalmente al hurto y latrocinio, a ser instrumentos de la torpeza, [f. 26] y a todo lo demás, que puede producirles alguna utilidad; y por último, el profundo letargo, en que viven olvidados de sus Almas, sin instrucción en la doctrina, sin sujeción a determinada Parroquia, y sin que se les vea acción alguna de Cristiandad, ni aun de Religión, causan la mayor compasión y dolor; pero al mismo tiempo [obligan] a que se piense seriamente en su recogimiento para socorrerles con mayor utilidad, y con mejoras de Alma y Cuerpo.

Es verdad constante y demostrada ya con la última evidencia, que el recoger a los mendigos en un Hospicio es utilísimo y, aún, necesario a la vida privada de ellos mismos; al bien público; al recto y debido orden de la Policía y buenas costumbres; y al mayor servicio y gloria de Dios y del Rey; y que, por el contrario, el no recogerlos causa indispensablemente muchos y muy graves males a los propios mendigos en sus personas, al interés público y general del Estado, a su policía y buenas costumbres y al servicio de Dios y del Rey. Este objeto se propuso Don Francisco [f. 26v] Magallon Beaumont y Navarra en el discurso impreso, que tituló "Ideas de felicidad para el Reino de Navarra en la erección de Casas de Misericordia", y que dirigió a los tres estados de aquel Reino, juntos en Cortes Generales; y tuvo la felicidad de convencerlos con argumentos prácticos y de experiencia, que no dejan ni la más ligera razón de dudar. Los mismos males que se experimentan en el Reino de Navarra, y aún mayores, [también se experimentan] en esta ciudad, en la que es más crecido el número de ociosos mendigos, y más flojo el genio de la Nación; padecemos la propia enfermedad y es justo aplicarle el mismo remedio, supuesto que para ello hay igual, sino mayor proporción.

Los Hospicios establecidos en Madrid, en Pamplona, en Zaragoza, y en esa Ciudad, sin contar con otros del Reino, ni con los exigidos fuera de él, como en Francia, en Turín, y en Génova son unas demostraciones prácticas experimentales, y de bulto, que manifiestan la utilidad, y aún necesidad de su erección. Lo mismo [f. 27] convenció felizmente, y con todo género de pruebas, el Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Don Francisco Antonio Lorenzana, actual arzobispo de Toledo, en el Memorial que publicó a nombre de los pobres mendigos de esa capital, siendo su Dignísimo Prelado, y lo propio han persuadido el Marqués de Santa Cruz en sus reflexiones políticas y morales, Don Gerónimo de Ustariz en su Teórica y práctica de comercio y de marina, y otros varios.

Estos documentos tan respetables y autorizados nos manifiestan que, para el debido socorro de los mendigos y para atajar los males que ocasionan, no han sido bastantes las varias providencias prevenidas por Nuestras Leyes y que solo los Hospicios son los que de un golpe lo consiguen todo; porque aseguran el consumo de la limosna y el ejercicio de una sólida, estudiada y oficiosa Caridad Cristiana; cortan la ociosidad; minoran los pobres, socorren muy cómodamente a los que verdaderamente lo son en todas sus necesidades de [f. 27v] alma y cuerpo; limpian las Repúblicas de los daños, y perjuicios expresados, y les producen los beneficios y utilidades que igualmente se han indicado; y, por último, son una prodigiosa y admirable oficina, en que próvida y con la mejor discreción la caridad labra de pobres, ricos; hace de inútiles, útiles vasallos; y, convierte a los hombres de bárbaros, en políticos y de viciosos, en virtuosos.

Excitado Yo de todas estas consideraciones, y deseoso de que tan importantes objetos tengan el debido logro en esta Ciudad, suplico a Vuestra Excelencia se sirva expedir su superior orden para que se ejecute el destino consultado por esta Junta Subalterna; si mereciese la aplicación de la principal establecida en esa Ciudad, se mande que se me entregue el Colegio de San Ildefonso para proceder desde luego a la fábrica de oficinas y demás piezas necesarias, a fin de que con la posible brevedad se verifique tan piadoso, útil y necesario establecimiento pues, sin embargo de que para él no podemos ya contar con los sesenta [f. 28] mil pesos que le aplicaba mi último Ilustrísimo Inmediato Antecesor en la citada consulta o Acuerdo de esta Junta, por haber mudado de voluntad su dueño, que era el Presbítero Don José Gómez Altamirano, y haberles dado en su última disposición otro piadosos destino, a que efectivamente se han aplicado; y no obstante lo empeñado que me hallo por el atraso con que va la cobranza de mis rentas, y por los muchos renglones, en que es necesario consumirlos, para lo que efectivamente no alcanzan; con todo, confiado enteramente en la providencia del Altísimo, cuyas riquezas son inagotables, dedicaré con todo mi corazón cuanto tenga, y si cabe me esforzaré aún más allá de lo que pueda, para que sin gravamen alguno del público en contribuciones ni impuestos se exija, y ponga en corriente el referido Hospicio, al que es regular no le falten tampoco los auxilios de algunos Bienhechores.

La Humanidad, el amor, y celo por el bien público, y por la mejor policía; y las insinuadas obligaciones de mi ministerio [f. 28v] piden la atenta aplicación de todos mis esfuerzos y desvelos a la ejecución de un establecimiento tan santo, que creo libertará de miserias a mucha, y muy considerable parte de los habitantes de esta Ciudad, y la llenará de honor; porque no la deslucirá tanto andrajoso, y desnudo, como se ve por sus calles, ni la corromperá el mal olor del ocio y de los vicios descubiertos en los mendigos, cuyos ánimos serán instruidos en racionalidad y virtud, y me dedicaré muy gustoso a que cuanto antes se dé principio, facilitando yo los costos necesarios, a la fábrica de piezas, oficinas, divisiones, y demás conducente al intento, si Vuestra Excelencia, como lo espero de su noble y generoso corazón y de los anhelos con que aspira al logro de cuanto importa al común y público beneficio que hacen el carácter de su glorioso y feliz gobierno, se digna de condescender a mis ruegos. Con esta providencia a que parece hacen lugar los Artículos 17, 19, y 20 de la Real Cédula del 9 de julio de 1769 convertirá [f. 29] Vuestra Excelencia en preciosidad las heces y basura de esta Capital, y hará que en sus días se obren en ella su gloria, y la salud de los Pobres. En todas las partes de la Monarquía se reúne actualmente el amor al bien público, imitando los poderosos ejemplos de Nuestro Sabio Monarca el Señor Don Carlos Tercero, y los de Vuestra Excelencia en esta Nueva España. A este mismo glorioso fin conspiran mis deseos; y de la piedad de Vuestra Excelencia me prometo verlos cumplidos en una obra tan buena, santa, y aun debida, y obligatoria de Justicia, sobre la que no podemos dudar, que derramará el Cielo todas sus bendiciones, que aseguren su estabilidad, prosperidad, y aumento.

  • Nuestro Señor Guarde a Vuestra Excelencia, Puebla, Agosto 1° de 1776.

  • Excelentísimo Señor.

  • [Rúbricas]

  • Excelentísimo Señor Bailío Frey Don Antonio María Bucareli y Ursúa.

  • [Rúbrica] Victoriano [López Gonzalo] Obispo de Puebla.

  • Al margen:

  • [f. 19] 14 de agosto de 1776.

  • Ilustrísimo Señor Fiscal.

  • [Rúbrica.]

  • Excelentísimo Señor.

Bien quisiera detenerse el fiscal a decir alguna cosa del gran mérito que trae por su materia, por su erudición y por sus heroicos sentimientos de hermandad y de interés público esta representación del Ilustrísimo Señor Obispo de Puebla de los Ángeles, pero mucho más que pudiera exponer, verá quien la lea con el respeto, cuidado, y reflexión que ha visto el que responde. Nada hay que añadir en su asunto para convencer la necesidad [f. 19v] de su objeto, y la urgencia de su devolución y así desde ahora sale preparado el ánimo a pedirlo. El fin pues de esta viva y santa solicitud, es la de acercar a la ejecución el destino para Hospicio que tiene votado la Real Junta Subalterna de Puebla en el Colegio de los [Extintos] Jesuitas, llamado allí de San Ildefonso, y para que el fiscal logre decir en tan piadosa y recomendable aplicación lo que juzgue justo, puede Vuestra Excelencia mandar que luego, luego, se busquen los antecedentes y, unidos, venga todo al que responde, pues conviene no perdonar instante para sacar a su Ilustrísimo autor de las aplicaciones con que se atormenta su vista, repartiendo sus abundantes [f. 20] limosnas, y queriendo conseguir en ellas los frutos del socorro, y no las resultas del vicio y de la ociosidad. México, agosto 19 de 1776.

Arecheo [Rúbrica]

México 17 de agosto de 1776 como dice el Señor Fiscal y pídanse por el Secretario de Cámara y Virreinato los antecedentes al secretario de la Junta Superior de Aplicaciones

[Rúbrica]

Archivo

  • Archivo General del Estado de Puebla. Grupo Documental Beneficencia Pública. Fondo Hospicio de Pobres.

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Victoriano López Gonzalo, 1786 Victoriano López Gonzalo, por la Divina Gracia y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de la Puebla de los Ángeles, y electo de la Santa Iglesia de Tortosa, del Consejo de S. M., A todos nuestros muy amados Fieles de este nuestro Obispado, Salud en nuestro Señor JesuCristo, que es la verdadera y eterna, 15 de octubre de 1786. [ Links ]

Recibido: 17 de Julio de 2015; Aprobado: 19 de Enero de 2016

1

Los biógrafos de don Victoriano López Gonzalo no coinciden en su fecha de nacimiento. Díaz Cassou (1895, p. 200) reproduce y acepta la inscripción escrita al pie del retrato de D. Victoriano López Gonzalo que se conserva en el Palacio Episcopal de Murcia, retrasando el año de nacimiento a 1739; Tejera (1941, tomo ii, p. 109) la omite. Aquí se adopta la referencia citada en Arnaldos Martínez (1992, pp. 51-85).

La revisión por pares es responsabilidad de la Universidad Nacional Autónoma de México.

2

Esta diócesis se había iniciado en Tlaxcala, siendo la quinta en establecerse en la América hispana y la segunda que se fundó en México; su primer obispo, Fr. Julián de Garcés trasladó la sede del obispado a la ciudad de Puebla de los Ángeles el 3 de octubre de 1539, pero el obispado conservó el nombre de Tlaxcala antepuesto al de Puebla de los Ángeles. Hasta el 11 de agosto de 1903, cuando fue elevada a arquidiócesis, quedaría con el título de Puebla de los Ángeles, véase Arnaldos Martínez (1992, p. 53).

3

En su visita de 1778 el obispo de Puebla, Victoriano López Gonzalo, en el auto que asentó en el libro de gobierno de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, ordenó que se nombraran diputados que auxiliaran al mayordomo en la colecta, pero "sin permitir el cura que dichos diputados las pidan dentro de la iglesia, sino en la puerta y en las calles...", véase Carbajal López (2010, pp. 122-123).

4

Victoriano López Gonzalo, por la Divina Gracia y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de la Puebla de los Ángeles, y electo de la Santa Iglesia de Tortosa, del Consejo de S. M., A todos nuestros muy amados Fieles de este nuestro Obispado, Salud en nuestro Señor JesuCristo, que es la verdadera y eterna , 15 de octubre de 1786 (Victoriano López Gonzalo, 1786).

5

Archivo General del Estado de Puebla. Grupo Documental Beneficencia Pública (en adelante AGEP. GDBP). Fondo Hospicio de Pobres. Sección Dirección; serie Legislación; caja 6, expediente 2.

6

AGEP. GDBP. Fondo Hospicio de Pobres; sección Dirección; Serie Junta. Documentos referentes a la solicitud del Ilustrísimo Obispo Victoriano López Gonzalo para fundar un Hospicio de Pobres en el Colegio de San Ildefonso, que poseyeron los jesuitas, por haber persuadido a su fundador el Ilmo. Señor Alfonso de la Mota y Escobar a que se los cediera, 1776-1789 ; caja 1, expediente 1, f. 3.

7

AGEP. GDBP. Fondo Hospicio de Pobres; sección Dirección; Serie Junta. Documentos referentes ...; caja 1, expediente 1, f. 4

8

El rescate y organización de esta documentación fue resultado de un proyecto SIZA-CONACyT que coordinó María del Pilar Pacheco Zamudio (1996-2000), durante su gestión al frente del Archivo General del Estado de Puebla.

9

AGEP. GDBP. Fondo Hospicio de Pobres; sección Dirección; Serie Junta. Documentos referentes ...; caja 1, expediente 1, fs. 19-29.

María de Lourdes Herrera Feria. Licenciada en Historia y Maestra en Ciencias del Lenguaje por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Doctora en Historia por la Universidad Libre de Berlín. Área de investigación: historia social, historia de la educación e historia del auxilio social. Actualmente es profesora-investigadora en el Colegio de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras de la BUAP.

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