El informe Belmont de 1979 enuncia los "principios éticos y pautas para la protección de los seres humanos en la investigación" fundamentados en el respeto a las personas, la justicia y la beneficencia, reconociendo la autonomía del ser humano.
Desde la década de 1970, con la introducción de las regulaciones de la Food and Drug Administration en la divulgación del conocimiento y el nacimiento de la Biblioteca Médica Nacional, millones de publicaciones en salud se llevan a cabo cada año.1 La velocidad de la vida contemporánea ha favorecido la abrumadora producción de publicaciones, que superan la cifra del millón por año;2 sin embargo, cabe aclarar que la calidad, la veracidad y el cumplimiento de las normas de propiedad intelectual e integridad de la información pueden distar de lo esperado para una producción cuyo objetivo principal es generar conocimiento que impacte en la vida de otros seres vivos, humanos y no humanos.
A causa de la identificación de malas prácticas en la producción científica, los comités de ética surgen como una estrategia protectora y necesaria que vela por el cumplimiento de los principios básicos de justicia, autonomía, beneficencia y no maleficencia.3 En una revisión de 132 retractaciones en publicaciones científicas se encontró que las principales causas fueron la falsificación y la fabricación de datos (23 %), la copia de gráficos (22 %), el error en los datos o procedimientos (20 %) y el plagio (11 %).4
Aceptando que la divulgación de los resultados de la investigación tiene como objetivo el avance científico, el desarrollo de conocimientos y técnicas y la búsqueda de mejores prácticas, la búsqueda de reconocimiento y las promociones académicas se convierten en estímulo para el establecimiento de malas prácticas que deterioran la producción académico-científica.4 En una carta al editor, Silva plantea la existencia de prácticas que propenden por la obtención de múltiples artículos académicos a partir de un mismo trabajo, fraccionando la información en diferentes productos para acceder a estímulos académicos, lo cual puede atentar contra la calidad de la información y del sustento de las conclusiones presentadas.5
En 2010, se conoció que publicaciones relacionadas con el fármaco roziglitasone, usado para el control de la diabetes, habían ocultado datos asociados a complicaciones como el aumento de la incidencia de infarto de miocardio en los pacientes que lo recibieron. Al revisar el contenido, se encontró que más de 50 % de los autores de trabajos que recomendaban el uso del fármaco tenía algún conflicto de interés, el cual era de carácter económico en casi la mitad de ellos.6
Los conflictos de interés deben ser expuestos de manera transparente, en especial para que el autor evidencie de manera voluntaria situaciones que puedan influir en su criterio o juicio. Según Camí, citado por Pinto Pardo, el término se define de la siguiente forma:7
Aquella situación en la que el juicio de un profesional concerniente a su interés primario (por ejemplo, la integridad de una investigación) está indebidamente influenciado por un interés secundario (por ejemplo, de carácter económico o personal).
Un conflicto de interés no se traduce en pérdida en la credibilidad de los resultados de una investigación, pero debe ser una razón más para motivar la agudización sobre la valoración de dichos resultados y las opiniones, de tal manera que se garantice el respeto por el interés primario de la investigación.8 Soto Subiabre precisa la diferencia entre la existencia de una condición de conflicto de interés como potencial influencia en el juicio y resultado, así como en la materialización de este expresado en un hecho; de tal forma, la condición no representa una transgresión moral por sí misma mientras se conserve un rigor metodológico.8
Las publicaciones en el área de la salud tienen por objetivo compartir conocimiento a la comunidad científica que promueva la solución de problemas en este campo. Los comités editoriales nacen como garantes del cumplimiento del rigor científico necesario; sin embargo, las estrategias de las normas para autores se han centrado en el rigor metodológico más que en el impacto del conocimiento generado. Lo anterior, sumado a los estímulos y la búsqueda de reconocimiento generado por el número de publicaciones, ha favorecido situaciones como la duplicación o fragmentación de información, el plagio y la producción de contenidos que no generan impacto en la humanidad.
El índice H cuantifica la cantidad de citaciones que un investigador tiene de sus productos académicos registrados en las bases de datos más importantes del mundo; sin embargo, no es tomado en cuenta para reconocimientos y estímulos de manera universal.9 Es indispensable incorporar acciones que propendan por ajustar el juicio ético en términos de buscar principalmente el impacto en la ciencia.
La producción de literatura científica es una actividad cuyo objetivo debe ser la transferencia de conocimiento útil a la comunidad de interés. Por lo tanto, es indispensable que se tomen medidas respecto a su desarrollo, para que se priorice el avance en el conocimiento por encima del beneficio del investigador.