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Secuencia

versão On-line ISSN 2395-8464versão impressa ISSN 0186-0348

Secuencia  no.119 México Mai./Ago. 2024  Epub 10-Jun-2024

https://doi.org/10.18234/secuencia.v0i119.2126 

Artículos

Pueblos de indios y tierras en las Fronteras de Colotlán durante el siglo XVIII

Indian Towns and Lands on the Borders of Colotlán during the 18th Century

1Universidad de Guadalajara, Centro Universitario de los Valles, México ramon.goyas@valles.udg.mx


Resumen:

El presente trabajo aborda la problemática social que vivieron los pueblos de indios ubicados en las Fronteras de San Luis Colotlán durante el siglo XVIII. En este análisis se parte del supuesto de que, a medida que transcurrió dicha centuria, los conflictos por tierras entre los pueblos de indios contra haciendas y ranchos se hicieron más recurrentes; sin embargo, más allá de plantear que sólo se trató de una presión paulatina por el crecimiento demográfico o la llegada de nuevos pobladores a un territorio habitado primordialmente por indígenas, los problemas de los pueblos de indios se agravaron debido a las nuevas medidas políticas que implementaron las autoridades novohispanas tendentes a eliminar los privilegios especiales que, desde finales del siglo XVI, se les había concedido a los nativos en su calidad de soldados de frontera.

Palabras clave: Colotlán; pueblos de frontera; conflictos indígenas; wixárikas

Abstract:

This article explores the social problems experienced by the Indian towns located on the borders of San Luis Colotlan during the 18th century. This analysis assumes that, as the century wore on, land conflicts between Indian towns and haciendas and ranches became more frequent. However, beyond suggesting that this was merely gradual pressure due to demographic growth or the arrival of new settlers in a territory primarily inhabited by indigenous people, the problems of Indian towns were exacerbated by the new political measures implemented by the Novohispanic authorities designed to abolish the special privileges granted to the natives in their capacity as frontier soldiers in the late 16th century.

Keywords: Colotlan; border towns; indigenous conflicts; Wixárikas

INTRODUCCIÓN

El presente ensayo no es un estudio general sobre continuidades y cambios en la dinámica de los pueblos de indios de las Fronteras de San Luis Colotlán durante el largo periodo colonial; su objetivo es analizar los espacios territoriales de los 25 pueblos de indios de las Fronteras de San Luis Colotlán durante el siglo XVIII y la conflictividad que por la tierra se fue haciendo evidente a medida que trascurrió dicha centuria.1 El periodo elegido no es casual o aleatorio, diversos autores han puesto de manifiesto cómo en los tumultos y alzamientos del siglo XVIII, un trasfondo importante fue la hostilidad indígena contra españoles y criollos que paulatinamente habían invadido tierras de sus pueblos. A raíz de la reducción de la Sierra del Nayar, se acentuó la incursión de colonos mestizos solicitando u ocupando tierras en los contornos de los pueblos, lo que suscitó el reclamo de los naturales por esos espacios que, desde siglos antes, venían ocupando (Rojas, 1993). Hay que añadir que, el 15 de septiembre y el 30 de octubre de 1692 se expidieron dos reales cédulas que tuvieron gran repercusión en torno a la tenencia de la tierra en el área de estudio. La primera hacía alusión a la reactivación de las composiciones de tierras en todos los dominios hispanos; la segunda fue para la creación de la Superintendencia de Beneficio y Composición de Tierras con el fin de controlar las enajenaciones de bienes considerados realengos (Solano, 1991). A partir de entonces y bajo dichas premisas legales, los diversos oidores -Tomás Pizarro Cortés, Francisco Feijoo Centellas, Fernando de Urrutia, Pedro Malo de Villavicencio, Martín Blancas, entre otros- que fungieron como jueces supernumerarios de ventas y composiciones de tierras de Nueva Galicia, Nueva Vizcaya y provincias subalternadas, exigieron que los pueblos de indios también demostraran con documentos la legitimidad de las tierras que tuviesen ocupadas o que consideraran de su propiedad, de lo contrario, las autoridades debían ponerlas en subasta pública. Acatando dichas órdenes, la Real Audiencia de Guadalajara acentuó su presencia en las Fronteras de Colotlán, tratando de conocer y hacer cobro de las tierras poseídas sin títulos de ningún tipo por los pueblos de indios, intensificándose también la concesión de mercedes a colonos que ya estaban instalados o buscaban adquirir nuevas tierras, lo cual que se describe en las siguientes páginas.

Por otro lado, la presión sobre la tierra en el área se incrementó luego de que, a principios del siglo XVIII, se redescubrieran vetas de plata a menos de una legua del río Tepec; atraídos por la noticia, ya para principios de 1708 se habían asentado más de 1 000 personas en esa zona (Brading, 1968; Velázquez, 1961). El desarrollo de la minería en Bolaños también activó profundas transformaciones económicas, demográficas y ambientales que repercutieron de forma dramática en un entorno que había permanecido relativamente aislado hasta principios del siglo XVIII, lo que, en última instancia, presionó a los sistemas de subsistencia de los pueblos de indios cercanos (López, 1974; Ruiz, 2014).

Al ser una temática que aún no ha sido muy trabajada para el área elegida, en los antecedentes se llevó a cabo un análisis sobre el estado del arte en torno a la tierra que utilizaban los pueblos y su regulación legal; posteriormente, se recabó información sobre mercedes, composiciones de tierras, dotaciones y conflictos por límites en fuentes primarias de archivo. Al respecto, y aunque de forma dispersa, los acervos documentales del Archivo de Instrumentos Públicos del Estado de Jalisco (AIPJ) y del Archivo de la Real Audiencia de Guadalajara (ARAG) contienen información sobre tierras que no ha sido considerada sobre muchos de los pueblos estudiados. Finalmente, se ofrecen tres posibles explicaciones para entender la inconformidad indígena que, poco a poco, se fue generalizando en área de estudio a finales del periodo colonial.

ANTECEDENTES

Los pueblos de indios de las Fronteras de Colotlán han sido analizados preferentemente como corporaciones de milicianos defensores del reino español (Carrillo, 2000; Fernández y Román, 1999; Güereca, 2018a; Gutiérrez, 2013; Rojas, 2009; Velázquez, 1961, entre otros). En asuntos de tierras, entre los estudios más recientes, puede mencionarse el de Ultreras Villagrana (2005) , centrado en la lucha legal que las congregaciones de Huejúcar y Tlalcosahua mantuvieron contra La Quemada, hacienda vecina que tendió a expandirse a costa de los territorios que históricamente los indígenas de los pueblos citados reconocían como de su propiedad. Raquel Güereca (2018b), por su parte, enfatiza cómo al querer implantar entre los pueblos de las Fronteras de San Luis Colotlán un modelo de posesión de la tierra con territorios bien delimitados, según los ordenamientos contenidos en las Leyes de Indias, derivó en largas y frecuentes disputas, puesto que el modelo de poblamiento y apropiación del territorio imperante había sido mediante el aprovechamiento no intensivo de grandes extensiones de tierra con diversas microzonas ecológicas en las que los naturales cazaban, pescaban, recolectaban plantas silvestres y, eventualmente, practicaban un tipo de agricultura rotativa en pequeña escala.

Indirectamente, otros trabajos han dado cuenta de la importancia de la tierra y la defensa del territorio en general, como parte de la sobrevivencia de los pueblos estudiados. Para Powell (1984, p. 45) , la lucha que, desde 1550 se recrudeció a lo largo del río Tepeque -hoy Bolaños-, tuvo como finalidad preservar sus tierras de las estancias que amenazaban con extenderse sierra adentro. Para el caso de los indígenas huicholes, Beatriz Rojas (1993) ha mostrado cómo, desde tiempos coloniales, la lucha por mantener su territorio de sus vecinos no indígenas ha sido una constante histórica, puesto que el territorio ha estado vinculado con su propia identidad.

Hasta donde se sabe, el primer acercamiento español a la región se dio en 1530, luego que, llegado hasta el Teúl, el gobernador Nuño Beltrán de Guzmán, con la intención de reconocer la tierra, dividió a su ejército en dos secciones, una, comandada por él mismo, al parecer siguió el curso del río Bolaños hasta su desembocadura en el Río Grande, internándose por lo que hoy es Hostotipaquillo hacia Etzatlán y el valle de Ahuacatlán.2 La otra, dirigida por el veedor Pedro Almíndez Chirinos, se internó por la sierra rumbo a Tepic, los testigos de esta segunda y dura jornada no dejaron señalado nada relevante respecto a los indígenas serranos que encontraron, en cambio, recordaban que, después de 17 días de grandes trabajos y de pasar hambres, de despeñarse algunos caballos y perder unos 1 500 cerdos -la mitad de la piara que logró reunir el gobernador Beltrán de Guzmán a su salida de la ciudad de México-, los soldados e indígenas tlaxcaltecas y huejotzingas que, extenuados, acompañaban al capitán Chirinos, lograron por fin llegar al pueblo de Tepique, hoy Tepic (Razo, 2001).

Después de la guerra del Mixtón, que tuvo su auge entre 1541 y 1542, se buscó establecer una alcaldía mayor en las llamadas minas de Tepeque, cuya sede debió estar a las orillas del río Bolaños y desde donde se administró también a la alcaldía mayor de Juchipila y al corregimiento de Nochistlán.3 Sin embargo, para 1584, las minas de Tepeque estaban despobladas.4 Más al norte, en 1566 se descubrieron las minas de Fresnillo, que con el tiempo se convertirían en sede de alcaldía mayor. Dado que el peligro de ataques chichimecas siguió latente, en la segunda mitad del siglo XVI, y como estrategia de pacificación y control del territorio al norte de Nueva Galicia, las autoridades novohispanas promovieron la creación de asentamientos defensivos con el fin de atraer a los indios insumisos y ponerlos en “policía” y, sobre todo, proteger a las poblaciones pacíficas de los cañones de Tlaltenango y Juchipila y, así, asegurar las importantes rutas y fuentes de aprovisionamiento para las áreas mineras de Zacatecas. El área también atrajo a diversos conquistadores que, con cargo de encomenderos, buscaron aprovecharse de la población nativa, aunque con magros resultados.5

En 1569, el capitán Pedro Carrillo Dávila fundó Jerez de la Frontera, en tierra “… donde de ordinario, andan indios de guerra robadores y matadores” (Acuña, 1988, pp. 138-139), luego, en 1589, el capitán Miguel Caldera estableció diversas familias indígenas de origen tlaxcalteca en San Luis Colotlán, según el obispo De laMota y Escobar (1993) “… a fin de que los yndios Chichimecos Idólatras tan agrestes en su trato tuviesen vezindad con gente política y de buen exemplo” (p. 62). Hacia más al norte, en 1591, en el Real de Minas de Chalchihuites y en San Andrés del Teúl se establecieron otros asentamientos de indios tlaxcaltecas con la misma finalidad. En lo religioso, estos pueblos congregados originalmente dependieron de los frailes seráficos para su conversión y evangelización, quienes por un tiempo contaron con convento en San Luis Colotlán (Mota, 1993, p. 62);6 los franciscanos hacían entradas a la sierra para atraer indígenas y asentarlos en nuevas poblaciones. Fray Antonio Tello señala cómo, más hacia el sur, en el área tepecana, en 1580 fray Andrés de Medina logró fundar nueve pueblos, entre ellos el de Chimaltitán, donde trató de levantar un pequeño convento para la conversión de estos naturales (Tello, 1984, p. 120).

Gaspar de la Fuente, oidor de Nueva Galicia, quien a finales de noviembre de 1608 visitó la alcaldía mayor de Tlaltenango y San Luis de Colotlán, informó que, ya para entonces, había fundados en la sierra de Tepeque trece pueblos con indios chichimecos, quienes eran atendidos por los frailes franciscanos del convento de Colotlán.7 Durante la segunda mitad del siglo XVII comienzan a ser mencionados en los registros civiles y parroquiales los pueblos San Sebastián y Cuescomatitán (Santa Catarina) de la etnia wixárika o huichola,8 que en lo religioso dependían de la orden franciscana, en lo civil del alcalde mayor de Jerez y Tlaltenango, y en asuntos de guerra del capitán protector de Colotlán, como el resto de los pueblos flecheros del área.

Es de particular importancia que, a diferencia del resto de pueblos de Nueva Galicia, los indígenas de las Fronteras de San Luis Colotlán, durante el siglo XVIII, gozaban de privilegios dada su condición de indios flecheros encargados de resguardar las fronteras de la sierra; ellos debían ser considerados “hidalgos” y, por tanto, tenían permitido poseer armas y montar a caballo, estaban exentos de tributos y alcabalas y no se veían compelidos a prestar servicios personales (Güereca, 2018a, pp. 45-46; Ultreras, 2007, pp. 18-19).9 Martínez Baracs (1993) destaca cómo, inicialmente, estas prerrogativas habían sido negociadas y concedidas únicamente a los grupos de indios tlaxcaltecas que aceptaron trasladarse hacia distintos puntos del septentrión para ayudar a pacificar a las naciones chichimecas; es decir, debió aplicar sólo a los indígenas del pueblo de Nueva Tlaxcala, aledaño a Chalchihuites, San Andrés del Teúl y al barrio de Tlaxcala de las Fronteras de San Luis Colotlán, aunque, para los siglos XVII y XVIII, la generalidad de pueblos catalogados como “milicianos” contaban con estos beneficios (Güereca, 2018a; Rojas, 2002).10

En cuanto a la forma de gobernar toda esta área, tanto el virrey como la Audiencia de Guadalajara tuvieron injerencia a través de las autoridades locales. Aunque no es tema central de este trabajo, vale destacar la compleja forma de orden y gobierno del área de estudio. Es conocido que, desde finales del siglo XVI, a estos pueblos se les dotó de un capitán protector que actuó como suprema autoridad en asuntos militares sobre los indios milicianos de las poblaciones de las Fronteras, mismo que era designado por los virreyes en turno y sólo a ellos debía dar cuenta.11 Diversos autores destacan que el capitán general y protector de las Fronteras de Colotlán poseía un poder casi absoluto sobre los colotecos, “… no solo en cuestiones militares sino también en materia política, administrativa y judicial” (Güereca 2018a, p. 80; Shadow, 1987, p. 62). En cambio, Gutiérrez (2013, pp. 836-39) y Rojas (2013, pp. 82-83) son más cautelosos y señalan que las atribuciones del capitán protector no se extendían a los hacendados, arrendatarios, mestizos y mulatos ni advenedizos radicados en la frontera. En este trabajo se argumenta que, si bien fue clara la función central del capitán protector en torno a la seguridad y al control militar de los indígenas del área,12 es más imprecisa en cuestiones civiles, de justicia y de gobierno, dadas las facultades que los sucesivos alcaldes mayores de Jerez-Tlaltenango tuvieron en el área, tal como lo comprueban diversos expedientes de archivo de los siglos XVII y XVIII.13 Lo anterior tiene su base en que, desde que la real Audiencia de Nueva Galicia fue instalada en 1548, al ser una entidad separada de la real Audiencia de México, quedó supeditada en asuntos de hacienda y guerra al virrey, pero, en los ramos de gobierno y justicia, su potestad abarcó no sólo al territorio de Nueva Galicia, donde se ubicaban las Fronteras de Colotlán, sino también las llamadas provincias internas, incluyendo a Nueva Vizcaya, según las ordenanzas dictadas el 19 de marzo de 1548 en Alcalá de Henares (Enciso, 2016, pp. 6-7).14

En los procesos de averiguación de tierras detentadas y mediciones, que es asunto de este ensayo, formalmente las ventas, dotaciones, confirmaciones, composiciones, conflictos por límites y demás cuestiones que se suscitaran entre todas las etnias, incluyendo a los pueblos de indios del distrito de San Luis Colotlán y del corregimiento del Real de Bolaños cuando este fue creado, debían resolverse ante el juez privativo y superintendente general de ventas y composiciones de tierras del reino de Nueva Galicia, Nueva Vizcaya y provincias subalternadas. Sin embargo, las frecuentes violaciones a esta normatividad por parte de la real Audiencia de México o del virrey, ocasionaron conflictos que fueron dirimidos ante el real Consejo de Indias y los soberanos españoles.15

LAS TIERRAS DE LOS PUEBLOS COLOTLENSES DURANTE EL SIGLO XVIII

No se han encontrado evidencias de que desde el siglo XVI, ni siquiera en gran parte del siglo XVII, las autoridades de la ciudad de México o de Guadalajara hayan expedido títulos primordiales de tierras a los pueblos de las Fronteras de San Luis Colotlán, lo que, en cierta forma, se asemeja al proceso general que siguieron otros pueblos de indios de Nueva Galicia (Goyas, 2018). Fue hasta finales del siglo XVII, a raíz de la real cédula expedida el 30 de octubre de 1692 para la revisión de títulos, ventas y composición de tierras de todas las provincias del imperio español, que se presionó tanto a particulares como a corporaciones para que demostraran la legitimidad de las tierras que estuviesen poseyendo, incluyendo en estas a los pueblos de indios.

Si bien, en la segunda mitad del siglo XVIII, los indígenas del pueblo de Huejúcar trataron de justificar que el origen de la ocupación legal de sus tierras se remontaba a 1562, fecha en que el virrey Gaspar de Zúñiga y Acevedo les había concedido un territorio considerable, en realidad el testimonio no tenía sustento (Güereca, 2018a, p. 176; Ultreras, 2005, p. 72). Lo que sí obraba en expedientes era que el 6 de julio de 1705, el oidor de Nueva Galicia, Francisco Feijoo Centellas, inéditamente les había concedido un cuadrado de cuatro leguas por lado como “tierras por razón de pueblo”, se trataba, pues, de una merced primordial.16 Los naturales de Huejúcar hicieron valer esta concesión en distintos momentos del siglo XVIII. A finales del siglo XVII, otros pueblos iniciaron procesos legales para la obtención de sus primeros títulos de tierras: Huejuquilla el Alto y Santo Domingo Tezompa, su pueblo sujeto, en 1696 (Güereca, 2018b);17 Santiago Acaspulco en 1698;18 San Pedro Nostic en 1703;19 San Diego Tlalcosahua en 1709,20 entre otros. Ni siquiera San Luis Colotlán, el pueblo más importante del área, poseía legalmente sus tierras en el siglo XVII, por lo que, el 2 de mayo de 1709, Francisco Fernández de la Cueva, virrey de Nueva España, le concedió tres leguas de tierra por cada viento, las cuales fueron medidas por el agrimensor Juan Manuel de Salceda -o de Salcedo-, procedimiento basado en el acta de fundación de dicha congregación indígena en donde se establecieron tres leguas de radio como espacio vedado para estancias de ganado de españoles.21 Aunque la orden se expidió en la ciudad de México, el proceso de medición y la confirmación definitiva de la entrega corrió por cuenta de las autoridades de Guadalajara. El auto legal de entrega fue firmado por el juez supernumerario de composiciones de tierras y oidor de la Audiencia de Guadalajara, Francisco Feijoo Centellas, el 8 de octubre de 1713; de hecho, esta sería la última merced de tierras que este importante funcionario concedió antes de su muerte.22 En 1724, los indígenas del barrio de Tlaxcala del pueblo de San Luis Colotlán solicitaron que se renovara el testimonio por escrito de las tierras y privilegios que les fueron concedidos, en virtud de ser soldados conquistadores a las órdenes del monarca español.23

Al pueblo de San Juan Bautista Mezquitic se le otorgaron legalmente 4.5 sitios de ganado mayor y algunas cuerdas más en 1725. Cabe señalar que, según un expediente del siglo XIX, dicha merced fue aprobada por el virrey y no por el Juzgado de Tierras de la real Audiencia de Guadalajara.24 Una década después, los pueblos de San Lorenzo Azqueltán y Santiago Tlaltelolco fueron beneficiados con títulos de sus tierras “por razón de pueblo” en 1733.25 Para el caso de San Lorenzo Azqueltán, don Fernando de Urrutia, juez supernumerario de venta y composiciones de tierras de Nueva Galicia, les concedió otros doce sitios de ganado mayor más un cuarto de otro, tierras que les midió don Gerónimo Lasso y Bravo y por las que pagaron solamente 75 pesos.26 Sus tierras se componían de sierras y barrancas cercanas al río Bolaños, hacia el norte colindaban con tierras de San Pedro Nostic y por el sur con las del pueblo de San Gaspar de Huilacatitlán; esta fue una de las concesiones más extensas de tierras del periodo colonial entre los pueblos del actual estado de Jalisco. Finalmente, había también una gran cantidad de pueblos que, al parecer, no contaron con títulos de tierras hasta muchas décadas después. En 1774, un juez comisario llamado Esteban Polanco, señaló que el pueblo de Santiago Totatiche no contaba con título alguno de sus tierras, aunque lo habían solicitado hacía siete años.27 Los indígenas de Totatiche se describían como “sumamente pobres”, por lo que el proceso para adjudicarles los espacios realengos que existían alrededor de sus tierras por razón de pueblo se fue posponiendo. Por último, otros pueblos, especialmente los de la nación wixárika, usufructuaban enormes extensiones de montañas sin títulos de ningún tipo y no estaban interesados en obtenerlos, pues, seguramente, sabían que se debía pagar por la tierra que excediera a la de su fundo legal.

A pesar de estas extensiones tan notables, los pueblos de indios de las Fronteras de Colotlán tuvieron serios problemas por la invasión de sus territorios desde principios del siglo XVIII. Fue esta una de las causas principales del levantamiento de diversos pueblos en 1702 y de la quema de estancias y ranchos, según Raquel Güereca (2018b, p. 85).28 En 1714, los indios de San Diego de Huejuquilla, de San Luis Colotlán, y los de San Andrés del Teúl demandaron a José Vázquez Borrego a Juan Pérez y a Cayetano Pérez por la invasión del puesto de Ameca;29 más hacia el sur, en las confluencias de los ríos de El Salto y Jerez, durante las primeras décadas del siglo XVIII, la real Audiencia de Nueva Galicia concedió diversos sitios de tierras, mismos que con el tiempo terminaron en manos de Luis del Río de la Loza, vecino y funcionario de la villa de Jerez de la Frontera. La llamada estancia de San Pablo de este personaje se componía de cuatro sitios de ganado mayor y ocho caballerías de tierra -unas 7 200 hectáreas- y se extendió entre los pueblos de Temastián y San Luis Colotlán, afectando sobre todo al primer pueblo, ya que, al parecer, los sitios de Las Guayabas, La Iglesia y San Cayetano eran aprovechados por los naturales de Temastián sin títulos legales. En enero de 1773, en que las autoridades de Guadalajara ordenaron el deslinde y amojonamiento de estas tierras, las autoridades de Temastián, para tratar de justificar su posesión, presentaron un raro escrito que de inmediato fue desechado, pues no correspondía con el distrito de San Luis Colotlán; es decir, en realidad, no contaban con documentos legales de sus tierras, mismas que algún testigo señaló que se componían de quince leguas de norte a sur y de nueve leguas de oriente a poniente.30

Para la década de 1780 había en el área siete curatos de clérigos, algunos de los cuales pertenecían, sólo parcialmente, a la jurisdicción analizada: San Luis Colotlán; Totatichi -se había organizado como curato propio en 1755, ya que antes este y los pueblos que le fueron adjudicados pertenecían a la parroquia de San Luis Colotlán-;31Chimaltitán; Mezquitic; Huejuquilla el Alto; Chalchihuites -perteneciente al obispado de Durango-, y San Pedro Analco. El territorio comprendía también cinco misiones franciscanas: Aposolco -o Apozolco-, Camotlán, San Sebastián, Santa Catarina y Amatlán de Jora -esta última misión enclavada al poniente, realmente era vecina del distrito de San Luis Colotlán-; en 1783 se calculó que el distrito de San Luis Colotlán, en su totalidad, estaba poblado por unas 18 000 o 19 000 almas.32

En asuntos militares, un pase de lista de 1782 de los indios flecheros dio como resultado la suma de 3 500 hombres; sin embargo, se calculaba que había unos 7 000 con esta categoría en toda la comarca pues, en esa ocasión, no concurrieron todos los alistados;33 en otra relación enviada por Rafael Amar, gobernador político de las Fronteras de Colotlán, el 25 de marzo de 1784 arrojó que había 3 465 soldados en condición de casados, más otros 667 milicianos solteros, es decir, un total de 4 132 indios flecheros, de los que el pueblo de Huejúcar aportaba alrededor de la cuarta parte34.

En abril de 1790, Félix María Calleja, capitán del regimiento de Infantería de Puebla, fue asignado a las Fronteras de San Luis Colotlán y la provincia de Nayarit para hacer un reconocimiento detallado de las milicias, pueblos y misiones de indios a donde llegó con dos ayudantes a principios de julio y terminó su recorrido en septiembre del mismo año; gracias a él podemos tener una idea aproximada de muchos detalles de cada pueblo en el área, en especial de sus tierras, base de su sustento y motivo de muchos conflictos.35

Como se puede visualizar en el cuadro 1,36 en algunos casos, los datos del informe de Félix María Calleja difieren de otras fuentes, principalmente de las composiciones y nuevas mercedes de tierras concedidas a los pueblos de indios del Archivo de Instrumentos Públicos del Estado de Jalisco y del Archivo de la Real Audiencia de Guadalajara. En términos generales, Calleja registró menos tierras de las que realmente estaban certificadas a favor de los pueblos que se pudieron localizar en fuentes alternativas. Hay también algunas imprecisiones; por ejemplo, para el caso de San Luis Colotlán, las 16 leguas de tierra que Félix Calleja anotó, le correspondían solamente a los barrios de Soyatitán y Tochopa, mas nunca incluyó las tierras del barrio de Tlaxcala, que debieron consistir en otras 20 leguas de tierra, según los legajos del siglo XVIII relativos a las concesiones de tierras al pueblo de San Luis Colotlán. El barrio de Tlaxcala destacaba por la gran cantidad de tierra poseída, resultado, tal vez, del trato preferente que recibieron por su condición de aliados militares de los españoles.

Fuente: elaboración propia, con base en MP-México, 754. Archivo General de Indias, España.

Mapa 1. Pueblos de indios flecheros de la frontera de San Luis Colotlán en 1780 

Cuadro 1 Tierras de los pueblos de las Fronteras de Colotlán en 1790 

Leguas detentadas según Félix María Callejaª
Pueblo Habitantes De pan llevar Riego Pastos Estéril o sierras Total Leguas detentadas según otras fuentes
Huejúcar 782 4 12 16 16
San Luis Colotlán 1 254 2 6.5 10 18.5 36
Santa María de los Ángeles 851 4 0.5 2.5 7
Santiago Tlatelolco 269 3 0.5 0.5 4 18
San Diego Tlalcosahua 409 1 2.5 3.5
Nueva Tlaxcala 210 2 0.5 3.5 6
San Andrés del Teúl 728 6 0.25 9 23.75 39
Santiago Acaspulco 409 1 2 1.5 4.5 7.5
San Lorenzo Asqueltán 317 0.5 7 5 12.5 13.75
Santiago Totatiche 233 1 1 1.5
Temastián 242 3 4.5 7.5
Huejuquilla el Alto 1 997 4 6 26 36 36
San Cristóbal de La Soledad 320 1 10 11
San Juan Bautista Mezquitic 520 1 4.5 5.5 5.5
San Pedro Nostic 325 1 4 16 21 21
San Nicolás 144 1 2 1 4
Santo Domingo Tezompa 342 1 2 1 4
San Andrés Coamita 609 1 20 49 60
San Sebastián Teponahuastlán 249 0.5 4.5 9 14
Santa Catarina 51 0.5 3 10 13.5
Santiago Apozolco 173 1 5.5 6.5
Santo Domingo Camotlán 150 1 1
San Juan Mamatla 180 1 3 2 6 2.25
Ostoc 1 1
San Miguel Tepisuac 369 0.5 7 7.5
TOTALES 11 133 43 1.75 104.5 171.25 310.5

ª Este informe de Félix María Calleja fue enviado al virrey de Nueva España el 13 de octubre de 1790. Véase Secretaría de Guerra, leg. 7050, 1. Achivo General de Simancas, España.

Fuente: elaboración propia, basado en: SGU, leg. 7050, 1. AGS, España; Civil, caja 381, exp. 1. Archivo de la real Audiencia de Guadalajara, México; Tierras, vol. 1321, exp. 7. Archivo General de la Nación, México; Gobernación, Indios, zap/3572. Archivo Histórico de Jalisco, México; Tierras y aguas, 1ª colección, L. 10, exp. 104, L. 11, exp. 8. Archivo de Instrumentos Públicos de Jalisco, México; Gobernación, G-9-848. AHJ, México; Tierras y aguas, 1ª colección, L. 45, exp. 51. AIPJ, México; Civil, caja 335, exp. 23. Archivo de la Real Audiencia de Guadalajara, México; Indios, vol. 50, exp. 223. AGN, México.

Si nos atenemos a los datos del cuadro anterior, el promedio de tierras por pueblo era de poco más de doce leguas cuadradas de extensión, espacios mucho más dilatados que los del resto de pueblos de Nueva Galicia, cuya asignación por ley era de una legua cuadrada de tierra “por razón de pueblo” (Goyas, 2018). Claro que la mayoría de las tierras de los pueblos colotlenses eran de pastos y serranías, pero lo anterior no se contradice. De hecho, sólo los 43 sitios de ganado mayor de tierras de pan llevar que en total poseían, arrojan casi dos leguas de tierra fértil en promedio por cada congregación. Considerando que, para entonces, los sitios de ganado mayor debieron medir unas 1 755 hectáreas y de que en total había poco más de 11 000 habitantes en las 25 poblaciones, en teoría cada habitante de la edad que fuera contaba con casi siete hectáreas de tierra de pan llevar, tal vez unas 20 o 30 hectáreas por familia; sin incluir en este conteo las tierras de pasto o de serranía, que en algunos pueblos eran muy extensas; se trata, pues, de espacios nada desdeñables para vivir de la agricultura o de la ganadería y aún tener terrenos de reserva para leña u otros usos. Entonces, ¿por qué había tanta inconformidad y reclamos a las autoridades entre los pueblos de indios?

Asumiendo que la mayoría de las poblaciones de indios colotlecos eran dueñas o al menos usufructuaban vastos territorios para su manutención, habrá entonces que poner atención a otros detalles si queremos entender la inconformidad de los indígenas en las últimas décadas del siglo XVIII. En este trabajo, y mediante subapartados, se ofrecen tres posibles factores que contribuyeron a exacerbar los ánimos entre la población aborigen de los pueblos de frontera contra las autoridades virreinales y el orden establecido:

1. El asentamiento de colonos en tierras usufructuadas por los pueblos de indios

Si bien, desde el siglo XVII se comenzaron a poblar de manera dispersa algunos ranchos en el área de estudio con estratos no indígenas, es hasta el siglo XVIII que se acentuó dicho fenómeno. A raíz de la expedición de la real cédula de composiciones de tierras del 30 de octubre de 1692, diversos jueces de tierras como Cayetano Ginés, Francisco Flores de Medrano, Juan Manuel de Salceda y Cristóbal Cesati se dedicaron a revisar títulos de predios, regularizar la tierra poseída sin documentación alguna y conceder la tierra baldía que fuese solicitada, dándole certeza legal a las ocupaciones ilegales tanto de pueblos como de haciendas y ranchos entre Monte Escobedo, Jerez, Colotlán y Tlaltenango. Ya para 1718, en las cercanías de Colotlán sobresalen los puestos de El Río de Cartagenas, el rancho de María de la Torre, Las Bocas, El Sauz, Tepulichi, Las Barranquillas, El Inglés, Totolco y El Carrizal, entre otros;37 en el caso del curato de Totatiche, lugares como La Cementera, Pathagua, Cuisco, El Rincón y Juanacatique también tenían población de importancia considerada como española, mestiza y mulata.38 Algunos predios habían sido mercedados pacíficamente y sin que los pueblos de indios se opusieran, otros mediante litigios. Por ejemplo, en septiembre de 1733, a raíz de la instalación de un rancho en tierras que consideraban de su propiedad por un tal Gregorio Moreira, los indios de Acaspulco y los de San Pedro Teocaltiche se unieron para delimitar mejor sus propiedades. En este proceso, y por acuerdo de las partes, se concedieron en merced poco más de siete caballerías de tierras a Juan de la Concha, vecino de Tlaltenango, potrero ubicado entre los pueblos en disputa.39 Cabe señalar que, para entonces, Acaspulco colindaba con San Pedro Teocaltiche, es decir, eran extensas sus propiedades por el lado suroriente. Hacia la sierra de Santa Catarina, también en 1733, un Antonio Bañuelos solicitó en merced tierras en el cerro de Ocota y la Mesa del Fraile, perjudicando a los pueblos de San Pedro Nostic y de Santa Catarina. Para sustentar su petición, este colono argumentó que dos o tres sitios de tierra eran bastantes para las familias que componían Nostic, además que, contar con tanta tierra para tan pocos era en perjuicio de su majestad, y el que los indios vivieran desparramados en rancherías ofendía a Dios, porque sólo fomentaba sus “gentiles idolatrías”.40 En general, se observa que, entre 1691 y 1692, se mercedaron legalmente diversos sitios en el valle de Monte Escobedo, entre los que destacan San Nicolás de Vallecito, La Pastoría, San Juan de los Lirios y Atotolaque,41 también se concedieron mercedes de tierra en las áreas montañosas;42 algunos de estos nuevos ranchos se encontraban cerca de los pueblos de Nostic y Mezquitic. Incluso, desde principios del siglo XVIII se comenzaron a fundar algunos ranchos tierra adentro hacia los pueblos wixárikas. Se desconoce la condición en la que vivían dichos colonos, en muchos casos, probablemente se trata de arrendatarios, sea de tierras indígenas o bien, de españoles.43 El censo del curato de San Luis Colotlán, levantado por el bachiller Miguel Antonio Gómez el 1 de febrero de 1773, confirma que se habían masificado los ranchos en este curato, algunos de ellos con más de 100 habitantes, es decir, al menos en número de personas, rivalizaban con los pueblos. Para el caso del corregimiento de Bolaños, en 1782 -según Eusebio Sánchez Pareja- se registraban al menos cuatro poblaciones importantes consideradas de españoles: San Martín, La Playa, Tepec, y Borrotes; esta tendencia es corroborada también en el censo por curatos levantado por Fermín de Villaseñor y Acuña, corregidor del partido de Bolaños, el 9 de junio de 1773.44 Estos colonos comenzaron a reclamar tierras no sólo en el territorio de Bolaños, sino en el de las Fronteras de San Luis Colotlán.

En noviembre de 1766, Maximiliano de Santiago, vecino del Real de Bolaños solicitó que le fueran concedidos tres sitios y medio de ganado mayor para la manutención de las mulas de sus haciendas, los predios que pedía se encontraban entre los pueblos de Chimaltitán, “Gualacatitán” (Huilacatitlán), Azqueltán, San Sebastián Teponahuastlán y Tezompa, es decir, no en los límites, sino en el centro de las Fronteras de Colotlán; la real Audiencia de Guadalajara ordenó al corregidor de Bolaños que averiguara si tal tierra era realenga. Como resultado, se le concedieron al solicitante los puestos de San Miguel Sonacata, El Charco Azul y San Miguel del Tule; su abogado defensor señaló que, en realidad, la solicitud había sido por 25 sitios de ganado mayor denunciados como realengos (más de 40 000 hectáreas), tierras en las que, según él, no había sembradas ni seis fanegas de maíz, y lo poco sembrado era de arrendatarios, no de los indígenas de los pueblos. El 14 de octubre de 1780, Joaquín Cabeza Enríquez, nuevo juez y subdelegado de venta y composiciones de tierras y aguas de la real Audiencia de Guadalajara concedió a Miguel Maximiliano de Santiago solamente tres sitios y medio de ganado mayor por 160 pesos.45 A orillas del pueblo de Acaspulco, otro personaje llamado Juan Pablo López también había denunciado cinco sitios de ganado mayor (alrededor de 9 000 hectáreas) que le fueron concedidos.46

Hacia más al norte, en las inmediaciones de los pueblos de Huejuquilla y San Nicolás, poderosos hacendados también habían ido ganando terreno. El 3 de octubre de 1757, ante la real Audiencia de Guadalajara, Pablo Fernández Calderón, vecino de Fresnillo y dueño de las haciendas de Santa Teresa, San Antonio del Buen Retiro, San Juan Capistrano, San Pedro Alcántara, Santa Rosa y San Antonio de Padua, obtuvo la confirmación de 56 sitios de ganado mayor (unas 98 000 hectáreas) de su propiedad; sus tierras se extendían hacia el oeste, desde el sur de Huejuquilla hasta la Sierra Madre Occidental. El título original de estas tierras lo había gestionado ante el virrey Marqués de Casafuerte, don Fernando de la Campa y Coss, conde de San Mateo de Valparaíso, el 18 de enero de 1732, por lo que el oidor y subdelegado de tierras de Guadalajara en 1757 tuvo que conformarse con cobrar sólo 125 pesos por regularizar la merced.47 Con el tiempo, los sucesores del conde de San Mateo de Valparaíso tuvieron problemas por límites, no sólo con Huejuquilla, sino también con el pueblo de San Andrés del Teúl.48

Otra merced importante fue la obtenida por un vecino del Real de Bolaños, llamado Antonio Pérez Contreras, quien logró que se adjudicaran siete sitios de ganado mayor (unas 12 000 hectáreas) entre los pueblos de Mamatla, Camotlán y Ostoc, en la sierra de Tepec. En las complicadas mediciones se comprobó que, diseminadas entre las barrancas, ya vivían diversas familias de mestizos y criollos, las cuales no tenían títulos, pero argumentaron haber recibido permiso, en 1750, del capitán de las Fronteras de Colotlán, don Juan Fernández de Córdova, para radicar en esos parajes.49

A la par que crecía la población no indígena en los distritos de Bolaños y de San Luis Colotlán, no tardaron en presentarse nuevos problemas por límites de tierras. En 1735, Juan de la Torre acusó a los indígenas de los barrios de San Luis Colotlán de estar invadiendo tierras que él consideraba de su propiedad, por lo que pidió una nueva medición de lo que le pertenecía a este pueblo.50 En 1769, los indígenas de San Diego Tlalcosahua mantenían un conflicto con José Rodríguez Palma por límites.51 Para finales del siglo XVIII y principios del XIX, los pueblos de San Francisco Huejúcar y San Diego Tlalcosahua promovieron un ríspido litigio contra las haciendas de El Cuidado, Buenavista y La Quemada.52 En 1802, los indios de Huejúcar también iniciaron un juicio contra Pedro de Nava y Nicolás González por haberse introducido en los sitios de Las Víboras y Echimeque, respectivamente.53 Es probable que la mayoría de las mediciones de tierras promovidas por los pueblos de indios del área se vieran motivadas por la demanda creciente de tierras de otras etnias que poco a poco tendían a acotar sus ancestrales espacios.54

2. La transformación del modo de vida indígena a nivel local durante el siglo XVIII

La ocupación del territorio en las Fronteras de San Luis Colotlán estuvo indisolublemente asociada a las condiciones tanto naturales como sociales que tuvo el área. El control de amplios espacios por los grupos indígenas serranos comenzó desde antes de la conquista y pudo haber desplazamientos territoriales entre unas y otras etnias (Carbajal, 2002, pp. 38-39). Luego, con el establecimiento de las primeras reducciones indígenas promovidas por frailes y soldados, sus nuevos habitantes siguieron reconociendo espacios extensos en razón de que de ahí obtenían alimentos mediante la pesca, la caza, la recolección y de una incipiente agricultura, por tanto, no se trataba de una ocupación y aprovechamiento intensivo del territorio, sino de usos intermitentes del mismo, según sus condiciones naturales y las estaciones del año. Según Güereca (2018b), las querellas por tierras en la zona entre indígenas y colonos españoles comenzaron desde finales del siglo XVII, pero se acentuaron en el siglo XVIII debido a la diferencia entre la concepción de la tierra por los indígenas y las derivadas de la concepción hispana del territorio. Mientras que hacendados y rancheros consideraban la tierra no utilizada como susceptible de ser concedida en merced, los indígenas las reclamaban como suyas, en razón de sus milenarias estrategias de sobrevivencia, que demandaba el uso de diversos hábitats para subsistir. Los indios se aprovechaban de la pesca y de la cría de aves, había también importantes ríos; sin embargo, no eran muy afectos a la siembra intensiva de cereales, ni a la cría de ganado, y se dedicaban de modo general a rentar muchas de sus tierras, que en su mayoría -según testigos ajenos a los pueblos- permanecían ociosas y abandonadas. En cambio, eran muy propensos a litigar cualquier palmo de tierra que consideraran de su posesión. En el aspecto político, se decía que eran más problemáticos y revoltosos que sus vecinos los coras.55

Según Calleja, en 1790, en todo el distrito había formadas 22 cofradías, las cuales contaban en conjunto con 1 052 cabezas de ganado vacuno y 3 240 caballos;57 visto en promedio, cada cofradía no alcanzaba las 200 cabezas de ganado mayor (reses y caballos); dato notable si consideramos la amplitud de pastos y sierras de que disponían. El uso del territorio en los pueblos era extensivo y en común, sobre todo en lo referente a los pastos; observó también que, en ciertas épocas del año, más de la mitad de la población acostumbraba desperdigarse por las montañas “bajo el viejo pretexto de cuidar de sus siembras”.57 Por tradición, las familias indígenas desmontaban y sembraban pequeños predios húmedos y fáciles de trabajar, no con yuntas de bueyes, sino con su sola fuerza física entre las barrancas y a la orilla de los ríos (Rojas, 1993). No extraña pues, que pocos habitantes requirieran extensiones importantes de tierra y las consideraran como parte de su subsistencia. En este modelo, la mayoría del espacio no se cultivaba, pero servía para la caza, la recolección y para escapar del control de los curas y frailes doctrineros, ya que, según muchos testimonios, los indígenas se perdían entre los cerros para evitar ir a misa y para embriagarse sin ser molestados. Por ejemplo, sobre la congregación de Camotlán, en su informe de 1790, Félix Calleja señalaba que, a más de dedicarse casi por entero a hacer vino-mezcal, los indígenas vivían en las barrancas embriagados y sólo concurrían por muy poco tiempo al pueblo.58 En la visión colonial y moralista de Félix Calleja, los indígenas de los pueblos de Colotlán eran flojos y borrachos, y los bienes comunes de los pueblos, especialmente los de cofradía, estaban dedicados casi por entero a fiestas y a borracheras en ciertos días del año. Bajo esta visión despectiva, no extraña que, en 1791, el capitán protector de los pueblos de Colotlán solicitara permiso para forzar a los indios “ociosos” a trabajar en las minas.59

3. Las nuevas políticas borbónicas y su impacto en los pueblos de indios a nivel regional y local

Aunque tanto la real Audiencia de Guadalajara como el virrey, constantemente intervenían en la administración de los pueblos de las Fronteras de Colotlán, no parece que ello haya representado un grave problema para los indígenas; incluso, en algunas ocasiones, los pueblos supieron aprovechar esta doble jurisdicción. Lo que les era negado por la real Audiencia de Nueva Galicia, las autoridades de los pueblos lo podían gestionar ante el virrey. Más grave fue el cambio global de políticas que desde la península Ibérica se comenzó a delinear para todo el reino español a partir de la llegada de la dinastía borbón, sobre todo con las nuevas medidas políticas y organizativas que se tomaron para las provincias de Colotlán, Bolaños y el Nayar a partir de 1780. Desde 1756, a través de una cédula real emitida el 16 de septiembre, se había propuesto la creación de un gran corregimiento -con sede en el Real de Bolaños- que incluyera los territorios de Nayarit, que los indios flecheros comenzaran a tributar y que los pueblos de misión se pusieran en curatos (López, 1974, p. 430). Fue, sin embargo, a partir de 1780 que se trataron de aplicar estas medidas. Las nuevas directrices, tanto de los virreyes de Nueva España como de las autoridades provinciales, tendieron a un control más férreo de los recursos a través de sus ávidas políticas fiscales. Las prebendas o privilegios especiales de instituciones corporativas como la Iglesia o los pueblos de indios se comenzaron a concebir como obstáculos, por lo que se buscó eliminarlas;60 el resultado fue un discurso oficial cada vez más agresivo hacia los indígenas, alejado del paternalismo que antaño habían practicado los virreyes -a través de los capitanes de frontera- con los indígenas serranos.61 En los testimonios de la década de 1780 aparecen con mucha frecuencia los motes de indios flecheros “engreídos”, “borrachos”, “ociosos”.62

En la década de 1780, las Fronteras de Colotlán quedaron una vez más en la lente de las autoridades provinciales de Nueva Galicia y del virrey, por los intereses económicos que la región representaba, tanto por la bonanza mineral del Real de Bolaños como por la inseguridad que prevalecía en el área. Las medidas políticas que se promovieron a partir de esta década tendieron a minar el prestigio y el estatus especial de que gozaban los pueblos indígenas por su condición de milicianos a las órdenes del rey. Esta nueva situación pudo ser un detonante más del desconcierto local. Dicho de otro modo, la tierra fue sólo un factor más para que los indígenas manifestaran su inconformidad por las medidas administrativas que estaban reconfigurando su territorio y la vida cotidiana de cada individuo a nivel particular.

En los escritos de las distintas autoridades de la época se puede percibir que se consideraban excesivos los privilegios que estos pueblos gozaban respecto a las demás jurisdicciones vecinas.63 Así, a pesar de que los miembros del Cabildo de Aguascalientes declararon no conocer la situación particular de cada pueblo de las Fronteras de Colotlán, principalmente por la distancia a la que se encontraban, se manifestaron en favor de que el capitán protector no abarcara los distritos de Fresnillo, Jerez, Real de Bolaños y Aguascalientes, dado que nunca le habían sido anexas; también señalaron que no era adecuado que siempre fueran militares los que se encargaran de los indios en las Fronteras de Colotlán.64

Otros personajes que conocían los problemas del área propusieron abolir la figura del capitán protector de indios, porque, dado que era un puesto vitalicio y alejado del virrey, tendía a ejercerse de forma despótica. Los tenientes ubicados en los pueblos más importantes también abusaban de sus cargos, y convenía mejor una forma política parecida a la de las alcaldías mayores, cuyos titulares eran sujetos a juicios de residencia y sólo las ejercían por determinado tiempo. Pedro Trelles Villa De Moros, corregidor del Real de Bolaños, también propuso que a los indios de la provincia se les hiciera tributarios, puesto que el que fueran milicianos ya no tenía razón de ser, dado que la sierra del Nayar estaba pacificada. Se calculaba que la provincia podría rendir anualmente unos 16 000 pesos de tributos,65 recurso que no se estaba recabando; también se sugería que las armas que se les recogieran podrían servir para fortalecer a las alcaldías y corregimientos de Jerez, Sombrerete, Fresnillo, Bolaños, Hostotipaquillo y Tequila, conforme a sus distancias.66

En su informe del 13 de abril de 1790, Félix María Calleja se nota preocupado, no sólo por la reorganización de las milicias en la frontera de Colotlán, sino por cómo hacer que la región en general se incorporara a la economía virreinal de forma pujante. Calleja recomendaba cambiar la sede de Colotlán al Real de Bolaños, con el fin de controlar toda la región del Nayar y de los pueblos de Colotlán, y pedía que se cobraran tributos a los “españoles”, ya que la mayoría, según él, eran en realidad mulatos. También sugería poner cajas de comunidad donde se reuniera el dinero de los solares vendidos a los de otras castas. A su consideración, se debería exigir medio tributo a los indios flecheros y el entero a los mulatos y demás castas que habitaban la frontera, para revertir la situación de una provincia que, hasta entonces, sólo ocasionaba gastos, incluso sugirió que se cobrara un impuesto por cada barril de vino que consumieran los pueblos del área para pagar los gastos de las algunos oficiales que debían integrarse a las compañías militares.67 Finalmente, como parte de la reestructuración que se llevó a cabo en toda el área, el 31 de diciembre de 1792 se dispuso que los partidos de Bolaños y Nayarit quedaran sujetos al gobierno militar de San Luis Colotlán, se extinguieran las compañías de indios flecheros y se formaran nueve compañías de dragones formadas por soldados profesionales. Estos cambios se trataron de materializar durante toda la década de 1790 por el virrey y las autoridades de la Intendencia de Guadalajara.68 El primero de abril de 1793, don Simón de Herrera, encargado en turno del gobierno de las Fronteras de Colotlán, estando en el pueblo de Nueva Tlaxcala, comunicó a los indígenas que, a partir de entonces, dejarían de ser soldados, lo que ocasionó gran conmoción, por lo que el 11 de mayo de 1793 y, nuevamente, el 13 de julio del mismo año, de forma conjunta, los pueblos de San Luis Colotlán, Huejuquilla, San Nicolás, San Cristóbal de la Soledad, Tezompan, San Sebastián, San Andrés, Ocotán, Santa Catarina, Santiago Acaspulco, Temastián y Azqueltán recurrieron a José Ignacio Casela, abogado de la real Audiencia de México, para que los representara en su petición de conservar los privilegios que hasta entonces habían tenido.69 En 1794, para mayor disgusto de los indígenas, se planeó que a los nuevos soldados que integraran las milicias se les repartieran solares dentro de los pueblos; cada congregación debería destinar al menos doce solares para que se asentaran “vecinos de razón”. Pueblos como Santa María de los Ángeles, San Luis Colotlán y Huejuquilla el Alto inmediatamente se inconformaron y tramitaron solicitudes de reconsideración ante las autoridades virreinales; a los indios de Huejuquilla se les acusó incluso de estar preparando un levantamiento armado. Testigos señalaron que se estaban fabricando flechas en la sierra para rebelarse, pero la inconformidad ya se había extendido en toda la provincia.70 A partir de entonces, tanto el mando militar como el político antaño -sujetos al virrey- debían quedar sujetos al intendente de Nueva Galicia.71

CONSIDERACIONES FINALES

Para finales del siglo XVIII, los grupos indígenas del área vivían un proceso conflictivo en sentido doble, por un lado, era evidente la paulatina invasión de sus ancestrales espacios territoriales que consideraban suyos, con títulos legales o sin ellos, problema que cada pueblo atendió de forma aislada y, en consecuencia, diversos fueron también los resultados, lo que es evidente es que, durante el siglo XVIII, decenas de miles de hectáreas en el área pasaron a manos de mestizos y criollos. Por otro lado, fueron puestas en entredicho las antiguas prerrogativas de los naturales como milicianos a las órdenes del rey, problema que generó una reacción más unificada entre los pueblos, aunque no lograron una respuesta positiva a sus peticiones. Además, las autoridades civiles y militares trataron de consolidar el control del área, lo que dio como resultado un embate a la autonomía de los pueblos.

Se puede decir que, durante el siglo XVIII, los pueblos de indios de las Fronteras de San Luis Colotlán se vieron envueltos en profundas transformaciones que repercutieron no sólo en su organización, recursos y economía tradicional, sino en su modo de ser y de concebirse a sí mismos. De forma inherente, se puso en tela de juicio un modelo de vida caracterizado, no por la competencia y la producción para la venta, sino por formas de producción basadas en el trabajo para el sustento familiar y en patrones comunitarios de conducta. En la nueva concepción modernizadora de las autoridades virreinales, las atávicas formas de vida indígena debían transformarse a profundidad. No extraña, pues, que los conflictos locales se hayan recrudecido al finalizar el siglo XVIII y que, como lo señala Beatriz Rojas (1993) , dichos cambios hayan motivado a muchos grupos a sumarse a la cruenta guerra civil que daría origen a la independencia de México.

FUENTES CONSULTADAS

Archivos

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Archivo de la Real Audiencia de Guadalajara, México

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1Retomando una información de Antonio de Vivanco -elaborada en enero de 1781-, Rojas (2013, p. 84) registró 27 pueblos de indios en el área; la diferencia, sin embargo, tiene que ver con que el autor contabiliza los tres barrios de San Luis Colotlán (Tlaxcala, Soyatitán y Tochopa) como “pueblos”, pero San Luis Colotlán se consideraba una sola población, aunque estuviese dividido en su interior.

2“Carta a S.M. del presidente de la Audiencia de Méjico, Nuño de Guzmán en lo que refiere la jornada que hizo a Mechoacán, a conquistar la provincia de los tebles chichimecas que confina con la Nueva España” (Razo, 2001, pp. 48-49).

3Patronato, 181. Archivo General de Indias (en adelante AGI), España.

4Véase “Relación de Nochistlán” de 1584 y las notas previas de tal documento en Acuña (1988, pp. 138-139).

5A los indios tepecanos se les trató de meter en encomienda desde al menos 1538 sin que se lograra someterlos. En dicho año, los indígenas del triángulo colindante entre Tepeque, Guaynamota y Tlaltenango fueron asignados a Francisco de la Mota por el licenciado Diego Pérez de la Torre, pero este conquistador murió en la guerra del Mixtón; dos años después, en 1540, Cristóbal de Oñate asignó la comarca del Río Tepeque a Diego Hernández de Proaño (Fernández-Sotelo, 1994, pp. LXXII-LXXIII); en la Suma de visitas de los pueblos de la Nueva España (ca. 1548-1551) se señala que en el río de Tepeque había muchas estancias o pueblezuelos de indígenas que estaban depositados en Diego [Hernández] de Proaño y en Hernando Martell, sin embargo, se les catalogaba como “… gente indómita y salvaje. Y por eso no se visitaron”. (García Castro, 2013, p. 373).

6En 1600, este convento estaba aún en proceso de edificación. Véase Indiferente virreinal, caja 2935, exp. 12. Archivo General de la Nación (en adelante AGN), México. Todavía en 1790, existía el edificio que había servido de convento franciscano. Para entonces, según Félix María Calleja, era vivienda del cura del pueblo, y aunque era grande y de “regular fábrica”, se encontraba en estado ruinoso. Secretaría de Guerra (en adelante SGU). Leg. 7050, f. 203. Archivo General de Simancas (en adelante AGS), España.

7“Relación de lo hecho por el señor licenciado Gaspar de la Fuente…”, en Berthe et al. (2000, p. 116).

8En un proceso de deslindes de tierras del pueblo de San Pedro Nostic, llevado a cabo en abril de 1733, el capitán Antonio de Escobedo, alcalde mayor de Monte Escobedo, encargado de las mediciones, solicitó le permitieran también medir las tierras del pueblo de Cuescomatitán (hoy Santa Catarina), en su argumento señaló que hacía 70 u 80 años que su padre había conquistado a los indios de San Sebastián y Cuescomatitán, acción que le valió ser nombrado “capitán protector” de dichos pueblos por Martín de Zavala “…y desde ese tiempo [los pueblos conquistados] se han quedado con el amor en dicho mi padre y en mí”. Véase Tierras y aguas, 1ª colección, L. 21, exp. 1. Archivo de Instrumentos Públicos de Jalisco (en adelante AIPJ), México. De este parco testimonio se puede deducir que quien logró la pacificación de la Sierra de Santa Catarina probablemente se trate del capitán Francisco de Escobedo, personaje de renombre en el distrito de Jerez y Tlaltenango durante la segunda mitad del siglo XVII; por otro lado, de ser verídica la información, los pueblos de Santa Catarina y San Sebastián debieron ser congregados después de 1650 (Rojas, 1993), más probablemente en la década de 1660, como también lo prueba el hecho de que comienzan a aparecer bautismos indígenas de ambas congregaciones. El pueblo de San Andrés pudo ser una fundación posterior, tal vez de finales del siglo XVII, organizada no por militares, sino por los frailes franciscanos que ya trabajaban activamente en esta accidentada área.

9Una copia de las llamadas “capitulaciones” o privilegios que obtuvieron las familias tlaxcaltecas trasladadas al septentrión para la pacificación de las naciones chichimecas y que fue firmada por el virrey Luis de Velasco el 14 de marzo de 1591, puede consultarse en Indios. Caja 71, exp. 27. AGN, México.

10En mayo de 1793, los indígenas de San Luis de Colotlán, a través de José Ignacio Casela, abogado de la real Audiencia de México, se quejaban ante el virrey de haber sido despojados de sus armas y abolidos sus privilegios por el gobernador y capitán de las Fronteras de Colotlán, don Simón de Herrera, concedidos, según ellos, el 14 de marzo de 1591 por el virrey Luis de Velasco, en su calidad de colonos en tierras de frontera y conquistadores pacificadores de indios chichimecos. En realidad, el abogado Casela representaba al menos a once pueblos del área, inconformes con el actuar de don Simón de Herrera. Véase Indios. Caja 71, exps. 24, 25 y 26. AGN, México.

11Indios. Vol. 42, exp. 42. AGN, México; también hay datos en Carbajal (2002, p. 43).

12Sobre las atribuciones legales de los capitanes de frontera de San Luis Colotlán, luego llamados “gobernadores”, véase Gutiérrez (2013, p. 34) y Rojas (2013, pp. 82-83).

13Según la relación del capitán Pedro Dávalos Montiel, uno de los conquistadores del área, en la última década del siglo XVI, la región tenía el nombre de Fronteras y Valles de Colotlán y Tlaltenango en el Reino de Nueva Galicia o, simplemente, de Colotlán y Tlaltenango, y la cabecera, Santiago de Colotlán (que luego cambiaría su nombre a San Luis de Colotlán) estaba sujeta a la alcaldía mayor de Tlaltenango (Gutiérrez, 2013, p. 24).

14Estas prerrogativas fueron refrendadas mediante real cédula el 22 de septiembre de 1644. Guadalajara, 9, r. 23, núm. 95. AGI, España.

15 María del Carmen Velázquez (1961, pp. 7-9) destaca cómo, con motivo de un pleito de jurisdicción con Nueva Galicia, el virrey Matías de Gálvez solicitó, en 1783, un detallado informe sobre las Fronteras de Colotlán para saber qué forma de gobierno era la más adecuada; es decir, si se restablecía la figura del capitán protector o se adoptaban otras medidas para mantener la tranquilidad en dicha comarca.

16Civil. Caja 381, exp. 1. Archivo de la Real Audiencia de Guadalajara (en adelante ARAG), México.

17Según un expediente de 1848, en 1730, al pueblo de Huejuquilla le habían reconocido como suyas tres leguas por cada viento, es decir, con 36 leguas cuadradas de tierra, siendo Tomás Balderrama el juez agrimensor que hizo este deslinde. Véase Gobernación, Indios, zap/3572. Archivo Histórico de Jalisco (en adelante AHJ), México.

18Tierras y aguas, 1ª colección, libro 10, exp. 101. AIPJ, México.

19En 1733, los indígenas de Nostic testificaron que tenían perdidos sus títulos de tierras, pero que, en 1703, Juan de Somoza, oidor de Guadalajara les había concedido 20 sitios de ganado mayor, es decir, poco más de 35 000 hectáreas, a más de la legua cuadrada “por razón de pueblo”; área que Antonio Escobedo, alcalde mayor de Jerez, les volvió a medir y amojonar en dicho año. Véase Tierras y aguas, 1ª colección, libro 19, exps. 41 y 50; 1ª colección, libro 21, exp. 1. AIPJ, México.

20Civil, caja 21, exp. 2. ARAG, México.

21Tierras y aguas, 1ª colección, libro 10, exp. 104. AIPJ, México.

22Indiferente, 139, núm. 139. AGI, España.

23Véase Indios, caja 71, exp. 27. AGN, México.

24Civil, caja 335, exp. 23. ARAG, México.

25Gobernación, G-9-848. AHJ, México; véase también Indios, vol. 50, exp. 117. AGN, México.

26Tierras y aguas, 1ª colección, libro 19, exp. 41. AIPJ, México.

27Civil, caja 335, exp. 23. ARAG, México; Tierras y aguas, 2ª colección, vol. 105, exp. 10. AIPJ, México.

28Sobre las causas de esta rebelión y las medidas tomadas por el virrey duque de Albuquerque para resarcir los daños a los colonos mestizos y criollos que sufrieron la embestida indígena de los pueblos de Nostic, Acaspulco, Mezquitic, Totatiche, Azqueltán, de 1702, véase también Indios, vol. 95, exp. 4. AGN, México.

29Civil, caja 23, exp. 7. ARAG, México.

30Tierras y aguas, vol. 276, exp. 1. AIPJ, México.

31Parroquia de San Luis Obispo de Colotlán, Jalisco, libros de bautizos, 1718-1743; parroquia de Totatiche, libros de bautismos, 1755-1765. Archivo del Arzobispado de Guadalajara (en adelante AAG), México.

32SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

33SGU, leg. 7015, 2. AGS, España., leg. 7050, 1. AGS, España.

34SGU, leg. 7050, 1. AGS, España.

35El amplio informe de Félix María Calleja es bien conocido, datos sobre el mismo pueden hallarse en Gutiérrez del Ángel (2017), Ultreras Villagrana (2007), Ortiz Escamilla (2000), entre otros.

36El concentrado realizado por Félix Calleja sobre las tierras de cada pueblo de las Fronteras de Colotlán fue también analizado por Güereca (2018b); sin embargo, interpretó de forma inexacta los datos referentes a la cantidad de tierras de algunos pueblos, específicamente en los ocho pueblos que presentan fracciones de legua en sus totales; por ejemplo, a Colotlán la autora lo registró con 182 leguas cuadradas o a San Diego Tlalcosahua con 32 leguas; cuando deben interpretarse como 18.5 y 3.5 leguas, respectivamente, para cada población, tal como el mismo capitán Calleja lo especifica en otros apartados de su extenso informe.

37Parroquia de San Luis Obispo de Colotlán, “Libro de bautizos 1718-1743”. AAG, México. Muchos de los lugares mencionados aparecen medio siglo después en el mapa de la alcaldía mayor de Jerez de febrero de 1773, mandado a hacer por el alcalde mayor, don Leonardo Francisco de Nafarrate, ya que abarcaba los curatos de Jerez, Monte Escobedo, Mezquitic y Colotlán. MP-México, 294. AGI, España. La mayoría de los sitios citados recibieron títulos de tierras a finales del siglo XVII y principios del XVIII, pero había algunos, como el sitio del Río de Cartagena, cuya merced original se había expedido el 31 de octubre de 1615 por Alonso Pérez Merchan, presidente en turno de Nueva Galicia. Véase Tierras y aguas, 1ª colección, L. 14, exp. 59. AIPJ, México; es decir, apenas unas dos décadas después de haber sido establecido el presidio de San Luis Colotlán.

38Parroquia de Nuestra Señora del Rosario de Totatiche, “Bautismos 1755-1765”. AAG, México.

39Tierras y aguas, 1ª colección, L. 20, exp. 28bis. AIPJ, México.

40Tierras y aguas, 1ª colección, L. 21, exp. 1. AIPJ, México; véase también Tierras y aguas, 1ª colección, L. 19, exp. 50. AIPJ, México.

41Tierras y aguas, 1ª colección, L. 25-2, exps. 25, 26, 27, entre otros. AIPJ, México.

42Gobierno, vol. 9, exp. 1. AIPJ, México.

43En la década de 1690 se mercedaron muchos predios en el oriente y norte del distrito de San Luis Colotlán, sobre todo por el presidente de Nueva Galicia, don Alonso de Cevallos y Villagutierre, y, posteriormente, por Francisco Feijoo Centellas. La misma política de concesiones se puede visualizar a partir de 1715 con Fernando de Urrutia y Arana como nuevo juez supernumerario de venta y composiciones de tierras; los beneficiarios comúnmente eran vecinos, no indígenas del valle de Tlaltenango, pero, sobre todo, de la villa de Jerez, eran mineros, hacendados o rancheros que seguramente conocían a detalle el área de estudio y se habían ido introduciendo hacia las zonas serranas sin títulos de ningún tipo.

44Mapas y planos, México, 293. AGI, España; “Padrones 1772-1773, 1784”. AAG, México.

45Tierras y aguas, 1ª colección, L. 36, exp. 17. AIPJ, México.

46Tierras y aguas, 1ª colección, L. 45, exp. 51. AIPJ, México.

47Tierras y aguas, 1ª colección, L. 28, exp. 126. AIPJ, México.

48Gobierno virreinal, vol. 76, exp. 224. AGN, México.

49Tierras y aguas, 1ª colección, L. 35, exp. 75. AIPJ, México.

50Civil, caja 310, exp. 8. ARAG, México.

51Civil, caja 160, exp. 12. ARAG, México.

52Tierras, vol. 1321, exp. 7. AGN, México; Tierras y aguas, L. 25-2, exp. 24. AIPJ, México. Los pleitos con estas propiedades derivaban de su ubicación, ya que, prácticamente, cercaban a los pueblos más inmediatos a San Luis Colotlán. El conflicto entre los pueblos de Tlacosahua y Huejúcar contra la hacienda La Quemada ha sido estudiado a detalle por Ultreras (2005, pp. 257-266).

53Civil, caja 379, exp. 16. ARAG, México.

54Así, por ejemplo, los indígenas de San Pedro Nostic, en 1733, solicitaron les fueran nuevamente medidas sus tierras, ya que, además de que habían perdido sus títulos debido a “recientes inquietudes y alteraciones”, había ya colonos demandando predios en la Sierra de Santa Catarina, en parajes que ellos reconocían como de su propiedad. Véase L. 21, exp. 1. AIPJ, México.

55SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

57SGU, leg. 7050, 1, f. 135. AGS, España.

58SGU, leg. 7050, 1, f. 208. AGS, España.

59Minería, vol. 97, fs. 35-42. AGN, México.

60En asuntos de guerra y privilegios militares que se quisieron abolir para las milicias de Colotlán y del Regimiento Provincial de Blancos de Guadalajara, a partir de una real orden emitida por el visitador José de Gálvez, el 15 de abril de 1771, y las respuestas de las autoridades de Guadalajara y militares de Colotlán a esta nueva normatividad a principios de 1780. Véase SGU, leg. 7016, 8, fs 138-139. AGS, España.

61SGU, leg. 7015, 8. AGS, España. Véase también la actitud adoptada por el capitán Antonio de Escobedo en cartas de 1733 a las autoridades de Nueva Galicia sobre los indígenas de los pueblos huicholes de la sierra. Véase Tierras y aguas, 1ª colección, L. 21, exp. 1. AIPJ, México.

62Testimonio de Francisco de Cos, Fernando de Santestevan, José Quijano, y Manuel Joaquín de Bonechena. SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

63SGU, leg. 7016, 8. AGS, España.

64Testimonio de Miguel Antonio Gutiérrez, Domingo Castellano Acosta, Manuel Díaz de León, Domingo Miguel Ruiz de Esparza, Juan Ramos de Oviedo. SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

65Testimonio de Miguel Antonio Gómez. SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

66SGU, leg. 7015, 2. AGS, España.

67SGU, leg. 7050, 1, f. 240. AGS, España.

68Gobierno virreinal, vol. 187, fs. 150-152. AGN, México.

69Indiferente virreinal, caja 71, exps. 24 y 25. AGN, México.

70SGU, leg. 7050, exp. 1. AGS, España; Gobierno virreinal, vol. 178, fs. 145-154; Indiferente virreinal, caja 71, exps. 24 y 25. AGN, México.

71SGU, leg. 7050, 1. AGS, España.

56El número de caballos y reses para todo el distrito de las Fronteras de Colotlán resulta sospechoso y se desconoce cuál fue la fuente que Calleja utilizó para sustentar sus datos. En la visita realizada el 21 de abril de 1776 por el obispo fray Antonio Alcalde al curato de Colotlán, sólo en las cofradías de Santa María de los Ángeles, San Luis Colotlán, Huejúcar y Tlalcosahua se contabilizaron un total de 3 132 reses “de fierro arriba”, es decir, herradas o en edad de ser herradas, más 1 271 mulas y caballos. Véase Parroquia de San Luis Obispo de Colotlán, Jalisco, “Libros de bautizos, 1768-1789”. AAG, México; dos décadas después, el obispo Juan Cruz Ruiz de Cabañas, en su detallada visita de 1797-1803, desglosó 3 744 reses para las cofradías del mismo curato (Serrera, 2015, 393-397); por lo anterior, resulta que Félix María Calleja mentía o realmente no tenía la cifra exacta del ganado mayor que los indígenas agostaban en sus terrenos.

Recibido: 15 de Junio de 2022; Aprobado: 13 de Noviembre de 2023

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Doctor en Ciencias Sociales. Líneas de investigación: pueblos de indios en Nueva Galicia, tenencia de la tierra, organización y conflictos sociales.

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