SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 número15Sistemas estatales de pensionesPerán Quesada, Salvador, La responsabilidad social de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales índice de autoresíndice de assuntospesquisa de artigos
Home Pagelista alfabética de periódicos  

Serviços Personalizados

Journal

Artigo

Indicadores

Links relacionados

  • Não possue artigos similaresSimilares em SciELO

Compartilhar


Revista latinoamericana de derecho social

versão On-line ISSN 2448-7899versão impressa ISSN 1870-4670

Rev. latinoam. derecho soc  no.15 Ciudad de México Jul./Dez. 2012

 

Reseñas bibliográficas

Ruiz Moreno, Ángel Guillermo, Seguridad social obligatoria para trabajadores migrantes e informales

René David Navarro Albiña* 

*Defensor laboral en la Oficina de Defensa Laboral CAJVAL, Copiapó; profesor del Departamento de Derecho Privado en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Atacama, Chile (renenavarro@cajval.cl).

Ruiz Moreno, Ángel Guillermo. Seguridad social obligatoria para trabajadores migrantes e informales. ., México: Porrúa, 2011. 491p.


Sincronía. Ésta es tal vez la palabra que grafique la aparición de la obra de Ruiz Moreno, junto a otras que pueden observarse en México y en el ámbito científico-jurídico. Me refiero a la reciente traducción en agosto de 2011 de la obra del profesor italiano Vittorio Villa, y presentada por Enrique Cáceres, titulada Constructivismo y teorías del derecho, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Sin entrar en el fondo epistemológico de la cuestión -tarea que por razones de espacio no se podría incluir aquí-, hay sinonimia y paralelismo en el trabajo de estos tres juristas, a saber: Ruiz, Cáceres y Villa: la voz “cambio de paradigmas”. Sin un necesario cambio de paradigmas mental es muy difícil comprender la obra que entrega Ángel Guillermo Ruiz Moreno.

Dicho de otra manera, Anaxágoras en tiempos de Pericles sostuvo que el Sol era una piedra incandescente y que la Luna estaba hecha de tierra. Sabido es por todos que fue enjuiciado por esta opinión y obligado a huir de Atenas. ¿Por qué? Quizá porque no estaban las condiciones (a la more de Khun) para expresar tales opiniones, que -siendo doxa- tenían mayor contenido de episteme. El tiempo y el avance científico dieron la razón (provisoria) a Anaxágoras.

Desde su tribuna, Ruiz Moreno hace algo similar, en el sentido de exhortar a los operadores jurídicos -y también científicos- a la necesidad de “enfocar” con cristales distintos una temática de urgencia social.

En más de cuatrocientas páginas, el doctor Ángel Guillermo Ruiz Moreno nos entrega una obra que condensa su exitosa carrera académica y forense. Tal vez el título parezca en países latinoamericanos de matriz ideológica -jurídica y política- de corte iusneoliberal, “casi de ciencia ficción”. Empero, el análisis llevado a cabo por el profesor Ruiz Moreno merece un reflexivo “alto en el camino”, y nuestra atención.

El trabajo está prologado por otro grande del derecho hispanoamericano, su compatriota, el doctor Néstor de Buen Lozano, quien refiere que la obra no sólo es extensa, sino que es también intensa, y su autor, el mejor exponente de la materia en México. El propio Ruiz Moreno reconoce que Néstor de Buen Lozano fue quien le despertó su curiosidad intelectual y científica por los temas de la seguridad social.

Según la Organización Internacional del Trabajo, de cada diez nuevos empleos que se crean en el mundo, al menos ocho de ellos se encuentran en el sector informal de la economía. Por otro lado, la migración laboral no se elimina ni frena con ofendículos, si antes no se estudian las causas que la originan: ¿es posible dotar de seguridad social obligatoria a estos grupos sociales?, ¿cómo el Estado se hace cargo de sus nacionales cuando retornan a su país de origen?

Es dable destacar la justificación que da el autor de la obra, y su capítulo introductorio, en el cual explica la “problemática conceptual” ínsita en cualquier abordaje jurídico, y los alcances de su investigación jurídica.

En la justificación, Ruiz Moreno -poniendo énfasis en que los absolutos no existen- se pregunta: ¿qué es la seguridad social a inicios de la segunda década del siglo XXI?, citando a continuación la Iniciativa de Piso de Protección Social, aprobada por las Naciones Unidas en 2008, la cual consiste (en palabras del autor) “en algo muy sencillo de enunciar, pero complicado de efectuar: dotar a todos los seres humanos de un mínimo de protección social que incluya al menos salud e ingreso económico”. Agrega el académico de la Universidad de Guadalajara que para lograr la propuesta de la ONU, la idea es simple, aunque sumamente ardua de sacar adelante: cambiar paradigmas.

Ruiz refiere que su texto pretende abrir el debate y no cerrarlo, tendiendo puentes de comunicación con el lector, capaces de provocar en él su reflexión meditada y serena. Señala que en temas de migración y trabajo informal “todo el mundo opina”, generalmente sin elementos pertinentes para elaborar siquiera un juicio personal. Lo anterior motiva los prejuicios existentes acerca de los por él llamados “asuntos sociales de gran calado”, como el trabajo de migrantes e informales, a quienes incluso se les niega el status de persona humana.

En específico, respecto del tratamiento del fenómeno de la migración, el autor advierte sobre su eventual satanización al momento de abordarla. Con frecuencia, el derecho a migrar -basado en los derechos constitucionales e internacionales de libertad ambulatoria y de trabajo- suele ser negado no sólo por la opinión pública, sino incluso por legislaciones y tribunales, tanto nacionales como extranjeros. Es enfático en expresar: “la decisión de desconocer este derecho humano a la migración es más bien de índole política… no jurídica…”. En forma técnica, distingue la migración en legal e ilegal; sin embargo -más allá de su tipología-, insiste en recordar que se está frente a derechos humanos (trabajar, migrar), los que en esencia deben ser respetados por los Estados, independientemente de la nacionalidad de su titular. Su estudio pretende serlo desde el prisma científico: “conviene analizar académicamente tales hechos de la manera más sencilla y objetiva posible, utilizando fuentes confiables que impidan en lo posible el «manipuleo» de estadísticas, cifras o datos”.

En el texto se enfrenta y estudia la migración específica de quienes lo hacen para fines estrictamente laborales, y excluye (por razones metodológicas) a quienes dejan su patria motivados por otros telos, por ejemplo, estudio o razones políticas o empresariales.

Émile Durkheim, siete años antes que naciera Karl Popper y casi cuarenta años antes de su imprescindible criterio de demarcación, enseñaba que los fenómenos (sociales) merecían ser tratados como cosas, en calidad de data, punto de partida de la ciencia.1 Enseñaba también el maestro francés que si nuestro propósito era seguir un camino metódico, es menester establecer los primeros cimientos de la ciencia sobre un terreno firme y no sobre arenas movedizas, exhortando a que sólo una vez analizados los datos duros (data), y a través de trabajos de aproximación progresivos, podrían (haciendo referencia a los fenómenos sociales) “cercar(se) poco a poco esta realidad huidiza”.2

Siguiendo un estricto camino metodológico, el párrafo 2 del capítulo IV de la obra de Ruiz Moreno se encarga del análisis duro de las cifras en materia de migración; homónima labor que lleva a cabo en el párrafo 4 del capítulo V respecto a la informalidad laboral.

Volvamos a las interrogantes: ¿es posible dotar de seguridad social obligatoria a estos grupos sociales?, ¿cómo el Estado se hace cargo de sus nacionales cuando retornan a su país de origen?

Chile -prima face- y otros países latinoamericanos no presentan migraciones ostensibles, pero sí es cada vez más penetrante la inmigración de nuestros vecinos, y por ello, un adecuado tratamiento de la temática y su discusión en foros académicos permitirán que se aborde crítica y propositivamente la materia, que con rigor científico y lenguaje llano ofrece el académico tapatío, que se iniciara en la docencia universitaria en 1975.

El texto no pretende resolver dogmáticamente estas interrogantes (entendiendo la voz dogmática en un sentido epistemológico y no jurídico), sino que plantea un diagnóstico y posibles soluciones jurídicas.

La obra se divide en seis capítulos. En ellos se distingue que, en los tres primeros, entrega con éxito una teoría general del derecho de la seguridad social, planteando no sólo sus orígenes y el entorno socio-jurídico que le sirve de sustento, sino que, además, propone una necesaria reconceptualización de la seguridad social contemporánea, y evidencia la llamada crisis de los sistemas de seguridad social. Los últimos tres capítulos se hacen cargo del nombre dado al libro. El capítulo IV se dedica al análisis de los trabajadores migrantes y la necesidad de que cuenten con un sistema de seguridad social. En él contextualiza históricamente el tema migratorio, entregando estadísticas de la aldea global, distinguiendo sus tipologías en el contexto del derecho internacional de los tratados y, evidentemente, en el derecho mexicano. En el capítulo V, la atención está puesta en el llamado trabajo informal, en su perspectiva económica y social, con datos, cifras y (por cierto) a la luz del tópoi común contemporáneo: la globalización.

El capítulo VI contiene las propuestas que da el jurista en torno a la incorporación de los trabajadores migrantes e informales al régimen obligatorio del seguro social mexicano, en el que incluso entrega propuestas de cambios constitucionales.

El debate está abierto, y parte de los insumos para el mismo los entrega en forma muy clara y didáctica el doctor Ruiz Moreno. Corresponde ahora que los institutos de investigación, los gobiernos y todos aquellos que disponen de los recursos y el tiempo para hacerlo, realicen las falsaciones metodológicas respectivas, y de esta manera avanzar en un tipo de conocimiento, que esperamos sea de corte científico.

En palabras del propio autor: “antes de intentar buscar respuestas, habrá que procurar comprender las preguntas pertinentes que apunten a los problemas de fondo”.

Bibliografía

Durkheim, Émile, Las reglas del método sociológico, Buenos Aires, Losada, 2006, p. 70. [ Links ]

1Durkheim, Émile, Las reglas del método sociológico, Buenos Aires, Losada, 2006, p. 70.

2Ibidem, p. 93.

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons