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vol.45 número135Palabras del doctor Héctor Fix-Fierro, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en la ceremonia de entrega del Premio Internacional de Investigación en Derecho "Héctor Fix-Zamudio" 2009 al doctor Domingo García Belaunde (18 de noviembre de 2010)Seminario "Derechos, cine, literatura, cómics: ¿cómo y por qué?" índice de autoresíndice de assuntospesquisa de artigos
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Boletín mexicano de derecho comparado

versão On-line ISSN 2448-4873versão impressa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.45 no.135 Ciudad de México Set./Dez. 2012

 

Información

 

Discurso de agradecimiento del doctor Domingo García Belaunde al recibir el Premio Internacional de Investigación en Derecho "Héctor Fix-Zamudio" 2009 (18 de noviembre de 2010)

 

EL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y SU GÉNESIS

Doctor Héctor Fix-Fierro, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM;

Autoridades que me acompañan en el podio;
Amigos todos:

Debo agradecer muy sinceramente las generosas palabras que sobre mí ha vertido Héctor Fix-Fierro, y a su vez, por el otorgamiento del Premio Internacional "Héctor Fix-Zamudio", que a sido una verdadera sorpresa, gratísima por cierto.

El premio que se me ha conferido ha superado todas mis expectativas y no sé si realmente lo merezca, pues quizá otros en nuestra América lo debieran haber recibido, pero entonces no tuvieron esa oportunidad: recuerdo en estos momentos a Germán J. Bidart Campos, maestro y amigo de muchos años, por sólo citar a uno de los que ya no nos acompañan. Y los que me han precedido en este premio vienen avalados por justos títulos y merecimientos que están muy por encima de los míos.

Sin embargo, cuando las cosas vienen, hay que recibirlas con humildad y gratitud. Y si bien creo estar lejos de tales merecimientos, no me siento ajeno a lo que dicho premio significa.

En primer lugar es un premio que lleva el nombre de Héctor Fix-Zamudio, que nos acompaña en esta ocasión, y que es un honor para mí. Al maestro Fix-Zamudio lo conocí intelectualmente mucho antes de que lo conociera personalmente. Tuve la suerte de seguir su obra, de modo que, cuando vine a México por vez primera en 1975 y lo traté directamente,sentí la sensación de que no era un encuentro sino un reencuentro. Fix-Zamudio representa al viejo ideal del sabio, porque no solamente conoce su materia, sino que conoce muchas cosas más. Su conversación, siempre tan chispeante y amena, y su llano estilo de exposición, sin adornos inútiles, revelan al hombre bueno y sencillo que siempre ha sido. Alguien quien por sus propios méritos ha sido reconocido no sólo aquí, sino también fuera, sobre todo en el mundo hispánico.

Las cordialísimas palabras de Héctor Fix-Fierro no son más que una derivación filial de esa simpatía y generosidad que su padre guarda hacia mí, y que refleja además un trato de muchos años y de muchos encuentros, no sólo académicos, sino también sociales. Recuerdo muy bien a su madre, la inolvidable María Cristina, quien fue compañera inseparable de su marido durante largos años, y con quien tuve oportunidad de coincidir en muchas actividades académicas.

Mi relación con el Instituto de Investigaciones Jurídicas viene, pues, desde esa época, y desde entonces he cultivado amistades perdurables con muchos de los que nos acompañan en esta oportunidad.

En lo que a mí se refiere, debo decir que mi andadura constitucional empezó en 1968, como asistente informal de mi maestro Raúl Ferrero Rebagliati, en la Universidad Católica de Lima; por cierto, en octubre de ese año ocurrió un golpe de Estado que instalaría un gobierno militar durante doce largos años.

Desde entonces me interesé en la defensa normativa de la Constitución, y eso se hacía básicamente a nivel procesal. Me dediqué, pues, a ello, apoyado o quizá inspirado por mi padre, quien fue juez de toda la vida —llegando a los más altos niveles en un carrera brillante en la judicatura— y que además enseñaba derecho procesal, civil y penal, en la Universidad Católica y en la vieja Universidad de San Marcos, lo que quizá mucho le ayudó a entender el fenómeno jurídico en su totalidad. Él fue mi mentor y guía en esa materia, y también me contó con detalle algunos acontecimientos que ocurrieron en el Congreso Internacional de Juristas, convocado por la Universidad de San Marcos, en 1951, para conmemorar el tetracentenario de su fundación. Al Congreso asistieron Carnelutti, Alsina, Couture y otros más, con los cuales trabó amistad, y cuya presencia sirvió para renovar los estudios procesales en el Perú, con una óptica más moderna, como puede verse en los textos publicados entonces —y después—, así como en el primer manual de teoría general del proceso que publicó un joven profesor, Mario Alzamora Valdez, en 1953. Por supuesto, siempre conté con el apoyo de la biblioteca paterna, en donde pude revisar, primero, y leer, después, a los grandes maestros del procesalismo científico.

En el Perú de esa época existía únicamente el hábeas corpus, pero deformado, como señaló el comparatista Phanor Eder, pues servía para todo —y así fue hasta 1979—. Y eso explica que mis primeras publicaciones fueran en ese sentido. Así, el hábeas corpus interpretado es de 1971, y tuvo el mérito de ser la primera compilación que reunió la jurisprudencia existente en esta materia. Y que para mi sorpresa tuvo cierto eco en la crítica extranjera, seguramente por la novedad del material presentado o por el enfoque empleado. Lo cierto es que el maestro Fix-Zamudio, sin yo saberlo ni pedirlo, publicó una generosa reseña bibliográfica en el Boletín Mexicano de Derecho Comparado en 1972, la cual por cierto agradecí. En esa época aún no habíamos tenido un encuentro personal.

Sumido mi país en una dictadura militar de larga duración, y con un entorno latinoamericano similar, el estímulo para el tema constitucional casi no existía. Es cierto que yo tuve en todo momento el apoyo de mi Facultad y del decano de entonces, Jorge Avendaño, pero en general la materia no importaba, y además, curiosamente, muchos abogados y juristas peruanos se dedicaron a apoyar la revolución militar, que no era otra cosa que una dictadura con buenas intenciones pero que al final fracasó.

Por eso, mi llegada a México en agosto de 1975 fue en muchos sentidos decisiva para mí, y para mi trayectoria intelectual. No sólo reafirmé mi vocación, sino que se me abrieron varias puertas y muchas posibilidades que fueron definitivas para mi desarrollo futuro. Más aún, cuando en mi país la ciencia constitucional era definitivamente escasa, y en ese momento poco apreciada. En efecto, en ese entonces sólo existían dos constitucionalistas de renombre que habían sido mis maestros en la universidad: Raúl Ferrero Rebagliati, dedicado a la teoría general y en especial a los problemas del Estado, y José Pareja Paz-Soldán, estudioso y exégeta del constitucionalismo peruano, su presente y su pasado. Pero ambos andaban en muchas cosas, y algo dispersos.

Mi arribo a esta ciudad mexicana no fue fácil. El embajador del Perú en México, en 1975 —cuyo nombre prefiero no recordar—, me ignoraba y cuando le consultaron sobre mí los directivos del Instituto, se dio el lujo de recomendar que no me invitaran al congreso de ese año, pues eso podía ser mal visto, habida cuenta que mi apellido estaba ligado con el del presidente Belaunde, a quien habían derrocado los militares, y en consecuencia mi presencia podía ser peligrosa o algo parecido. Mi apellido, pues, en las instancias oficiales, se veía mal (mi hermano José Antonio, actual ministro de Relaciones Exteriores, hacía su carrera oficial en lugares discretos y sin emplear el apellido materno, por especial recomendación de sus jefes y del canciller de entonces, militar por cierto, que no obtuso). Es decir, yo no era ubicable.

Pero, por cosas del destino, pasó por Lima Humberto Quiroga Lavié, maestro argentino que se dirigía al congreso mexicano con bastante antelación, a fin de poder asegurar la participación peruana en ese Primer Congreso Latinoamericano de Derecho Constitucional (que luego se denominó Iberoamericano, y al que han sucedido nueve más). José Pareja estaba fuera del Perú y se desempeñaba como embajador en Dinamarca, y al contactar a Raúl Ferrero, éste no le garantizó nada, lo cual me sorprendió mucho (tiempo después supe que tenía problemas del corazón y que no podía viajar a ciudades de mucha altura; murió tiempo después). Visitó luego a un conocido civilista, Carlos Fernández Sessarego, gran amigo mío, quien lo conectó conmigo. Nos reunimos y le expresé mi deseo de viajar al congreso, si eso era posible. Poco después Quiroga Lavié arribó a México, sin candidatos, pero con mi nombre. Fue entonces que Fix-Zamudio me llamó por teléfono y formalizó la invitación. Y fue así como llegué aquí, en donde, como ya dije, tuve una gran experiencia, pues vivía en un aislamiento cultural en mi propio país, en donde, para colmo de males, existía un rígido control de cambios que hacía que los importadores descuidasen los libros extranjeros en beneficio de artículos más comerciales y de más rápida venta.

Cuando salí a la vida académica, el panorama en mi país era más o menos el siguiente:

• Ausencia de una tradición constitucional en lo académico, salvada en parte por la presencia de algunos textos y actividades, escasas hasta ese momento y centradas en áreas tradicionales (civil y penal).

• Mis maestros más cercanos se habían dedicado a escribir manuales.

• No habían dedicado tiempo a formar gente, o sea, a crear una escuela en sentido amplio o una masa de discípulos que los continuaran y superaran.

• Habían practicado un sano diletantismo, desperdigándose en el cultivo o, mejor aún, en la difusión de varias disciplinas al mismo tiempo.

Frente a este panorama que encontré yo en 1968, decidí hacer todo lo contrario. Nunca negué lo que se hizo antes, pues hubo algunos que fueron de un nivel excepcional (como es el caso de Manuel Vicente Villarán), pero había que iniciar una senda distinta, más especializada, más puntual y más centrada en un sector del mundo jurídico, para obtener mejores resultados que fuesen algo más allá del manual. Y, sobre todo, fomentar nuevas vocaciones para los estudios constitucionales, y de ser posible crear una comunidad académica que los junte.

Para poder cumplir este cometido, mi viaje a México fue fundamental, no sólo por la gente que conocí, sino sobre todo por lo que escuché y por las amistades que forjé entonces. De ese año data mi amistad ininterrumpida con Héctor Fix-Zamudio, Jorge Carpizo y Diego Valadés. Menciono sólo a los vivos, pero no puedo olvidar a Rolando Tamayo y Salmo-rán, entonces secretario del Instituto de Investigaciones Jurídicas, y de quien lamentablemente he perdido la pista.

Desde ese lejano 1975, he venido a México con cierta regularidad y diría que con bastante frecuencia, no sólo al Distrito Federal, sino a otras ciudades. Y he ampliado, por cierto, el círculo de mis amistades.

A Fix-Zamudio debo también lo que sé. Fue mi maestro a la distancia y lo sigo considerando así. Fui además el primero en divulgar y hacer conocer su obra en el Perú, conjuntamente con la de otros colegas mexicanos, y también lo hice en otros países latinoamericanos. Actué, pues, como un representante oficioso, pero entusiasta. Pero no sólo divulgué y logré que sus contribuciones fueran conocidas, sino busqué que el reconocimiento de su obra fuera institucional, lo que se concretó, entre otros aspectos, en el otorgamiento de un doctorado honoris causa que, por gestión mía, le otorgó mi universidad, la Católica de Lima, hace ya varios años. El maestro Fix-Zamudio estuvo en Lima, en esos días, acompañado de su esposa María Cristina.

He sido, pues, seguidor y discípulo del maestro Fix-Zamudio. Pero no he sido glosador ni posglosador. Nietzsche decía: "mis discípulos son los que me niegan". Yo, evidentemente, no lo he hecho. Pero he tratado de desbrozar otras sendas e intentado otras miradas a partir de lo que él había hecho. Es decir, para ver más lejos, he tenido que subirme en sus hombros.

¿Cuál es la gran contribución de Fix-Zamudio en lo que a mi especialidad, si podemos llamarla así, corresponde? Es haber configurado una disciplina, a la cual ha dado contenido y ha señalado metas. Anteriormente esta disciplina (el derecho procesal constitucional) sólo existía en un mapa, quizá exacto, pero incompleto. ¿Cómo es así?

Todo parece haber nacido de un hecho fortuito. Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, hijo del presidente español del mismo nombre, llegó a Buenos Aires en 1942, luego de una larga y penosa travesía con su familia. Les tomó 441 días llegar desde Marsella a Buenos Aires. Y eso porque eran tiempos de guerra, y las travesías de mar eran complicadas y llenas de vueltas y vericuetos. Alcalá-Zamora venía a cuestas con una especialidad en derecho procesal, que lo había conducido a analizar las funciones del Tribunal de Garantías Constitucionales en la Constitución española de 1931. Y llegó a América y conoció otro sistema. Sobre el novedoso Tribunal y sus secuencias había escrito bastante, y eso lo compiló en un libro que editó en Buenos Aires en 1944, y en donde puso en circulación los términos "legislación procesal constitucional" y "derecho procesal constitucional". Luego lo reiteró en una reseña que publicó en la Revista de Derecho Procesal en 1945, que por entonces dirigía Hugo Alsina en Buenos Aires. Y lo reitera en 1947, en un importante libro que publicó en México, a donde se había trasladado por una invitación que le había cursado Luis Recaséns Siches. Aquí permaneció más de treinta años, y aquí lo conocí yo en el congreso de 1975, al cual ya me he referido. El aporte de Alcalá-Zamora fue importante, no muy extenso, pero decisivo: a) ubicó un área en donde se resolvían conflictos de carácter constitucional; b) entendió muy pronto que eso no encajaba en ninguna área del derecho conocida, por lo menos cómodamente; c) la defensa seguía rutas jurídicas, o sea, procesales; d) delineó los contornos de esa nueva área y sus fines; e) la ubicó en el mundo procesal, y f) le dio un nuevo nombre: derecho procesal constitucional. Fue, pues, el primero que lo hizo, y por tanto, es el fundador o iniciador de la disciplina.

Lamentablemente, Alcalá-Zamora no fue más lejos. Se dedicó en su nuevo país de adopción a otros temas procesales, de lo más variado. No ahondó en el tema y el aspecto constitucional que estaba implícito no lo tocó, no lo estudió y creo que ni le interesó. Sabía, eso sí, muchas cosas, pues era un intelectual formado y, a diferencia de su padre, un especialista en un área del derecho.

Evidentemente, el "descubrimiento" o "fundación" de una disciplina, por así decirlo, no nace de la nada. Tenía antecesores, personas y situaciones que se dieron en el tiempo y que contribuyeron a lo que él finalmente descubrió, pero que luego abandonó o lo dejó para otros.

Tratando de ubicar los antecedentes que abordan sobre todo la "materia" procesal constitucional, podríamos hacer el cuadro tentativo siguiente:

 

1. Precursores

a) Lejanos: Coke, Sieyès, Marshall, Story y Cooley. No entramos aquí a los que podemos llamar "lejanísimos", pues con ello podríamos llegar incluso a la antigua Grecia.

b) Cercanos: Maurice Hauriou y Hans Kelsen, si bien sólo este último estructuró una fundamentación sólida y contundente.

 

2. Fundadores

En rigor sólo sería Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, por lo que hemos dicho antes (1944).

 

3. Forjadores

a) En sentido estricto: Héctor Fix-Zamudio (1955)

b) En sentido amplio: Couture, Calamandrei, Cappelletti (1948-1970)

 

4. Expansión y crecimiento

Que cubre, sobre todo en la América Latina, a los que analizan, estudian y publican sobre el tema desde la década de 1970. En este grupo debemos colocar las contribuciones de Néstor P. Sagüés desde la década de los ochenta, y las mías propias, que son ligeramente anteriores, pero que iniciamos de forma independiente uno del otro. Luego han venido, pienso yo, dos hornadas dedicadas a lo mismo: la primera, que encabeza Osvaldo A. Gozaíni, con obra copiosa y sugestiva; y la segunda y más joven está representada por Eduardo Ferrer MacGregor, que tiene sobre sus espaldas una obra ejemplar.

En este último grupo es en donde la influencia de Fix-Zamudio va a ser muy grande, desde que reúne sus numerosos ensayos en su primer libro El juicio de amparo, de 1964 (su tesis de licenciatura, lamentablemente, casi no tuvo circulación, y se difundió fragmentariamente en revistas mexicanas, y además con poca influencia, por la novedad de la propuesta).

Pero el nombre "derecho procesal constitucional" no pega, no arraiga y no tiene acogida en la Europa de la época. Eisenmann, en su tesis doctoral de 1928 (que prologa Kelsen), se refiere siempre a la "justicia constitucional", y creo que a la larga es el responsable de que el término se aceptara en Francia —si bien tardíamente—, así como en Italia y España. En la Francia de los años veinte se empleaba mucho el término de "jurisdicción constitucional", que tuvo también bastante circulación y fue usado durante un buen tiempo en Europa. En Italia se pasó por estas tres etapas: primero, el tema de la "Corte Constitucional" se trató como un capítulo de los manuales y los cursos de derecho constitucional. Luego, se empezó a usar el término "jurisdicción constitucional". Y a partir de los años sesenta del pasado siglo, el de "justicia constitucional", que ha logrado imponerse en la actualidad.

En los países europeos, sobre todo en Italia, Francia y España, el tema atrae e interesa sobre todo a los constitucionalistas. Los procesalistas, con las excepciones que nunca faltan, se han desentendido del problema. Se han preocupado, eso sí, por la fundamentación constitucional del proceso o por los aspectos constitucionales del derecho procesal, pero no por una temática "procesal constitucional" de la que desconfían.

Y hoy por hoy el tema de la "justicia constitucional" en Italia no sólo ha sido capturado por los constitucionalistas, sino que se ha desarrollado grandemente como una disciplina con autonomía "didáctica", que se refleja en la cantidad de manuales que existen para su enseñanza. Con todo, y salvo excepciones, tales manuales son muy locales, fruto, además, de la reforma de los estudios jurídicos en Italia, que ha reducido las materias y en consecuencia ha hecho desaparecer los viejos manuales que eran casi pequeños tratados de la disciplina.

Los juristas que se aferran al rótulo "justicia constitucional", generalmente se desentienden de lo que es la armazón teórica de la disciplina. En efecto, no se hacen cuestión de qué es y en dónde se ubicaría. Más desconcertante aun cuando vemos que los principales manuales se dedican a estudiar y analizar la Corte Constitucional y lo que hace, que son en puridad procesos de distinta armadura. Y eso no ha impedido que se desentiendan del tema, o que digan que el concepto "derecho procesal constitucional" es estrecho e innecesario. O que forma parte del "derecho constitucional", lo que significa casi como retroceder más de cien años y decir que el proceso civil pertenece al derecho civil.

Una postura distinta, de carácter procesal, es la que algunos defendemos. Es, si se quiere, una postura polémica, no pacífica. Y sus principales cultores prefieren afincarse en los problemas prácticos, los de todos los días, que por cierto, son los que más nos angustian.

Todo esto es una preocupación latinoamericana, sobre todo, que tiene su punto de partida en la obra, realmente pionera, de Niceto Alcalá-Zamora y Castillo. Y en la labor extraordinaria que en este campo —como en otros— ha hecho Héctor Fix-Zamudio.

De aquí que el otorgamiento de ese premio sea doblemente reconfortante para mí. No sólo es un adecuado homenaje al jurista cuyo nombre ostenta, sino por haber recaído, quizá injustamente, en mí, que me considero un seguidor y un discípulo algo díscolo de tan eminente maestro.

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