Introducción
En México, la mala nutrición en todas sus formas representa uno de los principales retos de salud pública; por un lado, existe una de las prevalencias de obesidad más altas del mundo en todos los grupos de edad que no ha podido ser controlada con las acciones tomadas en las últimas dos décadas y, por otro, persisten problemas de desnutrición, principalmente en grupos vulnerables que requieren atención inmediata.1,2,3,4,5,6 Estos padecimientos y sus complicaciones se asocian de manera importante con un consumo excesivo de ingredientes críticos como azúcares, grasas saturadas o sodio añadidos, cuya principal fuente en México son los productos ultraprocesados.7,8,9,10,11
Se ha reconocido que las causas de la mala nutrición en todas sus formas son complejas y por ello requieren integración de acciones intersectoriales, sin embargo, los recursos económicos y humanos limitados con los que cuenta nuestro país constituyen una barrera para la implementación de políticas integrales que permitan abordar esta problemática.12 Como consecuencia, las acciones para modificar el ambiente alimentario avanzan de manera pausada y requieren de un esfuerzo sostenido de amplios sectores de la sociedad para lograr los cambios necesarios. Entre estas acciones, una fundamental es fomentar un ambiente alimentario que facilite las elecciones saludables.13,14
Un aspecto que ha obstaculizado el avance de las políticas integrales en salud y nutrición es la interferencia de actores con conflictos de intereses en el diseño, planeación e implementación y monitoreo de estas políticas, en particular, el papel de diversas compañías multinacionales fabricantes de bebidas y productos ultraprocesados, quienes, con el afán de proteger las ventas de sus productos poco saludables, se oponen a éstas a través de cuatro estrategias ampliamente descritas: negar la evidencia científica, desviar la atención de la problemática a otros factores, retardar la implementación de políticas que sean contrarias a sus intereses económicos y dividir la opinión, patrocinando evidencia, opiniones y datos a favor de sus intereses.15,16,17,18,19Al entender que, para lograr acciones efectivas contra la mala nutrición, el interés primario debe ser la salud y el bienestar de la población, un conflicto de interés surge cuando existe la posibilidad de que la independencia, objetividad, juicio o acciones de los profesionales de la salud y de otros actores sentados en la mesa de diseño de políticas se vean indebidamente influenciados por un interés secundario.20 Entre estos destacan intereses económicos como la principal influencia.21 Los conflictos de intereses pueden involucrar tanto a individuos como a instituciones. Es importante hacer notar que la existencia de un conflicto de interés potencial no es sinónimo de una acción inapropiada, sino de riesgo de que ocurra una acción incorrecta. Por dicha razón, el conflicto de interés debe ser identificado y declarado, y se deben tomar acciones para prevenir que su influencia afecte decisiones relacionadas con la salud.
Con frecuencia, la industria de alimentos y bebidas que fabrica o distribuye productos ultraprocesados expresa interés en la salud y preocupación por participar como un aliado para combatir la mala nutrición en todas sus formas. En la esfera pública, estas empresas suelen influir al ser representadas por organismos y agrupaciones que tienen por objeto proteger sus intereses comerciales, como cámaras industriales, organizaciones de la sociedad civil y cabilderos; además, acostumbran invertir recursos en el desarrollo de estudios, posturas y consensos o apoyar congresos, eventos, asociaciones profesionales, líderes de opinión y estudiantes para que respalden sus productos y contribuyan a sus ventas.22,23,24,25,26,27,28 Lo anterior suele hacerse sin una adecuada transparencia sobre el tipo de financiamiento y el rol del profesional con financiamiento de la industria.29
En nuestro país existen diversos ejemplos de interferencia de la industria en el desarrollo de políticas de prevención de obesidad.30 Entre éstos destaca el caso del Observatorio Mexicano de Enfermedades No Transmisibles (OMENT), que surgió en 2013 como parte de la Estrategia Nacional para Prevenir y Controlar el Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes y el cual mantuvo una importante participación de actores con intereses comerciales;25 el caso del sistema de etiquetado basado en las Guías Diarias de Alimentación (GDA), propuesto por la industria e implementado de forma irregular, sin evidencia científica internacional o nacional apropiada sobre su efectividad y asociado con menor comprensión en la población mexicana,31,32,33,34 y, por último, el proceso de lineamientos escolares, donde la industria de alimentos ultraprocesados desarrolló esfuerzos importantes para evitar la eliminación en las escuelas de productos que no cumplían con lo establecido en los lineamientos.22,23,35
Dado que dichas políticas deben basarse en la mejor evidencia científica disponible, el contar con estudios sesgados a causa del patrocinio de la industria ha demostrado confundir recomendaciones relevantes para la salud pública. Diversos metaanálisis han documentado cómo, al excluir estudios y posturas con estos patrocinios, la dirección de conclusiones cambia de forma importante.36,37,38,39,40,41 Uno de los principales riesgos de generar una controversia en algún aspecto de salud crítico, como resultado de una postura respaldada por estos grupos, es retrasar el proceso de implementación de las mismas en detrimento de la salud. Este aspecto ha sido el principal obstáculo para lograr políticas de prevención de obesidad en México en las últimas dos décadas.22,24
Un profesional de la salud, particularmente de la nutrición, en su ámbito de trabajo (políticas, programas, posturas, consultoría, conferencias, etc.) experimenta un potencial conflicto de intereses si un interés privado (interés o compromiso financiero, personal u otro no gubernamental) parece influenciar su capacidad de actuación imparcial a favor de la salud.20
Consideraciones
El presente código busca incentivar al profesional y a los sectores relacionados con el problema de la mala nutrición a conducirse de forma ética, transparente y profesional ante un potencial conflicto de intereses. Por ello, se sugiere tomar en cuenta las siguientes consideraciones:
Para garantizar los más altos estándares de profesionalismo, así como una cultura de transparencia en las organizaciones u asociaciones académicas, se recomienda la adopción, revisión y promoción de un código de ética que identifique y desincentive la interferencia de actores con conflictos de intereses en el desarrollo de posturas, consensos, evidencia, programas y políticas para prevenir la mala nutrición en todas sus formas. Existen diversos códigos que pueden ser utilizados como modelo para llevar a cabo este objetivo.20,42,43,44,45,46 Se sugiere que los profesionales se rijan bajo el código de ética de la institución o las sociedades a las que pertenecen. En el caso de profesionales que se desarrollen de manera independiente, se sugiere apegarse al código de ética de alguna asociación profesional reconocida, con el afán de sensibilizar el ejercicio profesional y que éste se desenvuelva con honestidad, legitimidad y ética, en beneficio de la sociedad.42,44,45,46,47
Evitar relaciones con industria o actores que tengan una conducta inapropiada respecto a los derechos humanos: derecho a la salud, alimentación, derechos de los niños, etc.48,49
Para la realización de eventos académicos se sugiere adoptar la postura de la Sociedad Latinoamericana de Nutrición (SLAN) que establece principios de transparencia y recomendaciones para que las relaciones entre la industria y los profesionales de la salud siempre se declaren públicamente.50
Para promover la transparencia cuando se participe en publicaciones, estudios, simposios, conferencias y clases, donde quien presenta tiene una relación con alguna industria relacionada con el tema, en el profesionalismo en la edición médica, se recomienda adherirse a recomendaciones de ética desarrolladas para editores y autores de revistas médicas que pueden servir de guía.51,52,53,54
Se emite el siguiente pronunciamiento que hemos denominado Código sobre Nutrición, Conflicto de Interés y Academia (Código Nutricia), el cual suscribimos e invitamos a la comunidad, cuyo ámbito de trabajo se encuentra relacionado con la nutrición, a adoptarlo.
Pronunciamiento
Como profesional de la salud y la nutrición, reconozco el reto que representa en México la mala nutrición en todas sus formas y la dificultad para integrar acciones intersectoriales con el fin de contrarrestarla. Por lo anterior, me comprometo a evitar relaciones que puedan generar conflictos de intereses en mi actuar profesional. A pesar de que se requieren alianzas estratégicas para resolver el problema de la mala nutrición, reconozco los obstáculos que se pueden generar al entablar relaciones con actores con intereses potenciales diferentes al interés superior de la salud, o a intereses que contravengan el bien común (derechos de la infancia, derecho a la alimentación, derecho al bienestar, derecho a la información, derecho al agua).55,56 Los conflictos de intereses, tanto reales como percibidos, pueden socavar la credibilidad de las investigaciones y los investigadores, lo que resulta en una erosión de la confianza del público en general y de los actores involucrados en el proceso de políticas públicas, así como escepticismo en los resultados de la investigación publicada.29 En caso de existir una relación que pueda generar algún conflicto de intereses, me comprometo a conducirme con ética y transparentarla en comités técnicos, posturas o consensos relacionados con el proceso de políticas públicas de salud y nutrición, así como en simposios, conferencias, clases, asesorías y otras actividades profesionales. Considero prioritario para avanzar en el reto de esta epidemia mundial salvaguardar el proceso de políticas públicas y el de investigación científica de intereses comerciales,57 para así contribuir a acciones que permitan el avance en la prevención y el control de la obesidad.
Los profesionales firmantes de este código invitamos a la comunidad de nutrición y salud a promoverlo y a sumarse a su registro.*
Código Nutricia se encuentra integrado por el siguiente grupo de profesionales e investigadores (en orden alfabético):
Tania Aburto,1 Mónica Acebo,2 Carlos Aguilar-Salinas,3 Rafael Almendra-Pegueros,2 Paola Alvaradejo,4 Fernanda Alvarado,5 Evelia Apolinar-Jiménez,6 Armando Barriguete,3 Anabelle Bonvecchio,1 Idalia Caballero,7 Carmen Calleja,8 Saby Camacho,9 Ismael Campos-Nonato,1 Ángela Carriedo,10 Carlo Casco,1 Regina Castilleja,1 Ana Carla Cepeda,7 Sonia Collado,1 Alejandra Contreras,1 Carlos Cruz,1 Diana Delgadillo,11 Edgar Denova,1 Fiorella Espinosa,12 Héctor Esquivias-Zavala,13 Ana Estudillo,1 Ileana Fajardo,14 Gabriela García1, Katia García,15 Lorena González,16 Pedro Gutiérrez,17 María Hermosillo,1 César Hernández,1 Lucía Hernández,1 Sonia Hernández,18 Mauricio Hernández-Ávila,19 Estela Herrera,1 Martha Herrera,1 Claudia Hunot,20 Alejandra Jáuregui,1 Ana Larrañaga,21 Fabiola López,22 Sergio López,23 Paulina Magaña,15 Néstor Márquez,1 Sophia Martínez,3 David Martínez-Duncker,24 Catalina Medina,1 Kenny Mendoza,1 Lizbeth Moreno,3 Ana Munguía,1 Edna Nava,25 Eloisa Navarro,26 Claudia Nieto,1 Gabriela Olvera,1 Cecilia Oviedo,1 Leticia Palma,1 Ana Gabriela Palos,2 Lilia Pedraza,1 Andrea Pedroza-Tobías,27 Julieta Ponce,28 Yenisei Ramírez,1 Sarai Rangel,29 Vesta Richardson,19 Víctor Ríos,23 Mario Rojas,30 Diego Rueda,31 Samantha Sánchez,32 Diana Sansores,1 Teresa Shamah,1 Florence Théodore,1 Lizbeth Tolentino-Mayo,1 Mishel Unar,1 Georgina Vargas,1 Jorge Vargas,1 Lesly Véjar,1 Salvador Villalpando-Carrión,33 Mariel White.1
1. Instituto Nacional de Salud Pública, Morelos, México; 2. Universidad Autónoma de San Luis Potosí, San Luis Potosí, México; 3. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, Ciudad de México, México; 4. Universidad a Distancia de México; México; 5. Universidad Europea del Atlántico, Santander, España; 6. Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío, Guanajuato, México; 7. Universidad de Monterrey, Nuevo León, México, 8. Hospital Ángeles Tijuana, Baja California, México; 9. Nutrir México, Ciudad de México, México; 10. World Public Health Nutrition Association; 11. The Hunger Project México, Ciudad de México, México; 12. UNICEF México, Ciudad de México, México; 13. Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz, Ciudad de México, México; 14. Servicios de Salud de Yucatán, Yucatán, México; 15. El Poder del Consumidor, A.C., Ciudad de México, México; 16. Universidad Autónoma de Aguascalientes, Aguascalientes, México; 17. Fundación IMSS, Ciudad de México, México; 18. Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, México; 19. Instituto Mexicano del Seguro Social, Ciudad de México, México; 20. Universidad de Guadalajara, Jalisco, México; 21. Coalición ContraPESO, Ciudad de México, México; 22. Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, Ciudad de México, México; 23. Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco, Ciudad de México, México; 24. Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Morelos, México; 25. Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México; 26. Universidad Latino, Yucatán, México; 27. Universidad de California, San Francisco, Estados Unidos de América; 28. COA Nutrición, Ciudad de México, México; 29. Universidad Autónoma de Querétaro, Querétaro, México; 30. Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad de México, México; 31. Salud y Nutrición con Ciencia A.C., Ciudad de México, México; 32. Universidad Vizcaya de las Américas Campus Mérida, Yucatán, México; 33. Hospital Infantil de México Federico Gómez, Ciudad de México, México.