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Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.38 no.113 Ciudad de México may./ago. 2005

 

Artículos

 

Aproximación a un estudio sobre vulnerabilidad y violencia familiar

 

María de Montserrat Pérez Contreras*

 

* Doctora en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

 

Resumen

Para entender la problemática de los grupos vulnerables, se debe explicar primero qué debemos entender por vulnerabilidad, visto como un fenómeno integral, así como la forma en que dogmáticamente se abordan las clases de vulnerabilidad, y cuáles son aquellos factores que dan origen o que socialmente tienden a generar estados de vulnerabilidad. Percibido el fenómeno de esta manera, podremos distinguir quiénes son considerados grupos vulnerables, y específicamente aquellos que son víctimas de violencia familiar, y entender el sistema de relaciones sociales que los coloca en situación de riesgo y por tanto en la condición de vulnerabilidad.

Palabras clave: grupos vulnerables, derechos humanos, violencia familiar.

 

Abstract

In order to understand the reality of the vulnerable groups, it is needed to begin explaining different aspects such as: vulnerability as an integral phenomenon; the theory of vulnerable groups; the origins and elements of vulnerability. Seen in this way, it would be possible to identify with precision which are the vulnerable groups in society, and specifically those who are victims of domestic violence, and to understand the system of social relations that puts them in situations of risk and, therefore, in situations of vulnerability.

Keywords: vulnerable groups, human rights, domestic violence.

 

Sumario

I. Aproximación al tema. II. Los grupos vulnerables. III. Vulnerabilidad como fenómeno. IV. Factores de la vulnerabilidad. V. Características de la vulnerabilidad. VI. Quiénes son vulnerables. VII. Grupos vulnerables y violencia familiar. VIII. Consideraciones para implementar mecanismo de solución. IX. Reflexión final.

 

I. Aproximación al tema

Uno de los objetivos fundamentales de este trabajo consiste en tratar de explicar qué es un grupo vulnerable y cómo se presentan frente al problema de la violencia familiar, considerando los aspectos culturales de la situación que rodea a tales grupos.

Cuando hablamos de grupos vulnerables, lo debemos entender como un fenómeno que se encuentra condicionado por el desarrollo de las relaciones sociales. Por esto, para su comprensión y atención resulta necesario considerar la relación de éstos con los impactos y desenlaces de aquellos sucesos que causan su vulnerabilidad, así como las medidas de prevención, respectivamente; ya que la vulnerabilidad se coloca como el primer momento considerado en el proceso de riesgo-lesión o daño.

 

II. Los grupos vulnerables

Se entiende por grupos vulnerables a todos aquellos que, ya sea por su edad, raza, sexo, condición económica, características físicas, circunstancia cultural o política, se encuentran en mayor riesgo de que sus derechos sean violentados.1

El grupo vulnerable es aquel que por alguna característica, como la edad, la raza, en nuestro caso el sexo, se encuentran en mayor riesgo de que sus derechos humanos sean violados.

En general podemos pensar que en mayor o menor medida todos somos vulnerables, ya sea por la pobreza, por el origen étnico, o por otras causas como la crisis económica que afecta de manera diferente a los diferentes sectores de la población.

En cada sociedad, se puede identificar a los grupos vulnerables a partir de características personales: edad, sexo, situación familiar, domicilio, empleo, nivel cultural y de formación. En ocasiones, se añade asimismo la pertenencia a un grupo social, a una etnia o a una casta. El análisis de esos elementos permite circunscribir los grupos en peligro y hacerse una idea bastante precisa del fenómeno.2

Para proteger a dichos grupos se ha hecho necesario establecer en instrumentos concretos para cada grupo, a veces convencionales y a veces no, derechos, medidas y políticas específicas.

Es importante señalar que la protección que se brinda de forma especial a los grupos vulnerables no debe entenderse como práctica de discriminación; por el contrario, debe verse como el interés y el trabajo por superar las condiciones de desigualdad que les impiden a los miembros de estos grupos el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales en condiciones de igualdad con los demás, en el caso de nuestro trabajo, en igualdad con el hombre: "Los grupos vulnerables son aquellos que por circunstancias de pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad se encuentran en una situación de mayor indefensión para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuenta con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas".3

De todo lo anterior se puede desprender que las personas o grupos que a partir de estos factores, sufren de inseguridad y riesgos en cualquier aspecto de su desarrollo como personas y como ciudadanos, se encuentran en una situación de desventaja frente al reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.

Luego entonces podemos afirmar que los grupos vulnerables representan a los sectores má s desfavorecidos y débiles de la sociedad en la que se encuentran.

Desde la perspectiva jurídica diríamos que son aquellos grupos a los que se les violan sus derechos y de alguna manera se les pone en una situación en la que la discriminación adquiere su nombre y origen. Y en este sentido es deber del Estado evitar tanto las causas como sus manifestaciones y sus consecuencias, lo que representa proveer de todo aquello que sea necesario para garantizar a éstos el goce y ejercicio de todos sus derechos en condiciones de igualdad y dignidad, es decir, protegerlos.

Podemos afirmar que vulnerabilidad se utiliza para designar a los grupos que deben recibir ayuda.

En este orden de ideas hay quien define a los grupos vulnerables a partir de la determinación de los criterios de no discriminación planteados en los diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos con carácter convencional: "Se entiende por grupo vulnerable aquel que en virtud de su género, raza, condición económica, social, laboral, cultural, étnica, lingüística, cronológica [edad] y funcional, sufren la omisión, precariedad, o discriminación en la regulación de su situación por el legislador federal o local del orden jurídico nacional".4

Queda claro que este último caso, es decir, el del legislador, es sólo uno de los aspectos por los que un grupo vulnerable puede resultar afectado, puesto que de igual forma lo podrá ser por ausencia o ineficiencia en las políticas públicas, por la falta de enfoques adecuados en el sistema educativo, entre otros aspectos.

 

III. Vulnerabilidad como fenómeno

Vulnerabilidad se refiere a la condición de una mayor indefensión en la que se puede encontrar una persona, grupo o una comunidad. Las personas pueden ser vulnerables porque no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer las necesidades básicas del ser humano, como la alimentación, el ingreso, la vivienda, los servicios de salud y el agua potable, entre otros.

Esta situación está en función de la capacidad de respuesta individual o colectiva frente a una situación determinada.

1. Vulnerabilidad

Se es vulnerable al daño ocasionado por situaciones como la crisis económica, el desempleo, la falta de igualdad de oportunidades, las conductas discriminatorias de los distintos sectores de la sociedad e incluso de los fenómenos naturales.

La vulnerabilidad fracciona y por lo tanto anula el conjunto de derechos y libertades fundamentales, de tal suerte que las personas, grupos o comunidades vulnerables tienen estos derechos únicamente a nivel formal, ya que en los hechos no se dan las condiciones necesarias para su ejercicio.

La vulnerabilidad viola los derechos de los miembros más débiles de la sociedad y los margina, razón por la cual el Estado tiene la responsabilidad de reconocer, proteger y hacer efectivos los derechos de quienes se encuentran en condición de vulnerabilidad.5

La doctrina ha logrado explicar la vulnerabilidad, pero también los gobiernos, ante las necesidades políticas, económicas, sociales y de todo tipo, se han visto en la necesidad de identificar el problema de la vulnerabilidad para dar respuesta a las necesidades de quienes se6 encuentran afectados por ésta; así, el gobierno de Colombia, en 1987, establece una definición que comprende la atención de emergencias, y que en palabras de Jesús Manuel Macías dice a la letra: "La vulnerabilidad es sinónimo de inseguridad, debilidad, exposición desventajosa, frente a un peligro, lo que dependiendo de la gradación de los pesos de la balanza, por un lado la vulnerabilidad y por otro el peligro, determinan un riesgo".

El término vulnerabilidad se ha usado para designar a las condiciones sociales en referencia a un determinado estado de susceptibilidad de recibir algún daño o violación a derechos por parte de una comunidad o grupo social, aún del Estado o de personas en lo particular, frente a una situación, agresión, desconocimiento, ignorancia o violación determinada de los mismos. También, en otro sentido, puede hacer referencia al grado de pérdida de elementos que corren riesgo o a una condición de desventajas estables y sólo calificables con relación al acto que está afectando. Esto podrá verificarse durante el desarrollo de este trabajo.

En este sentido, vulnerabilidad suele definirse de la siguiente forma en términos generales:7

Vulnerabilidad. Calidad de vulnerable.

Vulnerable. Que puede ser herido, o recibir lesión física o moralmente.

Vulnerar. Transgredir, quebrantar, violar una ley o precepto. Dañar o perjudicar.

Como podemos ver, vulnerabilidad nos refiere a la noción de inseguridad, ya sea que se manifieste como una debilidad, o una exposición en condiciones de desventaja, una posibilidad de daño a la integridad física, psicológica o moral de la persona, e inclusive la exposición a un Estado de derecho violatorio de derechos y garantías fundamentales. Y todo esto representa una ecuación que tiene como resultado el riesgo.

Luego entonces podemos afirmar que la vulnerabilidad representa la debilidad frente a una situación general, desprotección, un riesgo percibido, peligro, o como una susceptibilidad o carencia de seguridad y libertad personal.

El problema que representa la vulnerabilidad es que entre sus orígenes y manifestaciones lleva implícita la práctica de conductas y actitudes discriminatorias que llevan necesariamente al ejercicio desigual de los derechos de aquellos que se encuentran afligidos por dicha condición: "El concepto vulnerabilidad no se limita a la no satisfacción de las necesidades materiales. Incluye asimismo las conductas discriminatorias que atentan contra la dignidad de las personas o de los grupos sociales".8

Desde este punto de vista, resulta necesario considerar que la vulnerabilidad no sólo se refiere a aquellos aspectos de índole económico, sino que es necesario verlo desde un enfoque sistémico, esto es, aquello que involucra como condición de la vulnerabilidad aspectos que podemos enmarcar dentro de las áreas de lo social y lo político en lo general, y todo esto se encuentra determinado tanto por los valores de la sociedad que determina los estados de vulnerabilidad, como por la propia estructura y funcionamiento del Estado y sus instituciones.

En el mismo orden de ideas, la vulnerabilidad reflejada en los miembros de las sociedades se ha venido incrementando y agravando, puesto que ya no sólo abarca presupuestos económicos sino también podemos referirnos al mismo aumento de la violencia en sus diversas manifestaciones: "La vulnerabilidad se inscribe más allá de la pobreza y abarca riesgos que se han recrudecido en estos últimos años con la proliferación de la violencia, en todas sus formas, la crisis económica mundial y la degradación del medio ambiente".9

El estado de vulnerabilidad en que se encuentran determinadas personas, grupos o comunidades atentan contra la dignidad humana, y por lo tanto su existencia y persistencia implica una constante violación a derechos humanos.

En términos de lo hasta aquí expresado, sería imposible concebir que se presentaran en todas las sociedades las mismas clases de vulnerabilidad con las mismos índices de incidencia y gravedad, puesto que la situación económica, política y sociocultural de cada una de ellas es distinta, por esto cada sociedad tendrá sus propias formas de vulnerabilidad aunque éstas guarden una naturaleza similar.

La gravedad de la existencia de personas, grupos y comunidades que sufren de alguna condición de vulnerabilidad, es que esta condición supone a mediano y largo plazo conflictos, violencia y otros problemas sociales que acabarán por afectar la estabilidad del estado en el que se presentan.

Resulta importante no restringir o ampliar demasiado nuestro criterio en cuanto a las formas en que tendemos a identificar la vulnerabilidad, esto es, no debemos referirla exclusivamente a la atención de los grupos más necesitados, puesto que puede haber otros que sufran de alguna causa de vulnerabilidad y que no se encuentren dentro de las prioridades de atención. El hacerlo de esta forma puede afectar la visión de la prevención y la atención de los afectados.

Lo anterior puede ocurrir de cuatro formas,10 la primera consiste en que al asociar vulnerabilidad con debilidad se pierde de vista la posibilidad de considerar la participación y fuerza del grupo o de las personas para poder desarrollar y aplicar las medidas tendentes a erradicar y prevenir alguna forma de vulnerabilidad que las afecta, puesto que estos mismos grupos pueden aportar a la solución del problema mediante estructuras, instancias, planes que ya tengan organizados o que puedan organizar.

La segunda se presenta cuando consideramos a ciertos grupos siempre o invariablemente como vulnerables, cuando no lo son en todas las situaciones ni permanentemente respecto de las mismas: "La vulnerabilidad real de las personas depende, pues, de las circunstancias específicas de cada contexto: un grupo es vulnerable en un ámbito y no serlo en otro. Los programas [y las medidas de prevención] siempre deberán tener en cuenta las causas, por cuanto que están destinados a las personas que las padecen".11

La tercera será aquella en que se preste asistencia a los denominados falsos beneficiarios, puesto que frente a una situación de riesgo existirá la posibilidad de identificar al grupo vulnerable como tal, pero frente a las acciones dirigidas enteramente bajo el criterio en que se identificó al grupo, se puede estar dejando de lado la visión amplia del grupo para trabajar sobre todas las vulnerabilidades que lo afectan, puesto que existirán en ocasiones causas de vulnerabilidad que sean ajenas al propio grupo vulnerable.

Y la cuarta, el criterio para designar o reconocer a los grupos vulnerables, ya que se puede caer en el error de que al designar a un grupo o persona como vulnerable en una ocasión, siempre se le considere como tal. Como dinámico es el Estado, la sociedad y sus respuestas a los diferentes fenómenos, problemas o conflictos, que en ellos se desarrollan, así igualmente son las causas y la vulnerabilidad en estricto sentido, por lo que la misma es susceptible de reducirse o incluso de erradicarse, por lo tanto, los grupos y el grado o gravedad de la vulnerabilidad que sufren podrán variar o desaparecer. Hay que recordar que la vulnerabilidad implica acciones prioritarias, por lo tanto, se requerirá de hacer evaluaciones para determinar quiénes requieren de las acciones y atención prioritarias, sin dejar de lado los programas para la prevención y seguimiento de los casos que en un momento se identificaron como vulnerables, y que ya han recibido atención, así como modificado su situación y condiciones:

En cuanto a saber si es mejor seguir ayudando a una comunidad [grupo o persona] a largo plazo o dirigir la atención de la asistencia a otros grupos, a medida que unas comunidades dejan de ser vulnerables y otras pasan a serlo, depende de una serie de factores. En todo caso, un buen sistema de toma de decisiones de los programas ha de incluir la comprensión de la dinámica de la vulnerabilidad, así como de la identificación de las personas vulnerables.12

2. Clases de vulnerabilidad: una clasificación para el análisis

Resulta importante observar las formas en que el análisis de un concepto sobre ciertos tipos de personas y derechos puede operar en la toma de decisiones sobre ciertos actos del Estado que garanticen protección legal a los mismos.

Cuando ciertos intereses no se encuentran protegidos genéricamente para toda la población, sino que se consideran específicamente para ciertos individuos, no existe la intención de excluir de la protección que gozan otros. En realidad lo que sucede es que en la mayoría de los casos los intereses o experiencias de un individuo o grupo con determinadas características son tomadas como la base para establecer qué vulnerabilidades tienen todos los seres humanos. Por ejemplo, los discapacitados, los niños, los ancianos, los pueblos indígenas, etcétera, grupos que son considerados vulnerables no sólo en México sino en todo el mundo.

En este orden de ideas, sería imposible que un Estado protegiera o regulara legalmente toda clase de vulnerabilidades que puedan tener las personas o que se puedan imaginar, recordando que vulnerabilidad hace referencia a una condición de riesgo. Primero, porque esto implica la aplicación de recursos, con los que no siempre se cuenta o con limitaciones presupuestales, por lo que sólo puede aplicarlo a casos prioritarios o graves de vulnerabilidad. En segundo lugar, resulta fundamental considerar que la regulación y protección de la vulnerabilidad implica la imposición de ciertas restricciones en el ámbito de los demás, situación por la que el Estado debe asegurarse de que los intereses o vulnerabilidades que se están protegiendo tienen tal peso que justifican la limitación de derechos y libertades en la esfera de los demás ciudadanos.

En este orden de ideas, podemos establecer una clasificación de las vulnerabilidades, que consiste en identificarlas como:13

a) Vulnerabilidad por idiosincrasia.

b) Vulnerabilidad natural.

c) Vulnerabilidad por recursos.

d) Vulnerabilidad social.

e) Vulnerabilidad cultural.

En el caso de la vulnerabilidad por idiosincrasia, podemos decir que existe vulnerabilidad en torno a este factor cuando los riesgos de sufrir un peligro o daño, en nuestro caso, en el goce y ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, se encuentra en la posesión o manifestación de valores, costumbres, talentos o prácticas personales o de grupo que los distinguen.

En el caso de aquellas denominadas como naturales, podemos señalar que se trata de aquellas que resultan de causas relativamente naturales como las enfermedades o padecimientos mentales, o bien aquellas que derivan de ser un niño o un anciano, y que estamos necesariamente determinados a sufrirlas en algún momento de nuestras vidas, o también en el mismo caso se encuentran las personas con capacidades especiales. Es decir, por estas condiciones se está en mayor riesgo de sufrir algún daño o lesión en los derechos y libertades fundamentales frente a ciertos eventos, fenómenos y circunstancias sociales o de cualquier otra índole, que el resto de la población a la que denominaremos estándar.

Por cuanto a los recursos y la vulnerabilidad, ésta se presentará en aquellos casos en que las personas no cuenten con la posesión o acceso a los derechos o recursos de carácter social, tanto los que se refieren a proveer una existencia con calidad de vida en el sentido material, como aquellos referidos a los derechos a la información y el acceso a las oportunidades. Así las cosas, por ejemplo, en el fraude en los recursos que se tienen que erogar a favor de los beneficiarios de una institución social, se pone en una situación de mayor riesgo a los pensionados o jubilados, por sus características, que a una persona estándar. Las personas que son pobres, sin educación o emigrantes, por ejemplo, tienen menos acceso y recursos para lograr obtener el resarcimiento por los daños y los perjuicios o el acceso a la información de cómo proceder, etcétera.

Se puede afirmar que la vulnerabilidad social se refiere a aquellas vulnerabilidades que son construidas a partir de los estereotipos, roles y prácticas socioculturales establecidas en una determinada comunidad. Las personas o grupos que padecen de este tipo de vulnerabilidad suelen ser afectadas por prejuicios y prácticas discriminatorias en razón de ciertas calidades del ser humano como la raza, el sexo, la condición o el origen social, así como también la orientación sexual, lo cual no aplicaría respecto de las personas que cumplen con un perfil dominante o general. Las personas que sufren de este tipo de vulnerabilidad no necesariamente pertenecen a una minoría social, tal es el caso de los homosexuales o las mujeres.

En cuanto hace a la vulnerabilidad como efecto de la cultura, podemos señalar que tiene como base la formación moral, ya sea que se trate de convicciones morales propiamente dichas, de convicciones religiosas o bien de valores culturales que son específicos de un grupo minoritario en una sociedad. Se diferencia de la vulnerabilidad de idiosincrasia en que mientras ésta es meramente personal, la cultural tiene como característica que se vive y se aplica en la convivencia como una consecuencia de modo específico de vida que no es el de la mayoría, por ejemplo los grupos indígenas, o los religiosos como los "Testigos de Jehová ".

Respecto a esta clasificación, cabe mencionar que sólo tiene el fin de distinguir entre las posibilidades que para el análisis pueden existir; sin embargo, en la realidad normalmente tienden a coexistir en particular con la vulnerabilidad social, caso en el cual quienes la sufren suelen ser objeto de prácticas discriminatorias.

 

IV. Factores de vulnerabilidad

Entre las causas que inciden en la existencia de vulnerabilidad, podemos mencionar en primer término:14

a) Falta de igualdad de oportunidades.

b) Incapacidad para satisfacer las necesidades.

c) Desnutrición y enfermedad.

d) Incapacidad para acceder a los servicios públicos.

e) Marginación.

La vulnerabilidad tiene su origen a partir de la reunión de factores internos y externos que al combinarse disminuyen o anulan la capacidad que tiene una persona, grupo o comunidad para enfrentar una situación determinada que les ocasione un daño, y más aún, para recuperarse de él.

En primer término, estableceremos que constituye lo que se ha denominado un grupo vulnerable: "La vulnerabilidad se origina a partir de la reunión de factores internos y externos que al combinarse disminuyen o anulan la capacidad que tiene una persona, grupo o comunidad, para enfrentar una situación determinada que les ocasione un daño y, más aún, para recuperarse de él".15

Los factores internos forman parte de las características propias del individuo, grupo o comunidad, como por ejemplo, la edad, el género, el estado de salud, el origen étnico, la discapacidad, la orientación sexual y la constitución física, entre otros.

Los factores externos están ligados al contexto social, ya que el hombre, como ser social, está en constante interacción con las personas, grupos e instituciones para satisfacer sus necesidades. El contexto social presenta una serie de características que determinan los factores externos de la vulnerabilidad. Como, por ejemplo: las conductas discriminatorias, el nivel de ingresos, la falta de empleo, la desigualdad en la repartición de la riqueza, la falta de políticas sociales, los mismos fenómenos climatológicos.

Otros de los factores fundamentales de la presencia de la vulnerabilidad, así como en la permanencia y formación de grupos de esta naturaleza son la educación, así como el desconocimiento de sus derechos, lo que obviamente se superaría con un mínimo de contacto en la educación formal o la informal, y por lo tanto tampoco conocen las instancias y los mecanismos para hacerlos valer.

Finalmente uno de los factores más graves en la actualidad lo es la violencia en todas sus formas y ámbitos de aplicación.

Cuando hablamos de vulnerabilidad también hablamos de la multicausalidad que aviva la persistencia y gravedad de la vulnerabilidad de que son objeto determinadas personas, grupos o comunidades.

Las causas de vulnerabilidad pueden resultar más importantes para la prevención, que el determinar quiénes son vulnerables, de esta forma es posible alcanzar a beneficiar a todos aquellos que resulten afectados por la misma y no a un grupo en particular.

Así las cosas, es posible afirmar que la vulnerabilidad de que estamos hablando, su prevención y erradicación, no es aquella que fundamentalmente provenga de causas externas en las que la voluntad del hombre intervenga para su existencia y manifestación, esto es, que están fuera de su control, sino de aquella que, como se observa en los párrafos anteriores, es producto de las relaciones que se dan entre los hombres en los diferentes medios en que se desarrollan y toman decisiones, es decir, el social, político, económico, cultural, etcétera, con los riesgos y afectaciones que esto acarrea para la población destinataria, lo que hace posible que en los mismos términos podamos acabar con aquellos, y por lo tanto con la vulnerabilidad.

 

V. Características de la vulnerabilidad

Podemos decir que la vulnerabilidad se manifiesta de tres formas:16

Multidimensional: porque se manifiesta tanto en distintas personas como en grupos determinados o identificados por características comunes, así como en comunidades, objetos en los que la vulnerabilidad se manifiesta de diferentes formas y a su vez en diversas modalidades.

Integral: porque la existencia de la misma, por cualquiera de las causas que le dan origen, implica la afectación no de uno sino de varios de los aspectos de la vida de las personas que la sufren.

Progresiva: debido a que como una situación lleva a la otra, como en un efecto dominó, ésta se acumula y aumenta en intensidad, lo que provoca consecuencias cada vez más graves en la vida de quienes sufren de alguna causa de vulnerabilidad y sus consecuencias, lo que propicia el surgimiento de nuevos problemas y a un aumento de la gravedad de la vulnerabilidad, por lo que esta condición se vuelve cíclica.

La vulnerabilidad provoca que, a nivel jurídico, quienes la sufren sólo vean reconocidos sus derechos y libertades fundamentales a un nivel formal, ya que en la realidad o en el mundo material es en donde se les limitan, nulifican o desconocen, debido a prácticas culturales, sociales, políticas o económicas, movidas por intereses diversos en los que el poder y el abuso del mismo tienen una influencia importante; es decir, no existen las condiciones para su goce y ejercicio.

 

VI. Quiénes son vulnerables

Independientemente de lo hasta aquí expresado, la doctrina ha dado en establecer un patrón para calificar a las personas respecto a la vulnerabilidad o sus vulnerabilidades en términos generales, proceso mediante el que podemos conocer cuáles son los grupos predominantemente denominados vulnerables, claro que dicha clasificación será variable o transitoria, pues como hemos visto, las causas de vulnerabilidad y los grupos a los que afecta y cómo los afecta se encuentran en constante transformación.

Encontramos pues, la siguiente relación:17

a) La mujer pobre, jefe de hogar, con niños a su cargo, y responsable del sostenimiento familiar.

b) Menores y adolescentes en situación de riesgo social (niños en riesgo de salir del hogar, menores infractores y menores víctimas de violencia física, psicológica o sexual en el seno familiar, menores con padecimientos adictivos).

c) Los menores que viven en la calle o los menores que, no obstante tener un hogar, a causa de la desintegración familiar o problemas de otra índole pasan todo el día en la calle.

d) Los menores trabajadores (pepena, estiba, mendicidad, venta ambulante, limpia-parabrisas y actuación en la vía pública).

e) Las personas de la tercera edad.

f) Las personas discapacitadas.

g) La población indígena que se encuentra afectada en forma alarmante por la pobreza.

h) Las mujeres pobres, embarazadas y en estado de lactancia.

i) Los jóvenes y las mujeres pobres afectados por el desempleo.

j) Los excluidos de la seguridad social.

k) Las mujeres que sufren de discriminación política y social.

l) Los pueblos indígenas.

De esta forma, podemos observar que entre los grupos vulnerables que se ha identificado, en el caso de nuestro tema, que es la violencia familiar, encontramos reconocidos como tales a las mujeres, los niños, los adultos mayores y los discapacitados. Hay que recordar que las condiciones que determinan la existencia de un grupo vulnerable está dado por la realidad cambiante, las necesidades y la prioridad para la atención de los mismos.

 

VII. Grupos vulnerables y violencia familiar

En el fenómeno de la violencia familiar resulta de fundamental importancia tratar el tema de los grupos vulnerables, puesto que existen personas en la familia que tienen mayor riesgo de sufrir un menoscabo en sus derechos fundamentales y su dignidad humana, en su integridad física, psicológica y sexual. Dichas personas pertenecen a tres grupos: los niños, las mujeres en relación de pareja o matrimonio,18 y los ancianos.

Podemos considerar que la permanente existencia y práctica del maltrato infantil se sostiene y encuentra su origen en la cultura, la costumbre y en las figura de autoridad o poder que sustentan los adultos desde tiempos ancestrales.

En el caso de los menores, hablamos de maltrato en el hogar cuando se ejecuta en su persona por un miembro de la familia y de forma intencional, un acto de poder, es decir violencia física o moral, u omisión, que lesiona su integridad física, psicológica, emocional o sexual, independientemente del lugar en que se lleve a cabo y de que pueda producir o no lesiones; esto independientemente de que la relación entre el menor y el agresor nazca del parentesco consanguíneo o de la adopción. Además, de conformidad tanto con el Código Civil como con el Código Penal, el maltrato al menor constituye violencia familiar en los casos del concubinato, cuando aquél se ejecute por parte de la pareja de su padre o de su madre o por los parientes de éstos, de conformidad al parentesco por afinidad.

Por otro lado, podemos decir que la violencia contra la mujer —en cualquier espacio, pero en este caso particular en la familia— es aquella que se manifiesta a través de una conducta u omisión que atenta o ataca su integridad física, sexual, psicológica, y en su desarrollo dentro de la misma, cuando es ejercida por otro miembro de la familia a la que pertenece. Este tipo de violencia tiene como efecto crear una desventaja o devaluación de la mujer, así como desconocer, limitar o excluir los derechos humanos y libertades fundamentales de ella.

Género, sociedad y violencia se entrelazan para dar origen al fenómeno que nos ocupa, que es la violencia contra la mujer, y específicamente, en el caso de este trabajo, de aquella que se presenta en el hogar.

Socialmente se establece un sistema de diferenciación y asignación tanto de roles como de actividades en virtud del sexo al que se pertenece. Esta diferencia necesariamente se ve traducida en una desigualdad que tiene como consecuencia el nacimiento de relaciones que históricamente han dado origen a papeles de poder y subordinación, que pueden manifestar y que justifican socialmente actos de violencia, especialmente en el espacio de la familia.

El reconocimiento de la violencia contra la mujer como un problema social, cualquiera que sea el espacio donde la sufra, se ha convertido en una prioridad dentro de la agenda mundial que representa una propuesta para prevenirla, sancionarla y erradicarla.

En el caso de los ancianos, la violencia familiar se va a definir por los mismos elementos de los grupos anteriores, es decir, será aquella que se ejerza mediante el uso de la fuerza física o moral, así como la omisión grave que se realice contra ellos por otro integrante de la familia, cuando dichos actos atenten contra su integridad física, psíquica o ambas, independientemente del lugar en que se lleve a cabo y que pueda producir o no lesiones. Igualmente se considerará n violencia familiar, aquellos actos de la misma naturaleza que sean ejercidos por cualquier persona a la que los ancianos se encuentren bajo custodia, guarda, protección o cuidado, siempre y cuando el agresor y el anciano o receptor de violencia convivan o hayan convivido en la misma casa.19

El origen de la violencia familiar, contra cualquiera de los grupos antes señalados, encuentra sustento en la jerarquía establecida con respecto a relaciones de poder abusivas en las que los receptores de violencia se encuentran en una posición inferior, de subordinación y/o dependencia.

¿Cuá les son los factores que los hacen vulnerables?; la respuesta se encuentra en la perspectiva ecológica del problema,20 es decir, de la violencia familiar. Respecto al abordaje ecológico, primero nos encontramos con el macrosistema,21 que es el que determina las formas ideológicas y de organización de las comunidades y los individuos en sociedad, como las creencias y valores sobre la familia y sus integrantes, así como los conceptos que se manejan sobre la obediencia y el poder entre los miembros del núcleo familiar.22

Es aquí en donde encontramos el origen del riesgo de sufrir actos de violencia familiar por los grupos más débiles de la familia, ya sea por su condición física, por su edad, por su estado de salud, por su dependencia, y, por supuesto, por el género al que pertenecen los grupos ligados de una forma u otra a la concepción de poder y obediencia ejercidas por otra persona, sobre la base de prácticas culturales que se inculcan, y que sirven de sustento para establecer relaciones desigualesy jerárquicas de poder o de subordinación dentro de la familia.

Es este el ámbito en el que se promueven y se adquieren hábitos para la resolución violenta de conflictos, es decir, socioculturalmente no se promueven las habilidades para resolver problemas o conflictos interpersonales por la vía pacífica, lo cual, sumado al establecimiento y confirmación de los roles y estereotipos de género, así como a los de poder y subordinación dentro de la familia, y los derechos y obligaciones que surgen como resultado de éstos, proporcionan condiciones propicias para la existencia de alguna forma de violencia familiar en cualquiera de los grupos señalados como vulnerables frente al fenómeno que nos ocupa.

Todo lo anterior se traduce en la dinámica del marco sociocultural que impone un sistema de creencias en el que uno manda y el otro obedece, en el que uno tiene la fuerza y el otro es el débil y/o dependiente, en el que uno tiene el poder y el otro debe someterse, en el que uno tiene la razón y los otros no, en el que uno es proveedor y el otro sólo receptor o administrador. Es así que tales circunstancias ponen en riesgo el desenvolvimiento, desarrollo, participación y calidad de vida de unos, y al final, también de los de los otros.

El segundo de los sistemas, dentro del modelo ecológico, es el exógeno, en el que los factores de riesgo se manifiestan a través de medios idóneos para la posible reproducción de la violencia en el aparato social y en la familia, y que son producto y conductores del sistema ideológico y de creencias en el y del macrosistema, así como resultado también del aspecto situacional de cada individuo en relación con su desarrollo personal y su desenvolvimiento social y con la familia.

En este caso particular estamos hablando en un primer momento, del constructor social que sirve de medio o transmisor para, primero, el establecimiento de pautas de comportamiento, y segundo, para el reforzamiento de normas sociales, jurídicas y prácticas culturales; así como también de aquello que atañe al individuo, por cuanto ciertas condiciones de su ámbito de desarrollo constituyen factores desencadenantes de posibles actos de violencia. Como lo pueden ser, en el primer caso, aprender o reforzar formas violentas para la resolución de conflictos, la falta de un aparato protector del Estado tanto desde el punto de vista legislativo como del relativo a atención de receptores de violencia y/o agresores. Un ejemplo de este tipo de influencia que agudiza el riesgo son los medios de comunicación:

En los medios de información masiva encontramos que gran cantidad de imágenes y mensajes que se transmiten, refuerzan los [roles y] estereotipos de la violencia en los hombres y de sumisión cuando deberían ser críticos, ya que desempeñan un papel muy importante en la vida del ser humano y tienen el poder de estimular cambios positivos.23

En el segundo caso se puede afirmar que se trata de factores que inciden directamente en el ámbito de influencia del agresor o del receptor de violencia, cómo lo puede ser el desempleo, falta de ingresos suficientes para atender a las necesidades de la familia, y aunque no se presenta en la mayoría de los casos, también son factores de riesgo el alcoholismo y la drogadicción, por señalar algunos.24

En este sistema encontramos cómo otros factores pueden incidir en el riesgo o atención a los problemas de violencia familiar, por ejemplos: las escuelas y las instancias de procuración e impartición de justicia.

El tercer sistema, desde la visión ecológica, es el microsistema, en el cual finalmente aparecen los factores de riesgo inherentes a la historia de vida de los posibles receptores y agresores de violencia familiar; esto es, la forma en que aprendió a relacionarse familiar y socialmente, el medio en que creció, la forma en que se conciben a sí mismo los sujetos y con respecto a los demás, el temperamento, y las formas de autoridad que se desarrollaron en la familia.

Es decir, la forma en que todo lo visto en los sistemas anteriores ha influido integralmente en el desarrollo de la familia y del individuo, ya sea que se trate del receptor de violencia o del agresor, como lo son la historia de violencia en la familia, las relaciones en el núcleo familiar en cuyo seno los conceptos de poder y subordinación se asocian a prácticas de género o al abuso por dependencia, ya sea por edad o discapacidad, problemas psicológicos asociados a una baja autoestima.25

Como se puede observar en el fenómeno de la violencia familiar, los eventos que pueden llevar a un grupo a considerarse vulnerable en términos del fenómeno de la violencia familiar son multifactoriales,26 pero como también se puede ver, la solución fundamental se encuentra en el marco del macrosistema en el que se pueden modificar los estereotipos, roles y prácticas culturales que nacen de dos fuentes fundamentales: la cultura y sus valores tradicionales, así como la concepción del poder y la subordinación que nacen de los anteriores.

 

VIII. Consideraciones para aplicar un mecanismo de solución

Para poder trabajar y erradicar la condición de vulnerabilidad que afecta a determinadas personas, grupos o comunidades, en particular aquellos afectados por la violencia familiar, se requiere de acciones y programas que deberán estar orientados a la prevención de tal condición y de los factores que la causan en las diferentes áreas y niveles que se encuentran relacionados con los mismos, es decir tendrán que tener un corte transversal, en los que resultará de fundamental importancia la participación tanto del Estado como de la propia sociedad, tanto desde su perspectiva estructural como desde enfoques más específicos como la familia y la participación de las individuos en sus diferentes roles en la sociedad:

La experiencia muestra que el reconocimiento social es el mejor antídoto contra la vulnerabilidad. Abre la puerta al diálogo con quienes tienen el poder económico y político. Los mejores abogados de los grupos vulnerables son ellos mismos. Deben pues poder crear sus propias instancias a fin de expresar sus necesidades, aspiraciones y ponerlas en práctica. Este objetivo requiere de recursos financieros y competencias, de los que no siempre se dispone, por ello se necesita, con frecuencia un catalizador.

Las organizaciones no gubernamentales tienen la responsabilidad de asumir ese papel.27

El diseño de tales acciones de prevención deben estar dirigidas a la solución de la situación de cada grupo en particular, en este caso a los grupos vulnerables frente al fenómeno de la violencia familiar; de acuerdo con la doctrina, podríamos llamarlas acciones afirmativas,28 puesto que sólo estarán vigentes mientras la desigualdad y el riesgo generados por el estado de vulnerabilidad persista, ya que una vez superada, se estará en posibilidad de garantizar la igualdad de derechos y el ejercicio de los mismos en forma eficaz.

Lo anterior es materia de compromisos adquiridos, en nuestro caso, por el gobierno mexicano, en virtud de conferencias e instrumentos internacionales derivados de las mimas y que han sido a su vez integrados a los programas nacionales, como ha sido en los casos de Proequidad y Pronavi, por lo que resulta obligatorio su cumplimiento; por ejemplo, podemos mencionar el caso de la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social.

En ésta se habla específicamente del aspecto relativo a los grupos vulnerables, y se señala que para lograr el desarrollo social y la mejor calidad de los individuos se requiere ejercer acciones que estén dirigidas a cambiar y mejorar sustancialmente todas aquellas condiciones de carácter social, económico, político y educacional, legislativo y jurídico que impidan a los miembros de la sociedad su desarrollo integral, derecho humano reconocido; así como la protección física, mental y social de las personas que se encuentren en un estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental. En todos los casos, el objetivo de las acciones será el de que tales medidas prevalezcan hasta que se logre la incorporación de los mencionados a una vida plena y productiva:29 "El tratamiento de las causas de vulnerabilidad se integra, naturalmente, en las actividades de desarrollo emprendidas para garantizar un nivel de vida más elevado, una mayor igualdad de oportunidades y el disfrute de los derechos fundamentales del hombre".30

Resulta de fundamental importancia para la resolución del problema de la vulnerabilidad la participación de las personas, grupos y comunidades que la sufren, puesto que mejor que nadie ellos conocen las necesidades y medidas por efectuarse; además, al reconocerse como sujetos de derechos y en el ejercicio de los mismos en condiciones de igualdad, es decir, reconociendo sus propias capacidades para superar los problemas, será más eficaz el apoyo que reciban tanto de la sociedad como del propio Estado:

Como señalamos, la identificación de las raíces de la vulnerabilidad es importante para las propias personas vulnerables a fin de que desarrollen y mejoren sus propias capacidades para contrarrestar su vulnerabilidad. Por ello, los organismos que asisten a grupos vulnerables deberán ayudarles a definir las causas de su vulnerabilidad y a desarrollar sus propias capacidades para superarla.31

Se puede afirmar que la atención a grupos vulnerables debe ser una prioridad en los programas nacionales establecidos por el Estado: "La atención a grupos específicos constituye el tercer nivel de la política social, ubicado dentro del marco de la asistencia social que comprende el auxilio a la población vulnerable".32

El fin último que debe perseguir el Estado a través de todas las medidas aplicables para la atención de grupos vulnerables y sus necesidades, debe estar orientado a la integración de estos grupos a la comunidad, sensibilizando, sobre la importancia de su participación coadyuvante con el Estado, tanto a la sociedad como a los miembros de los mismos grupos vulnerables.

 

IX. Reflexión final

La realidad es que frente a la vulnerabilidad sólo existe una posibilidad que consiste en lograr la equidad en el ejercicio y goce de los derechos y garantías fundamentales de los miembros de una sociedad, y en este caso de los miembros de una familia, equiparando las oportunidades para acabar con las desventajas, puesto que no lograrlo sólo significará la existencia y práctica de la marginación, discriminación y violencia. La que se verá reflejada en diferentes grados y manifestaciones de afectación en la calidad de vida de los receptores.

 

Notas

1 Véase www.cndh.org.mx/principal/document/derechos/fr_derech.htm.

2 Foster, Jacques, "Invertir la espiral de la vulnerabilidad", Revista Internacional de la Cruz Roja, Ginebra, año 19, núm. 124, julio-agosto de 1994, p. 330.         [ Links ]

3 Espinosa Torres, Patricia, "Grupos vulnerables y cambio social", Quórum, México, Instituto de Investigaciones Legislativas de la Cámara de Diputados, año IX, núm. 72, mayo-junio de 2000, p. 10.         [ Links ]

4 González Galván, Jorge Alberto et al., "La pluralidad de los grupos vulnerables: un enfoque interdisciplinario", Memoria del IV Congreso Nacional de Derecho Constitucional, t. III: Derechos humanos, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2001, p. 227.         [ Links ]

5 www.cndh.org.mx/principal/document/derechos/fr_derech.htm.

6 "Significado de la vulnerabilidad social frente a los desastres", Revista Mexicana de Sociología, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Sociales, año LIV, núm. 4, octubre-diciembre de 1992, p. 5.         [ Links ]

7 Diccionario de la lengua española, 11a. ed., Madrid, Real Academia Española, 1992.         [ Links ]

8 Foster, Jacques, op. cit., nota 2, p. 329.

9 Sammaragua, Cornelio, "Más solidaridad para un desarrollo más humano", Revista Internacional de la Cruz Roja, Ginebra, año 19, núm. 124, julio-agosto de 1994, p. 321.         [ Links ]

10 Véase Anderson, Mary B., "El concepto de vulnerabilidad: más allá de la focalización en los grupos vulnerables", Revista Internacional de la Cruz Roja, Ginebra, año 19, núm. 124, julio-agosto de 1994, pp. 336-339.         [ Links ]

11 Ibidem, p. 338.

12 Ibidem, p. 339.

13 Marshal Stirling, Sandra E., "The legal protection of non standard interests", Gerechtigkeit und der staat, Berlín, 1993, pp. 377-386.         [ Links ]

14 Espinosa Torres, Patricia, op. cit., nota 3, p. 11.

15 Comisión Nacional de Derechos Humanos, Vulnerabilidad, México, CNDH, 2000 y www.cndh.org.mx/principal/document/derechos/fr_derech.htm.         [ Links ]

16 Véase Espinosa Torres, Patricia, op. cit., nota 3, p. 10.

17 González Galván, Jorge Alberto et al., op. cit., nota 4, p. 227.

18 Véase Pérez Contreras, María de Montserrat, "Violencia familiar", Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, nueva serie, año XXXII, núm. 95, mayo-agosto de 1999.         [ Links ]

19 Artículos 323, quater y quintus, del Código Civil para el Distrito Federal.         [ Links ]

20 Véase la exposición de Marta Torres en el módulo "Aspectos Culturales de la Violencia Familiar: el Género", presentada en el Segundo Diplomado sobre Violencia Familiar y Derechos Humanos organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM el 7 de noviembre de 2003.         [ Links ]

21 Véase Aresti, Lore, Violencia intrafamiliar, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2000, pp. 27 y 28.         [ Links ]

22 Véase Corsi, Jorge (comp.), Violencia familiar, una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema social, México, Paidos, 1994, p. 53.         [ Links ]

23 Valdivia Márquez, Rogelio, "Violencia intrafamiliar", en varios autores, Derechos humanos de las mujeres en México, México, UNAM, 2004, p. 298.         [ Links ]

24 Idem.

25 Véase Aresti, Lore, op. cit., nota 21, p. 67.

26 Valdivia Márquez, Rogelio, op. cit., nota 23, p. 299.

27 Foster, Jacques, op. cit., nota 2, p. 335.

28 Barrére Unzueta, María de los Ángeles, Discriminación, derecho antidiscriminatorio y acción positiva a favor de las mujeres, Civitas, 1997;         [ Links ] y artículo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

29 Naciones Unidas, Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social: publicado como documento A/CONF/166/9.         [ Links ]

30 Sammaragua, Cornelio, op. cit., nota 9, p. 321.

31 Anderson, Mary B., op. cit., nota 10, p. 341.

32 Delgado Aguilar, Edgar, "Derechos humanos y grupos vulnerables", Asamblea, México, 2a. época, núm. 15, vol. 1, diciembre de 1998, p. 27.         [ Links ]

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