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Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.49 no.146 Ciudad de México may./ago. 2016

 

Artículos

La educación por competencias en el campo del derecho

The education competencies in the field of law

Roberto Sanromán Aranda* 

Luisa Gabriela Morales Vega** 

*Doctor en derecho por la Universidad Panamericana; profesor-investigador de tiempo completo en el Centro Universitario de la UAEM Valle de México. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel 1.

** Doctora en derecho por la UNAM; profesora-investigadora de tiempo completo en el Centro Universitario Valle de México de la UAEM; profesora de asignatura del Programa de Posgrado de la UNAM.


Resumen:

El contenido del presente artículo se refiere a la educación por competencias. En México, ésta tiene aspectos innovadores: el profesor es un instructor del conocimiento; es decir, los alumnos participan activamente en el salón de clases utilizando sus habilidades para lograr un aprendizaje significativo. Los alumnos van construyendo el conocimiento de acuerdo con lo investigado y la guía que siguen del docente. Las competencias profesionales principales en la formación de los licenciados en derecho son la interpretación, la sistematización, la integración, la argumentación y la aplicación, así como saber reflexionar, identificar, elegir, dominar e integrar los problemas sociales que se les presentarán en el ejercicio de la profesión. La educación por competencias debe ser impartida en la mayoría de los centros universitarios para que el alumno sea más creativo en el estudio de sus conocimientos y tenga éxito en la aplicación de los mismos. Además, se revisan las competencias que provee el sistema educativo mexicano, frente a las que proveen los sistemas de Chile, Perú y Colombia en el marco de la Alianza del Pacífico.

Palabras claves: Competencias; educación; derecho; sistemas educativos; profesionista; Alianza del Pacífico

Abstract:

The content of this article refers to the competence education, it has innovative features, the teacher is an instructor of knowledge, and the students actively participate in the classroom, using their skills to achieve meaningful learning. Students build knowledge according to the investigation and guidance of teachers continue. The main skills in training law graduates are the interpretation, systematization, integration, argumentation and application; and know how to reflect, identify, select, master and integrate the social problems they will face in the profession. The competence education should be taught in most universities so that students are more creative study their knowledge and succeed in implementing them.

Keywords: Skills; education; law; education systems; professional

Sumario: I. Introducción. II. Importancia de la educación. III. Estructura de la educación en México. IV. El aprendizaje de las competencias en los estudiantes de la carrera de derecho. V. La Alianza del Pacífico. VI. Conclusiones. VII. Fuentes de consulta.

I. Introducción

En las instituciones educativas el avance ha sido vertiginoso; esto, debido a la globalización que está viviendo el mundo actual. Como recordaremos, la educación se ha impartido bajo un modelo educativo1 tradicional, en la que el profesor es un repetidor del conocimiento frente a sus alumnos, lo que ha tenido aspectos positivos, pero también negativos; por una parte, la experiencia del profesor que se vierte en el aprendizaje de los alumnos enriquece su conocimiento, lo que representa tener actualizado sólo aquello que el profesor transmite. Por otro lado, al impartir dichos conocimientos, el alumno se ve limitado a lo que el profesor le transmite frente al grupo. De modo que en el modelo tradicional, al profesor le corresponde organizar el conocimiento, aislar y elaborar lo que debe ser aprendido, trazar el camino por el que marcharán sus alumnos.2

En la educación por competencias, ésta tiene aspectos innovadores, ya que en este caso el profesor es un instructor del conocimiento; es decir, el alumno participa activamente en el salón de clases utilizando sus habilidades para lograr un aprendizaje significativo. Así pues, este modelo educativo intenta promover un saber funcional dinámico más allá de la pedagogía teorizante y memorista.3

De acuerdo con lo anterior, en el modelo educativo por competencias el alumno construye el conocimiento con lo que va investigando, por lo que el profesor es un guía del aprendizaje.

Trataremos los aspectos más importantes del sistema educativo, en lo que se refiere a su sustento constitucional y legal de la educación, con objeto de que el lector tenga mayor información de los avances y retrocesos de la misma; es decir, para que se forme un criterio de lo que se está viviendo en México, sobre todo en las escuelas de derecho. También trataremos las competencias que deben tener los alumnos de la carrera de derecho, con el fin de que sean mejores profesionistas y ofrezcan un mejor servicio profesional a la colectividad.

Un punto más a tratar en el estudio será el aspecto de las tecnologías y su importancia en la aplicación en el sistema educativo mexicano, sin olvidar que ante todo debe predominar el conocimiento y la reflexión de lo aprendido y estar conscientes de que el internet es un medio por el que viaja la información o se concentra, pero si los contenidos que se pueden encontrar en la tecnología no son bien aprendidos, de nada servirán en su aplicación profesional.

Por último, trataremos las competencias con las que debe contar el estudiante de derecho en la época moderna, y que ante todo se está demandando por la sociedad mexicana, e incluso en un mundo globalizado, ya que con dichas competencias -como la argumentación, la reflexión, por mencionar algunas-, el profesionista en derecho será capaz de ofrecer un mejor servicio a la sociedad mexicana.

En el contexto de la globalización, en el último apartado nos referimos a la Alianza del Pacífico como proceso de integración económica que conforman México, Chile, Perú y Colombia, con la finalidad de conocer las competencias que en esas naciones sudamericanas.

Con la presente investigación se pretende abrir las puertas para futuras investigaciones y dejar la semilla sembrada en los estudiosos del derecho, así como en las personas que se encuentran impartiendo enseñanza en los distintos niveles educativos, con miras a una óptima educación y preparación de mejores profesionistas licenciados, maestros y doctores en derecho.

El artículo finaliza con unas prudentes conclusiones y una oportuna bibliografía, con la que el lector podrá ampliar el tema que nos ocupa de una manera profunda y reflexiva.

II. Importancia de la educación

La educación en un país es signo de su desarrollo; el mundo enfrenta un problema en la educación, y éste se debe en algunos casos al poco presupuesto asignado a este rubro. Sin lugar a dudas, en la medida en que exista inversión en la educación el avance del país será significativo y su crecimiento impactará en el orbe.

El Banco Mundial ha publicado en 2014, a través de su portal electrónico, el porcentaje del gasto total que los gobiernos de distintos países destinan a la educación; por ejemplo, se tiene que en 2013 en América Latina, Chile destinó el 19.4% de su gasto total a este rubro; mientras que Colombia y Argentina destinaron el 15%, aproximadamente; Ecuador, el 10.3%, y México, el 19.6%; si bien el porcentaje destinado por nuestro país a la educación es de los mayores en la región, en países como Corea del Sur y Tailandia se destina el 15% y el 31.5%, respectivamente.4

Debemos recordar también, que existe un estrecho vínculo entre educación y desarrollo. Las economías modernas se caracterizan porque en ellas el conocimiento se considera un factor sustancial de la producción. Por ello es que el desarrollo, no sólo cultural, sino social y económico de los países, así como su productividad y competitividad, dependen en gran medida de la educación, y, consecuentemente, del avance científico y tecnológico; tanto es así, que un año adicional de escolaridad en la población eleva el PIB per cápita entre 4 y 7 puntos porcentuales.5

Por estos motivos es que hoy en día el conocimiento se considera incluso como una inversión estratégica, productiva y prioritaria en la economía y en la sociedad. De ahí que el gasto en educación ha dejado de percibirse como una carga, y ahora se valora como una contribución a la justicia, a la productividad y a la equidad sociales.6

No hay que olvidar que la tecnología ha revolucionado la educación, ya que su uso le da rapidez y difusión masiva; también aumenta el intercambio de conocimientos entre las distintas instituciones educativas de los países miembros de una comunidad internacional.

Las llamadas TICS (las tecnologías de la información y comunicación social) han contribuido de una manera importante en la educación. Estos medios facilitan el aprendizaje, pero, como se afirma, es un medio, no el conocimiento pleno, así es que en la medida en que sea utilizado con prudencia y cuidado, se allegará de una información confiable para los alumnos y docentes. Es también importante recordar que esa información viaja de una manera vertiginosa a través de todo orbe, lo que ayuda a incrementar el aprendizaje en los integrantes de las instituciones educativas de todas las formas que existen en el mundo moderno.

El desarrollo de las tecnologías ha sido tan amplio, que se ha implementado su uso a nivel global. Por ello es que se ha creado el Instituto de la UNESCO para la Utilización de las Tecnologías de la Información en la Educación, con sede en Moscú, y que constituye una agencia de la ONU especializada en el rubro, ya que representa una plataforma abierta al intercambio de información sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la educación, al tiempo que facilita apoyo técnico y competencias en lo relativo a su utilización.7

Sin embargo, se debe tener cuidado con la información que se maneja; es decir, deben existir filtros, como pueden ser comités educativos que verifican y autentican la veracidad de la información, y en esa medida ésta será confiable en un proceso educativo sano y de calidad. Se ha llegado a afirmar que en un futuro próximo la educación será impartida de manera considerable por medios tecnológicos, lo que representa un menor contacto con el profesor, situación que a nuestro modo de ver perjudicará el aprendizaje, ya que algunas veces es complicado transmitir la comunicación por este medio.

Es importante mencionar que la tecnología es útil, pero no es el todo para impartir la educación. Como se dijo, es un medio, ya que el conocimiento debe ser impartido, en la mayoría de las veces, de manera presencial, pues existe contacto de alumno-profesor, que puede ayudar a la resolución de dudas de manera clara y completa.

Un pueblo educado es un pueblo culto, por lo que la educación ayuda al progreso cultural del país, lo que representa un mejor desarrollo de sus nacionales y el logro de sus fines existenciales, y sin lugar a dudas una legitimidad de la actividad gubernamental.

La lucha constante por una educación de calidad ha sido una preocupación persistente de los gobiernos; por desgracia, no son suficientes las instituciones educativas que ofrezcan educación significativa y de calidad a la población. Como ya lo hemos dicho, en la medida en que exista mayor preocupación e inversión de los gobiernos en este rubro se logrará una educación eficaz.

La educación ha representado un medio de protección en el sujeto que la tiene, ya que puede exigir que se respeten sus derechos de una manera consciente, pues aquel conoce los aspectos que le benefician, haciéndolos valer frente a terceros, y también conocerá las obligaciones que debe cumplir.

De acuerdo con lo anterior, la educación puede tener muchas vertientes, y dependiendo de la materia en que nos encontremos aquélla será transmitida, trátese de un contador, de un médico o de un licenciado en derecho, profesionista en el que dirigiremos nuestro análisis y punto de vista.

Cada día las profesiones se vuelven más especializadas, situación que ha limitado el alcance de los diagnósticos de los profesionistas; por ejemplo, si un licenciado en derecho sólo conoce de materia penal y le consultan algunas cuestiones de derecho civil, posiblemente se vea limitado al dar respuesta, ya que su especialización le crea límites; de ello resulta que los profesionistas no deben limitarse en el conocimiento, sino conocer otras áreas de su carrera.

Se ha afirmado que si una persona conoce de todos los temas; es decir, cuenta con una amplia cultura, cuando se le presenten problemáticas tendrá mejores formas de solución a sus cuestionamientos y dilemas.

La libertad en la educación de una persona también representa un avance en la educación, ya que existen países que de alguna manera controlan la divulgación del conocimiento en las instituciones educativas, debido a un control de poder en la manera de gobernar. Como ya lo hemos afirmado, un pueblo que no tiene educación ni cultura puede ser controlado de una manera más fácil y, como consecuencia, direccionado a los intereses de unos cuantos y en detrimento de la sociedad.

Es importante considerar que nuestra Constitución federal establece la libertad de educación, siempre y cuando no se atenten los derechos de terceros. La educación puede ser prestada por particulares, sujetándose a los lineamientos que las leyes respectivas les establezcan, y también ofrecida por el Estado, de conformidad con las disposiciones que fijen las autoridades educativas.

III. Estructura de la educación en México

En México, la educación es reconocida como un derecho, pues de acuerdo con el artículo 3o. constitucional, “Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios- impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.

Vale la pena mencionar que el nivel del artículo anterior, se desprende la obligación de recibir la educación desde preescolar hasta la media superior, lo que constituye un aspecto positivo para la sociedad mexicana, ya que existen un mayor número de jóvenes y estudiantes preparados, por lo que esto dará mayor oportunidades a la población entre dichas edades y un avance en el sistema educativo mexicano. Una sociedad preparada es progresista, e incluso al tener mayores oportunidades laborales será un pueblo con menos pobreza.

A su vez, la Ley General de Educación establece en México la existencia de tres niveles educativos: la educación básica, que comprende el nivel preescolar, primaria y secundaria; la media superior, que incluye al profesional técnico y el bachillerato, y el superior, que abarca al técnico superior, la licenciatura y el posgrado (especialidad, maestría, doctorado). También se establecen modalidades en materia educativa:

Educación inicial. Se busca beneficiar el desarrollo físico, cognoscitivo y afectivo de los menores de cuatro años.

Educación especial. Va dirigida a las personas que tengan alguna discapacidad transitoria o definitiva, así como las de aptitudes sobresalientes.

Educación para adultos. Para personas de quince años o más que no han terminado la educación básica.8

Cabe mencionar que en el desarrollo del presente artículo se habla de la educación superior; sin embargo, no hay que olvidar que la educación por competencias se debe implementar en todos los niveles de educación, así como en sus modalidades, pues la búsqueda de que el alumno desarrolle dichas competencias, siempre, en miras de un mejor desenvolvimiento profesional. Prosiguiendo con la Ley en comento, corresponde hablar sobre la conformación del sistema educativo.

Mientras más alto sea el grado académico, en principio, se tendrá un mejor nivel de vida en la mayoría de los sentidos (laboral, cultural, económico, social, etcétera). Como ya lo hemos afirmado, una persona culta y preparada es una persona pensante que debe saber resolver sus problemas en su entorno social y profesional con mayor madurez y mejores resultados. Cada día se exigen mayores estudios en los países desarrollados para poder desenvolverse en determinada profesión, incluso también se requieren certificaciones, de pares o acreditación que sustentan la solidez del profesionista en su gremio profesional.

El sistema educativo nacional se conforma desde un punto de vista amplio y de acuerdo con el artículo 10 de la referida Ley General, por los educandos, educadores y padres de familia; las autoridades educativas; el servicio profesional docente; los planes y programas, métodos y materiales educativos; las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados; las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios; las instituciones superiores a las que la ley otorga autonomía; la evaluación educativa; el sistema de información y gestión educativa, así como la infraestructura educativa.

Como ya se dijo, la educación superior forma parte del sistema, y es el nivel más alto del mismo; su función principal consiste en la formación de personas en los distintos campos de la ciencia, la tecnología, la docencia y la investigación, para con ello fomentar el progreso de la nación.9

Dentro de este tipo de educación encontramos la licenciatura en derecho, misma que es posterior al bachillerato, y tiene como objetivo obtener un título profesional a través de:

  • - Conocer la evolución histórica de la disciplina, como marco para el análisis de los diversos sistemas jurídicos vigentes y no vigentes.

  • - Comprender los principios generales que sustentan al derecho, su origen y la manera en que se expresan en la actualidad.

  • - Entender la relación del derecho con otras disciplinas, desempeñándose armónicamente en entornos interdisciplinarios y multidisciplinarios.

  • - Disponer de una sólida formación disciplinaria en cada una de las ramas de estudio del derecho.

  • - Conocer la esencia de sistemas jurídicos extranjeros, a fin de contrastarlos con el propio.

  • - Contar con los elementos técnicos para analizar, elaborar, interpretar y aplicar la legislación.

  • - Interpretar el texto jurídico general para producir una norma individualizada.

  • - Interpretar textos jurídicos generales para determinar la previsibilidad de las decisiones que se adoptarán en casos concretos.

  • - Solucionar casos controvertidos suscitados en un marco de acción social legalmente contemplados.

  • - Representar los intereses de la sociedad en la identificación y sanción de conductas que se aparten de las líneas de convivencia general.

  • - Diseñar instrumentos jurídicos que permitan la solución de problemas generales en contextos sociales determinados10 (UAEMEX 2004).

Por su parte, las competencias profesionales fundamentales en la formación de los abogados son la interpretación, la sistematización, la integración, la argumentación y la aplicación, así como saber reflexionar, identificar, elegir, dominar e integrar los problemas sociales interpretando los principios, las teorías, las normas y los axiomas, para poder comprender la disciplina del derecho.

De conformidad con lo anterior, y relacionado con la disciplina del derecho, podemos afirmar:

  • - Interpretar: significa desentrañar el significado de un término o texto determinado.

  • - Sistematización: se refiere a la relación que existe entre los distintos conceptos, así como su clasificación; es decir, se sigue una metodología en la enseñanza.

  • - Integración: corresponde a la unidad que puede existir en distintas ideas de un texto o ley determinada.

  • - Argumentación: se refiere a un análisis razonado de determinada cuestión o asunto.

  • - Aplicación: se realiza cuando los conceptos se aterrizan en determinados supuestos o situación que se le pueden presentar al profesionista. -- Reflexión: ésta se da cuando se realiza un análisis más profundo de un texto o de una ley determinados.

  • - Identificar: significa visualizar determinado concepto o idea que se considera importante en el estudio realizado.

  • - Elegir: es preferir determinada idea o concepto entre varios.

  • - Dominar: es aquel control que se tiene sobre determinada situación.

  • - Axiomas: son aquellos principios o máximas, que de alguna manera tiene una pretensión de validez y son incuestionables.

  • - Teorías: son afirmaciones o resultados deductivos que tienen bases en determinada hipótesis o suposiciones.

Las competencias señaladas son trascendentales para los licenciados en derecho; incluso en gran parte de los sistemas educativos se inculcan esas competencias, que tienen efectos positivos en los estudiantes, y que, como lo veremos más adelante, hacen que el alumno sea analítico, crítico y proactivo en su actuar profesional, y más que nada no sea un repetidor de los conceptos (que se obtenían como resultado del profesor expositor, en el que le correspondía señalar la dirección el alumno); sin embargo, en la educación por competencias, al ser reflexiva, lo que piensa, lo que dice y lo que hace tiene una mejor coincidencia, por lo que los resultados obtenidos del quehacer diario tendrán óptimos efectos en el contexto social y profesional en el que se desarrolla.

IV. El aprendizaje de las competencias en los estudiantes de la carrera de derecho

La educación en la modernidad ha tenido avances, sobre todo en el último siglo, lo que ha ocasionado un impacto en la manera de adquirir el conocimiento. Sin lugar a dudas el progreso ha sido acelerado; de ello resulta que los sistemas educativos deben estar a la vanguardia y a las necesidades de la sociedad.

En México como en la mayoría de los países, el impacto en el ámbito educativo generó una serie de transformaciones que empezaron por establecer, como enfoque para la enseñanza, el modelo para la educación Basada en Competencias (EBC), producto, por una parte, del proceso de actualización de los modelos educativos contemporáneos y por otra parte, de las relaciones instauradas entre los sectores educativo y productivo, práctica también establecida en varios países europeos.11

Las competencias se desarrollan a través de las capacidades y habilidades de los estudiantes de alguna carrera profesional. Se afirma que una competencia es una capacidad que se adquiere a partir de un conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes (aprendizaje significativo), y que es transferida a múltiples contextos de manera consciente,12 y en especial las de los licenciados en derecho. En este supuesto, como lo veremos a continuación, pueden existir materias, como la de los derechos procesales, que requieren del alumno habilidades para expresarse oralmente. requerimiento derivado de la implementación de los distintos juicios orales en materia familiar, penal, mercantil, por mencionar algunas, situación que representa un reto para el estudiante, al deber argumentar y hablar en público, con bases sólidas, para la solución de controversias profesionales que se le presenten.

Es conocido por todos que la teoría en la materia jurídica es importante, pero si ésta se complementa con la práctica, se obtienen mejores beneficios, ya que unidas una a la otra, se convierte en una aplicación innovadora y creativa, y en el caso del licenciado en derecho tendrá la facilidad en la solución de conflictos, sustentados por la doctrina, argumentados y aplicados en su contexto social y profesional.

Como hemos dicho, el profesor en la enseñanza tradicional se ha considerado como un repetidor de conocimientos, que muchas veces no hace reflexionar al estudiante, situación que no ocurre en el aprendizaje por competencias, ya que en este caso el docente se nos presenta como un facilitador, y el alumno descubre conocimientos nuevos a través de sus destrezas, y comienza así a fabricar ideas con un enfoque crítico y analítico, así como a comprender con mayor detalle e interés la materia que se aborde en el curso.

En las universidades se deberían asignar a los alumnos, al menos durante un año, actividades profesionales para que desarrollen sus habilidades y competencias, ya que si desde estudiantes se introducen al campo laboral, serán capaces de comprender muchos contenidos teóricos y tener bien claro el rumbo que debe tomar su especialización en el área de derecho.

El aterrizar los conocimientos y las ideas adquiridas representa un avance para los estudiosos de derecho; en muchas ocasiones los alumnos de la carrera deciden emigrar a otros países con el fin de conocer distintas formas de pensar y otras culturas, que con la interacción se logra un avance en la enseñanza-aprendizaje.

Las universidades deben tener universos técnicos para analizar, elaborar, interpretar y aplicar la legislación nacional, y como consecuencia poder compararla con otras naciones de acuerdo con sus sistemas jurídicos, ya que nuestros legisladores muchas veces importan algunas figuras jurídicas; de esta forma permitirá al docente desarrollar la competencia de argumentación y análisis que son muy necesarios en los sistemas jurídicos actuales, ya sean escritos o verbales.

El profesor debe lograr interpretar el texto o materia jurídica para lograr su aplicación al caso específico. Conforme a esto, se podrá alcanzar la competencia de la integración e interpretación, ya que permitirá al docente crear su propio conocimiento y darle sentido al texto jurídico de referencia y transmitirlo al alumno de acuerdo con el enfoque más objetivo del tema, y, sobre todo, con claridad e integración de los apartados que correspondan, según sea el caso.

Las competencias en la carrera de derecho, para los alumnos de las nuevas generaciones, van dirigidas para que los estudiantes sean capaces de desarrollar un análisis crítico y una comunicación efectiva con los grupos que conviven y en el ejercicio de su profesión. Como ya lo hemos afirmado, el alumno debe ser el centro de la educación, que ha de seguir los lineamientos del docente, en miras a un desarrollo profesional integral y retador para poder enfrentar de una manera madura y profesional los problemas que se le presenten.

De lo anterior resulta importante que el estudiante aprenda a desarrollar sus competencias, por lo que se puede decir que es una reingeniería, que se da en la materia educativa, en especial en la carrera de derecho, por lo que el alumno se vuelve más crítico y analítico. Como resultado de lo anterior, desaparece el aspecto pasivo en que se encontraba, pues era sólo un receptor del conocimiento, lo que no le permitía un análisis reflexivo de la materia tratada.

Las competencias de los alumnos deben ser abordadas desde la educación preescolar. Sin lugar a dudas, el estudiante debe descubrir el conocimiento desde una edad temprana, para evolucionar a lo largo de sus estudios, en miras de un estudiante diferente, pensante y que explote al máximo el conocimiento y la información que recibe, que incluso muchas veces no sólo se le presenta en la escuela, sino también a través de los medios tecnológicos, de los cuales ya hemos hecho mención cuando hablamos de las TICS.

El mundo moderno requiere profesionistas con espíritu innovador, críticos, analíticos y con predisposición de superación en el medio en que se encuentran. En la actualidad los egresados de la carrera de derecho son contratados de acuerdo con su disposición y con el desarrollo de sus competencias (el ser analíticos, críticos, innovadores, que sepan argumentar, ser reflexivos y que tengan valores y principios éticos).

Como ya se ha afirmado, la educación por competencias es una manera de educar que tiene mejores efectos prácticos, y que además da al alumno un razonamiento y una comprensión lógica de lo estudiado en el contenido de los libros, lo transmitido en el salón de clases, e incluso por medios tecnológicos; el alumno se vuelve más dinámico y aumenta la necesidad de entender, profundizar, tomar conclusiones propias de lo estudiado u observado, por lo que si un mayor número de sistemas educativos adoptaran dicho sistema, sería positivo para el sistema educativo nacional; sin embargo, creemos que poco a poco se generalizará la educación por competencias, ya que los cambios no son fáciles, pero sí necesarios, pues según una máxima popular: “adáptate al cambio y aprende lo novedoso y actual, ya que de lo contrario morirás”, en una sociedad que está en constantes avances y vale la pena decir, se han suscitado principalmente por la situación vertiginosa de la tecnología, al acercar rápidamente a los distintos países y civilizaciones, sus culturas, sus sistemas jurídicos, sin necesidad de estar forzosamente presentes físicamente, pero sí virtualmente por medio de la tecnología.

V. La alianza del pacífico

Aunque dado el desarrollo tecnológico no existe la necesidad de estar presentes físicamente, los diferentes Estados buscan la manera de generar las condiciones idóneas para estar cerca. Precisamente dentro de las dinámicas de acercamiento entre los distintos países del orbe, encontramos los procesos de integración económica; éstos encuentran sustento en acuerdos internacionales que tienen por objeto eliminar gradualmente las barreras comerciales, económicas, migratorias y arancelarias que existen entre ellos.

Se considera, de manera general, que estas asociaciones propician beneficios económicos, políticos y sociales en los países. Según lo expresado por el entonces secretario de Relaciones Exteriores de nuestro país, Luis Ernesto Derbez Bautista, en el discurso que emitió con motivo de la celebración del seminario sobre Fondos de Cohesión Social,13 es necesario, en aras de la competitividad, que los países de la región impulsen la cooperación en materia científica y tecnológica, pues en el siglo XXI, la discriminación se hace respecto del conocimiento; según el exfuncionario, las naciones que se rezaguen en conocimiento se verán impedidas de acceder al desarrollo, y como consecuencia se integrarán de manera asimétrica al proceso de globalización.

El escenario de la competencia internacional y la escasez de recursos obligan a las naciones a generar esquemas de cooperación a fin de crear infraestructura científica y tecnológica a nivel regional, y con ello participar activamente de la globalización, a fin de obtener resultados favorables, no sólo nacionales, sino para la región.

México, interesado de participar de los procesos de creación de infraestructuras regionales de diferente naturaleza, pero con especial interés en la economía y la educación, participa de varios procesos de integración, siendo el más reciente la “Alianza del Pacífico”, que representa una iniciativa de integración regional de vanguardia en el libre comercio entre los países de América Latina. Conformada por Chile, Colombia, México y Perú,14 entre sus objetivos se cuenta el avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como el de articularse política, económica y comercialmente ante el mundo, lo que posicionaría a estos países de manera conjunta, como la novena economía a nivel mundial y le brindaría competitividad en la zona Asia-Pacífico.

Si bien la materia económica es el fundamento de esta asociación, lo cierto es que en su interior se han promovido e implementado diversas líneas de cooperación a seguir por parte de los integrantes, entre ellas el intercambio estudiantil y académico.

Estos intercambios son percibidos como una “oportunidad de acercamiento de jóvenes y académicos y de mayor conocimiento de las realidades de los países parte”.15 Además, el intercambio que se prevé entre los cuatro países no se limita a los estudiantes y académicos, sino que incluye la prestación de servicios profesionales.16

Ahora bien, un aspecto fundamental a considerar, con miras a la eficacia en la consecución de los fines buscados se refiere a la forma en que los estudiantes de derecho y, como consecuencia, los abogados, son formados en las facultades atendiendo al sistema educativo de cada país.

Ello, porque, como es sabido, de los operadores jurídicos depende en gran medida la imagen de los países hacia el exterior; además de ser documentos de carácter jurídico los que moldean la política tanto interna como externa de cualquier Estado, la cual impacta en la economía, en las relaciones sociales y en las relaciones internacionales.

En materia educativa, vale la pena apuntar que la iniciativa “Tuning al” es un proyecto independiente impulsado y coordinado por universidades de distintos países latinoamericanos y europeos y del que forman parte instituciones educativas de los miembros de la Alianza del Pacífico;17 tiene por objetivo identificar e intercambiar información y mejorar la colaboración entre las instituciones de educación superior para el desarrollo de la calidad, efectividad y transparencia para seguir afinando las estructuras educativas de América Latina a través de consensos.

Esta organización no gubernamental ha elaborado un listado de competencias deseables a desarrollar por los abogados en ciernes, y son las siguientes:

  • 1. Conocer, interpretar y aplicar los principios generales del derecho y del ordenamiento jurídico.

  • 2. Conocer, interpretar y aplicar las normas y principios del sistema jurídico nacional e internacional en casos concretos.

  • 3. Buscar la justicia y equidad en todas las situaciones en las que interviene.

  • 4. Estar comprometido con los derechos humanos y con el Estado social y democrático de derecho.

  • 5. Capacidad de ejercer su profesión trabajando en equipo con colegas.

  • 6. Capacidad de trabajar en equipos interdisciplinarios como experto en derecho y contribuir de manera efectiva a sus tareas.

  • 7. Comprender adecuadamente los fenómenos políticos, sociales, económicos, personales y psicológicos -entre otros-, considerándolos en la interpretación y aplicación del derecho.

  • 8. Ser consciente de la dimensión ética de las profesiones jurídicas y de la responsabilidad social del graduado en derecho, y actuar en consecuencia.

  • 9. Capacidad de razonar y argumentar jurídicamente.

  • 10. Capacidad de dialogar y debatir desde una perspectiva jurídica, comprendiendo los distintos puntos de vista y articulándolos, a efecto de proponer una solución razonable.

  • 11. Considerar la pertinencia del uso de medios alternativos en la solución de conflictos.

  • 12. Conocer una lengua extranjera que permita el desempeño eficiente en el ámbito jurídico (inglés, portugués y español).

  • 13. Capacidad para usar la tecnología necesaria en la búsqueda de la información relevante para el desempeño y actualización profesional.

  • 14. Capacidad para aplicar criterios de investigación científica en su actividad profesional.

  • 15. Capacidad para aplicar sus conocimientos de manera especialmente eficaz en un área determinada de su profesión.

  • 16. Capacidad de enfrentar nuevas situaciones y contribuir a la creación de instituciones y soluciones jurídicas en casos generales y particulares.

  • 17. Capacidad para redactar textos y expresarse oralmente en un lenguaje fluido y técnico, usando términos jurídicos precisos y claros.

  • 18. Capacidad para analizar una amplia diversidad de trabajos complejos en relación con el derecho y sintetizar sus argumentos de forma precisa.

  • 19. Capacidad para tomar decisiones jurídicas razonadas.

  • 20. Comprender y relacionar los fundamentos filosóficos y teóricos del derecho con su aplicación práctica.

  • 21. Demostrar conciencia crítica en el análisis del ordenamiento jurídico.

  • 22. Capacidad de actuar jurídica y técnicamente en diferentes instancias administrativas o judiciales con la debida utilización de procesos, actos y procedimientos.

  • 23. Capacidad para decidir si las circunstancias de hecho están suficientemente claras para poder adoptar una decisión fundada en derecho.

  • 24. Actuar de manera leal, diligente y transparente en la defensa de intereses de las personas a las que representa.

Si bien es cierto que nos referimos a un proyecto no intergubernamental, sino organizado entre instituciones educativas de los países ahí representados, ello no le resta importancia, pues esta iniciativa, al provenir de la sociedad civil organizada representada en las instituciones de educación superior que la conforman, ofrece un panorama legítimo y realista de las expectativas que se tienen sobre las competencias que debieran desarrollar los profesionistas en la región.

Estos proyectos robustecen y guían las iniciativas de coincidencia curricular y competencial entre los países integrantes de la Alianza del Pacífico, pues como se aprecia existe coincidencia entre las competencias promovidas entre los estudiantes de derecho en México y las propuestas por el proyecto “Tuning al”.

En ese sentido, a continuación ofrecemos una breve referencia a las competencias que tienden a desarrollar los abogados en Chile, Colombia y Perú, dado que en todos los países miembros de la Alianza se ha implantado el modelo de educación por competencias, a fin de dotar al lector con elementos necesarios que le permitan determinar la coincidencia o no que existe entre ellas.

1. Chile

De acuerdo con María Goni y Silvia Meseguer,18 los graduados en derecho de la nación sudamericana deberán adquirir durante su formación en las universidades la capacidad de:

  • - Tomar conciencia de la importancia del derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

  • - Conseguir la percepción del carácter unitario del ordenamiento jurídico y de la necesaria visión interdisciplinaria de los problemas jurídicos.

  • - Utilizar los principios y valores constitucionales como herramienta de trabajo en la interpretación del ordenamiento jurídico.

  • - Manejar fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales).

  • - Desarrollar la oratoria jurídica. Capacidad de expresarse apropiadamente ante un auditorio.

  • - Leer e interpretar textos jurídicos.

  • - Redactar escritos jurídicos.

  • - Dominar las técnicas informáticas en la obtención de la información jurídica (bases de datos de legislación, jurisprudencia, bibliografía).

  • - Utilizar la red informática (Internet) en la obtención de la información y en la comunicación de datos.

  • - Adquirir una conciencia crítica en el análisis del ordenamiento jurídico y desarrollo de la dialéctica jurídica.

  • - Adquirir valores y principios éticos.

  • - Desarrollar la capacidad de trabajar en equipo.

  • - Desarrollar la capacidad de negociación y conciliación.

  • - Adquirir conocimientos básicos de argumentación jurídica.

  • - Desarrollar la capacidad de creación y estructuración normativa.

  • - Comprender y conocer las principales instituciones públicas y privadas en su génesis y en su conjunto.

  • - Comprender las distintas formas de creación del derecho en su evolución histórica y en su realidad actual.

2. Colombia

En la actualidad, la formación de abogados en Colombia presenta también un modelo basado en el desarrollo de competencias, según se desprende de los documentos emitidos por las autoridades en la materia. De modo que en ese país también se considera al docente como un “seleccionador de técnicas y medios disponibles para alcanzar objetivos previstos” y no como un transmisor del conocimiento.

Los programas educativos colombianos procurarán brindar a los estudiantes:19

  • - Formación jurídica sustancial y procesal; humanística y ética, que garantice su ejercicio profesional en beneficio de la sociedad.

  • - Formación para la comprensión, interpretación, análisis y argumentación de las corrientes de pensamiento jurídico.

  • - Formación analítica y crítica para la investigación, la interpretación y argumentación de los problemas sociales, políticos y económicos del país, así como del impacto de las normas frente a la realidad.

  • - Formación para el papel que debe cumplir el abogado en la resolución de conflictos de manera alterna, como mediador, facilitador o conciliador.

  • - Formación en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación aplicadas al campo del derecho.

  • - Adquisición de competencias cognitivas, investigativas, interpretativas, argumentativas y comunicativas, así como capacidades para la conciliación, el trabajo interdisciplinario y el litigio.

  • - El programa comprenderá las áreas y componentes fundamentales de saber y de práctica que identifican la formación de un abogado, incluyendo como mínimo los siguientes componentes básicos, los cuales no deben entenderse como un listado de asignaturas:

  1. Área de formación jurídica, que permita al estudiante adquirir los conocimientos del derecho sustancial y procesal en las áreas de derecho privado, derecho público, derecho penal, derecho laboral, derecho internacional humanitario, derechos humanos y teoría jurídica.

  2. Área de formación humanística, que permita al estudiante complementar la formación como abogado con componentes de filosofía del derecho, sociología jurídica, historia del derecho, historia de las ideas políticas y ética profesional.

  3. Un componente transversal orientado a la formación del estudiante en el área lógica, analítica, “principialística” y axiológica; en los métodos alternativos de solución de conflictos; en la interpretación constitucional y legal y en la argumentación jurídica.

3. Perú

Para la academia peruana, la forma en que se adquiere la educación legal, es decir, la forma en que se imparte el conocimiento y la manera en que se lleva a cabo la interacción pedagógica de la carrera, es un fuerte indicador del modo en el que se cimienta la textura social.20 Por ello es que les resulta fundamental que el abogado adquiera competencias y destrezas que le permitan:

  • - Conocer las razones que justifican la evolución institucional del derecho en el escenario más amplio de los principios constitucionales.

  • - Adquirir una perspectiva comprehensiva de la realidad social y sus instituciones.

  • - Conocer y manejar el lenguaje y los códigos propios del área.

Ahora bien, debemos hacer la acotación de que la información aquí vertida posee un cariz institucional, ya que fue extraída de textos que se refieren a una reforma judicial acaecida en el Perú y por tanto, se refiere a competencias deseables en el abogado que se constituirá como impartidor de justicia, las cuales reproducimos en este documento, en virtud de que los programas consultados de diferentes universidades peruanas contemplan las asignaturas encaminadas a desarrollar y poner en práctica dichas competencias.

De la referencia breve que hemos hecho en este apartado, podemos observar que en los cuatro países de la Alianza del Pacífico se fomenta entre los estudiantes de derecho la visión crítica y multidisciplinaria del derecho, el arraigo en los principios constitucionales; la habilidad de expresión oral y escrita; la comprensión de la importancia de la argumentación jurídica; la capacidad no sólo de leer y comprender textos jurídicos, sino también de redactarlos; la adquisición de valores tales como la honestidad, el trabajo en equipo y la justicia; la capacitación en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, así como la propensión a la concordia a través del manejo y desarrollo de habilidades para la solución de conflictos, tales como la mediación, la negociación y la conciliación.

Este panorama resulta alentador y provechoso a la integración regional. En la medida en que entre los profesionales del derecho exista coincidencia en las competencias y habilidades que adquirieron en la universidad, en el intercambio de información, en la negociación política y en la armonización legislativa, se realizarán de manera más fluida y amigable, pues todos ellos serán capaces de colaborar eficazmente a partir de las destrezas que poseen en lo particular.

Además, como se ha reiterado, el hecho de que el estudiante sea impulsado a generar y elaborar su propio conocimiento, en vez de recibir de un tercero lo que éste pueda transmitirle, redundará en una clase profesional mejor preparada y capacitada para dar respuesta a las grandes problemáticas jurídicas, políticas, sociales y económicas que aquejan a nuestras naciones.

Cuando la innovación educativa es compartida por los diferentes Estados que conforman un espacio de integración, como lo es la Alianza del Pacífico, ésta potencializa sus beneficios, pues podrá aprovechar las ventajas que la unión provee y, a su vez, la enriquece al hacer más fructuosas los planes de intercambio académico y profesional.

Recordemos que en el mundo globalizado, el individuo, y especialmente el profesional, debe estar consciente de que la interacción con nacionales de otros países es una necesidad. Sin embargo, esta posibilidad podría resultar abrumadora si los Estados no establecieran marcos generales para este intercambio; y cuando estos marcos existen, se debe privilegiar el intercambio dentro de ellos, ya que finalmente todos esos esfuerzos coinciden con el propósito que tiene el estudiante universitario: mejorar las condiciones de su entorno y de su país a partir del mejoramiento de las propias.

VI. Conclusiones

  • - Si hablamos de la educación por competencias, ésta tiene aspectos innovadores, ya que en este caso el profesor es un instructor del conocimiento; es decir, el alumno participa activamente en el salón de clases utilizando sus habilidades para lograr un aprendizaje significativo, por lo que estos últimos construyen el conocimiento.

  • - Se afirma que una competencia es una capacidad que se adquiere a partir de un cúmulo de conocimientos, habilidades y actitudes (aprendizaje significativo) y que es transferida a variados contextos de manera consciente o reflexiva.

  • - El Banco Mundial ha publicado que el porcentaje de gasto de gobierno dedicado a la educación en México es del 19.6%; si bien el porcentaje destinado por nuestro país a la educación es de los más altos en la región, en otras partes es todavía superior.

  • - Las llamadas TICS (tecnologías de la información y comunicación social) han contribuido de una manera importante en la educación. Dichos medios facilitan el aprendizaje, pero, como se afirma, es un medio, no el conocimiento pleno; así que en la medida en que sea utilizado con prudencia, el conocimiento será divulgado e intercambiado con mayor rapidez en el orbe.

  • - Un pueblo educado es un pueblo culto, por lo que la educación ayuda al progreso cultural del país, lo que representa un mejor desarrollo de sus nacionales; sobre todo el desarrollo de sus competencias los harán más hábiles para su ejercicio profesional y el logro de sus fines existenciales.

  • - Cada día las profesiones se vuelven más especializadas, situación que ha limitado el alcance de los diagnósticos de los profesionistas, por lo que el licenciado en derecho, profesionista de nuestro interés en el presente artículo, debe conocer de todas las ramas del derecho y profundizar en su área de especialización aplicando sus competencias en la solución de los casos que se le presenten.

  • - Mientras más alto sea el grado académico de estudiante, se tendrá un mejor nivel de vida, en la mayoría de los sentidos (laboral, cultural, económico, social, etcétera). Una persona culta y preparada es una persona pensante que debe saber resolver sus problemas en su entorno social y profesional.

  • - Las competencias con las que debe contar el estudiante de derecho en la época moderna, y que ante todo se está demandado por la sociedad mexicana, e incluso en un mundo globalizado, ya que con dichas competencias -como la argumentación, la reflexión, por mencionar algunas-, el profesionista en derecho será capaz de ofrecer un mejor servicio a la sociedad mexicana.

  • - El acercamiento entre diversos países y sistemas jurídicos es una constante en la actualidad; las coincidencias en la forma en que son formados los abogados en los diferentes países adquiere por ello una enorme relevancia.

  • - La Alianza del Pacífico es el modelo de integración regional más reciente y ambicioso que forma actualmente nuestro país; los países que lo integran: Chile, Perú y Colombia, comparten con México el sistema educativo por competencias, y existe una gran coincidencia entre las que otorgan a cada uno.

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1Entendemos por modelo educativo los patrones conceptuales que permiten esquematizar de forma clara y sintética las partes y los elementos de un programa de estudios, o bien los componentes de una de sus partes. Díaz Flores, Martha y Osorio García, Enrique, “Nuevo modelo educativo ¿mismos docentes?”, Tiempo de Educar, vol. 12, núm. 23, enerojunio de 2011, pp. 29-46.

2Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco, disponible en http://hadoc.azc.uam.mx/enfoques/tradicional.html, consultado el 25 de mayo de 2015.

3Díaz Flores, Martha y Osorio García, Enrique, “Nuevo modelo educativo...”, cit., p. 39.

4El Banco Mundial, disponible en http://datos.bancomundial.org/indicador/SE.XPD.TOTL.GB.ZS/countries, consultado el 9 de abril de 2015.

5UNESCO, Informe de seguimiento de la EPT en el Mundo, Enseñanza y aprendizaje: Lograr la calidad para todos, 2014, versión electrónica disponible en http://unesdoc.unesco.org/images/0022/002261/226159s.pdf.

6Narro Robles, José et al., Plan de diez años para desarrollar el Sistema Educativo Nacional, 2012, disponible en http://www.planeducativonacional.unam.mx.

7UNESCO, Institute for Information Technologies in Education, http://iite.unesco.org/.

8Cruz Gregg, Angélica y Sanromán, A. Roberto, Fundamentos de derecho positivo mexicano, 4a. ed., México, Cengage Learning, 2009, p. 127.

9Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación SEP, La estructura del sistema educativo mexicano, versión electrónica disponible en http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/1447/1/images/sistemaedumex09_01.pdf.

10UAEM, Plan de Estudios Licenciatura en Derecho, 2004.

11Salgado Valdés, Alberto et al., “Ejes institucionales para una tutoría académica”, Tutoría en la educación. Una visión multidisciplinaria, Toluca, UAEM, 2012, p. 16.

12Ramírez Apaez, Marissa, “Tutoría académica para el desarrollo de competencias”, Tutoría en la educación. Una visión multidisciplinaria, Toluca, UAEM, 2012, p. 342.

13Derbez Bautista, Luis Ernesto, discurso con motivo de la celebración del Seminario sobre Fondos de Cohesión Social, CEPAL, 2007.

15Revista Agenda Internacional, núm. 31, enero de 2013, p. 43.

17Tuning América Latina, disponible en http://www.tuningal.org/, consultado el 8 de mayo de 2015.

18Goni, María y Meseguer, Silvia, “Diseño curricular centrado en las competencias que debe adquirir el estudiante del grado de derecho”, Form. Univ. (en línea), vol. 3, núm. 2, 2010, disponible en http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-50062010000200006&lng=es&nrm=iso>. ISSN 0718-5006. http://dx.doi.org/10.4067/S0718-50062010000200006.

20González Mantilla, Gorki, Enseñanza del derecho, cultura legal y reforma judicial, consultable en http://vlex.com/vid/derecho-cultura-legal-reforma-judicial-76249215.

Recibido: 24 de Agosto de 2015; Aprobado: 09 de Febrero de 2016

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