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Migración y desarrollo

versión impresa ISSN 1870-7599

Migr. desarro vol.15 no.29 Zacatecas jul./dic. 2017

 

La voz de los actores

Puntos de partida para un pacto global de migración que beneficie a la población en las migraciones y sus gobiernos

Starting points for a global migration pact that benefits migrant populations and affected governments

Bloque Latinoamericano*


Las organizaciones y redes que integramos el Bloque Latinoamericano consideramos necesarias las siguientes premisas en las propuestas que los gobiernos de Latinoamérica realicen para la elaboración del Pacto Global para una Migración Regular, Segura y Ordenada (GCM, por sus siglas abreviadas en inglés).

  1. El acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas migrantes, aquellas sujetas a protección internacional, así como sus familias y comunidades, tiene que ser un eje en el pacto. Cuando hablamos de derechos nos referimos a todos los derechos, a los derechos políticos, civiles y a los DESCA (económicos, sociales, culturales y ambientales), al derecho a la justicia y la reparación efectiva del daño e identificación de restos, al derecho a la verdad, al derecho a la igualdad y a una vida libre de violencia, es decir, a la portabilidad de derechos por el simple hecho de ser persona, más allá del lugar donde el individuo se encuentre o la condición migratoria.

  2. El acceso a derechos también está relacionado al acceso a la justicia para personas migrantes que son víctimas de delitos durante su trayectoria migratoria. El entorno discriminatorio y xenófobo en muchos de los lugares de tránsito y destino, muchas veces tolerado por las autoridades encargadas de la justiciabilidad de los derechos, no permite y hostiga el acercamiento de los migrantes a la policía y a otras autoridades que deberían garantizar el acceso a la justicia en cuanto derecho fundamental de la persona humana. Aunado a lo anterior, el hecho de que no hayan investigaciones concretas en caso de denuncias formales, genera desconfianza en los sistemas de justicia y representa graves violaciones en el acceso a una reparación efectiva del daño.

  3. Debe existir claridad en la significación de los términos empleados, un entendimiento pleno y común de los gobiernos, organizaciones de migrantes y de la sociedad civil y de la comunidad internacional. Los gobiernos no han explicado a qué se refieren con una migración regular, una migración ordenada y una migración segura, ni los actores involucrados en cada uno de estos tres componentes. Apelamos a que con los elementos discutidos en esta reunión, la CEPAL colabore en la construcción común y clara de los conceptos clave contenidos en el Pacto Mundial sobre Migración.

  4. Cuando en el pacto mundial se habla de retorno tenemos que diferenciar entre las deportaciones, las denominadas «repatriaciones voluntarias» en el marco de acuerdos o memorándums bilaterales gubernamentales, los rechazos en los puntos de entrada, el retorno forzado y el retorno voluntario, considerando que este último es el que ocurre en el menor de los casos. Un claro ejemplo es la dinámica subregional entre Estados Unidos, México y Centroamérica. La única forma de retorno que consideramos válida desde la sociedad civil es el retorno total y efectivamente voluntario, basado en una decisión libre de la persona migrante.

  5. La migración de retorno tiene que ser considerada por parte de los Estados en el marco de las políticas públicas y en la planeación a mediano y largo plazo, como un aspecto específico de la migración que conlleva sus retos y necesidades específicos, no sólo desde una perspectiva legal, sino también de reintegración social y económica en el país de retorno. Los programas públicos tienen que ser implementados efectivamente, favoreciendo en todo momento la dignidad humana y las necesidades propias de cada individuo en una situación clara de vulnerabilidad durante las operaciones de retorno.

  6. El Pacto Mundial debe tomar en cuenta las necesidades diferenciales de las poblaciones en el contexto de movilidad humana, crear líneas de acción que emanen de las causas1 que generan migración en condiciones irregulares o forzadas y no limitarse a la gestión de flujos migratorios en las regiones. Por ejemplo, las causas de la migración en países que no se encuentran en guerra oficialmente reconocida, pero cuyos Estados no tienen la capacidad de garantizar seguridad e integridad para determinados grupos poblacionales o sociales y que está provocando el desplazamiento forzado. En Centroamérica y México esta realidad es una constante, por lo que es importante generar mecanismos que articulen directrices de los dos pactos globales, para personas migrantes, desplazadas y refugiadas.

  7. Se deben considerar las diferentes dimensiones de la migración y evaluar los impactos de las políticas emanadas del pacto en la población en el origen, tránsito, destino y retorno de sus comunidades, teniendo presentes los diferentes factores que pueden colocar a sectores poblacionales en condiciones de vulnerabilidad.2 Es importante considerar, por lo tanto, a la población en las migraciones como parte de un sistema multidimensional desde las diferentes exclusiones y tomando en cuenta a grupos poblacionales más allá de aquellos que migran o residen en otro país.

  8. La perspectiva de género y el interés superior de niños, niñas y adolescentes (NNA) deben ser enfoques transversales en la elaboración y directrices del pacto. Es importante identificar la necesidad de acciones concretas que tengan en cuenta no sólo las diferencias de género, sino también las diferencias en las preferencias sexuales, incluyendo acciones y políticas públicas que incluyan a la población LGBTI+ en su totalidad. En este sentido, es importante considerar el género y la orientación sexual como causas que pueden generar persecución e incluirlas en el marco del reconocimiento de la condición de refugiado. Es importante que, considerando las graves situaciones que viven los países expulsores en materia de violencia de género, se reconozca el género como sexto principio ratione materiae para el reconocimiento de la condición de refugiado, y que se implementen modalidades para la correcta detección de persecuciones por esta razón por parte de las autoridades competentes.

  9. En atención al marco internacional vigente vinculado a derechos de NNA y considerando la Opinión Consultiva número 21 (2014) de la CIDH, el pacto mundial debe considerar el principio de no detención absoluta en el caso de NNA. En el caso de NNA que migran junto con sus familias, este principio nunca deberá redundar en la separación de los NNA de su grupo familiar, es decir que el principio de no detención debe ser extensible a la familia. Los principios, directrices y planes de acción derivados del Pacto Mundial de Migración, deben ser regidos por el sistema de derechos humanos de Naciones Unidas y no puede generarse un retroceso.

  10. Reiteramos la necesidad de valorar el interés superior de niños, niñas y adolescentes (NNA) por parte de autoridades competentes y especializadas en tema de niñez, y de acuerdo con los estándares internacionales en materia, sobre todo tomando en consideración la Observación General número 14 (2013) del Comité de los Derechos del Niño y la Opinión Consultiva número 21 (2014) de la Comisión Interamericana.

  11. . Debido a que la migración irregular en la región obedece a políticas migratorias regresivas que no se adecuan a las necesidades de la realidad latinoamericana, con criterios que difícilmente podrían cubrir la mayoría de la población, y a que la irregularidad migratoria es una falta administrativa y no un delito penal, consideramos que debe erradicarse la detención por motivos migratorios en Latinoamérica y en el Caribe. La región podría ser un ejemplo internacional, si generara una ruta de acción desde el principio de excepción en la detención, con medidas a corto plazo y a mediano plazo, que lleven a la eliminación de los centros de detención migratoria. A largo plazo, podría impulsarse este tipo de medidas en otras regiones.

  12. La evaluación y adecuación de los criterios y requisitos de la regularización migratoria debe considerar elementos más amplios que la oferta laboral o la inversión económica. Las políticas de regularización migratoria deben integrar otras dimensiones de la migración como el arraigo, las dinámicas históricas transfronterizas, la atención a las personas víctimas de trata o de tráfico, la prevención de violencias, el fomento a la diversidad cultural, la protección internacional de población que no es reconocida como refugiada pero cuya vida, integridad o seguridad correría riesgo si regresa a su país. Es necesario incorporar las opiniones consultivas y recomendaciones internacionales a este respecto, como la Recomendación General número 26 (2008) de la CEDAW sobre trabajadoras migrantes.

  13. Se debe aumentar la participación de la sociedad civil en todos los procesos de discusión y tomas de decisiones en torno al tema migratorio y de refugio, entendiendo por sociedad civil no sólo a las organizaciones que trabajan con migrantes sino también a las personas migrantes y en específico las mujeres en las migraciones, quienes deben ser reconocidas e incluidas en los espacios políticos que tienen impacto en sus vidas a nivel local, regional y global.

11 de septiembre de 2017

* Constituido durante el Foro Global sobre Migración y Desarrollo celebrado en Berlín en julio de 2017. Su objetivo es posicionar la realidad latinoamericana en las discusiones de los pactos mundiales sobre migración y refugio, desde la perspectiva de la sociedad civil de la región. Está conformado por organizaciones de las diferentes latitudes de América Latina.

1 Véase contexto y causas de las migraciones de Latinoamérica expresadas por el Bloque Latinoamericano en el Foro Mundial de Migración y Desarrollo 2017, en Berlín, Alemania. https://estudiosfronterizos.org/2017/06/29/posicionamiento-de-organizaciones-y-redes-de-sociedad-civil-de-latinoamerica-en-elmarco-del-foro-mundial-sobre-migracion-y-desarrollo-2017/

2 Como ejemplo, se puede consultar el documento de la Red para las Mujeres en la Migración/ Womenin Migration Network «El Pacto Mundial Sobre Migración: Qué es lo que necesitamos». file:///C:/Users/DIRECCION/Downloads/SP_Key%20Considerations%20for%20the%20CGM%20(3).pdf

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