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Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia

versión On-line ISSN 2448-5136versión impresa ISSN 2448-5128

Derecho glob. Estud. sobre derecho justicia vol.9 no.27 Guadalajar jul. 2024  Epub 14-Oct-2024

 

Editorial

Reforma Judicial en México: ¿y todo para qué?

Silvia Patricia López Gonzáleza 

a Universidad de Guadalajara, Guadalajara, Jalisco, México, Invierno 2022


Una canción de hace tiempo de esas que no pasan desapercibidas en momento de desdicha y dolor provocado por el desamor se titula así: ¿y todo para qué? y continúa diciendo: ¿Para qué tanto amor? ¿Para qué enamoraste mi corazón? Si al final yo perdí.

Exactamente eso podría pasar con la propuesta de una reforma judicial a la medida de uno de los poderes del Estado, -el ejecutivo- que inconforme con las resoluciones del otro, -el judicial- intenta frenar su pleno desarrollo y autonomía.

Para explicarme tendría que iniciar diciendo que la división de poderes es el sustento de la democracia, la representatividad de los ciudadanos se logra mediante la integración del poder legislativo, al cual corresponde la creación de leyes. Leyes que deben ser estrictamente respetadas por todos, incluyendo los otros dos poderes del Estado -ejecutivo y judicial- así pues, las leyes que rigen el Estado de Derecho se crean a través de un órgano que representa la voluntad del pueblo y son esas leyes las que determinan los derechos y obligaciones de todas las personas y también el funcionamiento de los órganos del Estado.

Un poder legislativo solido tendría que anteponer el bien común en la creación de normas frente a cualquier otra pretensión individual o partidista, por lo tanto, un poder ejecutivo debería llevar a cabo la ley y promover el respeto a los derechos humanos, centrando su actuar en garantizar la dignidad humana, por su parte, un poder judicial debe interpretar la ley para administrar la justicia en caso de controversia dando certeza jurídica a todos los miembros de la sociedad. Ese es el cometido de cada uno de los poderes del Estado, con lo cual indudablemente resultaría insustituible alguno si de democracia se habla.

Recientemente los ciudadanos nos percatamos de que el poder judicial en México frenó varias iniciativas del ejecutivo federal, provocando una confrontación entre poderes.

Fue el presidente de la República quien presentó una iniciativa constitucional que reforma, adiciona y deroga diversos artículos en materia judicial, destacando los siguientes puntos:

  1. Nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que pasaría de 11 espacios a 9; eliminación de las dos salas; las sesiones solo se llevarían a cabo en pleno; se reduce el periodo de encargo de 15 a 12 años; se elimina el haber de retiro y se establece un tope máximo de remuneraciones.

  2. Elección popular de Ministros, Magistrados y Jueces, se propone una elección extraordinaria en 2025 para renovar a todos los Ministros, jueces y Magistrados del Poder Judicial. Se especifica que para Ministros, Magistrados del Tribunal Electoral y de Magistrados del Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional a partir de 30 candidaturas propuestas de la siguiente manera: 10 candidatos del poder ejecutivo, 10 candidatos del poder legislativo (5 por cada cámara de diputados y senadores) y 10 del poder judicial. En el caso de los 1,633 Magistrados de circuito y jueces de distrito se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales a partir de 6 candidaturas por cargo, dos por cada poder de la unión.

  3. Sustitución del Consejo de la Judicatura Federal, se propone la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial integrado por cinco magistrados electos por un periodo de seis años, cuyas funciones serían recibir denuncias, investigar a Ministros, Magistrados y Jueces, así como al personal judicial por actos contrarios a la ley, al interés público o a la administración de justicia incluidos hechos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes o cuando sus resoluciones no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo y excelencia. Podrá dar vista al Ministerio público en caso de delitos o solicitar el juicio político ante el congreso de la Unión. También se propone la creación de un Órgano de Administración Judicial integrado por 5 personas por un periodo de 6 años, de los cuales uno será nombrado por el Poder Ejecutivo, otro por el Senado y tres por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; dicho Órgano de Administración Judicial será el responsable de las funciones administrativas de la carrera judicial, de control interno y de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.

  4. Nuevas reglas procesales, para hacer la justicia expedita se establece un máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales y de un año para asuntos penales, en caso de rebasar estos plazos será investigado por el Tribunal de Disciplina Judicial para que se sancione la demora. Se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. La justicia local se llevará a cabo por las propias entidades federativas con reglas de elección directa de sus Magistrados y Jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.

De todo ello, destaca como novedoso el voto directo en la elección de los miembros del poder judicial, pero pasa desapercibido que precisamente las propuestas de candidatos a Ministros, Magistrados y Jueces no corresponderá solo al poder judicial que en teoría es un poder autónomo pilar del equilibrio democrático, ahora las propuestas de quien ocupen esos espacios emanarán también de los otros dos poderes: así el ejecutivo y el legislativo tendrán sus propios jueces y magistrados, al parecer legitimados por un voto directo.

Pero, ¿Qué pasará con la impartición de justicia?, ¿Mejorará en algo la justicia?, nada de eso se dice en la propuesta de reforma, no hay absolutamente ningún cambio en la forma de administrar la justicia, podría decirse que seguirán los cotos de poder, ahora divididos entre los tres poderes del Estado, incluso se desvanece la justicia federal para ponerse a modo de los poderes locales.

¿Por qué en una Reforma al Poder Judicial no se habla de la tutela judicial efectiva o del derecho humano al acceso a la justicia?, ¿Por qué no se piensa en fortalecer el Sistema Nacional Anticorrupción para que intervenga en el poder judicial? o ¿Por qué no se habla de transformar las fiscalías que representan un cuello de botella en la justicia penal?, ¿Por qué se piensa que repartir el poder en el nombramiento de los miembros del poder judicial contribuirá en algo para mejorar la impartición de justicia?, ¿Acaso se piensa que desdibujando al poder judicial de la escena social mejorará substancialmente la impartición de justicia, de verdad, no es un rumbo equivocado?

Termino como empecé: ¿Y todo para qué? para que siga la corrupción, la impunidad, el narco poder y la injusticia social, y así, el único que perderá es nuestro querido México lindo y querido.

Guadalajara, Jalisco, México, verano 2024 Dra. Silvia Patricia López González

Directora-Editora

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