I. Introducción
El pacto internacional de derechos civiles y políticos establece en su artículo 10 que: “toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. El derecho al trabajo es sin duda uno de los derechos civiles más importantes, por ello, éste debe promoverse y protegerse sin ningún tipo de distinciones. Es así que, en los establecimientos penitenciarios el trabajo y la educación contribuyen decisivamente en el proceso de resocialización siendo ambos fundamentos pilares del tratamiento.
Por tal motivo, el Código de ejecución penal en su artículo 65 establece que el trabajo es un derecho y un deber del interno y que este contribuye a su rehabilitación. En otras palabras, el trabajo penitenciario es un punto esencial para la resocialización del interno no solamente materializándose como un derecho, sino también como un deber.
Empero, es muy común observar el reingreso al establecimiento penitenciario, debido a distintos aspectos como la dificultad de socializar (Pezo O. y Bellodas C. 2023)(Pezo O; Peñaloza U. y García R.) o incluso con un impacto más directo, las condiciones del trabajo penitenciario que se le brinda en el interior de los establecimientos penitenciarios. Puesto que, depende muchas veces de ello una eficaz resocialización y reincorporación a la sociedad y sobre todo al mercado laboral, a fin de que no vuelva a delinquir.
Por tanto, la presente investigación tiene como objetivo estimar la causalidad entre las condiciones de acceso al trabajo penitenciario sobre el reingreso a los establecimientos penitenciarios en el Perú durante el año 2022. En cuanto al estado del arte, tenemos las investigaciones de Ramiro Gual (2017), quien realizó una investigación descriptiva sobre las actividades laborales que desarrollan los internos en las cárceles federales argentinas, buscando analizar los efectos de la precariedad de estos. Llegando a conclusiones sobre las irregularidades del trabajo penitenciario como son: irregularidades en los horarios, interrupciones por decisiones unilaterales de autoridad penitenciaria, los espacios de coerción y violencia, entre otros.
En primer lugar, el tratamiento penitenciario está orientado a la reeducación y reinserción social del interno, a cargo de la administración penitenciaria con la finalidad de que el preso se reintegre a la sociedad. De hecho, constituye un papel fundamental en la ejecución de la pena, ya que se debe recordar que uno de los fines de la pena privativa de libertad es el preventivo especial positivo, el cual vela por que la persona que ha consumado un delito no vuelva a cometerlo. Es decir, durante la etapa penitenciaria se pretende integrar al reo por medio de valores, principios, conocimientos, habilidades, entre otras herramientas que le permitan desarrollarse en cuanto a sus capacidades y competencias. (Carnevali R y Maldonado F. 2013)
Asimismo, el tratamiento penitenciario comprende actividades y programas de índole social, educativo, laboral y cultural; con el propósito de incidir de forma positiva a la futura reinserción de la persona que fue privada de su libertad. En ese sentido, se busca preparar al reo para la etapa post penitenciaria y posterior reinserción a la sociedad, a fin de que no persistan actos delictivos y se evite el reingreso al centro reclusivo. (Gallardo García 2016)
Sin embargo, contrastada con la realidad esta se encuentra enfrentada a varios obstáculos y dificultades que menoscaban la calidad y la eficiencia del tratamiento penitenciario, viéndose reflejado en las tasas de reincidencia. (Montero Pérez de Tudela 2019). En vista de que, no toda la población penitenciaria puede acceder a estos beneficios debido a limitaciones por factores externos que afectan directamente a los reos, siendo una de ellos el hacinamiento, pues los establecimientos penitenciarios están diseñados para un número exacto de internos y al superar la cantidad prevista trae como consecuencia, que se reduzca el espacio físico, así como los recursos destinados para cada centro carcelario, además del acceso de participación en programas y actividades que ayuden en su rehabilitación y reinserción. (Pezo O. y Bellodas C. 2023)
Aunado a ello, se debe considerar un importante factor de riesgo, ya que gran parte de la población penitenciaria son personas vulnerables tanto social y económicamente. Muchos de ellos, sin haber tenido acceso a la educación básica se ven enfrentados a situaciones como la falta de oportunidades laborales que desencadena en la motivación para delinquir. De esta forma, el tratamiento penitenciario es orientado a brindar al reo aprendizajes y conocimientos, mediante la reeducación y el acceso al trabajo penitenciario. (Marcuello-Servós, c., y García- Martínez, J., 2011)
Por otro lado, factores adicionales que menoscaban las condiciones del tratamiento penitenciario en general son el incremento de las tasas de criminalidad, la deficiente infraestructura, la falta de recursos, el personal insuficiente, y la mala calidad de los programas y actividades para la resocialización del interno. En consecuencia, se imposibilita la rehabilitación del interno, quien al no poder acceder a los programas y actividades laborales vuelve a reingresar al establecimiento penitenciario, es decir, al no poder desenvolverse laboralmente fuera del centro penitenciario nuevamente realiza un acto delictivo siguiendo el mismo patrón.
En síntesis, entendemos que no todos los internos pueden acceder a los beneficios penitenciarios que son la reeducación y el trabajo penitenciario, pues se ven imposibilitados debido a la ineficaz política penitenciaria y a factores externos, que influyen directamente en la rehabilitación del interno. Por ende, es deber del estado garantizar las condiciones mínimas que permitan al reo rehabilitarse dentro del establecimiento carcelario, incluyendo la incorporación del interno en programas socioeducativos y actividades laborales, que permitan al interno desenvolverse en el mercado laboral, influyendo de forma positiva en su reinserción a la sociedad.
En el marco del derecho internacional, el sistema penitenciario protege peculiarmente al reo respecto a la subsistencia dentro del centro penitenciario, misma que tiene que efectuarse en condiciones dignas, pues todos los presos deben ser tratados con respeto a la dignidad humana. Si bien, existen varias regulaciones de protección a los internos, como las “Reglas mínimas para el tratamiento de reclusos” aprobada en Ginebra en el año 1955, que se dividen en dos partes, la primera; establece lineamientos de aplicación general que comprenden aspectos generales como el registro de internos, separación de categorías, higiene personal, alimentación, servicios médicos, en otros. Mientras que, la segunda contempla directrices aplicables a categorías especiales, por un lado , sobre los condenados y el tratamiento, y por el otro, los reclusos alienados y enfermos mentales. (Salazar Medina y Medina Rico, 2019)
En ese sentido, se aprecia la preocupación del derecho internacional por el respeto a la dignidad humana de los internos en los centros penitenciarios, pues se debe recordar que el interno goza de los mismos derechos que cualquier ciudadano en libertad sin más limitaciones que las impuestas por la ley y la sentencia respectiva. En relación con ello, la Convención Americana de Derechos Humanos o también conocida como Pacto de San José también salvaguarda al reo mediante la regulación de la pena de muerte, el derecho a la integridad personal, el debido tratamiento de los reclusos, etc. (Salazar Medina y Medina Rico, 2019)
Sin embargo, existe una enorme crisis en torno a la eficacia del sistema penitenciario, siendo una realidad generalizada a nivel internacional, los centros carcelarios de diversos países no cumplen con las garantías mínimas para la subsistencia de los reos en condiciones dignas, incluso se evidencia condiciones infrahumanas. De manera que, no se salvaguardan en lo absoluto los derechos fundamentales de los internos como el derecho a la salud, al trabajo, a la familia, a la integridad personal, al libre desarrollo, entre otros. (Mondragón Duarte, S. L., Guzmán Quintero, A. y Pérez Medina, A. G., 2020). En ese sentido, se puede apreciar el declive del sistema penitenciario, así como del tratamiento penitenciario, el cual también se ve obstaculizado por otras causas externas que afectan directamente la reinserción del penado a la sociedad.
En Chile, el tratamiento penitenciario tiene como finalidad la prevención especial positiva, pues comprende un sistema de beneficios, los cuales impactan la formación educacional, laboral y el trabajo penitenciario. Al respecto, las actividades laborales han sido catalogadas como las más efectivas en materia de reinserción, mismas que no solo son remuneradas, sino que otorgan ventajas adicionales como; visitas extras, permisos de salida, tareas pedagógicas, deportivas, recreativas, entre otros. (Carnevali R y Maldonado F. 2013)
A pesar de ello, la realidad chilena revela una sobrepoblación penitenciaria bastante elevada de 270 presidiarios por cada 100 mil habitantes, superando a países como Perú (259), Argentina (243) y Colombia (193). De manera que, se cuestiona el instrumento de reinserción social en las cárceles. Asimismo, el Observatorio Territorial de Seguridad a través de su informe concluye que “la mitad de las personas que fueron liberadas de las cárceles chilenas en el año 2023 tienen un alto riesgo de reincidir mientras que solo el 1% es considerado de bajo riesgo” (Díaz, 2023)
En Colombia, el tratamiento penitenciario tiene como fin principal la resocialización del reo mediante actividades laborales, mismas que incluyen el beneficio de reducción de pena amparado bajo fines netamente terapéuticos para así evitar el ocio penitenciario. Otro mecanismo en la resocialización del penado es la educación y la enseñanza. De acuerdo, a la legislación colombiana todos los centros de reclusión deben contar con programas que van desde la alfabetización hasta una oferta de educación superior a través de métodos pedagógicos, incluso se prevé que el reo que haga la labor de instructor en cursos alfabetización adicionales podrá obtener el beneficio del cómputo de cuatro horas de enseñanza por un día de estudio. En ese sentido, se pretende que el reo aproveché el tiempo de su reclusión en el centro penitenciario para desarrollar habilidades y competencias que le permitan construir su proyecto de vida. (Salazar Medina y Medina Rico, 2019)
No obstante, la realidad del sistema penitenciario colombiano revela deficiencias en la aplicación de la función resocializadora por la mala gestión carcelaria, entre otros. Sumado a esto, la saturación penitenciaria ha impedido una eficiente resocialización, ya que sin una correcta implementación de programas de atención y tratamiento no se logra reducir la tasa de reincidencia. (Garcia Villalba, Marroquín Prieto y Martínez Conde, 2020)
En Argentina, el tratamiento penitenciario tiene como fin la adecuada reinserción social del preso por medio del control y el tratamiento penitenciario (Quintero 2011). En ese sentido, la resocialización se ejecuta como un proceso dirigido a los penados a fin de conocer, aprender y concientizar sobre la normativa que rige en la comunidad. De modo que, el reo pueda desempeñarse como una persona libre y capaz de convivir en sociedad. No obstante, existe una paradoja debido a que el sistema en mención está muy lejos de cumplir con su fin resocializador, pues el entorno carcelario evidencia un excedente restrictivo de derechos al margen de los privativos de libertad, mismos que pareciera prescinden dentro de los muros de las cárceles. (Lizio y Scarfó, 2021)
Por otro lado, los beneficios penitenciarios no son bien recibidos por la población argentina, ya que se considera un esfuerzo en vano el tratar de rehabilitar personas que ya perdieron el camino del buen vivir. (Lizio y Scarfó, 2021) Al respecto, la realidad carcelaria deja entrever las condiciones de trato desigualitario hacia los presidiarios, que no solo son privados de su libertad, sino que también deben lidiar con el estigma social de su sentencia por el resto de su vida.
En Perú, el tratamiento penitenciario comprende los programas socioeducativos y actividades laborales que deben desarrollarse en ambientes adecuados y con esquemas de reinserción de calidad. Siendo importante resaltar, la participación de profesionales capacitados que se encuentren a cargo de los mismos, sobre todo del área de ciencias sociales, que por su formación académica tienen los conocimientos y capacidades para abordar cualquier tipo de población como agentes de cambio en los centros penitenciarios. (Garcia Villalba, Marroquín Prieto y Martínez Conde, 2020)
Siendo así que, el trabajo penitenciario es el más provechoso debido a que no solo otorga el beneficio de redención de la pena, sino que permite al reo obtener sus propios ingresos. (Riega-Virú y Tataje-Véliz 2020). Al respecto, (Ramos Huamán, 2022) realizó una investigación aplicada a reos jóvenes con una muestra de 121 internos y llegó a la conclusión de que el trabajo penitenciario además de aportar una ganancia económica, crea una rutina, brinda oportunidades y estructura laboral. Sin embargo, se observó que uno de los impedimentos en cuanto a la práctica de los programas de reinserción era la limitación de instrumentos y materiales utilizados en el taller, debido a que estos debían ser costeados por los mismos internos, lo que demuestra el bajo presupuesto asignado a estos programas.
Ahora bien, es importante mencionar las actividades que comprenden el trabajo penitenciario dentro de los centros carcelarios. De acuerdo, al informe estadístico de la INPE del año 2022, el total de reos que participan en actividades laborales son 25 304, de los cuales, 9 613 participan en talleres productivos, 2 208 participan con convenios con empresas privadas y públicas, 5 175 desarrollan actividades manuales y artesanales, y 2 515 se desenvuelven en actividades comerciales o de servicios. Asimismo, 5 533 realizan otras actividades que se llevan a cabo en ambientes no adecuados para realizar actividades laborales, como la producción de trabajos manuales con o sin uso de máquinas domésticas. Por último, solo 184 internos realizan actividades auxiliares o de mantenimiento como apoyo de actividades administrativas dentro del centro penitenciario, de las cuales 96 son de mantenimiento, 65 de limpieza, 21 de biblioteca y 2 de salud. (INPE, 2022)
De esta manera, se aprecia la poca afluencia de participación en actividades laborales, debido al escaso acceso de trabajo penitenciario, así como la falta de implementación de nuevos talleres, que podrían ir acorde con las habilidades de los internos y con ello, generar más puestos de trabajadores carcelarios. De acuerdo a Loeffler y Nagin, el énfasis en los programas de rehabilitación podría reducir significativamente las tasas de reincidencia, cita como ejemplo el estudio de Bhuller (2019), siendo Noruega uno de los pocos sistemas penitenciarios donde los presidiarios tienen menos probabilidad de reincidir, debido a los programas de rehabilitación que se encuentran encaminados al mercado laboral. (Loeffler y Nagin, 2022)
Por otra parte, se debe considerar otras limitaciones impuestas estrictamente por la normativa nacional, en cuanto a la aplicación de beneficios penitenciarios como la redención de la pena por trabajo y educación, pues en algunos delitos específicos se da la prohibición de estos, incluso se reduce el cómputo de redención de la pena cuando son reincidentes o habituales.
Asimismo, el proceso de concesión del beneficio redención de pena por trabajo es otro obstáculo que limita el acceso al trabajo penitenciario, ya que en su mayoría se presentan demoras para la obtención de este, debido a la excesiva carga procesal. Puesto que, el Perú no cuenta con juzgados especializados que tramiten específicamente los beneficios penitenciarios. (Nicolás Rodríguez, 2022)
Por los motivos expuestos, la idea del desarrollo del trabajo penitenciario como preludio de la reinserción del interno, resulta imprescindible. Si bien, en los albores de nuestra república era un beneficio del adquirente las ganancias por el trabajo efectuado (Solis Espinoza,1986) y después de carácter obligatorio como pena del criminal. Ahora, forma parte del procedimiento de resocialización del interno a fin de que este disponga de herramientas que lo conduzcan al buen vivir.
Sin embargo, como se hace mención resulta de extrañeza que ante tanto énfasis positivo normativo incluso el TC tuviera que pronunciarse por las deplorables condiciones de acceso al trabajo penitenciario (Tribunal Constitucional ,2020), que durante el periodo del año 2022 el 55% de la población penitenciaria no estudiaba ni trabajaba (INPE, 2022) ,que existan limitación en los talleres por falta de enfoque de género ,los materiales sean suministrados por parte de los reos , deficientes maquinarias en los talleres productivos (Defensoría del Pueblo ,2018) , evidenciando incongruencia por parte de las instituciones públicas .
A pesar de que, este mecanismo de acción resocializador influye en la estabilidad laboral del expresidiario (Visher, Debus-Sherrill ,Yahner, 2011) ,brinda ingresos para el E.P e interno (El peruano ,2017), reduce las probabilidades de reingreso (Saylor y Gaes (1997); Baeza y Nicolás, (2017)) y disminuye los niveles de ansiedad como depresión (Lapornik , Lehofer y Posch ,1992) porque los reos con detonantes psicológicos son más propensos a reincidir en conductas criminales (Gómez-Figueroa y Camino-Proaño, 2022). De esta manera, Rodríguez Salazar, A. R. (2023) cuestiona también su naturaleza voluntaria y concibe al trabajo
penitenciario como un fin en sí mismo que permite la dignidad del ser humano.
Es así que, siendo objeto de la ejecución penal, la reincorporación del sujeto, el estado peruano intenta brindar al reo herramientas que faciliten su reinserción en la sociedad como se mencionó previamente; los ingresos percibidos por las tareas ejecutadas. No obstante ,esta posibilidad no ampara a todos los internos a causa del hacinamiento (Lovón, 2020) con un 99% (INPE,2022) ,presupuesto insuficiente y ambientes inadecuados para la realización de las actividades (Comisión de Investigaciones de la Asociación Civil Foro Académico ,2014).Al unísono, factores posteriores al cumplimiento de la pena como la estigmatización social (Berlanga, Huamán , Platero , Quintana, y Raffo ,2022) y la falta de experiencia laboral que persisten en la vida del ex presidiario; perjudican esta readaptación .
Siguiendo la previa línea de razonamiento, esta escasa práctica se agrava ante el pobre perfil académico de muchos de los prisioneros, dado que, el 69.9 % cuenta con estudios secundarios y el 20 % solo primarios que con el tiempo no podrán ser profundizados por la limitación de cupos. A pesar de que, la reeducación se encuentra establecida por ley, ya que permite a los internos desenvolverse en una faceta posterior a la reclusión.
No obstante, en términos de aplicación se observa que este sistema es ineficiente (Ramos Huamán, 2022) a razón de la insuficiencia de personal capacitado (Comisión de Investigaciones de la Asociación Civil Foro Académico, 2014) y, nuevamente, de la sobrepoblación de las cárceles (Defensoría del Pueblo ,2018) solo para tener un panorama de las 89,877 personas privadas de su libertad, solamente, se encuentran inscritos 15 514 en los programas de reeducación.
Como se ha expuesto, es muy común observar en los establecimientos penitenciarios el reingreso de exconvictos, esto se debe a una variedad de factores que afectan las posibilidades de resocialización del individuo. Es conveniente indicar que, el Estado a través de sus políticas penitenciarias es el responsable de todas estas causas que provocan que la reincidencia no disminuya con los años. De cierta manera, el estado mediante las acciones realizadas o las condiciones de supervivencia que se demuestran se intenta alejar de percepciones absolutistas de la pena, sin mayores éxitos. Finalmente, desaprovechando las oportunidades para una satisfactoria integración recaen en el típico ciclo de reincidencia criminal (Silver, D’Amato y Wooldredge ,2021).
II. Metodología
El diseño metodológico que se realizó es una metodología de nivel explicativo con enfoque mixto, la cual se dividirá en dos etapas.
La primera etapa es la realización de análisis teórico con enfoque cualitativo del tipo analítico-racional que tendrá por objeto generar información que permita identificar elementos claves del problema, como el trabajo penitenciario y el reingreso a los establecimientos penitenciarios
La segunda etapa es un análisis empírico de enfoque cuantitativo descriptivo y transversal con la finalidad de realizar análisis de datos recopilados a través del portal de transparencia del Ministerio de Justicia en el cual está adscrito el Instituto Nacional Penitenciario, sobre la base de datos de la población penitenciaria que reingresaron durante el año 2022 y el número de población penitenciaria que ejerció trabajo penitenciario en los establecimientos penitenciarios.
De esta manera permitirá describir de forma precisa y sistemática la influencia que ha tenido el trabajo penitenciario con respecto al reingreso a los establecimientos penitenciarios durante el año 2021 Resultados
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. Cajamarca | 2160 | 281 | 13.0% | 649 | 30.0% |
E.P. De Tumbes | 1,186 | 284 | 23.9% | 270 | 22.7% |
E.P. De Piura | 3,850 | 987 | 25.6% | 991 | 25.7% |
E.P. De Sullana | 157 | 27 | 17.1% | 91 | 57.9% |
E.P. De Chiclayo | 3,382 | 674 | 19.9% | 977 | 28.8% |
E.P. De Trujillo | 5,364 | 1183 | 22.0% | 1646 | 30.6% |
E.P. De Mujeres de Trujillo | 455 | 35 | 7.6% | 157 | 34.5% |
Oficina Regional de Norte Chiclayo | 16972 | 3524 | 20.7% | 4980 | 29.3% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Norte Chiclayo; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 1 presenta los diferentes establecimientos penitenciarios de la región Norte Chiclayo, donde el E.P. de Trujillo es el que cuenta con una mayor población penitenciaria y cantidad de trabajadores penitenciarios. Sin embargo, el E.P. de Piura es el penal con mayor índice de reingreso con un 25.6 % y el E.P. de Sullana respecto a la mayor tasa de trabajo penitenciario con un 57.9%, siendo este último el centro con menor población recluida. Por otro lado, en cuanto al menor porcentaje de reingreso quien resalta es el E.P. de Mujeres de Trujillo con un 7.6%.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. Anexo de Mujeres Chorrillos | 444 | 122 | 27.5% | 161 | 36.3% |
E.P. de Ancón | 1,946 | 921 | 47.3% | 318 | 16.3% |
E.P. de Barbadillo | 2 | 1 | 50.0% | 0 | 0.0% |
E.P. de Cañete | 2,878 | 1054 | 36.6% | 463 | 16.1% |
E.P. de Chimbote | 2,962 | 1009 | 34.1% | 243 | 8.2% |
E.P. de Chincha | 2,915 | 391 | 13.4% | 598 | 20.5% |
E.P. de Huacho | 1,974 | 602 | 30.5% | 480 | 24.3% |
E.P. de Huaral | 3,161 | 1230 | 38.9% | 469 | 14.8% |
E.P. de Huaraz | 1,184 | 228 | 19.3% | 331 | 28.0% |
E.P. de Ica | 4,428 | 1211 | 27.3% | 931 | 21.0% |
E.P. de Lurigancho | 9,101 | 2,082 | 22.9% | 1,459 | 16.0% |
E.P. del Callao | 3,455 | 1008 | 29.2% | 254 | 7.4% |
E.P. Miguel Castro Castro | 5,047 | 2,514 | 49.8% | 579 | 11.5% |
E.P. Modelo Ancón II - S.M.V.C. | 1,537 | 287 | 18.7% | 480 | 31.2% |
E.P. Mujeres de Chorrillos | 663 | 108 | 16.3% | 235 | 35.4% |
E.P. Virgen de Fátima | 321 | 57 | 17.8% | 172 | 53.6% |
E.P. Virgen de la Merced | 22 | 7 | 31.8% | 0 | 0.0% |
CEREC – Base Naval | 6 | 2 | 33.3% | 0 | 0.0% |
Oficina Regional Lima-Lima | 42046 | 12834 | 30.5% | 7173 | 17.1% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Lima; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 2 presenta a la región de Lima la cual es la oficina regional con mayor población penitenciaria en el Perú y con establecimientos penitenciarios con una alta cantidad y porcentaje de internos con reingreso, como el E.P. Miguel Castro Castro con 49.8% y el E.P. de Ancón con 47.3%, los cuales coinciden con una baja tasa de trabajadores penitenciarios con 11.5% y 16.3%, respectivamente. Asimismo, se debe considerar el E.P. Callao con 29.2% y el E.P. de Chimbote con 34.1% de internos con reingreso pues si bien cuentan con una tasa de reingreso menor sin embargo el porcentaje de trabajadores penitenciarios de 7.4% y 8.2% siendo los porcentajes más bajos de la región Lima. Es importante mencionar que los establecimientos penitenciarios como Barbadillo, Virgen de la Merced y Base Naval que son para una población penitenciaria especial no cuentan con la actividad de trabajo penitenciario.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. De Arequipa | 2,013 | 535 | 26.5% | 861 | 42.7% |
E.P. De Mujeres De Arequipa | 163 | 23 | 14.1% | 80 | 49.0% |
E.P. De Camaná | 363 | 71 | 19.5% | 173 | 47.6% |
E.P. De Moquegua | 269 | 61 | 22.6% | 105 | 39.0% |
E.P. De Tacna | 890 | 221 | 24.8% | 385 | 43.2% |
E.P. De Mujeres De Tacna | 102 | 25 | 24.5% | 44 | 43.1% |
Oficina Regional de Sur Arequipa | 3,800 | 936 | 24.6% | 1648 | 43.3% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Sur Arequipa; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 3 presenta 6 establecimientos penitenciarios de la región Sur Arequipa, de los cuales el centro con mayor población penitenciaria es el E.P. de Arequipa con 2013 internos y con menor cantidad se encuentra el E.P. de Mujeres de Tacna con 102 personas. Respecto a la más alta tasa de reingreso, nuevamente resalta el E.P. de Arequipa con un 26.5%. En comparación con, el E.P. de Mujeres de Arequipa con un 14.1% de reincidencia. En cuanto, al porcentaje de trabajadores penitenciarios se observa que esta última sede es quien cuenta con el mayor nivel con un 49% del total de sus internos. Mientras que, el E.P. de Moquegua tiene el índice más bajo de trabajadores penitenciarios con un 39 %.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. de Huancayo | 1,988 | 406 | 20.4% | 857 | 43.1% |
E.P. de Chanchamayo | 640 | 125 | 19.5% | 272 | 42.5% |
E.P. De Jauja | 139 | 18 | 12.9% | 72 | 51.7% |
E.P. de Tarma | 92 | 22 | 23.9% | 63 | 68.4% |
E.P. de La Oroya | 101 | 17 | 16.8% | 65 | 64.3% |
E.P. de Rio Negro | 799 | 103 | 12.8% | 301 | 37.6% |
E.P. de Huancavelica | 292 | 49 | 16.7% | 178 | 60.9% |
E.P. de Ayacucho | 2,490 | 362 | 14.5% | 1,261 | 50.6% |
E.P. de Huanta | 166 | 18 | 10.8% | 124 | 74.6% |
Oficina Regional de Centro Huancayo | 6,707 | 1120 | 16.6% | 3193 | 47.6% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Centro Huancayo; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 4 expone 9 establecimientos penitenciarios de la región Centro Huancayo. De esta forma, siendo los E.P. de Ayacucho y Huancayo los que cuentan con una mayor población penitenciaria con cifras de 2490 y 1988 internos, respectivamente. Por el contrario, el E.P. con menor cantidad de reclusos es el E.P. de Tarma con 92 personas. De hecho, el recinto en mención cuenta con el mayor porcentaje de la localidad respecto al nivel de reingreso con un 23.9 % ,al unísono ,siendo el segundo con mayor cantidad de trabajadores penitenciarios con un 68.4% .No obstante ,se observa que el E.P. de Huanta tiene la tasa más baja de reingreso con un 10.8% y la cifra más alta respecto a la tasa de trabajadores penitenciarios con un 74.6%.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. De Huánuco | 3,022 | 618 | 20.4% | 881 | 29.1% |
E.P. De Cerro De Pasco | 16 | 2 | 12.5% | 11 | 68.7% |
E.P. De Cochamarca | 932 | 123 | 13.1% | 384 | 41.2% |
E.P. De Pucallpa | 2,489 | 630 | 25.3% | 361 | 14.5% |
Oficina Regional de Oriente Huánuco | 6,459 | 1373 | 21.2% | 1637 | 25.3% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Oriente Huánuco; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 5 presenta 4 establecimientos penitenciarios de la región Oriente Huánuco de los cuales el E.P. de Huánuco es el que cuenta con mayor población penitenciaria y el E.P. de Cerro de Pasco con la menor cantidad de internos .Al unísono, este último centro registra la menor tasa de reingreso con un 12.5% y la mayor tasa de trabajadores penitenciarios con un 68.7% en sus instalaciones .Por otro lado ,el E.P. de Pucallpa que consigna el porcentaje más alto de reingreso con un 25.3% ,solamente cuenta con un 14.5 % de trabajadores penitenciarios ,siendo la menor cifra del cuadro expuesto.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. De Abancay | 448 | 63 | 14.0% | 225 | 50.2.% |
E.P. De Andahuaylas | 511 | 75 | 14.6% | 300 | 58.70% |
E.P. De Cusco | 2,839 | 504 | 17.7% | 1,424 | 50.1.% |
E.P. De Mujeres De Cusco | 163 | 21 | 12.8.% | 116 | 71.1.% |
E.P. De Sicuani | 211 | 24 | 11.3.% | 125 | 59.2.% |
E.P. De Quillabamba | 415 | 53 | 12.7% | 202 | 48.6.% |
E.P. De Puerto Maldonado | 1,157 | 210 | 18.1% | 557 | 48.1.% |
Oficina Regional de Sur Oriente Cusco | 5744 | 950 | 16.5% | 2949 | 51.3.% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Sur Oriente Cusco; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 6 presenta 7 establecimientos penitenciarios de la región Sur Oriente Cusco ,siendo el E.P. Cusco el que registra una superior cantidad de población penitenciaria de 2839 internos ;en comparación con el E.P. de Sicuani con 211 .En relación con, la tasa de mayor nivel de reincidencia se encuentra el E.P. de Puerto Maldonado con 18.1% ,a su vez ,obteniendo la menor tasa de porcentaje de trabajadores penitenciarios con un 48.1% .Por el contrario ,se aprecia que el E.P. de Mujeres de Cusco tiene el mayor nivel de trabajadores penitenciarios con un 71.1%
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. de Bagua Grande | 282 | 74 | 26.2% | 116 | 41.1% |
E.P. de Chachapoyas | 726 | 152 | 20.9% | 246 | 33.9% |
E.P. de Iquitos | 1,084 | 323 | 29.8% | 338 | 31.2% |
E.P. de Juanjui | 937 | 133 | 14.2% | 323 | 34.5% |
E.P. de Moyobamba | 885 | 164 | 18.5% | 371 | 41.9% |
E.P. de Sananguillo | 822 | 81 | 9.9% | 318 | 38.7% |
E.P. de Tarapoto | 436 | 58 | 13.3% | 200 | 45.9% |
E.P. de Yurimaguas | 362 | 66 | 18.2% | 149 | 41.2% |
E.P. Mujeres de Iquitos | 43 | 9 | 20.9% | 21 | 48.8% |
Oficina Regional Nor Oriente San Martin | 5577 | 1060 | 19.0% | 2082 | 37.3% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Nor Oriente San Martín; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
En la tabla 7 presenta al establecimiento penitenciario de Iquitos con 29.8% siendo la mayor tasa de internos con reingreso y al mismo tiempo con el menor porcentaje de trabajadores penitenciarios con 31.2%. Se debe tener en cuenta otros resultados como el E.P. Mujeres de Iquitos que cuenta con la tasa más alta de trabajadores penitenciarios de 48.8% coincidentemente tiene un menor índice de internos con reingreso de 20.9%.
Establecimiento penitenciario | Población penitenciaria | Reingreso penitenciario | Tasa de reingreso | Trabajadores penitenciarios | Tasa de Trabajadores penitenciarios |
---|---|---|---|---|---|
E.P. de Challapalca | 207 | 15 | 7.2% | 77 | 37.2% |
E.P. de Lampa | 155 | 15 | 9.7% | 105 | 67.7% |
E.P. de Puno | 784 | 76 | 9.7% | 542 | 69.1% |
E.P. Juliaca | 1,426 | 251 | 17.6% | 932 | 65.4% |
Oficina Regional de Altiplano-Puno | 2572 | 357 | 13.9% | 1656 | 64.4% |
Nota: Esta tabla refleja la cantidad de trabajadores penitenciarios de cara a la población de los establecimientos penitenciarios de la Oficina Regional Altiplano Puno; asimismo, precisa la cantidad y porcentaje de internos que reingresaron a dicho penales.
La tabla 8 presenta que el E.P. de Puno y el E.P. de Lampa que tienen una mayor tasa de trabajadores penitenciarios de 69.1% y 67.7% coincidentemente tienen el mismo porcentaje de 9.7%, siendo la tasa más baja de reingreso penitenciario en la región Altiplano-Puno. Por otro lado, E.P. Juliaca tiene la mayor tasa de reingreso penitenciario de 17,6% y una mayor tasa de trabajadores penitenciarios de 65.4%.
III. Discusión
Ante los principales puntos de referencia obtenidos ,cobra realce la interrogante trazada al comienzo sobre qué afectaciones ocasionan que persista el incorrecto desarrollo de las actividades laborales e influyan en los índices de reincidencia .Al respecto, se observa que en concordancia con las cárceles argentinas que expone Ramiro Gual ,se hayan deficiencias del trabajo penitenciario en el sistema peruano como con antelación se ha analizado ,estas serían ;el hacinamiento ,recursos limitados e infraestructura deficiente.
Por ejemplo, siendo el recinto con mayor sobrepoblación se encuentra el E.P. Callao con un índice del 504% y la tasa de trabajadores penitenciarios más bajas con un 7.4%, en cambio, los E.P. Sullana y E.P. Cerro de Pasco que no registran hacinamiento tienen altas tasas de trabajadores penitenciarios con 57.90 % y 68.7%, respectivamente. De esta manera, desencadenando que los cupos para la inscripción a los programas laborales sean más limitados y, por ende, también los recursos destinados.
De ahí que, la calidad de los programa también se vean afectados como el E.P. de Huaral que tiene un porcentaje de hacinamiento del 205 %, un alto índice de reincidencia (38.9%) y una baja tasa de trabajadores penitenciarios (14.8%) y deficiencias en desarrollo de las actividades, puesto que, en carpintería sólo se cuenta con 1 máquina operativa de las 7 a disposición. Por ende, reduciendo la capacidad productiva y el número de trabajadores.
Sumado a lo anterior, se debe considerar el reducido número de talleres laborales, los cuales ofrecen pocos puestos de trabajo, sobre todo en las regiones que cuentan con mayor población carcelaria que se supone deberían tener un mayor número de plazas laborales como el E.P de Pucallpa con 2,489 internos (hacinamiento del 332%) y con solamente 361 trabajadores penitenciarios.
Por otro lado, también se deben considerar otras limitaciones de imperante carácter normativo, pues, es el trato desigual por parte de la legislación peruana el cual se ve reflejado en la prohibición de beneficios penitenciarios como la de redención de pena por labores en prisión o la reducción del cómputo de ésta en el caso de reincidencia o habitualidad. Siendo así que, se contraviene el fin resocializador del sistema, pues en lugar de implementar políticas penitenciarias que promuevan la participación de los internos en los programas de reinserción, lo priva de estos, incentivando el reingreso. Ello se aprecia ante la vasta cantidad de establecimientos carcelarios con bajas tasa de trabajadores penitenciarios, ; la E.P. del Callao (7.4%), E.P Chimbote (8.2%), E.P. Pucallpa (14.5 %) ,E.P. Huaral (14.8%) ,E.P de Lurigancho (16.0%) , E.P. Miguel Castro Castro (16.1 %)y el E.P. de Ancón (16.3%).
Si con el transcurso del tiempo las causas mencionadas no surten modificaciones, entonces, menor cantidad de personas privadas de libertad tendrán experiencia en trabajos que puedan facilitar su reinserción a la sociedad, reduciendo las posibilidades de empleo y PEA activa. Dicho de otro modo, los internos al no poder ingresar al mercado laboral continuarán gradualmente contribuyendo al incremento de las tasas de desempleo, lo que a su vez se correlaciona con la tasa de criminalidad, finalmente, aumentando el índice de reincidencia delictiva.
De hecho, en Saylor y Gaes se enfatiza ello a través de la investigación realizada a 7000 internos que serán analizados desde su estancia en el E.P hasta los 8 y 12 meses después de cumplida su sentencia. Cabe resaltar, que ellos fueron divididos en 2 grupos: el primero de estudio, aquellos inscritos en programas laborales durante al menos 6 meses y el segundo de comparación ,sin inserción en los programas. Al momento de la selección de los reclusos para evitar riesgos de parcialidad e implicaciones éticas si fuese de carácter aleatorio, se utilizaron propensity scores para procurar que ambos grupos sean lo más parecidos posibles. De este modo ,se obtuvo que quienes habían participado en programas de readaptación laboral en prisión eran 14 % menos propensos a reincidir en comparación con el segundo grupo y quienes asistían a prisons welfare 35 % ,correspondientemente .
Trasladado a la realidad peruana, también se advirtió que bajos niveles de reincidencia coinciden con altos porcentajes de asistencia a actividades laborales. Así por ejemplo, se ha evidenciado que la oficina regional de Puno cuenta con la menor tasa de reingreso del 13.9% y a la vez, tiene con la mayor tasa de trabajo penitenciario del 64.4 % o en la oficina regional de Lima, con mayor población penitenciaria en el Perú cuenta con el más bajo índice de trabajo penitenciario con tan solo 17.1% y su vez la mayor tasa de reingreso penitenciario con 30.5%.
De igual forma, sucede en los establecimientos penitenciarios de Puno y Lampa, que con un porcentaje de tan solo 9.7% de tasa de reingreso y una tasa superior de trabajo penitenciario del 69.1% y 67.7% , respectivamente .Ahora bien, ante una relación inversa de variables surten los mismos efectos ,verbigracia ; los E.P. Miguel Castro Castro y E.P. de Ancón , el primero registra una tasa de reingreso del 49.8 % y 11.5
% de trabajo correccional. Y, el segundo un 47.3 % de reingreso y 16.3% de empleo en el sistema carcelario.
Concordante con lo expuesto, si bien en el informe de la defensoría del año 2018 se señalaba que por cada 9 hombres 1 mujer trabajaba en el penal se encontró que durante el 2022 la tasa de trabajo penitenciario en los centros de reclusión de mujeres se elevó al 40 % ,entre ellos: E.P. de Trujillo, E.P. Anexo de Mujeres Chorrillos, E.P. Mujeres de Chorrillos, E.P. de Mujeres de Cusco, E.P. de Mujeres de Arequipa, E.P. de Mujeres de Tacna y E.P. Mujeres de Iquitos; de los cuales, coincidentemente se obtuvo que el promedio de tasa de reingreso es de tan solo 16.8 %.
Sumado a esto, Visher, Debus-Sherrill, Yahner, encontraron que en su investigación longitudinal respecto a las variables de afectación del periodo de empleabilidad post penitenciario de los ex presidiarios respecto a los participantes de los programas de reinserción laboral, un cuarto habían asegurado un trabajo previo a su liberación y eran más propensos a conservar sus trabajos durante 8 meses.
De esta manera, se advierte que el poco énfasis a las condiciones de acceso al trabajo penitenciario no da buenos resultados incidiendo en una mayor tasa de reingreso, siendo así que, mientras mayor sea la cifra de participación de internos en actividades laborales también lo serán las oportunidades en el mercado laboral.
Otro aspecto digno de mención, son las concordancias problemáticas halladas en los países de analizados como es el caso de Chile, quien cuenta con altos índice de sobrepoblación penitenciaria (de cada 100.000 habitantes 270 son internos) y la probabilidad de no reingreso de tan solo el 1 % observándose, al unísono, deficiencias en el manejo de sus programas de reinserción tales como hacinamiento, talleres de baja calidad y reincidencia. Al respecto, también Argentina demuestra un trato desigual hacia los presidiarios revelando un rechazo inminente, así como la poca inversión en mejoras de los centros carcelarios.
Bajo estas circunstancias, emerge un asunto de competencia internacional en cuestión de políticas penitenciarias, pues los estados se encuentran paralizados ante el problema demostrando la poca importancia al tratamiento penitenciario. Por ende, es importante recalcar la idea que comparte el sistema colombiano de que sin una adecuada implementación de programas de reinserción difícilmente se reducirá las tasas de reincidencia.
Cabe resaltar que, dentro de las limitaciones de la presente investigación, se pudo observar la obtención de datos cualitativos precisos, es decir, obtener datos tales como el tiempo de trabajo penitenciario, tipos de trabajos penitenciarios y logística que cuentan los establecimientos penitenciarios.
Se debe considerar que el presente artículo permite desarrollar futuras investigaciones que pueden continuar aportando a la temática penitenciaria y establecer políticas públicas penitenciarias que el Estado peruano debe asumir para mejorar las condiciones tanto del trabajo penitenciario como lo que conlleva ello, para así disminuir las brechas que se generan al interno una vez cumple su condena, y de esta forma mitigar la tasa de reingreso de internos.
IV. Conclusiones
En el desarrollo de la investigación fue factible comprobar la grave crisis que atraviesa el sistema penitenciario en su función de reinserción social del penado. Puesto que, se observa en la mayoría de los establecimientos carcelarios las deficientes condiciones del trabajo penitenciario como un factor detonante de reincidencia. Dado que, la gran mayoría de oficinas regionales menos de la mitad de los internos acceden al trabajo, siendo un claro ejemplo, la oficina regional de Lima con la mayor tasa de reingreso y a su vez con la de menor acceso al trabajo penitenciario.
Con relación a ello, al sistema penitenciario peruano respecto a las actividades de reinserción laboral enfrentan significativos desafíos debido a que las condiciones de acceso a los programas son escasas suscitando el reingreso a los establecimientos carcelarios .A causa de, factores como el hacinamiento se limitan la cantidad de cupos de inscripción conllevando a una deficiente asignación de recursos perjudicando ,así , la correcta provisión de equipos e infraestructura para el desarrollo del trabajo como también de personal requerido.
Sumado a lo anterior, se pudo determinar la existencia de otros factores que limitan el acceso al trabajo penitenciario como la falta de implementación de nuevos talleres que pueda generar más plazas y con ello, una mayor tasa de participación de reos en programas laborales. Es más, se debe considerar las limitaciones impuestas por la normativa peruana en cuanto a la prohibición o reducción de beneficios penitenciarios. Pues se advierte la poca preocupación en la reinserción del penado, lo cual debería ser un tema angustiante pues dependiendo de la eficiencia de actividades laborales es que se podrá reducir significativamente las tasas de reincidencia.
Como bien pudo observarse, este índice de reincidencia delictiva se ve agravado por el pobre perfil académico de los internos, la estigmatización social y la falta de experiencia previa al encarcelamiento, aspectos que no cooperan con la obtención de trabajo a posteriori. Sin embargo, mediante la participación en programas laborales durante la reclusión existían mayores probabilidades de mantener un empleo por un periodo considerable y tener bajos niveles de ansiedad o depresión .Esto sugiere que, no solo limita la reincidencia sino que permite una transición exitosa a la vida fuera del recinto penal.
Por otra parte, en el derecho comparado se pudo advertir las similitudes en cuanto al tratamiento penitenciario y las deficiencias carcelarias. Lo cual demuestra una realidad generalizada donde países como Chile, Argentina, Colombia y Perú; comparten ciertas características en cuanto limitaciones y restricciones del trabajo penitenciario, siendo la sobrepoblación, el trato desigualitario, la falta de inversión en la mejora de los programas y la falta de verdaderas políticas penitenciarias.
En consecuencia, se verificó que el acceso al trabajo penitenciario se encuentra en pobres niveles para la búsqueda de resocializar al interno. Al respecto, es necesario que se priorice la reinserción del reo a fin de disminuir las altas tasas de reincidencia, mismas que son consecuencia de la poca preocupación del estado.
Como recomendación, es necesario hallar políticas penitenciarias que coadyuve en enfrentar los embates generados por el reingreso penitenciario, con el objetivo de solucionar en parte los problemas que acarrea el sistema penitenciario peruano que en poco coadyuva a reeducar, rehabilitar y reinsertar a un interno a la sociedad, con habilidades laborales que permiten lograr los fines de la pena.