Introducción*
Las citas que siguen, aunque parten en origen de similar concepción, apuntan hacia dos maneras de entender la responsabilidad personal del perdón ante el hecho mismo del error:
Lo uno es la confesión de la culpa, porque el que dice: pido perdón, confiesa la culpa… (fray Philippe de Meneses, Luz del alma cristiana, 1555).
No sé si el arrepentimiento de Federico es sincero o no. En buena doctrina no puede rechazarse al hombre que confiesa sus culpas y se declara resuelto a variar de conducta. El decirse arrepentido puede traer el desearlo, y el desearlo es andar una parte del camino para llegar a serlo de veras (Benito Pérez Galdós, La familia de León Roch, 1878).
Por un lado, la culpa entendida en el contexto teológico cristiano de la confesión, que sin duda ha determinado la función moral de la culpa y, por otro, la constatación de un acto de arrepentimiento como herramienta socializadora, más próximo a la práctica de la disculpa que exige el reconocimiento de la ofensa y el deseo de que, al manifestar perdón, se advierta la voluntad de sinceridad. Las páginas del presente trabajo se sitúan entre ambas dimensiones.
Arrepentirse por algo (o ante alguien), pedir perdón o disculpas son comportamientos humanos evidenciados a lo largo de la historia mediante diferentes procesos sociales, rituales lingüísticos o estrategias pragmáticas. Los hablantes implicados en un acto concreto quieren cumplir con ciertos propósitos, casi siempre concentrados en justificar, enmendar o remediar una situación que se ha visto alterada. Ello trae como consecuencia, a menudo, graves perjuicios morales, éticos o jurídicos, según la gravedad de la ofensa. Estamos ante mecanismos interpersonales o remedios sociales (Goffman 1955 y 1967; Olshtain & Cohen 1983; Haverkate 1994; Harris et al. 2006). La idea de perdonar siempre ha estado relacionada con aspectos humanos como el daño, la injusticia, el resentimiento, los celos, la culpa, la envidia, la amargura, la traición, el ansia de venganza, el despecho, el rencor, etcétera.
Los grupos humanos se constituyen mediante estructuras más o menos estables y homogéneas a lo largo del tiempo. Esta misma circunstancia da lugar a la existencia de conflictos individuales o de gran alcance que afectan a un colectivo mediante la transgresión de una norma. Se entiende la transgresión en este contexto como el acto de violación que es percibido como ruptura de las reglas individuales específicas o de aquellas compartidas culturalmente (Beltrán-Morillas et al. 2015, p. 71). Su dimensión variará en función del grado de la ofensa, la tipología, la relevancia del agresor y del ofendido, el ámbito público o privado, las consecuencias de dicha violación, la manera en que sea recibida por el individuo o por el público que puede asistir, expectante, ante una posible reparación del daño causado (Deutschmann 2003; Jucker 2018). Lo que sí parece incuestionable es que, para que surja el perdón, ha tenido que darse cierto grado de transgresión entre las partes como para desencadenar el conflicto real. En las relaciones interpersonales esto implica que haya una ofensa que alguien ha provocado al agredir a otro (ofendido) y que se demuestre la búsqueda de la solución a ese problema mediante palabras o gestos que restituyan el equilibrio entre las partes y el compromiso, al menos, de que no volverá a ocurrir (Deutschmann 2003, p. 46)1, de ahí que, junto con el plano psicológico individual, aparezca también la vertiente psicosocial del perdón.
El análisis de las formas lingüísticas con las que se pide perdón y el reconocimiento de los actos de habla de las disculpas en la dimensión histórica de la lengua española son campos prácticamente inexplorados. En este trabajo interesa estudiar cómo se manifiestan ciertas lexías relacionadas con el ámbito del perdón, mediante la búsqueda de contextos que evidencien la necesidad de expresar arrepentimiento por acciones consideradas contrarias a una norma. Por todo ello, se distinguirán estos usos de los actos de habla de las disculpas. Para mis propósitos, parto de la idea de Taavitsainen y Jucker (2010, p. 6) de que la pragmática histórica se centra en el uso del lenguaje en contextos del pasado en los que se examina cómo se crean los significados a lo largo del tiempo. Jucker (2008, p. 95), por ejemplo, señala que dicha pragmática tiene como objetivo comprender los patrones de la interacción humana -según las condiciones de la sociedad de períodos anteriores- y el desarrollo histórico de tales patrones y de sus principios generales. La lengua se concibe, por tanto, en un entorno comunicativo y social mucho más amplio.
Este estudio toma sus datos del Corpus diacrónico del español (CORDE) y supone un primer acercamiento a las formas de perdón, arrepentimiento y disculpas en sus variadas manifestaciones e intenciones, en una visión holística que abarca desde el período medieval hasta el siglo XIX. Mediante el análisis textual, se indaga en la historia del español y se ofrecen ejemplos y perspectivas para futuras investigaciones, con el propósito de ampliar los límites de este trabajo. La dimensión de muchos de los aspectos aquí tratados merecería un estudio más pormenorizado del que se puede ofrecer en estas páginas. Se requeriría un examen semántico-pragmático que diera cuenta de los valores adquiridos por ciertos verbos en su diacronía, los contextos de uso que tienen en cada época y cómo éstos van cambiando a lo largo de los siglos de forma paralela a la evolución social de los hablantes, o las similitudes y diferencias contextuales que se perciben entre verbos como sentir, resentir, perdonar, disculpar, arrepentirse, excusar, etcétera.
Además de la introducción, en la que se contemplaron ciertos aspectos teóricos, el presente trabajo está estructurado en seis partes. En la segunda, partiendo del corpus seleccionado, se describen algunas de las apariciones más frecuentes en la expresión del perdón en español. Como consecuencia de ese análisis, en la tercera parte se proponen cinco grandes áreas temáticas por medio de las cuales se clasifican los distintos fragmentos seleccionados que caracterizan el perdón mediante la diacronía del español. En la cuarta, se describen los actos de habla de las disculpas y en la quinta se realizan unas consideraciones finales. Las conclusiones, como es lo propio, constituyen la última parte, en la cual se procuran destacar los aportes de esta investigación.
Variación de las formas para expresar perdón, arrepentimiento y disculpa
Son varios los términos que a lo largo del tiempo se han configurado como fórmulas para expresar arrepentimiento o pedir perdón y que se fundamentan tanto en la importancia del latín, particularmente el medieval (Barra Jover 2010), como en el propio concepto de humildad que ofrece el cristianismo en expresiones corteses (Dihle 1952, p. 187). Las etimologías son claras en este sentido: culpar (< lat. culpāre), culpa (< lat. culpa), perdonar (< lat. tardío perdonāre), excusar (< lat. excusāre), sentir (< lat. sentīre), arrepentirse (< lat. tardío repaenĭtere; lat. clásico paenitēre), lamentar (< lat. lamentāre), tal y como contemplan Corominas-Pascual (1980, t. 3, s.v.).
Encontramos contextos en los que se evidencia la voluntad del emisor por pedir perdón, así como numerosos casos en los que se trata de un deseo de expresar un pesar sin que éste esté dirigido a otra persona, pues se manifiesta como exaltación interna movida por el remordimiento, la pena, el miedo o las creencias religiosas. Esto es más perceptible en la literatura penitencial y confesional, y en manuales del buen cristiano (1), o en textos en los que hay declaraciones expresas de arrepentimiento (2):
(1) De todo me confieso e digo mi culpa a Dios e a vos, padre spiritual, e demándole perdón que me perdone por su piadat (El libro de confesión de Medina de Pomar, 1456).
(2) -¡Ay, padre y señor, por Dios, no muera, ca yo me arrepiento mucho de cómo escogí, ca este donzel quise yo tomar! (Tristán de Leonís, 1501).
Frente a otro tipo de estructuras como los insultos2 o las peticiones, las disculpas parecen encontrarse en un terreno mucho más estable (Jucker y Taavitsainen 2008, p. 232), en el que las variables tipo de ofensa y situación contextual suelen condicionar su aparición3. En otros paradigmas, presentan diferencias en cuanto a la gravedad y la seriedad de la ofensa, al igual que ocurre con los datos que analiza Jucker (2018, p. 376). La selec- ción de ejemplos en este estudio parte del análisis de los verbos más frecuentes que giran en torno a las maneras de expresar arrepentimiento, pesar y disculpas en español (3 y 4) -excusar (ant. escusar), arrepentir(se) (ant. repentirse), disculpar (ant. desculpar), culpar, perdonar, lamentar y sentir4-:
(3) E la cosa por que me escusó de vos dezir lo que querría es el açidente por que acaesçió (Pero López de Ayala, Crónica del rey don Pedro, ca. 1400).
(4) Y si vos sois el que me feristes, yo vos perdono (Libro del cavallero Cifar, 1300-1305).
Además de las formas en infinitivo que han servido de base para la localización de ejemplos y contextos (Tabla 1), se reconocen en los textos otras construcciones en las que se muestran diferentes posibilidades expresivas de la lengua que evidencian acciones encaminadas hacia el reconocimiento de un perdón. En muchos de los ejemplos que se incluyen en este estudio, hay actos descriptivos (5) de perdón o manifestación de arrepentimiento ([dijo] que perdonaba) y actos realizativos (6 y 7) de la disculpa (os perdono, os pido perdón):
Forma de infinitivo | Casos | Docs. |
Sentir | 13 070 | 2 828 |
Perdonar | 3 744 | 1 357 |
Escusar | 2 957 | 1 010 |
Excusar | 2 045 | 687 |
Lamentar | 646 | 434 |
Culpar | 620 | 417 |
Disculpar | 484 | 357 |
Arrepentirse | 435 | 306 |
Desculpar | 84 | 61 |
Repentirse | 17 | 13 |
(5) …y el verdugo dio una vuelta al garrote, y diciendo que perdonaba a los que le mataban y que él pedía a Dios perdón de sus pecados, feneció (Pedro Cieza de León, Las guerras civiles peruanas, ca. 1553-1584).
(6) -Cierto, don cavallero, si como lo habéis dicho lo osáis fazer, agora os perdono lo que contra mí dixistes (Rodríguez de Montalvo, Amadís de Gaula, libros I y II, 1482-1492).
(7) …por último os pido perdón, disculpando amor y vuestra divina beldad (Castillo Solórzano, La garduña de Sevilla, 1642).
Un cotejo en el CORDE de algunas de estas lexías relacionadas con la esfera del perdón muestra formas que ya han caído en desuso (se ofrece el primer registro):
Arrepiso (1270-1284): “mal lo que dixiera callose & tóuose por arrepiso por lo que auía dicho…” (Alfonso X, Estoria de España, II).
Culpación (1445): “Encara que yo ni los míos non podamos dezir, excebir o allegar que a culpación o negligencia vuestra se perdió el dito pleito” (Cesión de una tierra…).
Culpante (1293): “E asý libró ihesu xpisto aquella muger que era culpante” (Castigos, BNM, ms. 6559).
Culposo (1645): “El aborto consumado culposo” (Sínodo de San Juan de Puerto Rico…).
Desculpar (1250): “E enbió Pilatus a desculparse del rey de los persianos” (Bocados de oro).
Perdonança (1293): “…destruyamos todas las acusaçiones a perdonança de todas las partes” (Castigos, BNM, ms. 6559).
Perdonante (ca. 1400): “Et vn cabrón para sacrifiçio perdonante
error” (Biblia Escorial I-j-4: Pentateuco).
Rependencia (ca. 1230): “…pero non adrimavan seso nin sapïencia por qe vencer podiessen la mala rependencia” (Gonzalo de Berceo, Vida de san Millán de la Cogolla).
Rependirse (ca. 1200): “…que dixo quiçab rependirse a el pueblo quant veran la guerra e tornarse an” (Almerich, La fazienda de Ultra Mar).
Repentir (ca. 1140): “…no·s’ puede repentir, que casadas las ha amas” (Poema de mio Cid).
Repentirse (1218): “El alquilador et el que alquila non puedan repentirse del alquilé, et tod aquel que desto se repintiere…” (Fuero de Zorita de los Canes).
Repentencia (a. 1260): “Segund la tu dureza e de to coraçón sin repentencia, fazes thesoro de sanna pora ti en el día de la ira” (El Nuevo Testamento según el manuscrito escurialense I-j-6).
Repetencia (ca. 1285): “E el fructo del quexamiento es repetencia, e el fructo de la porfidia es entornamiento” (Libro de los cien capítulos).
Repiso (1215)5: “Assí cuidó fer al tu Fijo, mas mucho fue ende
repiso” (Vida de santa María Egipcíaca).
Repitencia (ca. 1587): “-¡Ye fija de Nayrab!, alégrate, que Allah ha recebido tu repitencia y [ya ha] perdonado tu pecado” (La leyenda de la doncella Carcayona).
Una situación especial presenta la polisemia del verbo sentir (de ahí el alto número de frecuencias mostrado en la Tabla 1). A diferencia de otros resultados románicos (por ejemplo, fr. sentir, e it. sentire), el español ha desarrollado el uso específico de lamentar, que se evidencia en el marcador de disculpa lo siento ‘lo lamento’6. Este particular empleo no está en los primeros siglos, tal y como han demostrado algunos trabajos de Jansegers y Enghels (2013), Jansegers, Enghels y Cruz Domínguez (2016), y, particularmente, Jansegers (2017). Esta última estudiosa argumenta que la especialización en el terreno de la evolución negativa de sentir aumentó a lo largo de los siglos XV-XVII, lo que posibilitó la aparición de lamentar y su posterior marcador lo siento (Jansegers 2017, p. 274)7. Con lo siento estamos ante actos ilocutivos expresivos que conllevan la solidaridad con el interlocutor “por algo considerado perjudicial para éste” (Santos Domínguez y Espinosa Elorza 1996, p. 190, apudJansegers 2017, p. 288). De esta forma, es posible encontrar dos tipos de lo siento. Primero, el que expresa empatía con el dolor o experiencia negativa de otra persona (basado en hechos reales) y, segundo, el que se anticipa a una posible situación negativa para el otro (p. 293). Es por todo ello que la documentación diacrónica ofrece dificultades de interpretación y ambigüedad en no pocos contextos. Hacia 1576 encuentro el ejemplo de (8), matizado por la presencia adverbial de mucho, y más tardíamente (9), el valor más cercano a la disculpa (sentir mucho [algo]), siempre en construcciones de primera persona:
(8) Mi compañera va enferma de los ojos, que lo siento mucho (Carta a la priora y religiosas del convento de Beas, 1576).
(9) …con el tapaboca de un perdone que no puede ser, y créame que lo siento mucho (Martín Sarmiento, El porque sí y porque no, a. 1772).
Desde 1774 hay registros en el CORDE de mucho lo siento (10), si bien es en el siglo XIX cuando aparecen más frecuencias de mucho lo siento y lo siento mucho, en numerosos casos iniciando diálogos en contextos adversativos con un lo siento de tipo preventivo (11) o para cerrar de forma conclusiva (12):
(10) El aperador ha enfermado de peligro y tanto que está sacramentado, mucho lo siento por su padecer y no menos por la ocasión en que sucede. Dios lo mejore, como se lo ruego (Diego de Vargas y Carvajal, Carta a Rodríguez Campomanes, 1774).
(11) Julia: Mucho lo siento, Carlos, pero no te lo puedo decir (Mariano José de Larra, Julia…, 1833).
(12) ¡Qué peso me quitas de encima! La verdad es que me encontré, sin saber cómo, en una contradicción constante y penosa con ese venerable sacerdote. Lo siento mucho (Benito Pérez Galdós, Doña Perfecta, 1876).
Perdón es una de las lexías más productivas para mostrar arrepentimiento, y así lo vemos con registros del tipo vos perdono8, perdóname (Libro de Apolonio, ca. 1240), le perdono (Espéculo de Alfonso X, ca. 1260), perdonança9 (Castigos, 1293), pido perdón (Álvarez de Villasandino, Poesías, ca. 1369-1440), os perdono (La demanda del Sancto Grial, ca. 1470), pedimos perdón (P. López de Ayala, Rimado de Palacio, ca. 1378-1406), y otros.
Por lo que respecta a arrepentirse, dicen Corominas-Pascual (1980, t. 1, s.v.) que las primeras documentaciones de este verbo aparecen en el Mio Cid (repentirse) y, algo más tarde (arrepentirse), en Calila e Dimna (1251), si bien las formas medievales por excelencia se forman a partir de rependirse: rependió, rependencia, repiso, arrepiso, repetencia o repitencia, formas ya ejemplificadas con anterioridad.
Disculpar alterna con desculpar10. Este último también fue frecuente durante toda la Edad Media. Las primeras constataciones del infinitivo (se) disculpar (moderno disculparse) aparecen en el CORDE en la Gran crónica de Alfonso XI (ca. 1348-1379), mientras que el sustantivo desculpa se documenta a lo largo de todo el siglo XV, como en el Cancionero castellano del siglo XV de la Biblioteca Estense de Módena. Por lo demás, vemos que disculpas (dando sus disculpas) se registra en la Crónica de los Reyes Católicos de Alonso de Santa Cruz (1491-1516). Pedir culpa ‘pedir perdón’ se recoge, según Corominas-Pascual (1980, t. 2, s.v. culpa), en los Milagros de Nuestra Señora de Berceo, al igual que colpa ‘culpa’ en Calila e Dimna (s. XIII).
Excusar es otro de los verbos en los que hay que rastrear el uso próximo a ‘exponer y alegar causas o razones para sacar libre a alguien de la culpa que se le imputa’ (DLE, s.v. excusar). Durante siglos, y así lo recoge el CORDE, aparece la forma escusar, documentada en el Fuero de Soria (ca. 1196). Con otros sentidos, como ‘labrador’ (13) o ‘liberado del tributo o diezmo’ (14), aparece excusado desde los primeros tiempos:
Contextos de las formas analizadas mediante la diacronía del español
Una mirada analítica de los textos procedentes del CORDE permite trazar un primer planteamiento global del conjunto de posibilidades expresivas de la lengua. Son numerosos los contextos de uso en los que todas estas formas se insertan: podemos encontrar arrepentimientos y perdones por el daño hecho, demandas de perdón, remordimientos de conciencia motivados por resentimientos de culpa (lujuria, amancebamientos, traiciones, celos, crímenes…), “yerros y pecados”, “deleites y plazeres”, confesión de pecados, dolor y amargura, actos de contrición, travesuras, desengaños, y muchos más.
La siguiente es una propuesta de análisis abierta, sujeta a posteriores revisiones y aportaciones metodológicas que completen el objeto de estudio; soy consciente, además, de que hay límites a veces no del todo nítidos en los que algunos significados comparten más de una intencionalidad.
Contextos relacionados con el sentimiento cristiano
Buena parte de la documentación analizada pone de relieve que las acciones en las que se explicita el perdón están vinculadas a un sentimiento religioso muy marcado en los textos de los primeros tiempos del romance castellano, y es consecuencia de la cultura eclesiástica y monacal propia del cristianismo imperante en todos los órdenes de la vida. Esto es así en tanto en cuanto se imponen los cánones del arrepentimiento y la contrición como determina la Iglesia católica. Se trata de actos penitenciales y confesiones a Dios que a lo largo del tiempo fueron experimentando cierto grado de atenuación que los aproximó a usos cada vez más alejados de la esfera religiosa. Si bien muchos de estos casos de perdón están ligados en un principio al hecho religioso, también es cierto que paralelamente aparecen en numerosas transgresiones que poco o nada tienen que ver con la espiritualidad.
En las siguientes muestras vemos algunos de estos casos en varias formas, autores y épocas. El perdón se hace, primero, ante Dios y, en segundo lugar, ante los hombres. Uno de los ejemplos más claros es el fragmento anónimo de la segunda mitad del s. XV perteneciente a documentos judaizantes (15). En él se asume la culpa al pecar y errar, se pide perdón (al Señor) y se solicita la absolución de los pecados y la culpa correspondiente. Se trata del canon de la confesión, indulgencia y penitencia. El perdón se gana, se concede como don divino mediante la confesión sacerdotal o ante la exclamación pública del arrepentimiento, en que se implora siempre la intercesión de Dios. Tal es lo que se observa en el siguiente ejemplo:
(15) Digo mi culpa, muy reuerendo e deuoto señor padre: que sy todas las cosas que dexé de faser de la ley de muysén yo supiera o pudiera que por mi voluntad todas las fisiera que ninguna dellas non dejara; de todo esto que pequé e erré, reuerendo señor padre, pido perdón a nuestro señor e redentor ihu xro de todos mis pecados que fise e cometí fasta el día de oy e a vuestra reuerençia perdón, asoluiçión e penitençia saludable dellos, la qual estó presto de complir como por vuestra reuerençia me fuera mandada e ynpuesta, con protestaçión que fago de morir e beuir e tener firmemente en nuestra santa fe católica (Documentos sobre judaizantes, ca. 1464-1492).
No son pocas las fórmulas en las que se profiere perdón en nombre de Dios o Jesucristo, y así aparece como acto liberador de la culpa o como vía de indulgencia-petición proferida tanto por el emisor (16) como dirigida hacia otro interlocutor con el deseo de ser perdonado (17):
(16) …& aquella dueña que allí está es mi muger, mas en tiempo de la Reina, que Dios me perdone, no me atreví a lo dezir por miedo de no meter escándalo (Libro del cavallero Cifar, 1300- 1305).
(17) Men. ¡Ay! Dios la perdone, que la verdad te decía. Mira qu’estés bien apercibido de lo que has de dezir, y éntrate acá (Juan Timoneda, Comedia llamada “Cornelia”, 1559).
Contextos de exhortación de la culpa libre del pecado
Con el transcurrir del tiempo, las expresiones de arrepentimiento se extendieron también a otros campos que no parecen tan relacionados con motivos confesionales. Se trata de situaciones en las que no hay clara voluntad de arrepentirse ante Dios. Hallamos ejemplos de cierta liberación y acercamiento a perdones fugaces y menos trascendentales para el individuo. En ocasiones se muestra la culpa y el propósito de enmienda, lo que implica, de alguna manera, asumir una petición de disculpas, al menos indirectamente. Desde los orígenes conviven las dos posibilidades, si bien estas otras opciones más secularizadas derivan de las más canónicas (18-20):
(18) Retórico só fino, sé fermoso fablar, / colorar mis palabras, los omes bien pagar, / sobre mi adversario la mi culpa echar; / mas por esto lo he todo a olvidar (Libro de Alexandre, 1240- 1250).
(19) …y pues yo he sido el más culpado en esto, quiero enmendallo y deciros otra loa que hice en su alabanza, arrepentido de decir mal de aquéllas (Agustín de Rojas Villandrando, El viaje entretenido, 1605).
(20) Examiné la fe de erratas, y como ni aun allí encontré el arrepentimiento de este enorme pecado anatómico, confieso á vuestra merced ingenuamente que se me escapó todo género de duda (José Francisco de Isla, Cartas de Juan de la Encina, 1732).
Contextos de indulto o indulgencia
El perdón se gana, desde los primeros tiempos, por la intercesión ante Dios o por la misericordia real, los dos grandes poderes a los que está subordinado el ser humano en la época. En más de una ocasión, las expresiones de perdón están ligadas a actividades que suponen un verdadero indulto al reo o al menos a la realización ilocutiva de expresar dicho perdón. Así, numerosos fueros, códigos y tratados regulan las situaciones de exoneración de las penas por parte de la autoridad y gracia del rey11. Así lo observamos en el Fuero de Soria (21) o cuando se gana el perdón por la gracia real (22). El perdón también se solicita en nombre de otro (23) o se aconseja pedirlo de manera colectiva (24):
(21) 540. Sj mugier casada o desposada derecha mjentre, non a fuerça más de su grado, fiziere fornicio con otro, si las pesquisas lo fallaren por uerdat, mueran por ello. Et si el marido o el esposo non quisieren demandar a su mugier o a su esposa a aquel con quien fizo la nemjga, otro njnguno non gela pueda demandar; mas non pueda al vno perdonar & al otro dexar (Fuero de Soria, 1196).
(22) …ni aurán depués nunqua tales benefitios, si por uentura por misericordia del rey non ganaren perdón por las cosas anteditas (Vidal Mayor, ca. 1250).
(23) …suplico a vuesa merced le pida perdón de mi parte (Luis de Góngora, Epistolario, 1613-1626).
(24) Señores, todos los que tuvieren dolor de todo su coraçón de aver ofendido a Dios y le pidieren perdón de sus culpas y misericordia, alçen el dedo y digan: Señor, pequé, tened misericordia de mí (Juan de Villagutierre Sotomayor, Historia de la conquista de la provincia del Itzá, 1701).
Contextos en los que se recompone la armonía social
En muchas ocasiones, perdonar tiene que ver con la reconstrucción del tejido social en medio del cual se produce el agravio. De esta forma, nos acercamos al terreno de la cortesía, en el que la disculpa como tal tiene buena parte de su razón de ser y cumple una función mediadora de resolución de problemas, por la cual se vuelve a la siempre deseada armonía social entre los personajes implicados en el conflicto. En muchos casos, esta actividad se manifiesta como un ritual social. Tales expresiones aparecen en épocas más tardías del idioma, cuando también se ve un cierto alejamiento de los usos y costumbres sociales menos vinculados con la Iglesia (25-27):
(25) Lozana: Yo’s perdono porque sé que no sois malicioso (Francisco Delicado, La Lozana andaluza, 1528).
(26) Si en algo he errado (que sí auré y aun en mucho, como muger ignorante), pido perdón, y doy por disculpa mi buena voluntad y desseo (Magdalena de San Jerónimo, Razón y forma de la galera y casa real, 1608).
(27) Mormojón: ¡Oh, ladrón! Enfermito te fingías, para hacer en mi ama las sangrías? Doctor: Digo que yo os perdono, y reperdono12 (Luis Quiñones de Benavente, El doctor y el enfermo. Entremés, ca. 1646).
Contextos que manifiestan falso arrepentimiento y/o superficialidad
En más de una ocasión, y a causa de su insinceridad, el arrepentimiento se muestra como una acción fallida y se describe como falso perdón y superficial. A veces se pone de relieve que el propósito no se ha cumplido porque no hay un verdadero pesar por el daño causado. Esta situación viene también determinada por la exigencia cristiana de la confesión de los pecados y el propósito de enmienda (28). Más adelante, ya a partir del s. XVIII, los ejemplos señalan el recurso del arrepentimiento como un mecanismo falto de honestidad, ausencia de contrición o recriminación moral (29-32). Algunas de estas palabras constituyen un acto social y están enmarcadas en los rituales propios de cada momento histórico, alejadas ya de toda connotación que no sea la de la simple rutina, excusa, justificación de algún hecho de escasa o nula importancia. Son contextos que sugieren cierto grado de atenuación del perdón en el que sólo se pretende establecer una interacción armoniosa con el interlocutor y solventar cualquier acción que haya vulnerado los rituales sociales (33-36).
Perdón, me arrepiento, mi culpa, lo lamento y lo siento van desacralizándose poco a poco, acaparando nuevos espacios de reparación de la ofensa. Las disculpas, lato sensu, se presentan con el sentido más moderno de reparación de una causa que necesita o debe ser enmendada para recomponer la armonía social entre los individuos. Y así se hallan la expresión clara de la cortesía y reclamo de amistad o el perdón a la manera de captatio benevolentiae (35 y 36). Ninguno de los casos seleccionados ahora muestra el perdón religioso, sino que se erigen en un ritual social en la búsqueda de una reparación de la imagen y de la cortesía entre los interlocutores, en términos de Brown y Levinson (1987):
(28) De aquí se sigue que no hacen la confesión como deben, o dexando de confesar pecados por negligencia, o malicia, o no teniendo arrepentimiento dellos, o faltándoles propósito de la enmienda (Felipe de Meneses, Luz del alma cristiana, 1555).
(29) Ese arrepentimiento es muy superficial; y efecto de la confusión (José Celestino Mutis, A don Salvador Rizo, mayordomo de la expedición, 1789).
(30) Tal vez con maligna complacencia finge arrepentimiento, y luego se goza en burlarse de la candidez de su bienhechor (Concepción Arenal, La beneficencia, la filantropía y la caridad, 1861).
(31) …su arrepentimiento no era moral, era un refinamiento de la corrupción… pero ¿no había alguna sinceridad en aquel arrepentimiento, aunque pareciese otra cosa? (Leopoldo Alas “Clarín”, Pipá, 1886).
(32) Acabaremos significando gran arrepentimiento, prometiendo enmienda, pidiendo perdón y mostrando amistad (Luis Alfonso de Carvallo, Cisne de Apolo, 1602).
(33) y perdonadme, señora, / si hay en mi empeño osadía, / mas fuera descortesía / dejaros sola a esta hora (José de Espronceda, El estudiante de Salamanca, ca. 1840).
(34) Mariana -la dijo la condesa-, excúseme Ud. con su señora de no entrar a decirle adiós: me he puesto súbitamente mala (Gertrudis Gómez de Avellaneda, Dos mujeres, 1842-1843).
(35) Al lector: Si no te pido perdón, quiero darte al menos excusa por haber puesto á estas páginas un título detrás del cual no está lo que probablemente esperas (Concepción Arenal, A todos, 1869).
(36) Aunque estoy persuadido de que voy a distraer a usted de sus graves ocupaciones, por lo cual le pido desde ahora perdón, me atrevo a dirigirle esta carta (Antonio Gómez Restrepo, Carta, 1884).
Fórmulas enraizadas en los usos idiomáticos corteses del pasado son también las que se aprecian en hablando con perdón o con perdón, ambas próximas al sentido de ‘disculpa’, ‘excusa’ por lo sucedido o por lo que el interlocutor considera motivo de atenuación sobre lo que va a decir, como se ve en los siguientes diálogos (37 y 38), no exentos de cierta ironía y de acciones para proteger la imagen (face) personal (Goffman 1967):
(37) Motes naturales sin malicia Como [sic] un labrador que siendo preguntado por unos ciudadanos a qué venía, miró al uno dellos, que tenía la barva negra y espesa, y dixo: -Vengo a vender un cochino, hablando con perdón de las barvas honradas de este señor. El qual dixo al labrador: -Pues ¿por qué me pedís más a mí el perdón que a los otros? -Respondió-: -Porque, como Su merced es tan repolludo y barvies- peso, pareciome en su barva pie de puerco por pelar (Lucas Gracián Dantisco, Galateo español, 1593).
(38) ¡Bueno, por Dios! -dixo el corregidor-; y vos ¿cómo os llamáys? -Yo, señor -respondió él-, hablando con perdón de las barbas honradas que me oyen, me llamo Sancho Pança (Alonso Fernández de Avellaneda, Don Quijote de la Mancha, 1614).
A partir de la segunda mitad del siglo XVIII, con la presencia, cada vez más abundante, de la forma pronominal usted (Pla Cárceles 1923; Sáez Rivera 2006), el empleo de la expresión perdone usted o usted perdone se convierte también en estrategia de cortesía social (una fórmula rutinaria), equivalente a disculpe usted, usada en interacciones entre distintos miembros de la sociedad para situaciones ritualizadas y banales, carentes, en ocasiones, de una verdadera ofensa, como se ve en los ejemplos (39 y 40):
(39) (Pepe: Aunque usted perdone, ¿estaba / perdido aquel embeleco / en el monte? / Nicolás: Y aunque usted / perdone: ¿es usted su dueño? / Pepe: sí, señor (Ramón de la Cruz, La fingida Arcadia, 1758).
(40) -Perdone usted -continuó fray Gerundio-; que cuando le nombró mi amigo el padre predicador, estaba yo un tantico embobado, y sólo pude advertir que su gracia de usted era un nombre acabado en iro (José Francisco de Isla, Historia del famoso predicador fray Gerundio de Campazas, alias Zotes, 1758).
Los actos de habla de las disculpas
Una parte de la documentación analizada refleja mayor incidencia de acciones comunicativas, pues se trata de textos dialógicos (teatro, novela corta, etc.) en que los personajes interactúan y reflejan situaciones contextuales concretas. En estos casos, es posible advertir con mayor claridad los actos de habla de las disculpas.
Una disculpa es un enunciado que pone de relieve cierto grado de arrepentimiento con el objetivo de llegar a obtener la indulgencia por parte del ofendido. Para Haverkate (1994, p. 97):
El hablante que se disculpa realiza un acto de habla expresivo cuyo objeto ilocutivo es dar a conocer al interlocutor que se ha violado cierta norma social y que él, es decir, el hablante, se cree, al menos parcialmente, responsable de haber ocasionado dicha violación. En consecuencia, la disculpa refuerza la imagen positiva del interlocutor, amenazando al mismo tiempo la del hablante.
Tanto Austin (1962, pp. 6-7) como Searle (1990, p. 39) señalaron que en estos actos de habla debía aparecer un IFID13 con verbos del tipo disculpar, excusar, sentir, lamentar, perdonar, o bien, fórmulas más complejas, como lo siento, lo siento mucho, perdóname, lo lamento, de verdad que lo siento, estoy arrepentido, fue/ es culpa mía, por mi culpa, pido disculpas/ perdón, etc. Estos IFID contienen especial fuerza ilocutiva (Jucker 2017, p. 40) que pone en evidencia el deseo de arrepentirse por una transgresión cometida.
La disculpa depende de cada lengua y también de la dramaturgia empleada; es decir, de qué modo se establece el código del perdón entre agresor y agredido y qué componentes pragmáticos aparecen, bien en los verdaderos actos verbales realizativos, bien en las distintas formas de hacer explícito el arrepentimiento14. Para el primer caso, se ha entendido este tipo de estructuras lingüísticas como actos de habla, en los términos ya apuntados por Austin (1960) y Searle (1990), si bien Olshtain y Cohen (1983, p. 20) pusieron de manifiesto que la consideración de un acto de habla como tal no quedaba claro en numerosas disculpas. Éstas, al igual que los saludos y las despedidas, son fórmulas lingüísticas ritualizadas muy simples y, en apariencia, bien definidas, aunque cada vez más algunos estudios demuestran que la situación reviste mayor complejidad (Jucker 2017, p. 39). Por ello, se distingue entre disculpas explícitas de otras que son ambiguas y que entran más de lleno en el terreno de las excusas, justificaciones, anécdotas, etc., algunas de las cuales se han mostrado en párrafos anteriores. Estas unidades se engloban en la categoría de los actos de habla y tienen un papel importante en la vida humana. Pero a veces, incluso, esa apariencia de disculpa es sólo un mecanismo de cortesía social empleado con asiduidad en algunas lenguas, como ocurre con la elevada frecuencia de sorry en inglés (Harris et al., 2006, p. 722). Esta especie de justificación de actos por medio de perdón o sorry se encuentra en actividades propias de las interacciones verbales espontáneas actuales, más naturales y, en cierto modo, asiduas en el discurso interpersonal privado, con variadas implicaciones discursivas y rutinarias (Blum-Kulka & Olshtain 1984, p. 206; Deutschmann 2003, p. 46; Molina 2011, p. 203).
Para algunos teóricos de las disculpas, es necesaria la exigencia de contar con un acto realizativo mediante palabras y evidenciar cuál es su auténtico grado de sinceridad (Bolívar 2011, p. 48), y cuándo estamos, por ejemplo, ante meros gestos políticos (gestural politics), tal y como expone MacLachlan (2010, p. 374). Las disculpas se analizan según el contexto en el que se producen y en función de ello aparecerán diferentes lexemas vinculados con su gravedad y seriedad. Por ello, algunas expresiones de perdón se presentan como actos simbólicos sinceros de arrepentimiento (Jucker 2018), pero otras pueden interpretarse más como acciones que comportan cierta ironía, en función de la complejidad que supone su análisis. El canon de la disculpa incluye todas o algunas de las cinco estrategias ya señaladas por Blum-Kulka et al. (1989, p. 289): 1) presencia de un elemento ilocutivo (IFID); 2) asunción de la responsabilidad; 3) explicación de lo sucedido; 4) ofrecimiento de reparar el daño; 5) promesa de no reincidencia.
Pero en ocasiones no se trata de proferir una auténtica disculpa (puesto que no hay causa para tal), sino de justificar determinadas actitudes y comportamientos (41 y 42):
(41) Frula: ¡Oh, cómo es reñegado, cuerpo non de Dios conmigo! Pues perdonadme, señor, vuestro padre pensé que era (Lope de Rueda, Comedia llamada de “Los engañados”, 1545- 1565).
(42) Por lo demás, os pido perdón por haberme atrevido a hacer esta ligera disertación sobre algunas cualidades notables que he creído adivinar en vos (Rosalía de Castro, Flavio, 1861).
Para mis propósitos en este estudio, coincido con la opinión de Williams (2018, p. 121) al entender las disculpas como actos de habla propios de la pragmática lingüística (Jacobs & Jucker 1995), en los cuales se reconoce un error cometido por un hablante (acto ilocutivo) que quiere reconciliarse con su interlocutor15. Las razones de esa reconciliación pueden ser muy variadas en lo personal, pero también en su alcance social. Hay disculpas de cierta trascendencia pública, como cuando el rey muestra el perdón ante sus súbditos (43), o un inferior ante un superior (44 y 45)16:
(43) …e hincaron las rodillas delante del rey. E entonces el rey dixo: -Yo vos perdono todo mi mal talante como aquel que yo amo e tengo por bueno e por leal… E todos los cavalleros le fizieron gran honra e fueron mucho alegres por la paz que era fecha (Tristán de Leonís, 1501)17.
(44) Gargullo: Señor, sí, perdóneme, que cuando estuvimos en aquel peligro de los correonazos hize promesa que, si Dios me escapaba d’ellos, de me casar con una moça pobre… Acario: Anda, que yo te perdono (Lope de Rueda, Comedia llamada “Medora”, 1545).
(45) Capitán: Dejalde, dejalde Velasco, que yo le perdono con condición que no ha de hurtar más, ¿prometéislo así, gallego? Gallego: ¡Sí señor, sí señor!
Capitán: Pues desde hoy sois libre, y aunque no lo merecéis, tomad ese real de a cuatro con que tenéis para hacer un mayorazgo en Galicia (Francisco Narváez de Velilla, Diálogo intitulado “El capón”, 1597).
“Para estudiar los actos de habla de prometer o pedir disculpas”, hace notar Searle (1990, p. 30), “necesitamos solamente estudiar oraciones cuya emisión correcta y literal constituya hacer una promesa o presentar una disculpa”. Los actos que indican la realización de la disculpa aparecen desde los orígenes del idioma y se muestran con mayor fuerza ilocutiva cuando están en primera persona con el verbo perdonar (también pedir + perdón), en la mayoría de los casos, y con una acción perlocutiva por medio de clíticos como te, os y del pronombre vos. Se constata, a partir del siglo XIII en adelante, que abundan los actos realizativos en una variada situación contextual (46-48):
(46) E un cavallero de los del señor de la hueste dixo luego así:
-Señora, ¿vos perdonáis al señor de la hueste de quanto mal y de quanto daño y de quanto enojo y pesar vos fizo fasta el día de oy & perdéis querella dél delante de todos estos cavalleros que aquí están presentes?
-Sí, perdono -dixo ella- y pierdo toda querella dél, si él me guardare todas las cosas que vosotros aquí me dexistes (Libro del cavallero Cifar, 1300-1305).
(47) Mabilia le dixo: -Señora, yo vos perdono por pleito que me fagades que, ahunque dél saña tengáis, que gela no mostréis sin que yo primero en ello entervenga por cuanto no acaezca otro tal yerro como el passado. Con esto quedaron bien avenidas, como aquellas entre quien ningún desamor haver podía (Garci Rodríguez de Montalvo, Amadís de Gaula, libros I y II, 1482-1492).
(48) Acario: Déxala estar, Gargullo, que más que todo esso se le ha de perdonar con que nos saque d’este laberinto. Gitana: Y vos, señora, ¿perdonáisme?
Barbarina: Yo, ni más ni menos.
Gitana: Pues ya que estoy perdonada de ambas partes, dezime: ¿habéis tenido más hijos que aquesta moça? (Lope de Rueda, Comedia llamada “Medora”, 1545).
Consideraciones finales
La evolución del acto de disculparse en español presenta varias características que conviene considerar. Parece que en los primeros tiempos, la forma preferida era la del perdón o la de mostrar arrepentimiento o culpa. La influencia que el cristianismo tuvo desde los orígenes en la conformación social -que ha marcado los cánones prototípicos de la disculpa por medio de la asunción de la culpa mediante la confesión y el propósito de enmienda ante Dios y ante los hombres- así lo indica. Para Kohnen (2017, pp. 316-317), los mandamientos cristianos de perdonar al prójimo recogidos en Lucas 6:37 y Marcos 11:25 influyeron, junto con el ideal de humilitas (Dihle 1952, p. 189), en la propagación de las disculpas en la sociedad anglosajona18. De forma acertada, Jucker (2019, p. 11) observa cómo el acto cristiano de penitencia y arrepentimiento supone la antesala de la disculpa moderna en inglés, o al menos una primera etapa en ese continuum semántico advertido en los usos y formas de la lengua inglesa. Estamos en estos primeros casos ante actos de habla que tienen un peso considerable y van dirigidos a Dios, al que hay que rendirle cuentas19. Pero esta circunstancia tiene todavía más enjundia si se parte de la idea cristiana de que debemos responder de nuestros actos no sólo en la tierra, sino también cuando nos enfrentemos a la muerte, cuyo destino está en manos de Dios Todopoderoso. Esto implica hechos de conciencia y remordimiento por la liberación de los pecados. En el caso español, las numerosas referencias de las primeras épocas como vos perdono (Cid, ca. 1140), culpa mía (Berceo, Silos, ca. 1236), perdóname (Apolonio, ca. 1240) o la mi culpa (Alexandre, 1240-1250) son muestra palpable de este contexto teológico de la contrición, perfectamente apreciable no sólo en libros clericales, sino también en ordenamientos legales, tratados jurídicos, relatos, ensayos o épica.
En el marco de los primeros textos castellanos, hay que advertir el efecto de la temprana cristianización de la Península Ibérica, lo que sin duda -y a falta de una investigación futura que estudie el tema de las disculpas y el perdón en los primeros textos latino-romances para ver sobre qué principios se asientan- determinó que desde pronto el hecho de disculparse, pedir perdón y arrepentirse fueran (según indican los datos) más frecuentes y regulares en todos los estamentos que lo que los estudios referenciados para el inglés señalan, cuya cristianización, además, fue más tardía en comparación con España. Por todo ello, es de suma importancia el desarrollo de la literatura castellana bajomedieval, muy centrada, tal y como vemos en nuestras citas del CORDE, en textos sobre predicación, de carácter doctrinal; todo ello, además, impulsado por el papado y las órdenes mendicantes después de la celebración del Concilio de Letrán del año 1215 (Bizarri y Sainz de la Maza 1993, p. 35). Muchas de estas obras se encuadran en los summae poenitentiae, libros dirigidos a la formación de los frailes y, en general, de los confesores; opúsculos que se renovaban con el transcurrir de los años según las propuestas teologales que la Iglesia iba experimentando, que tenían especial incidencia por medio de la predicación y la confesión. Pero no sólo en estos libros doctrinales aparecen señales de perdón o remordimiento. También lo comprobamos en los de carácter didáctico, cronístico, en relatos caballerescos y fantásticos, históricos, biografías, en el inicio de la novela sentimental, diálogo prosístico, etc. En este contexto, manifestar arrepentimiento no era un hábito extraño ni a la costumbre clerical ni, por extensión, a la sociedad civil, marcadamente influida por la primera y reflejada en sus escritos.
Los documentos españoles recogen muestras de perdón en una variada gama de expresiones de arrepentimiento y culpa desde muy temprano en contextos no religiosos, si bien es cierto que la influencia teologal no desaparece del todo y seguirá evidenciándose a lo largo de los siglos posteriores hasta casi el XIX. Para los primeros tiempos, puede hablarse también del establecimiento de una serie de protodisculpas, en muchas ocasiones ritualizadas por el canon eclesiástico que se traslada, poco a poco, a la cortesía social practicada durante toda la alta y baja Edad Media (García Vera 2000). Jucker (2019, p. 2) dice, en este sentido, que lo que representaba un acto sincero, aunque incómodo, de admitir una culpa en un ámbito religioso se ha debilitado con el transcurrir del tiempo y ha devenido en una expresión de actos simbólicos con menor carga ilocutiva. Es indudable que el tipo de disculpas antiguo todavía se encuentra vigente, pero también que en la actualidad el número de disculpas fugaces aumenta. Igualmente, resulta complejo delimitar cuándo una palabra va perdiendo parte de su sentido/ significado semántico y cada vez necesita más del contexto específico para su interpretación, con lo que estaríamos, en palabras de Jucker (pp. 5-6), ante un proceso de pragmaticalización o de atenuación de lo divino a lo profano.
Los actos de habla del perdón mantienen la misma apariencia al menos durante toda la Edad Media y Siglos de Oro; es decir, ofrecen esa doble funcionalidad que se percibe como muestra de arrepentimiento moral, por un lado, y como empleos propios de la interacción comunicativa, por otro. A partir del s. xviii se inicia un distanciamiento de la vinculación del perdón a lo religioso y se acerca, cada vez más, a la disculpa moderna. Desde los orígenes, en numerosas ocasiones, Dios es a quien se ha ofendido, puesto que es el creador omnipotente del universo, según los cristianos. Y por ello aparecen otras expresiones en las que, aun sin presentar una clara disculpa, están próximas a contextos en los que se infieren cierto grado de arrepentimiento y el deseo de proteger la imagen personal en los actos interactivos.
Las disculpas españolas reflejan también desde sus orígenes los delitos cometidos contra el prójimo, cercano o alejado en el estamento social. Nos encontramos, en todas sus posibilidades, ante una práctica habitual y común que no está reservada a un sector de la población. Hay disculpas dirigidas al rey, al señor feudal o al noble, pero también a la dama, o al compañero de las batallas épicas, a la Iglesia y otras instituciones. Pero de igual forma, hay peticiones de perdón que hace el rey o el héroe a sus inferiores.
Si bien, como se ha señalado, la disculpa está ligada inicialmente al hecho religioso, cierto es también que paralelamente disculparse aparece en numerosas transgresiones que poco o nada tienen que ver con la espiritualidad. En muchos casos se profieren porque vienen exigidas por la moralidad de cada momento y se convierten en estrategias sociales de la interacción regidas por el código del honor durante la Edad Media, pero, sobre todo, en los Siglos de Oro, tal y como muestra la producción literaria renacentista y barroca española20. Estos mecanismos sociales estaban amparados por una sociedad inmóvil que reconocía la posición de supremacía de los grupos más privilegiados del escalafón social, que ejercían su mando y defensa, además de la aceptación de un cristianismo común que tenía de forma omnipresente todo lo eclesiástico
en razón de su función específica, en la que lo religioso dotaba de contenido y justificación ideológica a todo el sistema, pero también producía otro efecto secundario, porque en aquella situación era imposible la plena entrada de los grupos no cristianos -judíos, musulmanes- en el cuerpo social común (Ladero Quesada 2004, pp. 509-510).
Por ello, como bien apuntó Jucker (2019, p. 12), el traspaso de los hábitos devocionales a los laicos constituye un proceso de secularización de la disculpa que dará lugar, con el transcurrir del tiempo, a sus valores modernos, tanto para el inglés como para el español, aunque en tiempos y contextos distintos. En épocas más recientes, perdón, me arrepiento, mi culpa, lo lamento y lo siento son formas que van desacralizándose poco a poco, acaparando espacios sociales nuevos. En esta nueva etapa ya no es necesario rendir cuentas ante Dios o ante la Iglesia. La disculpa se hace con el sentido más moderno, de manera que aparece para recomponer, en muchas ocasiones, la armonía social entre los individuos.
Conclusiones
Las unidades léxicas analizadas en este trabajo presentan una destacada variación que va transformándose a lo largo de los siglos desde los orígenes del idioma. Muchas formas han caído en desuso y otras han pasado a configurar nuevas estrategias sociopragmáticas en las maneras de mostrar perdón o disculpas. Desde el punto de vista diacrónico, se constata en los documentos más antiguos la presencia de términos relacionados con el cristianismo, si bien -de forma paralela- hallamos contextos en los que se registra cierto desapego de la influencia eclesiástica y pasan a ocupar otros terrenos. Se enriquece, de esta forma, el idioma y, por ende, las necesidades expresivas de los interlocutores.
Desde épocas muy tempranas se registran formas secularizadas como perdón, me arrepentimiento, (la) mi culpa, que están en contextos no religiosos. Los actos realizativos en primera persona del singular o en plural se datan desde muy antiguo en documentos no sólo eclesiásticos (yo te/ vos/ os perdono), donde el arrepentimiento es una obligación moral de todo buen cristiano. Paralelo al canon religioso, pronto se advierten los registros de muchas formas que sirven para enmendar situaciones embarazosas para quienes intervienen en dichos actos. Esto se comprueba, también, en los estilos indirectos o referenciales en los que se explicitan actitudes de culpabilidad, arrepentimiento, presentación de excusas o lamento de algunas ofensas (pidió perdón, se arrepintió…). A medida que evolucionan las costumbres sociales, mengua también el apego a la influencia clerical, y es posible observar que nos acercamos cada vez más a las disculpas en el sentido más moderno: así se constata en textos y autores, ante todo del s. XVIII en adelante; y marcadamente profano, ya en numerosos ejemplos de la centuria decimonónica.
De todas las formas analizadas en este trabajo, perdonar (‘otorgar perdón’, ‘pedir perdón’) es el recurso más empleado en todos los tiempos; se muestra como un verbo muy activo en este campo, tanto en la combinación verbo + sustantivo (pedir perdón) como en las formas sustantivas (el perdón, la perdonança, el perdonamiento). Es el que, también, está más unido a la confesión y posterior penitencia, como ha quedado expuesto supra. La siguiente área léxica tiene que ver con culpa (culpación, culpante, culposo, desculpar, desculpa…), la cual posee claras resonancias confesionales desde sus orígenes.
Los contextos señalados para la clasificación de los actos con expresión del perdón son muy productivos, particularmente los relacionados con el arrepentimiento cristiano, las acciones de reparación de la ofensa en la búsqueda del establecimiento de la armonía social y los que apuntan hacia la recriminación del falso arrepentimiento.
Las llamadas disculpas en la pragmática histórica del español es otro asunto que he tratado en estas páginas y que merecería una investigación más a fondo. Su importancia es mucha, habida cuenta de que presuponen actos de habla en los que la colaboración entre los interlocutores debiera ser efectiva. En este sentido, convendría investigar también la fraseología de las disculpas y las fórmulas rutinarias, y de qué manera se están produciendo actos de atenuación de una posible ofensa por medio de estas estrategias en la interacción comunicativa plasmada en los textos a lo largo del tiempo. De igual forma, se podría ampliar la nómina de textos y la secuenciación temporal para poder comprobar si en la etapa de los orígenes del idioma las coordenadas que se han trazado para el caso de la lengua inglesa, por ejemplo, se dan en la española con la misma dimensión. Se trataría de contrastar si en textos anteriores al siglo XII (inicio de los datos recogidos en este trabajo) es posible rastrear las huellas de la disculpa y con qué intencionalidad aparecen. Queda, pues, tarea pendiente, si la documentación permite destacarlo y exponerlo oportunamente.