Introducción
La Real Academia Española describe en su página web la importancia de las gramáticas al servicio del conocimiento lingüístico del siguiente modo: “El estudio de la gramática y la preparación de normas gramaticales han sido, desde los primeros estatutos académicos, un complemento imprescindible a la elaboración de diccionarios: en el diccionario se definen las palabras; en la gramática se explica la forma en que los elementos de la lengua se enlazan para formar textos y se analizan los significados de estas combinaciones” (RAE, en línea).1 Las gramáticas recogen, pues, una descripción sobre las propiedades de la lengua en sus distintos niveles: morfología, sintaxis, semántica, fonética y, en algunos casos -de manera cada vez más habitual-, pragmática y sociolingüística.
El objetivo de esta investigación es analizar la representación de las formas de tratamiento de naturaleza pronominal de segunda persona en la tradición académica de la lengua española; para ello, acometemos una revisión de los tratamientos en las distintas gramáticas de referencia de los siglos XX y XXI. La selección específica de gramáticas académicas y no de otro tipo radica en el prestigio de la Real Academia Española como institución planificadora del lenguaje, y en la relevancia de estos materiales por su relación con la adecuación y la corrección lingüísticas, además de su carácter reglamentario. En otras palabras, se trata de instrumentos a los que, tanto lingüistas y profesionales de la lengua (profesores, creadores de materiales didácticos, periodistas, etc.) como hablantes y aprendices del idioma, acuden para conocer los usos correctos de, en principio, cualquier aspecto del español. Por esta razón, la aproximación a las formas de tratamiento en este tipo de materiales normativos nos permite considerar la importancia que le conceden a este asunto desde la principal entidad académica panhispánica.
Para este estudio se han examinado las formas de tratamiento en la Gramática de la lengua española (1931), el Esbozo de una nueva gramática de la lengua española (1973), la Gramática de la lengua española (1994) de Alarcos Llorach, la Gramática descriptiva de la lengua española (1999), dirigida por Ignacio Bosque y Violeta Demonte, y la Nueva gramática de la lengua española (en adelante NGLE) (2009), cuya autoría también está integrada por la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE). Aunque, a diferencia de las restantes, las gramáticas de Alarcos (1994) y Bosque y Demonte (1999) no tienen carácter prescriptivo ni están suscritas por la RAE, su publicación ha sido auspiciada por esta institución (pertenecen a la “Colección Nebrija y Bello”) y son gramáticas especializadas en la lengua española con carácter técnico.2 Por otro lado, se ha prescindido de la inclusión del Manual (2010) y de la Nueva gramática básica (2011) por tratarse de versiones más reducidas de la NGLE (RAE y ASALE, 2009) y con una finalidad divulgativa, no especializada, frente a todas las demás.
La investigación comienza en el apartado 1. con una definición y presentación de las formas de tratamiento, en la que se muestran las disciplinas que han conformado su estudio desde los primeros trabajos empíricos (1.1), y una descripción centrada en la lengua española, con datos sobre los sistemas de tratamiento que existen en las distintas variedades del idioma y las dificultades de ofrecer una descripción de usos fiable en un contexto geográfica y socialmente tan complejo (1.2). A continuación, en 2., procedemos al análisis, que hemos dividido en la descripción que hacen las gramáticas seleccionadas del par usted/ustedes como forma de distanciamiento cortés que se opone al tuteo o al voseo (2.1), en la presentación de la variación formal que experimentan los pronombres de tratamiento en el conjunto hispanófono (2.2) y en los criterios de uso considerados por estas gramáticas en la elección de los pronombres de tratamiento en las distintas variedades del español (2.3). Por último, se presentan las principales conclusiones del estudio a modo de síntesis recapitulativa.
1. Las formas de tratamiento
1.1 Descripción y caracterización
Kerbrat-Orecchioni define las formas de tratamiento de la siguiente manera:
Par termes d’adresse, on entend l’ensemble des expressions dont dispose le locuteur pour désigner son (ou ses) allocutaire(s). Ces expressions ont généralement, en plus de leur valeur déictique (exprimer la “deuxième personne”, c’est-à-dire référer au destinataire du message), une valeur relationnelle : lorsque plusieurs formes sont déictiquement équivalentes -comme tu et vous employés pour désigner un allocutaire unique-, elles servent en outre à établir un type particulier de lien social (1990, p. 15).
En la bibliografía especializada se suele emplear el término formas de tratamiento con referencia exclusiva a las variantes pronominales,3 si bien esta denominación comprende todas aquellas formas utilizadas para aludir a un interlocutor concreto con el que se mantiene una comunicación (Fasold, 1990, p. 1; Almeida y Rodríguez Mendoza, 1992, p. 168). A tenor de las posibles variaciones en su expresión, las formas de tratamiento dan cuenta del tipo de relación existente entre dos o más sujetos y contienen un valor asociado a la deixis, pues permiten identificar formalmente al receptor dentro y fuera del discurso, estableciendo, así, conexiones intra y extratextuales.
Alba de Diego y Sánchez Lobato (1980, pp. 102-103) introducen la siguiente clasificación de las formas de tratamiento que se utilizan en aquellos casos en los que se desconoce el nombre del receptor: títulos genéricos (señor, señora), términos de parentesco (padre, tío), términos de diversa relación (amigo, compañero), términos metafóricos (mi vida, mi cielo), pronombres personales de segunda persona (tú, vos, usted) e interjecciones apelativas (¡eh!, mira, oye). En definitiva, se trata de “words or linguistic expressions that speakers use to appeal directly to their addressees” (Jucker y Taavitsainen, 2002, p. 1) y su finalidad lingüística en el habla es “to attract their attention4 or for referring to them in the course of a conversation” (Keshavarz, 2001, p. 102).
Centrándonos en las formas de tratamiento de naturaleza pronominal, cabe señalar que han sido estudiadas desde áreas y perspectivas diversas, tanto en su enfoque teórico como metodológico (Sampedro Mella, en prensa). Las disciplinas que han encabezado las investigaciones empíricas sobre los tratamientos han sido la pragmática y la sociolingüística a partir de los años sesenta y setenta del pasado siglo, con el desarrollo de las disciplinas de la llamada lingüística de la comunicación. Este movimiento coincide, además, con la publicación en 1960 del artículo “The pronouns of power and solidarity” de Roger Brown y Albert Gilman, que despertó el interés por el estudio de los pronombres de tratamiento en diferentes lenguas, entre ellas el español. Esta investigación seminal sobre las formas de tratamiento en varios idiomas (italiano, francés, alemán, etc.) interpreta las relaciones sociales desde una perspectiva interactiva, a través de los ejes del poder y la solidaridad: mientras el poder es “a relationship between at least two persons, and it is nonreciprocal in the sense that both cannot have power in the same area of behavior” (Brown y Gilman, 1960, p. 258), la solidaridad se vincula con la proximidad entre los interactuantes, basada en sus características comunes, así como en el grado de conocimiento mutuo, la cercanía, la relación afectiva, etc.: “Solidarity is the name we give to the general relationship and solidarity is symmetrical” (Brown y Gilman, 1960, p. 258). Las diferencias de poder surgen a partir de ciertas desigualdades de carácter físico y social, y encuentran su correspondencia con la expresión del tratamiento, puesto que una relación asentada en términos horizontales o de solidaridad hallará su expresión formal a través del tuteo recíproco, mientras que en una relación vertical o de asimetría, “the power semantic is similarity nonreciprocal; the superior says T and receives V” (Brown y Gilman, 1960, p. 255).
El estudio empírico de las formas de tratamiento nos ofrece información precisa sobre el perfil y la relación social que existe entre los participantes junto con datos adicionales, como su geolecto, la edad, el nivel sociocultural, etc.: “forms of address are words and phrases used for addressing. They refer to the collocutor(s) and thus contain a strong element of deixis. Often they designate the collocutor(s), but not necessarily so, since their lexical meaning can differ from or even contradict the addressee’s characteristics” (Braun, 1988, pp. 7-8). En el caso de la lengua española, nos enfrentamos con varias dificultades para poder obtener información completa sobre la distribución de los pronombres de tratamiento en las distintas variedades diatópicas. Así, estas formas están ligadas al uso lingüístico que, a diferencia de la norma, se caracteriza por su variabilidad y su tendencia al cambio; en consecuencia, no disponemos de un conjunto de reglas gramaticales o de pautas de empleo regulares, a lo que se suman las variaciones que estos pronombres registran en el nivel formal en el conjunto de la hispanofonía. Todo esto conlleva una gran complejidad a la hora de incorporar información lingüística fiable y proporcionar una descripción acorde a los usos de estas formas en los medios prescriptivos del lenguaje, como por ejemplo en las gramáticas. En el siguiente apartado procedemos a la revisión de estas cuestiones.
1.2 Las formas de tratamiento en la lengua española
Para describir el funcionamiento de las formas de tratamiento en la realidad panhispánica, hay que tener en cuenta la dispersión que presenta la lengua española en un territorio tan amplio y sociolingüísticamente complejo. En efecto, Moreno Fernández (2000, 2010) postula la existencia de ocho normas implícitas de referencia en el conjunto de la hispanofonía, tres de ellas en España y cinco en Hispanoamérica: por un lado, el español castellano, el español andaluz y el español canario; por otro, el español caribeño, el español mexicano y centroamericano, el español andino, el español del Río de la Plata y el Chaco, y el español chileno.
La existencia de más de una norma obedece a que se está produciendo una reafirmación en la identidad de algunas comunidades de habla con variantes lingüísticas distintas de la tradicional castellana, a través de su autopercepción y autointerpretación, lo que implica la reivindicación de las propias variedades en un contexto propicio al pluricentrismo lingüístico; en palabras de Demonte (2003, p. 10): “en un tiempo ciertamente muy corto en el mundo hispano parece haberse girado de una concepción del castellano peninsular como dialecto primario del español […] a una concepción más suelta y comprehensiva”. Como señalan numerosos autores (Thompson, 1992; Amorós Negre, 2013; Moreno Fernández, 2000, 2001, 2010), se trata de variantes de la norma consideradas prestigiosas en sus propios territorios y que compiten con la tradicional castellana. Este fenómeno ha dado lugar al desarrollo de algunos estándares regionales específicos que funcionan como paradigmas de referencia y de corrección y, en definitiva, como prototipos lingüísticos que conviven con el tradicionalmente prescrito (Amorós Negre, 2013, p. 304). “Las comunidades de habla de uno de los centros de una lengua pluricéntrica son conscientes de tener una lengua común como el español, pero reconocen, por un lado, una serie de formas lingüísticas características y diferenciadoras del grupo, tienen una apreciación positiva de esas formas y no las ven inferiores a otras variantes ni a la variante normativa” (Bierbach, 2000, p. 149, apudMorgenthaler García, 2008, p. 184).
A la dispersión geográfica y la diversidad sociolingüística que presenta la lengua española, hay que añadir la evolución histórica que han experimentado las formas de tratamiento en el español desde sus orígenes latinos. Así, desde una perspectiva diacrónica, se puede observar cómo las modificaciones en el uso han llegado a alterar la norma en los distintos estadios del español hasta constituir varios sistemas (Sampedro Mella, 2016). Por todo ello, no estamos ante un sistema gramatical común para la expresión del tratamiento,5 sino que el español consta actualmente de cuatro sistemas gramaticalmente diferenciados (Fernández, 2003, pp. 7 y ss.):6
Sistema I: el del español castellano con un paradigma de cuatro formas (tú, usted, vosotros, ustedes).
Sistema II: el de la parte occidental de Andalucía, Canarias, Santo Domingo, Puerto Rico, Cuba, México y centro-norte de Perú, con tres formas (tú, usted, ustedes).
Sistema III: el de la América voseante (Argentina y Paraguay), con tres formas (vos, usted, ustedes).
Sistema IV: el del “voseo mixto” (parte de Venezuela, Colombia, Uruguay, Chile, etc.) con tres formas (tú/vos, usted, ustedes).
Bertolotti (2015), incluso, considera otros dos grupos pronominales en América,7 con lo cual la lengua española constaría de seis sistemas gramaticales distintos. A toda esta variación en el nivel gramatical se suman también las potenciales diferencias relacionadas con el uso de estas formas en su contexto natural: los factores sociolingüísticos y pragmáticos que se tienen en cuenta para la elección del tratamiento varían entre una diatopía y otra, e incluso dentro de una misma. Esto limita las posibilidades de llevar a cabo estudios extensivos sobre estas formas en el conjunto hispanófono y de generalizar los postulados teóricos, en el caso de las gramáticas, para la descripción de los usos de cada pronombre.
Las primeras investigaciones sobre las formas de tratamiento en la lengua española arrancan tímidamente en Hispanoamérica en los años cuarenta y cincuenta del pasado siglo (Sologuren, 1954; Silva Fuenzalida, 1955), con especial atención al fenómeno del voseo en distintos países (Weber de Kurlat, 1941; Chart, 1943; Robe, 1950; Flórez, 1953). Tras la publicación de Brown y Gilman (1960) comienza a generalizarse, también en el ámbito americano, el estudio de los tratamientos en distintos países: Chile (Eguiluz, 1962), México (Foster, 1963; Miquel y Verges, 1963), Colombia (Osorio Ariza, 1967), Argentina (Fontanella de Weinberg, 1968, 1970) y Cuba (Alzola, 1969). Ahora bien, en lo que respecta al español europeo, no será hasta finales de los años setenta y principios de los ochenta -con la excepción de Fox (1969)- cuando empiecen a publicarse los primeros trabajos sobre el tratamiento en el español peninsular (Solé, 1978; Arcelus Ulibarreña, 1978) o en algunas ciudades concretas, como Madrid (Fox, 1969; Alba de Diego y Sánchez Lobato, 1980), Salamanca (Borrego Nieto, Gómez Asencio y Pérez Bowie, 1978) o Bilbao (Aguado Candanedo, 1981). Asimismo, cabe mencionar el fenómeno del voseo, que había sido desprestigiado hasta el momento en los estudios lingüísticos y que comienza entonces a llamar la atención de numerosos gramáticos y dialectólogos (Molho, 1968). Así, destacan las investigaciones sobre el voseo de Rona (1967) y Molho (1968), con una perspectiva general de análisis; Villegas (1963) y Vargas Dengo (1974) sobre el estudio del voseo en el español de Costa Rica, y Herrero Mayor (1965), Gregorio de Mac (1967), Fontanella de Weinberg (1968, 1970) y Wainerman (1976) en Argentina.
En las décadas siguientes se ha continuado investigando sobre las formas de tratamiento del español en sus distintas variedades y en la actualidad contamos con un ingente panorama bibliográfico. En efecto, en el año 2006, Mauro Fernández publicó un listado con los estudios sobre estas formas en la hispanofonía compuesto por 765 entradas (Fernández, 2006); once años después actualizó dicho recuento con más del doble (Fernández y Gerhalter, 2017). Sin embargo, el número de publicaciones basadas en investigaciones empíricas es más reducido, lo que acarrea una falta de datos precisos para conocer el funcionamiento real y efectivo de estas formas en las distintas variedades del español (Sampedro Mella, 2016, en prensa) y dificulta obtener información de uso fiable.
2. Las formas de tratamiento en las gramáticas académicas de los siglos XX y XXI
Para examinar la descripción de las formas de tratamiento en la tradición académica del español y comprobar si la importancia que han adquirido en la bibliografía especializada a partir de los años sesenta y setenta del pasado siglo ha repercutido también en las gramáticas de referencia, iniciamos nuestro recorrido con la 34ª edición de la Gramática (RAE, 1931), publicada originalmente en 1771, y lo finalizamos con la NGLE (RAE y ASALE, 2009). Como variables de observación nos centramos en el papel que se le atribuye al pronombre usted, y a su plural ustedes, como forma de distanciamiento frente al tuteo o al voseo (2.1); además, nos interesa comprobar el reconocimiento de la variación formal de los pronombres de tratamiento en la hispanofonía (2.2) y los criterios de uso considerados por estas obras en la elección de los pronombres de tratamiento en las distintas variedades del español (2.3).
2.1 Usted/ustedes como pronombre y forma de tratamiento
A pesar de que el par usted/ustedes representa la forma utilizada para expresar el tratamiento de formalidad en el conjunto lingüístico panhispánico, cabe señalar su total ausencia en la primera Gramática (RAE, 1931). Así, en el “Artículo II. De los pronombres personales”, las formas pronominales tónicas presentes son solamente tú, vosotros y vosotras para la expresión de la segunda persona, y él, ella, ello, ellos y ellas8 para la tercera. No aparecen, por tanto, ni el pronombre usted ni su plural ustedes, así como la forma vos; en cambio, sí se incluyen algunos títulos nominales como Vuestra Majestad o Vuestra Alteza para dirigirse al rey, o Vuestra Beatitud (RAE, 1931, p. 35). La única referencia hallada a la forma usted en esta obra se encuentra en la sección dedicada a la ortografía, para advertir de que se escribe con inicial minúscula, salvo sus abreviaturas U o V(RAE, 1931, p. 469).
Dos siglos después de la primera edición de la Gramática, y cuarenta y dos años después de su 34ª edición, se publica el Esbozo (RAE, 1973), coincidiendo con el periodo en el que se popularizan las investigaciones sobre el uso de los tratamientos del español en algunos países americanos. En esta gramática sorprende el hecho de que la forma usted también se excluya de la nómina de los pronombres personales, si bien en esta ocasión se presenta en una sección específica titulada “Del tratamiento” (RAE, 1973, pp. 336-346). Tras una revisión diacrónica y la descripción del funcionamiento gramatical de las fórmulas que se pueden construir con el pronombre vuestra (vuestra alteza, beatitud, eminencia, excelencia, gracia, entre otras), el Esbozo muestra cómo vuestra merced o vuessa merced triunfó en la historia de la lengua hasta convertirse en la forma de tratamiento respetuosa del español peninsular y en la única marca del plural en América, Canarias y Andalucía occidental (RAE, 1973, pp. 342-343). Sin embargo, a pesar de que señala en este apartado que “debe ser considerado como un pronombre” (RAE, 1973, p. 343), a causa de su fosilización gramatical desde una fórmula, no aparece, como hemos dicho, entre las formas pronominales de segunda persona.
En la Gramática de Alarcos, veintiún años posterior a esta, tampoco se presentan las formas usted/ustedes con los restantes pronombres personales. Aunque el propio autor reconoce que “son sustantivos personales como tú y vosotros” no los incluye con los pronombres (cf. Alarcos, 1994, p. 70), sino que los denomina “sustitutos de los personales de segunda persona”, de los que se aclara lo siguiente:
La cortesía y el respeto social hacia el interlocutor han impuesto en el uso de la lengua unidades que sustituyen a los personales de segunda persona […]. Una de estas fórmulas, vuestra merced, desgastada por la frecuencia de empleo, ha dado lugar a las unidades usted de singular y ustedes de plural. Son sustantivos personales como tú y vosotros. No distinguen género y sus funciones en el enunciado son las mismas. Aunque la referencia real que efectúan señala evidentemente una segunda persona (el interlocutor), su comportamiento gramatical se identifica con la tercera persona (1994, p. 76).
Sorprende que sea necesario esperar casi hasta el siglo XX para encontrar el pronombre usted con las demás unidades del paradigma pronominal de segunda persona en una gramática académica. Será, por tanto, en la Gramática descriptiva donde esta forma aparezca incluida en la nómina de elementos pronominales del español (cf. Fernández Soriano, 1999, p. 1219; Fontanella de Weinberg, 1999, p. 1414), al igual que en la NGLE y en otras gramáticas posteriores (cf. RAE y ASALE, 2010, 2011).
2.2 Los pronombres de tratamiento en el español europeo y americano
Dado que la primera Gramática(RAE, 1931) no contempla la existencia de más formas pronominales que tú y vosotros/as para la expresión de la segunda persona, no contiene ninguna mención acerca de las diferencias entre la norma castellana y otras variedades del español; tampoco se alude a la existencia del pronombre vos o a las alteraciones que conlleva esta forma en el paradigma de la conjugación verbal. En cambio, en el Esbozo(RAE, 1973) se dedica un amplio espacio a la revisión de diversas cuestiones referentes a los pronombres de tratamiento en la hispanofonía: aspectos formales como los morfemas de persona, los paradigmas verbales, los cambios personales, el plural inclusivo o mayestático, etc.; la evolución del vos latino y las variaciones que han resultado en distintas lenguas románicas (francés, italiano, portugués, etc.), entre otras cuestiones.
Además, se indica que el sistema de tratamiento con el plural vosotros se ha visto alterado “en reducidas zonas” de España, tales como la parte occidental de Andalucía y las islas Canarias, y en “toda el área americana de habla española” (RAE, 1973, p. 339). Se incluye, asimismo, un cuadro sinóptico con las formas pronominales de tratamiento del español castellano y otro con las formas de voseo, y se explica la anomalía del pronombre vos, que “en gran parte de América formó con el tú tradicional un solo paradigma para un solo destinatario, paradigma al que se le agregaron las formas de tratamiento de tercera persona para varios destinatarios” (RAE, 1973, p. 344). En esta línea, el Esbozo recoge las variaciones en la conjugación verbal entre el voseo rioplatense y el de América Central:
Otras modalidades conservan las formas diptongadas del plural español (sabéis), o tienen plurales no diptongados pero con vocalismo diferente del rioplatense (sabís), o emplean el singular en todos los tiempos (sabes). Pero muchas de ellas conviven, en mayor o menor grado, con las formas españolas de tratamiento, bien por influencia literaria, bien por la acción de los gramáticos americanos. El contacto con España, en los territorios en donde funcionaron las cortes virreinales más antiguas, como Méjico y Perú, ha mantenido vigentes hasta hoy, con mayor o menor grado y extensión, los usos españoles, y de una manera total en Cuba, Santo Domingo y Puerto Rico (RAE, 1973, pp. 345-346).
La inclusión de referencias a otros sistemas pronominales de tratamiento distintos al castellano, aunque en esta obra no reciban tal consideración, refleja la variedad de formas y de usos allende el español europeo, como resultado de los avances bibliográficos sobre los tratamientos y el voseo. Con todo, aún persiste la preeminencia del modelo castellano, pues se insiste en la influencia de la norma de España y de la tradición literaria en el mantenimiento de los “usos españoles” por parte de los países americanos. Tampoco se plantean posibles variaciones en el empleo de las formas de tratamiento entre los distintos territorios, al igual que ocurre veintiún años después en la Gramática de Alarcos, cuya descripción del tratamiento en la hispanofonía se reduce a la siguiente referencia relativa al voseo: “Como en otras lenguas, el español medieval utilizó el plural vos en lugar de tú. Este uso ha persistido en zonas de América central y del Río de la Plata, originando el conocido voseo (que afecta sobre todo a la conjugación verbal) […]. La confusión, en América, de tú y vos y la total eliminación de vosotros, ha originado un uso diferente, que sobre todo tiene consecuencias en las formas de la conjugación verbo” (Alarcos, 1994, p. 77).
De nuevo, es en la Gramática descriptiva en donde se aprecia una verdadera atención hacia la variación diatópica en la expresión del tratamiento, que lleva a Fontanella de Weinberg (1999) a hablar de cuatro sistemas gramaticalmente diferenciados. En el capítulo “Sistemas pronominales de tratamiento usados en el mundo hispánico”, esta autora describe la amplia variación en el paradigma pronominal de segunda persona en el español, a través de la presentación y la descripción de los cuatro sistemas de tratamiento que ya hemos visto y que ilustran el complejo panorama gramatical de la lengua española. A su vez, se explican pormenorizadamente las modificaciones en el nivel formal que experimentan los pronombres de segunda persona y las formas verbales por el empleo del voseo.
Fontanella de Weinberg (1999) señala que el español castellano posee un sistema equilibrado compuesto por cuatro pronombres diferentes asociados, ya que distingue la confianza a través del par tú/vosotros y la formalidad mediante usted/ustedes. En cambio, en el sistema de Andalucía Occidental, Canarias y América se utiliza la forma ustedes como nota única de plural, salvo en reducidas zonas en las que se emplea el pronombre plural de tercera persona con la forma verbal en segunda (ustedes camináis), con lo que se trata de un sistema no equilibrado. A continuación, traza un panorama diacrónico de la evolución de estas formas en los distintos sistemas pronominales que ha distinguido, para complementar los datos ofrecidos en cada uno de ellos.
Asimismo, se muestra de manera muy detallada el fenómeno del voseo y, al igual que en el Esbozo(RAE, 1973), las variaciones que experimentan las formas verbales de las tres conjugaciones en regiones y localidades de diferentes países americanos, como el oeste de Panamá, Arequipa (Perú), la región de Zulia (Venezuela), Potosí y Tarija (Bolivia), entre otras. En suma, esta aportación supone una primera gran contribución a la descripción de los tratamientos en una obra académica de referencia, que está a la altura de los avances de las distintas investigaciones empíricas del español sobre los pronombres de segunda persona, en calidad de formas pronominales de tratamiento. Al mismo tiempo, este capítulo revela el afán por ofrecer una presentación exhaustiva de las formas de tratamiento que tenga en cuenta las distintas variedades del español y vaya más allá de la inclusión de la norma castellana.
Ya en el siglo XX, la NGLE (RAE y ASALE, 2009) también expone las variaciones de los tratamientos en la hispanofonía en el nivel formal y del uso lingüístico, y el empleo del voseo en diferentes regiones, además de las distintas formas pronominales utilizadas para la expresión de los plurales. Esta obra le otorga, por primera vez en la historia, el mismo estatus a vos que a tú, poniéndolo siempre como equivalente en la presentación de las formas pronominales de segunda persona y en lo que denomina “formas de confianza”, que se oponen a las “formas de respeto”, en las cuales se incluyen el pronombre usted y su plural ustedes(cf. RAE y ASALE, 2009). Al igual que en el Esbozo(RAE, 1973) y en la Gramática descriptiva(Bosque y Demonte, 1999), la NGLE comprende una descripción diacrónica del tratamiento, en la que se mencionan algunas de las variaciones formales que han experimentado estos pronombres en la hispanofonía. Se señala, a su vez, la coexistencia de ciertas fórmulas nominales (su merced, vuestra merced, vuestra señoría, vuecencia, don, señor, etc.) y se dedica un extenso espacio a proporcionar información acerca de las diferencias en la expresión del voseo que afectan a la forma de los verbos y a los contextos de uso de estas formas: es el caso del voseo flexivo de la zona del Río de la Plata, el más extendido (vos tenés); el voseo flexivo no pronominal, propio de Uruguay y Honduras (tú tenés), y el voseo no flexivo pronominal (vos tienes), junto con las variantes vos tenéis (en Chile) o tenís (propia de Ecuador y de algunas provincias argentinas).
También se alude a la existencia de dos sistemas de tratamiento simultáneo en algunos países americanos (Uruguay, Chile, en casi todos los países centroamericanos y en algunas partes de Colombia), que alternan el voseo y el tuteo; y se muestra la complejidad de la distribución de los pronombres tú y vos en los territorios en los que concurren (RAE y ASALE, 2009, p. 1253). Sin embargo, esa obra no mantiene la distinción de los cuatro sistemas de tratamiento que aparece en la Gramática descriptiva, sino que limita las diferencias en la expresión formal del tratamiento a la presentación de las variaciones que experimentan los pronombres de tratamiento entre regiones o países, sin llegar a atribuirles el estatus de sistemas diferenciados.
2.3 Criterios de uso de las formas de tratamiento
Las primeras referencias a las diferencias de uso entre los pronombres de segunda persona en una gramática académica se encuentran en el Esbozo(RAE, 1973), en relación con el tratamiento mediante las formas tú y usted:
En el trato personal, el tú es la forma en que se expresa la intimidad, el amor y la ternura […]. El tratamiento de tú tiene un extenso uso en español. Es el lenguaje no solamente de la amistad y de la familia, sino también de la camaradería y se extiende a muchas situaciones que se arrostran y conllevan idénticos riesgos, trabajos y afanes (universidades, cuarteles, centros fabriles, etc.). Hay, por otra parte, un tú popular que rebasa estos límites, pero también un tú aristocrático y de buen tono. El tratamiento con usted […] ha sufrido algunos retrocesos en lo que va de siglo. Lo ha desalojado en ocasiones, por ejemplo, un tú de matiz político. Los jóvenes de sexo diferente hoy se tutean con mucha más holgura que hace medio siglo (RAE, 1973, p. 344).
La extensión del tuteo se explica, en esta gramática, como reflejo de la camaradería que se difunde en las universidades, cuarteles, centros fabriles, etc., y se alude, igualmente, al aumento de esta forma de tratamiento entre personas jóvenes y de distinto sexo, frente a lo que sucedía tiempo atrás. El Esbozo aporta algunos ejemplos contemporáneos del incremento del empleo de tú documentado en el español peninsular: entre mujeres jóvenes que “se han tuteado siempre con más facilidad que los hombres” (RAE, 1973, p. 344) o a los progenitores y abuelos; por su parte, la utilización de usted ha quedado restringida a contextos rurales y al “mundo obrero” de la ciudad. Se trata de una aproximación que, aun centrada únicamente en el español castellano, resulta más completa y acorde a los avances bibliográficos contemporáneos a esta obra, en la que se pone de manifiesto el interés por reflejar no solo las diferencias formales entre estos pronombres, sino también la diversidad de usos de cada uno de ellos.
En la Gramática descriptiva, Fontanella de Weinberg señala la existencia de un pronombre formal y otro informal y correlaciona los usos de ambos, siguiendo los postulados teóricos de Brown y Gilman (1960), con las relaciones de poder y de solidaridad, respectivamente. La autora dedica un apartado específico a la descripción de esta cuestión (“Pragmática de los pronombres de tratamiento”), en la que opone el tratamiento formal (usted) al informal (tú-vos), cuya selección se vincula con los conceptos de simetría y asimetría, derivados de las diferencias de edad, trabajo, situación social, etc. (cf. Fontanella de Weinberg, 1999, pp. 1414-1415). Con respecto a la utilización de los tratamientos en las distintas variedades del español, Fontanella de Weinberg (1999, p. 1407) indica que “se da un uso generalizado del voseo en todas las relaciones de confianza, prácticamente en todos los estilos orales y escritos” y lo ejemplifica con trabajos que ella misma ha realizado sobre el español bonaerense de los siglos XVI al XX. También recurre a los resultados de las investigaciones de Wainerman (1978) en Argentina, Rigatuso (1994) en Bahía Blanca, Alba de Diego y Sánchez Lobato (1980) en Madrid y Medina López (1993) en Buena Vista del Norte, una comunidad rural de Santa Cruz de Tenerife, a fin de ilustrar las variaciones existentes en el tratamiento en distintas variedades del español.
A pesar de su base bibliográfica y de su desarrollo teórico, este enfoque presenta algunas limitaciones, entre las que cabe mencionar la fuerte diferencia temporal de los estudios seleccionados para mostrar el uso de las formas de tratamiento en el español contemporáneo. Destaca, asimismo, la predominancia de la variedad lingüística argentina, de la propia autora, por encima de las restantes, así como la desatención hacia otros geolectos o el hecho de establecer comparaciones entre capitales de países, como Madrid o Buenos Aires, y una localidad rural como Buena Vista del Norte, como representante del conjunto de los usos lingüísticos de la variedad canaria. Finalmente, como advierte Del Barrio (2004, p. 209), estas cuatro investigaciones sobre los tratamientos, que la autora utiliza para documentar el tratamiento en cuatro variedades del español, están fundamentadas mayoritariamente en el lenguaje juvenil. Con todo, como se ha anticipado, la aproximación de Fontanella de Weinberg en la Gramática descriptiva supone la primera gran aportación a la descripción del tratamiento en el español en una gramática académica. Esto es debido a que, además de considerar por primera vez la forma usted como pronombre, ofrece una clasificación novedosa de los sistemas de tratamiento en el mundo hispánico e incide, a su vez, en las variaciones que presentan estas formas en el nivel del uso de la lengua en otras variedades del español distintas a la castellana.
Por último, la NGLE (RAE y ASALE, 2009) recoge una vasta y completa aproximación dedicada a la expresión del tratamiento en la lengua española. En esta obra de referencia se reflexiona incluso sobre las nomenclaturas con las que se identifica habitualmente a las formas de tratamiento: se conviene que la distinción tradicional entre trato de confianza o de familiaridad frente a trato de respeto se sigue considerando apropiada en lo fundamental, “aunque se ha señalado repetidamente que los conceptos de confianza y respeto no son siempre adecuados si se aplican de manera estricta” (RAE y ASALE, 2009, p. 1251). La razón se debe al hecho de que se utiliza la denominación trato de confianza o tuteo para el tratamiento con personas desconocidas, por lo que en este caso sería más adecuado hablar de trato de familiaridad. Este fenómeno lo ejemplifican con situaciones posibles de uso, como entre los automovilistas, quienes a veces emplean las formas asociadas al tuteo para dirigirse desde el interior de su vehículo a otros conductores que no conocen, “y con los que no tienen necesariamente relaciones de solidaridad, confianza o aprecio. Se dirigirían, en cambio, a esas mismas personas usando formas pronominales de respeto en una conversación privada o en otras situaciones” (RAE y ASALE, 2009, p. 1251). En una línea similar, también se valora pertinencia de la etiqueta tratamiento simétrico o recíproco -más adecuada que tratamiento entre iguales- en oposición a tratamiento asimétrico o no recíproco.
En lo referente a los factores que inciden en la elección de los tratamientos, la NGLE identifica los siguientes: “Intervienen en la elección de las formas pronominales de tratamiento la confianza que exista entre los interlocutores, la cercanía, la solidaridad, la intimidad, el respeto, el nivel del que recibe el trato en relación con el de quien lo otorga, la situación comunicativa y su grado de formalidad, además de otros factores similares” (RAE y ASALE, 2009, p. 1250). Como se colige de esta exposición, la NGLE menciona variables centradas en la situación comunicativa, como la cercanía entre los hablantes o la formalidad o jerarquía existente entre ellos. Sin embargo, se omite cualquier alusión a los factores sociolingüísticos relacionados con los emisores y receptores, como su sexo o, en especial, su edad, que sí se consideran altamente significativos en los estudios sociolingüísticos del tratamiento (Fox, 1969; Borrego et al., 1978; Aguado Candanedo, 1981; Sampedro Mella, 2016). Sorprende, en cambio, que el Manual, a pesar de ser una edición más divulgativa de esta obra, sí incluya una sucinta referencia a la edad del emisor: “el trato general con desconocidos adultos sigue siendo el de usted, con variaciones que están en función de las áreas geográficas, pero también de la edad del que lo dispensa” (RAE y ASALE, 2011, p. 322).
Más adelante, a propósito del tratamiento circunstancial, la NGLE reafirma su caracterización de estas formas basada en la situación contextual de los hablantes, de nuevo sin hacer alusión a la influencia que ejercen los factores que atañen a los propios participantes en la interacción: “El tipo de tratamiento utilizado hacia el interlocutor también puede estar relacionado con la posición discursiva en la que se sitúe el hablante […]. Las condiciones que determinan el trato circunstancial no dependen, en suma, del grado de conocimiento o de confianza que exista entre los hablantes, sino más bien de convenciones relativas a la formalidad de la situación” (RAE y ASALE, 2009, p. 1251).
Cabe señalar que la NGLE (RAE y ASALE, 2009, pp. 1252-1253) refiere como incorrecciones de uso la elección del tuteo para dirigirse a ciertos interlocutores, como “a un dependiente o a un camarero adulto al que no se conoce, a un paciente de cierta edad (salvo que él mismo haya consentido en recibirlo), a un cliente adulto igualmente desconocido por el que lo atiende, o a un profesor que no haya dado su beneplácito” (RAE y ASALE, 2009, p. 1253). Se trata, no obstante, de situaciones cuyo empleo del pronombre tú no debería condenarse de antemano, puesto que la utilización de una u otra forma apelativa depende de cada escenario concreto y se actualiza, justamente, en cada uno de ellos (Sampedro Mella, 2016).
En esta gramática se incide en el aumento que ha experimentado el tuteo en todas las variedades del español: “Se percibe en el español contemporáneo un notable desarrollo del uso de tú, especialmente en los últimos treinta o cuarenta años” (RAE y ASALE, 2009, p. 1252), que explica de la siguiente manera:
En general, el cambiar una persona el tratamiento de usted por el de tú al dirigirse a otra no era un proceso inmediato o previsible durante el siglo XIX y parte del XX, sino el resultado natural del desarrollo progresivo de la confianza adquirida o ganada, del afianzamiento de las relaciones personales o del mejor conocimiento mutuo. Era, además, relativamente frecuente que este paso no tuviera lugar -aun dándose todas estas circunstancias- porque se prefería reservar el tú para las relaciones familiares o íntimas. En ese período era, pues, muy habitual que los profesionales o los compañeros que mantenían relación asidua, y hasta relativamente estrecha, se trataran de usted a lo largo de toda su vida, a diferencia de lo que resulta normal en la actualidad (RAE y ASALE, 2009, p. 1252).
La NGLE ahonda también en el avance del trato de confianza en distintas situaciones comunicativas que varían entre regiones o países, como por ejemplo en las relaciones médico-paciente: “Se ha observado que en algunos países (notablemente en España, Venezuela, la Argentina y el Perú, pero también en otros) lo emplean médicos y enfermeros para dirigirse a sus pacientes en los hospitales, sea cual sea su edad” (RAE y ASALE, 2009, p. 1252). También, en las relaciones entre alumno y profesor, en especial en las áreas rioplatense y andina; en las relaciones transaccionales, con desconocidos, o en las familiares (entre otras):
La forma ustedes, frente a usted, no distingue entre el trato de confianza y el de respeto en el español americano […]. No obstante, esta forma de tratamiento se registra en la Sierra peruana y ecuatoriana también entre hablantes de nivel social medio o alto. El trato de usted de padres a hijos se atestigua en zonas rurales de muchos países americanos […]. El trato de usted entre hermanos es hoy muy raro en el mundo hispánico, pero se ha documentado en Costa Rica y en algunas zonas de Colombia y de Venezuela […]. En ciertas áreas rurales de Centroamérica y del Caribe continental se ha documentado el trato de usted entre cónyuges o entre enamorados. También se registra en el español chileno y en el hablado en el noroeste de la Argentina, áreas en las que se asocia con un mayor grado de intimidad en la pareja (RAE y ASALE, 2009, pp. 1255-1256).
La sintaxis pronominal y las cuestiones formales siguen teniendo un papel predominante en esta gramática, y se prescinde de la clasificación de los sistemas de tratamiento que se recoge diez años antes en la Gramática descriptiva. Se observan, además, ciertas lagunas en la relación de las variables influyentes en la elección de estos pronombres y llama la atención la condena de algunos usos que, a priori, podrían ser discursivamente adecuados. Sin embargo, a pesar de estos inconvenientes, la NGLE es la obra académica que culmina la presentación de las formas de tratamiento desde el nivel de uso de la lengua de una manera exhaustiva y ampliamente documentada, que evidencia el esfuerzo de la Academia por actualizar sus contenidos con la representación del uso y no solo de la gramática, y por integrar y tratar de poner al mismo nivel todas las variedades del español.
Conclusiones
Esta revisión acerca de la evolución de las formas de tratamiento en las gramáticas académicas del español de los siglos XX y XXI pone de manifiesto la importancia que han ido adquiriendo progresivamente estas formas y los cambios que han experimentado las obras de referencia para incorporar y renovar sus contenidos, de acuerdo con los avances de las investigaciones lingüísticas contemporáneas: si bien la Gramática de 1931 no presenta siquiera una mínima referencia al uso o a la gramática de estas formas pronominales, el Esbozo(RAE, 1973) contiene una sección específica titulada “Del tratamiento” (RAE, 1973, p. 336), en la que se abordan cuestiones relacionadas con la construcción formal de estos pronombres y se aporta información concreta acerca de su distribución de uso en la expresión del tratamiento de segunda persona.
Ahora bien, los grandes avances en materia de tratamientos se encuentran en la Gramática descriptiva, dirigida por Bosque y Demonte (1999), en la que aparece un capítulo íntegro para la descripción de los “sistemas pronominales de tratamiento” en la hispanofonía a cargo de Fontanella de Weinberg. Este capítulo cuenta con información de gran alcance acerca de los cuatro sistemas diferenciados en el mundo hispánico -variaciones formales, evolución histórica, usos pragmáticos y fórmulas de tratamiento, etc.-, a partir de varias investigaciones empíricas realizadas en Argentina, Madrid y Buena Vista del Norte (Canarias). Con todo, la mayor contribución desde la Academia a las formas de tratamiento se encuentra en la NGLE (RAE y ASALE, 2009). A lo largo de sus casi veinte páginas se abordan múltiples aspectos, como las denominaciones que han recibido, la relación de estas formas con los títulos de tratamiento, las variaciones formales que experimentan en el mundo hispánico, sus usos lingüísticos, etc.
Mención aparte merece la evolución del par pronominal usted/ustedes, la forma seleccionada para la expresión de la formalidad y la distancia social en la lengua española, que no aparece recogida en la nómina de los pronombres, ni en la Gramática (RAE, 1931), ni en el Esbozo(RAE, 1973), ni en la Gramática de Alarcos (1994). Cabe también mencionar la apertura de la Real Academia Española a la incorporación y representación de los tratamientos en otras variedades del español, además de la tradicional castellana: a partir de la Gramática descriptiva comienzan a recibir el estatus correspondiente con la descripción de la forma y los usos de estos pronombres en algunas variedades distintas a la tradicional castellana, lo que se verá afianzado en la NGLE, que sitúa al mismo nivel las formas de tratamiento en el español de Europa y de América. También, por primera vez en la historia de la Academia, se les atribuye el mismo valor a los pronombres tú y vos como formas para la expresión del tratamiento de cercanía y proximidad de segunda persona del español.
En síntesis, este estudio nos ha permitido comprobar el incremento gradual de explicaciones y de referencias a la variación pragmática y sociolingüística en el empleo de las formas de tratamiento del español en las gramáticas de referencia. Así, hemos visto la introducción y ampliación de secciones dedicadas a los diferentes usos de estas formas, junto con la presencia de otros sistemas pronominales de tratamiento, distintos al tradicional castellano, que coexisten en el contexto panhispánico. La evolución que han experimentado estas formas en las diferentes gramáticas académicas de los siglos XX y XXI es un reflejo de la relevancia que han adquirido progresivamente en los estudios lingüísticos del español (cf. Fernández y Gerhalter, 2017), y es asimismo un ejemplo claro de la influencia ejercida por la ASALE en la incorporación de las formas y los usos de los tratamientos en otras variedades del español.