SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.56Genealogía del sacrificio: cuerpo y memoria en Romance de la negra rubia de Gabriela Cabezón CámaraEl discurso médico español acerca de la mujer lectora durante el siglo XIX índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Debate feminista

versión On-line ISSN 2594-066Xversión impresa ISSN 0188-9478

Debate fem. vol.56  Ciudad de México oct. 2018  Epub 20-Nov-2020

https://doi.org/10.22201/cieg.2594066xe.2018.56.03 

Artículos

¡Rompiendo el silencio! mujeres guerrilleras en Colombia y acceso a la justicia

Breaking the silence! Female guerrillas in Colombia and access to justice

¡Rompendo o silêncio! mulheres guerrilheiras na Colômbia e acesso à justiça

Karen Lizeth Sicua Bogotá1 

1Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Bogotá, Colombia. Correo electrónico: ksicua@gmail.com


Resumen

El presente artículo se basa en un proceso investigativo de trabajo social que pretende visibilizar situaciones históricas de discriminación sufridas por mujeres privadas de la libertad después de la desmovilización de diferentes grupos armados en Colombia: el Ejército de Liberación Nacional (ELN), el Ejército Popular de Liberación (EPL) y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP). Este trabajo toma como referencia el trabajo de Isabel Agatón que pide la integración de la justicia de género al abordar los casos de las mujeres en Colombia. Así mismo, a partir de testimonios de primera mano, recaba las experiencias de algunas de estas mujeres y las vulneraciones y formas de violencia que han sufrido.

Palabras clave: Justicia de Género; Excombatiente; Guerrillera; Mujer privada de libertad

Abstract

This article is based on a Social Work research project that attempts to highlight historical situations of discrimination suffered by women deprived of their liberty after the demobilization of various armed groups in Colombia: the National Liberation Army (ELN), the People’s Liberation Army (EPL) and the Revolutionary Armed Forces of Colombia, People’s Army (FARC-EP). This paper focuses on the establishment of Gender Justice. On the basis of first-hand testimonials, it gathers the experiences of some of these women and the violations and forms of violence they have suffered.

Key words: Gender justice; Former combatant; Female guerrilla; Women deprived of freedom

Resumo

Este artigo é baseado num processo investigativo de Serviço Social que visa visualizar situações históricas de discriminação sofridas por mulheres privadas de liberdade após a desmobilização de diferentes grupos armados na Colômbia: o Exército de Libertação Nacional (ELN), o Exército Popular da Libertação (EPL) e as Forças Armadas Revolucionárias da Colômbia, Exército do Povo (FARC-EP). O trabalho centra-se na criação da justiça do género. Da mesma forma, com base em testemunhos de primeira mão, recolhe as experiências de algumas dessas mulheres e as vulnerações e formas de violência que sofreram.

Palavras-chave: Justiça de Gênero; Ex-combatente; Guerrilheiro; Mulher privada de liberdade

Mujeres insurgentes en un sistema patriarcal1

A lo menos yo puedo hacerles una llamada, puedo decirle a mi

mamá: ¡mami te amo mucho! ¡Tengo muchas ganas de verte! Y

guardo la esperanza de que muy pronto voy a poder salir de acá,

porque la esperanza es lo último que se pierde, eso se lo digo yo

todos los días mientras pueda llamar […]; pero yo soy consciente y

nunca me voy a arrepentir de haber dejado las armas, así me hayan

violado los derechos que me hayan violado, pero nunca es tarde

para empezar de nuevo y yo lo hice el día que ingresé a la cárcel.

Exguerrillera privada de la libertad,

FARC-EP, Reclusorio de mujeres.

Colombia ha sido un país históricamente afectado por un conflicto armado, social y político, en donde las mujeres, desde las diferentes posiciones en las cuales se encuentran, han sufrido diversas formas de violencia. Específicamente, las mujeres guerrilleras presentan particularidades dentro de los grupos armados, ya que su participación ha sido invisibilizada debido a una concepción según la cual la mujer desempeña roles pasivos que la enmarcan en acciones que debe cumplir inmodificablemente. María Eugenia Ibarra plantea que “la construcción social del género en la cultura patriarcal también es problemática, no solo porque excluye a hombres y mujeres de determinadas posibilidades de ser y actuar, sino porque reproduce relaciones de poder” (2009, p. 43).

El papel de las mujeres dentro del conflicto armado se ha mantenido en un plano oculto puesto que no se concibe de forma activa, lo que ha generado una discriminación silenciosa. Gran parte de las mujeres no reconocen aquellas situaciones que las dejan en desventaja y tan solo una minoría ha planteado discusiones al respecto, sin lograr mayor trascendencia dentro de las organizaciones: “No como decir que… que va a ser comandante o que va a poder participar en otras cosas como participaban los hombres, pero ellos decían que no, pero uno sí se sentía discriminado, por ejemplo, a la hora de ser comandante, puede surgir más que una mujer” (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016). Dentro de las estructuras de los grupos armados se presentan dinámicas patriarcales que desconocen la participación de las mujeres dentro del grupo y dejan el liderazgo a las figuras masculinas.

La mayor parte de las mujeres guerrilleras provienen de sectores rurales. Ibarra, a partir de sus investigaciones sobre las mujeres en la guerra, específicamente desde la insurgencia, afirma que “el grueso de las militantes pertenecían a los sectores marginales” (2009, p. 95), sectores en los que las posibilidades económicas, sociales, políticas y de acceso a los derechos son muy complejas, especialmente para las mujeres, y de alguna manera inciden en su decisión para ingresar a los grupos armados:

Yo inicié en el grupo armado porque yo vivía en una zona muy alejada, prácticamente rural, rural, rural, muy alejada de los municipios y todo eso. Yo nunca conté con el apoyo de mi papá, y mi mamá hizo de mamá y papá, ¿sí ve? Siempre fue ella quien nos sacó adelante a mí y a dos hermanos, y fue ella quien respondió por nosotros y nos sacó adelante. Entonces resulta que mi mamá, para eso de 1998… a mi mamá le diagnosticaron un cáncer; entonces yo vivía muy aburrida en la casa. Fue por eso… igual mi mamá seguía trabajando y yo tenía una hermana y ella se fue con el novio; entonces a mí me tocó dejar de estudiar y dedicarme a las labores de la casa, a cocinar, a lavar, a planchar, a todo lo que se hace en una casa (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Este testimonio da cuenta de cómo las desventajas económicas, sociales, políticas, etcétera, están entre las causales para la participación de las mujeres en los grupos armados; organizarse en dichos grupos se les presenta como una oportunidad de cambio. Por un lado, las desventajas económicas que permean en el sector rural debido a la acumulación de tierras en pocas manos, el pago inequitativo en el sector agrario, la baja cobertura de salud, la preferencia varonil para la educación, el mal estado de las escuelas y su lejanía de las poblaciones, entre otros problemas, en muchas ocasiones fueron la motivación para tomar un camino que idealmente conduciría a un goce pleno de derechos.

Este tipo de condiciones se traduce en una situación de mayor desventaja para las mujeres, puesto que en adición a las inequidades mencionadas, socialmente se les imponen funciones como la maternidad obligatoria y el cuidado exclusivo del hogar, además de que adolecen de un menor acceso a la educación, violencia intrafamiliar, etcétera, lo cual las lleva a buscar diferentes formas de romper con las estructuras de poder patriarcales que no les permiten un ejercicio pleno de su autonomía, el acceso a derechos ni la libre decisión sobre sus proyectos de vida.

Según Ibarra, “la segunda motivación, la emancipación de la autoridad masculina y de la tradición familiar, convocó a quienes reclamaban desde su individualidad, las pequeñas libertades de la vida” (2009, p. 73), es decir, en ellas incuba la idea de quebrantar aquellas instituciones que encasillan a las mujeres: la integración a un grupo armado les promete una condición de mayor autonomía que la de su vida anterior.

No obstante, a partir de las experiencias de estas mujeres se evidencia cómo dentro de los grupos armados se presentaron situaciones de subordinación que no permitieron una autonomía plena de las insurgentes. Por ejemplo: “yo soy una persona que, desde que estaba en la cárcel hasta que estuve en la guerrilla, hasta que cumplí 26 años, estoy muy acostumbrada a seguir órdenes, ¿sí me entiende?” (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016). Por esta razón se hace necesaria una perspectiva feminista, dentro del análisis del conflicto armado colombiano, en el que se hagan visibles y se reconozcan las dinámicas que sustentan las estructuras heteronormativas y patriarcales. Las experiencias particulares de las mujeres merecen ser estudiadas de forma profunda.

Aunque algunas feministas han dado pasos para dar a conocer la situación de las mujeres guerrilleras dentro de los grupos armados, todavía queda por hacer un análisis de la organización interna y de los ideales bajo los que se rige, para visibilizar también diferentes tipos de violencia que ahí se ejercen contra las mujeres.

Al ingresar las excombatientes a los diferentes programas de desmovilización, se vuelve evidente que, dentro del sistema penitenciario, existen condiciones de desventaja para las mujeres, porque socialmente no se concibe aún la transgresión de ciertos lineamientos culturales que infringen normatividades impuestas, por ejemplo, cuando ellas dejan de lado sus roles como madres y jefas de hogar. Adicionalmente, la situación de las mujeres excombatientes presenta particularidades en la forma en que se percibe su estancia dentro de un centro penitenciario y en las situaciones que ellas afrontan después del cumplimiento de la pena privativa de la libertad.

A partir de sus propias experiencias -tanto en el del contexto de la guerra como antes de su ingreso a la misma-, las mujeres conciben de una manera peculiar su privación de la libertad: “¿Le digo qué he aprendido yo acá en la cárcel? A tener como carácter, a decidir, a decidir sobre mí misma sin que nadie me esté mandando” (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016). La estadía dentro de reclusorios se les presenta como una forma de acceder a determinados derechos que, por su condición de mujeres y, sobre todo, por su origen rural, no habían tenido nunca antes. En ocasiones, deben hacer uso de ciertos mecanismos de participación para acceder al cumplimiento de determinados derechos, lo cual ha generado un mayor conocimiento en su exigibilidad:

Se nos han vulnerado nuestros derechos, porque muchas veces, en los casos, no responden como debería ser. Si usted envía una solicitud para que le entreguen un documento que usted está necesitando, deberían entregárselo, ¿no? Yo llevo pidiendo papeles aquí, y en otras entidades, desde hace como un año (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Las experiencias de mujeres excombatientes en reclusión dan cuenta de nuevas formas de participación, las cuales les permiten un nuevo lugar dentro de la sociedad, donde las mujeres son capaces de contribuir en la defensa de derechos fundamentales de la población, puesto que las vulneraciones que han sufrido en las diferentes etapas de sus vidas les aportan una percepción distinta, y son esas experiencias las que les permiten la interacción con el otro. Berger y Luckmann afirman que “la realidad de la vida cotidiana se me presenta además como un mundo intersubjetivo, un mundo que comparto con otros. No puedo existir en la vida cotidiana sin interactuar y comunicarme con otros” (2003, p. 38). La interacción de las mujeres excombatientes con otros miembros de la sociedad les permite, a partir de sus experiencias, aportar en la construcción de comunidades más incluyentes y que trabajen en pro de la defensa de derechos fundamentales, porque ellas, a lo largo de su vida, han interiorizado la importancia de actuar en procesos organizativos como sujetos activos:

Pues la experiencia… he sido defensora de derechos humanos por muchos años, en todas las cárceles que he estado; ya sé lo qué hay que hacer. La guardia colabora mucho; yo pienso que el trabajo es de interno a guardia, entonces. Cuando hay comunicación con la guardia, uno puede hacer mejor su trabajo. Entonces yo también hablo mucho con mis compañeras internas; depende el problema que haya, yo me meto al patio, hablo, y decimos: “vamos a hacer esto, vamos a hacer lo otro”, trata uno de conseguirles lo que les está haciendo falta como para que ella también se sienta bien (exguerrillera EPL, noviembre de 2016).

Si bien algunas mujeres han tenido acceso a determinados derechos mientras cumplen su pena, es necesario que, dentro de la institución penitenciaria, se sepa de sus experiencias para que se les dé una atención adecuada. Un contexto de guerra acarrea violaciones a derechos fundamentales que merecen una atención integral dentro de la rehabilitación social, que se supone deberían tomar en consideración las instituciones penitenciarias para brindar herramientas suficientes en el momento de cumplimiento de la pena. Para el Grupo de Trabajo Mujer y Género, Por la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación, “tener información sobre lo que le pasa a las mujeres desmovilizadas es esencial para el diseño e implementación de los procesos de DDR [desarme, desmovilización y reintegración], su evaluación y monitoreo, así como la determinación de las consecuencias que el proceso tiene en las comunidades receptoras” (2008, p. 182). No obstante, el trato de las internas dentro de la institución no siempre se da en las mejores condiciones:

La guardia es muy drástica con uno, uno llega con decencia y ellos le contestan feo, en salud me han violentado muchas veces; en educación, no. En las remisiones, ¿usted cree que no es violación que lo levanten a uno a las tres de la mañana y lo tengan a uno ahí encerrado en un calabozo, sin uno poder ir al baño, sin uno poder hacer nada? Esa es una violación a un derecho (exguerrillera ELN, noviembre de 2016).

Finalmente, diferenciar las variadas poblaciones que se encuentran dentro de la cárcel es vital para la prestación de un servicio óptimo, que responda a un proceso de rehabilitación social acorde con resultados positivos y, para las mujeres excombatientes, un proceso de desmovilización que sea capaz de reconocer las vulneraciones que ellas sufrieron en su militancia dentro del grupo armado. Es solo a partir de nombrar y atender las diferentes formas de violencia de las cuales fueron víctimas como se puede lograr un proceso que responda a las experiencias de las mujeres desmovilizadas.

Nota metodológica

La presente investigación nace a partir de un proceso académico del programa de Trabajo Social, realizado en calidad de estudiante en el Seminario de grado asesorado y orientado por la docente Dalis del Pilar Sierra. El trabajo incluyó la realización de cinco entrevistas a profundidad con exguerrilleras que se encontraban privadas de la libertad en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá. Asimismo, se hicieron entrevistas con un segundo grupo de mujeres del ámbito académico y que tenían un especial acercamiento al proyecto de Justicia de Género (concepto tomado de Isabel Agatón que será definido a lo largo del artículo): Florence Thomas, activista feminista; una trabajadora social desmovilizada y especialista en género, a quien se nombrará en el artículo como Antonia y Paula, trabajadora social de la Secretaría de la Mujer.

Reconocimiento y vulneración de derechos fundamentales de las mujeres insurgentes en Colombia

En teoría, las mujeres son iguales a los hombres. Estamos

en un país libre, con leyes modernas, y la Constitución nos

concede los mismos derechos […]. Pero las leyes destinadas

a protegerlas son inaplicables. En realidad, cuando una

mujer intenta salir del yugo que se le ha impuesto, cuando

intenta romper barreras, se cuestiona su personalidad, se

ataca su reputación y se la cataloga como oveja negra.

Sampat, 2009, p. 105.

Históricamente, la garantía de derechos fundamentales en Colombia ha sido una de las principales falencias del Estado, puesto que la falta de acceso a los mismos por gran parte de la población, especialmente en el sector rural, ha traído consecuencias tales como la formación de grupos armados en el país, debido a inequidades permeadas por características de clase, raza, género, etcétera. Es necesario un reconocimiento de dichas vulneraciones para comprender la formación de estos grupos en el país y el enrolamiento de las mujeres en los mismos.

El Centro Nacional de Memoria Histórica, en su informe “El derecho a la justicia como garantía de no repetición”, alude a “la comprensión de que las luchas del movimiento social estaban ligadas al contexto en el cual estaban inmersas, caracterizado no solo por la inequidad social, sino por la violación sistemática de derechos humanos” (2016, p. 21). Este informe tiene muy presente que la desventaja por ser mujer era aún mayor.

Y entonces, mi sueño siempre ha sido… yo siempre quise ser profesora, y pues yo no pude estudiar, pero mi sueño siempre fue ser profesora, y pues yo les pregunté a ellos que si estudiaban, y ellos me dijeron que sí, que claro, que allá se podía estudiar mucho […] ¡No!, ¡eso era una mentira!, eso es una mentira, allá yo no pude estudiar (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Pertenecer a un grupo armado no garantiza una ampliación en el disfrute de derechos, porque el contexto en que se formaron estos grupos presentaba características propias en función del cumplimiento de ciertos objetivos. Fueron las experiencias de las mujeres, antes y durante su estancia en los grupos armados, las que condicionaron sus acciones y sus posibilidades dentro de un medio en el que se veían vulnerados sus derechos fundamentales, especialmente los de aquellas mujeres a quienes se les impedía el establecimiento claro de sus proyectos de vida. En palabras de Agatón, “para garantizar la igualdad y la no discriminación por razones económicas, el Estado debía organizar todo el aparato gubernamental para asegurar jurídicamente el acceso a la justicia que contribuyese al libre y pleno ejercicio de todos los derechos humanos” (2013, p. 170).

La violación de los derechos fundamentales de las mujeres guerrilleras desde antes de su ingreso a los grupos armados acarrea consecuencias evidentemente negativas y discriminatorias que continúan permeando sus vidas después de dejar las armas, puesto que las condiciones bajo las cuales ocurre el proceso de desmovilización presentan falencias en el momento de verificación de hechos, imputación de cargos, establecimiento de penas y beneficios ofrecidos a la insurgencia por deponer las armas.

Yo sentí que me vulneraron mis derechos cuando no me informaron bien jurídicamente, por ejemplo, lo del programa del Ministerio de Defensa […]; entonces en ese caso sí me sentí vulnerada. ¿Por qué no informar bien a la gente?, y que hagan todo más a conciencia. Debe haber muchos como yo, ¿no? Yo, por ejemplo, no me arrepiento. Habrá otros que sí se arrepienten porque les prometieron unas cosas que no se cumplieron […] Así me hayan violado los derechos que me hayan violado, pero nunca es tarde para empezar de nuevo y yo lo hice el día que ingresé a la cárcel (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Hacia la construcción de una igualdad real

No se debatían los asuntos relacionados con la identificación de género, la individualidad, el reconocimiento de la diferencia, las responsabilidades familiares, la participación en las instancias de dirección, los derechos sexuales y reproductivos, porque estos aspectos deberían ser postergados hasta el triunfo de la revolución (Ibarra Melo, 2009, p. 160).

Social y culturalmente sigue habiendo desigualdades basadas en el género, las cuales dejan en posición de subordinación a las mujeres bajo discursos que buscan invisibilizar las desventajas que se presentan entre los diferentes espacios sociales. Dentro de los grupos armados se reivindicaron principios tales como los de igualdad y equidad; en el discurso, se pretendía dejar atrás las estructuras patriarcales que vulneran de una u otra forma a las mujeres. Sin embargo, dicho esfuerzo no tuvo frutos debido a la configuración de la organización interna de dichos grupos, en los que la representación de mujeres era escasa y se daba por sentada la superioridad de los hombres que los integraban.

Participé en un grupo armado al margen de la ley, en las farc, y me sentí discriminada porque allá, por ejemplo, la mayoría de los comandantes tienen más en cuenta a los hombres que a las mujeres en muchas cosas […]; aquí la única diferencia en eso es que la mujer no surgía igual que los hombres, aunque tuviera las capacidades, en eso sí discriminaban (exguerrillera FACR-EP, noviembre de 2016).

A partir de lo anterior, es preciso realizar un análisis respecto de las desigualdades ocultas al interior de los grupos armados en los que la participación de las mujeres se mantuvo en segundo plano en el orden jerárquico. Ibarra afirma que

Las mujeres se conformaron con la creencia en la igualdad y solidaridad entre los sexos, limitada casi siempre a la participación de los varones en la cocina o de las mujeres en el combate. La igualdad se refería a ser como ellos, se entendía como la asimilación de los atributos masculinos, y, por lo tanto, en este proceso ellas negaban su identidad y no los varones (2008, p. 160).

Si se entiende la igualdad desde una perspectiva capaz de abarcar las relaciones de poder que se establecen a raíz del género, que vaya más allá de la redistribución de actividades entre hombres y mujeres, para analizar instancias de participación reales en las que ellas sean tomadas como sujetos activos, podrán comprenderse las experiencias de desigualdad que estas mujeres han tenido a lo largo de su vida y no les permiten una realización plena de sí mismas.

Las desigualdades que experimentan las mujeres desde patrones sociales, culturales, económicos, políticos, etcétera, han ejercido presiones y barreras que no les han permitido un surgimiento pleno y equitativo. Ocurren desde antes de su ingreso al grupo armado, puesto que la familia, como institución, estipula roles en los que a las mujeres se les asignan funciones de cuidado, alimentación y maternidad, y una responsabilidad casi total en el mantenimiento del hogar: “En los regalos, cuando eran las fechas de Navidad, lo discriminaba a uno porque le daban a uno un regalo que tenía que ser para niña, que no daban unos regalos porque tenían que ser para niño, en los trabajos, que no me daban ese trabajo por ser mujer sin mirar las capacidades” (exguerrillera ELN, noviembre de 2016). Después, en el momento en que una mujer intenta salir del ámbito familiar para ingresar al mercado laboral, se menosprecian sus capacidades para la realización de actividades diferentes a las mencionadas. Este tipo de experiencias genera marcas que se evidencian en la participación de las mujeres insurgentes dentro del grupo armado, puesto que históricamente han vivido subordinación en diferentes espacios.

No obstante, ellas empezaron a cuestionar las relaciones de poder que las ponían en desventaja. Según Ibarra, “en la mayoría de los grupos, con más o menos interés, las mujeres intentaron discutir algunos temas específicos que afectaron su militancia y que tenían que ver con la persistencia de la ideología patriarcal” (2009, p. 159). En sus relatos se puede apreciar que lo ocurrido en los grupos armados respondía a dinámicas heteronormativas que no concordaban con los objetivos de las organizaciones; sin embargo, dichas situaciones continuaron presentándose siempre bajo el discurso de la igualdad y la equidad:

Dentro del grupo armado, las mujeres, entre comillas, somos igual a los hombres; si es para ranchar -porque allá se llama ranchar-, es parejo, hombre y mujer; si es para prestar guardia, es igual; si es para remolcar -que remolcar es ir a traer comida de un lado a otro-, es igual. Pero allá la mujer no puede tener hijos, digámoslo así, no puede tener hijos, no puede tener su esposo y, si queda embarazada, el comandante va a ordenar que le saquen su hijo porque allá no es permitido (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

La capacidad de decisión y autonomía de las mujeres se delega en agentes externos y jerárquicos que intentan opacar dicho problema mediante un discurso de igualdad y equidad. Para pensar en una igualdad real es fundamental el reconocimiento de su participación como sujetos activos en el conflicto social, político y armado desde las diferentes dimensiones que lo componen. Para Ibarra, “las relaciones que establecen las mujeres con los grupos armados en Colombia se remiten a varias décadas atrás, lo que permite afirmar que ellas han sido actores cuya importancia en el conflicto ha sido minimizada” (2009, p. 95).

El cuerpo de la mujer insurgente como territorio de disputa y territorio en resistencia

Escuchar a las mujeres es conocer la historia de su cuerpo,

un cuerpo históricamente apropiado y utilizado.

Thomas, 2003, p. 129.

En la actualidad, el estudio del cuerpo ha sido abarcado desde diversas ciencias y disciplinas con el fin de comprender lo que en el mismo transita y el papel que desempeña dentro de las experiencias de la cotidianidad. Las ciencias sociales han realizado investigación sobre las dimensiones que componen el cuerpo, tomando en cuenta los contextos en los cuales se encuentra sumergido y cómo las experiencias quedan marcadas en el mismo y determinan acciones futuras. Cabra y Escobar afirman: “el cuerpo no es solo experiencia orgánica, sino que se construye en los entramados de una particular concepción de la humanidad […]; tenemos entonces un cuerpo que es experiencia, producción de cultura y campo de fuerzas” (2014, p. 54).

Es vital reconocer las experiencias que el cuerpo sufre en contextos como la guerra; el cuerpo de una mujer dentro del conflicto armado adquiere una característica particular, lo que se busca es el control y el sometimiento del cuerpo como estrategia dentro de la guerra:

Lo explica muy bien Isabela Agatón: para las mujeres ese cuerpo sexuado conlleva mucho, mucho dolor en sí mismo, es un cuerpo que en sí mismo ha sido a lo largo de la historia maltratado, violado, controlado, hasta quemado de todo, sí, y es eso lo que es muy complicado en relación a la justicia (entrevista a Florence Thomas, agosto de 2016).

Los cuerpos de las mujeres históricamente han sido objeto de control dentro de un sistema que desconoce sus subjetividades para verlos meramente desde una perspectiva material. Las agresiones que se ejercen sobre el cuerpo marcan la manera en que las mujeres perciben sus experiencias y comprenden el mundo externo. Cabra y Escobar, parafraseando a Foucault, explican dicho afán de control sobre el cuerpo a través de la economía del poder: “se necesita unos cuerpos ajustados a ciertas concepciones del orden social y político o, en nuestras palabras, unos determinados órdenes del cuerpo […] para controlar y dominar cuerpos en distintos ámbitos de la vida social, en el ámbito de la guerra” (2014, p. 124). Es necesario reconocer las desventajas corporales de las mujeres para visibilizar las múltiples violencias que sufrieron con el fin de ajustar sus cuerpos para que respondieran a la lógica de la guerra:

97% de los delitos sexuales contra las mujeres, de la violencia sexual contra las mujeres, está en la impunidad, ¡97%, imagínate! Y particularmente alrededor del conflicto armado, es decir, las mujeres violadas durante el conflicto armado, que son miles y miles que descubrimos gracias a la Subcomisión de Género, sí, que fue a La Habana por fin para poder escuchar a las mujeres y así se descubrió el peso de la violencia sexual en todos los conflictos, en todas las guerras (entrevista a Florence Thomas, agosto de 2016).

Reconocer la violencia sexual al interior del conflicto armado es fundamental para la construcción de la paz desde un enfoque de género que tome en cuenta las particularidades de hombres y mujeres, y preste una atención diferencial que responda a las necesidades de cada sujeto. También se debe poner en evidencia las singularidades de las mujeres guerrilleras al interior de los grupos armados, en donde el afán por ajustar sus cuerpos a las necesidades que se les presentaban generó violencia:

Pues en los grupos armados se ha visto mucho la violación […], de las mujeres embarazadas, que las hacían abortar, entonces, a mí me parece terrible eso, como mujer, como madre, me parece terrible eso, no estoy de acuerdo con eso ¡nunca! (exguerrillera EPL, noviembre de 2016).

Allá tuve un embarazo, igual me lo sacaron. Entonces, gracias a Dios, vivo de milagro de él, porque tuve una hemorragia y por poco prácticamente pues me desangro porque le tocó sacármelo, fue sale o sale […] porque igual uno sabe que quedar en embarazo allá no puede; así usted lo quiera, no la dejan, allá no se puede […] para mi salud, que se le viola a la mujer siempre allá (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

El carácter de obligatoriedad del aborto genera en los cuerpos de las mujeres que lo padecieron una significación peculiar:

En el caso del cuerpo de las mujeres víctimas de violencia y crueldad de la guerra, esas experiencias dolorosas y las significaciones que adquiere el mundo son profundamente agobiantes, tanto en la carne del cuerpo como en la sensación que le da vida. Las experiencias de sufrimiento transforman la percepción que estas mujeres tienen del mundo (Cabra y Escobar, 2014, p. 132).

Dichas experiencias deben ser reconocidas dentro de un análisis exhaustivo que reconozca el cuerpo de las mujeres guerrilleras como un territorio en disputa. Las relaciones de poder dentro de las organizaciones guerrilleras limitan las posibilidades de decisión de las mujeres, moldean su percepción del entorno y en ocasiones las llevan a silenciar los actos violentos que se ejercieron sobre sus cuerpos. Florence Thomas asegura que las mujeres, luego de dicho procedimiento, intentan no nombrarlo, con el fin de no revivir ciertas sensaciones que no fueron trabajadas de manera óptima, en su carácter de obligatoriedad:

De todas maneras, hay una revictimización; pero por supuesto, menos fuerte que cuando te acaba de pasar. Sí, las mujeres que abortan… En general, hacer investigaciones sobre el aborto es supercomplicado, porque tú no encuentras sujetos que te quieran contar su experiencia, es otra experiencia que las mujeres tratan de borrar de la conciencia (entrevista a Florence Thomas, noviembre de 2016).

De ahí la interpretación del cuerpo de las mujeres insurgentes como un territorio que ha sido invadido por las estructuras patriarcales. Las particularidades de su experiencia merecen ser vislumbradas a partir de sus propias voces, que cuentan la historia de un cuerpo históricamente subordinado. Esta historia permitirá que se conciba el cuerpo desde su multidimensionalidad: “El cuerpo de las mujeres, en particular, se hace visible por el acto político y creativo de otras mujeres que se movilizan por un cambio profundo, por una transformación en las formas de concebir y asumir lo que significa ser hombre y ser mujer” (Cabra y Escobar, 2014, p. 133). Es así como algunas mujeres insurgentes se han organizado para contar esa historia que tienen marcada sobre sus cuerpos y que al contarla emerge como acto de resistencia:

Se ven muchas cosas, tanto en el sentido que es que quedó embarazada y tiene que botarlo, eso fue un trauma para uno y para mí eso fue muy durísimo, que en Chiquinquirá tuvimos una obra de teatro y para todas fue muy durísimo, que la que no lloró era porque tenía corazón de piedra, pero todas, cuando se tocó ese punto de cómo hacían con la mujer para sacarle su bebé, y saber lo que le pasó y tener que seguir como si nada hubiera sucedido, como si hubiera tenido que ir al baño a hacer chichi y ya, porque ellos nunca ven el sentimiento que hay dentro (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Contar y dejar hablar al cuerpo se presenta como un acto de resistencia frente a los hechos ocultados y que se pretenden dejar en un plano aislado. Mediante el acto de contar la historia se logra revivir dichos sucesos desde sentimientos de dolor que no se han manejado de manera fructífera y, por ende, traerlos a colación genera un choque de emocionalidades. “Es como si, literalmente, el cuerpo se ‘desenterrara’ para hablar y mostrara su capacidad de resistencia; como si lo que no hemos sabido o querido escuchar y decir desde la palabra, nos lo estuvieran diciendo los cuerpos” (Londoño, 2005, p. 60). De ahí la importancia de los procesos artísticos mediante los cuales estas mujeres resignifican sus experiencias y adquieren una nueva perspectiva de la realidad.

Justicia de género en el contexto de los grupos armados

Reconocer cómo entienden las mujeres sus propios derechos es indispensable en el momento de la defensa de los mismos. La discriminación de las mujeres sigue siendo un problema social y debe atenderse desde las diferentes esferas que habitan.

Lo que pasa es que en este mundo definitivamente hemos fracasado con respecto a otras posiciones políticas, este mundo ha ido más hacia la derecha que hacia otra forma de perspectiva política, o estructura de gobierno. Estamos supuestamente en una democracia, pero con una falencia muy grande en lo que tiene que ver con oportunidades reales para todo lo que tiene que ver con los seres humanos, y fundamentalmente para las mujeres […] Entonces Colombia cuenta por ejemplo con un nivel normativo, con unas leyes, unas normas muy amplias, muy avanzadas, no solamente en Latinoamérica sino en todo el continente americano, y eso ha sido trabajo del feminismo (entrevista con Antonia,2 diciembre de 2016).

El feminismo como movimiento político ha generado significativos avances. Mediante diversos espacios de participación tanto formales como no formales, el feminismo logró el establecimiento de una serie de derechos que reconocen las particularidades de las mujeres; por ejemplo, los derechos sexuales y reproductivos. El reconocimiento de tales derechos es una forma de afirmar la autonomía de las mujeres sobre sus cuerpos y sus proyectos de vida.

En las ciencias sociales sabemos que la maternidad no es lo que define la feminidad. ¿Qué define a una mujer hoy? Es ser sujeto de derechos, sujeto social de derechos como los hombres […] ¿Qué es lo que ha hecho cambiar eso? Lo que se llama actualmente la revolución de las mujeres, que se inició por el voto femenino, que después fue por la recuperación de nuestro cuerpo […]; la revolución de las mujeres a partir de este momento transforma un poco la vida de las mujeres […] La participación política de las mujeres, las mujeres en el ámbito laboral, las mujeres se educan en la universidad, todo esto es lo que hace parte de lo que se llamó la revolución de las mujeres […], tener un proyecto de vida […] La revolución de las mujeres que transformó si quiere el sentido de... el sentido de la feminidad (entrevista con Florence Thomas, agosto de 2016).

Los derechos de las mujeres han trascendido en la búsqueda de su participación como sujetos políticos; los derechos sexuales y reproductivos son una bandera en el avance de los derechos de las mujeres como personas activas.

Dentro del trabajo realizado con mujeres excombatientes privadas de la libertad, se logró evidenciar la forma en que ellas reconocen el proceso histórico por el cual hemos atravesado para la consecución de derechos. No obstante, es necesario evaluar el cumplimiento y garantías para el ejercicio de dichos derechos, puesto que se siguen presentando vulneraciones.

Yo creo que la Justicia de Género es un tema que nos toca a todas y todos […] Los diferentes aportes desde el Trabajo Social, para mí, desde la experiencia que he tenido desde la Secretaría, es garantizar el acceso de las mujeres a la justicia. ¿Cómo? A través de la sensibilización, o sea, difundir la información, sensibilización de funcionarias y funcionarios y activación de rutas adecuadas para el acceso a la justicia […] Las y los trabajadores sociales juegan un rol muy importante en la articulación de la sociedad con la institucionalidad y para sensibilizar y abrir esa puerta para el acceso a la Justicia que garantiza, pues, la Justicia de Género (entrevista con Paula,3 noviembre de 2016).

La justicia de género se presenta como un proyecto que busca instaurarse dentro del sistema de justicia colombiano con el fin de reconocer las desigualdades de que son objeto las mujeres en el acceso a la justicia por su condición de género (Agatón, 2013, p. 205). Es vital dar cuenta de las experiencias de las mujeres que pertenecieron a grupos armados en lo que se refiere a las injusticias de género, antes y después de su ingreso a tales grupos, para identificar las falencias que se presentan en el momento de acceder a la justicia: “Yo diría que la justicia de género va ligada más como a… aquí afuera, en la sociedad, como a la violencia intrafamiliar… confunden que la violencia de género es cuando un hombre coge y las viola a la fuerza ¡y no!, hay muchas formas de caer en esa violencia de género” (exguerrillera FARC-EP noviembre de 2016). La justicia de género busca a la vez visibilizar lo que permanece oculto y reconocer desigualdades históricas que sufren las mujeres y bajo las cuales viven en la actualidad, con el fin de tomar en consideración diversas perspectivas en cada caso y tomar en cuenta las particularidades de cada mujer.

En lo de Justicia de Género, sensibilizar mucho más a la población, en donde trabajemos, en donde estemos, sobre las brechas que existen entre hombres y mujeres, como en la injusticia, es en donde más son evidentes las brechas. Una mujer, en un mismo caso en relación con el hombre, tiene mayor dificultad de acceder a la justicia que un hombre. Y las brechas ¿qué son? Operadores y operadoras de justicia que, conforme su mentalidad, castigan a la mujer, porque consideran que ella fue la que se equivocó en la mayoría de los casos (entrevista con Antonia, noviembre de 2016).

En Colombia se presentan diversos casos en los cuales el sistema de justicia no ha dado respuesta de manera fructífera a las necesidades de la población; el informe El derecho a la justicia como garantía de no repetición del Centro Nacional de Memoria Histórica afirma: “Las expectativas de satisfacción del derecho a la justicia en cabeza de las autoridades, en no pocas ocasiones conducen a experiencias poco gratificantes que mantienen vigente la exigencia de dicha satisfacción por largos periodos de tiempo a veces sin claridad sobre la época de cierre” (2016, p. 183).

La baja respuesta por parte del Estado en lo referente al acceso a la justicia ha generado una mala percepción de la población. En comparación, la justicia de género presenta un rezago mayor, debido a que el reconocimiento de las desventajas por ser mujer no está presente en las instancias de administración de justicia: “la colocaría entre comillas porque yo, más que conocer justicia, he visto injusticia” (exguerrillera EPL noviembre 2016).

Por otro lado, la comprensión de las mujeres excombatientes en torno la justicia de género va ligada a su experiencia dentro de los grupos armados; ellas reconocen aquellas situaciones de injusticia que fueron propiciadas por estar inmersas en dichos grupos y de las cuales fueron víctimas, y así evidencian de manera significativa los alcances de la justicia de género como forma de reconocimiento de las vulneraciones que han sufrido: “¿Justicia? Pues de pronto en un grupo armado no se puede decir que haya justicia, porque hoy día, yo viendo las cosas puedo saber que se hizo mucho daño, que se hicieron muchas cosas injustas, entonces justicia allá no creo, no veo nada como justo” (exguerrillera EPL, noviembre de 2016).

La aplicación de la justicia de género en la situación de las mujeres en grupos armados implica dos posiciones: la primera, desde la perspectiva victimaria, en la cual se reconoce aquellas situaciones en que estos grupos violentaron los derechos de terceros y las acciones realizadas se consideran injustas; y una segunda postura, desde la perspectiva de las mujeres como víctimas. En las dos posiciones se evidencia cómo dentro de los grupos armados no se concibe una justicia de género, sino que, por el contrario, hay una constante violación de los derechos de las mujeres. Ellas, a partir de sus experiencias, señalan solo acontecimientos de injusticia que contradicien la definición del Centro Nacional de Memoria Histórica de que “la justicia como valor se ha proyectado en el reconocimiento de derechos […] en la sociedad en la cual este valor juega un rol preponderante como garantía de convivencia pacífica y orden justo” (2016, p. 183).

Las mujeres excombatientes no se sienten partícipes de este principio, sino que, por el contrario, lo idealizan como algo muy lejano. Si la justicia se toma como utopía y privilegio de algunos, se produce su sectorización. La inconformidad de esas mujeres surge a raíz de las experiencias que han tenido en el acceso a la misma, lo que manifiesta la importancia de un sistema de justicia en el que se tomen diferentes medidas para el esclarecimiento de los hechos:

La justicia es un tema muy intenso, extenso por decirlo de alguna forma, pero… pues… yo no creo que aquí en Colombia exista justicia […]; yo creo que aquí no existe justicia, yo creo que en Estados Unidos sí existe justicia, porque investigan, antes de meter a una persona a la cárcel investigan, investigan primero para saber si sí cometió delito o no, investigan hasta lo último; pero aquí en Colombia no, aquí supuestamente es un ladrón, supuestamente es un homicida, supuestamente es un secuestrador, y no investigan, por eso yo creo que aquí no hay justicia (exguerrillera ELN, noviembre de 2016).

Pues para mí, justicia es ser una persona justa y actuar conforme a la ley, pero eso tampoco se ve en Colombia, porque los que vienen a pagar cárcel son los más bobos y los de corbata afuera […]; entonces ¿en dónde está la investigación de los fiscales? […] La justicia está por debajo de la mesa con billete en mano que es la realidad en este país (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Estos testimonios evidencian la importancia de una justicia inclusiva. La justicia de género como apuesta permite un acceso a la misma desde el reconocimiento de las vulneraciones históricas a los derechos de las mujeres que no han sido completamente reconocidas. Las mujeres excombatientes presentan una desventaja mayor que otros actores sociales, pues no se ajustan al statu quo y a los roles socialmente impuestos. Esto no garantiza el acceso a la justicia puesto que, como ellas mismas lo manifiestan, la justicia se ha visto sectorizada y toma en cuenta solo a una parte privilegiada de la población. De ahí la necesidad de instaurar un sistema que las tome en cuenta.

La mujer excombatiente en el afán de una justicia de género

Laura, tienes que saberlo, te vas a enfrentar a una sociedad

aún muy patriarcal, muy machista y aún muy resentida y

dolida con los estragos de la guerra. Y ahí te van a cobrar

no solo ser mujer, sino también ser guerrillera, u hoy,

exguerrillera. Pero no te preocupes, no te vamos a abandonar.

Ahí estaremos, ustedes y nosotras, porque la lucha

sigue por un país más igualitario y tolerante. Y ahora te

necesitamos, las necesitamos, tú y tus compañeras,

para esa monumental tarea.

Thomas, 2017.

La justicia de género, diseñada en Colombia por Isabel Agatón, busca instaurar dentro del sistema de administración de justicia la perspectiva de género. Este enfoque reconoce las condiciones particulares de cada mujer ya sea como víctima o como victimaria, con el fin de tener en cuenta diversas formas de discriminación de género que condicionan la forma de relación de las mujeres con el contexto y sus posibilidades de existir en sociedad.

Las mujeres guerrilleras están en una condición especial en el momento de intentar el acceso a la justicia si no se tiene en cuenta la perspectiva de género; esto debe inscribirse en el proceso tal como lo enuncia el Centro Nacional de Memoria Histórica: “el derecho a la Justicia que debe satisfacer el Estado y sus autoridades, mediante procedimientos que conduzcan al establecimiento de los hechos, la identificación, investigación, juzgamiento y sanación de los responsables” (2016, p. 13). No obstante, en el proceso de desmovilización de las mujeres guerrilleras dentro de los estrados judiciales, no se les permite tener voz en el momento del juicio, razón por la cual se terminan adicionando cargos diferentes a la rebelión en su condición de insurgentes:

Pues no, en ese momento solo se habló de que yo era una persona que ha pertenecido a un grupo armado y que… que había hecho mucho daño… porque en el juicio solamente lo llevan por un delito que usted cometió y llevan los testigos y a usted no la dejan hablar nada, a usted solo le preguntan si usted es culpable, sí o no, y ya, esa es su participación (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

Lo que tomaron en cuenta fue el reporte que pasó el ejército, que habíamos sido capturados realizando una emboscada a dos cuadras de un puesto de policía. Entonces los aspectos es que son las guerrilleras y las capturaron realizando antes unas tomas de tal y tal pueblo y ya, ese fue el reporte que pasaron y eso fue lo que tuvieron en cuenta mío y no fue más […] A uno nunca le preguntan: “allá usted ¿por qué ingresó a las FARC o cuál fue el motivo de ingresar?” Sino “usted es guerrillera” y ya; “usted, conforme la capturan, usted es guerrillera y la vamos a condenar por esto, esto y esto” y pare de contar (exguerrillera EPL, noviembre de 2016).

La falta de inclusión de las mujeres insurgentes en las instituciones ha determinado inequidades en el momento del juicio, puesto que no se reconocen aquellas formas de violencia a que ellas estuvieron expuestas en el contexto de la guerra y que se siguen presentando en el momento en que no son escuchadas y no se reconocen experiencias que dejaron marcas significativas dentro de sus vidas. “El acceso a la justicia para las mujeres exige,” como plantea Agatón, “que los asuntos que se debaten en los estrados judiciales, en su condición de víctimas o infractoras de la ley, sean abordados con una perspectiva capaz de reconocer las históricas circunstancias de discriminación y subordinación” (Agatón, 2013, p. 177).

Al hablar de mujeres que estuvieron inmersas en un contexto de guerra tanto en la posición de víctimas como de victimarias, es necesario tomar en cuenta aquellos factores por los cuales ingresaron al grupo armado y también aquellas experiencias sufridas en su permanencia dentro de la organización; es decir, visibilizar las desventajas históricas en que se encuentran para emitir un juicio de manera equitativa.

Entonces, si uno se desmoviliza voluntariamente y va a ayudar a las víctimas a esclarecer aun a los fiscales que no se levantan de una silla a investigar qué fue lo que sucedió, entonces llegamos nosotras a decirles: “esto pasó así, así y así”. Lo único que hacen ellos es ir a reclamar su cheque allá a favor de quién (exguerrillera FARC-EP, noviembre de 2016).

El trabajo conjunto con las mujeres guerrilleras dentro de los diferentes procesos que se llevan a cabo es fundamental, puesto que son ellas las que cuentan la historia, las que han vivido todas aquellas experiencias que son necesarias en el esclarecimiento de los hechos; y, además, puede aportarles no solo la reducción de las penas, sino una atención real que no las revictimice y, por el contrario, que apunte a sanarlas de manera apropiada.

De una u otra forma, nosotras estamos aportándole a la paz, nosotras merecemos una atención especial, pero aquí no hay ninguno… que se preocuparan más por nosotros, que no nos den una charla siempre de lo mismo, a veces que vienen los del Ministerio de Justicia a darnos charlas y explicarnos cómo es la ley, pero no tenemos ningún beneficio. Lo único distinto como desmovilizadas es que recibimos la visita los miércoles y eso las que tienen la familia; de resto no tenemos ningún otro beneficio (exguerrillera ELN, noviembre de 2016).

Finalmente, la apuesta real en la consecución de una justicia de género radica en la transformación de los patrones patriarcales impuestos socialmente, los cuales justifican desventajas y violencia contra las mujeres. Hace falta una atención que visibilice dichas inequidades, las trabaje desde la no revictimización y tome en cuenta las experiencias de cada mujer, con el fin de comprender a la vez su manera de ser y actuar en la sociedad, en pro de garantizar un acceso pleno a la justicia.

Referencias

Agatón Santander, Isabel. (2013). Justicia de Género: un asunto necesario. Bogotá: Editorial Temis. [ Links ]

Berger, Peter L. y Luckmann, Thomas. (2003). La construcción social de la realidad. Buenos Aires: Amorrortu. [ Links ]

Cabra, Nina Alejandra y Escobar, Manuel Roberto. (2014). El cuerpo en Colombia / Estado del arte: cuerpo y subjetividad. Bogotá: Universidad Central/Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico, IDEP. [ Links ]

Centro Nacional de Memoria Histórica, CNMH. (2016). El derecho a la justicia como garantía de no repetición. Bogotá: Centro Nacional de Memoria Histórica. [ Links ]

Grupo de trabajo Mujer y Género. (2008). Recomendaciones para garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las mujeres víctimas del conflicto armado en Colombia. Bogotá: Ántropos Ltda. [ Links ]

Ibarra Melo, María Eugenia. (2008). Guerrilleras y activistas por la paz en Colombia. Inclusión política y rupturas identitarias. Revista Pensamiento Psicológico (4), 65-94. [ Links ]

Ibarra Melo, María Eugenia. (2009). Mujeres e insurrección en Colombia. Reconfiguración de la identidad femenina en la guerrilla. Cali: Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales. [ Links ]

Londoño, Luz María. (2005). La corporalidad de las guerreras: una mirada sobre las mujeres combatientes desde el cuerpo y el lenguaje. Revista de estudios sociales (21), 67-74. [ Links ]

Pal, Sampat. (2009). El ejército de los saris rosas. Barcelona: Planeta. [ Links ]

Thomas, Florence. (2003). Género femenino. Un ensayo autobiográfico. Bogotá: Aguilar. [ Links ]

Thomas, Florence. (2017). Laura, una chica con suerte. Periódico el Tiempo. Recuperado de <http://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/florence-thomas/laura-unachica-con-suerte-florence-thomas-columna-el-tiempo-54245>. [ Links ]

1 La presente investigación se llevó a cabo en el marco del Seminario de grado de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Bogotá, Colombia, dirigido por Dalis del Pilar Sierra, a quien le debo un agradecimiento especial.

2Trabajadora social egresada de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca; especialista en estudios feministas y de género por la Universidad Nacional de Colombia.

3Trabajadora Social, especialista en Derechos Humanos. Labora actualmente en la Secretaría de la Mujer, Dirección de Acceso a la Justicia y Eliminación de Violencias.

Recibido: 15 de Agosto de 2016; Aprobado: 09 de Noviembre de 2017

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons