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Política y cultura

versión impresa ISSN 0188-7742

Polít. cult.  no.48 México sep./dic. 2017

 

La Constitución y su aplicación a la realidad mexicana

La desaparición de poderes en México y su puesta en práctica. Los casos de Guerrero (1960-1961) e Hidalgo (1975)

The disappearance of powers in Mexico and their practice. The Cases of Guerrero (1960-1961) and Hidalgo (1975)

Harim Benjamín Gutiérrez Márquez* 

*Profesor-investigador, Departamento de Política y Cultura, UAM-Xochimilco, México [hbmarquez@correo.xoc.uam.mx].


Resumen:

La desaparición de poderes es una facultad del Senado mexicano que le permite declarar que han desaparecido todos los poderes constitucionales en un estado de la República y disponer la intervención federal para subsanar los trastornos graves que hayan provocado esa situación. Este artículo examina dos casos en los que fue aplicada: Guerrero en 1960-1961 e Hidalgo en 1975, para mostrar cómo dicha facultad, otorgada por el artículo 76 de la Constitución de 1917, fue en la práctica un instrumento de control del régimen autoritario que gobernó a México durante el siglo XX, pues servía a los presidentes para suprimir gobiernos estatales cuyas acciones rompían el orden constitucional, ponían en riesgo la gobernabilidad o desafiaban la autoridad presidencial.

Palabras clave: autoritarismo; presidencialismo; Guerrero; Hidalgo; México

Abstract:

The disappearance of powers is a faculty of the Mexican Senate that allows it to declare that all the constitutional powers have disappeared in a state of the Republic and to arrange a federal intervention to remedy the serious disturbances that have caused that situation. This article examines two cases in which it was applied: Guerrero in 1960-1961 and Hidalgo in 1975, to show how this power, granted by article 76 of the Constitution of 1917, was in practice an instrument of control of the authoritarian regime that ruled to Mexico during the 20th century, as it served presidents to suppress state governments whose actions broke constitutional order, put at risk governance or challenged presidential authority.

Key words: authoritarianism; presidentialism; Guerrero; Hidalgo; Mexico

Qué es la desaparición de poderes

El régimen autoritario surgido de la Revolución de 1910-1920, que gobernó a México durante la mayor parte del siglo XX, formalmente era una república federal formada por estados libres y soberanos. Sin embargo, en los hechos, la gran autoridad del Ejecutivo Federal a menudo atentaba contra la soberanía de las entidades federativas, en el afán de cumplir con los planes y proyectos del presidente de la república. Una de las formas en que se manifestó esta situación, fue la destitución de docenas de gobernadores entre 1917 y 1975, bajo la forma de la desaparición de poderes.

Manuel González Oropeza sostiene que la desaparición de poderes en México fue establecida por la Constitución como una forma de intervención para subsanar trastornos graves en las entidades federativas: “Ante los múltiples y variados supuestos que en la práctica se dan, el sistema federal adminicula constitucionalmente una gama de medidas de intervención [...] con el objeto de restablecer el orden”.1 Esa función data del siglo XIX. En 1874 fue reformada la Constitución de 1857 para restablecer el Senado; el artículo 72, fracción V, le asignó la facultad de “[...] declarar cuando hayan desaparecido los poderes constitucionales [...] de un Estado, que es llegado el caso de nombrarle un gobernador provisional”. Ese gobernador sería nombrado por el Ejecutivo Federal y aprobado por el Senado, y convocaría a elecciones.2

A su vez, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 (en adelante CPEUM), artículo 76, fracción V, faculta al Senado para declarar que han desaparecido todos los poderes constitucionales en un estado y, en ese caso, nombrará un gobernador provisional que convocará a elecciones para reconstruir su orden jurídico. Ese gobernador será nombrado por el Senado a propuesta del presidente de la República. En los recesos del Senado, tendrá esa función la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.3 Teóricamente esa función del Senado es sólo declarativa, pues éste no desaparece los poderes, sino que constata el hecho. En otras palabras, la declaración no tiene efectos constitutivos, sino que debe reflejar la realidad; empero, la carencia de supuestos normativos para emitirla dio lugar al abuso, la arbitrariedad y la invasión competencial.4

La desaparición de poderes sirvió como un instrumento de control autoritario durante gran parte del siglo XX, pues le servía al presidente para destituir al gobernador de un estado. González Oropeza enlista 62 casos entre junio de 1917 y abril de 1975.5 Es significativo que la aprobación de la Ley Reglamentaria de la fracción V del artículo 76 se demoró casi 63 años, hasta 1978.6 Es también significativo que desde entonces no se ha vuelto a declarar una sola desaparición de poderes, aunque los presidentes han destituido gobernadores valiéndose de otros recursos. González Oropeza sostiene que, a falta de reglamentación, las desapariciones de poderes entre 1917 y 1978 no tuvieron fundamento legal y estuvieron al margen de la Constitución.7 También afirma que, pese a que dicha facultad se ideó únicamente para solucionar el vacío de poder en los estados, se había “aplicado en forma extensiva”, como remedio efectivo para la corrupción de gobernadores, para dirimir cuestiones electorales o, en el peor caso, como correctivo en las relaciones no cordiales entre gobernantes locales y federales.8

Ahora bien, para contribuir al estudio de esta cuestión, hemos seleccionado dos casos representativos: los estados de Guerrero en 1960-1961 e Hidalgo en 1975. Ambos tienen en común haberse originado, en buena medida, en el afán de poder o por la ambición de los gobernadores y sus allegados. En Guerrero, fueron la corrupción y el despotismo del gobernador Raúl Caballero Aburto los que detonaron un movimiento popular masivo en su contra; el asunto se agravó tanto que el gobierno de Adolfo López Mateos decidió darle fin a la administración de Caballero Aburto, para recuperar un mínimo de gobernabilidad en Guerrero. En Hidalgo, Manuel Sánchez Vite trató de imponer a su sucesor en la gubernatura en contra de la voluntad presidencial, con el fin aparente de imponer una suerte de maximato estatal, al mismo tiempo que jugaba en favor de las aspiraciones presidenciales del secretario de la Presidencia, Hugo Cervantes del Río, y en contra de las del titular de Gobernación, Mario Moya Palencia.

Guerrero, 1960-1961

El general de brigada, diplomado de Estado Mayor, Raúl Caballero Aburto, era originario de Tlacochistlahuaca, cerca de Ometepec. Entre 1936 y 1956 fue agregado militar en varios países de América Central, comandante de las zonas militares de Aguascalientes y Jalapa, y cursó un diplomado en unidades blindadas en Fort Knox, Kentucky, Estados Unidos.

Sin experiencia en cargos de elección popular, y habiendo hecho la mayor parte de su carrera fuera del estado, su postulación a la gubernatura en 1956 por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) fue posible por el apoyo del presidente Adolfo Ruiz Cortines (1952-1958). Se decía que su mérito principal había sido participar el 7 de julio de 1952, en la Alameda Central de la Ciudad de México, en la represión a los partidarios de Miguel Henríquez Guzmán, candidato derrotado en las elecciones presidenciales. También se dijo que pesó la influencia del ex presidente Miguel Alemán Valdés (1946-1952), quien habría confiado al general la protección de sus intereses en la industria turística de Acapulco.9 Además, es posible que la gubernatura haya sido parte de la cuota de cargos de elección popular que el régimen de la Revolución acostumbraba reservar para militares.

Caballero Aburto, desvinculado de los problemas y necesidades de los guerrerenses de a pie, también enfrentó el resentimiento de grupos priistas que habían perdido la carrera por la gubernatura; entre éstos, los vinculados con el secretario de la Presidencia en el gobierno de Adolfo López Mateos (1958-1964), Donato Miranda Fonseca, quien buscaba la nominación para la presidencia de la República en 1964.10

El general se distinguió por su autoritarismo y despotismo, y por usar el poder en su beneficio y el de sus familiares y amigos. Empleó la represión violenta, y se le atribuyó la responsabilidad de numerosos homicidios. Se enfrentó en malos términos con gran parte de las fuerzas vivas del estado. La más conocida de estas pugnas es la que sostuvo con Jorge Joseph Piedra, presidente municipal de Acapulco, un popular político a quien acusó de malversación de fondos. El gobernador saboteó al Ayuntamiento impidiéndole recaudar rentas y manipuló al cabildo para destituir a Joseph e imponer a Alfonso Villalbazo Alarcón.11

La diputada Macrina Rabadán acusó a Caballero Aburto de valerse de grupos de colonos de asentamientos irregulares para amedrentar a Joseph. La campaña contra el alcalde provocó la oposición de organizaciones como la Asociación Cívica Guerrerense (ACG), fundada en 1959 y dirigida por Darío López Carmona, la cual pidió la desaparición de poderes en la entidad y que se abriera una investigación federal contra la administración de Caballero Aburto; además, la ACG convocó a una “huelga cívica popular”.12

Mientras tanto, se gestó otro conflicto en la Universidad de Guerrero. El 22 de marzo de 1960 el antiguo Colegio del Estado había sido transformado en Universidad y el 17 de junio se promulgó su Ley Orgánica, que le reconocía una autonomía limitada.13 El 21 de octubre estalló un movimiento estudiantil por la plena autonomía; el rector fue destituido, mientras que los estudiantes obtuvieron un apoyo popular significativo. El 31 de octubre se realizó una marcha muy concurrida en Chilpancingo, que dio lugar a la formación de una Coalición de Organizaciones Populares, a la que se sumó la ACG, para impulsar la huelga cívica.14 Caballero Aburto rectificó y el 2 de noviembre se derogó la Ley Orgánica; además, el 2 de diciembre le adjudicó a la Universidad las propiedades de su edificio principal y anexos (que estaban tomados por los estudiantes), así como de un casino, una alberca, un estadio, un lienzo charro y cinco hectáreas de tierras.15 Sin embargo, los estudiantes inconformes no cejaron. Se había conformado un amplio movimiento por la autonomía y contra el gobernador. Pero su demanda principal, la desaparición de poderes, tenía que resolverse en la capital del país.

Los inconformes acudieron primero a la Cámara de Diputados, la cual, el 8 de noviembre, decidió que no era de su competencia el asunto, por lo que se dirigieron al Senado.16 La Cámara alta recibió una larga carta que detallaba el caso; la firmaban numerosas organizaciones formadas por militantes del PRI -incluida la ACG- y otros organismos no afiliados al partido oficial y otros que se declararon apolíticos. Sus representantes eran los licenciados Eladio Díaz Ortiz y Pedro González Palacios, el profesor Genaro Vázquez Rojas, la profesora Beatriz Hernández, el profesor Salvador Sámano, Arturo Rodríguez Moreno, José G. Gutiérrez Galindo, Jesús García Galeana y Blas Vergara.

La carta acusaba a Caballero Aburto de haber “ordenado gran número de asesinatos” cometidos por “policías y maleantes”. Denunciaban “hechos, omisiones, excesos y violaciones a las leyes en general y a la Constitución” cometidos por el gobernador, por los integrantes de la Cámara de Diputados estatal y del Tribunal Superior de Justicia. Señalaron: “Han hecho que los poderes estatales estén en manos sólo del Ejecutivo, rompiendo así el principio de la división de poderes, atacando las instituciones democráticas y a la forma de gobierno, con la constante usurpación de funciones y la incontable violación a las garantías individuales”. Los denunciantes lamentaban que la Cámara de Diputados hubiese declarado indebidamente, en su opinión, que no era de su competencia conocer la denuncia. La acusaron de haber “dejado de escuchar a todo un pueblo que, en ejercicio pleno de sus derechos ciudadanos, trata de encauzar a su Estado” conforme a la Constitución.

Entre las acusaciones puntuales estaban las siguientes:

  1. El gobernador manipuló la ley de Catastro núm. 24, del 16 de julio de 1957, para encomendar los avalúos de los terrenos propiedad del estado a una compañía llamada “Planeación y Avalúo”, formada por el general y unos socios españoles. Esa compañía vejaba y extorsionaba a los habitantes de Acapulco y otras localidades, y ponía precio caprichosamente a los terrenos.

  2. Atacar a las instituciones democráticas y a la forma de gobierno republicano, representativo y federal, y usurpar funciones. Aburto había sometido al Legislativo, pues entre los once diputados locales se contaban su sobrino político, su ex secretario particular y cuatro de sus compadres; uno de los compadres era Ernesto Domínguez Pichardo, “con una larga cadena de crímenes en la Tierra Caliente”, donde no pudo ser impuesto como diputado, siendo electo entonces por Chilpancingo. El resto de los diputados eran aliados o serviles del gobernador. A su vez, el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ramón Vázquez López, era sobrino del general, y también lo era otro magistrado, Wulfrano Peña Montero; otro, Gabriel Parra, “por su edad” hacía lo que le decían; uno más, Alfonso Flores, también era servil. Otro magistrado, Salvador Castro Villalpando, era el único que rechazaba las consignas del general y del hermano de éste, Enrique Caballero Aburto, por lo que éstos ordenaron que fuera apresado y asesinado, pero se salvó mediante dos juicios de amparo que promovió. Decían además que era público y notorio que todos los condenados en primera instancia por el tribunal eran luego absueltos por órdenes de los hermanos Caballero.

  3. Lo acusaban de violar las garantías individuales, pues desde 1956 inició una campaña de “despistolización”, que consistía en mandar a la policía, por las noches, a allanar domicilios sin orden judicial. Se había sacado a campesinos de sus casas para matarlos y arrojar sus cuerpos al lado de las carreteras; incluso algunos lugares se habían hecho notorios como tiraderos de cadáveres, como el “Paso o Puente Caballero Aburto” a la entrada de Atoyac. Además, los allanadores violaban a las mujeres o las secuestraban, y robaban cuanto podían. Las armas robadas, si se hallaban en buen estado, eran llevadas a las armerías que poseían Caballero Aburto en Puebla.

  4. Lo señalaban como violador del artículo 115 de la Constitución, por sus ataques al alcalde de Acapulco, Jorge Joseph Piedra. Éste había clausurado casas de juego y asignación propiedad del gobernador. Entonces, el general, mediante su hermano Enrique y su sobrino el diputado Manuel Añorve López -y sus pistoleros y policías- trató de quitar los sellos y clausuras. Además, trató de ahorcar financieramente al municipio, realizó tentativas de soborno y lo acosó y amenazó de diversas formas. Además, ordenó secuestrar a los regidores y los obligó a simular una sesión de cabildo donde aprobaron una licencia espuria para separar a Joseph del cargo y nombrar un sustituto al gusto del gobernador. Joseph, a su vez, fue secuestrado y amenazado de muerte; lo dejaron ir y tuvo que huir a la capital de la República.

  5. Lo hacían responsable de asesinatos cometidos por la policía, al mando de esbirros como Francisco Bravo, alias La Guitarra, quien, so pretexto de la despistolización, mataba campesinos para robarles armas, bienes y tierras con total impunidad. Un día, por ejemplo, aparecieron tres muertos en la “curva Caballero Aburto”, en Atoyac. El mismo gobernador se jactaba de “haber mandado matar a unos cuantos revoltosos”. Los quejosos enlistaron 35 víctimas asesinadas desde 1957, a menudo por policías, tras sacarlas de la cárcel, por resistirse al robo, por defender a sus esposas o hijas, por resistirse a un intento de violación o por ser opositores al gobierno.

  6. Lo acusaban de robos, despojos, enriquecimiento ilícito y pillaje. Gracias a la campaña de despistolización, el gobernador y su familia robaban “armas, dinero, alhajas, documentos valiosos y terrenos”. Caballero Aburto justificó sus bienes inmuebles diciendo que tenía muchos, “sin recordar sus números y cantidades”, que era rico antes de ser gobernador y que lo que tenía era producto de regalos de las fraccionadoras. Los denunciantes enlistaron 23 casas, ranchos y terrenos ubicados en la capital del país, en las ciudades de Puebla y Acapulco y otras localidades de Guerrero, a nombre del general, su esposa y su hija. Además, tenía muchas otras propiedades a nombre de hermanos y hermanas, como la mayor parte de los camiones y camionetas de pasajeros de las líneas “Gacela” de Chilpancingo a Chilapa, y de Acapulco a Ometepec, así como de los Transportes Urbanos de Acapulco, amén de más bienes inmuebles en Guerrero, Aguascalientes, Puebla y Veracruz.

  7. Además, la Cámara de Diputados local violó la Constitución y leyes federales al decretar un gravamen adicional y especial a la copra de tres centavos por kilogramo, y de un peso por coco seco y verde. Se ordenó que lo recaudado se entregara a dos entidades privadas, la Sociedad Mercantil y la Unión de Copreros -integradas por gente del gobernador-, supuestamente para fomentar y proteger el cultivo, producción e industrialización del coco. Los auténticos copreros ganaron un amparo y obtuvieron protección federal; pero el Congreso del Estado, el gobernador y los recaudadores interpusieron el recurso de revisión, mismo que fue conocido por la Suprema Corte de Justicia, la cual confirmó la sentencia. Caballero Aburto, el Congreso y los recaudadores se habían resistido a cumplir con la ejecutoria que ordenaba devolver lo recaudado, pretextando que habían reunido sólo 50 mil pesos, mientras que los quejosos calculaban que habían juntado más de seis millones. Posteriormente los diputados y el gobernador promulgaron otra ley que creaba un impuesto similar. Hecho lo anterior, prohibieron el tráfico de la copra y del coco en bola si no estaba amparado por la boleta de pago del impuesto; al sacar la copra y el coco por un puerto marítimo, o por carretera, las autoridades recogían la boleta, provocando que el contribuyente no pudiera justificar el pago.

Los denunciantes concluían:

Los hechos antes mencionados, constituyen violaciones flagrantes de la Constitución de la República, y son un testimonio irrecusable de que se ha roto el orden constitucional [...] por lo que venimos a pedir, en nombre del glorioso y sufrido pueblo de Guerrero, que se le libere de la tiranía [...] Momento a momento se agrava la situación, pues las represalias de Caballero Aburto se han dejado sentir en forma por demás peligrosa para la vida y para la libertad de la ciudadanía.17

La Cámara dictaminó que los firmantes ejercían la acción popular que establecía la Constitución, y que los hechos enunciados podían quedar comprendidos en los supuestos de los artículos 108, 109 y 111 constitucionales. Sin embargo, también consideró que el Senado sólo podía intervenir previa declaración de la Cámara de Diputados de haber lugar a proceder, formulando una acusación formal ante el mismo Senado.18

A pesar de que la solicitud de desaparición de poderes quedó detenida, de momento, el movimiento opositor continuó. El 20 de noviembre se manifestaron en Chilpancingo diez mil personas. Hubo otras manifestaciones en Iguala y Chilapa; en Taxco paró el comercio y anunció que no pagaría impuestos; algo similar hizo el comercio de Teloloapan, mientras que las escuelas Normal y de Enfermería, junto con las secundarias, también pararon.19

El 25 de noviembre, en Chilpancingo, la policía y el ejército desalojaron a los manifestantes de la alameda Francisco García Granados. Trataron de tomar el edificio de la Universidad, pero la resistencia popular lo impidió. Hubo numerosos heridos y detenidos, entre ellos el doctor Pablo Sandoval, militante del Partido Comunista y líder del comité de padres de familia; y el profesor Genaro Vázquez Rojas, líder de la ACG. Chilpancingo quedó en un estado de sitio de facto y el ejército lo patrullaba. Se paralizó la actividad económica, los contribuyentes suspendieron pagos y los burócratas se pusieron en huelga. Protestas y movimientos similares cundieron por el estado, y se decía que la Cámara de Diputados local era la única de las fuerzas vivas que aún apoyaba al gobernador.20 Éste, mientras tanto, se refugió en su casa de Acapulco y realizaba algunas giras para guardar apariencias, pero ya ni siquiera podía mantener el orden público, tarea que realizaba el ejército. El movimiento popular no cedía, la situación se tornó cada vez más tensa y la gota que derramó el vaso tuvo lugar el 30 de diciembre en Chilpancingo.

Un militar tuvo un altercado con un civil que iba a colocar en un poste de luz una manta contra Caballero Aburto; al parecer, el civil trató de desarmar al soldado, quien lo mató de un tiro. Los ánimos se desbordaron. Los manifestantes se enfrentaron con las tropas, quienes los esperaban con bayonetas caladas; algunos civiles fueron heridos y entonces alguien disparó. Los militares, a su vez, dispararon contra los manifestantes. Murieron al menos 23 civiles y fueron heridos 37; dos militares fallecieron. En las horas siguientes, los militares desalojaron a los estudiantes de la Universidad. Mientras tanto los funcionarios leales a Caballero Aburto se refugiaron en un hotel, temiendo por sus vidas.21

Ante esa situación, probablemente el gobierno de López Mateos decidió retirar su apoyo al gobernador y quitarle el freno al procedimiento de desaparición de poderes. El senador Manuel Moreno Sánchez, hombre de confianza de López Mateos, planteó el asunto en la Cámara el mismo día 30, antes de que se produjera la matanza de Chilpancingo. Fue durante el transcurso de esa sesión que se informó a los senadores, vía telefónica, sobre esos hechos sangrientos.22

Moreno Sánchez señaló en la tribuna que en los últimos meses se había presentado un “fenómeno de intranquilidad” en Guerrero, muy preocupante para el Senado y la opinión pública. Se recibían noticias inquietantes y parecía que se producían “desajustes profundos”. Por lo anterior, Moreno Sánchez logró que se designara una comisión para investigar el caso e informar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión; se nombró como comisionados a Eduardo Livas Villareal, Juan Manuel Terán Mata, José Castillo Tielemans y Carlos Ramírez Guerrero.23 La comisión se trasladó de inmediato a Guerrero. El 4 de enero estaba de regreso para rendir su informe.

Los comisionados relataron que habían visitado Chilpancingo, Tierra Colorada, Acapulco, Iguala y Taxco. Chilpancingo estaba bajo vigilancia exclusiva del ejército, y fue el jefe de la Zona Militar, el general Taboada, quien les dijo que el ejército llevaba 70 días guardando el orden, protegiendo el local de la Universidad ocupado por los estudiantes. El general refirió que una persona que trataba de fijar propaganda trató de quitarle su arma a un soldado; en el forcejeo se produjo un disparo que hirió gravemente al civil, quien falleció. Dada la situación de efervescencia social y tensión permanente, con gran rapidez se concentró la gente en el lugar de los hechos. Se enviaron más tropas para evitar alteraciones del orden, pero cuando los oficiales trataban de calmar los ánimos, se hicieron disparos sobre los soldados que se hallaban todavía en formación y no en dispositivo de lucha, constituyéndose una agresión al ejército que fue rechazada, “registrándose lamentablemente pérdidas de vidas y personas lesionadas”.

La comisión se entrevistó luego con el gobernador, quien reconoció haberse ausentado de Chilpancingo desde mediados de octubre. Interrogado sobre “si había tomado alguna medida [...] tendiente a disminuir la tensión [...] o para acometer la resolución de los problemas que tenía planteados desde hace más de sesenta días”, Caballero Aburto “respondió negativamente”.

Posteriormente recibieron a numerosos ciudadanos; éstos coincidieron en la falta o irregularidad del despacho de los asuntos públicos en Chilpancingo durante los pasados dos meses y medio y, en particular, desde que el 7 de noviembre fue reprimida una manifestación en apoyo de los estudiantes. Al día siguiente, los comisionados tenían previsto entrevistarse con gente del gobernador, pero sólo concurrieron algunas personas para entregar manifiestos impresos en apoyo al gobierno del estado; las mismas personas anunciaron la comparecencia de los diputados locales, pero éstos, a pesar de haber solicitado y obtenido audiencia por vía telefónica, jamás se presentaron. Al recorrer la ciudad, la comisión se percató de que casi todos los comercios y los lugares públicos estaban cerrados y las oficinas de gobierno ocupadas por el ejército. Añadieron: “Percibimos, asimismo [...] un estado de intranquilidad, de zozobra y de angustia”.

En otros municipios también era evidente el vacío de poder. En Tierra Colorada, por ejemplo, no existía autoridad alguna; las autoridades civiles habían abandonado el ayuntamiento y el edificio estaba en manos de los militares. Ahí, los ciudadanos relataron que varios ayuntamientos habían desconocido al gobernador y que prevalecían la anarquía, la intranquilidad, el desorden y la falta de garantías. En Acapulco, comisiones de ciudadanos denunciaron la ausencia de autoridad municipal, así como la reiterada actuación de la policía para disolver manifestaciones e impedir la libre expresión, como ocurrió ese día, en que se impidió una reunión pública. El ayuntamiento también estaba ocupado por los militares. Nadie habló en favor de las autoridades municipales o estatales. El gobernador, en ese mismo lugar, declaró que la situación del puerto “se debía a la acción de diversos grupos o fuerzas ideológicas extremistas”. El juez federal de Distrito con sede en Acapulco reportó que, desde mediados de octubre, 106 personas habían solicitado más de dos mil amparos contra actos arbitrarios o abusos de autoridad del Ejecutivo estatal.

En Iguala y Taxco también los palacios municipales estaban resguardados por el ejército. Las autoridades municipales manifestaron la constante dificultad para ejercer sus funciones, tanto por falta de apoyo del gobierno del estado, como por la “manifiesta hostilidad” del pueblo hacia los funcionarios. También estaban paralizadas las escuelas, “por la alarma natural de los padres de familia [y] por la actitud adversa adoptada por el magisterio”. En resumen, los senadores constataron:

  1. La “necesaria” ocupación militar de las sedes de las autoridades estatales y municipales, particularmente del Palacio de Gobierno de Chilpancingo.

  2. El gobernador y los diputados locales se habían ausentado de su capital, y los segundos despachaban irregularmente. Los tribunales denegaban justicia.

  3. La manifestación de numerosas irregularidades, faltas y contravenciones en la administración pública, denunciada por trabajadores, campesinos, comerciantes, ganaderos, maestros, artesanos y empleados públicos.24

A continuación, las comisiones respectivas dictaminaron:

I. Que era profundo e irreparable el desajuste político y social entre el pueblo y los poderes estatales. La incomprensión recíproca impedía toda relación humana, social y constitucional indispensable para el orden político y la vigencia de la libertad. II. Que la existencia de los poderes requería la presencia de individuos en los lugares de su residencia normal, dentro de sus periodos de labores. Asimismo, los integrantes de los poderes debían ostentar y ejercer normalmente su investidura. III. Era evidente que los poderes de Guerrero habían dejado de tener existencia real y jurídica, pues era imposible que los individuos que los formaron pudieran ostentar en lo sucesivo sus investiduras y cumplir con sus funciones, pues la sociedad había llegado a un estado de “tensión, inconformidad y repudio” de ellas, de una intensidad tal que impediría por completo la restauración del orden normal, el funcionamiento de los órganos de autoridad, y la vigencia de la libertad indispensables para el régimen constitucional.25

En la discusión posterior a la presentación del dictamen, el senador Natalio Vázquez Pallares señaló:

[...] si somos un pueblo demócrata, que hemos hecho de la democracia una forma de vivir, debemos respetar los gobiernos constituidos bajo este signo, pero nosotros tenemos la obligación, también, de no permitir [...] más cacicazgos en la República; no permitir más gobiernos divorciados del pueblo; no permitir ningún gobierno que no ejercite sus derechos constitucionales, porque, lo dijo el señor presidente [López Mateos]: “Los caciques existen mientras el pueblo los soporta”.

El dictamen fue aprobado por unanimidad y se le solicitó a López Mateos la terna para nombrar al gobernador provisional. Ese mismo día se les notificó que el secretario de Gobernación, Gustavo Díaz Ordaz, había acusado recibo y enviado la terna: Arturo Rodríguez Adame, Fernando Román Lugo y Ruffo Figueroa. Los 26 legisladores de la Comisión Permanente votaron unánimemente por Martínez Adame, quien ya se había apersonado en la Cámara y enseguida rindió protesta. La lectura del mensaje presidencial con la terna, la votación, el escrutinio y la toma de protesta demoraron sólo 20 minutos.26

Martínez Adame, abogado originario de Chilpancingo, era ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Gobernó hasta el 4 de marzo de 1963, cuando renunció por motivos de salud. Quedó como encargado del despacho el secretario de Gobierno, Alberto Saavedra, quien entregó la administración al nuevo gobernador constitucional, Raymundo Abarca Calderón, el 1 de abril de 1963.27 Raúl Caballero Aburto recibió una especie de compensación: el 5 de mayo fue nombrado agregado militar de México en la República de El Salvador, con un elevado salario. No volvió a figurar en la política. Murió en 1977 en la ciudad de Puebla, víctima de un infarto.28

Hidalgo, 1975

A diferencia de Guerrero, en Hidalgo la desaparición de poderes, ocurrida cuando no había transcurrido un mes de la toma de posesión del gobernador Otoniel Miranda, no fue la consecuencia de un movimiento popular masivo. Fue producto de una pugna por el poder entre el presidente Luis Echeverría y el ex gobernador Manuel Sánchez Vite.

Este último, originario de Molango, fue maestro normalista y abogado. Hizo carrera en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), dentro del grupo del principal cacique del gremio, Jesús Robles Martínez; entre 1952 y 1955 ocupó la Secretaría General. Posteriormente fue procurador de Justicia de Hidalgo, diputado federal y senador. En 1969, postulado por el PRI, triunfó como candidato único a la gubernatura de Hidalgo.

Sánchez Vite no estaba desarraigado, pero buena parte de su carrera se había desarrollado fuera del estado; además no pertenecía a ninguna de las dos principales camarillas políticas locales: las encabezadas, respectivamente, por los ex gobernadores Javier Rojo Gómez y Alfonso Corona del Rosal. El profesor y licenciado se distinguió por su fuerte carácter y su estilo autoritario, represivo y severo, así como por la cantidad y calidad de las obras públicas que realizó, pero también por lo arbitrario y despótico de los métodos para llevarlas a cabo.29 No permaneció mucho tiempo en la gubernatura; en diciembre de 1970 fue nombrado por Echeverría como presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PRI; pidió licencia y dejó como interino a uno de los suyos: el profesor Donaciano Serna Leal.30

Sánchez Vite resultó incompatible con el estilo de Echeverría, a pesar de era alguien de quien pudiera esperarse una disciplina absoluta u obediencia incondicional. No simpatizaba con los tecnócratas y estaba alineado con las facciones más conservadoras del PRI; no estaba conforme con el reformismo del presidente, quien, motivado por factores como el agotamiento del desarrollo estabilizador y la erosión de la legitimidad del régimen por sucesos como la matanza del 2 de octubre de 1968, trataba de modificar las formas habituales de gobernar.31

Sánchez Vite formó un bloque con el líder de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Fidel Velásquez, para oponerse a causas como la democratización de los sindicatos y la creación de organizaciones rurales fuera de la órbita de la Confederación Nacional Campesina (CNC).32 Esos movimientos, en parte, eran instrumentalizados o alentados por el presidente, así que la relación se hizo insostenible. En febrero de 1972 Echeverría le solicitó su renuncia. Sánchez Vite tuvo una salida honrosa: regresó a Hidalgo y reasumió la gubernatura durante el resto de su mandato, que culminó en 1975.

A la sazón, Hidalgo estaba muy agitado. Por ejemplo, los problemas agrarios se agudizaron en la región de la Huasteca, donde las disputas por la tierra entre ganaderos, agricultores y terratenientes privados, por un lado, y comunidades y ejidos de campesinos indígenas y mestizos por el otro, dio lugar a una serie de despojos, recuperaciones y ocupaciones de tierras que se prolongó por diez años a partir de 1971. Estos conflictos dejaron una estela de muertos, desaparecidos, emboscadas y represión, que rebasó a las autoridades civiles. Ante eso, el gobierno federal movilizó numerosos efectivos militares para mantener el orden; al mismo tiempo llegaron más funcionarios federales civiles encargados de resolver asuntos agrarios y de promover el desarrollo rural. Además, el gobierno de Echeverría dio su apoyo a dos organizaciones oficialistas emergentes, la Central Campesina Independiente (CCI) y el Consejo Agrarista Mexicano (CAM), que lograron reunir una membresía considerable en Hidalgo; por lo demás, la administración echeverrista se proponía aprovechar las movilizaciones campesinas para ampliar su propia base de poder.33

Sánchez Vite repelió drásticamente las invasiones de tierras, pues las consideraba como una agresión por parte de Echeverría. No era el único. El intento del presidente de revitalizar el agrarismo oficialista, que entre otras cosas implicó el reparto de millones de hectáreas y llegó al extremo de comparar al jefe del Ejecutivo con Emiliano Zapata y Lázaro Cárdenas, le redituó la animadversión de una buena parte del sector privado, particularmente de grandes agricultores, minifundistas y ganaderos inquietos por las movilizaciones campesinas y las renovadas expectativas de mucha gente del campo

En Hidalgo destacaban entre esos descontentos algunos caciques prominentes, así como fuertes oligarquías locales que habían pactado con los gobiernos federal y estatal, desde los días de la revolución y del cardenismo, no sólo el reconocimiento del control político regional, sino también la capacidad para controlar, rechazar o instrumentalizar el reparto agrario. Entre estos personajes, especialmente los provenientes de la Huasteca y la Sierra oriental, Sánchez Vite había hallado algunos apoyos más sólidos, por lo que tenía un gran incentivo para oponerse al CAM y la CCI, así como para obstaculizar el trabajo de los funcionarios agrarios federales.34 Además, el gobernador tenía el respaldo de las dirigencias estatales de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares (CNOP), de la CNC, de la CTM y del SNTE. Al mismo tiempo, quería aprovechar la oportunidad de convertirse en el árbitro de la política hidalguense y preservar su influencia más allá del término de su mandato en 1975.35

Ahora bien, Sánchez Vite se extralimitó, pues atacó a prominentes grupos priistas. Por ejemplo, el senador Germán Corona del Rosal, hijo de Alfonso Corona del Rosal -general del ejército, ex presidente del PRI, ex gobernador de Hidalgo y ex jefe del Departamento del Distrito Federal- declaró a la prensa que él y su familia se habían marchado del estado ante la hostilidad del gobernador.36

También, durante la parte final de su sexenio, Sánchez Vite patrocinó una sonora campaña de propaganda que insistía en que sólo los hidalguenses elegirían al próximo candidato del PRI para la gubernatura. Eso fue un desafío público a la práctica habitual de que el presidente designara a los gobernadores o por lo menos les diera su aprobación.37

Para su mala suerte, Sánchez Vite sobreestimó sus fuerzas y emprendió peleas en varios frentes. Ante la sucesión presidencial de 1976, apoyó las aspiraciones del secretario de la Presidencia, Hugo Cervantes del Río, y comenzó una campaña de desprestigio contra el secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, quien parecía ser el aspirante con mayor posibilidad de suceder a Echeverría. Al principio parecía que la intentona salía bien, pues logró imponer como candidato del PRI a la gubernatura al doctor Otoniel Miranda Andrade, quien era su médico personal y líder de la CNOP en Hidalgo.

Miranda ganó fácilmente las elecciones y tomó posesión el 1 de abril de 1975, con Echeverría como invitado. Pero el presidente no estaba cediendo, sino que esperaba el momento adecuado para responder; para eso contaba con Moya Palencia y con las camarillas priistas hidalguenses resentidas. Pronto comenzó una serie de actos de agitación y disturbios prefabricados, así como una campaña de ataques en la prensa y en el ámbito político contra las prácticas caciquiles de Sánchez Vite y sus aliados.

Mientras tanto, Miranda mostraba una actitud desafiante. El 1 de abril, por ejemplo, en su discurso de toma de posesión, con Echeverría presente, sostuvo que los conflictos agrarios de Hidalgo eran culpa del gobierno federal:

Hidalgo -afirmó- fue de los primeros que terminaron el reparto de la tierra [...] Los problemas actuales [...] se deben a que los funcionarios menores de la Reforma Agraria, salvo contadas excepciones, no atacan los problemas desde su base, permiten y auspician la corrupción de los comisariados ejidales; no van a los ejidos y tierras comunales, no hacen deslindes para saber quién invade a quién; no hacen levantamientos topográficos, no actualizan los censos ejidales, no organizan a los campesinos. En suma, tienen una burocracia que cuando llega a nuestra Entidad, su labor no constituye ninguna novedad.38

Según él, los problemas agrarios eran causados por funcionarios federales menores, indolentes y solapadores, y por líderes venales subsidiados por la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) que auspiciaban “invasiones ilegales”, y traficaban “con la promesa y la ignorancia de los campesinos”, provocando así “enfrentamientos sangrientos e inseguridad”.39 Esto era nada menos que un desafío público al gobierno federal lanzado en la cara del presidente; pero además Sánchez Vite y Miranda estaban ganándose otro enemigo: el titular de la SRA, Augusto Gómez Villanueva, funcionario muy influyente en ese sexenio y también aspirante a la nominación presidencial del Partido Revolucionario Institucional.

La respuesta no tardó. El 24 de abril se realizó un mitin de campesinos y maestros en Actopan. Ahí, las principales organizaciones oficialistas cerraron filas con Echeverría y contra Sánchez Vite. Uno de los oradores, Primitivo García, líder del CAM en la Huasteca, aseguró:

Juntos lucharemos [contra Miranda y Sánchez Vite] porque han pensado que estorbamos en sus planes lucrativos, apoyamos la política agraria, apoyamos al presidente Luis Echeverría, sentimos en carne propia su caciquismo de los actuales gobernantes de Hidalgo. [Unos] 27 comisariados de la sierra de Huejutla quieren exigir que desaparezcan los asesinos de este estado. [Damos] nuestro apoyo al gran líder internacional Luis Echeverría, pedimos apoyo a las organizaciones para que desaparezcan la opresión y la explotación.40

A continuación, Humberto Serrano, el líder nacional del CAM, denunció:

Hace aproximadamente tres meses en el pueblo de Pepeyocatitla, el Gobierno del Estado sacó a casi todos sus habitantes por el solo hecho de exigir sus derechos, actuando a través de la policía y el presidente municipal de Yahualica, que esa acción la llevó a cabo Sánchez Vite y que ahora con Otoniel Miranda el gobernante anterior sigue fungiendo.

Exigió, además, que fueran destituidos los funcionarios partidarios de Sánchez Vite y alardeó que “unidos los campesinos barrerán con quienes no sigan la línea del presidente Echeverría”.41

También habló Alfonso Garzón Santibáñez, dirigente nacional de la CCI, quien atribuyó los males de Hidalgo y la pobreza de sus campesinos al caciquismo, al que acusó de ser el sostén de Sánchez Vite, y exigió que fuesen repartidas todas las tierras que los caciques habían arrebatado a los comuneros. Por su parte, la CNC anunció que había desconocido a su dirigencia estatal en Hidalgo por ser incondicional de Sánchez Vite y hacerse de la vista gorda ante los “atropellos y asesinatos” del gobierno estatal.42

Algo similar hicieron las cúpulas del SNTE y la CNOP, que destituyeron a sus dirigencias estatales, adictas a Sánchez Vite. El gremio magisterial no fue de mucha ayuda para su antiguo dirigente, pues en esos momentos el sindicato era copado por el liderazgo del profesor Carlos Jonguitud Barrios, quien era contrario al grupo de Robles Martínez y contaba con el apoyo de Echeverría. La CTM, antes aliada con Sánchez Vite, no fue obstáculo para el embate presidencial. La campaña de agitación culminó a fines de abril, cuando una multitud de campesinos -en gran parte provenientes de otros estados del país- que realizaba un plantón en la Plaza Juárez de Pachuca, capital del estado, tomó el Palacio de Gobierno sin que la policía o el ejército -que vigilaban las calles- hicieran nada para impedirlo.

Unos días antes, el 22 de abril, había comenzado el proceso para desaparecer los poderes. El diputado Óscar Bravo Santos y el senador Germán Corona del Rosal denunciaron ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que las autoridades del estado habían cometido diversos delitos, desde violaciones a las garantías individuales hasta injerencia indebida en los asuntos del SNTE.43 A la sazón, la Comisión Permanente había recibido además numerosas denuncias que hacían responsables a Sánchez Vite y su gente de la falta de garantías. Acusaciones similares siguieron llegando hasta el 29 de abril, cuando se formalizó la declaración de desaparición de poderes.

Ese día, el diputado Julio Camelo señaló en tribuna que el 1 de abril, durante la renovación de poderes en Pachuca, el presidente Echeverría convocó a “los mexicanos y a los hidalguenses en particular”, a destruir el caciquismo, el autoritarismo y la arbitrariedad. Según el diputado, en los años recientes “el retroceso, la injusticia, el caciquismo y la arbitrariedad” se habían enraizado en Hidalgo. Había la oportunidad para hacer cambios, pero “los intereses de los caciques, de los explotadores de la miseria y de la ignorancia” afloraron e hicieron vivir en zozobra a los hidalguenses. Los legisladores federales de Hidalgo, por su parte, ya habían denunciado los “lamentables acontecimientos” y el “desorden social” que prevalecían.

Julio Camelo recordó que en la sesión del 22 de abril el diputado Óscar Bravo Santos acusó a la policía del estado de haber agredido al diputado Onofre Hernández Rivera; que se vulneraba la autonomía sindical en el caso de la sección XV del SNTE y la policía reprimía a los maestros de esa organización; recordó además los asesinatos de indígenas; los ataques armados a la población civil en Tulancingo, Tula y Yahualica; la desaparición del profesor Cándido Arenas San Juan, y otros casos similares. También denunció que, el viernes 25, él y un grupo de legisladores y otras personas, habían acudido a Pachuca enviados por la CNOP para destituir a “un desleal ex dirigente”, pero fueron recibidos con injurias y amenazas por “un grupo armado de provocadores”. Recordó que, a su vez, el SNTE había realizado manifestaciones de protesta en el Distrito Federal, Jalisco y Tamaulipas, en contra de la intromisión de Otoniel Miranda en la vida interna del sindicato; sus dirigentes, que representaban a más de 400 mil profesores de todo el país -recalcó-, reprobaron la agresión a dos legisladores federales, la coacción policiaca a los maestros hidalguenses y el “ataque artero” a dos periodistas.

Camelo señaló que prevalecía “el régimen policiaco, el ataque continuo de valores y creencias colectivas y la violación de los derechos del gobernado”. El pueblo, abundó, era “victimado y sometido sin recato, públicamente y con lujo de fuerza”. Se había roto ya el orden constitucional; ya no existían los poderes de facto y de jure, y no había autoridad local capaz de reconstruir las instituciones republicanas. Por eso, propuso que la Comisión Permanente reconociera esa situación, sin perjuicio de las autoridades competentes, para que pudieran investigar además la comisión de otras faltas y delitos, no sólo en el caso del gobierno de Miranda, sino también de otros funcionarios.44 Concluyó señalando que correspondía a la Comisión Permanente “el restablecimiento del orden constitucional”, para que los hidalguenses marcharan “hacia su plenitud, conforme al pensamiento del presidente Echeverría; sin vestigio alguno de caciquismo, autoritarismo y arbitrariedad”.

En seguida, el senador José Rivera Pérez señaló que la Comisión Permanente tuvo “un voluminoso trabajo” con el cúmulo de documentos del caso. Recordó también que el presidente envió una comisión a Pachuca para escuchar las quejas de los ciudadanos que “espontáneamente” se presentaran, formada por los secretarios de Educación, Obras Públicas, Recursos Hidráulicos, Reforma Agraria y Gobernación. Según el senador, era indispensable que las comisiones que estudiaban el caso tomaran en cuenta para su dictamen las apreciaciones de los secretarios.

En efecto, ese mismo día, Moya Palencia y otros altos funcionarios federales llegaron a Pachuca e instalaron una oficina donde recibieron muchas quejas, entre las que destacaron las provenientes de la Huasteca. Por ejemplo, el profesor Camerino Laines denunció la desaparición de colegas suyos en Yahualica y otros atropellos contra los campesinos. El dirigente del Partido Popular Socialista (PPS), Felipe Cerecedo, entregó más de 40 denuncias de delitos contra campesinos y maestros, entre ellos la desaparición de Cándido Arenas San Juan, ex candidato del PPS a la alcaldía de Yahualica.45 El secretario de la Reforma Agraria, Gómez Villanueva, atendió personalmente a comisiones de campesinos huastecos;46 también recibió al general Absalón Castellanos Domínguez, comandante de la 18ª Zona Militar con sede en Pachuca, quien le ofreció su colaboración para atender los problemas agrarios.47

Mientras tanto, en la Ciudad de México, por la tarde, se dio por concluida la revisión de la copiosa documentación del caso y se puso a consideración de la asamblea el severo dictamen de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia:

[...] prevalece [...] un sistema de gobierno contrario al democrático y representativo [...] la realidad es que priva como sistema la voluntad arbitraria del Ejecutivo, a la que se han subordinado los integrantes de los Poderes Legislativos y Judicial; sistema autocrático de gobierno en que se desconocen y atropellan las garantías constitucionales de los ciudadanos, cuya existencia transcurre, consecuentemente, bajo la amenaza y el terror permanentes, sujetos a vejámenes en sus personas y en sus bienes y en el ejercicio de sus derechos de asociación, de tránsito, de expresión de su pensamiento y de su libertad.

La Comisión Permanente consideró como su deber “recurrir al imperio del Derecho contra quienes no advierten o nieguen el valor ético de realizar la vida social dentro del propio derecho”. Añadió que había signos ostensibles de que los encargados de los poderes públicos en Hidalgo ejercían como autócratas y desconocían el orden jurídico; signos como las patrullas de la policía y “gente armada” que impedían, so pretexto de dar protección, que los miembros del SNTE ejercieran sus derechos constitucionales; el secuestro y la golpiza propinados a trabajadores administrativos del SNTE; la agresión a diputados federales y profesores enviados a Pachuca en comisión del SNTE; haber obligado, con la presencia de policías y amagándolo con armas de fuego, a abandonar el local de la Liga de Comunidades Agrarias del Estado, a su secretario general el profesor Mario Cruz Gómez y a seis diputados federales; por último, se perseguía a periodistas para impedirles realizar su labor.

Se recordó que una semana antes, en su sesión del martes 22, la Comisión Permanente les abrió a las autoridades de Hidalgo un compás de espera, exhortándolas a que se sujetaran al orden legal:

[pero éstas persistieron en su actitud amparándose] en un sedicente apego a los principios del régimen federal que sustenta nuestra Constitución. Con un tono que no pasa de ser puramente declaratorio, dichas autoridades reclaman el derecho a que el pueblo del estado sea el árbitro de su propio destino; coartan las garantías constitucionales de reunión y expresión del pensamiento a organizaciones de carácter nacional; en nombre de un regionalismo meramente retórico, atacan a órganos constitucionales, y con deleznables afirmaciones dan como un hecho la supresión del federalismo en México, temeraria imputación que podría crear confusiones y dudas en ciertos sectores del estado de Hidalgo.

Para la Comisión, esa conducta aspiraba a sustraerse al cumplimiento de las obligaciones de carácter federal, pues de esa manera “quedaría aparentemente legalizado el régimen autocrático local”, pues en nombre de la soberanía del estado desconocerían su obligación de respetar las garantías constitucionales y acatar las instituciones federales. Recalcó a continuación que, según los artículos 40 y 41 de la Constitución, los estados eran libres y soberanos solamente en lo concerniente a su régimen interior; pero que estaban unidos en una federación y que en ningún caso los preceptos de las constituciones locales podrían contravenir las estipulaciones del pacto federal. Por lo tanto, el derecho de los pueblos de cada estado para ser los árbitros de sus destinos no estaba desligado de los pueblos de otros estados ni del de la federación; por eso era un derecho con limitaciones. Para la Comisión resultaba “grotesco” que las autoridades de Hidalgo se autocalificaran como “la última trinchera de la libertad de opinión, del federalismo y de la dignidad ciudadana”.

La Comisión basaba esas apreciaciones en un manifiesto publicado el 26 de abril en los periódicos capitalinos, suscrito por el gobernador Miranda y los presidentes del Tribunal Superior de Justicias y del Congreso del Estado. Esa “expresa confesión de solidaridad y apoyo recíproco de los tres Poderes del Estado”, era “prueba bastante de que los mismos tres Poderes” eran “de consumo responsables del sistema de autocracia y de continua violación al régimen de garantías constitucionales”. Además, el manifiesto hacía responsables, de manera dolosa, a “instituciones nacionales”, de cumplir un programa centralista; incluso hacían la imputación “calumniosa e injustificada” de que la Comisión Permanente sería manipulada por “mercenarios”. Además, las apreciaciones de los comisionados enviados por el presidente de la república, que ya habían sido conocidas por los legisladores, coincidían con “la existencia de un régimen autoritario y sistemático violador de las garantías constitucionales”.

En suma, la Comisión concluía que no existían en Hidalgo “las autoridades representativas, democráticas, republicanas y federalistas” ordenadas por el artículo 40 de la Constitución, dado que se apreciaba:

  1. La evidente y confesada colusión de los tres poderes del estado.

  2. El imperio de un régimen que desconocía y atropellaba el de garantías individuales y sociales que establecía la Constitución.

  3. Las expresiones de dicho régimen, que consistían en la práctica sistemática del amago, la amenaza, el atropello, la represión, la violencia y el terror.

  4. La falta de respeto de los gobernantes hacia los derechos del pueblo y la negativa del pueblo a otorgar su confianza a los gobernantes locales.

  5. La rebeldía de las autoridades al sistema federal.

  6. La contumacia de las mismas autoridades, no obstante haber sido invitadas oportunamente a rectificar su conducta.

Por lo tanto, era llegado el caso de reconocer que habían desaparecido los poderes en Hidalgo y que, por lo tanto, debía nombrarse un gobernador provisional. Como el asunto fue considerado “de urgente y obvia resolución”, el dictamen fue aprobado por unanimidad y se dispuso notificar a Echeverría y pedirle la terna. Esa misma noche, a las 19:05 se recibió el comunicado de la Secretaría de Gobernación, que postulaba a Esthela Rojas de Soto, Alberto Zoebisch Sánchez y Raúl Lozano Ramírez, siendo elegido el último por 27 votos (Rojas y Zoebisch tuvieron un voto cada uno). Esa misma noche Lozano rindió protesta;48 gobernó hasta el 7 de septiembre de ese año, cuando entregó el cargo al nuevo gobernador constitucional, Jorge Rojo Lugo, hijo de Javier Rojo Gómez.

Sánchez Vite y Miranda fueron castigados con el ostracismo. Sin embargo, a pesar de las graves acusaciones de que fueron objeto, jamás fueron sujetos a ninguna averiguación formal, ni a un proceso penal o civil, y pudieron retirarse a la vida privada.

A manera de conclusión

Como hemos visto, estos dos casos muestran que la facultad declarativa de la desaparición de poderes era empleada por el régimen autoritario mexicano del siglo XX como un instrumento de control, el cual permitía destituir a los gobernadores de estados formalmente libres y soberanos.

En Guerrero, los problemas paliados con la desaparición de poderes fueron detonados por los excesos de un gobernador que agravió a una gran parte de la sociedad, la cual buscó activamente la caída de los poderes estatales de acuerdo con las reglas del régimen; eso provocó que se pusiera en riesgo a la gobernabilidad del estado, al grado de que la administración estatal perdió la capacidad de mantener el orden público y esa función pasó a manos del ejército. Los ciudadanos inconformes recurrieron a las autoridades federales en busca de un contrapeso para los atropellos de Caballero Aburto y sus partidarios, y lo lograron, pero a un costo muy alto en vidas humanas y represión. Quedaría sin embargo el precedente de que la ciudadanía podía emplear recursos pacíficos e institucionales para defenderse de gobiernos despóticos. Sin embargo, la tardanza del gobierno federal para reaccionar deshaciéndose del gobierno de Caballero Aburto, probablemente dio pie para que, en los años por venir, una parte de la ciudadanía decidiera tomar en sus manos la solución de sus problemas, sin esperar nada del gobierno, como lo hizo posteriormente uno de los dirigentes del movimiento cívico guerrerense, el profesor Genaro Vázquez Rojas, quien ante la represión y la cerrazón de las autoridades del estado optó por lanzarse a la lucha armada.

En Hidalgo, el régimen autoritario mexicano frenó el intento de un factor de poder regional para obtener mayor autonomía y aumentar su radio de acción a costa de mermar el poder de la Presidencia de la República. Aprovechó las facultades del Senado, no para restaurar un orden constitucional que había sido alterado en gran parte por las maniobras orquestadas desde Los Pinos, sino para reafirmar la subordinación de un gobierno estatal al gobierno federal y demostrarles a los factores de poder locales y regionales las consecuencias que podrían sobrevenirles al desafiar la autoridad del Ejecutivo Federal y los usos y costumbres extralegales que la sostenían. La falta de reglamentación de un artículo constitucional le permitía al presidente de la república ejercer su autoridad de manera arbitraria, enmascarando como una acción en pro del interés público, las garantías individuales y/o el federalismo, lo que más bien era un ajuste de cuentas dentro del régimen autoritario.

En ambos casos se observa también el papel que desempeñaba el ejército como garante en última instancia del orden público ante una eventual incapacidad de las autoridades civiles. De manera más dura y evidente en Guerrero, de modo un poco menos severo en Hidalgo, los comandantes de las zonas militares y sus tropas estaban para apoyar la autoridad del presidente de la república y manifestar la presencia del Estado.49

La desaparición de poderes había sido durante muchos años una espada de Damocles que marcaba un límite al poder que podían ejercer las fuerzas políticas locales y regionales. Sin embargo, ese recurso perdió fuerza con la Ley reglamentaria de la fracción V del artículo 76 aprobada en 1978,50 que le puso reglas más claras y definidas. Desde entonces no se ha vuelto a declarar una desaparición de poderes, a pesar de que se han seguido dando situaciones que pueden calificarse como roturas del orden constitucional en estados de la República, como las provocadas por la actual ola de violencia derivada de la lucha del Estado contra los grupos del crimen organizado. Al acotarse formalmente la facultad para desaparecer poderes estatales, los presidentes mexicanos -sobre todo las administraciones priistas entre 1978 y 2000- siguieron valiéndose de otros recursos arbitrarios y autoritarios para destituir gobernadores e interferir en los asuntos internos de las entidades federativas, teóricamente libres y soberanas.

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1Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, segunda edición, México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1987, p. 85 [http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1035/pl1035.htm], fecha de consulta: 16 de abril de 2017.

2“Reformas a la Constitución Política de la República Mexicana de 1857, noviembre 13 de 1874, número 7311”, en Derechos del pueblo mexicano. México a través de sus constituciones, edición digital, México, Cámara de Diputados, LXI Legislatura, Senado de la República, LX-LXI Legislaturas, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Instituto Federal Electoral, Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM, Grupo Editorial Miguel Ángel Porrúa, 2012, pp. 666-673 [http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/ce/scpd/LXI/derec_pue1.pdf], fecha de consulta: 15 de abril de 2017. Véase también Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., p. 107.

3“Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, México, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 24 de febrero de 2017, artículo 76, fracción V, p. 74 [http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf], fecha de consulta: 15 de mayo de 2017. Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 109-108. Claudia Gamboa Montejano y Arturo Ayala Cordero, Desaparición de poderes, estudio teórico doctrinal de antecedentes constitucionales e históricos y de iniciativas presentadas, México, Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados, LX Legislatura, 2006, passim [http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SPI-ISS-19-06.pdf], fecha de consulta: 16 de noviembre de 2016.

4Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 109-108 y 120-121.

5Ibid., pp. 155-233.

6Ibid., p. 135. Véase también “Ley reglamentaria de la fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República”, 29 de diciembre de 1978 [http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/202.pdf], fecha de consulta: 13 de diciembre de 2016.

7Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 109-108 y 120-121.

8Ibid., p. 85.

9Salvador Román Román, Revuelta cívica en Guerrero (1957-1960), la democracia imposible, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 2003, pp. 26-30.

10Ibid., pp. 26-30.

11Carlos Illades, Guerrero, historia breve, México, Fondo de Cultura Económica, 2016, edición electrónica, pp. 147-156.

12Ibid., pp. 147-156.

13Moisés Ochoa Campos, Historia del estado de Guerrero, México, 1968, Porrúa Hermanos, 1968, p. 347.

14Carlos Illades, Guerrero, historia breve, op. cit., pp. 147-156.

15Moisés Ochoa Campos, Historia del estado de Guerrero, p. 347.

16Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 230-231.

17Asociación Cívica Guerrerense, Frente Zapatista del Estado de Guerrero, Frente Reivindicador de las Juventudes Guerrerenses, y otras organizaciones, a la Honorable Cámara de Senadores de la República Mexicana, Ciudad de México; Chilpancingo, Guerrero, 9 de noviembre de 1960. En Diario de los Debates de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, año III, periodo ordinario, XLIV Legislatura, tomo III, núm. 18, 10 de noviembre de 1960, pp. 2-9.

18Ibid., pp. 9-11. Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 230-231.

19Carlos Illades, Guerrero, historia breve, op. cit., pp. 147-156.

20Ibid., pp. 147-156.

21Idem. Salvador Román Román, Revuelta cívica en Guerrero (1957-1960), la democracia imposible, op. cit., pp. 555-573.

22“Intervención del C. senador Manuel Moreno Sánchez”, en Diario de los Debates de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, año III, periodo ordinario, XLIV Legislatura, tomo III, núm. 39, 30 de diciembre de 1960, p. 6. Salvador Román Román, Revuelta cívica en Guerrero (1957-1960), la democracia imposible, op. cit., pp. 575-576.

23“Intervención del C. senador Manuel Moreno Sánchez”, op. cit., p. 6; Diario de los Debates de la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, México, año III, periodo ordinario, XLIV Legislatura, tomo I, núm. 46. Sesión de la H. Comisión Permanente efectuada el 4 de enero de 1961 [http://cronica.diputados.gob.mx/DDebates/44/3er/CPerma/19610104.html], fecha de consulta: 23 de noviembre de 2016.

24Eduardo Livas Villarreal, Juan Manuel Terán Mata, José Castillo Tielemans y Carlos Ramírez Guerrero a la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, D.F., a 3 de enero de 1961. En Diario de los Debates de la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, México, año III, periodo ordinario, XLIV Legislatura, tomo I, núm. 46. Sesión de la H. Comisión Permanente efectuada el 4 de enero de 1961 [http://cronica.diputados.gob.mx/DDebates/44/3er/CPerma/19610104.html], fecha de consulta: 23 de noviembre de 2016.

25Comisión de Puntos Constitucionales: senador Antonio Mena Brito. Senador Jesús López Lira. Diputado Federico Ocampo Noble Pérez. Comisión de Gobernación: senador Manuel Moreno Sánchez, diputado Enrique Sada Baigts, diputado Rubén Vargas Garibay. México, D.F., a 4 de enero de 1961. Idem.

26Idem.

27Moisés Ochoa Campos, Historia del estado de Guerrero, op. cit., p. 310.

28Salvador Román Román, Revuelta cívica en Guerrero (1957-1960), la democracia imposible, op. cit., p. 602. “Caballero Aburto, Raúl”, en Enciclopedia Guerrerense, edición conmemorativa, Chilpancingo, Guerrero, Cultural Siglo XXI, 2012 [http://www.enciclopediagro.org/index.php/indices/indice-de-biografias/305-caballero-aburto-raul], fecha de consulta: 15 de abril de 2017.

29Sobre Manuel Sánchez Vite y sus antecedentes véanse: Irma Teresa Corrales, “Heterogeneidad del Estado y conflictos regionales. Desaparición de poderes en Hidalgo”, Revista Mexicana de Sociología, México, año XLIV, vol. XLIV, núm. 1, enero-marzo, 1982, pp. 119-149; José Antonio Espinoza, “Los maestros de los maestros: las dirigencias sindicales en la historia del SNTE”, Historias, núm. 1, julio-septiembre, 1982, pp. 67-101 [http://www.estudioshistoricos.inah.gob.mx/revistaHistorias/wp-content/uploads/historias_01_67-101.pdf], fecha de consulta: 10 de septiembre de 2012; Claudia Herrera Beltrán, “La estructura del SNTE es idónea para crear caciques, afirma investigador”, La Jornada, 31 de marzo de 2004; Humberto Musacchio, Diccionario enciclopédico de México ilustrado, México, Andrés León Editor, 1989; “Se cumplen 10 años de la muerte de Sánchez Vite”, Vía Libre, revista semanal de Hidalgo [http://www.vialibrehidalgo.com/], fecha de consulta: 13 de abril de 2007 (ya no está en línea); Pablo Vargas González, Gobernadores, elecciones y poder local en Hidalgo, México, 1869-1975, México, UAM-Iztapalapa, 2011, pp. 236-259.

30Juan Manuel Menes Llaguno, Historia mínima del estado de Hidalgo, México, Miguel Ángel Porrúa, 2006, pp. 226-227.

31Pablo Vargas González, Gobernadores, elecciones y poder local en Hidalgo, México, 1869-1975, op. cit., pp. 243-244. Elías Chávez, “Padecemos un neoporfirismo, El presidencialismo, basado en prácticas viciosas: Sánchez Vite”, Proceso, semanario de información y análisis, núm. 516, 22 de septiembre de 1986.

32Irma Teresa Corrales, “Heterogeneidad del Estado y conflictos regionales. Desaparición de poderes en Hidalgo”, op. cit., pp. 130-131.

33Véase Harim Benjamín Gutiérrez Márquez, “El régimen de la Revolución mexicana y las revueltas populares en la Huasteca hidalguense, 1966-1981: estudio sobre el funcionamiento y las particularidades del régimen autoritario mexicano en la segunda mitad del siglo XX”, tesis para obtener el grado de doctor en historia, México, El Colegio de México, 2011, passim.

34Pablo Vargas González, Gobernadores, elecciones y poder local en Hidalgo, México, 1869-1975, op. cit., pp. 246-248.

35Ibid., pp. 246-248.

36Irma Teresa Corrales, “Heterogeneidad del Estado y conflictos regionales. Desaparición de poderes en Hidalgo”, op. cit., pp. 130-131.

37Idem., passim.

38IPS, 1 de abril de 1975, Estado de Hidalgo, información de Tizayuca, “Actividades del Sr. presidente de la república...”. Archivo General de la Nación, Fondo Dirección de Investigaciones Políticas y Sociales (en adelante AGNM-DGIPS), caja 1184, expediente único, 13 de enero al 30 de abril de 1975, ff. 329-337.

39Idem.

40IPS, 24 de abril de 1975, Estado de Hidalgo, información de Actopan, “Intervenciones de algunos oradores...”. AGNM-DGIPS, caja 1184, expediente único, 13 de enero al 30 de abril de 1975, ff. 502-508.

41Idem.

42Ibid., ff. 502-508.

43Manuel González Oropeza, La intervención federal en la desaparición de poderes, op. cit., pp. 232-233.

44Eso era una velada alusión a Sánchez Vite.

45IPS, 29 de abril de 1975, Estado de Hidalgo, información de Pachuca, “A nombre del Lic. Luis Echeverría Álvarez...”. AGNM-DGIPS, caja 1184, expediente único, 13 de enero al 30 de abril de 1975, ff. 669-687 [véanse ff. 681-682]. “Muerte en Hidalgo, preguntas a quien corresponda”, Excélsior, 16 de abril de 1973, en Miguel Ángel Granados Chapa, Constancia hidalguense, México, Grijalbo, pp. 81-83.

46IPS, 29 de abril de 1975, Estado de Hidalgo, información de Pachuca, “Después de que el Lic. Augusto Gómez Villanueva...”. AGNM-DGIPS, caja 1184, expediente único, 13 de enero al 30 de abril de 1975, ff. 688-689.

47IPS, 29 de abril de 1975, Estado de Hidalgo, información de Pachuca, “El licenciado Augusto Gómez Villanueva sigue...”. AGNM-DGIPS, caja 1184, expediente único, 13 de enero al 30 de abril de 1975, ff. 737-738.

48Diario de los Debates de la Comisión Permanente del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, XLIX Legislatura, México, 29 de abril de 1975, tomo II, núm. 19 [http://cronica.diputados.gob.mx/DDebates/49/2do/CPerma/19750429.html], fecha de consulta: 6 de diciembre de 2016.

49Según Jorge Alberto Lozoya, los jefes de zona militar cooperaban con el gobernador del estado si la política del segundo coincidía en términos generales con la del gobierno federal, pero en la eventualidad de crisis graves, como una desaparición de poderes, el jefe de zona podía tomar, de hecho, el control político de la entidad hasta que el presidente enviara a un nuevo gobernador. Además, como los jefes de zona eran nombrados por el presidente o contaban por lo menos con su aprobación, gozaban de su confianza y podían ejercer como apoyo, conducto, mediador y sustituto de facto del gobernador en momentos críticos. Jorge Alberto Lozoya, El ejército mexicano, México, El Colegio de México, 1984 (Jornadas, 65), p. 107.

50Véase “Ley reglamentaria de la fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República”, 29 de diciembre de 1978 [http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/202.pdf], fecha de consulta: 13 de diciembre de 2016.

Recibido: 17 de Febrero de 2017; Revisado: 02 de Marzo de 2017; Aprobado: 14 de Agosto de 2017

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