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Norteamérica

versión On-line ISSN 2448-7228versión impresa ISSN 1870-3550

Norteamérica vol.7 no.1 Ciudad de México ene./jun. 2012

 

Análisis de actualidad

 

¿Criminales o víctimas? La deportación de migrantes mexicanos de Estados Unidos a Tijuana, Baja California

 

Rafael Alarcón* y William Becerra**

 

* Profesor investigador en el Departamento de Estudios Sociales, El Colegio de la Frontera Norte. ralarcon@colef.mx

** Subdirector de la Casa del Migrante de Tijuana, A.C. william.de.la.gocha@gmail.com

 

Recibido: 29/10/2011
Aceptado: 22/01/2012

 

Resumen

El gobierno de Estados Unidos, además de a los migrantes detenidos en el cruce fronterizo ilegal, deporta en la actualidad a un número creciente de ciudadanos mexicanos que son capturados en el interior de aquel país, a quienes se les califica de criminales. El objetivo de este artículo es analizar las causas de deportación que mencionaron 3 457 varones repatriados, atendidos en la Casa del Migrante de Tijuana en 2010. Los hallazgos muestran que la mayor parte de los migrantes fueron deportados porque habían cometido infracciones de tránsito y delitos relacionados con el consumo de alcohol y drogas, así como violencia doméstica.

Palabras clave: migración internacional, deportación, política de inmigración, Estados Unidos, México.

 

Abstract

In addition to migrants detained during illegal border crossings, the U.S. government today deports a growing number of Mexican citizens captured there, who are classifed as criminals. The objective of this article is to analyze the causes of deportation that 3 457 repatriated men cited when receiving the services of the House of the Migrant in Tijuana in 2010. This article's findings show that most of the migrants were deported because they had committed traffic violations or offenses involving the consumption of alcohol and drugs or domestic violence.

Key words: international migration, deportation, immigration policy, United States, Mexico.

 

INTRODUCIÓN

A México se define correctamente como un país de emigración, retorno, tránsito e inmigración. En efecto, es un importantísimo país de emigración, con un 10 por ciento de su población residiendo casi exclusivamente en Estados Unidos. Muchos de estos migrantes retornan temporal o definitivamente a México, o bien de manera voluntaria o forzada. Es un país de tránsito porque miles de migrantes (la mayor parte indocumentados de Centroamérica) cruzan la frontera sur para internarse en el territorio y llegar a Estados Unidos. Finalmente, México apenas califica como país de inmigración, ya que históricamente menos del 1 por ciento de su población ha nacido en otro país.

En la dimensión de país de retorno, México se está convirtiendo en uno de deportados, ya que, además de la gran cantidad de ciudadanos que son retornados luego de ser capturados al tratar de cruzar la frontera de manera ilegal, las autoridades migratorias de Estados Unidos expulsan a un número creciente de ciudadanos mexicanos que son capturados en aquel país, a muchos de los cuales se les califica de criminales. Se calcula que la población nacida en México que residía en Estados Unidos en 2008 llegaba a 11.6 millones. La mayor parte (el 60 por ciento) era indocumentada, por lo que siete millones de inmigrantes mexicanos no autorizados estarían sujetos a deportación (Passel y Cohn, 2008; 2009).

El l6 de octubre de 2010, Janet Napolitano, secretaria del Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security, DHS) de Estados Unidos, en conferencia de prensa y usando datos preliminares, dio a conocer que su departamento deportó a más de 392 000 personas en el año fiscal de 2010, la cifra más alta en toda la historia. Casi la mitad de estos deportados, más de 195 000, fueron clasificados como extranjeros criminales convictos en situación irregular en Estados Unidos (U.S. Department of Homeland Security, 2010a).1

El Departamento de Seguridad Nacional considera tres niveles en la gravedad de la criminalidad de los extranjeros deportados: en el nivel 1 (el de más alta peligrosidad), están los extranjeros que han sido convictos o arrestados por cometer graves ofensas relacionadas con drogas o crímenes violentos, por ejemplo, asesinato, homicidio no premeditado, violación, robo por la fuerza o intimidación, y secuestro. En el nivel 2 se hallan los extranjeros convictos o arrestados por ofensas menores relacionadas con drogas y delitos contra la propiedad como ingreso ilegal a un edificio para cometer un crimen, robo no violento, fraude y lavado de dinero. En el nivel 3 se encuentran los extranjeros convictos o arrestados por otras ofensas (U.S. Department of Homeland Security, 2010b: 8-9).

El Departamento de Seguridad Nacional distingue dos tipos de deportaciones: remociones y retornos. Las remociones (removals) son las expulsiones obligatorias de extranjeros inadmisibles o deportables, con base en una orden de remoción que tiene consecuencias administrativas o penales sobre reingresos subsecuentes a Estados Unidos. Los retornos (returns) son también las expulsiones de extranjeros inadmisibles o deportables, que no se fundamentan en una orden de remoción. La mayor parte de estos retornos voluntarios son de ciudadanos mexicanos que han sido aprehendidos por la Patrulla Fronteriza (Border Patrol) y deportados a México (U.S. Department of Homeland Security, 2011).

Por su parte, el Instituto Nacional de Migración de México (INM) (2010), con base en información registrada en los puntos oficiales de repatriación, señala que en el año calendario 2010 hubo 469 268 eventos de repatriación de nacionales mexicanos de Estados Unidos, sin hacer la distinción entre los que fueron removidos o retornados. Del número total de repatriaciones, 133 770 (el 28 por ciento) se llevaron a cabo a través de Tijuana, la ciudad que recibió el mayor número de migrantes mexicanos deportados en 2010, con un promedio de 366 eventos de repatriación por día.2

Las repatriaciones en 2010 se dieron a través de ciudades de los estados fronterizos de Baja California, Sonora, Coahuila, Chihuahua y Tamaulipas, además del aeropuerto internacional de la ciudad de México. Después de Tijuana (Puerta México) que recibió el mayor número de repatriaciones (133 770), la siguen en importancia numérica los siguientes puntos de deportación con las respectivas cifras de repatriaciones: Nogales Uno (84 506), Mexicali I (52 730), Nuevo Laredo Uno y Dos (Miguel Alemán y Juárez-Lincoln) (45 623) y Matamoros Dos (Puerta México) (34 053).

Según el INM (2010), el procedimiento de repatriación de mexicanos desde Estados Unidos se encuentra establecido en un memorándum de entendimiento entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos suscrito el 20 de febrero de 2004, así como en los "Arreglos locales para la repatriación de nacionales mexicanos desde Estados Unidos". Aunque existen 26 puntos oficiales de repatriación (algunos de éstos en Chihuahua), se usan de forma esporádica; otros en Tamaulipas solamente se usan en casos de emergencia y las repatriaciones que se realizaban por el punto Nogales Tres, en Sonora, se suspen dieron definitivamente por parte de Estados Unidos.

Respecto de lo anterior, en el verano de 2004, se puso en marcha, con presupuesto del gobierno federal de Estados Unidos y la colaboración del gobierno mexicano, el Programa de Repatriación Voluntaria al Interior en los condados de Yuma y Tucson, Arizona, para evitar el fallecimiento de migrantes mexicanos y hacer más expedita la ayuda humanitaria y el regreso a México (París Pombo, 2010: 21).

La remoción masiva de mexicanos hacia ciudades como Tijuana, comentada de manera alarmista por los medios de comunicación locales, ha generado una actitud negativa entre algunos sectores de la población fronteriza que sienten que sus comunidades son invadidas por turbas de delincuentes expulsados de Estados Unidos que ponen en peligro sus vidas y sus propiedades.

En este sentido, el anterior alcalde de Ciudad Juárez, José Reyes Ferriz, solicitó al gobierno estadunidense que no se deportaran migrantes por esa ciudad, esto para evitar que se unieran al crimen organizado que azota a esa urbe fronteriza. El 15 de octubre de 2009, se reportó que el presidente municipal de Ciudad Juárez había hablado con el embajador de Estados Unidos, Carlos Pascual, sobre la continua deportación de delincuentes, quienes, al ingresar a Ciudad Juárez, eran reclutados por los grupos del crimen organizado. Manifestó que, como prueba de esta situación, al menos el 10 por ciento de las personas que habían muerto en enfrentamientos de delincuentes habían sido deportadas en los últimos dos años por las autoridades migratorias de Estados Unidos. Por dicha razón, solicitó la intervención del embajador para que las personas repatriadas se enviaran a la ciudad de México y de ahí posteriormente se dispersaran a sus lugares de origen (Bustamante, 2009).

Esta misma petición la refrendó el 15 de enero de 2010 y el 21 de marzo de ese mismo año. Como resultado, se anunció que Estados Unidos dejaría de repatriar indocumentados con antecedentes penales por la frontera de Ciudad Juárez. Según Adriana Cruz Hernández, coordinadora de la oficina Municipal de Atención al Migrante de Ciudad Juárez, se redujo el número de deportaciones por esa ciudad fronteriza, porque los mexicanos con cualquier antecedente penal en Estados Unidos (desde faltas administrativas hasta consignación por drogas u otros crímenes), eran devueltos por las localidades chihuahuenses de Ojinaga y Palomas, además de Tijuana, Baja California, y Piedras Negras, Coahuila (Villalpando, 2010).

Una buena parte de los migrantes que son removidos o retornados por el gobierno de Estados Unidos por Tijuana, entregados a los oficiales del INM, no tienen apoyos familiares, dinero o un lugar dónde pernoctar, por lo que muchos de ellos encuentran refugio en la Casa del Migrante de Tijuana, A.C., una institución no lucrativa que brinda albergue temporal a migrantes. Esta institución fue fundada en 1987 por los misioneros de San Carlos Scalabrinianos y ha hospedado a más de 204 000 migrantes varones a lo largo de su historia (Rigoni, 2010).

El objetivo de este artículo es analizar las causas de deportación de los migrantes atendidos en la Casa del Migrante en Tijuana durante 2010, para confirmar o refutar los argumentos del Departamento de Seguridad Nacional, que afirma que deporta a una gran cantidad de migrantes mexicanos criminales desde Estados Unidos.

 

LA DEPORTACIÓN COMO ESTRATEGIA PARA REDUCIR LA POBLACIÓN INDOCUMENTADA EN ESTADOS UNIDOS

Las estadísticas sobre remociones existen desde 1892 y las de retornos desde 1927, de acuerdo con el anuario estadístico del Department of Homeland Security (2011). En 1924, se creó la Patrulla Fronteriza para controlar originalmente los cruces ilegales de inmigrantes de Asia y del Sur y Este de Europa a través de la frontera entre México y Estados Unidos (Samora, 1971: 37). Posteriormente, y debido a que México y Estados Unidos comparten una frontera, casi la totalidad de los retornados han sido mexicanos. La gráfica 1 muestra el volumen de migrantes removidos y retornados de todo el mundo devueltos a sus países de origen entre 1927 y 2010.

En la gráfica 1 se observa que si bien el número de retornados ha sido superior a partir del inicio de los años cuarenta, el de removidos ha aumentado constantemente desde finales de los cincuenta, para casi alcanzar el volumen de retornados en 2010. Durante la gran depresión (específicamente entre 1929 y 1935), más de 415 000 mexicanos fueron deportados de Estados Unidos, incluyendo a muchos ciudadanos estadunidenses de ascendencia mexicana. Esta cifra no incluye a los repatriados por su voluntad o por el gobierno mexicano (Hoffman, 1974: 126). Las deportaciones se realizaron con una operación tumultuosa, por todos los sitios accesibles de la frontera; sin embargo, después de 1934, la expulsión de los migrantes mexicanos disminuyó considerablemente, gracias, en parte, a los programas de recuperación del gobierno del presidente Franklin D. Roosevelt (1933-1945), quien impulsó las reformas conocidas como New Deal (Alanís Enciso, 2004: 78-88). Las deportaciones y la depresión económica redujeron drásticamente el volumen de la migración mexicana, sin embargo, la mayor parte de estos deportados regresaron esporádicamente a Estados Unidos cuando se reactivó la economía.

Durante el Programa Bracero (1942-1964) hubo varias campañas de deportación emprendidas por el gobierno estadunidense, respaldadas por el mexicano. Una de éstas se llevó a cabo en 1947, principalmente en California y Texas. Solamente en el distrito de San Antonio, Texas, se deportó a 117 000 trabajadores indocumentados. En la segunda campaña, en 1954, el Servicio de inmigración y Naturalización organizó la denominada Operación Espaldas Mojadas. El general Swing, comisionado del Servicio de inmigración y Naturalización, lanzó una operación militar masiva en los estados del suroeste y la costa oeste de Estados Unidos, lo que dio como resultado la deportación, en apenas un año, de más de un millón de trabajadores indocumentados mexicanos, algunos de los cuales estaban acompañados por sus familias (Samora, 1971: 50-51; Calavita, 1992: 54). Este alto volumen de deportados se aprecia claramente en la gráfica 1. Posteriormente, en 1974, el número de retornos ascendió a más de medio millón y a mediados de los ochenta llegó a casi un millón por año. En 1986, los retornos alcanzaron su punto más alto con un poco más de 1.7 millones (U.S. Immigration and Naturalization Service, 2000).

Aunque el refuerzo de la vigilancia fronteriza fue un elemento fundamental de la Ley de Reforma y Control de la inmigración de 1986 (Immigration Reform and Control Act, IRCA), que también incluyó una generosa amnistía, fue hasta fines de 1993 cuando la administración del presidente Clinton decidió fortalecer la vigilancia de su frontera con México para detener la migración indocumentada a través del incremento del presupuesto del ahora llamado Departamento de Seguridad Nacional, así como de la instalación de muros y equipo electrónico de vigilancia en las rutas fronterizas que tradicionalmente habían utilizado los migrantes indocumentados (Cornelius, 2001). Esto ha provocado que los indocumentados se vean forzados a internarse por regiones peligrosas, en donde muchos de ellos mueren. Desde 1994, más de cinco mil personas han perecido en el intento de cruzar la frontera (Jiménez, 2009). Después de los ataques del 11 de septiembre, la vigilancia fronteriza cobró una nueva dimensión, cuando el 26 de noviembre de 2001, la iniciativa de Ley Patriota (Patriot Act) se convirtió en ley y, como con secuencia, la inmigración a Estados Unidos se transformó en un asunto de seguridad nacional.

Sin embargo, las deportaciones desde el interior de Estados Unidos entraron en una nueva fase a partir de 2002, cuando el gobierno de ese país empezó a aplicar la sección 287(g) de la Ley de Reforma a la inmigración Ilegal y la Responsabilidad del inmigrante (Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsibility Act, IIRIRA, de 1996) (U.S. Department of Homeland Security 2010b: 2). En 2003, la intensificación de las remociones desde Estados Unidos quedó bajo la responsabilidad del Servicio de inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE), que asumió la misión de aprehender a los indocumentados en territorio estadunidense, a diferencia de la Patrulla Fronteriza, que lo hace en la frontera. Ambas agencias pertenecen al gigantesco Departamento de Seguridad Nacional, fundado en 2003, en respuesta a los ataques del 11 de septiembre. El ICE cuenta con el personal más numeroso de este departamento y administra varios programas que afectan directamente a los migrantes mexicanos (Alarcón, 2010).

Debido a lo estipulado en la sección 287(g) de la IIRIRA, el Departamento de Seguridad Nacional tiene la posibilidad de establecer acuerdos con agencias policiales de ciudades y estados para entrenar a sus funcionarios como agentes de inmigración. Hasta junio de 2009, este departamento había establecido 66 acuerdos con agencias policiacas estatales y locales en veintitrés estados, certificando a 833 personas activas del programa 287(g). Cabe señalar que en el estado de California, para esa fecha, solamente la oficina del Sheriff del Condado de San Bernardino había establecido uno de estos acuerdos que estaba pendiente de ser aprobado (U.S. Department of Homeland Security, 2010b: 2).

A través del Programa Comunidades Seguras, el ICE trata de identificar a los indocumentados entre las personas que purgan condenas en las prisiones para deportarlas a sus países de origen el día de su liberación. Asimismo, por medio del Programa de Fugitivos, persigue a los inmigrantes que han recibido órdenes de salir de Estados Unidos pero no lo han hecho.

Durante la administración del presidente Barack Obama, el ICE ha hecho una innovación en las redadas en los lugares de trabajo. Anteriormente, en el gobierno de Bush, el ICE llevaba a cabo operaciones cuasi militares, cercando los lugares de trabajo para verificar el estatus migratorio de todos los trabajadores. Esto, obviamente, generaba descontento y afectaba la vida normal de ciudadanos estadunidenses y extranjeros documentados. Actualmente, los agentes del ICE llegan a los centros laborales y simplemente revisan los documentos de inmigración y los números de seguro social presentados por los trabajadores, utilizando la base de datos E-Verify. Posteriormente, piden a los empleadores que verifiquen los documentos de los empleados con documentos sospechosos y que les adviertan que si no presentan documentos legales serán despedidos.

De acuerdo con datos oficiales, en el año fiscal 2010, el Departamento de Seguridad Nacional deportó a 863 647 extranjeros, la mayoría de ellos (476 405, es decir, un 55.2 por ciento) fueron retornados y el resto (387 242, o sea el 44.8 por ciento) fueron removidos (U.S. Department of Homeland Security, 2011). Por el hecho de que México y Estados Unidos comparten una frontera, tres de cada cuatro retornados (74.5 por ciento) eran migrantes mexicanos.

En relación con los 387 242 extranjeros removidos en 2010, 168 532 (43.5 por ciento) fueron calificados como criminales convictos y 218 710 (56.5 por ciento) como no criminales. De nuevo, México aparece como el país de ciudadanía de tres de cada cuatro migrantes identificados como criminales, según se indica en el cuadro 1.

El cuadro 1 presenta el volumen de los extranjeros removidos de Estados Unidos, procedentes de los diez países identificados como los principales puntos de origen de los criminales. Sorprende que todos ellos pertenezcan a América Latina, a pesar del alto número de inmigrantes asiáticos y de que el número de criminales removidos no corresponda con el volumen de inmigrantes de cada país que residen en Estados Unidos. Según la American Community Survey, en 2010 los diez principales países de nacimiento de los inmigrantes latinoamericanos en Estados Unidos fueron, en orden descendente, los siguientes (según su población residente en este país, contados en miles): México (11 711), El Salvador (1214), Cuba (1105), República Dominicana (879), Guatemala (831), Jamaica (660), Colombia (637), Haití (587), Honduras (523) y Ecuador (443) (Acosta y De la Cruz, 2011: 3).

En primer lugar, México, con el volumen de población residente más grande en Estados Unidos, cercano a los doce millones de personas, tiene también el porcentaje más alto de criminales (75.8 por ciento). Sin embargo, Honduras aparece como el segundo país con la más alta proporción de criminales deportados, pero ocupa el noveno lugar en población residente en Estados Unidos. Nicaragua aparece en octavo lugar en proporción de criminales deportados, mas no figura entre los diez principales países de inmigración latinoamericana. Brasil tiene una situación similar.

Por otra parte, Cuba ocupa el tercer lugar en número de inmigrantes en Estados Unidos, mas no aparece en la lista de los diez países de origen de los criminales deportados. Esto sugiere que hay otros factores operando en el volumen de la deportación de criminales cuando se considera su país de nacionalidad; entre los que hay que tomar en cuenta destacan el porcentaje de indocumentados de cada país y que, por tanto, están sujetos a deportación; en contraparte, la proporción de ciudadanos naturalizados de cada país que, aunque cometan algunos delitos graves, no pueden ser deportados.

 

LOS ENTREVISTADOS EN LA CASA DEL MIGRANTE DE TIJUANA: LAS CAUSAS DE SU DEPORTACIÓN

Para verificar el argumento del gobierno estadunidense acerca de la gran cantidad de criminales que deporta a México, aquí se analizan las causas que motivaron la deportación de los varones que recibieron asistencia de la Casa del Migrante de Tijuana en 2010.3 Conviene señalar que los migrantes que solicitan la ayuda de esa institución no son una muestra representativa de todos los deportados, ya que quienes se hospedan en dicho albergue tienden a ser más pobres, no tener parientes ni amigos en Tijuana, además de carecer de redes familiares fuertes.

En 2010 se atendió a 10 299 varones en la Casa del Migrante de Tijuana. Para el análisis de las causas de deportación, se tomó una muestra aleatoria de estos migrantes, seleccionando los registros de quienes fueron atendidos durante los dos primeros meses de cada cuatrimestre de ese año, es decir, se analizaron los registros de los migrantes atendidos en los meses de enero-febrero, mayo-junio y septiembre-octubre de 2010, que sumaron 5081.

Posteriormente, se clasificaron los datos de los entrevistados de la muestra, dependiendo del lugar donde habían estado antes de arribar a esta casa. Se encontró que 3457 varones llegaron directamente de Estados Unidos, después de pasar por el proceso formal de remoción. Adicionalmente, 1071 fueron retornados por agentes de la Patrulla Fronteriza en el proceso llamado "deportación expedita" y 553 provenían de otros estados de México o de países centroamericanos, con la intención de cruzar la frontera hacia Estados Unidos o de establecer en Tijuana su lugar de residencia. Para los fines de este artículo, se analizan las causas de deportación de los 3457 migrantes que pasaron formalmente por este proceso.

En consecuencia, debido al alto número de migrantes removidos de Estados Unidos en los últimos años, la Casa del Migrante de Tijuana ha hospedado, en su gran mayoría, a migrantes deportados. Moreno Mena (2010) encontró un cambio fundamental en el perfil migratorio de los varones atendidos entre 2000 y 2009 en la Casa del Migrante de Tijuana. Mientras que en el año 2000 el 58 por ciento de los atendidos en esa institución había llegado a Tijuana con la intención de cruzar a Estados Unidos o a establecerse en esa ciudad, y el 42 por ciento restante eran deportados; en 2009, el 90 por ciento de los atendidos fueron deportados y el 10 por ciento restante buscaba cruzar a Estados Unidos o permanecer en Tijuana.

Según Moreno Mena (2010), este cambio se debe a la pérdida de la primacía de Tijuana como punto de cruce indocumentado, a partir del reforzamiento (desde 1994), por par te del gobierno estadunidense, de la vigilancia fronteriza, que prácticamente ha sellado la frontera Tijuana-San Diego. Asimismo, como hemos documentado, el alto número de deportados se debe al incremento de las remociones realizadas por el ICE a partir de 2003.

Con base en la muestra de los 3457 varones removidos que llegaron directamente de Estados Unidos a la Casa del Migrante de Tijuana, durante los meses seleccionados de 2010, encontramos que la mayor parte había tenido una larga estancia en Estados Unidos. Solamente el 6 por ciento había residido en ese país menos de un año. Del resto, el 36 por ciento vivió de uno a seis años en Estados Unidos, y un 21 por ciento vivió por un periodo de siete a diez años. El 37 por ciento restante había radicado en Estados Unidos por más de once años.

Por tal razón, la mayor parte de los migrantes deportados llegan a un país que, aunque es el suyo, no conocen muy bien luego de una larga ausencia. Esta situación se vuelve dramática en el caso de quienes ingresaron a Estados Unidos de forma indocumentada, cuando eran menores de edad. Muchos de estos migrantes hablan mejor el inglés que el español y nunca regresaron a México en el periodo previo a su deportación.

Este análisis sobre las causas de deportación se basa en las respuestas de los migrantes a la pregunta formulada en la entrevista de ingreso a la Casa del Migrante, res pecto de la causa de la detención en Estados Unidos que causó su deportación. Clasificamos a los entrevistados según las respuestas obtenidas en cuatro categorías: 1) personas detenidas por cometer alguna infracción de tránsito; 2) detenidas en una inspección policiaca rutinaria; 3) personas detenidas porque tenían orden de arresto por alguna infracción previa y 4) personas detenidas cuando cometían un delito en flagrancia. La gráfica 2 presenta la distribución de las causas clasificadas en esas cuatro categorías.

La gráfica 2 muestra que uno de cada tres migrantes entrevistados fue deportado por una infracción de tránsito (36 por ciento). La segunda causa de deportación fue la detención en una inspección policiaca rutinaria (27 por ciento) y el resto fue deportado por tener una orden de arresto previa (24 por ciento) o por haber sido sorprendidos cometiendo un acto contra la ley (13 por ciento).

Es sorprendente que uno de cada tres migrantes entrevistados fuera deportado por una infracción de tránsito, ya que, como lo muestra el cuadro 2, conducir sin licencia o sin seguro del auto, conducir ebrio y no respetar un alto, o conducir a alta velocidad constituyen las principales infracciones de tránsito, llegando al 83.4 por ciento de dichas infracciones. Conducir sin licencia, más que no contar con seguro automotriz, es la principal falta de tránsito y es resultado de la situación ilegal de los migrantes, ya que los indocumentados no pueden solicitar una licencia de manejo.

Sin embargo, conducir bajo la influencia del alcohol (que en Estados Unidos se denomina "driving under the influence" –DUI–, pasarse un alto o conducir a alta velocidad son faltas de responsabilidad muy graves por parte de los migrantes, ya que no sólo arriesgan sus vidas, sino también las de otras personas. De acuerdo con el Departamento de Motores y Vehículos de California, cuando un chofer es detenido por conducir ebrio, esto provoca la suspensión o revocación de la licencia. Dependiendo de la gravedad del caso, si el conductor es mayor de veintiún años de edad, una pri mera sanción sería la suspensión de la licencia de conducir por un año; si la segunda infracción ocurre en un periodo de diez años, esto es causal de la revocación por dos años y, finalmente, una tercera o más infracciones en diez años causará una revocación de la licencia de conducir por tres años (Departamento de Motores y Vehículos de California, 2010).

El involucramiento en un accidente de tránsito y conducir un auto con los faros descompuestos representan un 12.2 por ciento adicional, así como otras infracciones de tráfico, por ejemplo, no usar el cinturón de seguridad, hablar por celular mientras se conduce, cruzar una calle estando un semáforo en alto o conducir con placas vencidas constituyen el 4.4 por ciento restante (tales causas no se incluyen en el cuadro 2).

El cuadro 3 muestra las razones por las que los migrantes mexicanos fueron deportados de Estados Unidos, luego de ser detenidos en una inspección rutinaria en retenes de la policía, mediante los cuales se logró la deportación del 27 por ciento de los entrevistados. Casi la mitad de los migrantes (el 46.1 por ciento) aprehendidos en una inspección rutinaria de la policía, debido a la falta de licencia de manejo, seguro del auto u otra razón, fueron remitidos directamente a los agentes del ICE. Un porcentaje adicional muy alto de estos migrantes (el 48.3 por ciento) fueron detenidos y luego deportados porque mostraron un comportamiento indebido o "sospechoso" en la vía pública, o bien por consumir alcohol o participar en una riña. Finalmente, un porcentaje menor (el 5.5 por ciento) se vio involucrado en faltas más graves al portar drogas, conducir o viajar en un auto con reporte de robo.

Hasta aquí se ha descrito que el 36 por ciento de los entrevistados en la Casa del Migrante de Tijuana en 2010 fue deportado por una infracción de tránsito y que un 27 por ciento adicional fue deportado al ser detenidos en una inspección policiaca rutinaria. Sin embargo, en muchos casos, la simple infracción de tránsito o la detención por inspección policiaca rutinaria no es motivo para la deportación inmediata de una persona, ya que hasta ese momento los oficiales del ICE no han sido notificados. Sin embargo, una vez realizado el reporte de la policía por la falta cometida, se procede a investigar los antecedentes del infractor y es cuando las infracciones pasadas pueden ocasionar una detención y, posteriormente, la deportación. Esta situación se describe en el cuadro 4.

De acuerdo con la información del cuadro 4, se deduce que la deportación ocurrió por faltas cometidas con anterioridad, cuyo castigo o procedimiento administrativo no se cumplió y, por ende, se generó una orden de aprehensión. Esta causa es la tercera en importancia e incluye al 24 por ciento de los entrevistados (gráfica 2). Más de la mitad de las órdenes de aprehensión (el 57 por ciento) se deriva de no pagar multas anteriores, generalmente por infracciones de tránsito. Otra gran proporción de estas órdenes de aprehensión (el 41.2 por ciento) se originó por no asistir a programas de atención a Alcohólicos Anónimos, no presentarse a la corte, no asistir a programas de atención a la violencia doméstica o problemas de drogadicción, no acatar órdenes de restricción y no cumplir con el servicio comunitario. El resto (el 1.8 por ciento) fue deportado por haber cometido delitos como consumo de drogas o delitos contra la moral, con anterioridad.

Este tipo de infracciones muestra muy claramente que un alto porcentaje de los deportados se involucró en el consumo de alcohol y drogas, así como en la violencia doméstica. Por estas prácticas, las autoridades en Estados Unidos les ordenó asistir a programas o a cumplir órdenes de restricción, cuyo incumplimiento los convirtió en sujetos de detención de la policía.

Un menor porcentaje de los entrevistados en la Casa del Migrante (el 13 por ciento) fue deportado por haber sido detenido cometiendo infracciones en flagrancia, o por lo menos esto juzgó la policía (véase cuadro 5). Muchas de estas infracciones sucedieron en la vía pública o se las reportaron a la policía directamente los vecinos o los transeúntes.

Como ya señaló antes, la violencia doméstica es un grave problema entre los migrantes mexicanos, ya que un alto porcentaje fue deportado por no asistir a programas para tratar este problema. El cuadro 4 muestra que el 36.4 por ciento de los migrantes sorprendidos cometiendo actos contra ley se debió a la violencia doméstica en contra de la pareja (la falta más común) o contra otro familiar. Adicionalmente, otro 5.3 por ciento fue detenido por agresión a la pareja.

Casi la mitad (el 49.1 por ciento) de los detenidos tuvo como causales el robo, venta y consumo de drogas, delitos en contra de la moral y por pertenecer a pandillas. Finalmente, un porcentaje menor (el 9.2 por ciento) de los deportados fue detenido por cometer delitos graves (portación ilegal de armas, secuestro y tráfico de personas).

Los datos utilizados (de la entrevista de ingreso a la Casa del Migrante en Tijuana) muestran las razones por las cuales los 3457 migrantes mexicanos entrevistados fueron deportados. En este análisis hemos utilizado nuestros propios elementos de clasificación, sin embargo, si recurrimos a las categorías que el Departamento de Seguridad Nacional emplea para clasificar la peligrosidad de los extranjeros que deporta, el ejercicio de observación hecho en la Casa del Migrante de Tijuana muestra los siguientes hallazgos.

En el nivel 1, el de más alta peligrosidad, están los extranjeros que han sido convictos o arrestados por cometer graves ofensas relacionadas con drogas o crímenes violentos (asesinato, homicidio, violación y secuestro). Se encontró que de los 3457 entrevistados en la Casa del Migrante, 71 varones se clasificarían en este nivel de peligrosidad y corresponden al 2 por ciento del total. En el nivel 2, están los extranjeros convictos o arrestados por ofensas menores relacionadas con drogas y delitos contra la propiedad (robo no violento, ingreso ilegal a un edificio para cometer un crimen, fraude y lavado de dinero). Aquí se identificaron 211 varones, correspondientes al 6 por ciento de todos los encuestados. Finalmente, en el nivel 3, se ubican los extranjeros convictos o arrestados por ofensas menores (denominadas en Estados Unidos misdemeanors) y en este nivel de peligrosidad se identificaron a 3175 entrevistados, que corresponden al 92 por ciento del total.

Estos hallazgos son muy similares a los de un reporte de la oficina del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional, en el que se encontró que, del total de una muestra de 280 individuos arrestados o convictos, identificados por medio del programa 287(g) en cuatro lugares diferentes, 263 (o el 94 por ciento) estaban dentro de los tres niveles de criminalidad utilizados por este departamento. Sin embargo, solamente 26 (el 9 por ciento) pertenecían al nivel 1, y 122 (el 44 por ciento) estaban en el nivel 2, por lo que el resto, 115 (el 47 por ciento) pertenecían al nivel 3, relativo a ofensas menores, por lo que estas personas no habían tenido ninguna participación en delitos relacionados con violencia, drogas o contra la propiedad. Los autores del reporte concluían que los resultados del análisis "no muestran que los recursos del programa 287(g) se hayan enfocado en los extranjeros que representan el riesgo más grande para la sociedad" (U.S. Department of Homeland Security, 2010b: 9).

Un estudio realizado en Johnston County, Carolina del Norte, muestra hallazgos similares. Más de tres cuartos de los cincuenta migrantes y líderes comunitarios entrevistados conocían a alguien que había sido arrestado por la policía local y, subsecuentemente, deportado. La mayor parte de estas personas fueron detenidas y arrestadas por violaciones a la ley como conducir con exceso de velocidad o sin licencia de manejo (Hagan, Rodríguez y Castro, 2011: 1383).

Por su parte, datos de la Asociación de Sheriffs de Carolina del Norte muestran que más del 80 por ciento de las acciones de inmigración ejecutadas por las agencias que tienen un convenio 287(g), se originaron en arrestos por cargos calificados como misdemeanors (Coleman y Kocher, 2011: 232) Asimismo, en Las Vegas, Nevada, el Departamento de la Policía Metropolitana estableció un acuerdo 287(g) con el ICE en noviembre de 2008. En los primeros dieciocho meses de vigencia de este convenio, más de un tercio de los presos que este departamento turnó al ICE habían sido arrestados por cargos calificados como misdemeanors, por ejemplo, infracciones de peatones que cruzaron la calle en zonas no permitidas, conducir un auto sin licencia de manejo y otras ofensas menores de tránsito (Curtis, 2010).

Los datos sobre los deportados entrevistados en la Casa del Migrante de Tijuana sugieren que si bien hay criminales peligrosos entre ellos, la mayor parte fueron deportados porque cometieron ofensas menores en Estados Unidos (misdemeanors) y que corresponden al nivel tres de peligrosidad, según las categorías del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos. La mayor parte de estas ofensas menores se relacionan con infracciones de tránsito, consumo de alcohol y drogas, o bien con la violencia doméstica.

Otro hallazgo del análisis de las razones de la deportación fue constatar que los entrevistados entienden muy poco del proceso de deportación. Muchos de ellos llegan a la Casa del Migrante de Tijuana con la frustración de haber pasado por la detención, haber sido declarados inadmisibles en Estados Unidos y haber sido categorizados como extranjeros criminales. Durante las entrevistas de ingreso a la Casa del Migrante, muchos de ellos se quejaron de que, a pesar de que querían ver a un juez para intentar arreglar la situación en que se encontraban, nunca tuvieron esta oportunidad.

Por otra parte, algunos migrantes que tenían derecho a la salida voluntaria (voluntary departure) porque no habían cometido delitos graves (felonies), fueron for zados o engañados para firmar la Orden Estipulada de Remoción, OER (Stipulated Removal Order, SRO), una forma que el migrante firma para apresurar su salida del centro de detención, renunciando a su derecho a tener una audiencia ante un juez de inmigración. De acuerdo con el texto de una OER, al firmarse la orden, "las personas renuncian a los derechos a ser representados por un abogado privado, a una audiencia ante un juez de inmigración, a interrogar testigos, a presentarse y oponerse a las pruebas, a exigir al gobierno que demuestre que debe ser expulsado, a solicitar cualquier recurso en contra de la expulsión y al derecho de apelar a la orden de expulsión".

Además de renunciar a los derechos ya mencionados, al final de la forma viene impresa una declaración en la que, de manera formal, la persona que será deportada declara que conoce sus derechos pero que renuncia a éstos, admite que toda la información suministrada es correcta, admite que es inadmisible su presencia, que conoce que no puede volver a Estados Unidos en, por lo menos, cinco, diez o veinte años, incluso si tuviera la oportunidad de obtener una visa o de revisar su estatus migratorio en el futuro, tiempo que incluso podría extenderse para toda la vida. La única excepción que se prevé es obtener un permiso especial del fiscal general (Attorney General).

Por lo general, los migrantes se quejan de que al firmar esta OER no se les explicó adecuadamente las implicaciones de este hecho. Muchos de ellos, debido a su poco conocimiento del inglés, firmaron esta forma sin saber que esto tiene consecuencias para el futuro. En la Casa del Migrante de Tijuana se han recibido muchos testimonios en los que los migrantes deportados expresan que ellos creen que firmaron una salida voluntaria, o como lo llaman muchos migrantes recién deportados: "deportación voluntaria". Este trámite migratorio es muy diferente de la OER, ya que puede dejar la posibilidad de que su caso se revise en el futuro y no prohíbe el intento de ingreso a Estados Unidos en el futuro por un puerto de entrada.

Entre los entrevistados hay muchos casos en los que el ofrecimiento de la OER fue hecho con mucha rapidez o sólo les presentaron la última página de la forma que firmarían; en otros casos se hizo bajo coerción. A muchos de los que firman la orden no se les otorga una copia, dificultando más el trabajo de los abogados para revisar los casos.

Esta grave irregularidad ha sido documentada por el National Immigration Law Center, que muestra el número creciente de OER firmadas a partir de 2004, principalmente por migrantes mexicanos. Con base en datos obtenidos a través de la Freedom of Information Act, investigadores jurídicos del National Immigration Law Center han encontrado que entre 2004 y 2008 casi cien mil migrantes firmaron una OER y de ellos, el 80 por ciento eran de México. El número de estas órdenes se incrementó en un 535 por ciento durante el periodo. El 93 por ciento de los migrantes que firmaron estas órdenes habían sido acusados de entrada sin inspección (entry without inspection) y no habían cometido otros delitos. De ellos, solamente el 5.5 por ciento habían sido representados por abogados (Srikantiah y Tumlin, 2008).

 

CONCLUSIONES

Lo analizado en este artículo sugiere que las deportaciones llevadas a cabo por el ICE en Estados Unidos a partir de 2003 fueron el resultado de dos procesos: la extensión de la vigilancia fronteriza al interior de esa nación, así como los ataques del 11 de septiembre que han convertido la inmigración ilegal en un asunto de seguridad nacional.

El reforzamiento de la vigilancia fronteriza se empezó a diseñar en 1986, con la Ley de Reforma y Control de la inmigración, pero se puso en funcionamiento con las operaciones Hold the Line en El Paso, Texas, a fines de 1993, y Gatekeeper, en San Diego, en 1994. Fue hasta 1996 cuando la "interiorización" de esta vigilancia se inició con la inclusión de la sección 287(g) en la IIRIRA. Sin embargo, este nuevo tipo de actividad se empezó a llevar a cabo hasta 2002 y, más específicamente, en 2003 con la fundación del Departamento de Seguridad Nacional, creado después de los ataques del 11 de septiembre de 2001.

Si bien era políticamente conveniente para el gobierno estadunidense detener literalmente el problema de la inmigración ilegal en la frontera con México, ya que su ejecución no perturbaría el orden interno en Estados Unidos, la imposibilidad de resolverlo, aun a pesar de la generosa amnistía de la IRCA, forzó al gobierno estadunidense a buscar otras opciones, bajo la presión de un sector antiinmigrante muy combativo. Cabe señalar que la eliminación de la inmigración ilegal no se ha enfocado a castigar a los empleadores de los trabajadores indocumentados (también contemplado en la IRCA), porque esta operación afectaría los intereses de los sectores políticamente influyentes en Estados Unidos.

Los dramáticos ataques del 11 de septiembre justificaron un acercamiento más belicoso a la inmigración ilegal, que ahora se ha convertido en asunto de seguridad nacional, pues se argumenta que entre los potenciales trabajadores indocumentados pueden ingresar también subrepticiamente terroristas a territorio estadunidense. En este contexto se ha optado por la criminalización de los inmigrantes indocumentados. Si bien es también políticamente redituable proclamar ante la sociedad estadunidense que el Departamento de Seguridad Nacional tiene la misión de expulsar extranjeros criminales, es reducido el número de convictos por delitos de alta peligrosidad (ya sea narcotráfico, asesinato, violación o secuestro). Por esta razón, lo más fácil es expandir la definición de criminales a todos los que hayan cometido la violación menor de cruzar la frontera ilegalmente.

Curiosamente, la intención real de los esfuerzos del ICE para deportar a todos los inmigrantes indocumentados fue claramente establecida en el plan estratégico denominado Endgame, que en 2003 estipulaba que las operaciones de detención y remoción constituían el paso final en el proceso de aplicación de la ley de inmigración, por lo que se aspiraba "a alcanzar la tasa de remoción del cien por ciento de los extranjeros removibles". Se argumentaba que al lograr esta meta, el ICE ofrecería el nivel de aplicación de la ley necesario "para mantener segura a América (Estados Unidos)" (U.S. Department of Homeland Security, 2003: 2).

Coleman y Kocher (2011: 235) argumentan que este nuevo tipo de aplicación de la ley de inmigración en Estados Unidos ha causado la incapacitación de los inmigrantes indocumentados, quienes temen la detención y deportación en lo más íntimo de sus vidas. Por su parte, Hagan, Rodríguez y Castro (2011: 1388-1389) señalan que la aplicación de la ley de inmigración se ha convertido en una forma de control social, ya que no solamente se exige que los inmigrantes sean residentes legales, sino que adopten pautas de conducta sin precedentes, a riesgo de enfrentar la deportación permanente.

El gobierno de Obama, que ha deportado más migrantes que la administración de Bush, ha encontrado en estas deportaciones un argumento fuerte contra sus críticos, como la gobernadora de Arizona, que acusan al gobierno federal de no proteger las fronteras de la inmigración ilegal. Por una parte, el gobierno estadunidense expulsa miles de indocumentados que dejan sus empleos para ser tomados por trabajadores autorizados, lo cual es estratégico durante estos tiempos de recesión. Por otra parte, este gobierno argumenta que está protegiendo la seguridad de Estados Unidos al deportar criminales extranjeros.

Sin embargo, los testimonios de los 3457 migrantes removidos, entrevistados en la Casa del Migrante de Tijuana en 2010, muestran que si bien todos ellos son trabajadores, solamente unos pocos son criminales peligrosos. La mayor parte de los deportados cometieron ofensas menores (misdemeanors) en Estados Unidos relacionadas con infracciones de tránsito, consumo de alcohol y drogas, o bien con la violencia doméstica, además de las órdenes de arresto causadas por el incumplimiento de castigos a estas faltas. Generalmente, las ofensas no son castigadas con periodos largos de cárcel, sino con multas monetarias, con la participación obligatoria del infractor en algún tipo de servicio comunitario o la asistencia obligatoria a cursos de rehabilitación.

Las infracciones de tránsito se deben al estatus indocumentado de los migrantes que se ven "obligados" a conducir sin licencia de manejo, porque en la mayor parte de Estados Unidos el transporte público es muy deficiente. Irónicamente, conducir sin licencia de manejo puede derivar en una deportación, como le sucedió a Carlos Galindo, el personaje protagonizado espléndidamente por Demián Bichir en la película A Better Life. Este jardinero indocumentado se ve forzado a manejar su camioneta para poder realizar su trabajo en Los Ángeles, cuyo predicamento inicia cuan do es detenido por una patrulla de la policía para una inspección rutinaria.

Las numerosas infracciones relacionadas con el consumo de alcohol y drogas, o bien con la violencia doméstica, muestran que estos problemas existentes en las comunidades de migrantes mexicanos son muy graves. Empero, estas infracciones difícilmente hacen que la mayor parte de los migrantes deportados entrevistados merezca la calificación de criminales. Nuestros hallazgos en las entrevistas en la Casa del Migrante en 2010 coinciden con los reportes elaborados por el mismo gobierno de Estados Unidos y con otros estudios académicos.

El alto número de deportaciones de migrantes mexicanos no ha propiciado una fuerte intervención del gobierno federal mexicano, que a través del Programa de Repatriación Humana (PRH) sólo se limita a proporcionar ayuda asistencial inmediata para los deportados. Las organizaciones de la sociedad civil organizada, como la Casa del Migrante de Tijuana, son las instituciones que han respondido a este nuevo reto que plantea la "crimigración" en Estados Unidos. París Pombo (2010) considera que el PRH debe evitar presentar como propios los logros y las cifras de atención a migrantes que brindan las organizaciones civiles (como las casas de apoyo a los migrantes) porque esto genera desconfianza y dificulta la colaboración.

La oficina del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional ha manifestado que el uso de los recursos del programa 287(g) no se ha enfocado en de portar a los extranjeros que "representan el riesgo más grande para la sociedad" (U.S. Department of Homeland Security, 2010b: 9). Queda a juicio de los ciudadanos estadunidenses considerar si estos recursos están siendo bien utilizados al destinarse a deportar a hombres y mujeres que sólo buscan mejorar sus vidas y las de sus familias mediante el trabajo indocumentado en Estados Unidos.

 

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Notas

1 El año fiscal de 2010 en Estados Unidos fue del 1° de octubre de 2009 al 30 de septiembre de 2010.

2 Datos del INM, con base en información registrada en los puntos oficiales de repatriación y Grupos Beta. El INM registra eventos y no personas, ya que una persona puede ser regresada de Estados Unidos varias veces.

3 Para un análisis preliminar de estos datos, véase Becerra, 2011.

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